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Sistema Nacional de Salud (España)

El Sistema Nacional de Salud de España es el ente que engloba a las prestaciones y servicios sanitarios de España, que de acuerdo con la ley son responsabilidad de los poderes públicos. Creado en 1908, poco a poco fue extendiendo su cobertura, previo pago de los servicios asistenciales, a toda la población española. En 1989 se completó este proceso; desde entonces la asistencia sanitaria en España es universal y sostenida a través de diferentes tipos de impuestos.

Sistema Nacional de Salud
Información general
Ámbito España
Tipo organismo público
Fundación 1908
Jurisdicción España España
Organización
Dependiente de Ministerio de Sanidad
Histórico
INSALUD Sistema Nacional de Salud

En España, conforme al principio de descentralización promulgado por la Constitución y tras la disolución del INSALUD en 2002, la competencia sanitaria está transferida a cada una de las comunidades autónomas. El Gobierno central tan solo presta este servicio directamente en Ceuta y Melilla, a través del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA),[1]​ y realiza labores de coordinación generales y básicas entre las distintas comunidades.

Misión

Conforme a la Constitución española y al Estado de Bienestar, el Sistema Nacional de Salud tiene como objetivo primordial asegurar y posibilitar en materia de sanidad:

Historia y marco normativo

La intervención pública en los problemas de salud de la colectividad siempre fue un asunto de interés, expresado fundamentalmente en el control de las epidemias, o al menos en la mínima capacidad de control que permitían las cuarentenas navales, el cierre de las murallas y la prohibición de las comunicaciones con las ciudades afectadas por la peste, y otro tipo de medidas que se suponían de carácter higiénico o paliativo.) Tras el florecimiento de la medicina en al-Ándalus y la destacada contribución de los judíos durante la Baja Edad Media, la institucionalización del protomedicato tuvo lugar en tiempos de Carlos V. Pero el ejercicio de la profesión médica, a la que se accedía por las facultades de medicina desde la universidad medieval estuvo muy descentralizado y contó con organizaciones como los colegios médicos. La cirugía y la farmacia eran disciplinas bien diferenciadas de la medicina, y mucho menos prestigiosas, dentro del paradigma galénico-hipocrático dominante durante la mayor parte del Antiguo Régimen en España.

Los novatores de finales del siglo XVII tuvieron en la medicina uno de sus principales campos de actuación, que se limitó a iniciativas individuales y localizadas, que la Ilustración española de la segunda mitad del siglo XVIII desarrolló con más continuidad (Colegio de Cirugía de San Carlos, etc.) A comienzos del siglo XIX, la Real Expedición Filantrópica de la Vacuna (1803) constituyó el proyecto de sanidad pública más ambicioso a nivel planetario.

Ya en la Edad Contemporánea, durante el trienio liberal discutieron el Código sanitario de 1822, que no se aprobó debido a la falta de consenso científico y técnico sobre los medios de que debía dotarse. Ya en el periodo denominado bienio progresista, la Ley de 28 de noviembre de 1855[2]​ consagra la Dirección General de Sanidad, creada muy pocos años antes, y que tendrá una prolongada continuidad organizativa. El Real Decreto de 12 de enero de 1904, que aprueba la Instrucción General de Sanidad, apenas alteró el esquema organizativo de 1855 (cambiando por épocas el nombre de la Dirección General de Sanidad por el de Inspección General de Sanidad).

El 11 de julio de 1934 se promulgó la Ley de Coordinación Sanitaria, con el objetivo fundamental de acentuar la incipiente intervención estatal en la organización de los servicios sanitarios locales; en ella se propone la creación del Ministerio de Sanidad.[3]

Tras la Guerra Civil Española, la Ley de Bases de 1944 perpetuó la estructura anterior:[4]

A la Administración Pública le cumple atender aquellos problemas sanitarios que pueden afectar a la colectividad considerada como conjunto, le compete desarrollar una acción de prevención, en suma. La función asistencial, el problema de la atención a los problemas de la salud individual, quedan al margen.

La Ley de 14 de diciembre de 1942 crea el Seguro Obligatorio de Enfermedad SOE, bajo la gestión del Instituto Nacional de Previsión, sistema de cobertura de los riesgos sanitarios a través de una cuota vinculada al trabajo, reestructurado en la Ley General de la Seguridad Social de 1974.[5]​ La Seguridad Social fue asumiendo cada vez un mayor número de patologías dentro de su cuadro de prestaciones, así como cubriendo a un mayor número de personas y colectivos. No obstante, un informe de la OMS en 1967 detectaba importantes carencias en el sistema[6]

La Ley General de Sanidad (25 de abril de 1986)[7]​ y la creación de Consejerías de Sanidad y de un Ministerio de Sanidad, son respuesta a las previsiones en materia de salud pública de la Constitución española de 1978 en los artículos 43 y 49 establece el derecho de todos los ciudadanos a la protección de la salud y título VIII, que prevé las competencias en materia de sanidad las comunidades autónomas.

Ley 14/1986 General de Sanidad

La Ley General de Sanidad se formuló por dos razones, la primera de ellas por tener su origen en un mandato de la Constitución Española, ya que tanto en el artículo 43 y en el artículo 49 de texto normativo fundamental establece el derecho de todos los ciudadanos a la protección de la salud. La Ley reconoce el derecho a obtener las prestaciones del sistema sanitario a todos los ciudadanos y a los extranjeros residentes en España.

La segunda razón es de origen organizativo, ya que el título VIII de la Constitución confiere a las comunidades autónomas amplias competencias en materia de Sanidad. Las comunidades autónomas tienen en la organización sanitaria una trascendencia de primer orden y la Ley permite poner en funcionamiento los procesos de transferencias de servicios, un dispositivo sanitario suficiente como para atender las necesidades sanitarias de la población residente en sus respectivas jurisdicciones. El artículo 149.1.16 de la Constitución, en el que la presente Ley se apoya, establece los principios y criterios substantivos que permiten conferir al nuevo sistema sanitario unas características generales y comunes que sean fundamento de los servicios sanitarios en todo el territorio del Estado.

La herramienta administrativa que propone la Ley es la configuración (no lo crea, tan solo lo configura),[8]​ de un Sistema Nacional de Salud. El eje del modelo que la ley adopta es que las comunidades autónomas estén suficientemente dotadas y con la perspectiva territorial necesaria, para que los beneficios de la autonomía no queden empeñados por las necesidades de eficiencia en la gestión.

El Sistema Nacional de Salud se concibe así como el conjunto de los servicios de salud de las Comunidades Autónomas convenientemente coordinados.

Los servicios sanitarios se concentran, pues, bajo la responsabilidad de las comunidades autónomas y bajo los poderes de dirección, en lo básico, y la coordinación del Estado. La creación de los respectivos servicios de salud de las comunidades autónomas se ha ido realizando de forma paulatina según se iban realizando las transferencias en materia de Sanidad.

La Ley de Sanidad fue complementada el año 2003 por la Ley 16/2003 de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud,[9]​ que manteniendo las líneas básicas de la Ley modificó y amplió el articulado para adaptarlo a la nueva realidad social y política vigente en España.

Ley General de la Seguridad Social

El Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en su Capítulo IV se ocupa de la acción protectora. Dentro de la misma se incluyen:

Ley 16/2003 de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud

Esta Ley se promueve en 2003 cuando todas las comunidades autónomas han asumido paulatinamente competencias en materia de sanidad y se ha establecido un modelo estable de financiación de todas las competencias asumidas.

Transcurridos varios años desde la entrada en vigor de la Ley General de Sanidad, se han producido profundos cambios en la sociedad, tanto culturales, tecnológicos y socioeconómicos como en la manera de vivir y de enfermar. Y se plantean nuevos retos para la organización del Sistema Nacional de Salud.

Por todo ello, esta ley establece acciones de coordinación y cooperación de las Administraciones públicas sanitarias como medio para asegurar a los ciudadanos el derecho a la protección de la salud, con el objetivo común de garantizar la equidad, la calidad y la participación social en el Sistema Nacional de Salud.

La Ley define un núcleo común de actuación del Sistema Nacional de Salud y de los servicios de salud que lo integran. Sin interferir en la diversidad de fórmulas organizativas, de gestión y de prestación de servicios consustancial con un Estado descentralizado, se pretende que la atención al ciudadano por los servicios públicos sanitarios responda a unas garantías básicas y comunes.

Los ámbitos de colaboración entre las Administraciones públicas sanitarias definidas por esta ley son: las prestaciones del Sistema Nacional de Salud; la farmacia; los profesionales sanitarios; la investigación; el sistema de información sanitaria, y la calidad del sistema sanitario.

De esta forma, la ley crea o potencia órganos especializados, que se abren a la participación de las comunidades autónomas; tales como, la Agencia de Evaluación de Tecnologías, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, la Comisión de Recursos Humanos, la Comisión Asesora de Investigación en Salud, el Instituto de Salud Carlos III, el Instituto de Información Sanitaria, la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud[10]​ y el Observatorio del Sistema Nacional de Salud.

El órgano básico de cohesión es el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud de España, al que se dota de mayor agilidad en la toma de decisiones y de mecanismos para la búsqueda de consensos, así como para la vinculación entre las partes en la asunción de estas decisiones. El sistema incluye la Alta Inspección, a la que se atribuye el seguimiento de los acuerdos de aquel, entre otras funciones.[11]

Organismos con competencias de sanidad

Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad desarrolla la política del Gobierno en materia de salud, de planificación y asistencia sanitaria y de consumo, así como el ejercicio de las competencias de la Administración General del Estado para asegurar a los ciudadanos el derecho a la protección de la salud. El ministerio tiene su sede central en el Paseo del Prado de Madrid, frente al Museo del Prado.

El Real Decreto 1041/2009, de 29 de junio, desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad y Política Social de España.

A partir de esa fecha el nuevo Ministerio asume, las competencias del extinto Ministerio de Sanidad y Consumo y de la extinta Secretaría de Estado de Política Social, Familia y Atención a la Dependencia y a la Discapacidad.

El objetivo de la remodelación de competencias es proceder a un reforzamiento del papel del Ministerio de Sanidad y Política Social como instrumento de cohesión del Sistema Nacional de Salud, pasando a depender de la Secretaría General de Sanidad las competencias en materia de calidad del Sistema Nacional de Salud por lo que se adscriben a la misma la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud y la Dirección General de Terapias Avanzadas y Trasplantes.[12]

Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS)

 
Calendario común de vacunación a lo largo de toda la vida, promovido por el CISNS en 2020.

La Ley General de Sanidad de 1986 crea el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) como órgano de coordinación general sanitaria entre el Estado y las comunidades autónomas que disponían de las transferencias sanitarias por aquellas fechas. Sería de composición paritaria, y coordinaría las líneas básicas de la política sanitaria en lo que afectase a contrataciones, adquisiciones de productos farmacéuticos, sanitarios y de otros bienes y servicios, así como los principios básicos de la política de personal.

La Ley de Cohesión y Calidad del SNS introdujo cambios muy significativos en este organismo, desde su composición, funcionamiento y competencias.

A partir de esa ley el CISNS va a funcionar en Pleno, en Comisión Delegada, Comisiones técnicas y Grupos de Trabajo. El Pleno se reunirá a iniciativa del Presidente o cuando lo soliciten la tercera parte de sus miembros y deberá hacerlo, al menos, cuatro veces al año.

Por otra parte los acuerdos del Consejo se plasmarán a través de recomendaciones que se aprobarán, en su caso, por consenso. Los acuerdos de cooperación para llevar a cabo acciones sanitarias conjuntas se formalizarán mediante convenios del CISNS.

El funcionamiento del CISNS a partir de la Ley de Cohesión está muy condicionado en lo que se refiere a la adopción y cumplimiento de acuerdos vinculantes, por la utilización política de los Plenos y con la defensa a ultranza del interés que cada miembro defiende de la región a la que se debe.

Las Ponencias, Comisiones y Grupos de trabajo, han sido muy importantes y de resultados desiguales según grupos. De sus iniciativas cabe destacar:[13]

  • Comisión de Salud Pública
  • Comisión permanente de farmacia
  • Comisión científico-técnica del sistema Nacional de Salud
  • Comisión de seguimiento del fondo de cohesión sanitaria
  • Comisión permanente de aseguramiento, financiación y prestaciones
  • Comisión contra la violencia de género
  • Comisión de trasplantes

Los artículos 69, 70 y 71 de la Ley de cohesión y calidad de SNS, regulan las funciones principales del Consejo Interterritorial del SNS. Los aspectos principales del Consejo Interterritorial son:

El Consejo Interterritorial está constituido por el Ministro de Sanidad y Consumo, que ostentará su presidencia, y por los Consejeros competentes en materia de sanidad de las comunidades autónomas. La vicepresidencia de este órgano la desempeñará uno de los Consejeros competentes en materia de sanidad de las comunidades autónomas, elegido por todos los Consejeros que lo integran.

El CISNS conocerá, debatirá entre otros aspectos, y, en su caso, emitirá recomendaciones sobre las siguientes materias:[14]

  • a) El desarrollo de la cartera de servicios correspondiente al Catálogo de Prestaciones del Sistema Nacional de Salud, así como su actualización.
  • b) El establecimiento de prestaciones sanitarias complementarias a las prestaciones básicas del Sistema Nacional de Salud por parte de las comunidades autónomas.
  • c) Las garantías mínimas de seguridad y calidad para la autorización de la apertura y puesta en funcionamiento de los centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  • d) Los criterios generales y comunes para el desarrollo de la colaboración de las oficinas de farmacia.
  • e) Los criterios básicos y condiciones de las convocatorias de profesionales que aseguren su movilidad en todo el territorio del Estado.
  • f) La declaración de la necesidad de realizar las actuaciones coordinadas en materia de salud pública a las que se refiere esta ley.
  • g) Los criterios generales sobre financiación pública de medicamentos y productos sanitarios y sus variables.
  • h) El establecimiento de criterios y mecanismos en orden a garantizar en todo momento la suficiencia financiera del sistema.
 
Mapa de las comunidades autónomas de España

Las anteriores funciones se ejercerán sin menoscabo de las competencias legislativas de las Cortes Generales y, en su caso, normativas de la Administración General del Estado, así como de las competencias de desarrollo normativo, ejecutivas y organizativas de las comunidades autónomas.

Competencias sanitarias de las comunidades autónomas

El Artículo 41 de la Ley General de Sanidad establece que:

  • Las comunidades autónomas ejercerán las competencias asumidas en sus estatutos y las que el estado les transfiera o, en su caso, les delegue.
  • Las decisiones y actuaciones públicas previstas en esta ley que no se hayan reservado expresamente al Estado se entenderán atribuidas a las comunidades autónomas.
 
Cartel de la sede de una Delegación de Salud en Andalucía

El Estado, a través de los impuestos generales que recauda, financia la totalidad de las prestaciones sanitarias y un porcentaje de las prestaciones farmacéuticas; pero este presupuesto es repartido entre las diferentes comunidades autónomas atendiendo a varios criterios de reparto, ya que son las comunidades las responsables de la sanidad en sus respectivos territorios.

En el Consejo Interterritorial del SNS, previa deliberación, se acuerda en cada ejercicio la cartera de servicios correspondiente al catálogo de prestaciones que cubre el Sistema Nacional de Salud y que se publican mediante un Real Decreto del Ministerio de Sanidad.

Las comunidades autónomas, en el ámbito de sus competencias, podrán aprobar sus respectivas carteras de servicios, que incluirán cuando menos la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud.

Competencias sanitarias de las corporaciones locales

 

El artículo 42 de la Ley General de Sanidad dispone que, los Ayuntamientos, sin perjuicio de las competencias de las demás Administraciones Públicas, tendrán las siguientes responsabilidades mínimas en asuntos relacionados con la Sanidad.

