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Presidente del Perú

El presidente de la República del Perú es el jefe de gobierno y de Estado, y como tal personifica a la nación peruana, es el jefe del poder ejecutivo y jefe supremo de las Fuerzas Armadas y Policiales del Perú. Su cargo corresponde a la más alta magistratura del país y al funcionario público de mayor jerarquía. El actual Presidente Constitucional de la República, desde el 28 de julio de 2021, es Jose Pedro Castillo Terrones, quien asumió el cargo tras ganar las elecciones generales de 2021.

Presidente de la República del Perú

Insignia de mando

Pedro Castillo Terrones
Desde el 28 de julio de 2021
Ámbito Perú
Sede Lima, Perú
Residencia Palacio de Gobierno del Perú
Tratamiento Excelentísimo Señor
Salario S/ 15,500 (mensual)[1]
Duración 5 años, sin reelección inmediata
Creación 10 de octubre de 1823
Primer titular José de la Riva Agüero y Sánchez Boquete
como Presidente de la República Peruana
presidencia.gob.pe

El presidente ejerce sus funciones desde la Casa de Gobierno (mención con la que se datan los documentos oficiales), ubicada en el centro histórico de Lima. La presidencia del Perú es ejercida por un período de 5 años sin posibilidad de reelección inmediata. Sin embargo, luego de un período constitucional al término de su mandato, puede volver a postular. El cambio de mando se lleva a cabo en el Palacio Legislativo ante el pleno del Congreso de la República ordinariamente cada cinco años el 28 de julio, salvo se suscite circunstancias excepcionales, tales como vacancia presidencial.

Le corresponde, como mandato genérico, dirigir la política general del gobierno y la administración del Estado. Si bien su papel, título y significación han experimentado cambios a lo largo de la historia, al igual que su posición y relaciones con los demás actores de la organización política nacional, ha sido y es la figura política más destacada. La Constitución Política del Perú vigente, promulgada en 1993, establece los requisitos, los derechos y las obligaciones que debe cumplir el presidente de la República.

Recibe el tratamiento protocolar de Excelentísimo Señor, acompañado de su grado académico y nombre: Excelentísimo Señor Presidente Constitucional de la República, (seguido del nombre del titular). Del mismo modo, recibe los demás tratamientos y honores que le corresponden según el Decreto Supremo 096-2005-RE sobre Ceremonial de Protocolo del Estado y Regional.

Antecedentes

Imperio incaico

El imperio incaico o imperio inca fue el imperio más extenso en la América precolombina.[2]​ El territorio abarcado por el imperio se denominó Tawantinsuyo o Tahuantinsuyo (en quechua: Tawantin suyu, lit. ‘las cuatro grandes regiones o divisiones’) y al período de su dominio se le conoce como incanato. Surgió en la región de los Andes peruanos entre los siglos xv y xvi como consecuencia de la expansión del curacazgo del Cuzco, siendo la segunda etapa histórica y el periodo de mayor apogeo de la civilización incaica. Abarcó cerca de tres millones de km² entre el océano Pacífico al oeste y la selva amazónica en el este, desde el Río Ancasmayo (Colombia) al norte hasta el río Maule (Chile).
El gobierno imperial era de tipo monárquico teocrático, la máxima autoridad era el Sapa Inca, aconsejado por el consejo imperial. Símbolo de su poder era la mascapaicha, una especie de borla de lana roja que ceñía en la cabeza. Ejercía las funciones de su gobierno desde el palacio particular que cada uno se hacía construir en el Cuzco. Desde donde concedía audiencia y administraba justicia. También viajaba con frecuencia por el Tawantinsuyo, llevado en andas sobre hombros de cargadores, para atender personalmente las necesidades de su pueblo.[3]

Virreinato del Perú

 
José de la Serna. último Virrey del Perú (1821-1824).

En 1532, los españoles llegaron al territorio del Tawantinsuyo y lograron establecer una dependencia hispana. Esta relación política empezó como gobernaciones correspondientes a los conquistadores, con el título de Gobernador. La Gobernación de la Nueva Toledo bajo la tutela de Diego de Almagro, que nunca se consolidó, tuvo como capital a la ciudad del Cusco. La Gobernación de la Nueva Castilla al mando de Francisco Pizarro tuvo como capital a la Ciudad de los Reyes, como también se llamó inicialmente a Lima, y fue sobre la que se instituyó el Virreinato tras las guerras civiles.

En 1542, se estableció el Virreinato del Perú cuyo gobierno lo ostentaba el representante del Rey de España con el título de Virrey del Perú. Este período tuvo solo dos etapas correspondientes a las dos dinastías españolas: las casas de Habsburgo y de Borbón, y tuvo una duración de 282 años desde su establecimiento hasta la Capitulación de Ayacucho en 1824, no obstante haberse independizado el Perú en 1821. El virrey José Fernando de Abascal fue el encargado de centralizar el poderío político y militar español en el Perú. Joaquín de la Pezuela y José de la Serna enfrentaron a los ejércitos libertadores y el último de ellos firmó la capitulación. Finalmente, Pío Tristán fue el virrey interino encargado de traspasar el poder a los patriotas.

El Acta de Independencia se firmó en Lima el 15 de agosto de 1821[4][5]​ y poco después se dejó encargado al gobierno a José de San Martín con el título de Protector; después, el poder legislativo ocupó el ejecutivo.

Instauración del cargo

 
José de la Riva-Agüero, primer presidente del Perú.

Tras la partida del Perú del general José de San Martín, Protector del Perú, se conformó el Congreso Constituyente del Perú (1822) , que tras el Motín de Balconcillo, nombró a José de la Riva Agüero como el primer Presidente de la República de la historia del Perú. Desde entonces, esa ha sido la principal denominación que han ostentado la gran mayoría de los jefes de Estado del Perú. La primera Constitución Política de 1823 (posterior al nombramiento de Riva Agüero) reconoce el cargo y dice expresamente en su artículo 72 "Reside exclusivamente el ejercicio del Poder Ejecutivo en un ciudadano con la denominación de Presidente de la República".[6]

Título

El cargo genérico que han desempeñado los gobernantes del Perú ha sido Presidente del Perú. En la actualidad, los presidentes usan ese título remarcando su carácter y origen constitucional: Presidente Constitucional de la República.

Asimismo, dada la cantidad de golpes de Estado y gobiernos provisorios que ha tenido el Perú, el gobierno ha sido muchas veces encargado a juntas de gobierno y, por ello, muchos gobernantes no han usado el título de Presidentes de la República.

Funciones

Historia: principales constituciones

Primera Constitución: 1823

  •   Wikisource contiene Constitución del Perú (1823).

El presidente es jefe de la administración general de la República, y su autoridad se extiende tanto a la conservación del orden público en lo interior, como a la seguridad exterior conforme a la Constitución y a las leyes.

Además son facultades exclusivas del presidente:

  1. Promulgar, mandar ejecutar, guardar, y cumplir las leyes, decretos y resoluciones del Congreso, y expedir las providencias indispensablemente necesarias para su efecto.
  2. Tiene el mando supremo de la fuerza armada.
  3. Ordenar lo conveniente para que se verifiquen las elecciones populares en los días señalados por la Constitución.
  4. Declarar la guerra a consecuencia de la resolución del Congreso.
  5. Entrar en tratados de paz y de alianza, y otros convenios procedentes de relaciones extranjeras con arreglo a la Constitución.
  6. Decretar la inversión de los caudales destinados por el Congreso a los diversos ramos de la administración pública.
  7. Nombrar los oficiales del ejército y armada, y de Coronel inclusive para arriba, con acuerdo y consentimiento del Senado.
  8. Nombrar por si los Ministros de Estado; y los agentes diplomáticos de acuerdo con el Senado.
  9. Velar sobre la exacta administración de Justicia en los Tribunales y Juzgados y sobre el cumplimiento de las sentencias que estos pronunciaran. Establecer el Juicio por tribunales de Jurados.
  10. Dar cuenta al Congreso en cada Legislatura de la situación política y militar de la República, indicando las mejoras o reformas convenientes en cada ramo.

Limitaciones del Poder Ejecutivo:

  1. No puede mandar personalmente la fuerza armada sin consentimiento del Congreso, y en su receso sin el del Senado.
  2. No puede salir del territorio de la República sin permiso del Congreso.
  3. Bajo ningún pretexto puede conocer en asunto alguno judicial.
  4. No puede privar de la libertad personal a ningún peruano; y en caso de que fundadamente exija la seguridad pública el arresto o detención de alguna persona, podrá ordenar lo oportuno, con la indispensable condición de que dentro de veinticuatro horas pondrá al detenido a disposición de su respectivo Juez.
  5. Tampoco puede imponer pena alguna. El Ministro que firmare la orden, y el funcionario que la ejecutare, atentan contra la libertad individual.
  6. No puede diferir ni suspender en ninguna circunstancia las sesiones del Congreso.

Constitución de mayor duración: 1860

  •   Wikisource contiene Constitución del Perú (1860).

Son atribuciones del presidente de la República:

  1. Conservar el orden interior y la seguridad exterior de la República sin contravenir a las leyes.
  2. Convocar al Congreso ordinario, sin perjuicio de lo dispuesto en la primera parte del artículo 52o.; y al extraordinario, cuando haya necesidad.
  3. Concurrir a la apertura del Congreso, presentando un mensaje sobre el estado de la República y sobre las mejoras y reformas que juzgue oportunas.
  4. Tomar parte en la formación de las leyes, conforme a esta constitución.
  5. Promulgar y hacer ejecutar las leyes y demás resoluciones del Congreso; y dar decretos, órdenes, reglamentos e instrucciones para su mejor cumplimiento.
  6. Dar las órdenes necesarias para la recaudación e inversión de las rentas públicas con arreglo a la ley.
  7. Requerir a los jueces y tribunales para la pronta y exacta administración de justicia.
  8. Hacer que se cumplan las sentencias de los tribunales y juzgados.
  9. Organizar las fuerzas de mar y tierra: distribuirlas, y disponer de ellas para el servicio de la República.
  10. Disponer de la Guardia Nacional en sus respectivas provincias, sin poder sacarlas de ellas, sino en caso de sedición en las limítrofes, o en el de guerra exterior.
  11. Dirigir las negociaciones diplomáticas y celebrar tratados, poniendo en ellos la condición expresa de que serán sometidos al Congreso, para los efectos de la atribución 16o., artículo 59o.
  12. Recibir a los Ministros extranjeros y admitir a los Cónsules.
  13. Nombrar y remover a los Ministros de Estado y a los Agentes Diplomáticos.
  14. Decretar licencias y pensiones, conforme a las leyes.
  15. Ejercer el Patronato con arreglo a las leyes y práctica vigente.
  16. Presentar para Arzobispos y Obispos, con aprobación del Congreso, a los que fueren electos según la ley.
  17. Presentar para la Dignidades y Canongías de las Catedrales, para los curatos y demás beneficios eclesiásticos, con arreglo a las leyes y práctica vigente.
  18. Celebrar concordatos con la Silla Apostólica, arreglándose a las instrucciones dadas por el Congreso.
  19. Conceder o negar el pase a los decretos conciliares, bulas, breves y rescriptos pontificios, con asentimiento del Congreso, y oyendo previamente a la Corte Suprema de Justicia, si fueren relativos a asuntos contenciosos.
  20. Proveer los empleos vacantes, cuyo nombramiento le corresponda según la Constitución y las leyes especiales.

Constitución vigente: 1993

  •   Wikisource contiene Constitución del Perú (1993).

El presidente de la República, además de Jefe de Estado, es el Jefe del Gobierno nacional. Sus funciones están explícitas en la Constitución y la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.

  1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución y los tratados, leyes y demás disposiciones legales.
  2. Representar al Estado, dentro y fuera de la República.
  3. Dirigir la política general del Gobierno.
  4. Velar por el orden interno y la seguridad exterior de la República.
  5. Convocar a elecciones para presidente de la República y para representantes a Congreso, así como para alcaldes y regidores y demás funcionarios que señala la ley.
  6. Convocar al Congreso a legislatura extraordinaria; y firmar, en ese caso, el decreto de convocatoria.
  7. Dirigir mensajes al Congreso en cualquier época y obligatoriamente, en forma personal y por escrito, al instalarse la primera legislatura ordinaria anual. Los mensajes anuales contienen la exposición detallada de la situación de la República y las mejoras y reformas que el presidente juzgue necesarias y convenientes para su consideración por el Congreso. Los mensajes del presidente de la República, salvo el primero de ellos, son aprobados por el Consejo de Ministros.
  8. Ejercer la potestad de reglamentar las leyes sin transgredirlas ni desnaturalizarlas; y, dentro de tales límites, dictar decretos y resoluciones.
  9. Cumplir y hacer cumplir las sentencias y resoluciones de los órganos jurisdiccionales.
  10. Cumplir y hacer cumplir las resoluciones del Jurado Nacional de Elecciones.
  11. Dirigir la política exterior y las relaciones internacionales; y celebrar y ratificar tratados.
  12. Nombrar embajadores y ministros plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo de dar cuenta al Congreso.
  13. Recibir a los agentes diplomáticos extranjeros, y autorizar a los cónsules el ejercicio de sus funciones.
  14. Presidir el Sistema de Defensa Nacional; y organizar, distribuir y disponer el empleo de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional.
  15. Adoptar las medidas necesarias para la defensa de la República, de la integridad del territorio y de la soberanía del Estado.
  16. Declarar la guerra y firmar la paz, con autorización del Congreso.
  17. Administrar la hacienda pública.
  18. Negociar los empréstitos.
  19. Dictar medidas extraordinarias, mediante decretos de urgencia con fuerza de ley, en materia económica y financiera, cuando así lo requiere el interés nacional y con cargo de dar cuenta al Congreso. El Congreso puede modificar o derogar los referidos decretos de urgencia.
  20. Regular las tarifas arancelarias.
  21. Conceder indultos y conmutar penas. Ejercer el derecho de gracia en beneficio de los procesados en los casos en que la etapa de instrucción haya excedido el doble de su plazo más su ampliatoria.
  22. Conferir condecoraciones en nombre de la Nación.
  23. Autorizar a los peruanos para servir en un ejército extranjero.
  24. Conceder la extradición, con aprobación del Consejo de Ministros, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República.
  25. Presidir el Foro del Acuerdo Nacional, pudiendo delegar tal función en el presidente del Consejo de Ministros.
  26. Ejercer las demás funciones de gobierno y administración que la Constitución y las leyes le encomiendan.

Son nulos los actos del presidente de la República que carecen de refrendación ministerial. Corresponde al presidente de la República presidir el Consejo de Ministros cuando lo convoca o cuando asiste a sus sesiones. El presidente de la República nombra y remueve al presidente del Consejo. Nombra y remueve a los demás ministros, a propuesta y con acuerdo, respectivamente, del presidente del Consejo.

Los ministros son individualmente responsables por sus propios actos y por los actos presidenciales que refrendan. Todos los ministros son solidariamente responsables por los actos delictivos o violatorios de la Constitución o de las leyes en que incurra el presidente de la República o que se acuerden en Consejo, aunque salven su voto, a no ser que renuncien inmediatamente.

Requisitos

Historia

La Constitución de 1823, la primera constitución de este país, señala como requisitos para ejercer la presidencia:

  1. Ser una persona nacida en el Perú.
  2. Reunir las mismas cualidades que para ser Diputado. Supone además, esta magistratura la aptitud de dirigir vigorosa, prudente y liberadamente una República.

Lo que lleva a:

  1. Ser ciudadano en ejercicio.
  2. Ser mayor de 35 años.
  3. Ser del Perú
  4. Tener una propiedad o renta de ochocientos soles cuando menos, o ejerce cualquiera industria que los rinda anualmente, o ser profesor público de alguna ciencia.

Desde la Constitución de 1828 y hasta la Confederación Perú-Boliviana, se mantienen sin mayores cambios los requisitos expuestos en 1823 y la edad de treinta años de la del 26. Esto hasta la Constitución de 1839, que eleva la edad a 40 años.

La Constitución de 1856 indica que Para ser Presidente se requiere: ser peruano de nacimiento, ciudadano en ejercicio y treinta y cinco años de edad y diez de domicilio en la República, lo que se mantendrá prácticamente sin cambio hasta la actualidad. A partir de 1979 se elimina el requisito de haber residido los últimos diez años en el país.

Constitución de 1993

Un presidente debe ser peruano de nacimiento (no pueden acceder al cargo los que son peruanos por naturalización). Debe tener más de treinta y cinco años de edad al momento en que postula y encontrarse en completo ejercicio de sus derechos civiles, es decir, no debe pesar sobre él ninguna sanción penal ni declaración civil de incapacidad, lo que incluye el derecho de sufragio.

No pueden ser candidatos a la presidencia si no han dejado el cargo seis meses antes de la elección:

  1. Los ministros y viceministros de Estado, el Contralor General.
  2. Los miembros del Tribunal Constitucional, del Consejo Nacional de la Magistratura, del Poder Judicial, del Ministerio Público, del Jurado Nacional de Elecciones, ni el Defensor del Pueblo.
  3. El presidente del Banco Central de Reserva, el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y el Superintendente Nacional de Administración Tributaria.
  4. Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional en actividad.
  5. Los demás casos que la Constitución prevé.

