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Predominio lingüístico

Predominio lingüístico es un término legal usado en la Comunidad Valenciana (España) para evidenciar la existencia en el territorio de esa comunidad autónoma de un área en la que el valenciano es la lengua tradicional histórica de su población y de otra área en la que lo es el castellano. De esta forma, se establecen en función de esa existencia dos áreas de predominio lingüístico distintas con un tratamiento legal diferenciado en lo que se refiere a la regulación del uso oficial del valenciano.

Aunque el término concreto predominio lingüístico solo se usa en el derecho público de la Comunidad Valenciana, las legislaciones lingüísticas de Aragón y la Comunidad Foral de Navarra pivotan sobre un concepto similar denominado zonificación lingüística que es utilizado como instrumento de garantía de la diversidad sociolingüística de estas dos comunidades autónomas que comparten con la Comunidad Valenciana la característica de poseer en su patrimonio lingüístico otros idiomas distintos al castellano (euskera en el caso de Navarra, aragonés y catalán en el de Aragón), pero que histórica y tradicionalmente solo se han hablado en un parte de su territorio y no en la totalidad. Por lo que sus respectivas legislaciones aragonesa y navarra establecen un tratamiento legal diferenciado para las zonas en las que tradicionalmente esas lenguas han sido predominantes y para las que lo ha sido el castellano.

Comunidad Valenciana

El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana de 1982 dispuso en su artículo 7 que mediante una ley se delimitarían los territorios en los que predominasen el valenciano y el castellano, apartado este que sería trasladado sin cambios al nuevo artículo 6 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana de 2006. En cumplimiento de esta previsión del estatuto, en 1983 sería aprobada la Ley de uso y enseñanza del valenciano que en su título V incluiría a partir de un listado de municipios la determinación concreta de la zona de predominio lingüístico valenciano y la zona de predominio lingüístico castellano. El término es un concepto político-jurídico, mediante el cual, en aras de la normalización lingüística, las administraciones local y autonómica pueden hacer predominar en sus comunicaciones oficiales el valenciano en cualquier ámbito. El hecho de que un municipio sea clasificado de "predominio lingüístico valenciano", no implica necesariamente que el uso de dicha lengua sea mayoritaria en el municipio, sino que se han atendido a criterios históricos o sociolingüísticos para determinar en qué zona la Generalitat o los ayuntamientos pueden llevar a cabo determinadas acciones políticas con el objetivo de recuperar o fortalecer la situación del valenciano.

Así, en los municipios considerados de predominio lingüístico valenciano es obligatoria la enseñanza en dicha lengua durante la enseñanza primaria, secundaria y el bachillerato, quedando como asignatura voluntaria u obligatoria, a decisión del centro docente, en los demás municipios. No obstante, la oficialidad de ambas lenguas y el derecho del ciudadano de recibir la comunicación oficial en cualesquiera de ellas son aplicables en todo el territorio de la Comunidad Valenciana.

Delimitación de las zonas de predominio lingüístico

Al existir zonas tradicionalmente de habla castellana, existen municipios y comarcas de predominio lingüístico valenciano y municipios y comarcas de predominio lingüístico castellano. El preámbulo de la ley establece que para la delimitación de las dos zonas se han utilizado los mapas y relaciones determinados por el Instituto de Filología Valenciana de la Universidad de Valencia y de la Universidad de Alicante.

 
Distribución de los municipios de predomino lingüístico oficial valenciano y castellano:      Valenciano      Castellano

De acuerdo con estas relaciones se consideró que en la Comunidad Valenciana la zona de predominio lingüístico castellano abarca a municipios que, o bien, fueron repoblados tras la Reconquista por aragoneses (comarcas churras), o bien por castellanos en el siglo XVII tras la expulsión de los moriscos y la Peste Negra (como la Hoya de Buñol y la Vega Baja del Segura) o, en tercer lugar, son municipios que formaban parte de Castilla hasta los reajustes realizados tras la división provincial de 1833 por los que la comarca de Requena-Utiel (en 1851),[1][2]​ y los municipios de Villena y Sax (en 1836)[3]​ fueron segregados de las provincias de Cuenca y Albacete y asignados a las de Valencia y Alicante.

El preámbulo de la ley no precisa las referencias concretas a los mapas y relaciones aludidos, ni los criterios utilizados por las universidades para su elaboración. No obstante, la delimitación de la zona valencianohablante coincide exactamente con la enumeración de localidades y pedanías realizada por el académico Manuel Sanchis Guarner y que publicó en La llengua dels valencians en 1960.[4]

De acuerdo con esta delimitación hecha por la ley, alrededor del 75 % de los municipios de la comunidad son de predominio valenciano, mientras que el 25 % restante corresponde al predominio castellano, en la que residen el 87 % y el 13 % de la población, respectivamente, perteneciendo a esta última zona los siguientes municipios:

Provincia de Alicante

Albatera, Algorfa, Almoradí, Aspe, Benferri, Benejúzar, Benijófar, Bigastro, Callosa de Segura, Catral, Cox, Daya Nueva, Daya Vieja, Dolores, Elda, Formentera del Segura, Granja de Rocamora, Jacarilla, Monforte del Cid, Los Montesinos, Orihuela, Pilar de la Horadada, Rafal, Redován, Rojales, Salinas, San Isidro, San Fulgencio, San Miguel de Salinas, Sax, Torrevieja, Villena

Provincia de Castellón

Algimia de Almonacid, Almedíjar, Altura, Arañuel, Argelita, Ayódar, Azuébar, Barracas, Bejís, Benafer, Castellnovo, Castillo de Villamalefa, Caudiel, Cirat, Cortes de Arenoso, Chóvar, Espadilla, Fanzara, Fuente la Reina, Fuentes de Ayódar, Gaibiel, Geldo, Higueras, Jérica, Ludiente, Matet, Montán, Montanejos, Navajas, Olocau del Rey, Pavías, Pina de Montalgrao, Puebla de Arenoso, Sacañet, Segorbe, Soneja, Sot de Ferrer, Teresa, Toga, Torás, El Toro, Torralba del Pinar, Torrechiva, Vall de Almonacid, Vallat, Villahermosa del Río, Villamalur, Villanueva de Viver, Viver, Zucaina