  • a) Control sanitario del medio ambiente: Contaminación atmosférica, abastecimiento de aguas, saneamiento de aguas residuales, residuos urbanos e industriales.
  • b) Control sanitario de industrias, actividades y servicios, transportes, ruidos y vibraciones.
  • c) Control sanitario de edificios y lugares de vivienda y convivencia humana, especialmente de los centros de alimentación, peluquerías, saunas y centros de higiene personal, hoteles y centros residenciales, escuelas, campamentos turísticos y áreas de actividad físico deportivas y de recreo.
  • d) Control sanitario de la distribución y suministro de alimentos perecederos, bebidas y demás productos, directa o indirectamente relacionados con el uso o consumo humanos, así como los medios de su transporte.
  • e) Control sanitario de los cementerios y policía sanitaria mortuoria.

Organización territorial

Como consecuencia de la descentralización contemplada en la Constitución Española, cada comunidad autónoma ha recibido las transferencias adecuadas para irse dotando de un Servicio de Salud, que es la estructura administrativa y de gestión que integra todos los centros, servicios y establecimientos de la propia Comunidad, Diputaciones, Ayuntamientos y cualesquiera otras Administraciones territoriales intracomunitarias.

En el marco de esta descentralización, La Ley 16/ 2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud contempla el Consejo Interterritorial como órgano de coordinación y cooperación dentro del Sistema Nacional de Salud.

En las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla los servicios correspondientes de atención sanitaria los presta el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA).

Comunidad autónoma RD constitutivo

del servicio de salud autonómico[15]

Denominación Logotipo Población atendida.[16]
  Cataluña 1517/1981 de 8 de julio Servei Catala de la Salut (CatSalut)
 
7.675.217 hab
  Andalucía 400/1984, de 22 de febrero Servicio Andaluz de Salud (SAS)
 
8.414.240 hab
  País Vasco 1536/1987, de 6 de noviembre Osakidetza - Servicio Vasco de Salud
 
2.207.776 hab.
  Comunidad Valenciana 1612/1987, de 27 de noviembre Agència Valenciana de Salut (AVS)
 
5.003.769 hab
  Galicia 1679/1990, de 28 de diciembre Servizo Galego de Saúde (SERGAS)
 
2.699.499 hab
  Navarra 1680/1990, de 28 de diciembre Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea 654.214 hab
  Canarias 446/1994, de 11 de marzo Servicio Canario de la Salud (SCS)
 
2.153.389 hab
  Asturias 1471/2001, de 27 de diciembre Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA)   1.022.800 hab
  Cantabria 1472/2001 Servicio Cántabro de Salud (SCS) 581.078 hab
  La Rioja 1473/2001, de 27 de diciembre Servicio Riojano de Salud (SERIS) 316.798 hab
  Región de Murcia 1474/2001, de 27 de diciembre Servicio Murciano de Salud (SMS)
 
1.493.898 hab
  Aragón 1475/2001, de 27 de diciembre Servicio Aragonés de Salud (Salud)
 
1.319.291 hab
  Castilla-La Mancha 1476/2001, de 27 de diciembre Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM)
 
2.032.863 hab
  Extremadura 1477/2001, de 27 de diciembre Servicio Extremeño de Salud (SES) 1.067.710 hab
  Islas Baleares 1478/2001, de 27 de diciembre Servicio de Salud de las Islas Baleares (IB-SALUD)   1.149.460 hab
  Comunidad de Madrid 1479/2001, de 27 de diciembre Servicio Madrileño de Salud (SERMAS)
 
6.663.394 hab.
  Castilla y León 1480/2001, de 27 de diciembre Sanidad Castilla y León (SACYL)
 
2.399.548 hab

Cobertura de la sanidad española

 
Ejemplar de la Constitución conservado en el Congreso de los Diputados.

Los beneficiarios de la prestación pública sanitaria son todos los españoles de acuerdo con lo establecido en el Capítulo III de la Constitución Española aprobada en 1978. Concretamente establece que:[17]

  • Artículo 41: Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias serán libres.
  • Artículo 43: Se reconoce el derecho a la protección de la salud. Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La Ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto. Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte.
  • Artículo 49. Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos.

Por otra parte la Ley Orgánica 4/2000 establece los derechos y libertades de los extranjeros residentes en España, y en lo que afecta a Sanidad se refleja en los siguientes artículos:[18]

  • Artículo 3. Los extranjeros gozarán en España, en igualdad de condiciones que los españoles, de los derechos y libertades reconocidos en el Título I de la Constitución y en sus leyes de desarrollo, en los términos establecidos en esta Ley Orgánica.
  • Artículo 10. Los extranjeros tendrán derecho a ejercer una actividad remunerada por cuenta propia o ajena, así como al acceso al Sistema de la Seguridad Social, en los términos previstos en esta Ley Orgánica y en las disposiciones que la desarrollen.
  • Artículo 12. Los extranjeros que se encuentren en España inscritos en el padrón del municipio en el que residan habitualmente, tienen derecho a la asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los españoles. Los extranjeros que se encuentren en España tienen derecho a la asistencia sanitaria pública de urgencia ante la contracción de enfermedades graves o accidentes, cualquiera que sea su causa, y a la continuidad de dicha atención hasta la situación de alta médica. Los extranjeros menores de dieciocho años que se encuentren en España tienen derecho a la asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los españoles. Las extranjeras embarazadas que se encuentren en España tendrán derecho a la asistencia sanitaria durante el embarazo, parto y postparto.

El desarrollo de la cobertura sanitaria prevista en la Constitución Española de 1978 se produce a partir de la Ley General de Sanidad de 1986, que en su artículo 3 establece que la asistencia sanitaria se extienda a toda la población española, y el Decreto de Universalización de 1989 que dio cabida en el Sistema Nacional de Salud a las personas sin recursos económicos y que carecían de cualquier tipo de cobertura. Esto hizo que el derecho sanitario en España avanzase desde el 77% en 1977 hasta el 99,6% en 1995, sobre el conjunto de la población española.[19]

Financiación de la Sanidad Pública

El artículo 10 de la Ley de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, establece que la financiación de la Sanidad Pública en España es responsabilidad de las comunidades autónomas de conformidad con los acuerdos de transferencias y el actual sistema de financiación autonómica, sin perjuicio de la existencia de un tercero obligado al pago. La suficiencia para la financiación de las prestaciones viene determinada por los recursos asignados a las comunidades autónomas conforme a lo establecido en las leyes de financiación autonómica. La financiación de la asistencia sanitaria derivada de contingencias profesionales es mediante las primas de accidente de trabajo y enfermedades profesionales. La presta el servicio público de salud con cargo a la entidad gestora (INSS o ISM) o la mutua o empresa colaboradora (en este caso de manera directa) con quien la empresa o el trabajador, en el caso de trabajadores por cuenta propia que opten por la cobertura de los riesgos profesionales, hayan concertado la cobertura de las contingencias profesionales. La inclusión de una nueva prestación en el catálogo de prestaciones del Sistema Nacional de Salud se acompañará de una memoria económica que contenga la valoración del impacto positivo o negativo que pueda suponer. Dicha memoria se elevará al Consejo de Política Fiscal y Financiera para su análisis y aprobación si procede.

Organización funcional

Tarjeta sanitaria individual

 
Tarjeta sanitaria vigente en Andalucía.

El artículo 57 de la Ley de cohesión y calidad del SNS establece que el acceso de los ciudadanos a las prestaciones de la atención sanitaria se facilitará a través de la tarjeta sanitaria individual, como documento administrativo que acredita determinados datos de su titular.

Las tarjetas incluyen, de manera normalizada, los datos básicos de identificación del titular de la tarjeta, del derecho que le asiste en relación con la prestación farmacéutica y del servicio de salud o entidad responsable de la asistencia sanitaria.

Los dispositivos digitales que las tarjetas incorporan para almacenar la información básica y las aplicaciones que la traten deberán permitir que la lectura y comprobación de los datos sea técnicamente posible en todo el territorio del Estado y para todas las administraciones públicas. La tarjeta sanitaria individual deberá posibilitar el acceso a aquella de los profesionales debidamente autorizados, con la finalidad de colaborar a la mejora de la calidad y continuidad asistenciales.

Historia clínica

La historia clínica o expediente clínico es un documento médico legal, el cual surge en el contacto entre el equipo de salud y los usuarios. La historia clínica es el único documento válido desde el punto de vista clínico y legal. En Atención Primaria, donde toma importancia los métodos de la promoción de la salud, la historia clínica se conoce como historia de salud o historia de vida.

Historia Clínica Digital del Sistema Nacional de Salud

La Historia Clínica Digital del Sistema Nacional de Salud (HCDSNS) tiene como finalidad garantizar a los ciudadanos y a los profesionales sanitarios el acceso a aquella información clínica relevante para la atención sanitaria de un paciente desde cualquier lugar autorizado, asegurando a los ciudadanos que la consulta de sus datos será confidencial y restringida.[20]

Áreas de salud

Se denomina Área de Salud aquella circunscripción administrativa que agrupa un conjunto de centros sanitarios y de profesionales de atención primaria bajo su dependencia organizativa y funcional.

Dicho concepto corresponde a una estructura de gestión tanto si se trata de una Gerencia específica de atención primaria de área, o de una Gerencia o Dirección única para primaria y especializada.

En algunas comunidades autónomas el área de salud recibe otras denominaciones tales como Dirección de sector, comarca, distrito, departamento, o cualquier otra establecida por las comunidades desde el punto de vista de nomenclatura utilizada para su división administrativa territorial.[21]

Zonas Básicas de salud

 
Auscultación cardiaca, protocolo de reconocimiento inicial de los enfermos en las consultas de atención primaria

Se denomina, de manera bastante homogénea en casi todas las comunidades autónomas, Zona de Salud, o Zona Básica de Salud a la delimitación geográfica que sirve de referencia para la actuación del equipo sanitario de atención primaria, donde desarrollan las actividades sanitarias los centros de salud. Cada zona dispone de un hospital general como referente para la atención especializada y de un Centro de Especialidades. En Andalucía, por ejemplo, cada Zona Básica de Salud existente atiende a una población entre 5.000 y 20.000 habitantes de acuerdo con el mapa sanitario de Andalucía.[22]

Atención Primaria

El artículo 12 de la Ley de cohesión y calidad del SNS establece que la atención primaria es el nivel básico e inicial de atención al paciente, que garantiza la globalidad y continuidad de la atención a lo largo de toda la vida del paciente, actuando como gestor y coordinador de casos y regulador de flujos. Comprenderá actividades de promoción de la salud, educación sanitaria, prevención de la enfermedad, asistencia sanitaria, mantenimiento y recuperación de la salud, así como la rehabilitación física y el trabajo social. La asistencia sanitaria se presta a demanda ya sea, programada o urgente y tanto en la consulta como en el domicilio del enfermo.

Atención especializada

 
Ilustración de la glándula tiroides (1) y paratiroides en la cara anterior del cuello. Actividad relacionada con la Endocrinología

El artículo 13 de la Ley de cohesión y calidad del SNS, regula las características de la atención especializada que se presta en España y que es un nivel de asistencia que se presta a los pacientes superior a la atención primaria, realizada por médicos especialistas y se presta a petición de los facultativos de atención primaria; se realiza en los hospitales en régimen de internamiento, en las consultas externas de centros de especialidades y en los hospitales de día; comprende las actividades asistenciales, diagnósticas, terapéuticas y de rehabilitación y cuidados, así como aquellas de promoción de la salud, educación sanitaria y prevención de la enfermedad, cuya naturaleza aconseja que se realicen en este nivel. La atención especializada garantizará la continuidad de la atención integral al paciente, una vez superadas las posibilidades de la atención primaria y hasta que aquel pueda reintegrarse en dicho nivel. Preferentemente La atención especializada se prestará, siempre que las condiciones del paciente lo permitan, en consultas externas y en hospital de día. En España hay reconocidas en 2010, cincuenta especialidades médicas.[23]

Atención Sociosanitaria

El artículo 14 de la Ley de cohesión y calidad del SNS establece que la atención sociosanitaria comprende el conjunto de cuidados destinados a aquellos enfermos, generalmente crónicos, que por sus especiales características pueden beneficiarse de la actuación simultánea y sinérgica de los servicios sanitarios y sociales para aumentar su autonomía, paliar sus limitaciones o sufrimientos y facilitar su reinserción social. Pertenecen a este grupo la prestación que se presta a los siguientes procesos:

  • a) Los cuidados sanitarios de larga duración.
  • b) La atención sanitaria a la convalecencia.
  • c) La rehabilitación en pacientes con déficit funcional recuperable.

Profesionales sanitarios colegiados

En 2017 de acuerdo con los datos del INE de Profesionales sanitarios colegiados, existían 822.102 personas tituladas que se encuentran inscritas en algún colegio profesional relacionado con la actividad sanitaria. El colectivo más numeroso corresponde a los profesionales de enfermería. En casi todas las profesiones sanitarias se observa una importante feminización de la profesión. La siguiente tabla muestra la distribución por profesiones de los colegiados.

Profesionales sanitarios colegiados 2017 [24]
Tipo de colegiado Total Hombres Mujeres
Enfermeros 299.824 46.979 252.845
Médicos 253.796 125.817 127.979
Farmacéuticos 72.500 20.574 51.926
Fisioterapeutas 51.130 17.815 33.315
Odontólogos (Dentistas) 36.689 16.218 20.471
Veterinarios 32.555 16.678 15.877
Psicólogos 25.857 4.850 21.007
Ópticos-Optometristas 17.372 5.808 11.564
Logopedas 8.971 566 8.405
Podólogos 7.406 2.928 4.478
Protésicos Dentales 7.248 5.193 2.055
Dietistas Nutricionistas 4.086 526 3.560
Terapeutas Ocupacionales 3.502 318 3.184
Biólogos 654 216 438
Químicos 323 146 177
Físicos 189 129 60
Total 822.102 264.761 557.341

Según el INE,[25]​ con datos facilitados por los Colegios Oficiales de Médicos, las cifras de colegiados desde 1952, por año y sexo, se representan en el siguiente gráfico:

Según el INE,[26]​ con datos facilitados por el Consejo General de los Colegios Oficiales de Farmacéuticos, las cifras de colegiados desde 1952, por año y sexo, se representan en el siguiente gráfico:

Establecimientos sanitarios

Centro sanitario

El Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios define como Centro sanitario al conjunto organizado de medios técnicos e instalaciones en el que profesionales capacitados, por su titulación oficial o habilitación profesional, realizan básicamente actividades sanitarias con el fin de mejorar la salud de las personas. Estos establecimientos pueden estar integrados por uno o varios servicios sanitarios, que constituyen su oferta asistencial.[27]

 
Paciente atendido en un consultorio.

Consultorio

Se denominan Consultorios a los centros sanitarios que, sin tener la consideración de Centros de salud, proporcionan atención sanitaria no especializada en el ámbito de la atención primaria de salud. Se incluyen bajo esta denominación, a los consultorios rurales, consultorios locales, consultorios periféricos, o cualquier otra denominación que haga referencia a centros asistenciales o relacionados funcionalmente con un centro de salud.[28]

Según el Catálogo Nacional de Hospitales 2008, en todo el Estado existían en 2007, un total de 10 178 consultorios locales a los cuales se desplazan los profesionales del centro de salud de la zona, con el fin de acercar los servicios básicos a la población que reside en núcleos dispersos en el medio rural que presenta un elevado índice de envejecimiento.[29]

Centro de salud

El centro de salud vigente en España es la estructura física que posibilita el desarrollo de una atención primaria de salud coordinada globalmente, integral, permanente y continuada. Es la base de trabajo de los profesionales sanitarios y no sanitarios, donde desarrollan sus actividades y funciones los equipos de atención primaria.[30]

En los centros de salud se aplica la Atención Primaria de Salud. Es la unidad asistencial en la que los médicos de familia y los pediatras prestan servicios de prevención y promoción de la salud, diagnóstico o tratamiento básicos en régimen ambulatorio, con la participación de enfermeros y profesionales no sanitarios. Según el Catálogo Nacional de Hospitales 2008, en toda España existían en 2007, un total de 2.913 centros de salud.[29]

Centros especializados

Son aquellos centros sanitarios donde diferentes profesionales sanitarios ejercen sus respectivas actividades sanitarias atendiendo a pacientes con unas determinadas patologías o de un determinado grupo de edad o con características comunes. En este grupo pueden considerarse:

  • Clínicas dentales: en las que se realizan actividades sanitarias en el ámbito de la salud bucodental.
  • Centros de reproducción humana asistida: donde equipos biomédicos realizan técnicas de reproducción asistida o sus derivaciones.
  • Centros de interrupción voluntaria del embarazo: donde se lleva a cabo la práctica del aborto en los supuestos legalmente permitidos.
 