Según la Ley Orgánica de elecciones, no pueden postular a la Presidencia o Vicepresidencias de la República:

  1. Los ministros y viceministros de Estado, el Contralor General de la República y las autoridades regionales, si no han renunciado por lo menos seis meses antes de la elección.
  2. Los miembros del Tribunal Constitucional, del Consejo Nacional de la Magistratura, del Poder Judicial, del Ministerio Público, de los organismos integrantes del Sistema Electoral y el Defensor del Pueblo, si no han dejado el cargo 6 (seis) meses antes de la elección
  3. El presidente del Banco Central de Reserva, el Superintendente de Banca y Seguros, el Superintendente de Administración Tributaria, el Superintendente Nacional de Aduanas y el Superintendente de Administradoras de Fondos Privados de Pensiones, si no han renunciado por lo menos seis meses antes de la elección
  4. Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional que no han pasado a la situación de retiro por lo menos seis meses antes de la elección
  5. El cónyuge y los parientes consanguíneos dentro del cuarto grado, y los afines dentro del segundo, del que ejerce la Presidencia o la ha ejercido en el año precedente a la elección.

Elección

Historia

La Constitución Política de 1823 establecía que era atribución del Congreso elegir al presidente y Vicepresidente de la República, cuyos miembros eran elegido por Colegios Electorales parroquiales -sistema similar al que todavía conservan los Estados Unidos de América-.

La Constitución de 1828 establecía en el inciso 14 de su artículo cuadragésimo octavo que era atribución del Congreso: Proclamar la elección de Presidente y Vicepresidente de la República hecha por los Colegios Electorales; ó hacerlas cuando no resulten elegidos según la ley, lo que permanecerá casi sin cambios hasta 1931. Sin embargo, en 1896 Nicolás de Piérola, cuando se pasó de una Democracia nominal a una Democracia censataria utilizándose como base para el proceso de sufragio los censos o padrones de contribuyentes, eliminándose los principales vicios del proceso pero manteniendo el sistema de Colegio Electorales. La Constitución de 1920 incorpora, lo que se mantendrá hasta 1979, que: Solamente en caso de muerte o dimisión del Presidente de la República, el Congreso elegirá, dentro de los 30 días, al ciudadano que deba completar el período presidencial.

Para entender el sistema que se utilizaba, es muy útil y significativo el siguiente pasaje de la Constitución de 1828 que se repite en muchas de las siguientes:

"Art. 69º.- La elección de Presidente de la República se hará por los Colegios Electorales en el tiempo y forma que prescriba la ley; la que deberá ser conforme a la base siguiente:


:Cada Colegio Electoral de Provincia elegirá por mayoría absoluta de votos dos ciudadanos de los que uno, por lo menos, no sea natural ni vecino del departamento, remitiendo testimonio de la acta de la elección al Consejo de Estado por el conducto de su Secretario.
Art. 70º.- El Congreso hará la apertura de las actas, su calificación y escrutinio.
Art. 71º.- El que reuniere la mayoría absoluta de votos del total de electores de los Colegios de Provincia, será el Presidente.
Art. 72º.- Si dos o más individuos obtuvieren dicha mayoría, será Presidente el que reúna más votos. Si obtuvieren igual número, el Congreso elegirá a pluralidad absoluta uno de ellos.
Art. 73º.- Cuando ninguno reúna la mayoría absoluta, el Congreso elegirá Presidente entre los tres que hubieren obtenido mayor número de votos.
Art. 74º.- Si más de dos obtuvieren mayoría relativa con igual número de votos, el Congreso elegirá entre todos ellos.
Art. 75º.- Si en la votación que en los casos precedentes se haga por el Congreso, resultare empate, se repetirá entre los que le hayan obtenido. Si resultare nuevo empate, lo decidirá la suerte.


Art. 76º.- La elección de Presidente en estos casos debe quedar concluida en una sola sesión, hallándose presentes lo menos dos tercios del total de los miembros de cada Cámara."
 

En 1931 la junta presidida por David Samanez logró establecer un poder electoral autónomo (el Jurado Nacional de Elecciones); la representación de las minorías; el sufragio directo, secreto y obligatorio; y la organización científica del registro electoral. Lo que se constituyó en la base del sistema por el que hoy se elige a los presidentes.

La Constitución de 1933, además de incorporar los avances hechos por Samanez, exigía obtener como mínimo un tercio de los votos:

Para ser proclamado Presidente de la República por el Jurado Nacional de Elecciones, se requiere haber obtenido la mayoría de sufragios, siempre que esta mayoría no sea menor de la tercera parte de los votos válidos. Sin ninguno de los candidatos obtiene la mayoría requerida, el Jurado Nacional de Elecciones dará cuenta al Congreso del resultado de escrutinio. En este caso, el Congreso elegirá Presidente de la República entre los tres candidatos que hubieren obtenido mayor número de votos válidos.

En 1951, Odría impone el voto femenino con lo que se pasa a una democracia mixta alfabeta. En 1962, el gobierno institucional de las Fuerzas Armadas implantó la cédula única de votación.

La Constitución de 1979 exige, en cambio 50 por ciento de los votos más uno para el ganador con el fin de brindarle respaldo al nuevo gobierno. Se incorpora además, la figura de la segunda vuelta electoral: si ninguno de los candidatos alcanza el porcentaje necesario, los dos candidatos con mayor votación van a un segundo proceso para dirimir de entre ellos al presidente. En 1980, se realizan las primeras elecciones universales -al incluir a los analfabetos- de la historia peruana.

Constitución de 1993

El presidente de la República es elegido por los ciudadanos mediante sufragio universal de entre la misma ciudadanía, debiendo cumplir los candidatos con determinados requisitos. Los vicepresidentes son elegidos conjuntamente con él.

Normalmente, el proceso electoral se inicia con la convocatoria a elecciones por parte del presidente en funciones el año en que debe terminar su mandato. Hecha la convocatoria, el Sistema Electoral se encarga de dirigir los comicios, como todos los eventos de este tipo en la República.

Los partidos políticos van presentando sus candidatos a la presidencia y vicepresidencias ante el Jurado Electoral Especial en las fechas establecidas por las autoridades electorales en el cronograma.

Las elecciones son realizadas por sufragio directo. Gana las elecciones el candidato que obtiene más de la mitad de los votos válidamente emitidos (las cédulas viciadas y en blanco no son computadas).

En el caso que ningún candidato obtenga la mayoría requerida, se procederá a una segunda elección, llamada segunda vuelta, que deberá tener lugar 30 días después de la proclamación de los resultados oficiales de la primera vuelta. En esta elección, solo participan los dos candidatos que obtuvieron mayor cantidad de votos.

Le corresponde a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) brindar las cifras oficiales correspondientes a los comicios y al Jurado Nacional de Elecciones, proclamar al presidente electo.

El presidente es elegido por sufragio directo debiendo obtener más del 50% de los votos válidamente emitidos para ser elegido. Debe tener cómo mínimo 35 años de edad. La elección presidencial es por un término de cinco años. En la misma elección se eligen dos vicepresidentes quienes reemplazarán al presidente cuando este tenga que ausentarse del país. La orden de sucesión corresponde en primer lugar al Primer Vicepresidente. Cada candidato presidencial se presenta acompañado de quienes serían sus vicepresidentes. En ese sentido, al ser elegido los vicepresidentes son quienes lo acompañaron, no existe acceso de la minoría a la vicepresidencia.

Duración del mandato y posibilidad de reelección

Historia

La primera Constitución Política del Perú de 1823 dice expresamente: El ejercicio del Poder Ejecutivo nunca puede ser vitalicio, y mucho menos hereditario. Dura el oficio de Presidente cuatro años, y no podrá recaer en el mismo individuo, sino pasados otros cuatro.

En la Constitución de 1828, tras la destitución de Bolívar, vuelve a lo expresado en la primera carta magna, pero permite una sola reelección inmediata., aspecto que será revertido en 1834, que vuelve íntegramente a los preceptos de 1823.

La Constitución de 1839, tras la Restauración, vuelve a lo expresado por la primera constitución pero eleva el período presidencial a 5 años, lo que será revertido por la Constituciones de 1856 y 1860, que vuelven por completo al primer texto constitucional, con mandatos de cuatro años e imposibilidad de reelección inmediata; y que regirán hasta 1920. La Constitución de 1867 -que no rigió por más de un año- elevaba el período a cinco años.

La Constitución de 1920, proclamada por Augusto B. Leguía, dictaminaba que: El Presidente durará en su cargo cinco años y no podrá ser reelecto sino después de un período igual de tiempo. Sin embargo, Leguía se encargó de dar los golpes necesarios contra esta misma constitución y el marco legal para perpetuarse en el poder, lo que resultó en la Patria Nueva y en una larga dictadura, denominada como el oncenio.

La Constitución Política del Perú de 1933, norma que: El período Presidencial dura cinco años y comienza el 28 de julio del año en que se realiza la elección, aunque el elegido no hubiese asumido sus funciones en aquella fecha. Además, esta constitución, reaccionaria contra el Oncenio de Leguía, ordena que:

No hay reelección presidencial inmediata. Esta prohibición no puede ser reformada ni derogada. El autor o autores de la proposición reformatoria o derogatoria, y los que la apoyen, directa o indirectamente, cesarán, de hecho, en el desempeño de sus respectivos cargos y quedarán permanentemente inhabilitados para el ejercicio de toda función pública.

El mandato fue ampliado a seis años durante el gobierno del general Óscar R. Benavides.

Finalmente, la Constitución de 1979 decreta el mandato en 5 años sin posibilidad de reelección inmediata, lo que es también la norma que se tiene en la actualidad.

Constitución de 1993

El texto constitucional original de 1993, a diferencia de la carta anterior, decía:

"El mandato presidencial es de cinco años. El Presidente puede ser reelegido de inmediato para un período adicional. Transcurrido otro período constitucional, como mínimo, el expresidente puede volver a postular, sujeto a las mismas condiciones."[7]

En 1996 el Congreso -de mayoría oficialista- emitió una ley que permitía a Alberto Fujimori pudiera ser reelegido por segunda vez ("re-reelección"). Así lo disponía la llamada Ley de Interpretación Auténtica (Ley No. 26657):

"Artículo único.- Interprétase de modo auténtico, que la reelección a que se refiere el Artículo 112o. de la Constitución, está referida y condicionada a los mandatos presidenciales iniciados con posterioridad a la fecha de promulgación del referido texto constitucional. En consecuencia, interprétase auténticamente, que en el cómputo no se tiene en cuenta retroactivamente, los períodos presidenciales iniciados antes de la vigencia de la Constitución.
La presente norma se ampara en el Artículo 102o. y en la Octava Disposición Final y Transitoria de la Constitución.[8]​"

Contra esta norma se interpuso una acción de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional. En la sentencia respectiva, el Tribunal declaró "inaplicable" para el caso de Fujimori los alcances de esta ley.[8]​ Pese a ello, en el año 2000 el presidente fue reelecto nuevamente. En noviembre del 2000, tras la caída del régimen fujimorista, el Congreso modifica el artículo 112º mediante una Reforma Constitucional, indicando ahora que:

"El mandato presidencial es de cinco años, no hay reelección inmediata. Transcurrido otro periodo constitucional, como mínimo, el expresidente puede volver a postular, sujeto a las mismas condiciones."

Reemplazo temporal o permanente

Historia

La Primera Constitución (1823) decía:

Artículo 76º.- Habrá un Vicepresidente en quien concurran las mismas calidades. Administrará el Poder Ejecutivo por muerte, renuncia, destitución del Presidente, o cuando llegare el caso de mandar personalmente la fuerza armada.
Artículo 77º.- En defecto del Vicepresidente administrará el Poder Ejecutivo el Presidente del Senado hasta la elección ordinaria de nuevo Presidente.

La Constitución de 1828 vuelve al sistema de sucesión legal del primer texto constitucional peruano.

El Texto Constitucional de 1834, por el contrario, elimina la figura del vicepresidente:

Art. 81º.- Cuando vacare la Presidencia de la República, por muerte, renuncia o perpetua imposibilidad física, se encargará provisionalmente del Poder ejecutivo el Presidente del Consejo de Estado; quien en estos casos y en el de destitución legal convocará a los Colegios Electorales dentro de los primeros diez días de su Gobierno, para la elección de Presidente.


Art. 82º.- Si concluido el período constitucional no se hubiere hecho la elección por algún accidente, o verificada ella el electo estuviere fuera de la capital, el Presidente del Consejo de Estado se encargará del Poder Ejecutivo mientras se practica la elección o llega el electo.


Art. 83º.- El ejercicio de la presidencia se suspende por mandar en persona el Presidente de la fuerza pública, por enfermedad temporal, y por ausentarse a más de ocho leguas de la capital de la República. En cualquiera de esos casos le subrogará el Presidente del Consejo de Estado.

La Carta Magna de Huancayo (1839) vuelve a lo expresado en la de 1834 pero agrega -avalando en la práctica los golpes de Estado- que: Si en alguno de los casos antedichos faltare el Presidente del Consejo, se encargará del Supremo Poder Ejecutivo, el que lo haya subrogado accidentalmente en la presidencia.

La Constitución de 1856, de tendencia liberal, expresaba que:

Art. 83º.- La Presidencia de la República vaca de hecho:


1º.- Por muerte.
2º.- Por celebrar cualquier pacto contra la independencia o integridad nacional.
3º.- Por atentar contra la forma de Gobierno.
4º.- Por impedir la reunión del Congreso, suspender sus sesiones o disolverlo.
Vaca de derecho:
1º.- Por admisión de su renuncia.
2º.- Por incapacidad moral o física.
3º.- Por destitución legal.
4º.- Por haber terminado su período.
Art. 84º.- Habrá un Vicepresidente de la República, elegido al mismo tiempo, con las mismas calidades y para el mismo período que el Presidente, destinado a suplir por él en los casos designados en los artículos 83º. y 88º.
Art. 85º.- En los casos que designa el artículo 83º., excepto el último, el Vicepresidente concluirá el período comenzado; en los casos del artículo 88º, sólo suplirá por el tiempo en que falte el Presidente.
Art. 86º.- Si faltase a la vez el Presidente y Vicepresidente, se encargará de la Presidencia el Consejo de Ministros, quien ejercerá el cargo mientras el llamado por la ley se halle expedito; en el caso de vacante, expedirá dentro de los primeros tres días, las órdenes necesarias para la elección de Presidente y Vicepresidente, y convocará al Congreso para los efectos de los artículos 76º. y siguientes.
Art. 87º.- El Vicepresidente de la República y los Ministros de Estado no podrán ser candidatos para la Presidencia de la República en las elecciones que se practiquen mientras ellos ejerzan el mando supremo.


Art. 88º.- El ejercicio de la Presidencia se suspende por mandar en persona el Presidente la fuerza pública, y por enfermedad temporal.

La Constitución de 1860 crea la figura de un segundo vicepresidente y da por hecho que este siempre se encontrará apto para ejercer funciones, y añade la suspensión del mandato por hallarse el presidente sometido a juicio por los casos que la misma carta prevé.

La efímera Carta de 1867 eliminó a los vicepresidente y estableció que en cualquier caso, el presidente de la República era reemplazado por el presidente del Consejo de Ministros.

La Constitución de 1920 estableció que el sucesor para completar el período debía ser elegido por el Congreso, lo que perduraría hasta 1979, que:

Art. 116º.- Solamente en caso de muerte o dimisión del Presidente de la República, el Congreso elegirá, dentro de los 30 días, al ciudadano que deba completar el período presidencial, gobernado entre tanto el Consejo de Ministros.
Art. 117º.- El Congreso elegirá igualmente al ciudadano que deba completar el período presidencial en los casos de vacancia fijados en el artículo 115º. El Consejo de Ministros gobernará interinamente cuando el impedimento sea temporal según el artículo 118º.

La Constitución de 1933, mantenía lo anterior y agregaba que: La elección de Presidente de la República por el Congreso, se hará por voto secreto, en sesión permanente y continua. Será proclamado el que obtenga la mayoría absoluta de votos.

La Constitución de 1979 llega, prácticamente, a las actuales causas de vacancia y suspensión temporal, y delinea la actual sucesión legal: Presidente - 1º vicepresidente - 2º vicepresidente - Presidente del Senado.

Constitución de 1993

Sucesión legal

La actual sucesión legal de la presidencia de la República se da en caso de impedimento temporal o permanente:

  1. Presidente Constitucional de la República: José Pedro Castillo Terrones
  2. Primera Vicepresidenta de la República: Dina Boluarte
  3. Segundo Vicepresidente de la República: No nombrado
  4. Presidenta del Congreso de la República: María del Carmen Alva Prieto

El primer y segundo vicepresidentes son elegidos junto al Presidente de la República.

Ausencia

Cuando el presidente sale del territorio nacional, debidamente autorizado por el Congreso, el Despacho Presidencial es ejercido por el Primer Vicepresidente, o en su defecto, por el Segundo Vicepresidente.

Suspensión

El presidente puede ser suspendido de su cargo por el parlamento. Las únicas causales para ello son:

  • Incapacidad temporal del presidente declarada por el Congreso.
  • Estar sometido a un proceso judicial por la supuesta comisión de una infracción constitucional.

Durante esta suspensión, el cargo es asumido por el Primer Vicepresidente o quien corresponda de acuerdo a la línea de sucesión, hasta el retorno del mandatario..

Vacancia

El cargo presidencial puede ser extraordinaria y constitucionalmente concluido antes de los cinco años mediante la declaración de la vacancia del cargo por el Congreso de la República. Son causales de la declaración de la vacancia presidencial:

  • Fallecimiento
  • Incapacidad física permanente (determinado por el Congreso)
  • Incapacidad moral (determinado por el Congreso)
  • Salida del territorio nacional sin autorización del Congreso de la República.
  • No regresar al territorio nacional en el plazo fijado por el Congreso de la República cuando autorizó su salida.
  • Destitución por infracción constitucional.

Para el supuesto de destitución por infracción constitucional, el presidente solo puede ser acusado, durante su mandato, por:

Luego de ser acusado, el presidente debe ser sometido a un proceso judicial donde se determinará si cometió el hecho que infringe la posibilidad y la responsabilidad que le corresponde.

En estos casos, también se sigue el orden de sucesión legal vigente.

