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Disolución del Congreso de la República del Perú en 2019

La disolución del Congreso de la República del Perú en 2019 fue un acto válido[1][2][3]​ dispuesto por el entonces presidente de la República, Martín Vizcarra, el 30 de septiembre de 2019 mediante Decreto Supremo N° 165-2019-PCM,[4]​ al haber considerado que el Congreso denegó fácticamente una cuestión de confianza planteada a nombre del Consejo de Ministros. Dicha cuestión de confianza fue la tercera en ser presentada por un premier bajo la administración de Vizcarra, la cuarta en el período de gobierno 2016 - 2021 y, de acuerdo con lo expuesto por el Gobierno, la segunda en ser denegada.[5]

Disolución del congreso peruano en el 2019
Parte de la crisis política en Perú de 2017-presente

Juramentación de Mercedes Aráoz como «presidente interino» posterior al discurso de disolución del Congreso de la República (30 de septiembre de 2019).
Nombre oficial Disolución del Congreso
Tipo Crisis de gobernabilidad:
Cuestión de confianza formulada por el Poder Ejecutivo para modificar el procedimiento de elección de magistrados del Tribunal Constitucional.
Suceso Cuestión de confianza considerada por el gobierno como rechazada
Lugar Lima
Ubicación Lima
País  Perú
Fecha Decretada: 30 de septiembre de 2019
Efectiva: 30 de septiembre de 2019 (2 años)
Ratificada: 14 de enero de 2020 (2 años)
Participantes Poder Ejecutivo
Congreso de la República
Resultado Declarado como un acto válido por el Tribunal Constitucional

La decisión presidencial se amparó en la disposición contenida en el artículo 134° de la Constitución Política del Perú, según la cual el Presidente puede disolver el Congreso y convocar en el mismo acto a nuevas elecciones parlamentarias si el Congreso ha denegado su confianza a dos Consejos de Ministros. Pese a esta alegación, antes de su validación, la decisión presidencial generó una gran controversia sobre su estricto apego a la Constitución, en especial por parte de diversas agrupaciones de oposición, quienes desde el Parlamento respondieron declarando la suspensión de la presidencia de Vizcarra y nombrando a la vicepresidenta Mercedes Aráoz como presidenta interina, la cual, no obstante, renunció a tal encargo al día siguiente, por lo que estas acciones del Congreso quedaron como actos meramente simbólicos.

Los cuestionamientos a la medida por parte del Congreso disuelto se materializaron en una demanda competencial planteada por su Comisión Permanente (órgano que se mantiene en funciones durante el interregno parlamentario),[6]​la que tuvo por finalidad que el Tribunal Constitucional se pronunciara sobre la legalidad de la disolución parlamentaria.[7]​ La demanda fue admitida a trámite el 29 de octubre de 2019 y el pronunciamiento final se produjo el 14 de enero de 2020 en que por mayoría (4 votos contra 3) se declaró infundada la demanda y por tanto válido el acto de disolución del Parlamento.[1]

La disolución del Congreso no produjo el quiebre del periodo parlamentario 2016-2021 sino solo un interregno que llegó a su fin cuando se instaló el nuevo Parlamento elegido en las elecciones extraordinarias[8]​ llevadas a cabo el 26 de enero de 2020.

Marco jurídico

Disolución del Congreso

El artículo 134° de la Constitución Política del Perú de 1993 faculta al presidente a disolver el Congreso en el siguiente caso:

Artículo 134 El Presidente de la República está facultado para disolver el Congreso si éste ha censurado o negado su confianza a dos Consejos de Ministros.
El decreto de disolución contiene la convocatoria a elecciones para un nuevo Congreso. Dichas elecciones se realizan dentro de los cuatro meses de la fecha de disolución, sin que pueda alterarse el sistema electoral preexistente. No puede disolverse el Congreso en el último año de su mandato. Disuelto el Congreso, se mantiene en funciones la Comisión Permanente, la cual no puede ser disuelta.
No hay otras formas de revocatoria del mandato parlamentario.
Bajo estado de sitio, el Congreso no puede ser disuelto.

Funcionamiento de la Comisión Permanente

El artículo 134 antes citado indica que producida la disolución del Congreso se mantiene en funciones su Comisión Permanente hasta la elección y juramentación de los parlamentarios que integrarán el nuevo Congreso a ser elegido en un proceso electoral extraordinario. Por su parte, el artículo 135 establece que durante el interregno, el Ejecutivo legisla mediante decretos de urgencia, de los cuales debe dar cuenta a la Comisión Permanente.

Artículo 135 Instalación del nuevo congreso
[...]
En ese interregno, el Poder Ejecutivo legisla mediante decretos de urgencia, de los que da cuenta a la Comisión Permanente para que los examine y los eleve al Congreso, una vez que éste se instale.
Constitución Política del Perú de 1993

Si bien el artículo 42 del Reglamento del Congreso de la República establece que la Comisión Permanente ejerce sus funciones constitucionales durante el funcionamiento ordinario del Congreso, durante su receso e inclusive durante en el interregno parlamentario derivado de la disolución del Congreso, el Tribunal Constitucional, en el Auto de admisión de la demanda competencial interpuesta contra la disolución congresal decretada por el presidente Vizcarra, precisó que las funciones de la Comisión Permanente durante el interregno están limitadas a lo dispuesto en el artículo 135° de la Constitución,[10]​ es decir, a recibir y evaluar los decretos de urgencia emitidos por el Poder Ejecutivo para dar cuenta de ello al nuevo Congreso.

"Ahora bien, de conformidad con la Constitución, la Comisión Permanente, durante el interregno parlamentario, continúa ejerciendo sus funciones. Esto no implica que la Comisión Permanente tenga las facultades del Pleno del Congreso y pueda hacer sus veces, sino que está limitada a lo dispuesto en el artículo 135 de la Constitución".
Tribunal Constitucional - Auto de Admisibilidad demanda competencial del 29 de octubre de 2019[11]

Antecedentes

Las elecciones generales de 2016 en el Perú determinaron un complicado reparto del poder, en el que la agrupación política Peruanos por el Kambio obtuvo la presidencia de la república en la persona de Pedro Pablo Kuczynski pero solo 18 de los 130 escaños que componen el congreso unicameral. Por el contrario, la agrupación fujimorista Fuerza Popular, que perdió la presidencia por escaso margen, obtuvo 73 escaños. Debido a la falta de acuerdos y la imposibilidad de una cohabitación, la situación generó prontamente una crisis política de enfrentamiento entre el Poder Ejecutivo y el Congreso.

Uno de estos enfrentamientos se centró en la política educativa del gobierno, y como consecuencia de ello en septiembre de 2017 la mayoría fujimorista decidió interpelar a la entonces ministra de educación, Marilú Martens, tras lo cual se presentó una moción de censura que, de ser aprobada, hubiera obligado a la ministra a dimitir. Ante este hecho, el Presidente del Consejo de Ministros Fernando Zavala Lombardi presentó ante el Congreso una cuestión de confianza sobre la política educativa del gobierno, la cual fue denegada por 77 votos en contra, 22 a favor y 16 abstenciones.[12]​Como consecuencia a esta denegatoria, todo el gabinete se vio obligado a renunciar. En diciembre de 2017, el conflicto entre poderes se agudizó con un primer intento de destitución contra el presidente Pedro Pablo Kuczynski, el cual se repitió nuevamente en marzo de 2018 con un segundo intento de destitución que finalmente no llegó a concretarse por la renuncia de Pedro Pablo Kuczynski a la presidencia el 21 de marzo de 2018, lo que llevó al hasta entonces vicepresidente Martín Vizcarra a asumir el cargo en su reemplazo.

Luego de un breve periodo de apaciguamiento, el enfrentamiento político entre el poder ejecutivo (en ese entonces presidido por Martín Vizcarra) y la mayoría fujimorista en el Congreso se reanudó, motivando que el Ejecutivo llegara a hacer uso de cuestiones de confianza para impulsar la aprobación de sus propuestas que, en su opinión, el Congreso estaba bloqueando o distorsionando. La crisis llegó a un punto crucial cuando el 28 de julio de 2019 el presidente Martín Vizcarra anunció ante el Congreso la presentación de un proyecto de reforma constitucional que permitiría acortar su propio mandato y el del Congreso a fin de adelantar las elecciones generales de 2021 a 2020. No obstante, el 26 de septiembre, la Comisión de Constitución decidió archivar esta propuesta, a la que calificó de inconstitucional, a pesar de que muchos congresistas habían solicitado que se debatiera en el pleno del Congreso.

Paralelamente, la mayoría del Congreso había decidido emprender la elección de seis de los siete integrantes del Tribunal Constitucional cuyo mandato estaba vencido desde mayo de 2019, iniciando un proceso de selección de magistrados que levantó diversas críticas, nacionales e internacionales, por su inusitada velocidad[13]​y falta de transparencia.[14]​ Desde algunos sectores políticos, los medios de comunicación y la sociedad civil, se evidenció que el apuro de la agrupación fujimorista Fuerza Popular en cambiar la composición del Tribunal a su favor tenía relación con el hecho de que este estaba por emitir pronunciamiento sobre un pedido para terminar con la prisión preventiva que cumplía su lideresa Keiko Fujimori.[15][16]​ Por su parte, la representante de Fuerza Popular Rosa Bartra rechazó las críticas, justificando que el Congreso cumplía con el proceso de elección de magistrados amparándose en la Constitución.[17]

Cuestión de confianza

Luego de conocerse que se había rechazado la propuesta de adelanto de elecciones, el gobierno de Vizcarra anunció el día viernes 27 que presentaría una cuestión de confianza sobre el proceso de elección de los magistrados del Tribunal Constitucional. El presidente Vizcarra explicó que, a través del Presidente del Consejo de Ministros Salvador del Solar, formularía una cuestión de confianza vinculada a un proyecto de ley destinado a modificar la ley orgánica del Tribunal Constitucional en el extremo referido al procedimiento de elección de sus magistrados. La cuestión de confianza pretendía que el Congreso suspendiera la elección de los magistrados, aprobara las modificaciones propuestas y las aplique al proceso de selección. El viernes 27 de septiembre, la PCM mandó un oficio al Congreso para que el ministro Del Solar pueda asistir a plantear la cuestión de confianza ante el Pleno. La noche del domingo 29 de septiembre, el presidente Vizcarra manifestó en una entrevista que si le denegaban la cuestión de confianza a su gabinete, haría uso de su atribución constitucional de disolver el congreso y convocar a elecciones parlamentarias.[18]