Máquina de hemodiálisis
  • Centros de cirugía mayor ambulatoria: dedicados a la atención de procesos subsidiarios de cirugía realizada con anestesia general, local, regional o sedación, que requieren cuidados postoperatorios de corta duración, por lo que no necesitan ingreso hospitalario.
  • Centros de diálisis: donde se realiza tratamiento con diálisis a pacientes afectados de patología renal.
  • Centros de diagnóstico: dedicados a prestar servicios diagnósticos, analíticos o por imagen.
  • Centros móviles de asistencia sanitaria: que trasladan medios personales y técnicos con la finalidad de realizar actividades sanitarias.
  • Centros de transfusión: en los que se efectúan cualquiera de las actividades relacionadas con la extracción y verificación de la sangre humana o sus componentes, y de su tratamiento, almacenamiento y distribución.
  • Bancos de tejidos: encargados de conservar y garantizar la calidad de los tejidos, después de su obtención y hasta su utilización como aloinjertos o autoinjertos.
  • Centros de reconocimiento médico: donde se efectúan las revisiones médicas e informes de aptitud a los aspirantes o titulares de permisos o licencias.
  • Centros de salud mental: en los que se realiza el diagnóstico y tratamiento en régimen ambulatorio de las enfermedades mentales.

Establecimientos especializados sanitarios

 
Complejo mecanismo ortopédico

Se denominan establecimientos especializados sanitarios aquellos centros privados donde se suministran a los pacientes toda una serie de productos para la mejora de su salud desde medicamentos hasta prótesis muy sofisticadas. Estos establecimientos están agrupados por especialidades y al frente de los mismos tiene que haber personal técnico debidamente acreditado o diplomado. Entre estos establecimientos cabe destacar los siguientes:

  • Oficinas de farmacia: establecimientos sanitarios privados de interés público, sujetos a la planificación sanitaria que establezcan las comunidades autónomas, en las que se debe prestar a la población los servicios básicos recogidos en el artículo 1 de la Ley 16/1997, de 25 de abril, de regulación de los servicios de las oficinas de farmacia.
  • Botiquines: lugares autorizados para la tenencia, conservación y dispensación de medicamentos y productos sanitarios, por la existencia de dificultades especiales de accesibilidad a una oficina de farmacia.
  • Ópticas: donde se realizan actividades de evaluación de las capacidades visuales mediante técnicas optométricas; tallado, venta, verificación y control de los medios adecuados para la prevención, detección, protección, mejora de la agudeza visual.
  • Ortopedias: donde, se lleva a cabo la dispensación de productos sanitarios de ortopedia como prótesis u ortesis, así como ayudas técnicas destinadas a paliar la pérdida de autonomía o funcionalidad o capacidad física de los usuarios.
  • Centros de audioprótesis: donde, se lleva a cabo la dispensación, con adaptación individualizada al paciente, de productos sanitarios dirigidos a la corrección de deficiencias auditivas.

Hospitales

 
Quirófano, instalación clave de los hospitales

Un hospital es el establecimiento sanitario que se utiliza tanto para el internamiento clínico de un paciente como de la asistencia especializada y complementaria que requiera dentro de su zona de influencia. Un hospital puede estar constituido por un único centro hospitalario o por dos o más que se organizan e integran en el complejo hospitalario, incluso que estén distantes entre sí y lo integren además uno o varios centros de especialidades.[31]

Un concepto parecido de hospital es el de clínica que en España se denominan así a los centro sanitarios, generalmente de naturaleza privada, en la que los pacientes obtienen cobertura sanitaria de un amplio número de especialidades. Estas instalaciones pueden disponer de quirófanos de última generación donde se realicen intervenciones mínimamente invasivas, y zonas de hospitalización, donde los pacientes puedan recuperarse de su tratamiento o intervención con internamiento hospitalario. En las grandes ciudades, existen numerosas clínicas, ya que son normalmente las instalaciones que utilizan los funcionarios cuya asistencia sanitaria la cubren sociedades médicas tipo ASISA, ADESLAS, etc.[32]

La Ley 14/1986 General de Sanidad establece que el nivel de asistencia especializada, a realizar en los hospitales y centros de especialidades dependientes funcionalmente de aquellos se prestará la atención de mayor complejidad a los problemas de salud. Los centros hospitalarios desarrollarán, además de las tareas estrictamente asistenciales, funciones de promoción de salud, prevención de las enfermedades e investigación y docencia, de acuerdo con los programas de cada área de salud, con objeto de complementar sus actividades con las desarrolladas por la red de atención primaria.[33]

Camas instaladas

Se consideran camas instaladas aquellas que constituyen la dotación fija del hospital y que están en disposición de ser usadas, aunque algunas de ellas puedan, por diversas razones, no estar en servicio en esa fecha.

Finalidad asistencial

Por finalidad del centro se entiende aquella actividad asistencial a la que dedique la mayor parte de sus recursos, tanto humanos como de equipamiento. Atendiendo a su finalidad asistencial, los hospitales se clasifican en:

  • General
  • Quirúrgico
  • Maternal
  • Infantil
  • Materno-infantil
  • Psiquiátrico
  • Enfermedades del tórax
  • Oncológico
  • Oftálmico
  • Traumatológico y/o Rehabilitación
  • Rehabilitación psico-física
  • Médico-quirúrgico
  • Geriatría y/o Larga estancia
  • Otros monográficos
  • Leprológico o dermatológico
  • Otra Finalidad

Se considera como hospital general, aquel destinado a la atención de pacientes afectos de patología variada y que atiende las áreas de medicina, cirugía, obstetricia y ginecología y pediatría aunque puede faltar alguna de ellas.

Conciertos sanitarios

Los conciertos sanitarios son los suscritos entre la administración sanitaria y las entidades privadas titulares de centros y/o servicios sanitarios. Se regularán por lo dispuesto en la Ley General de Sanidad, siéndoles de aplicación lo previsto en la normativa vigente de contratación administrativa. Hay algunos casos particulares en los que la relación entre el hospital y la Entidad Gestora se rige por Convenio de Vinculación o por Convenio Singular. En el caso de Cataluña también se reflejan en este apartado los centros integrados en la Red de Hospitales de Utilización Pública (XHUP) que aparecen reseñados en el Anexo del Decreto 124/2008 del Departamento de Salud de la Generalitat de Catalunya.[34]

Dependencia patrimonial

La dependencia patrimonial se refiere a la persona física o jurídica propietaria, al menos, del inmueble ocupado por el centro sanitario. Los hospitales que aparecen bajo la dependencia de Seguridad Social pertenecen a la Tesorería General de la Seguridad Social. Existe un grupo especial para las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aun cuando en la mayor parte de los casos ha concluido su adscripción a la Tesorería General de la Seguridad Social. También hay algunos casos en los que la propiedad es compartida por varios organismos públicos, como es el caso de algunos Complejos y Consorcios, en cuyo caso aparecen como Entidades Públicas.

Censo estatal de hospitales según dependencia patrimonial

El Catálogo Nacional de Hospitales 2009, actualizado a 31 de diciembre de 2008, establece la ordenación patrimonial de los hospitales. El SNS contaban con 301 hospitales y ocho hospitales del Ministerio de Defensa. Existen otros 22 hospitales patrimonio de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (MATEP) y otros 469 en el ámbito de la sanidad privada, en los cuales el 40 % de las altas hospitalarias corresponden a pacientes cuya asistencia ha sido concertada y financiada por el SNS.[29]

Dependencia Patrimonial Número de centros Número de camas
Públicos civiles 301 103.655
Ministerio de Defensa 8 1.458
MATEP 22 1.741
Privados benéficos 120 19.980
Privados no benéficos 349 33.458
TOTAL 804 160.292

NOTA: Los complejos hospitalarios se contabilizan como un solo hospital.

Censo de hospitales según su actividad

Según el Catálogo de hospitales de 2008, España contaba con 131 310 camas en hospitales dedicados a la atención de patologías agudas, de las cuales el 72,1 % están gestionadas por el Sistema Nacional de Salud.[29]

Tipo de atención Número de hospitales Número de camas Camas por 100.000 hab. % de camas públicas
Agudos 591 131.510 290,5 72,1%
Psiquiátricos 90 16.028 35,5 37,5%
Geriátricos 119 12.945 28,7 34,2%

Recursos de alta tecnología

 
 
Realizando una mamografía

En los centros sanitarios, principalmente hospitales y centros de especialidades están dotados de equipos de alta tecnología utilizados principalmente para poder diagnosticar mejor la enfermedad que pueda tener un paciente. Según el Catálogo Nacional de Hospitales de 2008, se disponía en todo el territorio del siguiente equipamiento tecnológico.

Equipamiento de Alta Tecnología [35]
Tipo de equipamiento Total Tasa por millón de habitantes
Tomografía Axial Computerizada (TAC) 654 14,4
Resonancia magnética (RM) 417 9,2
Gammacámara (GAM) 232 5,1
Sala de Hemodinámica (HEM) 220 4,9
Tomografía computarizada de emisión monofotónica (SPECT) 46 1,0
Angiografía por sustracción digital (ASD) 194 4,3
Litotricia extracorpórea por ondas de choque (LIT) 91 2,0
Bomba de cobalto (BCO) 40 0,9
Acelerador de partículas (ALI) 160 3,5
Tomografía por emisión de positrones (PET) 32 0,7
Mamógrafos (MAMOS) 481 10,6
Densitómetros óseos (DO) 165 3,6
Equipos de Hemodiálisis (DIAL) 3.225 71,2

Ordenación de prestaciones

Catálogo de prestaciones

El artículo 7 de la Ley de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, establece el catálogo de prestaciones del Sistema Nacional de Salud que tiene por objeto garantizar las condiciones básicas y comunes para una atención integral, continuada y en el nivel adecuado de atención. Se consideran prestaciones de atención sanitaria los servicios preventivos, diagnósticos, terapéuticos, rehabilitadores y de promoción y mantenimiento de la salud dirigidos a los ciudadanos.

Salud Pública

El artículo 11 de la Ley establece cuáles serán las líneas básicas de las prestaciones de salud pública.

  • La prestación de salud pública es el conjunto de iniciativas organizadas por las Administraciones públicas para preservar, proteger y promover la salud de la población. Es una combinación de ciencias, habilidades y actitudes dirigidas al mantenimiento y mejora de la salud de todas las personas a través de acciones colectivas o sociales.
  • Las prestaciones en este ámbito comprenderán las siguientes actuaciones: Información y vigilancia epidemiológica. Protección de la salud. Promoción de la salud. Vigilancia y control de los posibles riesgos para la salud derivados de la importación, exportación o tránsito de mercancías y del tráfico internacional de viajeros. Promoción y protección de la sanidad ambiental. Promoción y protección de la salud laboral.
  • Las prestaciones de salud pública se ejercerán con un carácter de integralidad, a partir de las estructuras de salud pública de las Administraciones y de la infraestructura de atención primaria del Sistema Nacional de Salud.

Prestaciones de atención primaria

 
Reconocimiento pediátrico a un bebé en un centro de atención primaria

En este nivel asistencial se concentra la mayor parte de actividades de promoción de la salud, educación sanitaria, prevención de la enfermedad, asistencia sanitaria, mantenimiento y recuperación de la salud, rehabilitación y trabajo social.

El siguiente catálogo muestra las actividades preventivas, promoción y educación para la salud, la atención familiar y la atención comunitaria que se realizan en los centros de atención primaria.[36]

  • Inculcar a los adolescentes hábitos saludables de vida sobre el uso de tabaco, alcohol y drogas así como los trastornos de conductas alimentarias nocivas y de conductas saludables en relación a la sexualidad.
  • Orientación a las mujeres, durante el embarazo y puerperal, diagnóstico precoz de cáncer ginecológico y de mama, detección y atención en los problemas del climaterio. Planificación familiar.
  • Seguimiento pediátrico de la infancia, detectando los problemas de salud, nutrición, consejos generales sobre el desarrollo del niño, educación sanitaria y prevención de accidentes infantiles. Vacunaciones
  • Atención a los adultos que formen parte de grupos de riesgos y grupos de riesgo o sean pacientes crónicos. Consejos sobre estilos de vida saludable y detección de los problemas de salud que se les presenten.
  • Seguimiento geriátrico de las personas mayores: promoción y prevención de la salud. Atención domiciliaria a personas inmovilizadas.
  • Detección de la violencia de género y malos tratos sobre menores, ancianos y personas con discapacidad.
  • Atención a la salud bucodental: actividades asistenciales, diagnósticas y terapéuticas, promoción de la salud, educación sanitaria y preventiva.
  • Atención al paciente terminal: atención integral, individual y continuada que se presta en el domicilio del paciente o en el centro sanitario.
  • Atención a la salud mental: prevención y promoción para el mantenimiento de la salud mental, en coordinación con el nivel especializado.

Prestación especializada

 
Laparoscopia prueba diagnóstica de atención especializada.

La atención especializada se presta en función de las características del paciente y su proceso, en consultas externas, en hospital de día y en régimen de internamiento hospitalario.

Comprende los servicios de: cuidados intensivos, anestesia y reanimación, hemoterapia, rehabilitación, nutrición y dietética, seguimiento del embarazo, planificación familiar y reproducción humana asistida.

Así mismo proporciona la indicación, prescripción y realización de procedimientos diagnósticos y terapéuticos, especialmente los relacionados con:[37]

Atención de urgencia

 
Dependencias para urgencias del hospital Virgen del Rocío. Sevilla

Urgencia médica es aquella prestación sanitaria que se dispensa en aquellos casos en que sea necesario atender al paciente de forma inmediata. Se realizan tanto en los centros sanitarios como fuera de ellos, si se trata de un accidente laboral o de tráfico se presta en lugar del suceso, también puede prestarse en el domicilio del paciente si la enfermedad surge de forma repentina y es de carácter grave que impida al paciente trasladarse por sus medios a un centro sanitario próximo. La urgencia médica se presta durante las 24 horas del día tanto por parte de médicos de atención primaria como de urgencia hospitalaria. Para atender las urgencias graves se utilizan equipos móviles que se desplazan en ambulancias o helicópteros y puedan proceder a los enfermos a los centros hospitalarios adecuados.

Cartera de servicios

La cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud se dividen en:

  • Común del Sistema Nacional de Salud es el conjunto de técnicas, tecnologías o procedimientos, entendiendo por tales cada uno de los métodos, actividades y recursos basados en el conocimiento y experimentación científica, mediante los que se hacen efectivas las prestaciones sanitarias
a) Básica de servicios asistenciales.
b) Suplementaria.
c) De servicios accesorios.
  • Complementaria de las comunidades autónomas, mediante la que las comunidades autónomas podrán incorporar en sus carteras de servicios una técnica, tecnología o procedimiento no contemplado en la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud, para lo cual establecerán los recursos adicionales necesarios.

Cartera común básica

La cartera común básica de servicios asistenciales del Sistema Nacional de Salud comprende todas las actividades asistenciales de prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación que se realicen en centros sanitarios o sociosanitarios, así como el transporte sanitario urgente, cubiertos de forma completa por financiación pública.