Ceremonias protocolares

Mensaje a la Nación, cambio de mando y juramentación

 
El Presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski, y el ministro de Defensa, Mariano González Fernández, encabezaron la Gran Parada Militar y Desfile Cívico por el 195º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú.

Se consideran actos oficiales dentro del Aniversario de la Independencia Nacional la Misa y Te Deum, la Sesión Solemne del Congreso, el Saludo al presidente y la Parada y Desfile Militar.

Tras el proceso de elección, el Jurado Nacional de Elecciones proclama al presidente electo. En casos de sucesión legal, el Congreso proclama al presidente. Tras esto, el presidente debe asumir funciones al juramentar el cargo ante el Pleno del Congreso de la República el 28 de julio del año que corresponda a las elecciones presidenciales, en conmemoración a la fecha de la Proclamación de la Independencia que hizo José de San Martín en 1821.

En realidad siempre se ha celebrado el 28 de julio como el Día de la Independencia y la fiesta nacional, pero es recién en 1945, en la juramentación del presidente José Luis Bustamante y Rivero que empieza la tradición de hacer el cambio de mando ese mismo día. Con anterioridad a esa fecha, el 28 de julio, el presidente brindaba un discurso a la nación ante el Congreso -que era publicado en El Comercio o El Peruano- ese día pero no se hacían los cambios de mando. Antes de 1945 y pese a la gran cantidad de golpes de Estado, hubo algunas fechas recurrentes para los cambios de mando:

  • 20 de abril (desde 1845)
  • 25/24 de octubre (desde 1858)
  • 2 de agosto (desde 1868)
  • 10 de agosto (desde 1890)
  • 8 de septiembre (desde 1895)
  • 24 de septiembre (desde 1904)
  • 18 de agosto (desde 1914)
  • 12 de octubre (desde 1919)
  • 8 de diciembre (desde 1931)

La Constitución de 1933 expresaba: El período Presidencial (...) comienza el 28 de julio del año en que se realiza la elección, aunque el elegido no hubiese asumido sus funciones en aquella fecha.

La Constitución actual ordena que:

"El Presidente de la República presta juramento de ley y asume el cargo, ante el Congreso, el 28 de julio del año en que se realiza la elección."

La ceremonia de traspaso de poderes en el congreso incluye un Mensaje a la Nación ante el Congreso del presidente saliente quien, rindiendo cuentas y haciendo una semblanza de los logros de su gestión. Luego, el presidente agradece y entrega la banda presidencial al presidente del Congreso, quien la ostentará por una hora. Tras la llegada del presidente Electo, este presta juramento ante el presidente del Congreso, quien le hace entrega de la banda. Después, lee su primer mensaje a la Nación ante el Congreso. Cuando no se trata de un cambio de mando, el presidente en funciones también acude anualmente en esa fecha para informar a la representación nacional y la opinión pública, sobre la situación general de la República.

"(Corresponde al Presidente de la República) Dirigir mensajes al Congreso en cualquier época y obligatoriamente, en forma personal y por escrito, al instalarse la primera legislatura ordinaria anual. Los mensajes anuales contienen la exposición detallada de la situación de la República y las mejoras y reformas que el Presidente juzgue necesarias y convenientes para su consideración por el Congreso. Los mensajes del Presidente de la República, salvo el primero de ellos, son aprobados por el Consejo de Ministros..
Inciso 7, Artículo 118º, Constitución Política del Perú

En julio de 2001, el presidente Alejandro Toledo, a pocas horas de haber juramentado en Lima, asumió simbólicamente el cargo en Machu Picchu.

En marzo de 2018, juramento en Lima, el presidente Martín Vizcarra, tras la renuncia de su predecesor, Pedro Pablo Kuczynski a la presidencia, y brindo un corto mensaje a la Nación tras su asunción como presidente.

En julio de 2021, el presidente Pedro Castillo, a pocas horas de haber asumido el cargo en Lima, asumió simbólicamente el cargo en la Pampa de la Quinua, santuario histórico donde en 1824 se selló la independencia tras la Batalla de Ayacucho.

Fórmula de juramento

 
Pergamino de juramentación del presidente Andrés Avelino Cáceres, ante el Congreso de la República (1894).

Es la Constitución de 1828 la primera que registra, en el artículo 87º, la fórmula de juramentación que el presidente del Perú debe prestar ante el Congreso al asumir funciones:

El Presidente y Vicepresidente para ejercer su cargo, se presentarán al Congreso a prestar el juramento siguiente:
"Yo, N.N. juro por Dios y estos Santos Evangelios que ejerceré fielmente el cargo de Presidente (o Vicepresidente) que me ha confiado la República: que protegeré la Religión del Estado, conservaré la integridad e Independencia de la Nación, y guardaré y haré guardar exactamente su Constitución y leyes".

La Constitución de 1839, en su artículo 86º, inaugura la fórmula que será usada hasta hoy -con la eliminación de la referencia a resguardar la religión católica y los rasgos personales que le brinda cada presidente-. En agosto de 1853 es sancionado el Reglamento Interior de las Cámaras Legislativas, que señalaba, en el artículo 3º del Capítulo XII, que el presidente jurará ante el Congreso de la República según el mentado artículo de la Constitución, que decía:

El Presidente para ejercer su cargo prestará ante el Congreso el juramento siguiente:
"Yo N.N. Juro por Dios y estos Santos Evangelios, que ejerceré fielmente el cargo de Presidente que me ha confiado la República, que protegeré la Religión del Estado, conservaré la integridad, independencia y unidad de la Nación, guardaré y haré guardar su Constitución y leyes".

Es tradición en el Congreso peruano que la prestación del juramento de ley para la toma de funciones del cargo de presidente de la República tenga, como constancia de la realización de dicho acto, la suscripción de un pergamino que contenga escrito el nombre del mandatario jurante, la fórmula de juramentación y la fecha en que se celebra la transmisión del mando presidencial. De estos pergaminos de juramentación, el más antiguo que se conserva en el Archivo General del Congreso es el perteneciente a Andrés Avelino Cáceres, que suscribió para ejercer su segundo mandato el 10 de agosto de 1894 y que tenía previsto culminar en la misma fecha de 1898.

El juramento prestado por el presidente Ollanta Humala fue el siguiente:[9]

Juro por la Patria que ejerceré fielmente el cargo de Presidente de la República que me ha confiado la Nación por el período presidencial 2011-2016; que defenderé la soberanía nacional, el orden constitucional, y la integridad física y moral de la República y sus instituciones democráticas, honrando el espíritu, los principios y los valores de la Constitución de 1979; que reconoceré y respetaré la libertad de culto y de expresión, y lucharé incansablemente por lograr la inclusión social de todos los peruanos, especialmente de los más pobres.

El juramento prestado por el presidente Pedro Pablo Kuczynski fue el siguiente:

Yo, Pedro Pablo Kuczynski Godard, juro por Dios, por la Patria y por todos los peruanos que ejerceré fielmente el cargo de Presidente de la República que me ha confiado la Nación para el período presidencial 2016-2021; que defenderé la soberanía nacional y la integridad física y moral de la República, que cumpliré y haré cumplir la Constitución Política y las leyes del Perú; y que reconoceré, respetando la libertad de culto, la importancia de la Iglesia católica en la formación cultural y moral de los peruanos.

El juramento prestado por el presidente Martín Vizcarra fue el siguiente:

Yo, Martín Alberto Vizcarra Cornejo, juro por Dios y por la Patria que ejerceré fielmente el cargo de Presidente de la República que asumo de acuerdo con la Constitución Política del Perú; que defenderé la soberanía nacional, la integridad física y moral de la República y la independencia de sus instituciones democráticas; y que cumpliré y haré cumplir la Constitución Política y las leyes del Perú.

El juramento prestado por el presidente Francisco Sagasti fue el siguiente:

Yo, Francisco Sagasti Hochhausler, juro por la Patria y por todos los peruanos que ejerceré fielmente el cargo de Presidente de la República para completar el periodo constitucional 2016-2021; que defenderé la soberanía nacional y la integridad física y moral de la República; que cumpliré y haré cumplir la Constitución Política y las leyes del Perú; y que reconoceré, respetando la libertad de culto, la importancia de la Iglesia Católica en la formación cultural y moral de los peruanos.

El juramento prestado por el presidente Pedro Castillo fue el siguiente:[10]

Yo, José Pedro Castillo Terrones, juro por Dios, por mi familia, por mis hermanas y hermanos peruanos, campesinos, pueblos originarios, ronderos, pescadores, docentes, profesionales, niños, jóvenes y mujeres que ejerceré el cargo de presidente de la República en el periodo constitucional 2021-2026. Juro por los pueblos del Perú, por un país sin corrupción y por una nueva Constitución.

Ceremonias conexas

Inmediatamente después de la ceremonia de Juramentación del Presidente, el presidente juramenta a su primer Primer Ministro y primer Consejo de Ministros. Esta ceremonia y las de relevo durante el mandato se realizan normalmente en el Salón Dorado de la Casa de Pizarro.

Es asimismo tradicional cada 28 de julio, el "Besamanos" al presidente que también se realiza en el Salón Dorado de Palacio de Gobierno. Tiene sus orígenes en la tradición religiosa de hacer el gesto de besar los pies del Papa que es impedido por este para ser reemplazado por el beso al anillo del pescador. Durante el Virreinato, cuando se presentaba un nuevo Virrey ante las autoridades locales, este mostraba el anillo de autoridad, que era besado tal como ocurría con los Papas. En la actualidad, el ceremonial es un laico apretón de manos de parte de ministros, congresistas y diplomáticos acreditados como señal de renovación de lealtad para un nuevo año de gobierno.

Otras ceremonias oficiales

Además de las ceremonias del aniversario de la independencia, se consideran ceremonias oficiales según el segundo artículo del Decreto Supremo N.096-2005-RE:

  • Saludo al presidente de la República con motivo del Año Nuevo.
  • Renovación del Juramento de Fidelidad a la Bandera.
  • Festividad de la Patrona de las Armas del Perú y día de las Fuerzas Armadas

«Marcha de banderas»

La «Marcha de banderas» es una marcha militar que es interpretada y entonada en muchas ceremonias oficiales, incluyendo la entrada y salida del presidente de la República en recintos oficiales.[11][12]

Símbolos

 
El ex presidente Ollanta Humala con distintos símbolos presidenciales: la banda, la placa y el bastón de mando.

Insignias

Banda presidencial

La banda presidencial de Perú es, junto al Gran collar de brillantes, la Placa presidencial y el Bastón de mando, uno de los distintivos que ostenta el Presidente del Perú, por ser quien constitucionalmente personifica a la Nación,[13][14]​ y la insignia de mando supremo que ha sido usada desde los inicios de la República por los mandatarios.

Gran collar de brillantes

Ha sido llevado por los presidentes como el símbolo de la máxima autoridad del país. Está compuesto de oro e incrustado de brillantes. Lleva en el centro una medalla que contiene el Escudo de Armas del Perú. Son memorables las fotografías y cuadros de los presidentes Oscar R. Benavides Larrea, Manuel Prado y Ugarteche y José Luis Bustamante y Rivero usando la banda presidencial, el gran collar y otras insignias. Su uso desapareció a partir de la asunción al poder del arquitecto Fernando Belaúnde Terry. Recientemente su uso fue 'vuelto a la vida' por Alan García Pérez en el marco de la V Cumbre América Latina, el Caribe y la Unión Europea[15]​ realizada precisamente en Lima en mayo de 2008.

Placa

El presidente de la República, adicionalmente, cuando preside ceremonias militares, lleva una placa en el bolsillo superior izquierdo del saco a manera de solapero con las insignias del mando militar que lo reconoce como Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas. Es heredera de los distintivos y honores militares que llevaban los presidentes pertenecientes a la Fuerza Armada -tantos en la historia del país-. Es de color blanca, tiene 5 soles dorados y el escudo de armas de la República del Perú.

Bastón de mando

Tiene en su origen en la costumbre española de simbolizar el poder -principalmente en los caso de los regidores, corregidores e intendentes- con un bastón. La costumbre fue introducida en el siglo XVIII en los Andes, tras la rebelión de José Gabriel Túpac Amaru y Túpac Katari en 1780-1781 para representar la dignidad de alcalde de indios: alcalde-vara o varayoc (el que porta la vara en quechua). A diferencia de Argentina, el uso de un bastón que simbolice el poder y el cargo de presidente (simbólicamente, el varayoc), no ha sido común en la historia de la presidencia peruana e innumerables veces ha sido reemplazada por el sable o la espada de los presidentes militares. Solo un puñado de casos son destacables. Mariano Ignacio Prado, José Balta y Augusto B. Leguía lo usaron en cuadros y fotografías presidenciales. Recientemente, Alejandro Toledo, hizo uso del bastón en su asunción simbólica al cargo en el Cusco y también en otras pocas ocasiones. Su más reciente uso corresponde al 29 de julio de 2008, fecha del tradicional desfile militar, cuando Alan García llevó un pequeño bastón presidencial, el mismo utilizado por Ollanta Humala en el desfile militar del 29 de julio de 2011.

Tratamiento

El tratamiento oficial hacia el presidente de la República del Perú es:

  • Si el mandatario es un hombre: Excelentísimo Señor Presidente - nombre del presidente -.
  • Si la mandataria es una mujer: Excelentísima Señora Presidenta - nombre de la presidenta - (Este caso aún no ha sucedido, ya que hasta la fecha el país no ha sido gobernado por una mujer).
  • Si el mandatario se encontrara en el extranjero, el tratamiento cambiaría al de: Excelentísimo Señor, -nombre del presidente-, presidente de la República del Perú.

Palacio de Gobierno del Perú

 

El Palacio de Gobierno del Perú, llamado también Casa de Gobierno (denominación con la que se fechan los documentos oficiales) o Casa de Pizarro,[16]​ es la sede principal del poder ejecutivo peruano y la residencia oficial del Presidente del Perú. Desde el 28 de julio de 2021 está proyectado para ser también un museo y residencia cultural abierto al público.[17]

Comprende un área construida de 19 208 m².[18]​ Se encuentra ubicado en la Plaza Mayor del Centro histórico de Lima, en la ribera izquierda del río Rímac.

En el mismo emplazamiento han existido diferentes edificios que han cumplido con la misma función durante cerca de cinco siglos, desde que fuera ocupado en 1535 por el gobernador Francisco Pizarro. Antes habría sido la residencia del curaca Taulichusco,[19][20]​ delegado del gobierno inca en el Valle del Rímac. Durante la época del virreinato fue conocido como Palacio del Virrey o Palacio Virreinal y fue la residencia de los 40 virreyes del Perú. Posteriormente albergó a los libertadores José de San Martín y Simón Bolívar, y a la mayoría de presidentes de la etapa republicana.

El edificio actual, diseñado por el arquitecto Ricardo de Jaxa Malachowski en 1926, fue inaugurado en 1938, durante la segunda presidencia de Óscar R. Benavides.[21]​ La fachada es de estilo neobarroco de inspiración francesa, mientras que la fachada lateral, que da a la calle Palacio y donde está la puerta de entrada, es de estilo neoplateresco.

En las instalaciones trabajan unas 200 personas. El ala izquierda del edificio (la que da a la calle Pescadería o cuadra 1 del Jirón Carabaya) fue ocupada, hasta el segundo gobierno de Fernando Belaúnde Terry, por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Actualmente en esa sección se encuentra la sede de la Presidencia del Consejo de Ministros.

Guardia de Honor del Palacio de Gobierno

 
La escolta presidencial Regimiento de Caballería Mariscal Domingo Nieto durante la ceremonia del cambio de guardia.

La guardia de honor y de seguridad del palacio ha recaído sucesivamente en los siguientes Cuerpos Militares y Policiales:

  • Cuerpos del Ejército, alternando con la Guardia Civil y la Gendarmería Nacional del Perú (siglo XIX).
  • Batallón de Gendarmes de Infantería "Guardia Republicana del Perú" N.º 1.
  • 23ª Comandancia de la Guardia Civil del Perú - Batallón de Ametralladoras de Palacio.
  • 22ª Comandancia de la Guardia Civil del Perú - Tropas de Asalto - Resguardo Presidencial.
  • Regimiento de Caballería "Glorioso Húsares de Junín" N.º 1 - Libertador del Perú
  • Regimiento de Caballería “Mariscal Domingo Nieto" Escolta del Presidente de la República
A partir del 2 de febrero del 2012, se reactivó el Regimiento de Caballería “Mariscal Domingo Nieto" Escolta del Presidente de la República, la cual tiene como misión principal, garantizar la seguridad del presidente de la República y del Palacio de Gobierno.

Expresidentes

 
Gobernantes del Perú independiente desde José de San Martín hasta Nicolás de Piérola representados sarcásticamente como la pintura cristiana de La última cena.

La dignidad de expresidente de la República, fue reconocida en la Constitución para la República del Perú de 1979, la cual determinaba:

"(...) son Senadores vitalicios los expresidentes Constitucionales de la República, a quienes no se considera para los efectos del Art. 169 (quórum para la instalación del Congreso)."

En virtud de tal artículo constitucional, han sido senadores vitalicios José Luis Bustamante y Rivero (hasta su muerte), Fernando Belaúnde Terry (hasta la crisis constitucional de 1992) y Alan García Pérez (hasta la crisis constitucional de 1992).