A pesar de que el entonces Presidente del Consejo de Ministros, Salvador del Solar, había solicitado presentarse "en la primera oportunidad que se reúna el Pleno", la Junta de Portavoces del Congreso decidió que en la sesión del 30 de septiembre se votaría primero la elección de los nuevos magistrados y solo después se escucharía al ministro Del Solar para la sustentación de la cuestión de confianza. Cuando se inició la sesión para la elección de los magistrados, el ministro Del Solar se presentó en las instalaciones del Congreso con la intención de hacer uso de la palabra amparado en el artículo 129 de la Constitución que permite a los ministros concurrir a las sesiones del Congreso y participar en sus debates. Sin embargo, por orden del presidente del Congreso Pedro Olaechea[19]​ quien de acuerdo con el reglamento del Congreso dirige el debate y el desarrollo de las sesiones, se cerraron las puertas del hemiciclo con la intención de no permitir el ingreso del primer ministro, lo que motivó airadas protestas por parte de los grupos parlamentarios de minoría,[20]​ y un forcejeo entre congresistas que pugnaban por abrir las puertas, agentes de seguridad y parlamentarios fujimoristas que insistían en mantener las puertas cerradas.[21]​Finalmente, el Jefe del gabinete ministerial logró ingresar al hemiciclo con la ayuda de algunos parlamentarios[22]​e intervino en la discusión formalizando la cuestión de confianza por el proyecto de ley presentado, retirándose luego del parlamento.

“[...] Es tanta la importancia de la conformación del Tribunal Constitucional […] que debe usarse un procedimiento transparente que garantice a la ciudadanía que elegiremos bien con los votos de los representantes del pueblo, que son ustedes. Debido a nuestra preocupación, hemos presentado un proyecto de ley para un proceso transparente. Un proyecto de ley ya presentado ante este Congreso y por el cual, en nombre del Consejo de Ministros, hago cuestión de confianza en ese mismo momento para que el Parlamento decida si nos otorga la confianza y considera por lo tanto que hay que hacer uso de transparencia o para que nos las niega si considera que va a seguir adelante con ese procedimiento[...]”
Salvador del Solar[23]

En el acto, la bancada de Nuevo Perú presentó una cuestión previa que planteaba suspender la elección de los magistrados y atender primero la cuestión de confianza planteada por el poder ejecutivo. Esta cuestión previa fue rechazada por 80 votos contra 34.[24]​ El Congreso continuó con el proceso de elección de los magistrados, logrando obtener la votación calificada (87 votos) para uno de ellos (Gonzalo Ortiz de Zevallos Olaechea). Sin embargo, el proceso se truncó cuando se verificó que no se obtendrían los votos requeridos para elegir a los magistrados restantes. Por ello, el Presidente del Congreso suspendió la sesión luego de que el Pleno dispuso la dispensa del trámite de sanción del acta para ejecutar lo actuado. Inmediatamente se acordó que la sesión se reanudaría a las 4:00 p. m. para debatir la cuestión de confianza planteada por el Premier.[25]

El Congreso, amparándose en el artículo 86.º de su reglamento (que le permitía debatir la cuestión de confianza en la misma sesión en la que se plantee o en la siguiente)[26]​ volvió a sesionar aproximadamente a las 04:15 p. m., e inició el debate de la cuestión de confianza planteada por el ministro Salvador del Solar. Mientras esto ocurría, a las 05:33 p. m. la televisión empezó a transmitir un mensaje a la Nación del presidente Vizcarra, en el cual daba cuenta de la actuación del congreso en horas de la mañana, en virtud de lo cual consideraba que la confianza solicitada por el ejecutivo había sido rechazada de manera fáctica. En ese momento, al enterarse del mensaje presidencial, el parlamento procedió a votar la cuestión de confianza, la cual fue aprobada con 50 votos a favor, 31 en contra y 13 abstenciones aproximadamente a las 5:40 p. m..[27]​ Un minuto más tarde, el presidente Vizcarra anunció la disolución del Congreso.[28]

Disolución del Congreso

En un mensaje a la Nación de poco más de 10 minutos de duración,[29]​ el entonces presidente, Martín Vizcarra, hizo un recuento de las veces en que su Gobierno había tenido que plantear cuestiones de confianza ante el Congreso, mencionando también el intento de impedir el ingreso del premier al hemiciclo del Congreso en la mañana de ese día, y al hecho de no haberse dado la prioridad solicitada por este y, por el contrario, proseguir con la elección de magistrados al Tribunal Constitucional, por lo cual anunció su decisión de disolver el Congreso debido a que su Gobierno consideraba que por los hechos (negación de entrada al premier, elección de un magistrado y posterior debate de la cuestión de confianza) se había negado la confianza al presidente del Consejo de Ministros de manera fáctica.

“[...] presentamos el proyecto de reforma de adelanto de elecciones, como una salida al evidente entrampamiento político [...] Ante esta propuesta de desprendimiento patriótico, el Congreso respondió con un tratamiento vergonzoso que no tuvo pudor en utilizar hasta a organismos internacionales sin tan siquiera escuchar sus opiniones, para archivar una medida que contaba con el apoyo mayoritario de la ciudadanía [...]perdimos la oportunidad de tener un Congreso bicameral porque se intentó camuflar la posibilidad de una reelección, ¿tan difícil es pensar en el Perú primero?
[...]
Hoy hemos presentado la tercera Cuestión de Confianza, y lo que ha acontecido en el Congreso subraya la desvergüenza en la que ha caído la mayoría parlamentaria, absolutamente divorciada de la voluntad de los peruanos y trabajando de manera denodada para proteger y blindar a los suyos. Nuestro proyecto de ley busca generar un mecanismo más transparente y participativo en la elección de los miembros del Tribunal Constitucional para evitar las repartijas y la utilización de las instituciones para que unos pocos no se sirvan de ellas. Ante esto, desde el Congreso se intentó impedir al premier ingresar al hemiciclo, se desconoció el artículo 129 de la Constitución Política del Perú, no se dio la prioridad que la cuestión de confianza merece y, luego, se aprobó el primer miembro de un tribunal express en una dudosa votación, vaciando de contenido la cuestión de confianza planteada. Ante la denegación fáctica de la confianza y en respecto irrestricto de la Constitución Política del Perú he decidido disolver constitucionalmente el Congreso y llamar a elecciones de congresistas de la República[...]”
Martín Vizcarra[30]

La noche del mismo 30 de septiembre de 2019, en una edición extraordinaria del Diario Oficial El Peruano, se publicó el Decreto Supremo N° 165-2019-PCM[4]​ que disponía la disolución del Congreso y la convocatoria a elecciones parlamentarias extraordinaruas en 2020.[31]​ El entonces presidente del Congreso Pedro Olaechea declaró a dicho decreto como «inaplicable».[32]

Respuesta del Congreso

Artículo 114 El ejercicio de la Presidencia de la República se suspende por:

1. Incapacidad temporal del Presidente, declarada por el Congreso, o

2. Hallarse éste sometido a proceso judicial, conforme al artículo 117o de la Constitución.
Constitución de 1993

Luego del anuncio de disolución del Congreso de la República, los grupos parlamentarios Bancada Liberal, Nuevo Perú, Frente Amplio, Unidos por la República abandonaron el hemiciclo (y no volvieron a retornar) en señal de conformidad con la medida, la Bancada Oficialista de Peruanos por el Kambio se encontraba en Palacio de Gobierno apoyando la decisión presidencial, mientras que la mayoría fujimorista y las bancadas del Apra, Contigo, Alianza para el Progreso y Acción Popular,[33]​ permanecieron en el interior e intentaron destituir al presidente Vizcarra declarando la vacancia de su cargo por presunta incapacidad moral.[34]​ No obstante, al constatar que no contaban con los votos necesarios para ello (87 votos de 130), optaron por hacer uso del mecanismo de la "suspensión" regulada en el artículo 114 de la Constitución, y así se declaró a Vizcarra suspendido por doce meses en el cargo de presidente de la República por "incapacidad temporal",[35]​si bien de acuerdo con el magistrado del Tribunal Constitucional Eloy Espinoza Saldaña, el mecanismo de la suspensión fue erróneamente aplicado debido a que "la suspensión históricamente ha sido entendida para casos de enfermedad",[36]​ mientras que otros juristas opinaron que "no se respetó el derecho a la defensa y al debido proceso del Presidente".[37]

Como consecuencia de la suspensión de Martín Vizcarra como presidente del Perú, el Congreso tomó juramento a la segunda vicepresidenta Mercedes Aráoz Fernández como presidenta en funciones del Perú,[38]​ considerando que el artículo 115 de la Constitución Política del Perú establece que "por impedimento temporal o permanente asume sus funciones el Primer Vicepresidente. En defecto de éste, el Segundo Vicepresidente".

No obstante, al contar Vizcarra con el apoyo de la población y el respaldo de las fuerzas armadas, tanto su suspensión en el cargo como la juramentación de la segunda vicepresidenta quedaron como hechos simbólicos y sin efecto en la práctica, más aún cuando al día siguiente (1 de octubre), Aráoz renunció de manera irrevocable a la Vicepresidencia de la República y a las funciones que le encargó el Congreso.[39]

Por su parte, en un curso de acción paralelo frente a la disolución del Congreso, su hasta entonces presidente Pedro Olaechea envió cartas a la ONU y OEA acusando al presidente Vizcarra de «amenazar la democracia».[40]

Interregno parlamentario

Tal y como sucede en los sistemas parlamentarios, el periodo comprendido entre la disolución de un Congreso y la elección del que lo sustituya se denomina interrregno parlamentario. La Constitución ha previsto las formalidades a seguir durante este periodo.

