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Constitución Política del Perú de 1860

La Constitución Política del Perú de 1860 fue el séptimo texto constitucional de la República Peruana, la cual fue discutida y aprobada por el Congreso de la República reunido en Lima en 1860. Fue promulgada por el presidente constitucional de la República, mariscal Ramón Castilla, el 13 de noviembre de ese mismo año. De carácter moderado, su dación fue posible debido al acuerdo entre conservadores y liberales, que transaron para otorgar al país una Constitución equilibrada y realista, superando así los extremismos ideológicos que habían imperado en la redacción de las anteriores cartas políticas. Esta Constitución ha sido la que más tiempo ha regido en el Perú, pues duró, con algunos intervalos, hasta 1920, es decir, sesenta años. Se cuenta entre los más importantes textos constitucionales del Perú, junto con la Constitución liberal de 1828 y la Constitución progresista de 1934.

Constitución Política del Perú de 1860

Portada de la Constitución Política del Perú de 1860
Tipo de texto Texto constitucional
Ratificación 10 de noviembre de 1860
Promulgación 13 de noviembre de 1860
Derogación 18 de enero de 1920
Ubicación Perú

Contexto

La Constitución liberal de 1856, discutida y aprobada por una Convención Nacional (asamblea constituyente), no había colmado las expectativas del país. El liberalismo extremo y el anticlericalismo eran posiciones ajenas a la mayoría de la población. La sublevación conservadora encabezada por Manuel Ignacio de Vivanco y que originó la sangrienta guerra civil de 1857-1858, fue un síntoma claro de que una buena parte del país se oponía a la influencia del liberalismo. A pesar de haber triunfado sobre dicha rebelión, Castilla quedó convencido que era necesario hacer un cambio.

Comenzó Castilla por no reinstalar la Convención Nacional, que había sido disuelta en noviembre de 1857 por una patrulla militar al mando del coronel Pablo Arguedas. Convocó luego a elecciones para un Congreso Extraordinario y para Presidente Constitucional. Castilla, que solo era Presidente provisional, se presentó como candidato, y como era de esperar, triunfó en las elecciones. El nuevo Congreso se instaló en octubre de 1858 y proclamó a Castilla Presidente Constitucional, con un mandato de cuatro años.

El Congreso Extraordinario, que no se mostró dócil como había esperado Castilla, suspendió sus sesiones en mayo de 1859, anunciando su reinstalación como Congreso Ordinario para julio del mismo año. Pero el gobierno consideró tal iniciativa anticonstitucional, ya que, según su punto de vista, correspondía solo al presidente la convocatoria del Congreso; en consecuencia, decretó la convocatoria de elecciones para nuevos representantes, que se reunirían el año siguiente. Castilla preparó así el campo para hacer posible la reforma constitucional.

Debate parlamentario

 
El mariscal Ramón Castilla.

El nuevo Congreso se instaló el 28 de julio de 1860. Estaba presidido por el sacerdote Bartolomé Herrera, quien pronunció un conceptuoso discurso inaugural, que terminaba con la siguiente frase:

El Congreso descansa en brazos de la nación. La nación es su escolta. Viva la libertad para todos, sin exclusión de partidos. Quedan abiertas las sesiones del Congreso de 1860.

Entonces alguien preguntó: “¿Constitucional o Constituyente?”. Quedó así planteado el dilema. Si el Congreso era Constitucional, debía reformar la Constitución en tres legislaturas de acuerdo a lo establecido en ella. Si era Constituyente, podía proceder a la reforma inmediata. El Congreso optó por esta última fórmula.

Se produjeron grandes debates. El líder de los conservadores era el ya mencionado Herrera, mientras que en el bando de los liberales se notó la ausencia de los hermanos Gálvez. Al plantearse el debate sobre la libertad religiosa, ganaron Herrera y los suyos, ratificándose la primacía del culto católico y la prohibición del resto de las religiones. Pero los clericales perdieron en lo concerniente al mantenimiento del fuero eclesiástico, que fue abolido totalmente. Otro momento de tensión parlamentaria lo suscitó la discusión sobre la reelección presidencial, que dos diputados la propusieron para un solo período consecutivo. Los partidarios de Castilla apoyaron esta propuesta, y el debate se tornó así en una disputa entre amigos y enemigos de la continuación en el poder del presidente de la república. Los castillistas perdieron la votación.