Provincia de Valencia

Ademuz, Alborache, Alcublas, Alpuente, Andilla, Anna, Aras de los Olmos, Ayora, Benagéber, Bicorp, Bolbaite, Bugarra, Buñol, Calles, Camporrobles, Casas Altas, Casas Bajas, Castielfabib, Caudete de las Fuentes, Cofrentes, Cortes de Pallás, Chelva, Chella, Chera, Cheste, Chiva, Chulilla, Domeño, Dos Aguas, Enguera, Fuenterrobles, Gátova, Gestalgar, Godelleta, Higueruelas, Jalance, Jarafuel, Loriguilla, Losa del Obispo, Macastre, Marines, Millares, Navarrés, Pedralba, Puebla de San Miguel, Quesa, Requena, San Antonio de Benagéber, Siete Aguas, Sinarcas, Sot de Chera, Teresa de Cofrentes, Titaguas, Torrebaja, Tous, Tuéjar, Utiel, Vallanca, Venta del Moro, Villar del Arzobispo, Villargordo del Cabriel, Yátova, La Yesa, Zarra

Conocimiento de las lenguas

De acuerdo a los datos de la Encuesta de conocimiento y uso social del valenciano de 2010 llevada a cabo por la Generalidad Valenciana en el conjunto de la Comunidad Valenciana, el 68,8 % de la población afirma entenderlo ('perfectamente' o 'bastante bien'), el 48,5 % ser capaz de hablarlo, y el 26,4 % saber escribirlo, según el mismo sondeo, con una intensa diversidad entre las dos zonas de predominio lingüístico y las distintas regiones del territorio de la comunidad autónoma.

"Uso del valenciano en el hogar"
Encuesta 2010 de la Generalidad en la zona de predominio lingüístico oficial valenciano[5]
Uso Castellano Valenciano
Siempre 56,2 % 28,8 %
Generalmente 0,9 % 1,1 %
Más que la otra lengua 1,7 % 1,9 %
Indistintamente 5,6 %
Otros idiomas 3,8 %
Conocimiento del valenciano
Entiende Sabe hablar Sabe leer Sabe escribir
Zona pred. valenciano 74,4 % 54,3 % 50,0 % 29,5 %
Zona pred. castellano 32,0 % 10,0 % 14,6 % 5,8 %
Total Cdad. Valenciana 68,8 % 48,5 % 45,3 % 26,4 %

En cuanto al uso del valenciano, según los datos del mismo estudio, aproximadamente un tercio de la población residente en la zona de predominio lingüístico valenciano utiliza la lengua valenciana siempre o más que la castellana en el hogar. Dándose los porcentajes mayores (próximos al 60 %) en la región de Alcoy-Gandía y el resto de comarcas valencianohablantes de la provincia de Valencia, en tanto que la región de Alicante y el Área Metropolitana de Valencia presentan datos de uso del valenciano en el hogar inferiores al 20 %.

Aragón

En Aragón junto con el castellano, hablado en todo el territorio, las lenguas aragonesa y catalana han sido tradicionalmente habladas en partes del territorio de la comunidad autónoma. Ya el primer Estatuto de Autonomía de Aragón, en 1982, dispuso en su artículo 7 que mediante ley autonómica se regularía la enseñanza de las diferentes lenguas propias de Aragón en sus zonas de utilización predominante. En cumplimiento de esa previsión estatutaria el Gobierno de Aragón impulsaría en 2001 un Anteproyecto de Ley de Lenguas de Aragón que incluía una zonificación lingüística trizonal como instrumento de garantía del pluralismo lingüístico de Aragón, realizada a partir de unos listados nominales de municipios catalanoparlantes y aragonésparlantes (siendo que dichos listados han sido hasta la fecha la única tentativa oficial de determinación concreta de qué municipios corresponden a una u otra zona de utilización predominante de las lenguas propias de Aragón). Sometido a información pública, el anteproyecto no llegaría siquiera a convertirse en proyecto de ley y su zonificación lingüística trizonal no llegó a oficializarse.

Con la aprobación del nuevo Estatuto de Autonomía de Aragón de 2007 el precepto relativo al establecimiento de una zonificación lingüística sería notoriamente ampliado al prever la nueva norma estatutaria en su artículo 7 que una ley autonómica regularía, no solo a efectos de enseñanza, sino también en relación a un régimen jurídico general del uso de las lenguas propias de Aragón, una delimitación de zonas de utilización predominante de cada lengua. En desarrollo de este precepto sería aprobada una primera ley en 2009, y una segunda, derogatoria de aquella, en 2013.

Ley de Lenguas de 2009

Fue la Ley 10/2009 de Lenguas de Aragón, aprobada con los votos del PSOE y la CHA, la primera norma de rango legal que abordó el reconocimiento de la realidad plurilingüe de la comunidad autónoma y consagró el criterio de zonificación lingüística como instrumento para garantizar el respeto de la diversidad lingüística de Aragón. Dicha ley, aunque se abstuvo de establecer la cooficialidad de aragonés y catalán (algo que en 2001 a raíz del Anteproyecto de Ley de Lenguas de Aragón el Consejo Jurídico aragonés descartó concluyendo que sólo un estatuto de autonomía puede establecer la cooficialidad de las lenguas distintas al castellano), sí reconoció a estos idiomas el carácter de lenguas propias originales e históricas de Aragón y constató la existencia en Aragón de 4 zonas lingüísticas diferentes:

  1. Una zona de utilización histórica predominante del aragonés al norte de la provincia de Huesca.
  2. Una zona de utilización histórica predominante del catalán al este de las provincias de Huesca, Zaragoza y Teruel, la (Franja de Aragón).
  3. Una zona de utilización mixta del aragonés y el catalán al noreste de la provincia de Huesca.
  4. Una zona de utilización exclusiva del castellano que abarcaba el resto del territorio de Aragón.

Para los habitantes de las 3 primeras zonas lingüísticas la ley reconoció, en relación a los hablantes de las lenguas tradicionales de esas zonas, una serie de derechos en lo que a la enseñanza, relaciones con la administración municipal, apoyo a su presencia en los medios de comunicación, facultad de utilizarlas para dirigirse a las instituciones aragonesas, etc. La ley remitió a su desarrollo reglamentario la determinación concreta de los municipios integrantes de cada una de las zonas lingüísticas establecidas, sin que durante el lapso temporal en el que la ley estuvo vigente llegara a producirse dicha determinación.