Comisión Permanente

Según la Constitución Política de 1993, la Comisión Permanente sesiona en el llamado interregno parlamentario hasta que se instale el nuevo Congreso, que será en encargado de votar la cuestión de confianza (investidura) al Consejo de Ministros designado luego de la disolución del parlamento. El Consejo de Ministros deberá presentarse para dar cuenta de sus acciones durante el interregno y para exponer las principales medidas de gestión.[41]​ La Comisión Permanente del Congreso quedará entonces como único representante del poder legislativo con 28 miembros en total, que incluyen a los cuatro integrantes de la Mesa Directiva y los portavoces de las bancadas.[42]

Situación del Gabinete

En la misma línea del anuncio del presidente Vizcarra, el gabinete de ministros entró en crisis por la llamada "negación fáctica" de la cuestión de confianza. Ante ello, tradicionalmente renuncian todos los ministros. Salvador del Solar fue reemplazado por el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Vicente Zeballos.[43]

Los ministros Néstor Popolizio (Relaciones Exteriores),[44]Francisco Ísmodes (Energía y Minas)[45]​ y Carlos Oliva (Economía y Finanzas)[44]​ renunciaron a sus cargos, mientras tanto María Jara (Transportes y Comunicaciones) tomó distancia del Gobierno.[45]

Restricción del ingreso al Palacio Legislativo

Durante la madrugada del 1 de octubre de 2019, horas después de la proclamación de la disolución del Congreso, alrededor del Palacio Legislativo se registraron disturbios.[46]​ Ese mismo día, la Policía Nacional del Perú, que reconoció a Vizcarra como presidente, impidió el ingreso al Palacio Legislativo a los parlamentarios no pertenecientes a la Comisión Permanente.[47][48]

Reacciones

Opinión pública

El mismo día de anunciada disolución del Parlamento la población realizó diversas manifestaciones de apoyo a la decisión de Martín Vizcarra en diversas regiones del país. Días después, un sondeo a nivel nacional realizado del 2 al 4 de octubre de 2019 por el Instituto de Estudios Peruanos (IEP) para el diario La República, arrojó como resultado que el 84 % de la ciudadanía aprobaba la disolución del Congreso mientras que un 8 % desaprobaba esta acción.[49]​ Otro sondeo, también a nivel nacional, realizado del 2 al 3 de octubre de 2019 por la empresa CPI, mostró que el 89,5 % de la población se mostraba de acuerdo con la disolución del Parlamento contra un 9,3 % que se expresaba en desacuerdo con dicha medida.[50]

Personalidades e instituciones favor

Algunos políticos que apoyaron la disolución fueron Veronika Mendoza,[51]Julio Guzmán,[52]Daniel Salaverry[53]​ y César Acuña. En el caso de grupos políticos o bancadas parlamentarias que apoyaron la medida estuvieron Nuevo Perú, Frente Amplio,[54]​Bancada Liberal, Peruanos por el Kambio y Unidos por la República.

La Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales, que representa a las regiones del país, apoyó la disolución del Congreso al igual que la Asociación de Municipalidades de las distintas provincias en el país.[55]

La cúpula de las Fuerzas Armadas Peruanas[56]​ y de la Policía Nacional del Perú[57]​ apoyaron la disolución del Congreso y reconocieron a Martín Vizcarra como presidente constitucional.

El escritor peruano Mario Vargas Llosa expresó su aprobación a la decisión del presidente Vizcarra de disolver el Congreso, para quien dicha decisión «ha sido rigurosamente constitucional, como han mostrado muchos juristas eminentes».[58]

Para el constitucionalista y expresidente del Tribunal Constitucional peruano César Landa Arroyo, la disolución del congreso «tiene un fundamento constitucional porque la cuestión de confianza fue desestimada».[59]

El constitucionalista Omar Cairo expresó que «el Congreso votó una confianza vacía. Técnicamente no se la ha dado. Y lo que corresponde es que este periodo transcurra sin mayores sobresaltos hasta que se realicen las elecciones de enero y se elija un nuevo Congreso».[59]

El ex ministro de justicia peruano Juan Jiménez Mayor sostuvo que la disolución del Congreso «tiene sustento constitucional», precisando que «no ha existido una negación fáctica de la cuestión de confianza [como ha indicado el presidente Vizcarra], sino que mediante una votación de 80 congresistas, se rechazó la misma al no aprobarse la cuestión previa [que fue planteada para que se atendiera en el momento el pedido de confianza], lo que implicó un rechazo a la cuestión de confianza».[60]

Personalidades e instituciones en contra

 
La Defensoría del Pueblo del Perú, se declaró en contra de la disolución congresal.

Varios parlamentarios de Fuerza Popular salieron a protestar por la decisión.[61]​ Los congresistas Milagros Salazar (Fuerza Popular)[62]​ y Salvador Heresi (Contigo)[63]​ tildaron de «dictador» a Vizcarra. El congresista por el APRA Jorge del Castillo pidió a la Policía Nacional y a las Fuerzas Armadas «no se presten a este golpe de Estado»,[64]​ aunque posteriormente las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú anunciaron públicamente el respaldo a Martín Vizcarra

Algunos otros políticos y grupos que calificaron como «golpe de Estado» la disolución fueron Juan Sheput,[65]Alberto Beingolea,[66]Pedro Olaechea[67]​ y el Partido Aprista Peruano.[68]

El gobernador de Arequipa Elmer Cáceres Llica expresó su disconformidad con el cierre del Congreso, incluso no asistió a votar en las elecciones congresales extraordinarias de 2020 expresando que «en su momento no estuve de acuerdo con ello, por lo tanto, no he sido participe de estas elecciones».[69]

El expresidente del Tribunal Constitucional, Oscar Urviola expresó que lo ocurrido era un golpe de Estado.[70]​ En ese sentido, al mandatario se le puede juzgar al término de su mandato. «Cuando se restablezca un régimen constitucional pueden funcionar los mecanismos para acusarlo por violación constitucional».[71]

El expresidente del Tribunal Constitucional, Víctor García Toma, expresó que: «[Martín Vizcarra] es gobernante porque tiene territorio, porque la Policía y las Fuerzas Armadas le han dado su respaldo, maneja presupuesto, cuenta con respaldo ciudadano que lo apoya; pero es un gobierno jurídicamente irregular».[72]

El expresidente del Tribunal Constitucional, Ernesto Álvarez Miranda expresó que «el decreto presidencial de disolución no respondió a la causal constitucionalmente prevista, pues la Cuestión de Confianza fue aprobada, publicándose el decreto de disolución sin que haya sido aprobado en ningún Consejo de Ministros».[73]

El expresidente del Tribunal Constitucional, Carlos Masía Ramírez dijo que «[Vizcarra] ha hecho una interpretación de un acto que el Congreso no ha hecho, el Congreso no le negó la confianza al primer ministro, se la brindó, pero él ha querido cerrar el Congreso y por eso nos encontramos en un callejón sin salida».[74]

El exsenador y constitucionalista Raúl Ferrero Costa consideró que la clausura del Parlamento es ilegal.[75]

El constitucionalista Javier Valle Riestra calificó a la disolución como una "medida despótica" y "maniobra totalitaria" y a Martín Vizcarra como "usurpador", "tirano encadenado por la opinión pública" y "presidente extraconstitucional".[76]

El constitucionalista Domingo García Belaúnde indicó que «es totalmente [inconstitucional], [Martín Vizcarra] no puede hacerlo [cerrar el Congreso], y si lo hace es un golpista. Si hace el golpe de Estado, con esa apariencia de legalidad, tarde o temprano acabará en la cárcel, como acabaron todos los golpistas».[77]

El abogado Enrique Ghersi manifestó que «es un golpe de Estado, muy interesante porque utiliza las zonas blancas, grises de la ley. Es el primer golpe de Estado en el que la Policía toma el control de la acción política del Ejecutivo. Es una prueba del golpe de Estado que la Policía no haya dejado entrar a los parlamentarios al Congreso».[78]

El constitucionalista Carlos Blancas Bustamante consideró que el presidente Martín Vizcarra incurrió en una «infracción constitucional» al disolver el Congreso sin estar facultado para hacerlo.[79]

La excandidata presidencial y constitucionalista Lourdes Flores Nano manifestó que no había razones para el cierre del Congreso y dijo «estemos viviendo una interrupción democrática, un verdadero golpe del Estado».[80]

En un comunicado, Domingo García Belaunde, Lourdes Flores Nano, Natale Amprimo, Aníbal Quiroga, José Palomino Manchego, Ángel Delgado Silva, Víctor García Toma, Carlos Blancas Bustamante, Jorge Luis Cáceres Arce, Dante Paiva Goyburu y Mijael Garrido Lecca consideraron que la disolución «ha sido forzada sobre la base de una negación de confianza no ocurrida».[81]

2. A la negación de confianza no se llega por vía interpretativa como ha sido sustentada por el señor Martín Vizcarra, sino que necesita una manifestación expresa denegatoria por parte del Congreso de la República
(...)
5. Somos de la opinión que la decisión de disolver el Congreso dispuesta por el señor Martín Vizcarra (...) no se ajusta a la previsión constitucional y, por tanto, nos coloca fuera del Estado de Derecho que, con tanto esfuerzo, los peruanos veníamos cimentando consistentemente desde hace cuatro lustros.
Pronunciamiento de once abogados y juristas

El Colegio de Abogados de Lima (CAL), emitió un comunicado firmado por su presidenta María Elena Portocarrero, donde asegura que la cuestión de confianza anunciada por el presidente Vizcarra, respecto del procedimiento de elección de miembros del Tribunal Constitucional, era improcedente pues la selección es un acto de exclusivo del Poder Legislativo. Además añadió que cerrar el Congreso de la República «constituiría el quiebre de nuestra democracia y acarrearía la responsabilidad del caso a sus impulsores».[82]

El constitucionalista Natale Amprimo señaló que «el presidente de la República ha hecho un acto inconstitucional y mantiene su poder de facto. Ha disuelto el Congreso de facto y fuera de las condiciones constitucionales que están contempladas. Esto es ilegal. El acto que hace el presidente es inconstitucional».

Según el periodista Jaime Bayly, la disolución es un «error histórico» que podrá traer consecuencias en el país y en el propio presidente.[83]

La Defensoría del Pueblo del Perú[84]​ y la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas[85]​ rechazaron la decisión del presidente.