La prestación de estos servicios se hará de forma que se garantice la continuidad asistencial, bajo un enfoque multidisciplinar, centrado en el paciente, garantizando la máxima calidad y seguridad en su prestación, así como las condiciones de accesibilidad y equidad para toda la población cubierta.

Cartera común suplementaria

La cartera común suplementaria del Sistema Nacional de Salud incluye todas aquellas prestaciones cuya provisión se realiza mediante dispensación ambulatoria y están sujetas a aportación del usuario. Esta cartera común suplementaria del Sistema Nacional de Salud incluirá las siguientes prestaciones:

  • Prestación farmacéutica
  • Prestación ortoprotésica
  • Prestación con productos dietéticos
  • Transporte sanitario no urgente, sujeto a prescripción facultativa, por razones clínicas y con un nivel de aportación del usuario acorde al determinado para la prestación farmacéutica.

El porcentaje de aportación del usuario se regirá por las mismas normas que regulan la prestación farmacéutica, tomando como base de cálculo para ello el precio final del producto y sin que se aplique el mismo límite de cuantía a esta aportación

Prestación farmacéutica

La regulación de los medicamentos en España se atiene a lo dispuestos en la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.[38]

 

Una de las prioridades de la prestación farmacéutica que ofrece el Sistema Nacional de Salud, consiste en inculcar a los pacientes que hagan un uso racional de los medicamentos y que eviten en lo posible la automedicación.

La prestación farmacéutica comprende los medicamentos y productos sanitarios que se facilitan a los pacientes de acuerdo a sus necesidades clínicas, en las dosis precisas y durante el período adecuado procurando que sea al menor coste posible. Los medicamentos se expiden en las oficinas de farmacia al frente de las cuales hay un licenciado en farmacia.

Todos los medicamentos que se prescriben a los pacientes tienen que haber sido autorizados y registrados por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, o ser fórmulas magistrales preparadas por farmacéuticos licenciados, excluyendo los productos de utilización cosmética, dietéticos, dentífricos y otros productos sanitarios, así como los medicamentos calificados como publicitarios, los medicamentos homeopáticos, y los artículos y accesorios de los que se realice publicidad dirigida al público general y que se pagan en su totalidad por el público que los adquiere.

La prestación farmacéutica, está cofinanciada por los usuarios. La distribución de la financiación de los medicamentos en el SNS es la siguiente:[39]

 
El atleta Oscar Pistorius, con piernas ortopédicas
  • Farmacia hospitalaria: Los medicamentos dispensados en el ámbito hospitalario son gratis para los pacientes.
  • Recetas médicas: La financiación de los medicamentos prescritos con receta médica y dispensados a los pacientes no hospitalizados tienen la siguiente financiación:
  • Pensionistas y sus beneficiarios como norma general su aportación es del 10 % del precio del medicamento, con topes de aportación máximos mensuales dependiendo de sus rentas anuales, existiendo determinados colectivos exentos de aportación. Los pensionistas que hayan sido funcionarios públicos y estén protegidos por MUFACE aportan el 30 %.
  • Los no pensionistas tienen aportaciones que van desde el 40 % al 60 % del precio del medicamento recetado, en función de sus rentas anuales. Los funcionarios en activo protegidos por MUFACE aportan el 30 %
  • Colectivos afectados por síndrome tóxico tienen los medicamentos recetados gratis.
  • Las personas con tratamientos crónicos y pacientes con SIDA pagan el 10% con un máximo de 2,64 euros por receta.
Prestaciones ortoprotésica

Las prestación ortoprotésica que se prestan a los pacientes pueden ser prótesis quirúrgicas fijas, prótesis externas, vehículos para inválidos, ortesis y prótesis especiales que incluyen audífonos y moldes de audífonos para niños hasta los 16 años afectados de hipocausia bilateral.[40]

Prestación con productos dietéticos

Las prestaciones complementarias son aquellas que suponen un elemento adicional y necesario para la consecución de una asistencia completa y adecuada, como por ejemplo tratamientos dietoterápicos complejos.

Transporte no urgente de enfermos
 
Ambulancias DYA de servicio en el País Vasco

Transporte sanitario se refiere a la infraestructura que se sutiliza para el desplazamiento de personas enfermas, accidentadas o por otra razón sanitaria mediante ambulancias, helicópteros o aviones especialmente acondicionados al efecto. Las ambulancias con diferente grado de equipamiento es el tipo de vehículos más utilizado para el transporte de enfermos. Los helicópteros también son muy utilizados cuando los enfermos o heridos están muy graves y están alejados de algún hospital especializado.

Cartera común de servicios accesorios

La cartera común de servicios accesorios del Sistema Nacional de Salud incluye todas aquellas actividades, servicios o técnicas, sin carácter de prestación, que no se consideran esenciales y/o que son coadyuvantes o de apoyo para la mejora de una patología de carácter crónico, estando sujetas a aportación y/o reembolso por parte del usuario.

La aportación del usuario o, en su caso, el reembolso, se regirá por las mismas normas que regulan la prestación farmacéutica, tomando como referencia el precio final de facturación que se decida para el Sistema Nacional de Salud.

Cartera de servicios complementaria de las comunidades autónomas

Las comunidades autónomas podrán incorporar en sus carteras de servicios una técnica, tecnología o procedimiento no contemplado en la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud, para lo cual establecerán los recursos adicionales necesarios.

Demografía de España

Pirámide de población (2008)[41]
% Hombres Edad Mujeres %
0,62
 
85+
 
1,40
0,99
 
80-84
 
1,57
1,57
 
75-79
 
2,16
1,92
 
70-74
 
2,31
1,90
 
65-69
 
2,10
2,48
 
60-64
 
2,65
2,69
 
55-59
 
2,62
3,09
 
50-54
 
3,12
3,65
 
45-49
 
3,60
4,11
 
40-44
 
3,96
4,38
 
35-39
 
4,09
4,65
 
30-34
 
4,30
4,15
 
25-29
 
3,89
3,15
 
20-24
 
3,00
2,62
 
15-19
 
2,47
2,37
 
10-14
 
2,25
2,43
 
5-9
 
2,29
2,61
 
0-4
 
2,45

Según datos del INE España cuenta a 1 de enero de 2009 con una población de 46 754 807 habitantes de los cuales 23 116 988 son hombres que representan el 49,44 % y 23 628 919 son mujeres que representan el 50,56 %. La población de España ha ido aumentando progresivamente y de forma moderada año tras año. En la última década el aumento ha sido mayor por la llegada masiva de inmigrantes que se ha producido, cuyo censo de extranjeros en 2008 asciende a 5 268 762 procedentes de todos los países del mundo.

A los efectos de prestaciones sanitarias, al censo oficial del padrón, habría que añadir los miles de inmigrantes no legalizados que hay en todo el país, más las prestaciones sanitarias que accidentalmente se pueden prestar a los millones de turistas que visitan España y que puedan necesitar en algún momento algún tipo de prestación.

Pirámide de población

Del análisis de la pirámide de población se deduce lo siguiente:

  • La población menor de 20 años es el 19 % de la población total.
  • La población comprendida entre 20-40 años es el 32 %
  • La población comprendida entre 40-60 años es el 28 %
  • La población mayor de 60 años es el 21 %

Esta estructura de la población es típica en el régimen demográfico moderno, con una evolución hacia un envejecimiento de la población y una disminución de la natalidad anual.

A efectos sanitarios, se prevé un aumento progresivo en la utilización de los recursos sanitarios dado que es en las etapas superiores de la vida es cuando más uso se hace de los servicios sanitarios. Y no es tanto por el aumento de la edad media de vida sino porque son cada vez más las personas que llegan a edades avanzadas.

Evolución demográfica de España entre 1920 y 2009[42]
Gráfica elaborada por: Wikipedia sobre la base de los datos del INE-2009

Reconocimientos

En 2020 el Foro Económico Mundial da a España el título de mejor sanidad del mundo, siendo además el tercer país en esperanza de vida.[43]

Privatización de la sanidad

Con la aprobación en 1997 de la Ley 15/1997 de nuevas formas de gestión de los centros sanitarios se abrió en España la puerta a la construcción de nuevos hospitales privados pagados con fondos públicos y a la privatización de la gestión de la asistencia sanitaria. Así, en 1999 el Hospital de Alcira fue el primer hospital público español en el que se privatizó su gestión, y por tanto, el personal sanitario. Así mismo, diversas comunidades gobernadas por el Partido Popular llevaron a cabo iniciativas de construcción de hospitales de gestión privada bajo la fórmula legal de las fundaciones sanitarias de la que es exponente el Hospital de Calahorra (La Rioja).

El 1 de noviembre de 2012 Ignacio González, presidente de la Comunidad de Madrid, anunció durante la presentación del Proyecto de Presupuestos de 2013 la privatización de la gestión de seis hospitales de la comunidad y del 10 % de los centros de atención primaria de la región, incluido el personal sanitario. Esta medida ha afectado principalmente al Hospital de La Princesa, donde se han producido diversas manifestaciones.[44][45][46]

Suspensión del proceso en Madrid

El 27 de enero de 2014 el entonces presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, anunció que se suspendía el proyecto de privatización de la gestión de seis hospitales públicos, tras la decisión del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid de paralizar el proceso. A continuación dijo que había aceptado la dimisión del consejero de Sanidad Javier Fernández-Lasquetty, principal responsable del proyecto —que había encontrado una fuerte oposición entre el personal sanitario y los usuarios de la sanidad pública madrileña en la llamada marea blanca—.[47]​ Sin embargo, los hospitales creados previamente con este tipo de fórmulas no revirtieron a la gestión pública pura. Es de destacar que la reversión de servicios privatizados a la gestión pública presenta grandes problemas jurídicos, en particular en la gestión del personal, como comprobó el Gobierno Valenciano al recuperar la gestión del Hospital de Alcira.

Véase también

Referencias

  1. «BOE.es - Documento BOE-A-2002-15767». www.boe.es. Consultado el 30 de julio de 2018. 
  2. bib.us.es (ed.). . Archivado desde el original el 1 de abril de 2010. Consultado el 10 de octubre de 2010. 
  3. Ley de 11 de julio de 1934. Ministerio de Trabajo, Sanidad y Previsión. Gaceta de Madrid. 15/07/1934; (196):538-43.
  4. Preámbulo de la Ley General de Sanidad de 1986. El mismo continúa: ... la ruptura del carácter unitario de esa organización, que se fragmenta en diversos subsistemas que se ordenan separadamente, respondiendo a principios y finalidades propias, al margen de una dirección unitaria... a las funciones preventivas tradicionales se sumarán otras nuevas, relativas al medio ambiente, la alimentación, el saneamiento, los riesgos laborales, etc., que harán nacer estructuras públicas nuevas a su servicio. Las funciones asistenciales crecen y se dispersan igualmente. Las tradicionales sólo se referían a la prevención o asistencia de algunas enfermedades de particular trascendencia social (la tuberculosis, enfermedades mentales, etc.). Estas atenciones asistenciales tradicionales se asumen con responsabilidad propia por diferentes Administraciones Públicas (Estado, Diputaciones) que funcionan sin ningún nexo de unión en la formulación de las respectivas políticas sanitarias. Ninguna de ellas se dirige, sin embargo, a la atención del individuo concreto, si la enfermedad que padece no es alguna de las singularizadas por su trascendencia. El dogma que perdura es el decimonónico de la autosuficiencia del individuo para atender sus problemas de salud.... el crecimiento de un sistema de previsión dirigido a los trabajadores... crea sus propias estructuras sanitarias que se establecen al margen de la organización general, y funcionan conforme a... las nuevas necesidades y avances tanto en el campo de la salud y enfermedad como en los nuevos criterios que se van imponiendo de cobertura social y asistencia sanitaria. ... la coordinación podría ser la respuesta a las necesidades de racionalización del sistema... Se intenta implantar primero en el ámbito de las Administraciones locales con la Ley de Coordinación Sanitaria de 11 de junio de 1934. Luego, con carácter más general y también en el ámbito de los servicios centrales, con la Ley de Hospitales de 21 de julio de 1962, y mediante la creación de un extensísimo número de Comisiones Interministeriales, que fluyen como un verdadero aluvión, planteando al final el problema de coordinar a los órganos coordinadores.
  5. Decreto 2065/1974, de 30 de mayo
  6. [1]
  7. http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&id=1986/10499 el 21 de enero de 2010 en Wayback Machine. Texto de la ley
  8. http://jjbestard.healthcaregazette.com/files/2011/02/17.pdf
  9. msps.es BOE 128 del 29 de mayo de 2003 (ed.). . Archivado desde el original el 6 de octubre de 2010. Consultado el 12 de octubre de 2010. 
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Enlaces externos

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  • Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios


  •   Datos: Q7573256
  •   Multimedia: Category:Sistema Nacional de Salud (Spain)