Ley de Lenguas de 2013

 
Zonificación lingüística de Aragón según el Anteproyecto de Ley de Lenguas de 2001

La ley de 2009, junto con su demarcación lingüística cuatrizonal, fue derogada por la aprobación por las Cortes de Aragón el 9 de mayo de 2013 de la nueva ley de lenguas con los votos del PP y el PAR. La nueva ley, fruto del cambio de gobierno en Aragón motivado por los resultados de las Elecciones a Cortes de Aragón de 2011, mantiene la práctica totalidad de los derechos lingüísticos reconocidos en la ley de 2009 (enseñanza, antroponimia, instrumentos notariales, fomento, posibilidad de uso en las sesiones de los órganos administrativos, etc.) a excepción de la sustitución de la obligatoriedad por la mera "facultad" de las Cortes de Aragón y del Justicia de Aragón de responder en las lenguas propias a los ciudadanos que se dirijan a esas instituciones en esas lenguas, introduciendo como cambio más destacado la supresión de la denominación de aragonés y catalán para referirse a las lenguas propias e históricas de Aragón, reconociendo pese a todo la existencia de tales lenguas en Aragón, pero bajo los circunloquios lengua aragonesa propia de las áreas pirenaica y prepirenaica y lengua aragonesa propia del área oriental.

La nueva ley además incide especialmente en el carácter no unitario de esas dos lenguas, aludiendo constantemente a que están formadas por distintas "modalidades lingüísticas", lo que lleva también a la supresión del apartado institucional normativizador que había previsto la ley de 2009 (la Academia de la Lengua Aragonesa, la Academia Aragonesa de la Lengua Catalana y el Consejo Superior de Lenguas de Aragón) y su sustitución por una única Academia Aragonesa de la Lengua) a la que la ley faculta para establecer normas lingüísticas para cada modalidad lingüística.

Asimismo, la ley de 2013 suprime la zonificación lingüística en 4 áreas que disponía la ley de 2009 y la sustituye por una nueva regulación que no zonifica propiamente el territorio adscribiendo la totalidad de Aragón a una u otra área lingüística, sino que se limita a reconocer la existencia de 2 zonas lingüísticas enclavadas en el territorio de la comunidad autónoma:

  • Una zona de utilización histórica predominante de la lengua aragonesa propia de las áreas pirenaica y prepirenaica con sus modalidades lingüísticas (que se entiende referida a la antigua zona de predominio del aragonés).
  • Una zona de utilización histórica predominante de la lengua aragonesa propia del área oriental con sus modalidades lingüísticas (identificada con la antigua zona de predominio del catalán).

Al igual que la ley de 2009, la nueva ley remite al desarrollo reglamentario del Gobierno de Aragón la determinación concreta de los municipios adscritos a cada una de las dos zonas lingüísticas específicas.

A la espera de que se realice tal determinación, en el caso de la zona de utilización histórica predominante del aragonés, se suele tomar como referencia lo establecido en el anteproyecto de la ley de lenguas de Aragón de 2001 que reconocía como municipios que pueden ser declarados zonas de utilización predominante de su respectiva lengua o modalidad lingüística propia o zonas de utilización predominante del aragonés normalizado a los siguientes municipios:

En el caso de la zona de utilización histórica del catalán el mismo texto del anteproyecto de 2001 incluyó un listado de municipios catalanoparlantes de Aragón:

Navarra

En Navarra, el Amejoramiento del Fuero reconoció en su artículo 9 al castellano el carácter de lengua oficial de Navarra, otorgando también dicho carácter al euskera. Pero circunscribiendo la oficialidad de esta última lengua a las 'zonas vascoparlantes de Navarra' y reconociendo con ello la existencia al norte de la Comunidad Foral de un área en la que el euskera ha sido y es lengua tradicional e histórica de expresión de sus habitantes. Frente a otra parte de Navarra en la que es el castellano la lengua tradicional y propia.

El Amejoramiento remitió a una ley foral la delimitación concreta de esas zonas vascoparlantes de Navarra para las que se reconocía la cooficialidad del euskera, siendo que en 1986 sería aprobada la Ley Foral del Vascuence que, del mismo modo que en Aragón, se hizo servir del concepto zonificación lingüística para el reconocimiento de la diversidad idiomática del territorio navarro. La ley foral reconoce la existencia de dos áreas de predominio lingüístico diferentes en la Comunidad Foral (euskérica y castellana), pero regulando 3 zonas lingüísticas a partir de ellas.

De esta manera, se establece una zona de predominio lingüístico euskérico llamada zona vascófona en la cual el euskera es lengua oficial junto con el castellano, y dos zonas de predominio lingüístico castellano denominadas zona no vascófona y zona mixta en las que la única lengua oficial es el castellano.

La justificación de la división del área de predominio lingüístico castellano en dos zonas lingüísticas distintas estribó en el hecho de apreciarse en ella una diferencia entre una subárea en la que el euskera nunca había sido lengua tradicional, o lo había sido hacía muchos siglos (zona no vascófona) y otra subárea en la que a pesar de no ser el euskera en la actualidad lengua predominante, sí que lo había sido hasta un pasado reciente y además existía una minoría relevante de hablantes de esa lengua en el momento de aprobarse la ley (Zona Mixta), estimándose apropiado, por tanto, el reconocer para esta última zona (en la que además se incluiría a Pamplona como capital y sede de las instituciones de Navarra) un régimen especial dentro del predominio lingüístico castellano reconociendo algunos derechos a los hablantes del euskera de esta zona.

 
Distribución municipal de las zonas vascófona, mixta y no vascófona en la Comunidad Foral de Navarra tras la reforma de 2017.