Promulgación y significado

La nueva Constitución se promulgó el 13 de noviembre de 1860. A pesar de que Herrera y sus correligionarios quisieron hacer una reforma radical de la Constitución, finalmente esta no fue ni liberal ni conservadora, sino moderada o centrista. Y es que los legisladores fueron conscientes que el país no comulgaba con los doctrinarismos rígidos. Fue, sin duda, una salida sensata tras una sangrienta guerra civil, que se cuenta entre las peores que ha sufrido la República del Perú. Y ello quizás explica la razón por lo que esta Constitución haya tenido una larga longevidad, comparada con las anteriores: 60 años de vigencia. Solo estuvo momentáneamente suspendida cuando rigió la efímera Constitución liberal de 1867 y el Estatuto Provisorio de 1879 a 1881, este último expedido por el dictador Nicolás de Piérola, durante la guerra con Chile.Se incrementó la participación debido a los cambios que hubo, la ley de 12 de noviembre de 1895, al modificar la Constitución de 1860, reservó el sufragio sólo a «los ciudadanos en ejercicio que sepan leer y escribir En el papel, cuando menos, los analfabetos, en su mayoría indígenas y que además suelen ser los más pobres votaban menos y, cuanto menos votaban menos son tomados en cuenta por el sistema político, fueron privados de un derecho del que nunca gozaron.

Estructura

Consta de 138 artículos, ordenados en 19 títulos.

  • Título I: De la nación.
  • Título II: De la religión.
  • Título III: Garantías nacionales.
  • Título IV: Garantías individuales.
  • Título V: De los peruanos.
  • Título VI: De la ciudadanía.
  • Título VII: De la forma de gobierno.
  • Título VIII: Del poder legislativo.
  • Título IX: Cámaras legislativas.
  • Título X: De la formación y promulgación de las leyes.
  • Título XI: Poder Ejecutivo.
  • Título XII: De los Ministros de Estado.
  • Título XIII: Comisión permanente del cuerpo legislativo.
  • Título XIV: Régimen interior de la República.
  • Título XV: Municipalidades.
  • Título XVI: Fuerza pública.
  • Título XVII: Poder Judicial.
  • Título XVIII: Reforma de la Constitución.
  • Título XIX: Disposiciones transitorias.

Principales disposiciones

 
Bartolomé Herrera, presidente del Congreso de 1860.
  • Sancionó la primacía de la religión católica.
  • Restableció la pena de muerte, pero solo para casos de homicidio calificado.
  • Dispuso que el derecho de sufragio sería ejercido por todos los ciudadanos que supieran leer y escribir, o fueran jefes de taller o dueños de alguna propiedad raíz, o pagaran al tesoro público alguna contribución. La reglamentación de este derecho se hizo por ley posterior, que volvió al sistema de votación indirecta (la Constitución anterior había establecido la votación directa).
  • Confirmó el funcionamiento de dos cámaras en el Congreso, la de senadores y la de diputados. La renovación de las cámaras debía hacerse por terceras partes y por bienios (cada dos años).
  • Estableció que para ser diputado se debía tener 25 años de edad y para senador 30.
  • Se creó la Comisión Permanente del Cuerpo Legislativo, compuesta por siete senadores y ocho diputados, cuya misión era vigilar al Ejecutivo, resolver las competencias entre los poderes públicos y ejercer algunas de las atribuciones encomendadas a las cámaras (sería abolida en 1874).
  • Estableció que el Presidente no podría ser acusado durante su período presidencial, salvo en los casos de traición, haber atentado contra la forma de gobierno, disolver el Congreso, impedir su reunión o disolver sus funciones.
  • Instauró dos Vicepresidentes, llamados primero y segundo, elegidos conjuntamente con el Presidente de la República (la anterior Constitución solo establecía un Vicepresidente).
  • Mantuvo el Consejo de Ministros.
  • Dejó establecido que los prefectos y subprefectos serían nombrados por el Poder Ejecutivo, anulando lo de la terna propuesta por las Juntas Departamentales (que también desaparecieron).
  • Prohibió la reelección presidencial.
  • Respetó las Municipalidades, aunque mencionándolas de manera escueta y dejando su reglamentación a una ley especial. No mencionó a las Juntas Departamentales.
  • Estableció claramente la libertad de industrias y ratificó la definitiva supresión de los antiguos gremios.
  • Para hacer la reforma constitucional solo sería necesario su aprobación en dos legislaturas (en el anterior texto constitucional eran tres).