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El Sistema Nacional de Salud de Espana es el ente que engloba a las prestaciones y servicios sanitarios de Espana que de acuerdo con la ley son responsabilidad de los poderes publicos Creado en 1908 poco a poco fue extendiendo su cobertura previo pago de los servicios asistenciales a toda la poblacion espanola En 1989 se completo este proceso desde entonces la asistencia sanitaria en Espana es universal y sostenida a traves de diferentes tipos de impuestos Sistema Nacional de SaludInformacion generalAmbitoEspanaTipoorganismo publicoFundacion1908JurisdiccionEspana EspanaOrganizacionDependiente deMinisterio de SanidadHistoricoINSALUD Sistema Nacional de Salud editar datos en Wikidata En Espana conforme al principio de descentralizacion promulgado por la Constitucion y tras la disolucion del INSALUD en 2002 la competencia sanitaria esta transferida a cada una de las comunidades autonomas El Gobierno central tan solo presta este servicio directamente en Ceuta y Melilla a traves del Instituto Nacional de Gestion Sanitaria INGESA 1 y realiza labores de coordinacion generales y basicas entre las distintas comunidades Indice 1 Mision 2 Historia y marco normativo 2 1 Ley 14 1986 General de Sanidad 2 2 Ley General de la Seguridad Social 2 3 Ley 16 2003 de cohesion y calidad del Sistema Nacional de Salud 3 Organismos con competencias de sanidad 3 1 Ministerio de Sanidad Servicios Sociales e Igualdad 3 2 Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud CISNS 3 3 Competencias sanitarias de las comunidades autonomas 3 4 Competencias sanitarias de las corporaciones locales 4 Organizacion territorial 5 Cobertura de la sanidad espanola 6 Financiacion de la Sanidad Publica 7 Organizacion funcional 7 1 Tarjeta sanitaria individual 7 2 Historia clinica 7 3 Areas de salud 7 4 Zonas Basicas de salud 7 5 Atencion Primaria 7 6 Atencion especializada 7 7 Atencion Sociosanitaria 8 Profesionales sanitarios colegiados 9 Establecimientos sanitarios 9 1 Centro sanitario 9 2 Consultorio 9 3 Centro de salud 9 4 Centros especializados 9 5 Establecimientos especializados sanitarios 9 6 Hospitales 9 7 Recursos de alta tecnologia 10 Ordenacion de prestaciones 10 1 Catalogo de prestaciones 10 1 1 Salud Publica 10 1 2 Prestaciones de atencion primaria 10 1 3 Prestacion especializada 10 1 4 Atencion de urgencia 10 2 Cartera de servicios 10 2 1 Cartera comun basica 10 2 2 Cartera comun suplementaria 10 2 2 1 Prestacion farmaceutica 10 2 2 2 Prestaciones ortoprotesica 10 2 2 3 Prestacion con productos dieteticos 10 2 2 4 Transporte no urgente de enfermos 10 2 3 Cartera comun de servicios accesorios 10 2 4 Cartera de servicios complementaria de las comunidades autonomas 11 Demografia de Espana 12 Reconocimientos 13 Privatizacion de la sanidad 13 1 Suspension del proceso en Madrid 14 Vease tambien 15 Referencias 16 Bibliografia 17 Enlaces externosMision EditarConforme a la Constitucion espanola y al Estado de Bienestar el Sistema Nacional de Salud tiene como objetivo primordial asegurar y posibilitar en materia de sanidad La financiacion publica La universalidad La calidad y seguridad de sus prestaciones Historia y marco normativo EditarLa intervencion publica en los problemas de salud de la colectividad siempre fue un asunto de interes expresado fundamentalmente en el control de las epidemias o al menos en la minima capacidad de control que permitian las cuarentenas navales el cierre de las murallas y la prohibicion de las comunicaciones con las ciudades afectadas por la peste y otro tipo de medidas que se suponian de caracter higienico o paliativo Tras el florecimiento de la medicina en al Andalus y la destacada contribucion de los judios durante la Baja Edad Media la institucionalizacion del protomedicato tuvo lugar en tiempos de Carlos V Pero el ejercicio de la profesion medica a la que se accedia por las facultades de medicina desde la universidad medieval estuvo muy descentralizado y conto con organizaciones como los colegios medicos La cirugia y la farmacia eran disciplinas bien diferenciadas de la medicina y mucho menos prestigiosas dentro del paradigma galenico hipocratico dominante durante la mayor parte del Antiguo Regimen en Espana Los novatores de finales del siglo XVII tuvieron en la medicina uno de sus principales campos de actuacion que se limito a iniciativas individuales y localizadas que la Ilustracion espanola de la segunda mitad del siglo XVIII desarrollo con mas continuidad Colegio de Cirugia de San Carlos etc A comienzos del siglo XIX la Real Expedicion Filantropica de la Vacuna 1803 constituyo el proyecto de sanidad publica mas ambicioso a nivel planetario Ya en la Edad Contemporanea durante el trienio liberal discutieron el Codigo sanitario de 1822 que no se aprobo debido a la falta de consenso cientifico y tecnico sobre los medios de que debia dotarse Ya en el periodo denominado bienio progresista la Ley de 28 de noviembre de 1855 2 consagra la Direccion General de Sanidad creada muy pocos anos antes y que tendra una prolongada continuidad organizativa El Real Decreto de 12 de enero de 1904 que aprueba la Instruccion General de Sanidad apenas altero el esquema organizativo de 1855 cambiando por epocas el nombre de la Direccion General de Sanidad por el de Inspeccion General de Sanidad El 11 de julio de 1934 se promulgo la Ley de Coordinacion Sanitaria con el objetivo fundamental de acentuar la incipiente intervencion estatal en la organizacion de los servicios sanitarios locales en ella se propone la creacion del Ministerio de Sanidad 3 Tras la Guerra Civil Espanola la Ley de Bases de 1944 perpetuo la estructura anterior 4 A la Administracion Publica le cumple atender aquellos problemas sanitarios que pueden afectar a la colectividad considerada como conjunto le compete desarrollar una accion de prevencion en suma La funcion asistencial el problema de la atencion a los problemas de la salud individual quedan al margen La Ley de 14 de diciembre de 1942 crea el Seguro Obligatorio de Enfermedad SOE bajo la gestion del Instituto Nacional de Prevision sistema de cobertura de los riesgos sanitarios a traves de una cuota vinculada al trabajo reestructurado en la Ley General de la Seguridad Social de 1974 5 La Seguridad Social fue asumiendo cada vez un mayor numero de patologias dentro de su cuadro de prestaciones asi como cubriendo a un mayor numero de personas y colectivos No obstante un informe de la OMS en 1967 detectaba importantes carencias en el sistema 6 La Ley General de Sanidad 25 de abril de 1986 7 y la creacion de Consejerias de Sanidad y de un Ministerio de Sanidad son respuesta a las previsiones en materia de salud publica de la Constitucion espanola de 1978 en los articulos 43 y 49 establece el derecho de todos los ciudadanos a la proteccion de la salud y titulo VIII que preve las competencias en materia de sanidad las comunidades autonomas Ley 14 1986 General de Sanidad Editar La Ley General de Sanidad se formulo por dos razones la primera de ellas por tener su origen en un mandato de la Constitucion Espanola ya que tanto en el articulo 43 y en el articulo 49 de texto normativo fundamental establece el derecho de todos los ciudadanos a la proteccion de la salud La Ley reconoce el derecho a obtener las prestaciones del sistema sanitario a todos los ciudadanos y a los extranjeros residentes en Espana La segunda razon es de origen organizativo ya que el titulo VIII de la Constitucion confiere a las comunidades autonomas amplias competencias en materia de Sanidad Las comunidades autonomas tienen en la organizacion sanitaria una trascendencia de primer orden y la Ley permite poner en funcionamiento los procesos de transferencias de servicios un dispositivo sanitario suficiente como para atender las necesidades sanitarias de la poblacion residente en sus respectivas jurisdicciones El articulo 149 1 16 de la Constitucion en el que la presente Ley se apoya establece los principios y criterios substantivos que permiten conferir al nuevo sistema sanitario unas caracteristicas generales y comunes que sean fundamento de los servicios sanitarios en todo el territorio del Estado La herramienta administrativa que propone la Ley es la configuracion no lo crea tan solo lo configura 8 de un Sistema Nacional de Salud El eje del modelo que la ley adopta es que las comunidades autonomas esten suficientemente dotadas y con la perspectiva territorial necesaria para que los beneficios de la autonomia no queden empenados por las necesidades de eficiencia en la gestion El Sistema Nacional de Salud se concibe asi como el conjunto de los servicios de salud de las Comunidades Autonomas convenientemente coordinados Los servicios sanitarios se concentran pues bajo la responsabilidad de las comunidades autonomas y bajo los poderes de direccion en lo basico y la coordinacion del Estado La creacion de los respectivos servicios de salud de las comunidades autonomas se ha ido realizando de forma paulatina segun se iban realizando las transferencias en materia de Sanidad La Ley de Sanidad fue complementada el ano 2003 por la Ley 16 2003 de cohesion y calidad del Sistema Nacional de Salud 9 que manteniendo las lineas basicas de la Ley modifico y amplio el articulado para adaptarlo a la nueva realidad social y politica vigente en Espana Ley General de la Seguridad Social Editar El Real Decreto Legislativo 1 1994 de 20 de junio por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en su Capitulo IV se ocupa de la accion protectora Dentro de la misma se incluyen La asistencia sanitaria en los casos de maternidad de enfermedad comun o profesional y de accidentes sean o no de trabajo La recuperacion profesional cuya procedencia se aprecie en cualquiera de los casos mencionados Las prestaciones economicas en las situaciones de incapacidad temporal maternidad paternidad riesgo durante el embarazo riesgo durante la lactancia natural cuidado de menores afectados por cancer u otra enfermedad grave invalidez en sus modalidades contributiva y no contributiva jubilacion en sus modalidades contributiva y no contributiva desempleo en sus niveles contributivo y asistencial muerte y supervivencia asi como las que se otorguen en las contingencias y situaciones especiales que reglamentariamente se determinen Ley 16 2003 de cohesion y calidad del Sistema Nacional de Salud Editar Esta Ley se promueve en 2003 cuando todas las comunidades autonomas han asumido paulatinamente competencias en materia de sanidad y se ha establecido un modelo estable de financiacion de todas las competencias asumidas Transcurridos varios anos desde la entrada en vigor de la Ley General de Sanidad se han producido profundos cambios en la sociedad tanto culturales tecnologicos y socioeconomicos como en la manera de vivir y de enfermar Y se plantean nuevos retos para la organizacion del Sistema Nacional de Salud Por todo ello esta ley establece acciones de coordinacion y cooperacion de las Administraciones publicas sanitarias como medio para asegurar a los ciudadanos el derecho a la proteccion de la salud con el objetivo comun de garantizar la equidad la calidad y la participacion social en el Sistema Nacional de Salud La Ley define un nucleo comun de actuacion del Sistema Nacional de Salud y de los servicios de salud que lo integran Sin interferir en la diversidad de formulas organizativas de gestion y de prestacion de servicios consustancial con un Estado descentralizado se pretende que la atencion al ciudadano por los servicios publicos sanitarios responda a unas garantias basicas y comunes Los ambitos de colaboracion entre las Administraciones publicas sanitarias definidas por esta ley son las prestaciones del Sistema Nacional de Salud la farmacia los profesionales sanitarios la investigacion el sistema de informacion sanitaria y la calidad del sistema sanitario De esta forma la ley crea o potencia organos especializados que se abren a la participacion de las comunidades autonomas tales como la Agencia de Evaluacion de Tecnologias la Agencia Espanola de Medicamentos y Productos Sanitarios la Comision de Recursos Humanos la Comision Asesora de Investigacion en Salud el Instituto de Salud Carlos III el Instituto de Informacion Sanitaria la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud 10 y el Observatorio del Sistema Nacional de Salud El organo basico de cohesion es el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud de Espana al que se dota de mayor agilidad en la toma de decisiones y de mecanismos para la busqueda de consensos asi como para la vinculacion entre las partes en la asuncion de estas decisiones El sistema incluye la Alta Inspeccion a la que se atribuye el seguimiento de los acuerdos de aquel entre otras funciones 11 Organismos con competencias de sanidad EditarMinisterio de Sanidad Servicios Sociales e Igualdad Editar Fachada del Ministerio de Sanidad Consumo y Bienestar Social El Ministerio de Sanidad Servicios Sociales e Igualdad desarrolla la politica del Gobierno en materia de salud de planificacion y asistencia sanitaria y de consumo asi como el ejercicio de las competencias de la Administracion General del Estado para asegurar a los ciudadanos el derecho a la proteccion de la salud El ministerio tiene su sede central en el Paseo del Prado de Madrid frente al Museo del Prado El Real Decreto 1041 2009 de 29 de junio desarrolla la estructura organica basica del Ministerio de Sanidad y Politica Social de Espana A partir de esa fecha el nuevo Ministerio asume las competencias del extinto Ministerio de Sanidad y Consumo y de la extinta Secretaria de Estado de Politica Social Familia y Atencion a la Dependencia y a la Discapacidad El objetivo de la remodelacion de competencias es proceder a un reforzamiento del papel del Ministerio de Sanidad y Politica Social como instrumento de cohesion del Sistema Nacional de Salud pasando a depender de la Secretaria General de Sanidad las competencias en materia de calidad del Sistema Nacional de Salud por lo que se adscriben a la misma la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud y la Direccion General de Terapias Avanzadas y Trasplantes 12 Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud CISNS Editar Calendario comun de vacunacion a lo largo de toda la vida promovido por el CISNS en 2020 La Ley General de Sanidad de 1986 crea el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud CISNS como organo de coordinacion general sanitaria entre el Estado y las comunidades autonomas que disponian de las transferencias sanitarias por aquellas fechas Seria de composicion paritaria y coordinaria las lineas basicas de la politica sanitaria en lo que afectase a contrataciones adquisiciones de productos farmaceuticos sanitarios y de otros bienes y servicios asi como los principios basicos de la politica de personal La Ley de Cohesion y Calidad del SNS introdujo cambios muy significativos en este organismo desde su composicion funcionamiento y competencias A partir de esa ley el CISNS va a funcionar en Pleno en Comision Delegada Comisiones tecnicas y Grupos de Trabajo El Pleno se reunira a iniciativa del Presidente o cuando lo soliciten la tercera parte de sus miembros y debera hacerlo al menos cuatro veces al ano Por otra parte los acuerdos del Consejo se plasmaran a traves de recomendaciones que se aprobaran en su caso por consenso Los acuerdos de cooperacion para llevar a cabo acciones sanitarias conjuntas se formalizaran mediante convenios del CISNS El funcionamiento del CISNS a partir de la Ley de Cohesion esta muy condicionado en lo que se refiere a la adopcion y cumplimiento de acuerdos vinculantes por la utilizacion politica de los Plenos y con la defensa a ultranza del interes que cada miembro defiende de la region a la que se debe Las Ponencias Comisiones y Grupos de trabajo han sido muy importantes y de resultados desiguales segun grupos De sus iniciativas cabe destacar 13 Comision de Salud Publica Comision permanente de farmacia Comision cientifico tecnica del sistema Nacional de Salud Comision de seguimiento del fondo de cohesion sanitaria Comision permanente de aseguramiento financiacion y prestaciones Comision contra la violencia de genero Comision de trasplantesLos articulos 69 70 y 71 de la Ley de cohesion y calidad de SNS regulan las funciones principales del Consejo Interterritorial del SNS Los aspectos principales del Consejo Interterritorial son El Consejo Interterritorial esta constituido por el Ministro de Sanidad y Consumo que ostentara su presidencia y por los Consejeros competentes en materia de sanidad de las comunidades autonomas La vicepresidencia de este organo la desempenara uno de los Consejeros competentes en materia de sanidad de las comunidades autonomas elegido por todos los Consejeros que lo integran El CISNS conocera debatira entre otros aspectos y en su caso emitira recomendaciones sobre las siguientes materias 14 a El desarrollo de la cartera de servicios correspondiente al Catalogo de Prestaciones del Sistema Nacional de Salud asi como su actualizacion b El establecimiento de prestaciones sanitarias complementarias a las prestaciones basicas del Sistema Nacional de Salud por parte de las comunidades autonomas c Las garantias minimas de seguridad y calidad para la autorizacion de la apertura y puesta en funcionamiento de los centros servicios y establecimientos sanitarios d Los criterios generales y comunes para el desarrollo de la colaboracion de las oficinas de farmacia e Los criterios basicos y condiciones de las convocatorias de profesionales que aseguren su