La zona vascófona incluye el tercio septentrional de Navarra salvo los valles más orientales; y en ella habita el 9 % de la población de Navarra. Los municipios integrados en esta zona son: Abaurrea Alta, Abaurrea Baja, Alsasua, Anue, Araiz, Aranaz, Arano, Araquil, Arbizu, Areso, Aria, Arive, Arruazu, Bacáicoa, Basaburúa Mayor, Baztán, Beinza-Labayen, Bertizarana, Betelu, Burguete, Ciordia, Donamaría, Echalar, Echarri Aranaz, Elgorriaga, Erasun, Ergoyena, Erro, Esteríbar, Ezcurra, Garayoa, Garralda, Goizueta, Huarte-Araquil, Imoz, Irañeta, Irurzun, Ituren, Iturmendi, Lacunza, Lanz, Larráun, Lecumberri Leiza, Lesaca, Oiz, Olazagutía, Orbaiceta, Orbara, Roncesvalles, Saldías, Santesteban, Sumbilla, Ulzama, Urdax, Urdiáin, Urroz de Santesteban, Valcarlos, Vera de Bidasoa, Villanueva, Yanci, Zubieta y Zugarramurdi

La zona mixta está compuesta por parte de Tierra Estella, la mayor parte de la Comarca de Pamplona, y los valles pirenaicos orientales. Supone el 63 % de la población de la Comunidad Foral,[6]​ integrándose en ella los municipios de: Abárzuza, Ansoáin, Aoiz, Arce, Atez, Barañáin, Berrioplano, Berriozar, Burgui, Burlada, Ciriza, Cendea de Cizur, Echarri, Echauri, Valle de Egüés, Ezcároz, Esparza de Salazar, Estella, Ezcabarte, Garde, Goñi, Güesa, Guesálaz, Huarte, Isaba, Iza, Izalzu, Jaurrieta, Juslapeña, Lezáun, Lizoáin, Ochagavía, Odieta, Oláibar, Olza, Ollo, Orcoyen, Oronz, Oroz-Betelu, Pamplona, Puente la Reina, Roncal, Salinas de Oro, Sarriés, Urzainqui, Uztárroz, Vidángoz, Vidaurreta, Villava, Yerri, Zabalza y Zizur Mayor.

Una modificación legal introducida en 2010 permitió rectificar ligeramente los límites de las zonas lingüísticas, facultando a los ayuntamientos de 4 municipios de la comarca de Pamplona no incluidos en la zona mixta incorporarse a ella por mayoría absoluta de sus respectivos plenos municipales. De esta manera Aranguren, Belascoáin y Galar optaron por incorporarse a la zona mixta, en tanto que Noáin escogió permanecer en la zona no vascófona.

Una polémica[7]​ modificación a la ley, aprobada en junio de 2017 con 26 votos sobre 50 permitió que se incorporaran a la Zona Mixta 44 localidades de la Zona No Vascófona, pese a que carecen de continuidad territorial: (Abáigar, Adiós, Aibar, Allín, Améscoa Baja, Ancín, Añorbe, Aranarache, Arellano, Artazu, Bargota, Beriáin, Biurrun-Olcoz, Cabredo, Cirauqui, Dicastillo, Enériz, Eulate, Gallués, Garínoain, Izagaondoa, Larraona, Leoz, Lerga, Lónguida, Mendigorría, Metauten, Mirafuentes, Murieta, Nazar, Obanos, Olite, Oteiza, Pueyo, Sangüesa, Tafalla, Tiebas, Tirapu, Unzué, Ujué, Urraúl Bajo, Urroz Villa, Villatuerta, y Zúñiga) y que una, Atez, pasara de la Zona Mixta a la Zona Vascófona.[8]

Por su parte, la Zona No Vascófona está compuesta por el resto de municipios de Navarra. La población de esta zona supone el 27,8 % del total de Navarra, y ocupa el 42,8 % del territorio de la Comunidad Foral[6]​ incluyendo la Ribera Navarra, así como parte de las merindades de Olite, Estella y Sangüesa.

Véase también

Referencias

  1. Renfe Cercanías Valencia el 27 de febrero de 2010 en Wayback Machine., RENFE. Fecha de acceso 2009-12-31.
  2. Ignacio Latorre Zacarés. El Archivo Municipal de Requena Abre sus Puertas, en el web de la biblioteca pública de Requena. Fecha de acceso 2009-12-31.
  3. División provincial de Javier de Burgos de 1833, Jarique. Fecha de acceso 2009-12-31.
  4. Sanchis Guarner, M. La llengua dels valencians. Edición propia. Valencia, 1960. Depósito legal: V.997-1960. Páginas 52-54.
  5. Fuente: [1] el 23 de septiembre de 2015 en Wayback Machine., de la Consellería de Cultura, Generalidad Valenciana. Encuesta de conocimiento y uso social del valenciano de 2010.
  6. La modificación de la Ley del Euskera tendrá una importante repercusión demográfica y territorial
  7. Diario de Navarra (23 de junio de 2017) : Aprobada la extensión de la Zona Mixta
  8. Naiz.info (22 de junio de 2017): 44 localidades navarras ganan derechos para el euskara al pasar a la ‘zona mixta’