Bibliografía

  • Basadre, Jorge: Historia de la República del Perú. 1822 - 1933, Octava Edición, corregida y aumentada. Tomo 4. Editada por el Diario "La República" de Lima y la Universidad "Ricardo Palma". Impreso en Santiago de Chile, 1998.
  • Chirinos Soto, Enrique: Historia de la República (1821-1930). Tomo I. Lima, AFA Editores Importadores S.A., 1985.
  • García Belaunde, Domingo: . Segunda edición, Lima, 2005.
  • Tauro del Pino, Alberto: Enciclopedia Ilustrada del Perú. Tercera Edición. Tomo 5, CHO/CUZ. Lima, PEISA, 2001. ISBN 9972-40-154-1
  • Vargas Ugarte, Rubén, S.J.: Historia General del Perú. La República (1844-1879). Noveno Tomo. Segunda Edición. Editorial Milla Batres. Lima, Perú, 1984. Depósito legal: B. 22436-84 (IX)

Véase también

Enlaces externos

  •   Wikisource contiene obras originales de o sobre Constitución Política del Perú de 1860.
  •   Datos: Q5784610

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La Constitucion Politica del Peru de 1860 fue el septimo texto constitucional de la Republica Peruana la cual fue discutida y aprobada por el Congreso de la Republica reunido en Lima en 1860 Fue promulgada por el presidente constitucional de la Republica mariscal Ramon Castilla el 13 de noviembre de ese mismo ano De caracter moderado su dacion fue posible debido al acuerdo entre conservadores y liberales que transaron para otorgar al pais una Constitucion equilibrada y realista superando asi los extremismos ideologicos que habian imperado en la redaccion de las anteriores cartas politicas Esta Constitucion ha sido la que mas tiempo ha regido en el Peru pues duro con algunos intervalos hasta 1920 es decir sesenta anos Se cuenta entre los mas importantes textos constitucionales del Peru junto con la Constitucion liberal de 1828 y la Constitucion progresista de 1934 Constitucion Politica del Peru de 1860Portada de la Constitucion Politica del Peru de 1860Tipo de textoTexto constitucionalRatificacion10 de noviembre de 1860Promulgacion13 de noviembre de 1860Derogacion18 de enero de 1920UbicacionPeru editar datos en Wikidata Indice 1 Contexto 2 Debate parlamentario 3 Promulgacion y significado 4 Estructura 5 Principales disposiciones 6 Bibliografia 7 Vease tambien 8 Enlaces externosContexto EditarLa Constitucion liberal de 1856 discutida y aprobada por una Convencion Nacional asamblea constituyente no habia colmado las expectativas del pais El liberalismo extremo y el anticlericalismo eran posiciones ajenas a la mayoria de la poblacion La sublevacion conservadora encabezada por Manuel Ignacio de Vivanco y que origino la sangrienta guerra civil de 1857 1858 fue un sintoma claro de que una buena parte del pais se oponia a la influencia del liberalismo A pesar de haber triunfado sobre dicha rebelion Castilla quedo convencido que era necesario hacer un cambio Comenzo Castilla por no reinstalar la Convencion Nacional que habia sido disuelta en noviembre de 1857 por una patrulla militar al mando del coronel Pablo Arguedas Convoco luego a elecciones para un Congreso Extraordinario y para Presidente Constitucional Castilla que solo era Presidente provisional se presento como candidato y como era de esperar triunfo en las elecciones El nuevo Congreso se instalo en octubre de 1858 y proclamo a Castilla Presidente Constitucional con un mandato de cuatro anos El Congreso Extraordinario que no se mostro docil como habia esperado Castilla suspendio sus sesiones en mayo de 1859 anunciando su reinstalacion como Congreso Ordinario para julio del mismo ano Pero el gobierno considero tal iniciativa anticonstitucional ya que segun su punto de vista correspondia solo al presidente la convocatoria del Congreso en consecuencia decreto la convocatoria de elecciones para nuevos representantes que se reunirian el ano siguiente Castilla preparo asi el campo para hacer posible la reforma constitucional Debate parlamentario Editar El mariscal Ramon Castilla El nuevo Congreso se instalo el 28 de julio de 1860 Estaba presidido por el sacerdote Bartolome Herrera quien pronuncio un conceptuoso discurso inaugural que terminaba con la siguiente frase El Congreso descansa en brazos de la nacion La nacion es su escolta Viva la libertad para todos sin exclusion de partidos Quedan abiertas las sesiones del Congreso de 1860 Entonces alguien pregunto Constitucional o Constituyente Quedo asi planteado el dilema Si el Congreso era Constitucional debia reformar la Constitucion en tres legislaturas de acuerdo a lo establecido en ella Si era Constituyente