En un artículo publicado en The Wall Street Journal, la periodista Mary O'Grady asegura que el presidente Vizcarra dio un golpe de Estado y que cerrar el Congreso fue ilegal[86]

Pronunciamiento de la Defensoría del Pueblo

El 25 de octubre de 2019, la Defensoría del Pueblo emitió un "Informe Defensorial sobre la crisis política, cuestión de confianza y disolución del congreso" mediante el cual se pronunció sobre la crisis política que llevó al planteamiento de cuestión de confianza y ulterior disolución del Parlamento por parte del Poder Ejecutivo. En dicho documento, la defensoría hizo notar que los parlamentarios agendaron el debate de la cuestión de confianza planteada por el ejecutivo para un momento posterior al proceso de selección de los magistrados del Tribunal Constitucional, es decir, para cuando ya se había producido el evento que el Poder Ejecutivo buscaba evitar, con lo cual en la práctica la cuestión de confianza se tornaba en ineficaz. Sin embargo, también precisó que otorgarle un margen de discrecionalidad al Ejecutivo a fin de determinar, sin más criterio que el suyo, en qué casos se ha denegado o concedido la confianza, supondría un peligro para el equilibrio de poderes. El documento finaliza indicando que debe ser el Tribunal Constitucional el que determine si las acciones del Congreso (al otorgar nominalmente la cuestión de confianza pero en los hechos actuar en sentido contrario) y del presidente (por interpretar que la confianza le había sido denegada y en base a ello disolver el Parlamento) se han ceñido a lo que prescribe la Constitución o no. Asimsimo, considera que el Tribunal Constitucional deberá también encontrar una solución constitucional a temas pendientes de resolver como los límites a los decretos de urgencia y las competencias de la Comisión Permanente durante el interregno parlamentario.[87]

Internacional

El expresidente de Brasil Luis Inácio Lula da Silva aseguró que los actos de Martín Vizcarra son «un nuevo tipo de golpe de Estado». «Si la situación de Perú es mala, que se convoquen nuevas elecciones. El primer gesto de un presidente de la República que sea responsable no es revocar el mandato de los demás. ¡Revoca el tuyo! Porque si la orquesta no funciona bien, no culparemos al violín, culparemos al director».[88]

La cancillería de Chile, liderada por Teodoro Ribera, dijo que respetará los procesos internos peruanos y espera que la institucionalidad se imponga, así mismo evitó manifestarse en una posición sobre la disolución del Congreso.[89]​ La Organización de Estados Americanos (OEA) afirmó que «compete al TC pronunciarse sobre la legalidad y legitimidad» de la presidencia del Perú y acotó que la «la polarización política que sufre el país la resuelva el pueblo en las urnas».[90]

Acciones legales contra el acto de disolución del Congreso

Intento de nombrar un presidente interino

El Congreso, considerando el Principio de Legalidad establecido en el artículo 90 de la Constitución Política (que establece que las leyes y decretos rigen desde el día siguiente de su publicación),[91][92]​ respondió declarando la presidencia de Vizcarra suspendida y nombró a la vicepresidenta Mercedes Aráoz como presidenta interina, medidas que en gran medida se consideraron nulas y sin efecto.[93]​ Al día siguiente, el 1 de octubre de 2019, Aráoz anunció su renuncia, mientras que Vizcarra emitió un decreto para elecciones congresales extraordinarias que se celebrarían el 26 de enero de 2020.[94]

Acciones de amparo

Los congresistas Salvador Heresi (Contigo) y Angel Neyra Olaychea (Fuerza Popular) junto a la exparlamentaria Marisol Espinoza (Alianza para el Progreso) presentaron cada uno sendas acciones de amparo contra el acto de disolución del congreso decretado por el presidente Martín Vizcarra, alegando la violación a derechos constitucionales y solicitando que se ordene suspender los efectos del decreto de disolución. Sin embargo, a fines de octubre de 2019 las tres demandas fueron declaradas improcedentes por los respectivos juzgados ante las que fueron presentadas, fundamentando sus decisiones en el hecho de que ya existía en trámite una demanda competencial ante el Tribunal Constitucional, por lo que correspondía a dicho ente pronunciarse sobre la legalidad de la disolución del parlamento.[95][96][97]

Demanda competencial

El 10 de octubre de 2019, Pedro Olaechea, quien después de la disolución siguió presidiendo la Comisión Permanente, presentó una demanda competencial ante el Tribunal Constitucional cuya petición principal era "que se declare la nulidad del acto de disolución del Congreso contenido en el Decreto Supremo N° 165-2019-PCM.[4][98]​ Conjuntamente con la demanda, Olaechea presentó una solicitud de medida cautelar con la cual pretendía que, mientras el Tribunal se pronunciaba sobre el fondo, se ordenara restituir el estado de las cosas al momento anterior al acto de disolución cuestionado, es decir, se que se reinstale el Congreso disuelto hasta el pronunciamiento definitivo sobre el fondo de la demanda.[99]

El 29 de octubre de 2019, el pleno del Tribunal Constitucional votó por unanimidad admitir a trámite la demanda competencial planteada por Olaechea contra el Poder Ejecutivo, mientras que por 5 votos contra 2 declaró improcedente la solicitud de medida cautelar.[100]

El 14 de enero de 2020 el pleno del Tribunal debatió las materias puestas a su consideración y por mayoría (4 votos contra 3) declaró la demanda infundada y por tanto constitucional el acto de disolución del parlamento.[101]

Comparación con el cierre de 1992

Luego de la disolución del Congreso dispuesta por el entonces presidente, Martín Vizcarra, algunas voces compararon esta medida con el Autogolpe de Estado de 1992 llevado a cabo por el entonces presidente Alberto Fujimori, el cual también significó la disolución del parlamento. Por ejemplo, el exministro del Interior Fernando Rospigliosi calificó la disolución dispuesta por Vizcarra como un «golpe de Estado»;[102]​ así como el abogado constitucionalista Aníbal Quiroga, el cual sostuvo que la disolución es un «déjà vu del 5 de abril de 1992: "Es un golpe de Estado, en la medida en que está anulando al Congreso fuera de la Constitución" Disponer el cierre del Congreso fuera de los parámetros constitucionales es también un golpe de Estado».[103]​ No obstante, existen diferencias [104]​entre las medidas adoptadas en uno y otro caso.

Disolución del Congreso en 1992 Disolución del Congreso en 2019
Al disponer la disolución del congreso, el presidente Fujimori se basó en una decisión personal y no invocó ningún mecanismo previsto en la Constitución Política del Perú o en alguna otra norma del ordenamiento jurídico peruano que lo habilitara para adoptar dicha medida. Al año siguiente, buscando dar respaldo popular a su disposición, ordenó la realización de un referéndum constitucional.[105] Al disponer la disolución del congreso, el presidente Vizcarra apeló a la prerrogativa presidencial contenida en el artículo 134° de la Constitución Política del Perú; a pesar de que opiniones de algunos juristas y constitucionalistas cuestionaron su apego a la Constitución[106][107][108]​, el Tribunal Constitucional evaluó los hechos y la interpretación, declarando válida la disolución por cuatro votos contra tres.[1][2][3][109][110]
Con la decisión de disolver el Congreso, Fujimori pretendía gobernar temporalmente sin Congreso hasta la realización de un plebiscito nacional (cuya fecha no estaba definida).[111]​ Sin embargo, por presión internacional por parte de la Organización de Estados Americanos tuvo que convocar pronto a un Congreso Constituyente para así redactar una nueva Constitución.[112][113] El Decreto Supremo N° 165-2019-PCM,[4]​ mediante el cual Vizcarra dispuso la disolución del Congreso contuvo al mismo tiempo la convocatoria a elecciones para elegir a un nuevo parlamento el 26 de enero de 2020,[8]​ conforme lo estipula el artículo 134° de la constitución peruana.
Además de cerrar inconstitucionalmente el Congreso; Fujimori intervino al Poder Judicial, al Ministerio Público, al Consejo Nacional de la Magistratura, a la Contraloría General de la República y al Tribunal de Garantías Constitucionales (hoy Tribunal Constitucional).[114] La decisión de Vizcarra se limitó a la disolución constitucional del Congreso. Los demás poderes públicos siguieron funcionando autónomamente.
Al disponer el cierre del Congreso, Fujimori intervino militarmente a los medios de comunicación y a la prensa por unos días, censurando sus contenidos.[104][115] Cuando Vizcarra dispuso la disolución del Parlamento, ningún medio de comunicación fue intervenido y la prensa se mantuvo informando con total libertad. Por otro lado, el diario de oposición Expreso denunció, un presunto hackeo el mismo día que Vizcarra disolvió el Congreso, inhabilitando su página web por varias horas.[116][117]
Para asegurar su medida, Fujimori dispuso la intervención de efectivos militares y vehículos blindados en las calles y en diversas instalaciones (Sede del Congreso, del Poder Judicial, cerca de locales de partidos políticos, entre otros). Los efectivos de las Fuerzas Armadas no intervinieron, salvo un pronunciamiento del comando conjunto que respaldó la decisión de Vizcarra.[118]​ Cabe mencionar que al día siguiente, miembros de la División de Operaciones Especiales (DINOES) de la Policía Nacional del Perú, rodearon el Palacio Legislativo permitiendo ingresar únicamente a los congresistas integrantes de la Comisión Permanente y a un grupo de trabajadores,[119][120]​y también para evitar enfrentamientos con los ciudadanos.[121]
Fujimori dispuso la detención domiciliaria de diversos líderes políticos[122]​y la persecución de otros como el expresidente Alan García que finalmente obtuvo asilo político en Colombia.[123] No se detuvo ni persiguió a ninguna persona.
Entre personalidades y juristas existió un consenso mayoritario en calificar la medida como un golpe de Estado y un quiebre del orden constitucional. Algunos constitucionalistas como Carlos Torres y Torres Lara y Enrique Chirinos Soto se mostraron a favor de las acciones. Entre personalidades y juristas existieron discrepancias: algunos calificaron la decisión como inconstitucional y hasta de golpe de estado,[106][107][108]​ mientras que otros la consideraron legítima y apoyada en la carta magna peruana.[124][125][126]​ El Tribunal Constitucional lo declaró como un acto válido.[1][109]
No hubo posibilidad de que algún poder del Estado se pronunciara sobre la legalidad de la medida pues todos los poderes públicos fueron intervenidos por orden del Presidente Fujimori. Pedro Olaechea, quien continuó presidiendo la Comisión Permanente del Congreso (órgano que se mantuvo en funciones durante el interregno parlamentario), interpuso una demanda competencial[127]​ ante el Tribunal Constitucional para que se pronuncie sobre la legalidad de la medida, la cual fue declarada infundada el 14 de enero de 2020 ratificándose así la disolución parlamentaria.[110]

Véase también

Notas

Referencias

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Enlaces externos

  •   Wikimedia Commons alberga una categoría multimedia sobre Disolución del Congreso de la República del Perú en 2019.