Bibliografía

  • Ley de uso y enseñanza del valenciano
  •   Datos: Q9062186

predominio, lingüístico, término, legal, usado, comunidad, valenciana, españa, para, evidenciar, existencia, territorio, comunidad, autónoma, área, valenciano, lengua, tradicional, histórica, población, otra, área, castellano, esta, forma, establecen, función,. Predominio linguistico es un termino legal usado en la Comunidad Valenciana Espana para evidenciar la existencia en el territorio de esa comunidad autonoma de un area en la que el valenciano es la lengua tradicional historica de su poblacion y de otra area en la que lo es el castellano De esta forma se establecen en funcion de esa existencia dos areas de predominio linguistico distintas con un tratamiento legal diferenciado en lo que se refiere a la regulacion del uso oficial del valenciano Aunque el termino concreto predominio linguistico solo se usa en el derecho publico de la Comunidad Valenciana las legislaciones linguisticas de Aragon y la Comunidad Foral de Navarra pivotan sobre un concepto similar denominado zonificacion linguistica que es utilizado como instrumento de garantia de la diversidad sociolinguistica de estas dos comunidades autonomas que comparten con la Comunidad Valenciana la caracteristica de poseer en su patrimonio linguistico otros idiomas distintos al castellano euskera en el caso de Navarra aragones y catalan en el de Aragon pero que historica y tradicionalmente solo se han hablado en un parte de su territorio y no en la totalidad Por lo que sus respectivas legislaciones aragonesa y navarra establecen un tratamiento legal diferenciado para las zonas en las que tradicionalmente esas lenguas han sido predominantes y para las que lo ha sido el castellano Indice 1 Comunidad Valenciana 1 1 Delimitacion de las zonas de predominio linguistico 1 2 Conocimiento de las lenguas 2 Aragon 2 1 Ley de Lenguas de 2009 2 2 Ley de Lenguas de 2013 3 Navarra 4 Vease tambien 5 Referencias 6 BibliografiaComunidad Valenciana EditarEl Estatuto de Autonomia de la Comunidad Valenciana de 1982 dispuso en su articulo 7 que mediante una ley se delimitarian los territorios en los que predominasen el valenciano y el castellano apartado este que seria trasladado sin cambios al nuevo articulo 6 del Estatuto de Autonomia de la Comunidad Valenciana de 2006 En cumplimiento de esta prevision del estatuto en 1983 seria aprobada la Ley de uso y ensenanza del valenciano que en su titulo V incluiria a partir de un listado de municipios la determinacion concreta de la zona de predominio linguistico valenciano y la zona de predominio linguistico castellano El termino es un concepto politico juridico mediante el cual en aras de la normalizacion linguistica las administraciones local y autonomica pueden hacer predominar en sus comunicaciones oficiales el valenciano en cualquier ambito El hecho de que un municipio sea clasificado de predominio linguistico valenciano no implica necesariamente que el uso de dicha lengua sea mayoritaria en el municipio sino que se han atendido a criterios historicos o sociolinguisticos para determinar en que zona la Generalitat o los ayuntamientos pueden llevar a cabo determinadas acciones politicas con el objetivo de recuperar o fortalecer la situacion del valenciano Asi en los municipios considerados de predominio linguistico valenciano es obligatoria la ensenanza en dicha lengua durante la ensenanza primaria secundaria y el bachillerato quedando como asignatura voluntaria u obligatoria a decision del centro docente en los demas municipios No obstante la oficialidad de ambas lenguas y el derecho del ciudadano de recibir la comunicacion oficial en cualesquiera de ellas son aplicables en todo el territorio de la Comunidad Valenciana Delimitacion de las zonas de predominio linguistico Editar Al existir zonas tradicionalmente de habla castellana existen municipios y comarcas de predominio linguistico valenciano y municipios y comarcas de predominio linguistico castellano El preambulo de la ley establece que para la delimitacion de las dos zonas se han utilizado los mapas y relaciones determinados por el Instituto de Filologia Valenciana de la Universidad de Valencia y de la Universidad de Alicante Distribucion de los municipios de predomino linguistico oficial valenciano y castellano Valenciano Castellano De acuerdo con estas relaciones se considero que en la Comunidad Valenciana la zona de predominio linguistico castellano abarca a municipios que o bien fueron repoblados tras la Reconquista por aragoneses comarcas churras o bien por castellanos en el siglo XVII tras la expulsion de los moriscos y la Peste Negra como la Hoya de Bunol y la Vega Baja del Segura o en tercer lugar son municipios que formaban parte de Castilla hasta los reajustes realizados tras la division provincial de 1833 por los que la comarca de Requena Utiel en 1851 1 2 y los municipios de Villena y Sax en 1836 3 fueron segregados de las provincias de Cuenca y Albacete y asignados a las de Valencia y Alicante El preambulo de la ley no precisa las referencias concretas a los mapas y relaciones aludidos ni los criterios utilizados por las universidades para su elaboracion No obstante la delimitacion de la zona valencianohablante coincide exactamente con la enumeracion de localidades y pedanias realizada por el academico Manuel Sanchis Guarner y que publico en La llengua dels valencians en 1960 4 De acuerdo con esta delimitacion hecha por la ley alrededor del 75 de los municipios de la comunidad son de predominio valenciano mientras que el 25 restante corresponde al predominio castellano en la que residen el 87 y el 13 de la poblacion respectivamente perteneciendo a esta ultima zona los siguientes municipios Provincia de Alicante Albatera Algorfa Almoradi Aspe Benferri Benejuzar Benijofar Bigastro Callosa de Segura Catral Cox Daya Nueva Daya Vieja Dolores Elda Formentera del Segura Granja de Rocamora Jacarilla Monforte del Cid Los Montesinos Orihuela Pilar de la Horadada Rafal Redovan Rojales Salinas San Isidro San Fulgencio San Miguel de Salinas Sax Torrevieja VillenaProvincia de Castellon Algimia de Almonacid Almedijar Altura Aranuel Argelita Ayodar Azuebar Barracas