movilidad en todo el territorio del Estado f La declaracion de la necesidad de realizar las actuaciones coordinadas en materia de salud publica a las que se refiere esta ley g Los criterios generales sobre financiacion publica de medicamentos y productos sanitarios y sus variables h El establecimiento de criterios y mecanismos en orden a garantizar en todo momento la suficiencia financiera del sistema Mapa de las comunidades autonomas de Espana Las anteriores funciones se ejerceran sin menoscabo de las competencias legislativas de las Cortes Generales y en su caso normativas de la Administracion General del Estado asi como de las competencias de desarrollo normativo ejecutivas y organizativas de las comunidades autonomas Competencias sanitarias de las comunidades autonomas Editar El Articulo 41 de la Ley General de Sanidad establece que Las comunidades autonomas ejerceran las competencias asumidas en sus estatutos y las que el estado les transfiera o en su caso les delegue Las decisiones y actuaciones publicas previstas en esta ley que no se hayan reservado expresamente al Estado se entenderan atribuidas a las comunidades autonomas Cartel de la sede de una Delegacion de Salud en Andalucia El Estado a traves de los impuestos generales que recauda financia la totalidad de las prestaciones sanitarias y un porcentaje de las prestaciones farmaceuticas pero este presupuesto es repartido entre las diferentes comunidades autonomas atendiendo a varios criterios de reparto ya que son las comunidades las responsables de la sanidad en sus respectivos territorios En el Consejo Interterritorial del SNS previa deliberacion se acuerda en cada ejercicio la cartera de servicios correspondiente al catalogo de prestaciones que cubre el Sistema Nacional de Salud y que se publican mediante un Real Decreto del Ministerio de Sanidad Las comunidades autonomas en el ambito de sus competencias podran aprobar sus respectivas carteras de servicios que incluiran cuando menos la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud Competencias sanitarias de las corporaciones locales Editar Contaminacion atmosferica en una ciudad china Shanghai El articulo 42 de la Ley General de Sanidad dispone que los Ayuntamientos sin perjuicio de las competencias de las demas Administraciones Publicas tendran las siguientes responsabilidades minimas en asuntos relacionados con la Sanidad a Control sanitario del medio ambiente Contaminacion atmosferica abastecimiento de aguas saneamiento de aguas residuales residuos urbanos e industriales b Control sanitario de industrias actividades y servicios transportes ruidos y vibraciones c Control sanitario de edificios y lugares de vivienda y convivencia humana especialmente de los centros de alimentacion peluquerias saunas y centros de higiene personal hoteles y centros residenciales escuelas campamentos turisticos y areas de actividad fisico deportivas y de recreo d Control sanitario de la distribucion y suministro de alimentos perecederos bebidas y demas productos directa o indirectamente relacionados con el uso o consumo humanos asi como los medios de su transporte e Control sanitario de los cementerios y policia sanitaria mortuoria Organizacion territorial EditarComo consecuencia de la descentralizacion contemplada en la Constitucion Espanola cada comunidad autonoma ha recibido las transferencias adecuadas para irse dotando de un Servicio de Salud que es la estructura administrativa y de gestion que integra todos los centros servicios y establecimientos de la propia Comunidad Diputaciones Ayuntamientos y cualesquiera otras Administraciones territoriales intracomunitarias En el marco de esta descentralizacion La Ley 16 2003 de 28 de mayo de cohesion y calidad del Sistema Nacional de Salud contempla el Consejo Interterritorial como organo de coordinacion y cooperacion dentro del Sistema Nacional de Salud En las ciudades autonomas de Ceuta y Melilla los servicios correspondientes de atencion sanitaria los presta el Instituto Nacional de Gestion Sanitaria INGESA Comunidad autonoma RD constitutivo del servicio de salud autonomico 15 Denominacion Logotipo Poblacion atendida 16 Cataluna 1517 1981 de 8 de julio Servei Catala de la Salut CatSalut 7 675 217 hab Andalucia 400 1984 de 22 de febrero Servicio Andaluz de Salud SAS 8 414 240 hab Pais Vasco 1536 1987 de 6 de noviembre Osakidetza Servicio Vasco de Salud 2 207 776 hab Comunidad Valenciana 1612 1987 de 27 de noviembre Agencia Valenciana de Salut AVS 5 003 769 hab Galicia 1679 1990 de 28 de diciembre Servizo Galego de Saude SERGAS 2 699 499 hab Navarra 1680 1990 de 28 de diciembre Servicio Navarro de Salud Osasunbidea 654 214 hab Canarias 446 1994 de 11 de marzo Servicio Canario de la Salud SCS 2 153 389 hab Asturias 1471 2001 de 27 de diciembre Servicio de Salud del Principado de Asturias SESPA 1 022 800 hab Cantabria 1472 2001 Servicio Cantabro de Salud SCS 581 078 hab La Rioja 1473 2001 de 27 de diciembre Servicio Riojano de Salud SERIS 316 798 hab Region de Murcia 1474 2001 de 27 de diciembre Servicio Murciano de Salud SMS 1 493 898 hab Aragon 1475 2001 de 27 de diciembre Servicio Aragones de Salud Salud 1 319 291 hab Castilla La Mancha 1476 2001 de 27 de diciembre Servicio de Salud de Castilla La Mancha SESCAM 2 032 863 hab Extremadura 1477 2001 de 27 de diciembre Servicio Extremeno de Salud SES 1 067 710 hab Islas Baleares 1478 2001 de 27 de diciembre Servicio de Salud de las Islas Baleares IB SALUD 1 149 460 hab Comunidad de Madrid 1479 2001 de 27 de diciembre Servicio Madrileno de Salud SERMAS 6 663 394 hab Castilla y Leon 1480 2001 de 27 de diciembre Sanidad Castilla y Leon SACYL 2 399 548 habCobertura de la sanidad espanola Editar Ejemplar de la Constitucion conservado en el Congreso de los Diputados Los beneficiarios de la prestacion publica sanitaria son todos los espanoles de acuerdo con lo establecido en el Capitulo III de la Constitucion Espanola aprobada en 1978 Concretamente establece que 17 Articulo 41 Los poderes publicos mantendran un regimen publico de Seguridad Social para todos los ciudadanos que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad especialmente en caso de desempleo La asistencia y prestaciones complementarias seran libres Articulo 43 Se reconoce el derecho a la proteccion de la salud Compete a los poderes publicos organizar y tutelar la salud publica a traves de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios La Ley establecera los derechos y deberes de todos al respecto Los poderes publicos fomentaran la educacion sanitaria la educacion fisica y el deporte Articulo 49 Los poderes publicos realizaran una politica de prevision tratamiento rehabilitacion e integracion de los disminuidos fisicos sensoriales y psiquicos Por otra parte la Ley Organica 4 2000 establece los derechos y libertades de los extranjeros residentes en Espana y en lo que afecta a Sanidad se refleja en los siguientes articulos 18 Este articulo o seccion se encuentra desactualizado La informacion suministrada ha quedado obsoleta o es insuficiente Uso de esta plantilla sust Desactualizado tema del articulo Articulo 3 Los extranjeros gozaran en Espana en igualdad de condiciones que los espanoles de los derechos y libertades reconocidos en el Titulo I de la Constitucion y en sus leyes de desarrollo en los terminos establecidos en esta Ley Organica Articulo 10 Los extranjeros tendran derecho a ejercer una actividad remunerada por cuenta propia o ajena asi como al acceso al Sistema de la Seguridad Social en los terminos previstos en esta Ley Organica y en las disposiciones que la desarrollen Articulo 12 Los extranjeros que se encuentren en Espana inscritos en el padron del municipio en el que residan habitualmente tienen derecho a la asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los espanoles Los extranjeros que se encuentren en Espana tienen derecho a la asistencia sanitaria publica de urgencia ante la contraccion de enfermedades graves o accidentes cualquiera que sea su causa y a la continuidad de dicha atencion hasta la situacion de alta medica Los extranjeros menores de dieciocho anos que se encuentren en Espana tienen derecho a la asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los espanoles Las extranjeras embarazadas que se encuentren en Espana tendran derecho a la asistencia sanitaria durante el embarazo parto y postparto El desarrollo de la cobertura sanitaria prevista en la Constitucion Espanola de 1978 se produce a partir de la Ley General de Sanidad de 1986 que en su articulo 3 establece que la asistencia sanitaria se extienda a toda la poblacion espanola y el Decreto de Universalizacion de 1989 que dio cabida en el Sistema Nacional de Salud a las personas sin recursos economicos y que carecian de cualquier tipo de cobertura Esto hizo que el derecho sanitario en Espana avanzase desde el 77 en 1977 hasta el 99 6 en 1995 sobre el conjunto de la poblacion espanola 19 Financiacion de la Sanidad Publica EditarEl articulo 10 de la Ley de cohesion y calidad del Sistema Nacional de Salud establece que la financiacion de la Sanidad Publica en Espana es responsabilidad de las comunidades autonomas de conformidad con los acuerdos de transferencias y el actual sistema de financiacion autonomica sin perjuicio de la existencia de un tercero obligado al pago La suficiencia para la financiacion de las prestaciones viene determinada por los recursos asignados a las comunidades autonomas conforme a lo establecido en las leyes de financiacion autonomica La financiacion de la asistencia sanitaria derivada de contingencias profesionales es mediante las primas de accidente de trabajo y enfermedades profesionales La presta el servicio publico de salud con cargo a la entidad gestora INSS o ISM o la mutua o empresa colaboradora en este caso de manera directa con quien la empresa o el trabajador en el caso de trabajadores por cuenta propia que opten por la cobertura de los riesgos profesionales hayan concertado la cobertura de las contingencias profesionales La inclusion de una nueva prestacion en el catalogo de prestaciones del Sistema Nacional de Salud se acompanara de una memoria economica que contenga la valoracion del impacto positivo o negativo que pueda suponer Dicha memoria se elevara al Consejo de Politica Fiscal y Financiera para su analisis y aprobacion si procede Organizacion funcional EditarTarjeta sanitaria individual Editar Tarjeta sanitaria vigente en Andalucia El articulo 57 de la Ley de cohesion y calidad del SNS establece que el acceso de los ciudadanos a las prestaciones de la atencion sanitaria se facilitara a traves de la tarjeta sanitaria individual como documento administrativo que acredita determinados datos de su titular Las tarjetas incluyen de manera normalizada los datos basicos de identificacion del titular de la tarjeta del derecho que le asiste en relacion con la prestacion farmaceutica y del servicio de salud o entidad responsable de la asistencia sanitaria Los dispositivos digitales que las tarjetas incorporan para almacenar la informacion basica y las aplicaciones que la traten deberan permitir que la lectura y comprobacion de los datos sea tecnicamente posible en todo el territorio del Estado y para todas las administraciones publicas La tarjeta sanitaria individual debera posibilitar el acceso a aquella de los profesionales debidamente autorizados con la finalidad de colaborar a la mejora de la calidad y continuidad asistenciales Historia clinica Editar Articulo principal Historia clinica La historia clinica o expediente clinico es un documento medico legal el cual surge en el contacto entre el equipo de salud y los usuarios La historia clinica es el unico documento valido desde el punto de vista clinico y legal En Atencion Primaria donde toma importancia los metodos de la promocion de la salud la historia clinica se conoce como historia de salud o historia de vida Historia Clinica Digital del Sistema Nacional de SaludLa Historia Clinica Digital del Sistema Nacional de Salud HCDSNS tiene como finalidad garantizar a los ciudadanos y a los profesionales sanitarios el acceso a aquella informacion clinica relevante para la atencion sanitaria de un paciente desde cualquier lugar autorizado asegurando a los ciudadanos que la consulta de sus datos sera confidencial y restringida 20 Areas de salud Editar Se denomina Area de Salud aquella circunscripcion administrativa que agrupa un conjunto de centros sanitarios y de profesionales de atencion primaria bajo su dependencia organizativa y funcional Dicho concepto corresponde a una estructura de gestion tanto si se trata de una Gerencia especifica de atencion primaria de area o de una Gerencia o Direccion unica para primaria y especializada En algunas comunidades autonomas el area de salud recibe otras denominaciones tales como Direccion de sector comarca distrito departamento o cualquier otra establecida por las comunidades desde el punto de vista de nomenclatura utilizada para su division administrativa territorial 21 Zonas Basicas de salud Editar Auscultacion cardiaca protocolo de reconocimiento inicial de los enfermos en las consultas de atencion primaria Se denomina de manera bastante homogenea en casi todas las comunidades autonomas Zona de Salud o Zona Basica de Salud a la delimitacion geografica que sirve de referencia para la actuacion del equipo sanitario de atencion primaria donde desarrollan las actividades sanitarias los centros de salud Cada zona dispone de un hospital general como referente para la atencion especializada y de un Centro de Especialidades En Andalucia por ejemplo cada Zona Basica de Salud existente atiende a una poblacion entre 5 000 y 20 000 habitantes de acuerdo con el mapa sanitario de Andalucia 22 Atencion Primaria Editar Articulo principal Atencion primaria El articulo 12 de la Ley de cohesion y calidad del SNS establece que la atencion primaria es el nivel basico e inicial de atencion al paciente que garantiza la globalidad y continuidad de la atencion a lo largo de toda la vida del paciente actuando como gestor y coordinador de casos y regulador de flujos Comprendera actividades de promocion de la salud educacion sanitaria prevencion de la enfermedad asistencia sanitaria mantenimiento y recuperacion de la salud asi como la rehabilitacion fisica y el trabajo social La asistencia sanitaria se presta a demanda ya sea programada o urgente y tanto en la consulta como en el domicilio del enfermo Atencion especializada Editar Articulo principal Atencion especializada Ilustracion de la glandula tiroides 1 y paratiroides en la cara anterior del cuello Actividad relacionada con la Endocrinologia El articulo 13 de la Ley de cohesion y calidad del SNS regula las caracteristicas de la atencion especializada que se presta en Espana y que es un nivel de asistencia que se presta a los pacientes superior a la atencion primaria realizada por medicos especialistas y se presta a peticion de los facultativos de atencion primaria se realiza en los hospitales en regimen de internamiento en las consultas externas de centros de especialidades y en los hospitales de dia comprende las actividades asistenciales diagnosticas terapeuticas y de rehabilitacion y cuidados asi como aquellas de promocion de la salud educacion sanitaria y prevencion de la enfermedad cuya naturaleza aconseja que se realicen en este nivel La atencion especializada garantizara la continuidad de la atencion integral al paciente una vez superadas las posibilidades de la atencion primaria y hasta que aquel pueda reintegrarse en dicho nivel Preferentemente La atencion especializada se prestara siempre que las condiciones del paciente lo permitan en consultas externas y en hospital de dia En Espana hay reconocidas en 2010 cincuenta especialidades medicas 23 Atencion Sociosanitaria Editar El articulo 14 de la Ley de cohesion y calidad del SNS establece que la atencion sociosanitaria comprende el conjunto de cuidados destinados a aquellos enfermos generalmente cronicos que por sus especiales caracteristicas pueden beneficiarse de la actuacion simultanea y sinergica de los servicios sanitarios y sociales para aumentar su autonomia paliar sus limitaciones o sufrimientos y facilitar su reinsercion social Pertenecen a este grupo la prestacion que se presta a los siguientes procesos a Los cuidados sanitarios de larga duracion b La atencion sanitaria a la convalecencia c La rehabilitacion en pacientes con deficit funcional recuperable Profesionales sanitarios colegiados EditarEn 2017 de acuerdo con los datos del INE de Profesionales sanitarios colegiados existian 822 102 personas tituladas que se encuentran inscritas en algun colegio profesional relacionado con la actividad sanitaria El colectivo mas numeroso corresponde a los profesionales de enfermeria En casi todas las profesiones sanitarias se observa una importante feminizacion de la profesion La siguiente tabla muestra la distribucion por profesiones de los colegiados Profesionales sanitarios colegiados 2017 24 Tipo de colegiado Total Hombres MujeresEnfermeros 299 824 46 979 252 845Medicos 253 796 125 817 127 979Farmaceuticos 72 500 20 574 51 926Fisioterapeutas 51 130 17 815 33 315Odontologos Dentistas 36 689 16 218 20 471Veterinarios 32 555 16 678 15 877Psicologos 25 857 4 850 21 007opticos Optometristas 17 372 5 808 11 564Logopedas 8 971 566 8 405Podologos 7 406 2 928 4 478Protesicos Dentales 7 248 5 193 2 055Dietistas Nutricionistas 4 086 526 3 560Terapeutas Ocupacionales 3 502 318 3 184Biologos 654 216 438Quimicos 323 146 177Fisicos 189 129 60Total 822 102 264 761 557 341 Segun el INE 