Posición del Poder Ejecutivo

  • Presidente Vizcarra anuncia disolución constitucional del Congreso.
  • DECRETO SUPREMO N.º 165-2019-PCM. Decreto Supremo que disuelve el Congreso de la República y convoca a elecciones para un nuevo Congreso.

Posición del Poder Legislativo

  • RESOLUCIÓN N° 001-2019-2020-P-CR. Declarar inaplicable el Decreto Supremo N.º 165-2019-PCM, que disuelve el Congreso.
  •   Datos: Q69479248
  •   Multimedia: Category:Disolución del Congreso de la República del Perú en 2019

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La disolucion del Congreso de la Republica del Peru en 2019 fue un acto valido 1 2 3 dispuesto por el entonces presidente de la Republica Martin Vizcarra el 30 de septiembre de 2019 mediante Decreto Supremo N 165 2019 PCM 4 al haber considerado que el Congreso denego facticamente una cuestion de confianza planteada a nombre del Consejo de Ministros Dicha cuestion de confianza fue la tercera en ser presentada por un premier bajo la administracion de Vizcarra la cuarta en el periodo de gobierno 2016 2021 y de acuerdo con lo expuesto por el Gobierno la segunda en ser denegada 5 Disolucion del congreso peruano en el 2019Parte de la crisis politica en Peru de 2017 presenteJuramentacion de Mercedes Araoz como presidente interino posterior al discurso de disolucion del Congreso de la Republica 30 de septiembre de 2019 Nombre oficialDisolucion del CongresoTipoCrisis de gobernabilidad Cuestion de confianza formulada por el Poder Ejecutivo para modificar el procedimiento de eleccion de magistrados del Tribunal Constitucional SucesoCuestion de confianza considerada por el gobierno como rechazadaLugarLimaUbicacionLimaPais PeruFechaDecretada 30 de septiembre de 2019Efectiva 30 de septiembre de 2019 2 anos Ratificada 14 de enero de 2020 2 anos ParticipantesPoder EjecutivoCongreso de la RepublicaResultadoDeclarado como un acto valido por el Tribunal Constitucional editar datos en Wikidata La decision presidencial se amparo en la disposicion contenida en el articulo 134 de la Constitucion Politica del Peru segun la cual el Presidente puede disolver el Congreso y convocar en el mismo acto a nuevas elecciones parlamentarias si el Congreso ha denegado su confianza a dos Consejos de Ministros Pese a esta alegacion antes de su validacion la decision presidencial genero una gran controversia sobre su estricto apego a la Constitucion en especial por parte de diversas agrupaciones de oposicion quienes desde el Parlamento respondieron declarando la suspension de la presidencia de Vizcarra y nombrando a la vicepresidenta Mercedes Araoz como presidenta interina la cual no obstante renuncio a tal encargo al dia siguiente por lo que estas acciones del Congreso quedaron como actos meramente simbolicos Los cuestionamientos a la medida por parte del Congreso disuelto se materializaron en una demanda competencial planteada por su Comision Permanente organo que se mantiene en funciones durante el interregno parlamentario 6 la que tuvo por finalidad que el Tribunal Constitucional se pronunciara sobre la legalidad de la disolucion parlamentaria 7 La demanda fue admitida a tramite el 29 de octubre de 2019 y el pronunciamiento final se produjo el 14 de enero de 2020 en que por mayoria 4 votos contra 3 se declaro infundada la demanda y por tanto valido el acto de disolucion del Parlamento 1 La disolucion del Congreso no produjo el quiebre del periodo parlamentario 2016 2021 sino solo un interregno que llego a su fin cuando se instalo el nuevo Parlamento elegido en las elecciones extraordinarias 8 llevadas a cabo el 26 de enero de 2020 Indice 1 Marco juridico 1 1 Disolucion del Congreso 1 2 Funcionamiento de la Comision Permanente 2 Antecedentes 3 Cuestion de confianza 4 Disolucion del Congreso 4 1 Respuesta del Congreso 5 Interregno parlamentario 5 1 Comision Permanente 5 2 Situacion del Gabinete 5 3 Restriccion del ingreso al Palacio Legislativo 6 Reacciones 6 1 Opinion publica 6 2 Personalidades e instituciones favor 6 3 Personalidades e instituciones en contra 6 4 Pronunciamiento de la Defensoria del Pueblo 6 5 Internacional 7 Acciones legales contra el acto de disolucion del Congreso 7 1 Intento de nombrar un presidente interino 7 2 Acciones de amparo 7 3 Demanda competencial 8 Comparacion con el cierre de 1992 9 Vease tambien 10 Notas 11 Referencias 12 Enlaces externos 12 1 Posicion del Poder Ejecutivo 12 2 Posicion del Poder LegislativoMarco juridico EditarDisolucion del Congreso Editar El articulo 134 de la Constitucion Politica del Peru de 1993 faculta al presidente a disolver el Congreso en el siguiente caso Articulo 134 El Presidente de la Republica esta facultado para disolver el Congreso si este ha censurado o negado su confianza a dos Consejos de Ministros El decreto de disolucion contiene la convocatoria a elecciones para un nuevo Congreso Dichas elecciones se realizan dentro de los cuatro meses de la fecha de disolucion sin que pueda alterarse el sistema electoral preexistente No puede disolverse el Congreso en el ultimo ano de su mandato Disuelto el Congreso se mantiene en funciones la Comision Permanente la cual no puede ser disuelta No hay otras formas de revocatoria del mandato parlamentario Bajo estado de sitio el Congreso no puede ser disuelto Constitucion Politica del Peru de 1993 9 Funcionamiento de la Comision Permanente Editar Articulo principal Comision Permanente del Congreso de la Republica del Peru El articulo 134 antes citado indica que producida la disolucion del Congreso se mantiene en funciones su Comision Permanente hasta la eleccion y juramentacion de los parlamentarios que integraran el nuevo Congreso a ser elegido en un proceso electoral extraordinario Por su parte el articulo 135 establece que durante el interregno el Ejecutivo legisla mediante decretos de urgencia de los cuales debe dar cuenta a la Comision Permanente Articulo 135 Instalacion del nuevo congreso En ese interregno el Poder Ejecutivo legisla mediante decretos de urgencia de los que da cuenta a la Comision Permanente para que los examine y los eleve al Congreso una vez que este se instale Constitucion Politica del Peru de 1993 Si bien el articulo 42 del Reglamento del Congreso de la Republica establece que la Comision Permanente ejerce sus funciones constitucionales durante el funcionamiento ordinario del Congreso durante su receso e inclusive durante en el interregno parlamentario derivado de la disolucion del Congreso el Tribunal Constitucional en el Auto de admision de la demanda competencial interpuesta contra la disolucion congresal decretada por el presidente Vizcarra preciso que las funciones de la Comision Permanente durante el interregno estan limitadas a lo dispuesto en el articulo 135 de la Constitucion 10 es decir a recibir y evaluar los decretos de urgencia emitidos por el Poder Ejecutivo para dar cuenta de ello al nuevo Congreso Ahora bien de conformidad con la Constitucion la Comision Permanente durante el interregno parlamentario continua ejerciendo sus funciones Esto no implica que la Comision Permanente tenga las facultades del Pleno del Congreso y pueda hacer sus veces sino que esta limitada a lo dispuesto en el articulo 135 de la Constitucion Tribunal Constitucional Auto de Admisibilidad demanda competencial del 29 de octubre de 2019 11 Antecedentes EditarLas elecciones generales de 2016 en el Peru determinaron un complicado reparto del poder en el que la agrupacion politica Peruanos por el Kambio obtuvo la presidencia de la republica en la persona de Pedro Pablo Kuczynski pero solo 18 de los 130 escanos que componen el congreso unicameral Por el contrario la agrupacion fujimorista Fuerza Popular que perdio la presidencia por escaso margen obtuvo 73 escanos Debido a la falta de acuerdos y la imposibilidad de una cohabitacion la situacion genero prontamente una crisis politica de enfrentamiento entre el Poder Ejecutivo y el Congreso Uno de estos enfrentamientos se centro en la politica educativa del gobierno y como consecuencia de ello en septiembre de 2017 la mayoria fujimorista decidio interpelar a la entonces ministra de educacion Marilu Martens tras lo cual se presento una mocion de censura que de ser aprobada hubiera obligado a la ministra a dimitir Ante este hecho el Presidente del Consejo de Ministros Fernando Zavala Lombardi presento ante el Congreso una cuestion de confianza sobre la politica educativa del gobierno la cual fue denegada por 77 votos en contra 22 a favor y 16 abstenciones 12 Como consecuencia a esta denegatoria todo el gabinete se vio obligado a renunciar En diciembre de 2017 el conflicto entre poderes se agudizo con un primer intento de destitucion contra el presidente Pedro Pablo Kuczynski el cual se repitio nuevamente en marzo de 2018 con un segundo intento de destitucion que finalmente no llego a concretarse por la renuncia de Pedro Pablo Kuczynski a la presidencia el 21 de marzo de 2018 lo que llevo al hasta entonces vicepresidente Martin Vizcarra a asumir el cargo en su reemplazo Luego de un breve periodo de apaciguamiento el enfrentamiento politico entre el poder ejecutivo en ese entonces presidido por Martin Vizcarra y la mayoria fujimorista en el Congreso se reanudo motivando que el Ejecutivo llegara a hacer uso de cuestiones de confianza para impulsar la aprobacion de sus propuestas que en su opinion el Congreso estaba bloqueando o distorsionando La crisis llego a un punto crucial cuando el 28 de julio de 2019 el presidente Martin Vizcarra anuncio ante el Congreso la presentacion de un proyecto de reforma constitucional que permitiria acortar su propio mandato y el del Congreso a fin de adelantar las elecciones generales de 2021 a 2020 No obstante el 26 de septiembre la Comision de Constitucion decidio archivar esta propuesta a la que califico de inconstitucional a pesar de que muchos congresistas habian solicitado que se debatiera en el pleno del Congreso Paralelamente la mayoria del Congreso habia decidido emprender la eleccion de seis de los siete integrantes del Tribunal Constitucional cuyo mandato estaba vencido desde mayo de 2019 iniciando un proceso de seleccion de magistrados que levanto diversas criticas nacionales e internacionales por su inusitada velocidad 13 y falta de transparencia 14 Desde algunos sectores politicos los medios de comunicacion y la sociedad civil se evidencio que el apuro de la agrupacion fujimorista Fuerza Popular en cambiar la composicion del Tribunal a su favor tenia relacion con el