Bejis Benafer Castellnovo Castillo de Villamalefa Caudiel Cirat Cortes de Arenoso Chovar Espadilla Fanzara Fuente la Reina Fuentes de Ayodar Gaibiel Geldo Higueras Jerica Ludiente Matet Montan Montanejos Navajas Olocau del Rey Pavias Pina de Montalgrao Puebla de Arenoso Sacanet Segorbe Soneja Sot de Ferrer Teresa Toga Toras El Toro Torralba del Pinar Torrechiva Vall de Almonacid Vallat Villahermosa del Rio Villamalur Villanueva de Viver Viver ZucainaProvincia de Valencia Ademuz Alborache Alcublas Alpuente Andilla Anna Aras de los Olmos Ayora Benageber Bicorp Bolbaite Bugarra Bunol Calles Camporrobles Casas Altas Casas Bajas Castielfabib Caudete de las Fuentes Cofrentes Cortes de Pallas Chelva Chella Chera Cheste Chiva Chulilla Domeno Dos Aguas Enguera Fuenterrobles Gatova Gestalgar Godelleta Higueruelas Jalance Jarafuel Loriguilla Losa del Obispo Macastre Marines Millares Navarres Pedralba Puebla de San Miguel Quesa Requena San Antonio de Benageber Siete Aguas Sinarcas Sot de Chera Teresa de Cofrentes Titaguas Torrebaja Tous Tuejar Utiel Vallanca Venta del Moro Villar del Arzobispo Villargordo del Cabriel Yatova La Yesa ZarraConocimiento de las lenguas Editar De acuerdo a los datos de la Encuesta de conocimiento y uso social del valenciano de 2010 llevada a cabo por la Generalidad Valenciana en el conjunto de la Comunidad Valenciana el 68 8 de la poblacion afirma entenderlo perfectamente o bastante bien el 48 5 ser capaz de hablarlo y el 26 4 saber escribirlo segun el mismo sondeo con una intensa diversidad entre las dos zonas de predominio linguistico y las distintas regiones del territorio de la comunidad autonoma Uso del valenciano en el hogar Encuesta 2010 de la Generalidad en la zona de predominio linguistico oficial valenciano 5 Uso Castellano ValencianoSiempre 56 2 28 8 Generalmente 0 9 1 1 Mas que la otra lengua 1 7 1 9 Indistintamente 5 6 Otros idiomas 3 8 Conocimiento del valenciano Entiende Sabe hablar Sabe leer Sabe escribirZona pred valenciano 74 4 54 3 50 0 29 5 Zona pred castellano 32 0 10 0 14 6 5 8 Total Cdad Valenciana 68 8 48 5 45 3 26 4 En cuanto al uso del valenciano segun los datos del mismo estudio aproximadamente un tercio de la poblacion residente en la zona de predominio linguistico valenciano utiliza la lengua valenciana siempre o mas que la castellana en el hogar Dandose los porcentajes mayores proximos al 60 en la region de Alcoy Gandia y el resto de comarcas valencianohablantes de la provincia de Valencia en tanto que la region de Alicante y el Area Metropolitana de Valencia presentan datos de uso del valenciano en el hogar inferiores al 20 Aragon EditarEn Aragon junto con el castellano hablado en todo el territorio las lenguas aragonesa y catalana han sido tradicionalmente habladas en partes del territorio de la comunidad autonoma Ya el primer Estatuto de Autonomia de Aragon en 1982 dispuso en su articulo 7 que mediante ley autonomica se regularia la ensenanza de las diferentes lenguas propias de Aragon en sus zonas de utilizacion predominante En cumplimiento de esa prevision estatutaria el Gobierno de Aragon impulsaria en 2001 unAnteproyecto de Ley de Lenguas de Aragonque incluia una zonificacion linguistica trizonal como instrumento de garantia del pluralismo linguistico de Aragon realizada a partir de unos listados nominales de municipios catalanoparlantes y aragonesparlantes siendo que dichos listados han sido hasta la fecha la unica tentativa oficial de determinacion concreta de que municipios corresponden a una u otra zona de utilizacion predominante de las lenguas propias de Aragon Sometido a informacion publica el anteproyecto no llegaria siquiera a convertirse en proyecto de ley y su zonificacion linguistica trizonal no llego a oficializarse Con la aprobacion del nuevo Estatuto de Autonomia de Aragon de 2007 el precepto relativo al establecimiento de una zonificacion linguistica seria notoriamente ampliado al prever la nueva norma estatutaria en su articulo 7 que una ley autonomica regularia no solo a efectos de ensenanza sino tambien en relacion a un regimen juridico general del uso de las lenguas propias de Aragon una delimitacion de zonas de utilizacion predominante de cada lengua En desarrollo de este precepto seria aprobada una primera ley en 2009 y una segunda derogatoria de aquella en 2013 Ley de Lenguas de 2009 Editar Fue la Ley 10 2009 de Lenguas de Aragon aprobada con los votos del PSOE y la CHA la primera norma de rango legal que abordo el reconocimiento de la realidad plurilingue de la comunidad autonoma y consagro el criterio de zonificacion linguistica como instrumento para garantizar el respeto de la diversidad linguistica de Aragon Dicha ley aunque se abstuvo de establecer la cooficialidad de aragones y catalan algo que en 2001 a raiz del Anteproyecto de Ley de Lenguas de Aragon el Consejo Juridico aragones descarto concluyendo que solo un estatuto de autonomia puede establecer la cooficialidad de las lenguas distintas al castellano si reconocio a estos idiomas el caracter de lenguas propias originales e historicas de Aragon y constato la existencia en Aragon de 4 zonas linguisticas diferentes Una zona de utilizacion historica predominante del aragones al norte de la provincia de Huesca Una zona de utilizacion historica predominante del catalan al este de las provincias de Huesca Zaragoza y Teruel la Franja de Aragon Una zona de utilizacion mixta del aragones y el catalan al noreste de la provincia de Huesca Una zona de utilizacion exclusiva del castellano que abarcaba el resto del territorio de Aragon Para los habitantes de las 3 primeras zonas linguisticas la ley reconocio en relacion a los hablantes de las lenguas tradicionales de esas zonas una serie de derechos en lo que a la ensenanza relaciones con la administracion municipal apoyo a su presencia en los medios de comunicacion facultad de utilizarlas para dirigirse a las instituciones aragonesas etc La ley remitio a su desarrollo reglamentario la determinacion concreta de los municipios integrantes de cada una de las zonas linguisticas establecidas sin que durante el lapso temporal en el que la ley estuvo vigente llegara a producirse dicha determinacion Ley de