En la actualidad, los expresidentes constitucionales reciben una pensión vitalicia equivalente al sueldo de un congresista, que se suspende cuando vuelven a ejercer algún cargo público o cuando el Congreso les formulan una acusación constitucional, está última suspensión puede ser levantada únicamente si el Poder Judicial concluye que el ex funcionario es inocente. Una vez que mueren, esta se transfiere a su cónyuge sobreviviente y/o a su hijo menor de edad.[22]

En 2006, Morales Bermúdez, Paniagua Corazao y Alejandro Toledo Manrique en su condición de expresidentes participaron invitados al Acuerdo Nacional, foro de diálogo de las agrupaciones políticas y las instituciones de la sociedad peruana, Ollanta Humala pese a la invitación no asistió.[23]

Dos casos son particulares, debido a cierta similitud:[24]

Expresidentes vivos

Primera dama

 

La primera dama del Perú es el título protocolar que se concede al cónyuge del presidente de la República del Perú. Cumple funciones de labor social y de protocolo al acompañar al Presidente. La actual primera dama es Lilia Paredes, esposa del presidente Pedro Castillo.

Este papel es ejercido tradicionalmente por la cónyuge del Presidente. Se empezó a usar el término creado por los ingleses y estadounidenses de "primera dama", ya que cuando el Jefe del Ejecutivo era divorciado, viudo o soltero, o cuando la cónyuge del Presidente no podía cumplir con el rol por alguna circunstancia; la posición fue ocupada por una familiar femenina del Presidente; como lo hicieron Rosa Prado Garland, hija de Manuel Prado Ugarteche y Keiko Fujimori, hija de Alberto Fujimori.

Estadísticas

Primer Presidente: José de la Riva Agüero (Presidente de la República, 1823).

Tiempo:

  • La persona que ha ocupado el poder durante más tiempo es Augusto B. Leguía: 15 años, 1 mes y 21 días. Le siguen Ramón Castilla (11 años y 8 meses) y Manuel Prado Ugarteche (11 años y 7 meses).
  • El mandato presidencial más largo lo ejerció Augusto B. Leguía: con 10 años, 10 meses y 13 días (1919-1930, conocido como el Oncenio), seguido en duración por el de Alberto Fujimori con 10 años, 3 meses y 24 días (1990-2000, Fujimorato).
  • El período más largo de gobiernos democráticos y sucesiones constitucionales ha sido de 20 años, 9 meses y 8 días (1995-actualidad). El segundo periodo más largo fue de 18 años, 4 meses y 26 días (1895-1914), período enmarcado en la llamada República Aristocrática.[28]

Partido:

Civiles, militares y religiosos:

Juicios e investigaciones:

Tres expresidentes del Perú han sido juzgados y condenados tras finalizar su mandato:

  • Augusto B. Leguía (1908-1912, 1919-1930): Condenado por el autodenominado Tribunal de Sanción Nacional, bajo el cargo de enriquecimiento ilícito, en 1930. Falleció tras un encierro de 14 meses en penosas condiciones, en el Hospital Naval del Callao.[24]
  • Francisco Morales Bermúdez (1975-1980): Un tribunal en Italia lo sentenció a cadena perpetua por la participación de su gobierno de facto en el denominado Plan Cóndor orquestado junto a otros regímenes militares en otra época.[29]
  • Alberto Fujimori (1990-2000): Ha recibido cinco sentencias condenatorias, entre ellas crímenes de lesa humanidad. Tiene otros juicios en curso. Fujimori se encuentra recluido en una base policial de la Dirección de Operaciones Especiales, mismo lugar donde Ollanta Humala cumplió su detención preventiva.

Actualmente, cinco expresidentes afrontan juicios e investigaciones.

  • Ollanta Humala (2011-2016): Estuvo recluido preventivamente durante 18 meses. Es acusado junto a su esposa, Nadine Heredia, de lavado de activos en detrimento del Estado y de asociación ilícita para delinquir, actos que ambos niegan; actualmente se encuentran afrontando la investigación en libertad condicional.
  • Alejandro Toledo (2001-2006): Tiene una orden de detención y pedido de extradición. Actualmente está detenido por las autoridades de Estados Unidos, donde el exmandatario reside junto a su esposa Eliane Karp. Se le acusa, entre otras cosas, de recibir un soborno millonario de la constructora brasileña Odebrecht y por comprar inmuebles con dinero ilícito cuando estaba en el poder, a nombre de su suegra. Toledo y Karp niegan las acusaciones de lavado de activos que pesan en su contra y niegan haber escapado de su país.
  • Pedro Pablo Kuczynski (2016-2018): Investigado por el caso Odebrecht. Fue detenido el 10 de abril del 2019, y enviado posteriormente a prisión domiciliaria en mayo de ese mismo año por presunto blanqueo de capitales relacionados con su gestión como Ministro de Economía y Primer Ministro del Gobierno de Alejandro Toledo..
  • Martín Vizcarra Cornejo (2018-2020): Investigado por la declaración de un aspirante a colaborador eficaz en el caso Club de la construcción , este manifestó que la empresa Obrainsa y su socia Astaldi le hicieron un pago ilícito de S/.1,000,000 (un millón de soles), posteriormente tres colaboradores eficaces​ declararon pagos ilícitos de S/.1,300,000 (un millón trescientos mil soles) realizados por funcionarios de la empresa ICCGSA a Vizcarra. Se encuentra con impedimento de salida del país por 18 meses.
  • Manuel Merino (2020): Se encuentra bajo investigación preliminar por los presuntos delitos de abuso de autoridad, homicidio doloso en agravio de Inti Sotelo Camargo y Jack Bryan Pintado Sánchez, lesiones graves, lesiones leves, secuestros y desapariciones forzadas en agravio de personas a determinar, en el contexto de violación de derechos humanos durante las protestas en Perú de 2020.[30]

Las imputaciones contra el expresidente Alan García fueron archivadas tras su muerte en medio de las pesquisas por el caso Odebrecht. Sin embargo los presuntos actos de corrupción ocurridos durante su mandato seguirán siendo investigados.[31]

Presidentes excongresistas:

Se desempeñaron como congresistas antes de ser Presidentes:

  • El empresario Guillermo Billinghurst, a los 44 años elegido senador (1895-1899), y luego presidente del Perú.
  • El ingeniero Manuel Prado Ugarteche, a los 30 años elegido diputado (1919-1921), y luego dos veces presidente del Perú.
  • El arquitecto Fernando Belaunde Terry, a los 32 años elegido Diputado (1945-1948), y luego Presidente del Perú en dos gobiernos.
  • El abogado Alan García Pérez, a los 31 años elegido Diputado (1980-1985), y luego Presidente del Perú en dos ocasiones.
  • El abogado Valentín Paniagua Corazao, a los 26 años elegido Diputado (1963-1968), a los 43 años elegido Diputado (1980-1985), a los 63 años elegido Congresista (2000), y luego Presidente del Perú en un gobierno transitorio en su calidad de presidente del Congreso.
  • El empresario agrícola Manuel Merino, a los 40 años elegido Congresista (2001-2006), a los 50 años elegido Congresista (2011-2016), a los 59 años elegido Congresista (2020-2021), y luego Presidente del Perú en un gobierno transitorio.
  • El ingeniero Francisco Sagasti, a los 76 años elegido Congresista por Lima (2020-2021), luego Presidente del Perú por sucesión constitucional al asumir el cargo de Presidente del Congreso, tras la caída del gobierno de Manuel Merino.

Presidentes exalcaldes de Lima:

  • Manuel Pardo y Lavalle ocupó la alcaldía de la capital en el periodo 1869-1870, y fue presidente en 1872-1876.
  • Manuel Candamo fue alcalde Metropolitano de Lima el periodo 1876-1877, y unos años después, en 1895, presidente de la Junta Provisional de Gobierno y, en 1903-1904, presidente Constitucional de la República.
  • Lizardo Montero fue burgomaestre de Lima en 1879, y luego presidente Provisorio durante la Guerra del Pacífico, en el periodo 1881-1883.
  • Guillermo Billinghurst fue alcalde en el periodo 1909-1912, y seguidamente presidente Constitucional de 1912 a 1914.

Edad:

Género y estado civil:

Fallecimiento en funciones:

Renuncia al cargo de presidente:

Han renunciado a su cargo:

  • Pedro Pablo Kuczynski en marzo de 2018 tras un segundo intento de destitución por parte del Congreso.
  • Manuel Merino en noviembre de 2020 tras una jornada intensas protestas en contra de la vacancia presidencial al entonces mandatario, Martín Vizcarra.

Vacancias y destituciones presidenciales:

El Congreso ha declarado la "incapacidad moral permanente" y la consecuente vacancia:[32]

Además, han existido intentos parlamentarios de declaratoria de "incapacidad moral" contra:

Dinastías presidenciales:

Se han presentado cuatro casos de parentesco entre mandatarios:

Presidentes con nacionalidad extranjera:

Popularidad presidencial:

Según encuestas de su tiempo, han alcanzado altos niveles de aprobación[cita requerida]:

Análogamente, han sufrido bajo porcentaje de aprobación[cita requerida]:

  • Miguel Iglesias: Su aprobación de secesión territorial para llegar a una paz con Chile durante la Guerra del Pacífico, fue una de las causantes para que una vez fuera del poder por la guerra civil contra él huyera al extranjero.[36]
  • Alejandro Toledo Manrique: en enero de 2004 solo contaba con 7,2% de aprobación y 89% de desaprobación.[37]
  • Alan García: en enero de 1989 tenía el 9% de aprobación.
  • Ollanta Humala: Su aprobación llegó a su nivel más bajo con 10%[38]​ en el 2015 y a su salida del poder en el 2016 solo llegó a crecer de 19%[39]​ a 25%[40]​ de aprobación.
  • Pedro Pablo Kuczynski: A inicios de su último año en el poder, su nivel de aprobación más bajo fue 15 %,[41]​ en ese mismo año durante marzo solamente llegaría a crecer 19%.[42]

Elecciones presidenciales desconocidas:

En dos ocasiones, un proceso electoral presidencial ha sido desconocido:

Lista de presidentes

Desde 1821 que se inicia la vida republicana, el Perú ha sido gobernado por diferentes personajes que van desde los militares que lucharon por la independencia, aquellos que lucharon en la Guerra del Pacífico, personas de la aristocracia, comandantes del ejército, representantes indígenas y líderes de diferentes partidos políticos.

La historia republicana del Perú ha estado llena de incidentes, cuartelazos, golpes de Estado y guerras civiles. No ha sido situación rara, entonces, que en determinado momento, el presidente de la República haya tenido que dejar un encargado en Palacio mientras iba a sofocar un levantamiento en el interior del país. O el hecho, también repetido, que existan dos -e incluso más- presidentes gobernando al mismo tiempo.

Adenda

A continuación se menciona a quienes juramentaron como Presidentes de Perú, producto de una crisis política, pero no llegaron a gobernar.

Máximo San Román

 
Máximo San Román, juramentó como Presidente Constitucional.

Máximo San Román, fue Vicepresidente Constitucional de la República entre 1990 y 1992, además de senador y Presidente del Congreso. Producido el "autogolpe" del 5 de abril de 1992 y la crisis constitucional subyacente, el disuelto Senado —que siguió sesionando— destituyó por incapacidad moral al presidente en funciones Alberto Fujimori, nombrando por ende al vicepresidente como Presidente Constitucional.[43]​ El primer vicepresidente, días después, juramentó en el Colegio de Abogados de Lima ante Felipe Osterling y con la banda presidencial del ex mandatario Fernando Belaúnde. Los senadores consideran que la ceremonia se realizó en estricta legalidad con respecto al marco legal entonces vigente,[44]​ aunque fue mayoritariamente desconocida.[12]​ A la larga, el nombramiento no fue reconocido, San Román nunca ejerció funciones reconocidas y hasta el momento no ha sido considerado como expresidente —razón por la que no figura en la lista de presidentes—. En 2006 fueron encontrados los documentos y actas de las sesiones realizadas por el disuelto congreso, incluyendo la designación, y el pedido fue hecho formalmente por un grupo de exsenadores a la presidenta del Congreso para su aprobación por el pleno.[45]​ Hasta ahora no ha habido decisión al respecto. San Román ha evitado pronunciarse sobre el asunto. Su período nominal se habría realizado entre el 21 de abril de 1992, día de su juramentación, y el 6 de enero de 1993, día en que el Congreso Constituyente Democrático nombra a Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República.

Mercedes Aráoz Fernández

 
Mercedes Aráoz, juramentó como Presidenta en Funciones.

Mercedes Aráoz fue Vicepresidente Constitucional de la República entre 2016 y 2020,[46]​ además de congresista y Presidente del Consejo de Ministros. Llegó con Pedro Pablo Kuczynski, hasta la renuncia de este último el 21 de marzo de 2018,[47]​ el ascenso de Martín Vizcarra y la crisis política, mantuvo una relación difícil con el nuevo presidente especialmente en la disolución del Congreso de la República el 30 de septiembre de 2019,[47]​ el disuelto Congreso no reconoció lo estipulado e inició un proceso de suspensión temporal contra Martín Vizcarra por 12 meses,[48]​ Araóz juramentó a la izquierda del presidente del Congreso Pedro Olaechea como «presidente en funciones», término inexistente y no contemplado en la Constitución,[47]​ a pesar del incipiente conflicto, al día siguiente renunció de su puesto vicepresidencial y de las funciones presidenciales.[49]​ El 14 de enero de 2020, el Tribunal Constitucional del Perú reconoció como legal la disolución y sin valor toda acción posterior del Congreso,[50]​ por lo que todo lo realizado por la vicepresidenta quedó completamente sin valor, y su renuncia también quedó en espera para ser resuelto por el Congreso Extraordinario de 2020,[51]​ si se hubiera avalado la acción del disuelto Congreso, Mercedes Aráoz hubiera sido la primera presidente mujer del Perú.[47]

Véase también

Referencias

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  2. Terence D'Altroy, The Incas, pp. 2–3.
  3. Del Busto, 2011, pp. 51-54.
  4. http://www.congreso.gob.pe/museo/mensajes/a-Mensaje-1821-1.pdf
  5. Constituciones del Perú
  6. Toda la Constitución actual con el texto original y las modificaciones hechas están en la ´sección "Constitución" de la página web del Congreso de la República del Perú: [1]
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  11. «DECRETO SUPREMO Nº 096-2005-RE». Consultado el 1 de noviembre de 2019. 
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  43. Máximo debe ser reconocido como expresidente de la República
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Enlaces externos

  • Sitio web oficial de la Presidencia de la República del Perú
  • Gobernantes del Perú 1821-2011 (enlace roto disponible en Internet Archive; véase el historial, la primera versión y la última).
  • Mensajes Presidenciales y Otros Documentos para la Historia Política del Perú - Museo de La Inquisición del Congreso de la República del Perú
  • Oficina Nacional de Procesos Electorales del Perú
  • Constituciones del Perú - Archivo Digital de la Legislación en el Perú
  •   Datos: Q5708511
  •   Multimedia: Presidents of Peru