hecho de que este estaba por emitir pronunciamiento sobre un pedido para terminar con la prision preventiva que cumplia su lideresa Keiko Fujimori 15 16 Por su parte la representante de Fuerza Popular Rosa Bartra rechazo las criticas justificando que el Congreso cumplia con el proceso de eleccion de magistrados amparandose en la Constitucion 17 Cuestion de confianza EditarArticulo principal Cuestion de confianza Peru Luego de conocerse que se habia rechazado la propuesta de adelanto de elecciones el gobierno de Vizcarra anuncio el dia viernes 27 que presentaria una cuestion de confianza sobre el proceso de eleccion de los magistrados del Tribunal Constitucional El presidente Vizcarra explico que a traves del Presidente del Consejo de Ministros Salvador del Solar formularia una cuestion de confianza vinculada a un proyecto de ley destinado a modificar la ley organica del Tribunal Constitucional en el extremo referido al procedimiento de eleccion de sus magistrados La cuestion de confianza pretendia que el Congreso suspendiera la eleccion de los magistrados aprobara las modificaciones propuestas y las aplique al proceso de seleccion El viernes 27 de septiembre la PCM mando un oficio al Congreso para que el ministro Del Solar pueda asistir a plantear la cuestion de confianza ante el Pleno La noche del domingo 29 de septiembre el presidente Vizcarra manifesto en una entrevista que si le denegaban la cuestion de confianza a su gabinete haria uso de su atribucion constitucional de disolver el congreso y convocar a elecciones parlamentarias 18 A pesar de que el entonces Presidente del Consejo de Ministros Salvador del Solar habia solicitado presentarse en la primera oportunidad que se reuna el Pleno la Junta de Portavoces del Congreso decidio que en la sesion del 30 de septiembre se votaria primero la eleccion de los nuevos magistrados y solo despues se escucharia al ministro Del Solar para la sustentacion de la cuestion de confianza Cuando se inicio la sesion para la eleccion de los magistrados el ministro Del Solar se presento en las instalaciones del Congreso con la intencion de hacer uso de la palabra amparado en el articulo 129 de la Constitucion que permite a los ministros concurrir a las sesiones del Congreso y participar en sus debates Sin embargo por orden del presidente del Congreso Pedro Olaechea 19 quien de acuerdo con el reglamento del Congreso dirige el debate y el desarrollo de las sesiones se cerraron las puertas del hemiciclo con la intencion de no permitir el ingreso del primer ministro lo que motivo airadas protestas por parte de los grupos parlamentarios de minoria 20 y un forcejeo entre congresistas que pugnaban por abrir las puertas agentes de seguridad y parlamentarios fujimoristas que insistian en mantener las puertas cerradas 21 Finalmente el Jefe del gabinete ministerial logro ingresar al hemiciclo con la ayuda de algunos parlamentarios 22 e intervino en la discusion formalizando la cuestion de confianza por el proyecto de ley presentado retirandose luego del parlamento Es tanta la importancia de la conformacion del Tribunal Constitucional que debe usarse un procedimiento transparente que garantice a la ciudadania que elegiremos bien con los votos de los representantes del pueblo que son ustedes Debido a nuestra preocupacion hemos presentado un proyecto de ley para un proceso transparente Un proyecto de ley ya presentado ante este Congreso y por el cual en nombre del Consejo de Ministros hago cuestion de confianza en ese mismo momento para que el Parlamento decida si nos otorga la confianza y considera por lo tanto que hay que hacer uso de transparencia o para que nos las niega si considera que va a seguir adelante con ese procedimiento Salvador del Solar 23 En el acto la bancada de Nuevo Peru presento una cuestion previa que planteaba suspender la eleccion de los magistrados y atender primero la cuestion de confianza planteada por el poder ejecutivo Esta cuestion previa fue rechazada por 80 votos contra 34 24 El Congreso continuo con el proceso de eleccion de los magistrados logrando obtener la votacion calificada 87 votos para uno de ellos Gonzalo Ortiz de Zevallos Olaechea Sin embargo el proceso se trunco cuando se verifico que no se obtendrian los votos requeridos para elegir a los magistrados restantes Por ello el Presidente del Congreso suspendio la sesion luego de que el Pleno dispuso la dispensa del tramite de sancion del acta para ejecutar lo actuado Inmediatamente se acordo que la sesion se reanudaria a las 4 00 p m para debatir la cuestion de confianza planteada por el Premier 25 El Congreso amparandose en el articulo 86 º de su reglamento que le permitia debatir la cuestion de confianza en la misma sesion en la que se plantee o en la siguiente 26 volvio a sesionar aproximadamente a las 04 15 p m e inicio el debate de la cuestion de confianza planteada por el ministro Salvador del Solar Mientras esto ocurria a las 05 33 p m la television empezo a transmitir un mensaje a la Nacion del presidente Vizcarra en el cual daba cuenta de la actuacion del congreso en horas de la manana en virtud de lo cual consideraba que la confianza solicitada por el ejecutivo habia sido rechazada de manera factica En ese momento al enterarse del mensaje presidencial el parlamento procedio a votar la cuestion de confianza la cual fue aprobada con 50 votos a favor 31 en contra y 13 abstenciones aproximadamente a las 5 40 p m 27 Un minuto mas tarde el presidente Vizcarra anuncio la disolucion del Congreso 28 Disolucion del Congreso EditarEn un mensaje a la Nacion de poco mas de 10 minutos de duracion 29 el entonces presidente Martin Vizcarra hizo un recuento de las veces en que su Gobierno habia tenido que plantear cuestiones de confianza ante el Congreso mencionando tambien el intento de impedir el ingreso del premier al hemiciclo del Congreso en la manana de ese dia y al hecho de no haberse dado la prioridad solicitada por este y por el contrario proseguir con la eleccion de magistrados al Tribunal Constitucional por lo cual anuncio su decision de disolver el Congreso debido a que su Gobierno consideraba que por los hechos negacion de entrada al premier eleccion de un magistrado y posterior debate de la cuestion de confianza se habia negado la confianza al presidente del Consejo de Ministros de manera factica presentamos el proyecto de reforma de adelanto de elecciones como una salida al evidente entrampamiento politico Ante esta propuesta de desprendimiento patriotico el Congreso respondio con un tratamiento vergonzoso que no tuvo pudor en utilizar hasta a organismos internacionales sin tan siquiera escuchar sus opiniones para archivar una medida que contaba con el apoyo mayoritario de la ciudadania perdimos la oportunidad de tener un Congreso bicameral porque se intento camuflar la posibilidad de una reeleccion tan dificil es pensar en el Peru primero Hoy hemos presentado la tercera Cuestion de Confianza y lo que ha acontecido en el Congreso subraya la desverguenza en la que ha caido la mayoria parlamentaria absolutamente divorciada de la voluntad de los peruanos y trabajando de manera denodada para proteger y blindar a los suyos Nuestro proyecto de ley busca generar un mecanismo mas transparente y participativo en la eleccion de los miembros del Tribunal Constitucional para evitar las repartijas y la utilizacion de las instituciones para que unos pocos no se sirvan de ellas Ante esto desde el Congreso se intento impedir al premier ingresar al hemiciclo se desconocio el articulo 129 de la Constitucion Politica del Peru no se dio la prioridad que la cuestion de confianza merece y luego se aprobo el primer miembro de un tribunal express en una dudosa votacion vaciando de contenido la cuestion de confianza planteada Ante la denegacion factica de la confianza y en respecto irrestricto de la Constitucion Politica del Peru he decidido disolver constitucionalmente el Congreso y llamar a elecciones de congresistas de la Republica Martin Vizcarra 30 La noche del mismo 30 de septiembre de 2019 en una edicion extraordinaria del Diario Oficial El Peruano se publico el Decreto Supremo N 165 2019 PCM 4 que disponia la disolucion del Congreso y la convocatoria a elecciones parlamentarias extraordinaruas en 2020 31 El entonces presidente del Congreso Pedro Olaechea declaro a dicho decreto como inaplicable 32 Respuesta del Congreso Editar Articulo principal Proceso de suspension temporal contra Martin Vizcarra Articulo 114 El ejercicio de la Presidencia de la Republica se suspende por 1 Incapacidad temporal del Presidente declarada por el Congreso o 2 Hallarse este sometido a proceso judicial conforme al articulo 117o de la Constitucion Constitucion de 1993 Luego del anuncio de disolucion del Congreso de la Republica los grupos parlamentarios Bancada Liberal Nuevo Peru Frente Amplio Unidos por la Republica abandonaron el hemiciclo y no volvieron a retornar en senal de conformidad con la medida la Bancada Oficialista de Peruanos por el Kambio se encontraba en Palacio de Gobierno apoyando la decision presidencial mientras que la mayoria fujimorista y las bancadas del Apra Contigo Alianza para el Progreso y Accion Popular 33 permanecieron en el interior e intentaron destituir al presidente Vizcarra declarando la vacancia de su cargo por presunta incapacidad moral 34 No obstante al constatar que no contaban con los votos necesarios para ello 87 votos de 130 optaron por hacer uso del mecanismo de la suspension regulada en el articulo 114 de la Constitucion y asi se declaro a Vizcarra suspendido por doce meses en el cargo de presidente de la Republica por incapacidad temporal 35 si bien de acuerdo con el magistrado del Tribunal Constitucional Eloy Espinoza Saldana el mecanismo de la suspension fue erroneamente aplicado debido a que la suspension historicamente ha sido entendida para casos de enfermedad 36 mientras que otros juristas opinaron que no se respeto el derecho a la defensa y al debido proceso del Presidente 37 Como consecuencia de la suspension de Martin Vizcarra como presidente del Peru el Congreso tomo juramento a la segunda vicepresidenta Mercedes Araoz Fernandez como presidenta en funciones del Peru 38 considerando que el articulo 115 de la Constitucion Politica del Peru establece que por impedimento temporal o permanente asume sus funciones el Primer Vicepresidente En defecto de este el Segundo Vicepresidente No obstante al contar Vizcarra con el apoyo de la poblacion y el respaldo