podia proceder a la reforma inmediata El Congreso opto por esta ultima formula Se produjeron grandes debates El lider de los conservadores era el ya mencionado Herrera mientras que en el bando de los liberales se noto la ausencia de los hermanos Galvez Al plantearse el debate sobre la libertad religiosa ganaron Herrera y los suyos ratificandose la primacia del culto catolico y la prohibicion del resto de las religiones Pero los clericales perdieron en lo concerniente al mantenimiento del fuero eclesiastico que fue abolido totalmente Otro momento de tension parlamentaria lo suscito la discusion sobre la reeleccion presidencial que dos diputados la propusieron para un solo periodo consecutivo Los partidarios de Castilla apoyaron esta propuesta y el debate se torno asi en una disputa entre amigos y enemigos de la continuacion en el poder del presidente de la republica Los castillistas perdieron la votacion Promulgacion y significado EditarLa nueva Constitucion se promulgo el 13 de noviembre de 1860 A pesar de que Herrera y sus correligionarios quisieron hacer una reforma radical de la Constitucion finalmente esta no fue ni liberal ni conservadora sino moderada o centrista Y es que los legisladores fueron conscientes que el pais no comulgaba con los doctrinarismos rigidos Fue sin duda una salida sensata tras una sangrienta guerra civil que se cuenta entre las peores que ha sufrido la Republica del Peru Y ello quizas explica la razon por lo que esta Constitucion haya tenido una larga longevidad comparada con las anteriores 60 anos de vigencia Solo estuvo momentaneamente suspendida cuando rigio la efimera Constitucion liberal de 1867 y el Estatuto Provisorio de 1879 a 1881 este ultimo expedido por el dictador Nicolas de Pierola durante la guerra con Chile Se incremento la participacion debido a los cambios que hubo la ley de 12 de noviembre de 1895 al modificar la Constitucion de 1860 reservo el sufragio solo a los ciudadanos en ejercicio que sepan leer y escribir En el papel cuando menos los analfabetos en su mayoria indigenas y que ademas suelen ser los mas pobres votaban menos y cuanto menos votaban menos son tomados en cuenta por el sistema politico fueron privados de un derecho del que nunca gozaron Estructura EditarConsta de 138 articulos ordenados en 19 titulos Titulo I De la nacion Titulo II De la religion Titulo III Garantias nacionales Titulo IV Garantias 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ley posterior que volvio al sistema de votacion indirecta la Constitucion anterior habia establecido la votacion directa Confirmo el funcionamiento de dos camaras en el Congreso la de senadores y la de diputados La renovacion de las camaras debia hacerse por terceras partes y por bienios cada dos anos Establecio que para ser diputado se debia tener 25 anos de edad y para senador 30 Se creo la Comision Permanente del Cuerpo Legislativo compuesta por siete senadores y ocho diputados cuya mision era vigilar al Ejecutivo resolver las competencias entre los poderes publicos y ejercer algunas de las atribuciones encomendadas a las camaras seria abolida en 1874 Establecio que el Presidente no podria ser acusado durante su periodo presidencial salvo en los casos de traicion haber atentado contra la forma de gobierno disolver el Congreso impedir su reunion o disolver sus funciones Instauro dos Vicepresidentes llamados primero y segundo elegidos conjuntamente con el Presidente de la Republica la anterior Constitucion solo establecia un Vicepresidente Mantuvo el Consejo de Ministros Dejo establecido que los prefectos y subprefectos serian nombrados por el Poder Ejecutivo anulando lo de la terna propuesta por las Juntas Departamentales que tambien desaparecieron Prohibio la reeleccion presidencial Respeto las Municipalidades aunque mencionandolas de manera escueta y dejando su reglamentacion a una ley especial No menciono a las Juntas Departamentales Establecio claramente la libertad de industrias y ratifico la definitiva supresion de los antiguos gremios Para hacer la reforma constitucional solo seria necesario su aprobacion en dos legislaturas en el anterior texto constitucional eran tres Bibliografia EditarBasadre Jorge Historia de la Republica del Peru 1822 1933 Octava Edicion corregida y aumentada Tomo 4 Editada por el Diario La Republica de Lima y la Universidad Ricardo Palma Impreso en Santiago de Chile 1998 Chirinos Soto Enrique Historia de la Republica 1821 1930 Tomo I 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