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El presidente de la Republica del Peru es el jefe de gobierno y de Estado y como tal personifica a la nacion peruana es el jefe del poder ejecutivo y jefe supremo de las Fuerzas Armadas y Policiales del Peru Su cargo corresponde a la mas alta magistratura del pais y al funcionario publico de mayor jerarquia El actual Presidente Constitucional de la Republica desde el 28 de julio de 2021 es Jose Pedro Castillo Terrones quien asumio el cargo tras ganar las elecciones generales de 2021 Presidente de la Republica del PeruInsignia de mandoPedro Castillo TerronesDesde el 28 de julio de 2021AmbitoPeruSedeLima PeruResidenciaPalacio de Gobierno del PeruTratamientoExcelentisimo SenorSalarioS 15 500 mensual 1 Duracion5 anos sin reeleccion inmediataCreacion10 de octubre de 1823Primer titularJose de la Riva Aguero y Sanchez Boquetecomo Presidente de la Republica Peruanapresidencia gob pe editar datos en Wikidata El presidente ejerce sus funciones desde la Casa de Gobierno mencion con la que se datan los documentos oficiales ubicada en el centro historico de Lima La presidencia del Peru es ejercida por un periodo de 5 anos sin posibilidad de reeleccion inmediata Sin embargo luego de un periodo constitucional al termino de su mandato puede volver a postular El cambio de mando se lleva a cabo en el Palacio Legislativo ante el pleno del Congreso de la Republica ordinariamente cada cinco anos el 28 de julio salvo se suscite circunstancias excepcionales tales como vacancia presidencial Le corresponde como mandato generico dirigir la politica general del gobierno y la administracion del Estado Si bien su papel titulo y significacion han experimentado cambios a lo largo de la historia al igual que su posicion y relaciones con los demas actores de la organizacion politica nacional ha sido y es la figura politica mas destacada La Constitucion Politica del Peru vigente promulgada en 1993 establece los requisitos los derechos y las obligaciones que debe cumplir el presidente de la Republica Recibe el tratamiento protocolar de Excelentisimo Senor acompanado de su grado academico y nombre Excelentisimo Senor Presidente Constitucional de la Republica seguido del nombre del titular Del mismo modo recibe los demas tratamientos y honores que le corresponden segun el Decreto Supremo 096 2005 RE sobre Ceremonial de Protocolo del Estado y Regional Indice 1 Antecedentes 1 1 Imperio incaico 1 2 Virreinato del Peru 2 Instauracion del cargo 2 1 Titulo 3 Funciones 3 1 Historia principales constituciones 3 1 1 Primera Constitucion 1823 3 1 2 Constitucion de mayor duracion 1860 3 1 3 Constitucion vigente 1993 4 Requisitos 4 1 Historia 4 2 Constitucion de 1993 5 Eleccion 5 1 Historia 5 2 Constitucion de 1993 6 Duracion del mandato y posibilidad de reeleccion 6 1 Historia 6 2 Constitucion de 1993 7 Reemplazo temporal o permanente 7 1 Historia 7 2 Constitucion de 1993 7 2 1 Sucesion legal 7 2 2 Ausencia 7 2 3 Suspension 7 2 4 Vacancia 8 Ceremonias protocolares 8 1 Mensaje a la 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los siglos xv y xvi como consecuencia de la expansion del curacazgo del Cuzco siendo la segunda etapa historica y el periodo de mayor apogeo de la civilizacion incaica Abarco cerca de tres millones de km entre el oceano Pacifico al oeste y la selva amazonica en el este desde el Rio Ancasmayo Colombia al norte hasta el rio Maule Chile Pachacutec noveno Sapa Inca del Tahuantinsuyo El gobierno imperial era de tipo monarquico teocratico la maxima autoridad era el Sapa Inca aconsejado por el consejo imperial Simbolo de su poder era la mascapaicha una especie de borla de lana roja que cenia en la cabeza Ejercia las funciones de su gobierno desde el palacio particular que cada uno se hacia construir en el Cuzco Desde donde concedia audiencia y administraba justicia Tambien viajaba con frecuencia por el Tawantinsuyo llevado en andas sobre hombros de cargadores para atender personalmente las necesidades de su pueblo 3 Virreinato del Peru Editar Jose de la Serna ultimo Virrey del Peru 1821 1824 En 1532 los espanoles llegaron al territorio del Tawantinsuyo y lograron establecer una dependencia hispana Esta relacion politica empezo como gobernaciones correspondientes a los conquistadores con el titulo de Gobernador La Gobernacion de la Nueva Toledo bajo la tutela de Diego de Almagro que nunca se consolido tuvo como capital a la ciudad del Cusco La Gobernacion de la Nueva Castilla al mando de Francisco Pizarro tuvo como capital a la Ciudad de los Reyes como tambien se llamo inicialmente a Lima y fue sobre la que se instituyo el Virreinato tras las guerras civiles En 1542 se establecio el Virreinato del Peru cuyo gobierno lo ostentaba el representante del Rey de Espana con el titulo de Virrey del Peru Este periodo tuvo solo dos etapas correspondientes a las dos dinastias espanolas las casas de Habsburgo y de Borbon y tuvo una duracion de 282 anos desde su establecimiento hasta la Capitulacion de Ayacucho en 1824 no obstante haberse independizado el Peru en 1821 El virrey Jose Fernando de Abascal fue el encargado de centralizar el poderio politico y militar espanol en el Peru Joaquin de la Pezuela y Jose de la Serna enfrentaron a los ejercitos libertadores y el ultimo de ellos firmo la capitulacion Finalmente Pio Tristan fue el virrey interino encargado de traspasar el poder a los patriotas El Acta de Independencia se firmo en Lima el 15 de agosto de 1821 4 5 y poco despues se dejo encargado al gobierno a Jose de San Martin con el titulo de Protector despues el poder legislativo ocupo el ejecutivo Instauracion del cargo Editar Jose de la Riva Aguero primer presidente del Peru Tras la partida del Peru del general Jose de San Martin Protector del Peru se conformo el Congreso Constituyente del Peru 1822 que tras el Motin de Balconcillo nombro a Jose de la Riva Aguero como el primer Presidente de la Republica de la historia del Peru Desde entonces esa ha sido la principal denominacion que han ostentado la gran mayoria de los jefes de Estado del Peru La primera Constitucion Politica de 1823 posterior al nombramiento de Riva Aguero reconoce el cargo y dice expresamente en su articulo 72 Reside exclusivamente el ejercicio del Poder Ejecutivo en un ciudadano con la denominacion de Presidente de la Republica 6 Titulo Editar El cargo generico que han desempenado los gobernantes del Peru ha sido Presidente del Peru En la actualidad los presidentes usan ese titulo remarcando su caracter y origen constitucional Presidente Constitucional de la Republica Asimismo dada la cantidad de golpes de Estado y gobiernos provisorios que ha tenido el Peru el gobierno ha sido muchas veces encargado a juntas de gobierno y por ello muchos gobernantes no han usado el titulo de Presidentes de la Republica Funciones EditarHistoria principales constituciones Editar Primera Constitucion 1823 Editar Wikisource contiene Constitucion del Peru 1823 El presidente es jefe de la administracion general de la Republica y su autoridad se extiende tanto a la conservacion del orden publico en lo interior como a la seguridad exterior conforme a la Constitucion y a las leyes Ademas son facultades exclusivas del presidente Promulgar mandar ejecutar guardar y cumplir las leyes decretos y resoluciones del Congreso y expedir las providencias indispensablemente necesarias para su efecto Tiene el mando supremo de la fuerza armada Ordenar lo conveniente para que se verifiquen las elecciones populares en los dias senalados por la Constitucion Declarar la guerra a consecuencia de la resolucion del Congreso Entrar en tratados de paz y de alianza y otros convenios procedentes de relaciones extranjeras con arreglo a la Constitucion Decretar la inversion de los caudales destinados por el Congreso a los diversos ramos de la administracion publica Nombrar los oficiales del ejercito y armada y de Coronel inclusive para arriba con acuerdo y consentimiento del Senado Nombrar por si los Ministros de Estado y los agentes diplomaticos de acuerdo con el Senado Velar sobre la exacta administracion de Justicia en los Tribunales y Juzgados y sobre el cumplimiento de las sentencias que estos pronunciaran Establecer el Juicio por tribunales de Jurados Dar cuenta al Congreso en cada Legislatura de la situacion politica y militar de la Republica indicando las mejoras o reformas convenientes en cada ramo Limitaciones del Poder Ejecutivo No puede mandar personalmente la fuerza armada sin consentimiento del Congreso y en su receso sin el del Senado No puede salir del territorio de la Republica sin permiso del Congreso Bajo ningun pretexto puede conocer en asunto alguno judicial No puede privar de la libertad personal a ningun peruano y en caso de que fundadamente exija la seguridad publica el arresto o detencion de alguna persona podra ordenar lo oportuno con la indispensable condicion de que dentro de veinticuatro horas pondra al detenido a disposicion de su respectivo Juez Tampoco puede imponer pena alguna El Ministro que firmare la orden y el funcionario que la ejecutare atentan contra la libertad individual No puede diferir ni suspender en ninguna circunstancia las sesiones del Congreso Constitucion de mayor duracion 1860 Editar Wikisource contiene Constitucion del Peru 1860 Andres Avelino Caceres Fundo el Partido Constitucionalista basado en la vigencia de la Constitucion de 1860 Son atribuciones del presidente de la Republica Conservar el orden interior y la seguridad exterior de la Republica sin contravenir a las leyes Convocar al Congreso ordinario sin perjuicio de lo dispuesto en la primera parte del articulo 52o y al extraordinario cuando haya necesidad Concurrir a la apertura del Congreso presentando un mensaje sobre el estado de la Republica y sobre las mejoras y reformas que juzgue oportunas Tomar parte en la formacion de las leyes conforme a esta constitucion Promulgar y hacer ejecutar las leyes y demas resoluciones del Congreso y dar decretos ordenes reglamentos e instrucciones para su mejor cumplimiento Dar las ordenes necesarias para la recaudacion e inversion de las rentas publicas con arreglo a la ley Requerir a los jueces y tribunales para la pronta y exacta administracion de justicia Hacer que se cumplan las sentencias de los tribunales y juzgados Organizar las fuerzas de mar y tierra distribuirlas y disponer de ellas para el servicio de la Republica Disponer de la Guardia Nacional en sus respectivas provincias sin poder sacarlas de ellas sino en caso de sedicion en las limitrofes o en el de guerra exterior Dirigir las negociaciones diplomaticas y celebrar tratados poniendo en ellos la condicion expresa de que seran sometidos al Congreso para los efectos de la atribucion 16o articulo 59o Recibir a los Ministros extranjeros y admitir a los Consules Nombrar y remover a los Ministros de Estado y a los Agentes Diplomaticos Decretar licencias y pensiones conforme a las leyes Ejercer el Patronato con arreglo a las leyes y practica vigente Presentar para Arzobispos y Obispos con aprobacion del Congreso a los que fueren electos segun la ley Presentar para la Dignidades y Canongias de las Catedrales para los curatos y demas beneficios eclesiasticos con arreglo a las leyes y practica vigente Celebrar concordatos con la Silla Apostolica arreglandose a las instrucciones dadas por el Congreso Conceder o negar el pase a los decretos conciliares bulas breves y rescriptos pontificios con asentimiento del Congreso y oyendo previamente a la Corte Suprema de Justicia si fueren relativos a asuntos contenciosos Proveer los empleos vacantes cuyo nombramiento le corresponda segun la Constitucion y las leyes especiales Constitucion vigente 1993 Editar Wikisource contiene Constitucion del Peru 1993 El presidente de la Republica ademas de Jefe de Estado es el Jefe del Gobierno nacional Sus funciones estan explicitas en la Constitucion y la Ley Organica del Poder Ejecutivo Cumplir y hacer cumplir la Constitucion y los tratados leyes y demas disposiciones legales Representar al Estado dentro y fuera de la Republica Dirigir la politica general del Gobierno Velar por el orden interno y la seguridad exterior de la Republica Convocar a elecciones para presidente de la Republica y para representantes a Congreso asi como para alcaldes y regidores y demas funcionarios que senala la ley Convocar al Congreso a legislatura extraordinaria y firmar en ese caso el decreto de convocatoria Dirigir mensajes al Congreso en cualquier epoca y obligatoriamente en forma personal y por escrito al instalarse la primera legislatura ordinaria anual Los mensajes anuales contienen la exposicion detallada de la situacion de la Republica y las mejoras y reformas que el presidente juzgue necesarias y convenientes para su consideracion por el Congreso Los mensajes del presidente de la Republica salvo el primero de ellos son aprobados por el Consejo de Ministros Ejercer la potestad de reglamentar las leyes sin transgredirlas ni desnaturalizarlas y dentro de tales limites dictar decretos y resoluciones Cumplir y hacer cumplir las sentencias y resoluciones de los organos jurisdiccionales Cumplir y hacer cumplir las resoluciones del Jurado Nacional de Elecciones Dirigir la politica exterior y las relaciones internacionales y celebrar y ratificar tratados Nombrar embajadores y ministros plenipotenciarios con aprobacion del Consejo de Ministros con cargo de dar cuenta al Congreso Recibir a los agentes diplomaticos extranjeros y autorizar a los consules el ejercicio de sus funciones Presidir el Sistema de Defensa Nacional y organizar distribuir y disponer el empleo de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional Adoptar las medidas necesarias para la defensa de la Republica de la integridad del territorio y de la soberania del Estado Declarar la guerra y firmar la paz con autorizacion del Congreso Administrar la hacienda publica Negociar los emprestitos Dictar medidas extraordinarias mediante decretos de urgencia con fuerza de ley en materia economica y financiera cuando asi lo requiere el interes nacional y con cargo de dar cuenta al Congreso El Congreso puede modificar o derogar los referidos decretos de urgencia Regular las tarifas arancelarias Conceder indultos y conmutar penas Ejercer el derecho de gracia en beneficio de los procesados en los casos en que la etapa de instruccion haya excedido el doble de su plazo mas su ampliatoria Conferir condecoraciones en nombre de la Nacion Autorizar a los peruanos para servir en un ejercito extranjero Conceder la extradicion con aprobacion del Consejo de Ministros previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la Republica Presidir el Foro del Acuerdo Nacional pudiendo delegar tal funcion en el presidente del Consejo de Ministros Ejercer las demas funciones de gobierno y administracion que la Constitucion y las leyes le encomiendan Son nulos los actos del presidente de la Republica que carecen de refrendacion ministerial Corresponde al presidente de la Republica presidir el Consejo de Ministros cuando lo convoca o cuando asiste a sus sesiones El presidente de la Republica nombra y remueve al presidente del Consejo Nombra y remueve a los demas ministros a propuesta y con acuerdo respectivamente del presidente del Consejo Los ministros son individualmente responsables por sus propios actos y por los actos presidenciales que refrendan Todos los ministros son solidariamente responsables por los actos delictivos o violatorios de la Constitucion o de las leyes en que incurra el presidente de la Republica o que se acuerden en Consejo aunque salven su voto a no ser que renuncien inmediatamente Requisitos EditarHistoria Editar La Constitucion de 1823 la primera constitucion de este pais senala como requisitos para ejercer la presidencia Ser una persona nacida en el Peru Reunir las mismas cualidades que para ser Diputado Supone ademas esta magistratura la aptitud de dirigir vigorosa prudente y liberadamente una Republica Lo que lleva a Ser ciudadano en ejercicio Ser mayor de 35 anos Ser del Peru Tener una propiedad o renta de ochocientos soles cuando menos o ejerce cualquiera industria que los rinda anualmente o ser profesor publico de alguna ciencia Desde la Constitucion de 1828 y hasta la Confederacion Peru Boliviana se mantienen sin mayores cambios los requisitos expuestos en 1823 y la edad de treinta anos de la del 26 Esto hasta la Constitucion de 1839 que eleva la edad a 40 anos La Constitucion de 1856 indica que Para ser Presidente se requiere ser peruano de nacimiento ciudadano en ejercicio y treinta y cinco anos de edad y diez de domicilio en la Republica lo que se mantendra practicamente sin cambio hasta la actualidad A partir de 1979 se elimina el requisito de haber residido los ultimos diez anos en el pais Constitucion de 1993 Editar Un presidente debe ser peruano de nacimiento no pueden acceder al cargo los que son peruanos por naturalizacion Debe tener mas de treinta y cinco anos de edad al momento en que postula y encontrarse en completo ejercicio de sus derechos civiles es decir no debe pesar sobre el ninguna sancion penal ni declaracion civil de incapacidad lo que incluye el derecho de sufragio No pueden ser candidatos a la presidencia si no han dejado el cargo seis meses antes de la eleccion Los ministros y viceministros de Estado el Contralor General Los miembros del Tribunal Constitucional del Consejo Nacional de la Magistratura del Poder Judicial del Ministerio Publico del Jurado Nacional de Elecciones ni el Defensor del Pueblo El presidente del Banco Central de Reserva el Superintendente de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y el Superintendente Nacional de Administracion Tributaria Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional en actividad Los demas casos que la Constitucion preve Segun la Ley Organica de elecciones no pueden postular a la Presidencia o Vicepresidencias de la Republica Los ministros y viceministros de Estado el Contralor General de la Republica y las autoridades regionales si no han renunciado por lo menos seis meses antes de la eleccion Los miembros del Tribunal Constitucional del Consejo Nacional de la Magistratura del Poder Judicial del Ministerio Publico de los organismos integrantes del Sistema Electoral y el Defensor del Pueblo si no han dejado el cargo 6 seis meses antes de la eleccion El presidente del Banco Central de Reserva el Superintendente de Banca y Seguros el Superintendente de Administracion Tributaria el Superintendente Nacional de Aduanas y el Superintendente de Administradoras de Fondos Privados de Pensiones si no han renunciado por lo menos seis meses antes de la eleccion Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional que no han pasado a la situacion de retiro por lo menos seis meses antes de la eleccion El conyuge y los parientes consanguineos dentro del cuarto grado y los afines dentro del segundo del que ejerce la Presidencia o la ha ejercido en el ano precedente a la eleccion Eleccion EditarArticulo