de las fuerzas armadas tanto su suspension en el cargo como la juramentacion de la segunda vicepresidenta quedaron como hechos simbolicos y sin efecto en la practica mas aun cuando al dia siguiente 1 de octubre Araoz renuncio de manera irrevocable a la Vicepresidencia de la Republica y a las funciones que le encargo el Congreso 39 Por su parte en un curso de accion paralelo frente a la disolucion del Congreso su hasta entonces presidente Pedro Olaechea envio cartas a la ONU y OEA acusando al presidente Vizcarra de amenazar la democracia 40 Interregno parlamentario EditarTal y como sucede en los sistemas parlamentarios el periodo comprendido entre la disolucion de un Congreso y la eleccion del que lo sustituya se denomina interrregno parlamentario La Constitucion ha previsto las formalidades a seguir durante este periodo Comision Permanente Editar Segun la Constitucion Politica de 1993 la Comision Permanente sesiona en el llamado interregno parlamentario hasta que se instale el nuevo Congreso que sera en encargado de votar la cuestion de confianza investidura al Consejo de Ministros designado luego de la disolucion del parlamento El Consejo de Ministros debera presentarse para dar cuenta de sus acciones durante el interregno y para exponer las principales medidas de gestion 41 La Comision Permanente del Congreso quedara entonces como unico representante del poder legislativo con 28 miembros en total que incluyen a los cuatro integrantes de la Mesa Directiva y los portavoces de las bancadas 42 Situacion del Gabinete Editar En la misma linea del anuncio del presidente Vizcarra el gabinete de ministros entro en crisis por la llamada negacion factica de la cuestion de confianza Ante ello tradicionalmente renuncian todos los ministros Salvador del Solar fue reemplazado por el ministro de Justicia y Derechos Humanos Vicente Zeballos 43 Los ministros Nestor Popolizio Relaciones Exteriores 44 Francisco Ismodes Energia y Minas 45 y Carlos Oliva Economia y Finanzas 44 renunciaron a sus cargos mientras tanto Maria Jara Transportes y Comunicaciones tomo distancia del Gobierno 45 Restriccion del ingreso al Palacio Legislativo Editar Durante la madrugada del 1 de octubre de 2019 horas despues de la proclamacion de la disolucion del Congreso alrededor del Palacio Legislativo se registraron disturbios 46 Ese mismo dia la Policia Nacional del Peru que reconocio a Vizcarra como presidente impidio el ingreso al Palacio Legislativo a los parlamentarios no pertenecientes a la Comision Permanente 47 48 Reacciones EditarOpinion publica Editar El mismo dia de anunciada disolucion del Parlamento la poblacion realizo diversas manifestaciones de apoyo a la decision de Martin Vizcarra en diversas regiones del pais Dias despues un sondeo a nivel nacional realizado del 2 al 4 de octubre de 2019 por el Instituto de Estudios Peruanos IEP para el diario La Republica arrojo como resultado que el 84 de la ciudadania aprobaba la disolucion del Congreso mientras que un 8 desaprobaba esta accion 49 Otro sondeo tambien a nivel nacional realizado del 2 al 3 de octubre de 2019 por la empresa CPI mostro que el 89 5 de la poblacion se mostraba de acuerdo con la disolucion del Parlamento contra un 9 3 que se expresaba en desacuerdo con dicha medida 50 Personalidades e instituciones favor Editar Algunos politicos que apoyaron la disolucion fueron Veronika Mendoza 51 Julio Guzman 52 Daniel Salaverry 53 y Cesar Acuna En el caso de grupos politicos o bancadas parlamentarias que apoyaron la medida estuvieron Nuevo Peru Frente Amplio 54 Bancada Liberal Peruanos por el Kambio y Unidos por la Republica La Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales que representa a las regiones del pais apoyo la disolucion del Congreso al igual que la Asociacion de Municipalidades de las distintas provincias en el pais 55 La cupula de las Fuerzas Armadas Peruanas 56 y de la Policia Nacional del Peru 57 apoyaron la disolucion del Congreso y reconocieron a Martin Vizcarra como presidente constitucional El escritor peruano Mario Vargas Llosa expreso su aprobacion a la decision del presidente Vizcarra de disolver el Congreso para quien dicha decision ha sido rigurosamente constitucional como han mostrado muchos juristas eminentes 58 Para el constitucionalista y expresidente del Tribunal Constitucional peruano Cesar Landa Arroyo la disolucion del congreso tiene un fundamento constitucional porque la cuestion de confianza fue desestimada 59 El constitucionalista Omar Cairo expreso que el Congreso voto una confianza vacia Tecnicamente no se la ha dado Y lo que corresponde es que este periodo transcurra sin mayores sobresaltos hasta que se realicen las elecciones de enero y se elija un nuevo Congreso 59 El ex ministro de justicia peruano Juan Jimenez Mayor sostuvo que la disolucion del Congreso tiene sustento constitucional precisando que no ha existido una negacion factica de la cuestion de confianza como ha indicado el presidente Vizcarra sino que mediante una votacion de 80 congresistas se rechazo la misma al no aprobarse la cuestion previa que fue planteada para que se atendiera en el momento el pedido de confianza lo que implico un rechazo a la cuestion de confianza 60 Personalidades e instituciones en contra Editar La Defensoria del Pueblo del Peru se declaro en contra de la disolucion congresal Varios parlamentarios de Fuerza Popular salieron a protestar por la decision 61 Los congresistas Milagros Salazar Fuerza Popular 62 y Salvador Heresi Contigo 63 tildaron de dictador a Vizcarra El congresista por el APRA Jorge del Castillo pidio a la Policia Nacional y a las Fuerzas Armadas no se presten a este golpe de Estado 64 aunque posteriormente las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru anunciaron publicamente el respaldo a Martin VizcarraAlgunos otros politicos y grupos que calificaron como golpe de Estado la disolucion fueron Juan Sheput 65 Alberto Beingolea 66 Pedro Olaechea 67 y el Partido Aprista Peruano 68 El gobernador de Arequipa Elmer Caceres Llica expreso su disconformidad con el cierre del Congreso incluso no asistio a votar en las elecciones congresales extraordinarias de 2020 expresando que en su momento no estuve de acuerdo con ello por lo tanto no he sido participe de estas elecciones 69 El expresidente del Tribunal Constitucional Oscar Urviola expreso que lo ocurrido era un golpe de Estado 70 En ese sentido al mandatario se le puede juzgar al termino de su mandato Cuando se restablezca un regimen constitucional pueden funcionar los mecanismos para acusarlo por violacion constitucional 71 El expresidente del Tribunal Constitucional Victor Garcia Toma expreso que Martin Vizcarra es gobernante porque tiene territorio porque la Policia y las Fuerzas Armadas le han dado su respaldo maneja presupuesto cuenta con respaldo ciudadano que lo apoya pero es un gobierno juridicamente irregular 72 El expresidente del Tribunal Constitucional Ernesto Alvarez Miranda expreso que el decreto presidencial de disolucion no respondio a la causal constitucionalmente prevista pues la Cuestion de Confianza fue aprobada publicandose el decreto de disolucion sin que haya sido aprobado en ningun Consejo de Ministros 73 El expresidente del Tribunal Constitucional Carlos Masia Ramirez dijo que Vizcarra ha hecho una interpretacion de un acto que el Congreso no ha hecho el Congreso no le nego la confianza al primer ministro se la brindo pero el ha querido cerrar el Congreso y por eso nos encontramos en un callejon sin salida 74 El exsenador y constitucionalista Raul Ferrero Costa considero que la clausura del Parlamento es ilegal 75 El constitucionalista Javier Valle Riestra califico a la disolucion como una medida despotica y maniobra totalitaria y a Martin Vizcarra como usurpador tirano encadenado por la opinion publica y presidente extraconstitucional 76 El constitucionalista Domingo Garcia Belaunde indico que es totalmente inconstitucional Martin Vizcarra no puede hacerlo cerrar el Congreso y si lo hace es un golpista Si hace el golpe de Estado con esa apariencia de legalidad tarde o temprano acabara en la carcel como acabaron todos los golpistas 77 El abogado Enrique Ghersi manifesto que es un golpe de Estado muy interesante porque utiliza las zonas blancas grises de la ley Es el primer golpe de Estado en el que la Policia toma el control de la accion politica del Ejecutivo Es una prueba del golpe de Estado que la Policia no haya dejado entrar a los parlamentarios al Congreso 78 El constitucionalista Carlos Blancas Bustamante considero que el presidente Martin Vizcarra incurrio en una infraccion constitucional al disolver el Congreso sin estar facultado para hacerlo 79 La excandidata presidencial y constitucionalista Lourdes Flores Nano manifesto que no habia razones para el cierre del Congreso y dijo estemos viviendo una interrupcion democratica un verdadero golpe del Estado 80 En un comunicado Domingo Garcia Belaunde Lourdes Flores Nano Natale Amprimo Anibal Quiroga Jose Palomino Manchego Angel Delgado Silva Victor Garcia Toma Carlos Blancas Bustamante Jorge Luis Caceres Arce Dante Paiva Goyburu y Mijael Garrido Lecca consideraron que la disolucion ha sido forzada sobre la base de una negacion de confianza no ocurrida 81 2 A la negacion de confianza no se llega por via interpretativa como ha sido sustentada por el senor Martin Vizcarra sino que necesita una manifestacion expresa denegatoria por parte del Congreso de la Republica 5 Somos de la opinion que la decision de disolver el Congreso dispuesta por el senor Martin Vizcarra no se ajusta a la prevision constitucional y por tanto nos coloca fuera del Estado de Derecho que con tanto esfuerzo los peruanos veniamos cimentando consistentemente desde hace cuatro lustros Pronunciamiento de once abogados y juristas El Colegio de Abogados de Lima CAL emitio un comunicado firmado por su presidenta Maria Elena Portocarrero donde asegura que la cuestion de confianza anunciada por el presidente Vizcarra respecto del procedimiento de eleccion de miembros del Tribunal Constitucional era improcedente pues la seleccion es un acto de exclusivo del Poder Legislativo Ademas anadio que cerrar el Congreso de la Republica constituiria el quiebre de nuestra democracia y acarrearia la responsabilidad del caso a sus impulsores 82 El constitucionalista Natale Amprimo senalo que el presidente de la Republica ha hecho un acto inconstitucional y mantiene su poder de facto Ha disuelto el Congreso de facto y fuera