25 con datos facilitados por los Colegios Oficiales de Medicos las cifras de colegiados desde 1952 por ano y sexo se representan en el siguiente grafico Segun el INE 26 con datos facilitados por el Consejo General de los Colegios Oficiales de Farmaceuticos las cifras de colegiados desde 1952 por ano y sexo se representan en el siguiente grafico Establecimientos sanitarios EditarCentro sanitario Editar El Real Decreto 1277 2003 de 10 de octubre por el que se establecen las bases generales sobre autorizacion de centros servicios y establecimientos sanitarios define como Centro sanitario al conjunto organizado de medios tecnicos e instalaciones en el que profesionales capacitados por su titulacion oficial o habilitacion profesional realizan basicamente actividades sanitarias con el fin de mejorar la salud de las personas Estos establecimientos pueden estar integrados por uno o varios servicios sanitarios que constituyen su oferta asistencial 27 Paciente atendido en un consultorio Consultorio Editar Se denominan Consultorios a los centros sanitarios que sin tener la consideracion de Centros de salud proporcionan atencion sanitaria no especializada en el ambito de la atencion primaria de salud Se incluyen bajo esta denominacion a los consultorios rurales consultorios locales consultorios perifericos o cualquier otra denominacion que haga referencia a centros asistenciales o relacionados funcionalmente con un centro de salud 28 Segun el Catalogo Nacional de Hospitales 2008 en todo el Estado existian en 2007 un total de 10 178 consultorios locales a los cuales se desplazan los profesionales del centro de salud de la zona con el fin de acercar los servicios basicos a la poblacion que reside en nucleos dispersos en el medio rural que presenta un elevado indice de envejecimiento 29 Centro de salud Editar Centro de salud de Ansoain Navarra Articulo principal Centro de salud El centro de salud vigente en Espana es la estructura fisica que posibilita el desarrollo de una atencion primaria de salud coordinada globalmente integral permanente y continuada Es la base de trabajo de los profesionales sanitarios y no sanitarios donde desarrollan sus actividades y funciones los equipos de atencion primaria 30 En los centros de salud se aplica la Atencion Primaria de Salud Es la unidad asistencial en la que los medicos de familia y los pediatras prestan servicios de prevencion y promocion de la salud diagnostico o tratamiento basicos en regimen ambulatorio con la participacion de enfermeros y profesionales no sanitarios Segun el Catalogo Nacional de Hospitales 2008 en toda Espana existian en 2007 un total de 2 913 centros de salud 29 Centros especializados Editar Son aquellos centros sanitarios donde diferentes profesionales sanitarios ejercen sus respectivas actividades sanitarias atendiendo a pacientes con unas determinadas patologias o de un determinado grupo de edad o con caracteristicas comunes En este grupo pueden considerarse Clinicas dentales en las que se realizan actividades sanitarias en el ambito de la salud bucodental Centros de reproduccion humana asistida donde equipos biomedicos realizan tecnicas de reproduccion asistida o sus derivaciones Centros de interrupcion voluntaria del embarazo donde se lleva a cabo la practica del aborto en los supuestos legalmente permitidos Maquina de hemodialisis Centros de cirugia mayor ambulatoria dedicados a la atencion de procesos subsidiarios de cirugia realizada con anestesia general local regional o sedacion que requieren cuidados postoperatorios de corta duracion por lo que no necesitan ingreso hospitalario Centros de dialisis donde se realiza tratamiento con dialisis a pacientes afectados de patologia renal Centros de diagnostico dedicados a prestar servicios diagnosticos analiticos o por imagen Centros moviles de asistencia sanitaria que trasladan medios personales y tecnicos con la finalidad de realizar actividades sanitarias Centros de transfusion en los que se efectuan cualquiera de las actividades relacionadas con la extraccion y verificacion de la sangre humana o sus componentes y de su tratamiento almacenamiento y distribucion Bancos de tejidos encargados de conservar y garantizar la calidad de los tejidos despues de su obtencion y hasta su utilizacion como aloinjertos o autoinjertos Centros de reconocimiento medico donde se efectuan las revisiones medicas e informes de aptitud a los aspirantes o titulares de permisos o licencias Centros de salud mental en los que se realiza el diagnostico y tratamiento en regimen ambulatorio de las enfermedades mentales Establecimientos especializados sanitarios Editar Complejo mecanismo ortopedico Se denominan establecimientos especializados sanitarios aquellos centros privados donde se suministran a los pacientes toda una serie de productos para la mejora de su salud desde medicamentos hasta protesis muy sofisticadas Estos establecimientos estan agrupados por especialidades y al frente de los mismos tiene que haber personal tecnico debidamente acreditado o diplomado Entre estos establecimientos cabe destacar los siguientes Oficinas de farmacia establecimientos sanitarios privados de interes publico sujetos a la planificacion sanitaria que establezcan las comunidades autonomas en las que se debe prestar a la poblacion los servicios basicos recogidos en el articulo 1 de la Ley 16 1997 de 25 de abril de regulacion de los servicios de las oficinas de farmacia Botiquines lugares autorizados para la tenencia conservacion y dispensacion de medicamentos y productos sanitarios por la existencia de dificultades especiales de accesibilidad a una oficina de farmacia opticas donde se realizan actividades de evaluacion de las capacidades visuales mediante tecnicas optometricas tallado venta verificacion y control de los medios adecuados para la prevencion deteccion proteccion mejora de la agudeza visual Ortopedias donde se lleva a cabo la dispensacion de productos sanitarios de ortopedia como protesis u ortesis asi como ayudas tecnicas destinadas a paliar la perdida de autonomia o funcionalidad o capacidad fisica de los usuarios Centros de audioprotesis donde se lleva a cabo la dispensacion con adaptacion individualizada al paciente de productos sanitarios dirigidos a la correccion de deficiencias auditivas Hospitales Editar Articulo principal Hospital Hospital General Torrecardenas Almeria Quirofano instalacion clave de los hospitales Un hospital es el establecimiento sanitario que se utiliza tanto para el internamiento clinico de un paciente como de la asistencia especializada y complementaria que requiera dentro de su zona de influencia Un hospital puede estar constituido por un unico centro hospitalario o por dos o mas que se organizan e integran en el complejo hospitalario incluso que esten distantes entre si y lo integren ademas uno o varios centros de especialidades 31 Un concepto parecido de hospital es el de clinica que en Espana se denominan asi a los centro sanitarios generalmente de naturaleza privada en la que los pacientes obtienen cobertura sanitaria de un amplio numero de especialidades Estas instalaciones pueden disponer de quirofanos de ultima generacion donde se realicen intervenciones minimamente invasivas y zonas de hospitalizacion donde los pacientes puedan recuperarse de su tratamiento o intervencion con internamiento hospitalario En las grandes ciudades existen numerosas clinicas ya que son normalmente las instalaciones que utilizan los funcionarios cuya asistencia sanitaria la cubren sociedades medicas tipo ASISA ADESLAS etc 32 La Ley 14 1986 General de Sanidad establece que el nivel de asistencia especializada a realizar en los hospitales y centros de especialidades dependientes funcionalmente de aquellos se prestara la atencion de mayor complejidad a los problemas de salud Los centros hospitalarios desarrollaran ademas de las tareas estrictamente asistenciales funciones de promocion de salud prevencion de las enfermedades e investigacion y docencia de acuerdo con los programas de cada area de salud con objeto de complementar sus actividades con las desarrolladas por la red de atencion primaria 33 Camas instaladasSe consideran camas instaladas aquellas que constituyen la dotacion fija del hospital y que estan en disposicion de ser usadas aunque algunas de ellas puedan por diversas razones no estar en servicio en esa fecha Finalidad asistencialPor finalidad del centro se entiende aquella actividad asistencial a la que dedique la mayor parte de sus recursos tanto humanos como de equipamiento Atendiendo a su finalidad asistencial los hospitales se clasifican en General Quirurgico Maternal Infantil Materno infantil Psiquiatrico Enfermedades del torax Oncologico Oftalmico Traumatologico y o Rehabilitacion Rehabilitacion psico fisica Medico quirurgico Geriatria y o Larga estancia Otros monograficos Leprologico o dermatologico Otra Finalidad Se considera como hospital general aquel destinado a la atencion de pacientes afectos de patologia variada y que atiende las areas de medicina cirugia obstetricia y ginecologia y pediatria aunque puede faltar alguna de ellas Conciertos sanitariosLos conciertos sanitarios son los suscritos entre la administracion sanitaria y las entidades privadas titulares de centros y o servicios sanitarios Se regularan por lo dispuesto en la Ley General de Sanidad siendoles de aplicacion lo previsto en la normativa vigente de contratacion administrativa Hay algunos casos particulares en los que la relacion entre el hospital y la Entidad Gestora se rige por Convenio de Vinculacion o por Convenio Singular En el caso de Cataluna tambien se reflejan en este apartado los centros integrados en la Red de Hospitales de Utilizacion Publica XHUP que aparecen resenados en el Anexo del Decreto 124 2008 del Departamento de Salud de la Generalitat de Catalunya 34 Dependencia patrimonialLa dependencia patrimonial se refiere a la persona fisica o juridica propietaria al menos del inmueble ocupado por el centro sanitario Los hospitales que aparecen bajo la dependencia de Seguridad Social pertenecen a la Tesoreria General de la Seguridad Social Existe un grupo especial para las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social aun cuando en la mayor parte de los casos ha concluido su adscripcion a la Tesoreria General de la Seguridad Social Tambien hay algunos casos en los que la propiedad es compartida por varios organismos publicos como es el caso de algunos Complejos y Consorcios en cuyo caso aparecen como Entidades Publicas Censo estatal de hospitales segun dependencia patrimonialEl Catalogo Nacional de Hospitales 2009 actualizado a 31 de diciembre de 2008 establece la ordenacion patrimonial de los hospitales El SNS contaban con 301 hospitales y ocho hospitales del Ministerio de Defensa Existen otros 22 hospitales patrimonio de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales MATEP y otros 469 en el ambito de la sanidad privada en los cuales el 40 de las altas hospitalarias corresponden a pacientes cuya asistencia ha sido concertada y financiada por el SNS 29 Dependencia Patrimonial Numero de centros Numero de camasPublicos civiles 301 103 655Ministerio de Defensa 8 1 458MATEP 22 1 741Privados beneficos 120 19 980Privados no beneficos 349 33 458TOTAL 804 160 292NOTA Los complejos hospitalarios se contabilizan como un solo hospital Censo de hospitales segun su actividadSegun el Catalogo de hospitales de 2008 Espana contaba con 131 310 camas en hospitales dedicados a la atencion de patologias agudas de las cuales el 72 1 estan gestionadas por el Sistema Nacional de Salud 29 Tipo de atencion Numero de hospitales Numero de camas Camas por 100 000 hab de camas publicasAgudos 591 131 510 290 5 72 1 Psiquiatricos 90 16 028 35 5 37 5 Geriatricos 119 12 945 28 7 34 2 Recursos de alta tecnologia Editar Tomografia por emision de positrones PET cerebral tipica Realizando una mamografia En los centros sanitarios principalmente hospitales y centros de especialidades estan dotados de equipos de alta tecnologia utilizados principalmente para poder diagnosticar mejor la enfermedad que pueda tener un paciente Segun el Catalogo Nacional de Hospitales de 2008 se disponia en todo el territorio del siguiente equipamiento tecnologico Equipamiento de Alta Tecnologia 35 Tipo de equipamiento Total Tasa por millon de habitantesTomografia Axial Computerizada TAC 654 14 4Resonancia magnetica RM 417 9 2Gammacamara GAM 232 5 1Sala de Hemodinamica HEM 220 4 9Tomografia computarizada de emision monofotonica SPECT 46 1 0Angiografia por sustraccion digital ASD 194 4 3Litotricia extracorporea por ondas de choque LIT 91 2 0Bomba de cobalto BCO 40 0 9Acelerador de particulas ALI 160 3 5Tomografia por emision de positrones PET 32 0 7Mamografos MAMOS 481 10 6Densitometros oseos DO 165 3 6Equipos de Hemodialisis DIAL 3 225 71 2Ordenacion de prestaciones EditarCatalogo de prestaciones Editar El articulo 7 de la Ley de cohesion y calidad del Sistema Nacional de Salud establece el catalogo de prestaciones del Sistema Nacional de Salud que tiene por objeto garantizar las condiciones basicas y comunes para una atencion integral continuada y en el nivel adecuado de atencion Se consideran prestaciones de atencion sanitaria los servicios preventivos diagnosticos terapeuticos rehabilitadores y de promocion y mantenimiento de la salud dirigidos a los ciudadanos Salud Publica Editar El articulo 11 de la Ley establece cuales seran las lineas basicas de las prestaciones de salud publica La prestacion de salud publica es el conjunto de iniciativas organizadas por las Administraciones publicas para preservar proteger y promover la salud de la poblacion Es una combinacion de ciencias habilidades y actitudes dirigidas al mantenimiento y mejora de la salud de todas las personas a traves de acciones colectivas o sociales Las prestaciones en este ambito comprenderan las siguientes actuaciones Informacion y vigilancia epidemiologica Proteccion de la salud Promocion de la salud Vigilancia y control de los posibles riesgos para la salud derivados de la importacion exportacion o transito de mercancias y del trafico internacional de viajeros Promocion y proteccion de la sanidad ambiental Promocion y proteccion de la salud laboral Las prestaciones de salud publica se ejerceran con un caracter de integralidad a partir de las estructuras de salud publica de las Administraciones y de la infraestructura de atencion primaria del Sistema Nacional de Salud Prestaciones de atencion primaria Editar Reconocimiento pediatrico a un bebe en un centro de atencion primaria En este nivel asistencial se concentra la mayor parte de actividades de promocion de la salud educacion sanitaria prevencion de la enfermedad asistencia sanitaria mantenimiento y recuperacion de la salud rehabilitacion y trabajo social El siguiente catalogo muestra las actividades preventivas promocion y educacion para la salud la atencion familiar y la atencion comunitaria que se realizan en los centros de atencion primaria 36 Inculcar a los adolescentes habitos saludables de vida sobre el uso de tabaco alcohol y drogas asi como los trastornos de conductas alimentarias nocivas y de conductas saludables en relacion a la sexualidad Orientacion a las mujeres durante el embarazo y puerperal diagnostico precoz de cancer ginecologico y de mama deteccion y atencion en los problemas del climaterio Planificacion familiar Seguimiento pediatrico de la infancia detectando los problemas de salud nutricion consejos generales sobre el desarrollo del nino educacion sanitaria y prevencion de accidentes infantiles Vacunaciones Atencion a los adultos que formen parte de grupos de riesgos y grupos de riesgo o sean pacientes cronicos Consejos sobre estilos de vida saludable y deteccion de los problemas de salud que se les presenten Seguimiento geriatrico de las personas mayores promocion y prevencion de la salud Atencion domiciliaria a personas inmovilizadas Deteccion de la violencia de genero y malos tratos sobre menores ancianos y personas con discapacidad Atencion a la salud bucodental actividades asistenciales diagnosticas y terapeuticas promocion de la salud educacion sanitaria y preventiva Atencion al paciente terminal atencion integral individual y continuada que se presta en el domicilio del paciente o en el centro sanitario Atencion a la salud mental prevencion y promocion para el mantenimiento de la salud mental en coordinacion con el nivel especializado Prestacion especializada Editar Laparoscopia prueba diagnostica de atencion especializada La atencion especializada se presta en funcion de las caracteristicas del paciente y su proceso en consultas externas en hospital de dia y en regimen de internamiento hospitalario Comprende los servicios de cuidados intensivos anestesia y reanimacion hemoterapia rehabilitacion nutricion y dietetica seguimiento del embarazo planificacion familiar y reproduccion humana asistida Asi mismo proporciona la indicacion prescripcion y realizacion de procedimientos diagnosticos y terapeuticos especialmente los relacionados con 37 Diagnostico prenatal en grupos de riesgo Diagnostico por imagen Radiologia intervencionista Hemodinamica Medicina Nuclear Neurofisiologia Endoscopias Pruebas funcionales y de laboratorio Biopsias y punciones Radioterapia Radiocirugia Litotricia renal Dialisis Tecnicas de terapia respiratoria Trasplantes de organos tejidos y celulas de origen humano Atencion de urgencia Editar Dependencias para urgencias del hospital Virgen del Rocio Sevilla Urgencia medica es aquella prestacion sanitaria que se dispensa en aquellos