principal Elecciones en Peru Historia Editar La Constitucion Politica de 1823 establecia que era atribucion del Congreso elegir al presidente y Vicepresidente de la Republica cuyos miembros eran elegido por Colegios Electorales parroquiales sistema similar al que todavia conservan los Estados Unidos de America La Constitucion de 1828 establecia en el inciso 14 de su articulo cuadragesimo octavo que era atribucion del Congreso Proclamar la eleccion de Presidente y Vicepresidente de la Republica hecha por los Colegios Electorales o hacerlas cuando no resulten elegidos segun la ley lo que permanecera casi sin cambios hasta 1931 Sin embargo en 1896 Nicolas de Pierola cuando se paso de una Democracia nominal a una Democracia censataria utilizandose como base para el proceso de sufragio los censos o padrones de contribuyentes eliminandose los principales vicios del proceso pero manteniendo el sistema de Colegio Electorales La Constitucion de 1920 incorpora lo que se mantendra hasta 1979 que Solamente en caso de muerte o dimision del Presidente de la Republica el Congreso elegira dentro de los 30 dias al ciudadano que deba completar el periodo presidencial Para entender el sistema que se utilizaba es muy util y significativo el siguiente pasaje de la Constitucion de 1828 que se repite en muchas de las siguientes Art 69º La eleccion de Presidente de la Republica se hara por los Colegios Electorales en el tiempo y forma que prescriba la ley la que debera ser conforme a la base siguiente Cada Colegio Electoral de Provincia elegira por mayoria absoluta de votos dos ciudadanos de los que uno por lo menos no sea natural ni vecino del departamento remitiendo testimonio de la acta de la eleccion al Consejo de Estado por el conducto de su Secretario Art 70º El Congreso hara la apertura de las actas su calificacion y escrutinio Art 71º El que reuniere la mayoria absoluta de votos del total de electores de los Colegios de Provincia sera el Presidente Art 72º Si dos o mas individuos obtuvieren dicha mayoria sera Presidente el que reuna mas votos Si obtuvieren igual numero el Congreso elegira a pluralidad absoluta uno de ellos Art 73º Cuando ninguno reuna la mayoria absoluta el Congreso elegira Presidente entre los tres que hubieren obtenido mayor numero de votos Art 74º Si mas de dos obtuvieren mayoria relativa con igual numero de votos el Congreso elegira entre todos ellos Art 75º Si en la votacion que en los casos precedentes se haga por el Congreso resultare empate se repetira entre los que le hayan obtenido Si resultare nuevo empate lo decidira la suerte Art 76º La eleccion de Presidente en estos casos debe quedar concluida en una sola sesion hallandose presentes lo menos dos tercios del total de los miembros de cada Camara David Samanez Reorganizo el sistema electoral En 1931 la junta presidida por David Samanez logro establecer un poder electoral autonomo el Jurado Nacional de Elecciones la representacion de las minorias el sufragio directo secreto y obligatorio y la organizacion cientifica del registro electoral Lo que se constituyo en la base del sistema por el que hoy se elige a los presidentes La Constitucion de 1933 ademas de incorporar los avances hechos por Samanez exigia obtener como minimo un tercio de los votos Para ser proclamado Presidente de la Republica por el Jurado Nacional de Elecciones se requiere haber obtenido la mayoria de sufragios siempre que esta mayoria no sea menor de la tercera parte de los votos validos Sin ninguno de los candidatos obtiene la mayoria requerida el Jurado Nacional de Elecciones dara cuenta al Congreso del resultado de escrutinio En este caso el Congreso elegira Presidente de la Republica entre los tres candidatos que hubieren obtenido mayor numero de votos validos En 1951 Odria impone el voto femenino con lo que se pasa a una democracia mixta alfabeta En 1962 el gobierno institucional de las Fuerzas Armadas implanto la cedula unica de votacion La Constitucion de 1979 exige en cambio 50 por ciento de los votos mas uno para el ganador con el fin de brindarle respaldo al nuevo gobierno Se incorpora ademas la figura de la segunda vuelta electoral si ninguno de los candidatos alcanza el porcentaje necesario los dos candidatos con mayor votacion van a un segundo proceso para dirimir de entre ellos al presidente En 1980 se realizan las primeras elecciones universales al incluir a los analfabetos de la historia peruana Constitucion de 1993 Editar El presidente de la Republica es elegido por los ciudadanos mediante sufragio universal de entre la misma ciudadania debiendo cumplir los candidatos con determinados requisitos Los vicepresidentes son elegidos conjuntamente con el Normalmente el proceso electoral se inicia con la convocatoria a elecciones por parte del presidente en funciones el ano en que debe terminar su mandato Hecha la convocatoria el Sistema Electoral se encarga de dirigir los comicios como todos los eventos de este tipo en la Republica Los partidos politicos van presentando sus candidatos a la presidencia y vicepresidencias ante el Jurado Electoral Especial en las fechas establecidas por las autoridades electorales en el cronograma Las elecciones son realizadas por sufragio directo Gana las elecciones el candidato que obtiene mas de la mitad de los votos validamente emitidos las cedulas viciadas y en blanco no son computadas En el caso que ningun candidato obtenga la mayoria requerida se procedera a una segunda eleccion llamada segunda vuelta que debera tener lugar 30 dias despues de la proclamacion de los resultados oficiales de la primera vuelta En esta eleccion solo participan los dos candidatos que obtuvieron mayor cantidad de votos Le corresponde a la Oficina Nacional de Procesos Electorales ONPE brindar las cifras oficiales correspondientes a los comicios y al Jurado Nacional de Elecciones proclamar al presidente electo El presidente es elegido por sufragio directo debiendo obtener mas del 50 de los votos validamente emitidos para ser elegido Debe tener como minimo 35 anos de edad La eleccion presidencial es por un termino de cinco anos En la misma eleccion se eligen dos vicepresidentes quienes reemplazaran al presidente cuando este tenga que ausentarse del pais La orden de sucesion corresponde en primer lugar al Primer Vicepresidente Cada candidato presidencial se presenta acompanado de quienes serian sus vicepresidentes En ese sentido al ser elegido los vicepresidentes son quienes lo acompanaron no existe acceso de la minoria a la vicepresidencia Duracion del mandato y posibilidad de reeleccion EditarHistoria Editar La primera Constitucion Politica del Peru de 1823 dice expresamente El ejercicio del Poder Ejecutivo nunca puede ser vitalicio y mucho menos hereditario Dura el oficio de Presidente cuatro anos y no podra recaer en el mismo individuo sino pasados otros cuatro En la Constitucion de 1828 tras la destitucion de Bolivar vuelve a lo expresado en la primera carta magna pero permite una sola reeleccion inmediata aspecto que sera revertido en 1834 que vuelve integramente a los preceptos de 1823 La Constitucion de 1839 tras la Restauracion vuelve a lo expresado por la primera constitucion pero eleva el periodo presidencial a 5 anos lo que sera revertido por la Constituciones de 1856 y 1860 que vuelven por completo al primer texto constitucional con mandatos de cuatro anos e imposibilidad de reeleccion inmediata y que regiran hasta 1920 La Constitucion de 1867 que no rigio por mas de un ano elevaba el periodo a cinco anos La Constitucion de 1920 proclamada por Augusto B Leguia dictaminaba que El Presidente durara en su cargo cinco anos y no podra ser reelecto sino despues de un periodo igual de tiempo Sin embargo Leguia se encargo de dar los golpes necesarios contra esta misma constitucion y el marco legal para perpetuarse en el poder lo que resulto en la Patria Nueva y en una larga dictadura denominada como el oncenio La Constitucion Politica del Peru de 1933 norma que El periodo Presidencial dura cinco anos y comienza el 28 de julio del ano en que se realiza la eleccion aunque el elegido no hubiese asumido sus funciones en aquella fecha Ademas esta constitucion reaccionaria contra el Oncenio de Leguia ordena que No hay reeleccion presidencial inmediata Esta prohibicion no puede ser reformada ni derogada El autor o autores de la proposicion reformatoria o derogatoria y los que la apoyen directa o indirectamente cesaran de hecho en el desempeno de sus respectivos cargos y quedaran permanentemente inhabilitados para el ejercicio de toda funcion publica El mandato fue ampliado a seis anos durante el gobierno del general oscar R Benavides Finalmente la Constitucion de 1979 decreta el mandato en 5 anos sin posibilidad de reeleccion inmediata lo que es tambien la norma que se tiene en la actualidad Constitucion de 1993 Editar El texto constitucional original de 1993 a diferencia de la carta anterior decia El mandato presidencial es de cinco anos El Presidente puede ser reelegido de inmediato para un periodo adicional Transcurrido otro periodo constitucional como minimo el expresidente puede volver a postular sujeto a las mismas condiciones 7 En 1996 el Congreso de mayoria oficialista emitio una ley que permitia a Alberto Fujimori pudiera ser reelegido por segunda vez re reeleccion Asi lo disponia la llamada Ley de Interpretacion Autentica Ley No 26657 Articulo unico Interpretase de modo autentico que la reeleccion a que se refiere el Articulo 112o de la Constitucion esta referida y condicionada a los mandatos presidenciales iniciados con posterioridad a la fecha de promulgacion del referido texto constitucional En consecuencia interpretase autenticamente que en el computo no se tiene en cuenta retroactivamente los periodos presidenciales iniciados antes de la vigencia de la Constitucion La presente norma se ampara en el Articulo 102o y en la Octava Disposicion Final y Transitoria de la Constitucion 8 Contra esta norma se interpuso una accion de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional En la sentencia respectiva el Tribunal declaro inaplicable para el caso de Fujimori los alcances de esta ley 8 Pese a ello en el ano 2000 el presidente fue reelecto nuevamente En noviembre del 2000 tras la caida del regimen fujimorista el Congreso modifica el articulo 112º mediante una Reforma Constitucional indicando ahora que El mandato presidencial es de cinco anos no hay reeleccion inmediata Transcurrido otro periodo constitucional como minimo el expresidente puede volver a postular sujeto a las mismas condiciones Reemplazo temporal o permanente EditarArticulo principal Linea de sucesion presidencial del Peru Historia Editar La Primera Constitucion 1823 decia Articulo 76º Habra un Vicepresidente en quien concurran las mismas calidades Administrara el Poder Ejecutivo por muerte renuncia destitucion del Presidente o cuando llegare el caso de mandar personalmente la fuerza armada Articulo 77º En defecto del Vicepresidente administrara el Poder Ejecutivo el Presidente del Senado hasta la eleccion ordinaria de nuevo Presidente La Constitucion de 1828 vuelve al sistema de sucesion legal del primer texto constitucional peruano El Texto Constitucional de 1834 por el contrario elimina la figura del vicepresidente Art 81º Cuando vacare la Presidencia de la Republica por muerte renuncia o perpetua imposibilidad fisica se encargara provisionalmente del Poder ejecutivo el Presidente del Consejo de Estado quien en estos casos y en el de destitucion legal convocara a los Colegios Electorales dentro de los primeros diez dias de su Gobierno para la eleccion de Presidente Art 82º Si concluido el periodo constitucional no se hubiere hecho la eleccion por algun accidente o verificada ella el electo estuviere fuera de la capital el Presidente del Consejo de Estado se encargara del Poder Ejecutivo mientras se practica la eleccion o llega el electo Art 83º El ejercicio de la presidencia se suspende por mandar en persona el Presidente de la fuerza publica por enfermedad temporal y por ausentarse a mas de ocho leguas de la capital de la Republica En cualquiera de esos casos le subrogara el Presidente del Consejo de Estado La Carta Magna de Huancayo 1839 vuelve a lo expresado en la de 1834 pero agrega avalando en la practica los golpes de Estado que Si en alguno de los casos antedichos faltare el Presidente del Consejo se encargara del Supremo Poder Ejecutivo el que lo haya subrogado accidentalmente en la presidencia La Constitucion de 1856 de tendencia liberal expresaba que Art 83º La Presidencia de la Republica vaca de hecho 1º Por muerte 2º Por celebrar cualquier pacto contra la independencia o integridad nacional 3º Por atentar contra la forma de Gobierno 4º Por impedir la reunion del Congreso suspender sus sesiones o disolverlo Vaca de derecho 1º Por admision de su renuncia 2º Por incapacidad moral o fisica 3º Por destitucion legal 4º Por haber terminado su periodo Art 84º Habra un Vicepresidente de la Republica elegido al mismo tiempo con las mismas calidades y para el mismo periodo que el Presidente destinado a suplir por el en los casos designados en los articulos 83º y 88º Art 85º En los casos que designa el articulo 83º excepto el ultimo el Vicepresidente concluira el periodo comenzado en los casos del articulo 88º solo suplira por el tiempo en que falte el Presidente Art 86º Si faltase a la vez el Presidente y Vicepresidente se encargara de la Presidencia el Consejo de Ministros quien ejercera el cargo mientras el llamado por la ley se halle expedito en el caso de vacante expedira dentro de los primeros tres dias las ordenes necesarias para la eleccion de Presidente y Vicepresidente y convocara al Congreso para los efectos de los articulos 76º y siguientes Art 87º El Vicepresidente de la Republica y los Ministros de Estado no podran ser candidatos para la Presidencia de la Republica en las elecciones que se practiquen mientras ellos ejerzan el mando supremo Art 88º El ejercicio de la Presidencia se suspende por mandar en persona el Presidente la fuerza publica y por enfermedad temporal La Constitucion de 1860 crea la figura de un segundo vicepresidente y da por hecho que este siempre se encontrara apto para ejercer funciones y anade la suspension del mandato por hallarse el presidente sometido a juicio por los casos que la misma carta preve La efimera Carta de 1867 elimino a los vicepresidente y establecio que en cualquier caso el presidente de la Republica era reemplazado por el presidente del Consejo de Ministros La Constitucion de 1920 establecio que el sucesor para completar el periodo debia ser elegido por el Congreso lo que perduraria hasta 1979 que Art 116º Solamente en caso de muerte o dimision del Presidente de la Republica el Congreso elegira dentro de los 30 dias al ciudadano que deba completar el periodo presidencial gobernado entre tanto el Consejo de Ministros Art 117º El Congreso elegira igualmente al ciudadano que deba completar el periodo presidencial en los casos de vacancia fijados en el articulo 115º El Consejo de Ministros gobernara interinamente cuando el impedimento sea temporal segun el articulo 118º La Constitucion de 1933 mantenia lo anterior y agregaba que La eleccion de Presidente de la Republica por el Congreso se hara por voto secreto en sesion permanente y continua Sera proclamado el que obtenga la mayoria absoluta de votos La Constitucion de 1979 llega practicamente a las actuales causas de vacancia y suspension temporal y delinea la actual sucesion legal Presidente 1º vicepresidente 2º vicepresidente Presidente del Senado Constitucion de 1993 Editar Sucesion legal Editar La actual sucesion legal de la presidencia de la Republica se da en caso de impedimento temporal o permanente Presidente Constitucional de la Republica Jose Pedro Castillo Terrones Primera Vicepresidenta de la Republica Dina Boluarte Segundo Vicepresidente de la Republica No nombrado Presidenta del Congreso de la Republica Maria del Carmen Alva PrietoEl primer y segundo vicepresidentes son elegidos junto al Presidente de la Republica Ausencia Editar Cuando el presidente sale del territorio nacional debidamente autorizado por el Congreso el Despacho Presidencial es ejercido por el Primer Vicepresidente o en su defecto por el Segundo Vicepresidente Suspension Editar El presidente puede ser suspendido de su cargo por el parlamento Las unicas causales para ello son Incapacidad temporal del presidente declarada por el Congreso Estar sometido a un proceso judicial por la supuesta comision de una infraccion constitucional Durante esta suspension el cargo es asumido por el Primer Vicepresidente o quien corresponda de acuerdo a la linea de sucesion hasta el retorno del mandatario Vacancia Editar El cargo presidencial puede ser extraordinaria y constitucionalmente concluido antes de los cinco anos mediante la declaracion de la vacancia del cargo por el Congreso de la Republica Son causales de la declaracion de la vacancia presidencial Fallecimiento Incapacidad fisica permanente determinado por el Congreso Incapacidad moral determinado por el Congreso Salida del territorio nacional sin autorizacion del Congreso de la Republica No regresar al territorio nacional en el plazo fijado por el Congreso de la Republica cuando autorizo su salida Destitucion por infraccion constitucional Para el supuesto de destitucion por infraccion constitucional el presidente solo puede ser acusado durante su mandato por Traicion a la patria Impedir las elecciones presidenciales parlamentarias regionales o municipales Disolver el Congreso salvo en el supuesto que este haya censurado o negado su confianza a dos Consejos de Ministros Impedir la reunion o el funcionamiento del Congreso o algun organo del Sistema ElectoralLuego de ser acusado el presidente debe ser sometido a un proceso judicial donde se determinara si cometio el hecho que infringe la posibilidad y la responsabilidad que le corresponde En estos casos tambien se sigue el orden de sucesion legal vigente Ceremonias protocolares EditarMensaje a la Nacion cambio de mando y juramentacion Editar El Presidente de la Republica Pedro Pablo Kuczynski y el ministro de Defensa Mariano Gonzalez Fernandez encabezaron la Gran Parada Militar y Desfile Civico por el 195º Aniversario de la Proclamacion de la Independencia del Peru Se consideran actos oficiales dentro del Aniversario de la Independencia Nacional la Misa y Te Deum la Sesion Solemne del Congreso el Saludo al presidente y la Parada y Desfile Militar Tras el proceso de eleccion el Jurado Nacional de Elecciones proclama al presidente electo En casos de sucesion legal el Congreso proclama al presidente Tras esto el presidente debe asumir funciones al juramentar el cargo ante el Pleno del Congreso de la Republica el 28 de julio del ano que corresponda a las elecciones presidenciales en conmemoracion a la fecha de la Proclamacion de la Independencia que hizo Jose de San Martin en 1821 En realidad siempre se ha celebrado el 28 de julio como el Dia de la Independencia