Lenguas de 2013 Editar Zonificacion linguistica de Aragon segun el Anteproyecto de Ley de Lenguas de 2001 La ley de 2009 junto con su demarcacion linguistica cuatrizonal fue derogada por la aprobacion por las Cortes de Aragon el 9 de mayo de 2013 de la nueva ley de lenguas con los votos del PP y el PAR La nueva ley fruto del cambio de gobierno en Aragon motivado por los resultados de las Elecciones a Cortes de Aragon de 2011 mantiene la practica totalidad de los derechos linguisticos reconocidos en la ley de 2009 ensenanza antroponimia instrumentos notariales fomento posibilidad de uso en las sesiones de los organos administrativos etc a excepcion de la sustitucion de la obligatoriedad por la mera facultad de las Cortes de Aragon y del Justicia de Aragon de responder en las lenguas propias a los ciudadanos que se dirijan a esas instituciones en esas lenguas introduciendo como cambio mas destacado la supresion de la denominacion de aragones y catalan para referirse a las lenguas propias e historicas de Aragon reconociendo pese a todo la existencia de tales lenguas en Aragon pero bajo los circunloquios lengua aragonesa propia de las areas pirenaica y prepirenaica y lengua aragonesa propia del area oriental La nueva ley ademas incide especialmente en el caracter no unitario de esas dos lenguas aludiendo constantemente a que estan formadas por distintas modalidades linguisticas lo que lleva tambien a la supresion del apartado institucional normativizador que habia previsto la ley de 2009 la Academia de la Lengua Aragonesa la Academia Aragonesa de la Lengua Catalana y el Consejo Superior de Lenguas de Aragon y su sustitucion por una unica Academia Aragonesa de la Lengua a la que la ley faculta para establecer normas linguisticas para cada modalidad linguistica Asimismo la ley de 2013 suprime la zonificacion linguistica en 4 areas que disponia la ley de 2009 y la sustituye por una nueva regulacion que no zonifica propiamente el territorio adscribiendo la totalidad de Aragon a una u otra area linguistica sino que se limita a reconocer la existencia de 2 zonas linguisticas enclavadas en el territorio de la comunidad autonoma Una zona de utilizacion historica predominante de la lengua aragonesa propia de las areas pirenaica y prepirenaica con sus modalidades linguisticas que se entiende referida a la antigua zona de predominio del aragones Una zona de utilizacion historica predominante de la lengua aragonesa propia del area oriental con sus modalidades linguisticas identificada con la antigua zona de predominio del catalan Al igual que la ley de 2009 la nueva ley remite al desarrollo reglamentario del Gobierno de Aragon la determinacion concreta de los municipios adscritos a cada una de las dos zonas linguisticas especificas A la espera de que se realice tal determinacion en el caso de la zona de utilizacion historica predominante del aragones se suele tomar como referencia lo establecido en el anteproyecto de la ley de lenguas de Aragon de 2001 que reconocia como municipios que pueden ser declarados zonas de utilizacion predominante de su respectiva lengua o modalidad linguistica propia o zonas de utilizacion predominante del aragones normalizado a los siguientes municipios Provincia de Huesca Abiego Abizanda Adahuesca Aguero Ainsa Sobrarbe Aisa Albero Alto Albero Bajo Alberuela de Tubo Alcala del Obispo Alerre Almudevar de Cinca Almunia de San Juan Alquezar Angues Anso Antillon Aragues del Puerto Ardisa Argavieso Arguis Ayerbe Azara Azlor Bagues Bailo Banastas Barbastro Barbues Barbunales Barcabo Benasque Berbegal Biel Fuencalderas Bierge Biescas Bisaurri Biscarrues Blecua y Torres Boltana Borau Broto Caldearenas Campo Canal de Berdun Canfranc Capella Casbas de Huesca Castejon de Sos Castejon del Puente Castiello de Jaca Castillazuelo Colungo Chia Chimillas Estada Estadilla Fago Fanlo Fiscal Fonz Foradada de Toscar El Frago La Fueva Gistain El Grado Graus Hoz de Jaca Hoz y Costean Huerto Huesca Ibieca Igries Ilche Jaca Jasa La Sotonera Labuerda Longas Laluenga Perdiguera Lascellas Ponzano Laspuna Loarre Loporzano Loscorrales Lupinen Ortilla Mianos Monflorite Lascasas Monzon Murillo de Gallego Naval Novales Nueno Olvena Palo Panticosa Penas de Riglos Peraltilla Perarrua Pertusa Piraces Plan Pozan de Vero La Puebla de Castro Puente la Reina de Jaca Puertolas El Pueyo de Araguas Quicena Robres Sabinanigo Sahun Salas Altas Salas Bajas Salillas Sallent de Gallego San Juan de Plan Sangarren Santa Cilia Santa Cruz de la Seros Santa Eulalia de Gallego Santa Liestra y San Quilez Santa Maria de Dulcis Secastilla Seira Senes de Alcubierre Sesa Sesue Sietamo Tardienta Tella Sin Tierz Torla Ordesa Torralba de Aragon Torres de Alcanadre Torres de Barbues Valle de Bardaji Valle de Hecho Valle de Lierp Vicien Villanova Villanua Yebra de Basa y Yesero En el caso de la zona de utilizacion historica del catalan el mismo texto del anteproyecto de 2001 incluyo un listado de municipios catalanoparlantes de Aragon Provincia de Huesca Albelda Alcampell Altorricon Aren Azanuy Alins Baells Baldellou Benabarre Bonansa Camporrells Castigaleu Castillonroy Estopinan del Castillo Fraga Isabena Lascuarre Laspaules Monesma y Cajigar Montanuy Peralta de Calasanz Puente de Montanana San Esteban de Litera Sopeira Tamarite de Litera Tolva Torre la Ribera Torrente de Cinca Velilla de Cinca Vencillon Veracruz Viacamp y Litera y Zaidin Provincia de Teruel Aguaviva Arens de Lledo Beceite Belmonte de San Jose Calaceite La Canada de Verich Cerollera La Codonera Cretas Fornoles La Fresneda Fuentespalda La Ginebrosa Lledo Mazaleon Monroyo Penarroya de Tastavins La Portellada Rafales Torre de Arcas Torre del Compte Torrevelilla Valderrobres Valdetormo y Valjunquera Provincia de Zaragoza Fabara Fayon Maella Mequinenza y Nonaspe Navarra EditarVease tambien Ley Foral del Euskera En Navarra el Amejoramiento del Fuero reconocio en su articulo 9 al castellano el caracter de lengua oficial de Navarra otorgando tambien dicho caracter al euskera Pero circunscribiendo la oficialidad de esta ultima lengua a las zonas vascoparlantes de Navarra y reconociendo con ello la existencia al norte de la Comunidad Foral de un area en la que el euskera