casos en que sea necesario atender al paciente de forma inmediata Se realizan tanto en los centros sanitarios como fuera de ellos si se trata de un accidente laboral o de trafico se presta en lugar del suceso tambien puede prestarse en el domicilio del paciente si la enfermedad surge de forma repentina y es de caracter grave que impida al paciente trasladarse por sus medios a un centro sanitario proximo La urgencia medica se presta durante las 24 horas del dia tanto por parte de medicos de atencion primaria como de urgencia hospitalaria Para atender las urgencias graves se utilizan equipos moviles que se desplazan en ambulancias o helicopteros y puedan proceder a los enfermos a los centros hospitalarios adecuados Cartera de servicios Editar La cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud se dividen en Comun del Sistema Nacional de Salud es el conjunto de tecnicas tecnologias o procedimientos entendiendo por tales cada uno de los metodos actividades y recursos basados en el conocimiento y experimentacion cientifica mediante los que se hacen efectivas las prestaciones sanitariasa Basica de servicios asistenciales b Suplementaria c De servicios accesorios Complementaria de las comunidades autonomas mediante la que las comunidades autonomas podran incorporar en sus carteras de servicios una tecnica tecnologia o procedimiento no contemplado en la cartera comun de servicios del Sistema Nacional de Salud para lo cual estableceran los recursos adicionales necesarios Cartera comun basica Editar La cartera comun basica de servicios asistenciales del Sistema Nacional de Salud comprende todas las actividades asistenciales de prevencion diagnostico tratamiento y rehabilitacion que se realicen en centros sanitarios o sociosanitarios asi como el transporte sanitario urgente cubiertos de forma completa por financiacion publica La prestacion de estos servicios se hara de forma que se garantice la continuidad asistencial bajo un enfoque multidisciplinar centrado en el paciente garantizando la maxima calidad y seguridad en su prestacion asi como las condiciones de accesibilidad y equidad para toda la poblacion cubierta Cartera comun suplementaria Editar La cartera comun suplementaria del Sistema Nacional de Salud incluye todas aquellas prestaciones cuya provision se realiza mediante dispensacion ambulatoria y estan sujetas a aportacion del usuario Esta cartera comun suplementaria del Sistema Nacional de Salud incluira las siguientes prestaciones Prestacion farmaceutica Prestacion ortoprotesica Prestacion con productos dieteticos Transporte sanitario no urgente sujeto a prescripcion facultativa por razones clinicas y con un nivel de aportacion del usuario acorde al determinado para la prestacion farmaceutica El porcentaje de aportacion del usuario se regira por las mismas normas que regulan la prestacion farmaceutica tomando como base de calculo para ello el precio final del producto y sin que se aplique el mismo limite de cuantia a esta aportacion Prestacion farmaceutica Editar La regulacion de los medicamentos en Espana se atiene a lo dispuestos en la Ley 29 2006 de 26 de julio de garantias y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios 38 Medicamento en forma de capsulas Una de las prioridades de la prestacion farmaceutica que ofrece el Sistema Nacional de Salud consiste en inculcar a los pacientes que hagan un uso racional de los medicamentos y que eviten en lo posible la automedicacion La prestacion farmaceutica comprende los medicamentos y productos sanitarios que se facilitan a los pacientes de acuerdo a sus necesidades clinicas en las dosis precisas y durante el periodo adecuado procurando que sea al menor coste posible Los medicamentos se expiden en las oficinas de farmacia al frente de las cuales hay un licenciado en farmacia Todos los medicamentos que se prescriben a los pacientes tienen que haber sido autorizados y registrados por la Agencia Espanola de Medicamentos y Productos Sanitarios o ser formulas magistrales preparadas por farmaceuticos licenciados excluyendo los productos de utilizacion cosmetica dieteticos dentifricos y otros productos sanitarios asi como los medicamentos calificados como publicitarios los medicamentos homeopaticos y los articulos y accesorios de los que se realice publicidad dirigida al publico general y que se pagan en su totalidad por el publico que los adquiere La prestacion farmaceutica esta cofinanciada por los usuarios La distribucion de la financiacion de los medicamentos en el SNS es la siguiente 39 El atleta Oscar Pistorius con piernas ortopedicas Farmacia hospitalaria Los medicamentos dispensados en el ambito hospitalario son gratis para los pacientes Recetas medicas La financiacion de los medicamentos prescritos con receta medica y dispensados a los pacientes no hospitalizados tienen la siguiente financiacion Pensionistas y sus beneficiarios como norma general su aportacion es del 10 del precio del medicamento con topes de aportacion maximos mensuales dependiendo de sus rentas anuales existiendo determinados colectivos exentos de aportacion Los pensionistas que hayan sido funcionarios publicos y esten protegidos por MUFACE aportan el 30 Los no pensionistas tienen aportaciones que van desde el 40 al 60 del precio del medicamento recetado en funcion de sus rentas anuales Los funcionarios en activo protegidos por MUFACE aportan el 30 Colectivos afectados por sindrome toxico tienen los medicamentos recetados gratis Las personas con tratamientos cronicos y pacientes con SIDA pagan el 10 con un maximo de 2 64 euros por receta Prestaciones ortoprotesica Editar Las prestacion ortoprotesica que se prestan a los pacientes pueden ser protesis quirurgicas fijas protesis externas vehiculos para invalidos ortesis y protesis especiales que incluyen audifonos y moldes de audifonos para ninos hasta los 16 anos afectados de hipocausia bilateral 40 Prestacion con productos dieteticos Editar Las prestaciones complementarias son aquellas que suponen un elemento adicional y necesario para la consecucion de una asistencia completa y adecuada como por ejemplo tratamientos dietoterapicos complejos Transporte no urgente de enfermos Editar Ambulancias DYA de servicio en el Pais Vasco Transporte sanitario se refiere a la infraestructura que se sutiliza para el desplazamiento de personas enfermas accidentadas o por otra razon sanitaria mediante ambulancias helicopteros o aviones especialmente acondicionados al efecto Las ambulancias con diferente grado de equipamiento es el tipo de vehiculos mas utilizado para el transporte de enfermos Los helicopteros tambien son muy utilizados cuando los enfermos o heridos estan muy graves y estan alejados de algun hospital especializado Cartera comun de servicios accesorios Editar La cartera comun de servicios accesorios del Sistema Nacional de Salud incluye todas aquellas actividades servicios o tecnicas sin caracter de prestacion que no se consideran esenciales y o que son coadyuvantes o de apoyo para la mejora de una patologia de caracter cronico estando sujetas a aportacion y o reembolso por parte del usuario La aportacion del usuario o en su caso el reembolso se regira por las mismas normas que regulan la prestacion farmaceutica tomando como referencia el precio final de facturacion que se decida para el Sistema Nacional de Salud Cartera de servicios complementaria de las comunidades autonomas Editar Las comunidades autonomas podran incorporar en sus carteras de servicios una tecnica tecnologia o procedimiento no contemplado en la cartera comun de servicios del Sistema Nacional de Salud para lo cual estableceran los recursos adicionales necesarios Demografia de Espana EditarPiramide de poblacion 2008 41 Hombres Edad Mujeres 0 62 85 1 400 99 80 84 1 571 57 75 79 2 161 92 70 74 2 311 90 65 69 2 102 48 60 64 2 652 69 55 59 2 623 09 50 54 3 123 65 45 49 3 604 11 40 44 3 964 38 35 39 4 094 65 30 34 4 304 15 25 29 3 893 15 20 24 3 002 62 15 19 2 472 37 10 14 2 252 43 5 9 2 292 61 0 4 2 45Articulo principal Demografia de Espana Segun datos del INE Espana cuenta a 1 de enero de 2009 con una poblacion de 46 754 807 habitantes de los cuales 23 116 988 son hombres que representan el 49 44 y 23 628 919 son mujeres que representan el 50 56 La poblacion de Espana ha ido aumentando progresivamente y de forma moderada ano tras ano En la ultima decada el aumento ha sido mayor por la llegada masiva de inmigrantes que se ha producido cuyo censo de extranjeros en 2008 asciende a 5 268 762 procedentes de todos los paises del mundo A los efectos de prestaciones sanitarias al censo oficial del padron habria que anadir los miles de inmigrantes no legalizados que hay en todo el pais mas las prestaciones sanitarias que accidentalmente se pueden prestar a los millones de turistas que visitan Espana y que puedan necesitar en algun momento algun tipo de prestacion Piramide de poblacionDel analisis de la piramide de poblacion se deduce lo siguiente La poblacion menor de 20 anos es el 19 de la poblacion total La poblacion comprendida entre 20 40 anos es el 32 La poblacion comprendida entre 40 60 anos es el 28 La poblacion mayor de 60 anos es el 21 Esta estructura de la poblacion es tipica en el regimen demografico moderno con una evolucion hacia un envejecimiento de la poblacion y una disminucion de la natalidad anual A efectos sanitarios se preve un aumento progresivo en la utilizacion de los recursos sanitarios dado que es en las etapas superiores de la vida es cuando mas uso se hace de los servicios sanitarios Y no es tanto por el aumento de la edad media de vida sino porque son cada vez mas las personas que llegan a edades avanzadas Evolucion demografica de Espana entre 1920 y 2009 42 Grafica elaborada por Wikipedia sobre la base de los datos del INE 2009Reconocimientos EditarEn 2020 el Foro Economico Mundial da a Espana el titulo de mejor sanidad del mundo siendo ademas el tercer pais en esperanza de vida 43 Privatizacion de la sanidad EditarVeanse tambien Asistencia sanitaria privada Servicio Madrileno de Saludy Hospital de La Ribera Con la aprobacion en 1997 de la Ley 15 1997 de nuevas formas de gestion de los centros sanitarios se abrio en Espana la puerta a la construccion de nuevos hospitales privados pagados con fondos publicos y a la privatizacion de la gestion de la asistencia sanitaria Asi en 1999 el Hospital de Alcira fue el primer hospital publico espanol en el que se privatizo su gestion y por tanto el personal sanitario Asi mismo diversas comunidades gobernadas por el Partido Popular llevaron a cabo iniciativas de construccion de hospitales de gestion privada bajo la formula legal de las fundaciones sanitarias de la que es exponente el Hospital de Calahorra La Rioja El 1 de noviembre de 2012 Ignacio Gonzalez presidente de la Comunidad de Madrid anuncio durante la presentacion del Proyecto de Presupuestos de 2013 la privatizacion de la gestion de seis hospitales de la comunidad y del 10 de los centros de atencion primaria de la region incluido el personal sanitario Esta medida ha afectado principalmente al Hospital de La Princesa donde se han producido diversas manifestaciones 44 45 46 Suspension del proceso en Madrid Editar El 27 de enero de 2014 el entonces presidente de la Comunidad de Madrid Ignacio Gonzalez anuncio que se suspendia el proyecto de privatizacion de la gestion de seis hospitales publicos tras la decision del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid de paralizar el proceso A continuacion dijo que habia aceptado la dimision del consejero de Sanidad Javier Fernandez Lasquetty principal responsable del proyecto que habia encontrado una fuerte oposicion entre el personal sanitario y los usuarios de la sanidad publica madrilena en la llamada marea blanca 47 Sin embargo los hospitales creados previamente con este tipo de formulas no revirtieron a la gestion publica pura Es de destacar que la reversion de servicios privatizados a la gestion publica presenta grandes problemas juridicos en particular en la gestion del personal como comprobo el Gobierno Valenciano al recuperar la gestion del Hospital de Alcira Vease tambien EditarAdministracion de Salud Asistencia sanitaria universal Atencion primaria de salud Clasificacion de Derivaciones Farmaco terapeuticas Clasificacion Internacional de Atencion Primaria Inteligencia sanitaria Instituto Nacional de Gestion Sanitaria Ley de cuidados inversos Organizacion Medica Colegial de Espana Prevencion cuaternaria Resultado sanitario Salud publica Sistemas de asistencia sanitaria Sistema sanitarioReferencias Editar BOE es Documento BOE A 2002 15767 www boe es Consultado el 30 de julio de 2018 bib us es ed Ley 28 de noviembre de 1855 disponiendo lo conveniente sobre el Servicio General de Salud Archivado desde el original el 1 de abril de 2010 Consultado el 10 de octubre de 2010 Ley de 11 de julio de 1934 Ministerio de Trabajo Sanidad y Prevision Gaceta de Madrid 15 07 1934 196 538 43 Preambulo de la Ley General de Sanidad de 1986 El mismo continua la ruptura del caracter unitario de esa organizacion que se fragmenta en diversos subsistemas que se ordenan separadamente respondiendo a principios y finalidades propias al margen de una direccion unitaria a las funciones preventivas tradicionales se sumaran otras nuevas relativas al medio ambiente la alimentacion el saneamiento los riesgos laborales etc que haran nacer estructuras publicas nuevas a su servicio Las funciones asistenciales crecen y se dispersan igualmente Las tradicionales solo se referian a la prevencion o asistencia de algunas enfermedades de particular trascendencia social la tuberculosis enfermedades mentales etc Estas atenciones asistenciales tradicionales se asumen con responsabilidad propia por diferentes Administraciones Publicas Estado Diputaciones que funcionan sin ningun nexo de union en la formulacion de las respectivas politicas sanitarias Ninguna de ellas se dirige sin embargo a la atencion del individuo concreto si la enfermedad que padece no es alguna de las singularizadas por su trascendencia El dogma que perdura es el decimononico de la autosuficiencia del individuo para atender sus problemas de salud el crecimiento de un sistema de prevision dirigido a los trabajadores crea sus propias estructuras sanitarias que se establecen al margen de la organizacion general y funcionan conforme a las nuevas necesidades y avances tanto en el campo de la salud y enfermedad como en los nuevos criterios que se van imponiendo de cobertura social y asistencia sanitaria la coordinacion podria ser la respuesta a las necesidades de racionalizacion del sistema Se intenta implantar primero en el ambito de las Administraciones locales con la Ley de Coordinacion Sanitaria de 11 de junio de 1934 Luego con caracter mas general y tambien en el ambito de los servicios centrales con la Ley de Hospitales de 21 de julio de 1962 y mediante la creacion de un extensisimo numero de Comisiones Interministeriales que fluyen como un verdadero aluvion planteando al final el problema de coordinar a los organos coordinadores Decreto 2065 1974 de 30 de mayo 1 http www boe es aeboe consultas bases datos doc php coleccion iberlex amp id 1986 10499 Archivado el 21 de enero de 2010 en Wayback Machine Texto de la ley http jjbestard healthcaregazette com files 2011 02 17 pdf msps es BOE 128 del 29 de mayo de 2003 ed Ley 16 2003 de cohesion y calidad del Sistema Nacional de Salud Archivado desde el original el 6 de octubre de 2010 Consultado el 12 de octubre de 2010 msps es pdf ed Plan de Calidad del Sistema Nacional de Salud Archivado desde el original el 29 de septiembre de 2010 Consultado el 12 de octubre de 2010 Jefatura del Estado BOE numero 128 de 29 5 2003 ed LEY 16 2003 de 28 de mayo de cohesion y calidad del Sistema Nacional de Salud Archivado desde el original el 3 de mayo de 2010 Consultado el 8 de enero de 2010 msps es ed Organizacion del Ministerio de Sanidad y Politica Social Espana Archivado desde el original el 27 de diciembre de 2009 Consultado el 9 de enero 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de enero de 2009 Nº 1723 enlace roto disponible en Internet Archive vease el historial la primera version y la ultima Enlaces externos Editar Portal Medicina Contenido relacionado con Medicina Asistencia sanitaria Tesoreria General de la Seguridad Social Los sistemas sanitarios en los paises de la UE caracteristicas e indicadores de salud en el siglo XXI Ministerio de Sanidad Servicios Sociales e Igualdad Como saber cuanto tiempo tienes que esperar para ser operado enlace roto disponible en Internet Archive vease el historial la primera version y la ultima Practicopedia com Catalogo de Centros de Atencion Primaria del Sistema Nacional de Salud Espanol del Ministerio de Sanidad 2012 Catalogo Nacional de Hospitales La futura burbuja sanitaria espanola Asociacion DRY Ley 14 1986 de 25 de abril General de Sanidad BOE 29 4 1986 Ley 16 2003 de 28 de mayo de cohesion y calidad del Sistema Nacional de Salud BOE 29 5 2003 Ley 29 2006 de 26 de julio de garantias y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios Ministerio de Sanidad Servicios Sociales e Igualdad Sistema Nacional de Salud Espana 2010 Informacion sobre los productos incluidos en la prestacion farmaceutica del SNS Nomenclator DIGITALIS INTEGRA Datos Q7573256 Multimedia Category Sistema Nacional de Salud Spain Obtenido de https es wikipedia org w index php title Sistema Nacional de Salud Espana amp oldid 139321892, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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