y la fiesta nacional pero es recien en 1945 en la juramentacion del presidente Jose Luis Bustamante y Rivero que empieza la tradicion de hacer el cambio de mando ese mismo dia Con anterioridad a esa fecha el 28 de julio el presidente brindaba un discurso a la nacion ante el Congreso que era publicado en El Comercio o El Peruano ese dia pero no se hacian los cambios de mando Antes de 1945 y pese a la gran cantidad de golpes de Estado hubo algunas fechas recurrentes para los cambios de mando 20 de abril desde 1845 25 24 de octubre desde 1858 2 de agosto desde 1868 10 de agosto desde 1890 8 de septiembre desde 1895 24 de septiembre desde 1904 18 de agosto desde 1914 12 de octubre desde 1919 8 de diciembre desde 1931 La Constitucion de 1933 expresaba El periodo Presidencial comienza el 28 de julio del ano en que se realiza la eleccion aunque el elegido no hubiese asumido sus funciones en aquella fecha La Constitucion actual ordena que El Presidente de la Republica presta juramento de ley y asume el cargo ante el Congreso el 28 de julio del ano en que se realiza la eleccion Articulo 116º Constitucion Politica del Peru El presidente del Congreso Daniel Abugattas impone la banda presidencial de Peru a Ollanta Humala La ceremonia de traspaso de poderes en el congreso incluye un Mensaje a la Nacion ante el Congreso del presidente saliente quien rindiendo cuentas y haciendo una semblanza de los logros de su gestion Luego el presidente agradece y entrega la banda presidencial al presidente del Congreso quien la ostentara por una hora Tras la llegada del presidente Electo este presta juramento ante el presidente del Congreso quien le hace entrega de la banda Despues lee su primer mensaje a la Nacion ante el Congreso Cuando no se trata de un cambio de mando el presidente en funciones tambien acude anualmente en esa fecha para informar a la representacion nacional y la opinion publica sobre la situacion general de la Republica Corresponde al Presidente de la Republica Dirigir mensajes al Congreso en cualquier epoca y obligatoriamente en forma personal y por escrito al instalarse la primera legislatura ordinaria anual Los mensajes anuales contienen la exposicion detallada de la situacion de la Republica y las mejoras y reformas que el Presidente juzgue necesarias y convenientes para su consideracion por el Congreso Los mensajes del Presidente de la Republica salvo el primero de ellos son aprobados por el Consejo de Ministros Inciso 7 Articulo 118º Constitucion Politica del Peru En julio de 2001 el presidente Alejandro Toledo a pocas horas de haber juramentado en Lima asumio simbolicamente el cargo en Machu Picchu En marzo de 2018 juramento en Lima el presidente Martin Vizcarra tras la renuncia de su predecesor Pedro Pablo Kuczynski a la presidencia y brindo un corto mensaje a la Nacion tras su asuncion como presidente En julio de 2021 el presidente Pedro Castillo a pocas horas de haber asumido el cargo en Lima asumio simbolicamente el cargo en la Pampa de la Quinua santuario historico donde en 1824 se sello la independencia tras la Batalla de Ayacucho Formula de juramento Editar Pergamino de juramentacion del presidente Andres Avelino Caceres ante el Congreso de la Republica 1894 Es la Constitucion de 1828 la primera que registra en el articulo 87º la formula de juramentacion que el presidente del Peru debe prestar ante el Congreso al asumir funciones El Presidente y Vicepresidente para ejercer su cargo se presentaran al Congreso a prestar el juramento siguiente Yo N N juro por Dios y estos Santos Evangelios que ejercere fielmente el cargo de Presidente o Vicepresidente que me ha confiado la Republica que protegere la Religion del Estado conservare la integridad e Independencia de la Nacion y guardare y hare guardar exactamente su Constitucion y leyes La Constitucion de 1839 en su articulo 86º inaugura la formula que sera usada hasta hoy con la eliminacion de la referencia a resguardar la religion catolica y los rasgos personales que le brinda cada presidente En agosto de 1853 es sancionado el Reglamento Interior de las Camaras Legislativas que senalaba en el articulo 3º del Capitulo XII que el presidente jurara ante el Congreso de la Republica segun el mentado articulo de la Constitucion que decia El Presidente para ejercer su cargo prestara ante el Congreso el juramento siguiente Yo N N Juro por Dios y estos Santos Evangelios que ejercere fielmente el cargo de Presidente que me ha confiado la Republica que protegere la Religion del Estado conservare la integridad independencia y unidad de la Nacion guardare y hare guardar su Constitucion y leyes Es tradicion en el Congreso peruano que la prestacion del juramento de ley para la toma de funciones del cargo de presidente de la Republica tenga como constancia de la realizacion de dicho acto la suscripcion de un pergamino que contenga escrito el nombre del mandatario jurante la formula de juramentacion y la fecha en que se celebra la transmision del mando presidencial De estos pergaminos de juramentacion el mas antiguo que se conserva en el Archivo General del Congreso es el perteneciente a Andres Avelino Caceres que suscribio para ejercer su segundo mandato el 10 de agosto de 1894 y que tenia previsto culminar en la misma fecha de 1898 El juramento prestado por el presidente Ollanta Humala fue el siguiente 9 Juro por la Patria que ejercere fielmente el cargo de Presidente de la Republica que me ha confiado la Nacion por el periodo presidencial 2011 2016 que defendere la soberania nacional el orden constitucional y la integridad fisica y moral de la Republica y sus instituciones democraticas honrando el espiritu los principios y los valores de la Constitucion de 1979 que reconocere y respetare la libertad de culto y de expresion y luchare incansablemente por lograr la inclusion social de todos los peruanos especialmente de los mas pobres El juramento prestado por el presidente Pedro Pablo Kuczynski fue el siguiente Yo Pedro Pablo Kuczynski Godard juro por Dios por la Patria y por todos los peruanos que ejercere fielmente el cargo de Presidente de la Republica que me ha confiado la Nacion para el periodo presidencial 2016 2021 que defendere la soberania nacional y la integridad fisica y moral de la Republica que cumplire y hare cumplir la Constitucion Politica y las leyes del Peru y que reconocere respetando la libertad de culto la importancia de la Iglesia catolica en la formacion cultural y moral de los peruanos El juramento prestado por el presidente Martin Vizcarra fue el siguiente Yo Martin Alberto Vizcarra Cornejo juro por Dios y por la Patria que ejercere fielmente el cargo de Presidente de la Republica que asumo de acuerdo con la Constitucion Politica del Peru que defendere la soberania nacional la integridad fisica y moral de la Republica y la independencia de sus instituciones democraticas y que cumplire y hare cumplir la Constitucion Politica y las leyes del Peru El juramento prestado por el presidente Francisco Sagasti fue el siguiente Yo Francisco Sagasti Hochhausler juro por la Patria y por todos los peruanos que ejercere fielmente el cargo de Presidente de la Republica para completar el periodo constitucional 2016 2021 que defendere la soberania nacional y la integridad fisica y moral de la Republica que cumplire y hare cumplir la Constitucion Politica y las leyes del Peru y que reconocere respetando la libertad de culto la importancia de la Iglesia Catolica en la formacion cultural y moral de los peruanos El juramento prestado por el presidente Pedro Castillo fue el siguiente 10 Yo Jose Pedro Castillo Terrones juro por Dios por mi familia por mis hermanas y hermanos peruanos campesinos pueblos originarios ronderos pescadores docentes profesionales ninos jovenes y mujeres que ejercere el cargo de presidente de la Republica en el periodo constitucional 2021 2026 Juro por los pueblos del Peru por un pais sin corrupcion y por una nueva Constitucion Ceremonias conexas Editar Inmediatamente despues de la ceremonia de Juramentacion del Presidente el presidente juramenta a su primer Primer Ministro y primer Consejo de Ministros Esta ceremonia y las de relevo durante el mandato se realizan normalmente en el Salon Dorado de la Casa de Pizarro Es asimismo tradicional cada 28 de julio el Besamanos al presidente que tambien se realiza en el Salon Dorado de Palacio de Gobierno Tiene sus origenes en la tradicion religiosa de hacer el gesto de besar los pies del Papa que es impedido por este para ser reemplazado por el beso al anillo del pescador Durante el Virreinato cuando se presentaba un nuevo Virrey ante las autoridades locales este mostraba el anillo de autoridad que era besado tal como ocurria con los Papas En la actualidad el ceremonial es un laico apreton de manos de parte de ministros congresistas y diplomaticos acreditados como senal de renovacion de lealtad para un nuevo ano de gobierno Otras ceremonias oficiales Editar Ademas de las ceremonias del aniversario de la independencia se consideran ceremonias oficiales segun el segundo articulo del Decreto Supremo N 096 2005 RE Saludo al presidente de la Republica con motivo del Ano Nuevo Renovacion del Juramento de Fidelidad a la Bandera Festividad de la Patrona de las Armas del Peru y dia de las Fuerzas Armadas Marcha de banderas Editar La Marcha de banderas es una marcha militar que es interpretada y entonada en muchas ceremonias oficiales incluyendo la entrada y salida del presidente de la Republica en recintos oficiales 11 12 Simbolos Editar El ex presidente Ollanta Humala con distintos simbolos presidenciales la banda la placa y el baston de mando Insignias Editar Banda presidencial Editar Esta seccion es un extracto de Banda presidencial de Peru editar Banda presidencial de Sanchez Cerro La banda presidencial de Peru es junto al Gran collar de brillantes la Placa presidencial y el Baston de mando uno de los distintivos que ostenta el Presidente del Peru por ser quien constitucionalmente personifica a la Nacion 13 14 y la insignia de mando supremo que ha sido usada desde los inicios de la Republica por los mandatarios Gran collar de brillantes Editar Ha sido llevado por los presidentes como el simbolo de la maxima autoridad del pais Esta compuesto de oro e incrustado de brillantes Lleva en el centro una medalla que contiene el Escudo de Armas del Peru Son memorables las fotografias y cuadros de los presidentes Oscar R Benavides Larrea Manuel Prado y Ugarteche y Jose Luis Bustamante y Rivero usando la banda presidencial el gran collar y otras insignias Su uso desaparecio a partir de la asuncion al poder del arquitecto Fernando Belaunde Terry Recientemente su uso fue vuelto a la vida por Alan Garcia Perez en el marco de la V Cumbre America Latina el Caribe y la Union Europea 15 realizada precisamente en Lima en mayo de 2008 Placa Editar El presidente de la Republica adicionalmente cuando preside ceremonias militares lleva una placa en el bolsillo superior izquierdo del saco a manera de solapero con las insignias del mando militar que lo reconoce como Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas Es heredera de los distintivos y honores militares que llevaban los presidentes pertenecientes a la Fuerza Armada tantos en la historia del pais Es de color blanca tiene 5 soles dorados y el escudo de armas de la Republica del Peru Baston de mando Editar Tiene en su origen en la costumbre espanola de simbolizar el poder principalmente en los caso de los regidores corregidores e intendentes con un baston La costumbre fue introducida en el siglo XVIII en los Andes tras la rebelion de Jose Gabriel Tupac Amaru y Tupac Katari en 1780 1781 para representar la dignidad de alcalde de indios alcalde vara o varayoc el que porta la vara en quechua A diferencia de Argentina el uso de un baston que simbolice el poder y el cargo de presidente simbolicamente el varayoc no ha sido comun en la historia de la presidencia peruana e innumerables veces ha sido reemplazada por el sable o la espada de los presidentes militares Solo un punado de casos son destacables Mariano Ignacio Prado Jose Balta y Augusto B Leguia lo usaron en cuadros y fotografias presidenciales Recientemente Alejandro Toledo hizo uso del baston en su asuncion simbolica al cargo en el Cusco y tambien en otras pocas ocasiones Su mas reciente uso corresponde al 29 de julio de 2008 fecha del tradicional desfile militar cuando Alan Garcia llevo un pequeno baston presidencial el mismo utilizado por Ollanta Humala en el desfile militar del 29 de julio de 2011 Tratamiento Editar El tratamiento oficial hacia el presidente de la Republica del Peru es Si el mandatario es un hombre Excelentisimo Senor Presidente nombre del presidente Si la mandataria es una mujer Excelentisima Senora Presidenta nombre de la presidenta Este caso aun no ha sucedido ya que hasta la fecha el pais no ha sido gobernado por una mujer Si el mandatario se encontrara en el extranjero el tratamiento cambiaria al de Excelentisimo Senor nombre del presidente presidente de la Republica del Peru Palacio de Gobierno del Peru Editar Esta seccion es un extracto de Palacio de Gobierno del Peru editar El Palacio de Gobierno del Peru llamado tambien Casa de Gobierno denominacion con la que se fechan los documentos oficiales o Casa de Pizarro 16 es la sede principal del poder ejecutivo peruano y la residencia oficial del Presidente del Peru Desde el 28 de julio de 2021 esta proyectado para ser tambien un museo y residencia cultural abierto al publico 17 Comprende un area construida de 19 208 m 18 Se encuentra ubicado en la Plaza Mayor del Centro historico de Lima en la ribera izquierda del rio Rimac En el mismo emplazamiento han existido diferentes edificios que han cumplido con la misma funcion durante cerca de cinco siglos desde que fuera ocupado en 1535 por el gobernador Francisco Pizarro Antes habria sido la residencia del curaca Taulichusco 19 20 delegado del gobierno inca en el Valle del Rimac Durante la epoca del virreinato fue conocido como Palacio del Virrey o Palacio Virreinal y fue la residencia de los 40 virreyes del Peru Posteriormente albergo a los libertadores Jose de San Martin y Simon Bolivar y a la mayoria de presidentes de la etapa republicana El edificio actual disenado por el arquitecto Ricardo de Jaxa Malachowski en 1926 fue inaugurado en 1938 durante la segunda presidencia de oscar R Benavides 21 La fachada es de estilo neobarroco de inspiracion francesa mientras que la fachada lateral que da a la calle Palacio y donde esta la puerta de entrada es de estilo neoplateresco En las instalaciones trabajan unas 200 personas El ala izquierda del edificio la que da a la calle Pescaderia o cuadra 1 del Jiron Carabaya fue ocupada hasta el segundo gobierno de Fernando Belaunde Terry por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Peru Actualmente en esa seccion se encuentra la sede de la Presidencia del Consejo de Ministros Guardia de Honor del Palacio de Gobierno Editar La escolta presidencial Regimiento de Caballeria Mariscal Domingo Nieto durante la ceremonia del cambio de guardia Esta seccion es un extracto de Historia de la Guardia del Palacio de Gobierno del Peru Historia editar La guardia de honor y de seguridad del palacio ha recaido sucesivamente en los siguientes Cuerpos Militares y Policiales Cuerpos del Ejercito alternando con la Guardia Civil y la Gendarmeria Nacional del Peru siglo XIX Batallon de Gendarmes de Infanteria Guardia Republicana del Peru N º 1 23ª Comandancia de la Guardia Civil del Peru Batallon de Ametralladoras de Palacio 22ª Comandancia de la Guardia Civil del Peru Tropas de Asalto Resguardo Presidencial Regimiento de Caballeria Glorioso Husares de Junin N º 1 Libertador del Peru Regimiento de Caballeria Mariscal Domingo Nieto Escolta del Presidente de la Republica A partir del 2 de febrero del 2012 se reactivo el Regimiento de Caballeria Mariscal Domingo Nieto Escolta del Presidente de la Republica la cual tiene como mision principal garantizar la seguridad del presidente de la Republica y del Palacio de Gobierno Expresidentes Editar Gobernantes del Peru independiente desde Jose de San Martin hasta Nicolas de Pierola representados sarcasticamente como la pintura cristiana de La ultima cena La dignidad de expresidente de la Republica fue reconocida en la Constitucion para la Republica del Peru de 1979 la cual determinaba son Senadores vitalicios los expresidentes Constitucionales de la Republica a quienes no se considera para los efectos del Art 169 quorum para la instalacion del Congreso En virtud de tal articulo constitucional han sido senadores vitalicios Jose Luis Bustamante y Rivero hasta su muerte Fernando Belaunde Terry hasta la crisis constitucional de 1992 y Alan Garcia Perez hasta la crisis constitucional de 1992 En la actualidad los expresidentes constitucionales reciben una pension vitalicia equivalente al sueldo de un congresista que se suspende cuando vuelven a ejercer algun cargo publico o cuando el Congreso les formulan una acusacion constitucional esta ultima suspension puede ser levantada unicamente si el Poder Judicial concluye que el ex funcionario es inocente Una vez que mueren esta se transfiere a su conyuge sobreviviente y o a su hijo menor de edad 22 En 2006 Morales Bermudez Paniagua Corazao y Alejandro Toledo Manrique en su condicion de expresidentes participaron invitados al Acuerdo Nacional foro de dialogo de las agrupaciones politicas y las instituciones de la sociedad peruana Ollanta Humala pese a la invitacion no asistio 23 Dos casos son particulares debido a cierta similitud 24 Augusto B Leguia en su tercer mandato en el periodo del oncenio fue depuesto por el golpe de estado de 1930 suceso tras el cual fue impedido de salir del pais y encarcelado por estar acusado de delitos de enriquecimiento ilicito cometidos durante su gobierno 24 las precarias condiciones de su encarcelamiento propiciarion el requebrajamiento de su salud muy grave fue trasladado al Hospital Naval del Callao donde fallecio 25 Alberto Fujimori en su tercer mandato fue vacado del cargo por incapacidad moral despues de que fuera rechazada su renuncia desde el Japon tras un largo proceso de extradicion afronta en prision acusaciones por diversos cargos ha recibido cinco sentencias condenatorias la mas grave por crimenes de lesa humanidad 26 27 Expresidentes vivos Editar Francisco Morales Bermudez 1975 1980 4 de octubre de 1921 99 anos Alberto Fujimori 1990 2000 28 de julio de 1938 83 anos Alejandro Toledo 2001 2006 28 de marzo de 1946 75 anos Ollanta Humala 2011 2016 27 de junio de 1962 59 anos Pedro Pablo Kuczynski 2016 2018 3 de octubre de 1938 82 anos Martin Vizcarra 2018 2020 22 de marzo de 1963 58 anos Manuel Merino 2020 20 de agosto de 1961 60 anos Francisco Sagasti 2020 2021 10 de octubre de 1944 76 anos Primera dama EditarEsta seccion es un extracto de Primera dama del Peru editar Este articulo o seccion necesita referencias que aparezcan en una publicacion acreditada Este aviso fue puesto el 8 de septiembre