ha sido y es lengua tradicional e historica de expresion de sus habitantes Frente a otra parte de Navarra en la que es el castellano la lengua tradicional y propia El Amejoramiento remitio a una ley foral la delimitacion concreta de esas zonas vascoparlantes de Navarra para las que se reconocia la cooficialidad del euskera siendo que en 1986 seria aprobada la Ley Foral del Vascuence que del mismo modo que en Aragon se hizo servir del concepto zonificacion linguistica para el reconocimiento de la diversidad idiomatica del territorio navarro La ley foral reconoce la existencia de dos areas de predominio linguistico diferentes en la Comunidad Foral euskerica y castellana pero regulando 3 zonas linguisticas a partir de ellas De esta manera se establece una zona de predominio linguistico euskerico llamada zona vascofona en la cual el euskera es lengua oficial junto con el castellano y dos zonas de predominio linguistico castellano denominadas zona no vascofona y zona mixta en las que la unica lengua oficial es el castellano La justificacion de la division del area de predominio linguistico castellano en dos zonas linguisticas distintas estribo en el hecho de apreciarse en ella una diferencia entre una subarea en la que el euskera nunca habia sido lengua tradicional o lo habia sido hacia muchos siglos zona no vascofona y otra subarea en la que a pesar de no ser el euskera en la actualidad lengua predominante si que lo habia sido hasta un pasado reciente y ademas existia una minoria relevante de hablantes de esa lengua en el momento de aprobarse la ley Zona Mixta estimandose apropiado por tanto el reconocer para esta ultima zona en la que ademas se incluiria a Pamplona como capital y sede de las instituciones de Navarra un regimen especial dentro del predominio linguistico castellano reconociendo algunos derechos a los hablantes del euskera de esta zona Distribucion municipal de las zonas vascofona mixta y no vascofona en la Comunidad Foral de Navarra tras la reforma de 2017 La zona vascofona incluye el tercio septentrional de Navarra salvo los valles mas orientales y en ella habita el 9 de la poblacion de Navarra Los municipios integrados en esta zona son Abaurrea Alta Abaurrea Baja Alsasua Anue Araiz Aranaz Arano Araquil Arbizu Areso Aria Arive Arruazu Bacaicoa Basaburua Mayor Baztan Beinza Labayen Bertizarana Betelu Burguete Ciordia Donamaria Echalar Echarri Aranaz Elgorriaga Erasun Ergoyena Erro Esteribar Ezcurra Garayoa Garralda Goizueta Huarte Araquil Imoz Iraneta Irurzun Ituren Iturmendi Lacunza Lanz Larraun Lecumberri Leiza Lesaca Oiz Olazagutia Orbaiceta Orbara Roncesvalles Saldias Santesteban Sumbilla Ulzama Urdax Urdiain Urroz de Santesteban Valcarlos Vera de Bidasoa Villanueva Yanci Zubieta y ZugarramurdiLa zona mixta esta compuesta por parte de Tierra Estella la mayor parte de la Comarca de Pamplona y los valles pirenaicos orientales Supone el 63 de la poblacion de la Comunidad Foral 6 integrandose en ella los municipios de Abarzuza Ansoain Aoiz Arce Atez Baranain Berrioplano Berriozar Burgui Burlada Ciriza Cendea de Cizur Echarri Echauri Valle de Egues Ezcaroz Esparza de Salazar Estella Ezcabarte Garde Goni Guesa Guesalaz Huarte Isaba Iza Izalzu Jaurrieta Juslapena Lezaun Lizoain Ochagavia Odieta Olaibar Olza Ollo Orcoyen Oronz Oroz Betelu Pamplona Puente la Reina Roncal Salinas de Oro Sarries Urzainqui Uztarroz Vidangoz Vidaurreta Villava Yerri Zabalza y Zizur Mayor Una modificacion legal introducida en 2010 permitio rectificar ligeramente los limites de las zonas linguisticas facultando a los ayuntamientos de 4 municipios de la comarca de Pamplona no incluidos en la zona mixta incorporarse a ella por mayoria absoluta de sus respectivos plenos municipales De esta manera Aranguren Belascoain y Galar optaron por incorporarse a la zona mixta en tanto que Noain escogio permanecer en la zona no vascofona Una polemica 7 modificacion a la ley aprobada en junio de 2017 con 26 votos sobre 50 permitio que se incorporaran a la Zona Mixta 44 localidades de la Zona No Vascofona pese a que carecen de continuidad territorial Abaigar Adios Aibar Allin Amescoa Baja Ancin Anorbe Aranarache Arellano Artazu Bargota Beriain Biurrun Olcoz Cabredo Cirauqui Dicastillo Eneriz Eulate Gallues Garinoain Izagaondoa Larraona Leoz Lerga Longuida Mendigorria Metauten Mirafuentes Murieta Nazar Obanos Olite Oteiza Pueyo Sanguesa Tafalla Tiebas Tirapu Unzue Ujue Urraul Bajo Urroz Villa Villatuerta y Zuniga y que una Atez pasara de la Zona Mixta a la Zona Vascofona 8 Por su parte la Zona No Vascofona esta compuesta por el resto de municipios de Navarra La poblacion de esta zona supone el 27 8 del total de Navarra y ocupa el 42 8 del territorio de la Comunidad Foral 6 incluyendo la Ribera Navarra asi como parte de las merindades de Olite Estella y Sanguesa Vease tambien EditarLengua propia Lengua minorizada Lengua minoritaria Idioma oficial Lengua administrativa Lengua extranjera Segunda lengua Politica linguisticaReferencias Editar Renfe Cercanias Valencia Archivado el 27 de febrero de 2010 en Wayback Machine RENFE Fecha de acceso 2009 12 31 Ignacio Latorre Zacares El Archivo Municipal de Requena Abre sus Puertas en el web de la biblioteca publica de Requena Fecha de acceso 2009 12 31 Division provincial de Javier de Burgos de 1833 Jarique Fecha de acceso 2009 12 31 Sanchis Guarner M La llengua dels valencians Edicion propia Valencia 1960 Deposito legal V 997 1960 Paginas 52 54 Fuente 1 Archivado el 23 de septiembre de 2015 en Wayback Machine de la Conselleria de Cultura Generalidad Valenciana Encuesta de conocimiento y uso social del valenciano de 2010 a b La modificacion de la Ley del Euskera tendra una importante repercusion demografica y territorial Diario de Navarra 23 de junio de 2017 Aprobada la extension de la Zona Mixta Naiz info 22 de junio de 2017 44 localidades navarras ganan derechos para el euskara al pasar a la zona mixta Bibliografia EditarLey de uso y ensenanza del valenciano Datos Q9062186Obtenido de https es wikipedia org w index php title Predominio linguistico amp oldid 138363465, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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