de 2020 La primera dama del Peru es el titulo protocolar que se concede al conyuge del presidente de la Republica del Peru Cumple funciones de labor social y de protocolo al acompanar al Presidente La actual primera dama es Lilia Paredes esposa del presidente Pedro Castillo Este papel es ejercido tradicionalmente por la conyuge del Presidente Se empezo a usar el termino creado por los ingleses y estadounidenses de primera dama ya que cuando el Jefe del Ejecutivo era divorciado viudo o soltero o cuando la conyuge del Presidente no podia cumplir con el rol por alguna circunstancia la posicion fue ocupada por una familiar femenina del Presidente como lo hicieron Rosa Prado Garland hija de Manuel Prado Ugarteche y Keiko Fujimori hija de Alberto Fujimori Estadisticas EditarPrimer Presidente Jose de la Riva Aguero Presidente de la Republica 1823 Tiempo La persona que ha ocupado el poder durante mas tiempo es Augusto B Leguia 15 anos 1 mes y 21 dias Le siguen Ramon Castilla 11 anos y 8 meses y Manuel Prado Ugarteche 11 anos y 7 meses El mandato presidencial mas largo lo ejercio Augusto B Leguia con 10 anos 10 meses y 13 dias 1919 1930 conocido como el Oncenio seguido en duracion por el de Alberto Fujimori con 10 anos 3 meses y 24 dias 1990 2000 Fujimorato El periodo mas largo de gobiernos democraticos y sucesiones constitucionales ha sido de 20 anos 9 meses y 8 dias 1995 actualidad El segundo periodo mas largo fue de 18 anos 4 meses y 26 dias 1895 1914 periodo enmarcado en la llamada Republica Aristocratica 28 Partido El partido que durante mayor tiempo ha ocupado el poder ha sido el Partido Civil 20 anos 3 meses y 14 dias Le siguen el Movimiento Democratico Pradista 11 anos 8 meses y 10 dias y Accion Popular 10 anos 10 meses y 17 dias El partido en funcionamiento que durante mayor tiempo ha ocupado el poder democraticamente es Accion Popular 10 anos 10 meses y 17 dias los presidentes de este partido fueron Fernando Belaunde Terry Valentin Paniagua Corazao y Manuel Merino de Lama Le sigue el Partido Aprista Peruano con 10 anos Civiles militares y religiosos Hasta 1841 todos los presidentes fueron militares en actividad El primer presidente civil fue Manuel Menendez 1841 El primer presidente civil electo para tal cargo fue Manuel Pardo y Lavalle 1872 El ultimo presidente militar en actividad ha sido Francisco Morales Bermudez 1975 El expresidente Ollanta Humala asumio la presidencia en 2011 como militar en retiro a diferencia del expresidente Morales Bermudez El unico presidente religioso fue Francisco Mariano Holguin el 1 de Marzo de 1931 para presidir la Junta de Gobierno de esa fecha Juicios e investigaciones Tres expresidentes del Peru han sido juzgados y condenados tras finalizar su mandato Augusto B Leguia 1908 1912 1919 1930 Condenado por el autodenominado Tribunal de Sancion Nacional bajo el cargo de enriquecimiento ilicito en 1930 Fallecio tras un encierro de 14 meses en penosas condiciones en el Hospital Naval del Callao 24 Francisco Morales Bermudez 1975 1980 Un tribunal en Italia lo sentencio a cadena perpetua por la participacion de su gobierno de facto en el denominado Plan Condor orquestado junto a otros regimenes militares en otra epoca 29 Alberto Fujimori 1990 2000 Ha recibido cinco sentencias condenatorias entre ellas crimenes de lesa humanidad Tiene otros juicios en curso Fujimori se encuentra recluido en una base policial de la Direccion de Operaciones Especiales mismo lugar donde Ollanta Humala cumplio su detencion preventiva Actualmente cinco expresidentes afrontan juicios e investigaciones Ollanta Humala 2011 2016 Estuvo recluido preventivamente durante 18 meses Es acusado junto a su esposa Nadine Heredia de lavado de activos en detrimento del Estado y de asociacion ilicita para delinquir actos que ambos niegan actualmente se encuentran afrontando la investigacion en libertad condicional Alejandro Toledo 2001 2006 Tiene una orden de detencion y pedido de extradicion Actualmente esta detenido por las autoridades de Estados Unidos donde el exmandatario reside junto a su esposa Eliane Karp Se le acusa entre otras cosas de recibir un soborno millonario de la constructora brasilena Odebrecht y por comprar inmuebles con dinero ilicito cuando estaba en el poder a nombre de su suegra Toledo y Karp niegan las acusaciones de lavado de activos que pesan en su contra y niegan haber escapado de su pais Pedro Pablo Kuczynski 2016 2018 Investigado por el caso Odebrecht Fue detenido el 10 de abril del 2019 y enviado posteriormente a prision domiciliaria en mayo de ese mismo ano por presunto blanqueo de capitales relacionados con su gestion como Ministro de Economia y Primer Ministro del Gobierno de Alejandro Toledo Martin Vizcarra Cornejo 2018 2020 Investigado por la declaracion de un aspirante a colaborador eficaz en el caso Club de la construccion este manifesto que la empresa Obrainsa y su socia Astaldi le hicieron un pago ilicito de S 1 000 000 un millon de soles posteriormente tres colaboradores eficaces declararon pagos ilicitos de S 1 300 000 un millon trescientos mil soles realizados por funcionarios de la empresa ICCGSA a Vizcarra Se encuentra con impedimento de salida del pais por 18 meses Manuel Merino 2020 Se encuentra bajo investigacion preliminar por los presuntos delitos de abuso de autoridad homicidio doloso en agravio de Inti Sotelo Camargo y Jack Bryan Pintado Sanchez lesiones graves lesiones leves secuestros y desapariciones forzadas en agravio de personas a determinar en el contexto de violacion de derechos humanos durante las protestas en Peru de 2020 30 Las imputaciones contra el expresidente Alan Garcia fueron archivadas tras su muerte en medio de las pesquisas por el caso Odebrecht Sin embargo los presuntos actos de corrupcion ocurridos durante su mandato seguiran siendo investigados 31 Presidentes excongresistas Se desempenaron como congresistas antes de ser Presidentes El empresario Guillermo Billinghurst a los 44 anos elegido senador 1895 1899 y luego presidente del Peru El ingeniero Manuel Prado Ugarteche a los 30 anos elegido diputado 1919 1921 y luego dos veces presidente del Peru El arquitecto Fernando Belaunde Terry a los 32 anos elegido Diputado 1945 1948 y luego Presidente del Peru en dos gobiernos El abogado Alan Garcia Perez a los 31 anos elegido Diputado 1980 1985 y luego Presidente del Peru en dos ocasiones El abogado Valentin Paniagua Corazao a los 26 anos elegido Diputado 1963 1968 a los 43 anos elegido Diputado 1980 1985 a los 63 anos elegido Congresista 2000 y luego Presidente del Peru en un gobierno transitorio en su calidad de presidente del Congreso El empresario agricola Manuel Merino a los 40 anos elegido Congresista 2001 2006 a los 50 anos elegido Congresista 2011 2016 a los 59 anos elegido Congresista 2020 2021 y luego Presidente del Peru en un gobierno transitorio El ingeniero Francisco Sagasti a los 76 anos elegido Congresista por Lima 2020 2021 luego Presidente del Peru por sucesion constitucional al asumir el cargo de Presidente del Congreso tras la caida del gobierno de Manuel Merino Presidentes exalcaldes de Lima Manuel Pardo y Lavalle ocupo la alcaldia de la capital en el periodo 1869 1870 y fue presidente en 1872 1876 Manuel Candamo fue alcalde Metropolitano de Lima el periodo 1876 1877 y unos anos despues en 1895 presidente de la Junta Provisional de Gobierno y en 1903 1904 presidente Constitucional de la Republica Lizardo Montero fue burgomaestre de Lima en 1879 y luego presidente Provisorio durante la Guerra del Pacifico en el periodo 1881 1883 Guillermo Billinghurst fue alcalde en el periodo 1909 1912 y seguidamente presidente Constitucional de 1912 a 1914 Edad El mas joven en asumir funciones presidenciales fue Felipe Santiago Salaverry 28 anos 9 meses y 22 dias El presidente constitucional mas joven al asumir funciones es Alan Garcia Perez 36 anos 2 meses y 5 dias en su primer gobierno Le sigue Manuel Pardo y Lavalle 37 anos 11 meses y 23 dias El presidente con mayor edad al asumir funciones es Pedro Pablo Kuczynski 77 anos 9 meses y 25 dias Le sigue Francisco Sagasti Hochhausler 76 anos 1 mes y 7 dias Genero y estado civil Todos los Presidentes han sido hombres La primera candidata a presidente fue Dora Narrea de Castillo en 1990 La primera candidata en llegar a la segunda vuelta electoral o balotage ha sido Keiko Fujimori del partido Fuerza Popular e hija del expresidente Alberto Fujimori en el 2011 2016 y 2021 La gran mayoria de Presidentes estaban casados al momento de asumir sus funciones Siete Presidentes han estado casados por segunda vez Cinco a raiz de divorcios Manuel Prado Ugarteche Fernando Belaunde Terry Alan Garcia Alberto Fujimori y Pedro Pablo Kuczynski Y dos a raiz de viudez Augusto Leguia con Maria Isabel Olivera Mayo y Francisco Morales Bermudez con Alicia Saffer Michaelsen a fines de 1999 cita requerida Un presidente se separo de su esposa durante su mandato Alberto Fujimori de Susana Higuchi Fallecimiento en funciones Los presidentes que han muerto en funciones han sido Felipe Santiago Salaverry en 1836 ejecutado Agustin Gamarra en 1841 caido en batalla Miguel de San Roman en 1863 enfermedad Jose Balta en 1872 asesinado Remigio Morales Bermudez en 1894 enfermedad Manuel Candamo en 1904 enfermedad Luis Miguel Sanchez Cerro en 1933 asesinado Renuncia al cargo de presidente Han renunciado a su cargo Pedro Pablo Kuczynski en marzo de 2018 tras un segundo intento de destitucion por parte del Congreso Manuel Merino en noviembre de 2020 tras una jornada intensas protestas en contra de la vacancia presidencial al entonces mandatario Martin Vizcarra Vacancias y destituciones presidenciales Jose de la Riva Aguero fue exonerado del mando en junio de 1823 El Congreso ha declarado la incapacidad moral permanente y la consecuente vacancia 32 Guillermo Billinghurst en 1914 por haber convocado a elecciones parlamentarias e intentar disolver el Congreso Alberto Fujimori en noviembre del 2000 tras no dar tramite a su renuncia desde el Japon via fax Martin Vizcarra en noviembre del 2020 segundo proceso de vacancia presidencial Ademas han existido intentos parlamentarios de declaratoria de incapacidad moral contra Alberto Fujimori por los miembros del Congreso disuelto inconstitucionalmente en el autogolpe de 1992 Alejandro Toledo por la oposicion aprista la cual nunca se materializo en mocion 33 Pedro Pablo Kuczynski por la oposicion fujimorista primer y segundo pedido de vacancia presidencial Martin Vizcarra proceso de suspension temporal 2019 primer proceso de vacancia presidencial 2020 Dinastias presidenciales Se han presentado cuatro casos de parentesco entre mandatarios Los Prado Los presidentes Mariano Ignacio Prado y su hijo Manuel Prado Ugarteche Los Pardo El presidente Manuel Pardo y Lavalle y su hijo Jose Pardo y Barreda Los Morales Bermudez Los presidentes Remigio Morales Bermudez y su nieto Francisco Morales Bermudez Los Diez Canseco Belaunde El presidente Pedro Diez Canseco cuyo bisnieto fue el presidente Fernando Belaunde Terry Presidentes con nacionalidad extranjera Alberto Fujimori es peruano japones ambas nacionalidades de nacimiento Pedro Pablo Kuczynski cuando fue presidente ya habia renunciado a su nacionalidad estadounidense 34 Francisco Sagasti obtuvo la nacionalidad costarricense por naturalizacion 35 Popularidad presidencial Segun encuestas de su tiempo han alcanzado altos niveles de aprobacion cita requerida Alan Garcia en septiembre de 1985 alcanzo 96 4 de aprobacion Martin Vizcarra en marzo de 2020 alcanzo 87 de aprobacion Alberto Fujimori en abril de 1992 alcanzo 81 de aprobacion Analogamente han sufrido bajo porcentaje de aprobacion cita requerida Miguel Iglesias Su aprobacion de secesion territorial para llegar a una paz con Chile durante la Guerra del Pacifico fue una de las causantes para que una vez fuera del poder por la guerra civil contra el huyera al extranjero 36 Alejandro Toledo Manrique en enero de 2004 solo contaba con 7 2 de aprobacion y 89 de desaprobacion 37 Alan Garcia en enero de 1989 tenia el 9 de aprobacion Ollanta Humala Su aprobacion llego a su nivel mas bajo con 10 38 en el 2015 y a su salida del poder en el 2016 solo llego a crecer de 19 39 a 25 40 de aprobacion Pedro Pablo Kuczynski A inicios de su ultimo ano en el poder su nivel de aprobacion mas bajo fue 15 41 en ese mismo ano durante marzo solamente llegaria a crecer 19 42 Elecciones presidenciales desconocidas En dos ocasiones un proceso electoral presidencial ha sido desconocido Elecciones de 1936 Fue elegido Luis Antonio Eguiguren Escudero las elecciones fueron anuladas por el Jurado Nacional de Elecciones Elecciones de 1962 Las Fuerzas Armadas declararon nulas las elecciones Lista de presidentes EditarArticulo principal Anexo Presidentes del Peru Desde 1821 que se inicia la vida republicana el Peru ha sido gobernado por diferentes personajes que van desde los militares que lucharon por la independencia aquellos que lucharon en la Guerra del Pacifico personas de la aristocracia comandantes del ejercito representantes indigenas y lideres de diferentes partidos politicos La historia republicana del Peru ha estado llena de incidentes cuartelazos golpes de Estado y guerras civiles No ha sido situacion rara entonces que en determinado momento el presidente de la Republica haya tenido que dejar un encargado en Palacio mientras iba a sofocar un levantamiento en el interior del pais O el hecho tambien repetido que existan dos e incluso mas presidentes gobernando al mismo tiempo Adenda EditarA continuacion se menciona a quienes juramentaron como Presidentes de Peru producto de una crisis politica pero no llegaron a gobernar Maximo San Roman Editar Maximo San Roman juramento como Presidente Constitucional Maximo San Roman fue Vicepresidente Constitucional de la Republica entre 1990 y 1992 ademas de senador y Presidente del Congreso Producido el autogolpe del 5 de abril de 1992 y la crisis constitucional subyacente el disuelto Senado que siguio sesionando destituyo por incapacidad moral al presidente en funciones Alberto Fujimori nombrando por ende al vicepresidente como Presidente Constitucional 43 El primer vicepresidente dias despues juramento en el Colegio de Abogados de Lima ante Felipe Osterling y con la banda presidencial del ex mandatario Fernando Belaunde Los senadores consideran que la ceremonia se realizo en estricta legalidad con respecto al marco legal entonces vigente 44 aunque fue mayoritariamente desconocida 12 A la larga el nombramiento no fue reconocido San Roman nunca ejercio funciones reconocidas y hasta el momento no ha sido considerado como expresidente razon por la que no figura en la lista de presidentes En 2006 fueron encontrados los documentos y actas de las sesiones realizadas por el disuelto congreso incluyendo la designacion y el pedido fue hecho formalmente por un grupo de exsenadores a la presidenta del Congreso para su aprobacion por el pleno 45 Hasta ahora no ha habido decision al respecto San Roman ha evitado pronunciarse sobre el asunto Su periodo nominal se habria realizado entre el 21 de abril de 1992 dia de su juramentacion y el 6 de enero de 1993 dia en que el Congreso Constituyente Democratico nombra a Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la Republica Mercedes Araoz Fernandez Editar Mercedes Araoz juramento como Presidenta en Funciones Mercedes Araoz fue Vicepresidente Constitucional de la Republica entre 2016 y 2020 46 ademas de congresista y Presidente del Consejo de Ministros Llego con Pedro Pablo Kuczynski hasta la renuncia de este ultimo el 21 de marzo de 2018 47 el ascenso de Martin Vizcarra y la crisis politica mantuvo una relacion dificil con el nuevo presidente especialmente en la disolucion del Congreso de la Republica el 30 de septiembre de 2019 47 el disuelto Congreso no reconocio lo estipulado e inicio un proceso de suspension temporal contra Martin Vizcarra por 12 meses 48 Araoz juramento a la izquierda del presidente del Congreso Pedro Olaechea como presidente en funciones termino inexistente y no contemplado en la Constitucion 47 a pesar del incipiente conflicto al dia siguiente renuncio de su puesto vicepresidencial y de las funciones presidenciales 49 El 14 de enero de 2020 el Tribunal Constitucional del Peru reconocio como legal la disolucion y sin valor toda accion posterior del Congreso 50 por lo que todo lo realizado por la vicepresidenta quedo completamente sin valor y su renuncia tambien quedo en espera para ser resuelto por el Congreso Extraordinario de 2020 51 si se hubiera avalado la accion del disuelto Congreso Mercedes Araoz hubiera sido la primera presidente mujer del Peru 47 Vease tambien EditarAnexo Presidentes del Peru Palacio de Gobierno del Peru Avion presidencial del Peru Primer Ministro del Peru Presidente del Congreso de la Republica del Peru Presidente de la Corte Suprema del Peru Gabinete del Peru Ministerios del Peru Protector de la Confederacion Peru BolivianaReferencias Editar Los 10 funcionarios del Peru con los sueldos mas altos en el pais Peru com 1 de febrero de 2017 Consultado el 21 de noviembre de 2020 Terence D Altroy The Incas pp 2 3 Del Busto 2011 pp 51 54 http www congreso gob pe museo mensajes a Mensaje 1821 1 pdf Original del Acta de Independencia del Peru Constituciones del Peru Toda la Constitucion actual con el texto original y las modificaciones hechas estan en la seccion Constitucion de la pagina web del Congreso de la Republica del Peru 1 a b Ley Nº 26657 rpp com pe 2011 TC Juramento de presidente Humala se ajusta a la Constitucion Consultado el 2 de agosto de 2011 Pedro Castillo juro como presidente de la Republica para el periodo 2021 2026 2021 07 278sitioweb congreso gob pe Consultado el 28 de julio de 2021 Asi se despidio Alan Garcia del gobierno en 1990 El Comercio 24 de julio de 2011 Consultado el 14 de diciembre de 2018 a b Cuadernos de marcha Talleres Graficos 33 1969 Consultado el 14 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expresidente de la Republica Congreso acepta renuncia de Mercedes Araoz a la segunda vicepresidencia de la Republica Publicado el 7 de mayo de 2020 Consultado el 8 de mayo de 2020 a b c d Perfil Mercedes Araoz Ella es la nueva presidenta en funciones segun el Congreso Publicado el 30 de septiembre de 2019 Consultado el 19 de febrero de 2020 Araoz jura como presidenta pese a disolucion del Congreso asi informan en el extranjero Publicado el 30 de septiembre de 2019 Consultado el 19 de febrero de 2020 Renuncia Mercedes Araoz a la vicepresidencia de Peru Publicado el 1 de octubre de 2019 Consultado el 19 de febrero de 2020 Sentencia 006 2019 CC TC Consultado el 19 de febrero de 2020 Mercedes Araoz proximo Congreso priorizara su renuncia a la vicepresidencia Publicado el 18 de febrero de 2020 Consultado el 19 de febrero de 2020 Enlaces externos EditarSitio web oficial de la Presidencia de la Republica del Peru Gobernantes del Peru 1821 2011 enlace roto disponible en Internet Archive vease 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