de las condiciones constitucionales que estan contempladas Esto es ilegal El acto que hace el presidente es inconstitucional Segun el periodista Jaime Bayly la disolucion es un error historico que podra traer consecuencias en el pais y en el propio presidente 83 La Defensoria del Pueblo del Peru 84 y la Confederacion Nacional de Instituciones Empresariales Privadas 85 rechazaron la decision del presidente En un articulo publicado en The Wall Street Journal la periodista Mary O Grady asegura que el presidente Vizcarra dio un golpe de Estado y que cerrar el Congreso fue ilegal 86 Pronunciamiento de la Defensoria del Pueblo Editar El 25 de octubre de 2019 la Defensoria del Pueblo emitio un Informe Defensorial sobre la crisis politica cuestion de confianza y disolucion del congreso mediante el cual se pronuncio sobre la crisis politica que llevo al planteamiento de cuestion de confianza y ulterior disolucion del Parlamento por parte del Poder Ejecutivo En dicho documento la defensoria hizo notar que los parlamentarios agendaron el debate de la cuestion de confianza planteada por el ejecutivo para un momento posterior al proceso de seleccion de los magistrados del Tribunal Constitucional es decir para cuando ya se habia producido el evento que el Poder Ejecutivo buscaba evitar con lo cual en la practica la cuestion de confianza se tornaba en ineficaz Sin embargo tambien preciso que otorgarle un margen de discrecionalidad al Ejecutivo a fin de determinar sin mas criterio que el suyo en que casos se ha denegado o concedido la confianza supondria un peligro para el equilibrio de poderes El documento finaliza indicando que debe ser el Tribunal Constitucional el que determine si las acciones del Congreso al otorgar nominalmente la cuestion de confianza pero en los hechos actuar en sentido contrario y del presidente por interpretar que la confianza le habia sido denegada y en base a ello disolver el Parlamento se han cenido a lo que prescribe la Constitucion o no Asimsimo considera que el Tribunal Constitucional debera tambien encontrar una solucion constitucional a temas pendientes de resolver como los limites a los decretos de urgencia y las competencias de la Comision Permanente durante el interregno parlamentario 87 Internacional Editar El expresidente de Brasil Luis Inacio Lula da Silva aseguro que los actos de Martin Vizcarra son un nuevo tipo de golpe de Estado Si la situacion de Peru es mala que se convoquen nuevas elecciones El primer gesto de un presidente de la Republica que sea responsable no es revocar el mandato de los demas Revoca el tuyo Porque si la orquesta no funciona bien no culparemos al violin culparemos al director 88 La cancilleria de Chile liderada por Teodoro Ribera dijo que respetara los procesos internos peruanos y espera que la institucionalidad se imponga asi mismo evito manifestarse en una posicion sobre la disolucion del Congreso 89 La Organizacion de Estados Americanos OEA afirmo que compete al TC pronunciarse sobre la legalidad y legitimidad de la presidencia del Peru y acoto que la la polarizacion politica que sufre el pais la resuelva el pueblo en las urnas 90 Acciones legales contra el acto de disolucion del Congreso EditarIntento de nombrar un presidente interino Editar El Congreso considerando el Principio de Legalidad establecido en el articulo 90 de la Constitucion Politica que establece que las leyes y decretos rigen desde el dia siguiente de su publicacion 91 92 respondio declarando la presidencia de Vizcarra suspendida y nombro a la vicepresidenta Mercedes Araoz como presidenta interina medidas que en gran medida se consideraron nulas y sin efecto 93 Al dia siguiente el 1 de octubre de 2019 Araoz anuncio su renuncia mientras que Vizcarra emitio un decreto para elecciones congresales extraordinarias que se celebrarian el 26 de enero de 2020 94 Acciones de amparo Editar Los congresistas Salvador Heresi Contigo y Angel Neyra Olaychea Fuerza Popular junto a la exparlamentaria Marisol Espinoza Alianza para el Progreso presentaron cada uno sendas acciones de amparo contra el acto de disolucion del congreso decretado por el presidente Martin Vizcarra alegando la violacion a derechos constitucionales y solicitando que se ordene suspender los efectos del decreto de disolucion Sin embargo a fines de octubre de 2019 las tres demandas fueron declaradas improcedentes por los respectivos juzgados ante las que fueron presentadas fundamentando sus decisiones en el hecho de que ya existia en tramite una demanda competencial ante el Tribunal Constitucional por lo que correspondia a dicho ente pronunciarse sobre la legalidad de la disolucion del parlamento 95 96 97 Demanda competencial Editar Articulo principal Proceso competencial por la disolucion del Congreso de la Republica del Peru en 2019 El 10 de octubre de 2019 Pedro Olaechea quien despues de la disolucion siguio presidiendo la Comision Permanente presento una demanda competencial ante el Tribunal Constitucional cuya peticion principal era que se declare la nulidad del acto de disolucion del Congreso contenido en el Decreto Supremo N 165 2019 PCM 4 98 Conjuntamente con la demanda Olaechea presento una solicitud de medida cautelar con la cual pretendia que mientras el Tribunal se pronunciaba sobre el fondo se ordenara restituir el estado de las cosas al momento anterior al acto de disolucion cuestionado es decir se que se reinstale el Congreso disuelto hasta el pronunciamiento definitivo sobre el fondo de la demanda 99 El 29 de octubre de 2019 el pleno del Tribunal Constitucional voto por unanimidad admitir a tramite la demanda competencial planteada por Olaechea contra el Poder Ejecutivo mientras que por 5 votos contra 2 declaro improcedente la solicitud de medida cautelar 100 El 14 de enero de 2020 el pleno del Tribunal debatio las materias puestas a su consideracion y por mayoria 4 votos contra 3 declaro la demanda infundada y por tanto constitucional el acto de disolucion del parlamento 101 Comparacion con el cierre de 1992 EditarLuego de la disolucion del Congreso dispuesta por el entonces presidente Martin Vizcarra algunas voces compararon esta medida con el Autogolpe de Estado de 1992 llevado a cabo por el entonces presidente Alberto Fujimori el cual tambien significo la disolucion del parlamento Por ejemplo el exministro del Interior Fernando Rospigliosi califico la disolucion dispuesta por Vizcarra como un golpe de Estado 102 asi como el abogado constitucionalista Anibal Quiroga el cual sostuvo que la disolucion es un deja vu del 5 de abril de 1992 Es un golpe de Estado en la medida en que esta anulando al Congreso fuera de la Constitucion Disponer el cierre del Congreso fuera de los parametros constitucionales es tambien un golpe de Estado 103 No obstante existen diferencias 104 entre las medidas adoptadas en uno y otro caso Disolucion del Congreso en 1992 Disolucion del Congreso en 2019Al disponer la disolucion del congreso el presidente Fujimori se baso en una decision personal y no invoco ningun mecanismo previsto en la Constitucion Politica del Peru o en alguna otra norma del ordenamiento juridico peruano que lo habilitara para adoptar dicha medida Al ano siguiente buscando dar respaldo popular a su disposicion ordeno la realizacion de un referendum constitucional 105 Al disponer la disolucion del congreso el presidente Vizcarra apelo a la prerrogativa presidencial contenida en el articulo 134 de la Constitucion Politica del Peru a pesar de que opiniones de algunos juristas y constitucionalistas cuestionaron su apego a la Constitucion 106 107 108 el Tribunal Constitucional evaluo los hechos y la interpretacion declarando valida la disolucion por cuatro votos contra tres 1 2 3 109 110 Con la decision de disolver el Congreso Fujimori pretendia gobernar temporalmente sin Congreso hasta la realizacion de un plebiscito nacional cuya fecha no estaba definida 111 Sin embargo por presion internacional por parte de la Organizacion de Estados Americanos tuvo que convocar pronto a un Congreso Constituyente para asi redactar una nueva Constitucion 112 113 El Decreto Supremo N 165 2019 PCM 4 mediante el cual Vizcarra dispuso la disolucion del Congreso contuvo al mismo tiempo la convocatoria a elecciones para elegir a un nuevo parlamento el 26 de enero de 2020 8 conforme lo estipula el articulo 134 de la constitucion peruana Ademas de cerrar inconstitucionalmente el Congreso Fujimori intervino al Poder Judicial al Ministerio Publico al Consejo Nacional de la Magistratura a la Contraloria General de la Republica y al Tribunal de Garantias Constitucionales hoy Tribunal Constitucional 114 La decision de Vizcarra se limito a la disolucion constitucional del Congreso Los demas poderes publicos siguieron funcionando autonomamente Al disponer el cierre del Congreso Fujimori intervino militarmente a los medios de comunicacion y a la prensa por unos dias censurando sus contenidos 104 115 Cuando Vizcarra dispuso la disolucion del Parlamento ningun medio de comunicacion fue intervenido y la prensa se mantuvo informando con total libertad Por otro lado el diario de oposicion Expreso denuncio un presunto hackeo el mismo dia que Vizcarra disolvio el Congreso inhabilitando su pagina web por varias horas 116 117 Para asegurar su medida Fujimori dispuso la intervencion de efectivos militares y vehiculos blindados en las calles y en diversas instalaciones Sede del Congreso del Poder Judicial cerca de locales de partidos politicos entre otros Los efectivos de las Fuerzas Armadas no intervinieron salvo un pronunciamiento del comando conjunto que respaldo la decision de Vizcarra 118 Cabe mencionar que al dia siguiente miembros de la Division de Operaciones Especiales DINOES de la Policia Nacional del Peru rodearon el Palacio Legislativo permitiendo ingresar unicamente a los congresistas integrantes de la Comision Permanente y a un grupo de trabajadores 119 120 y tambien para evitar enfrentamientos con los ciudadanos 121 Fujimori dispuso la detencion domiciliaria de diversos lideres politicos 122 y la persecucion de otros como el expresidente Alan Garcia que finalmente obtuvo asilo politico en Colombia 123 No se detuvo ni persiguio a ninguna persona Entre personalidades y juristas existio un consenso mayoritario en calificar la medida como un golpe de Estado y un quiebre del orden constitucional Algunos constitucionalistas como Carlos Torres y Torres Lara y Enrique Chirinos Soto se mostraron a favor de las acciones Entre personalidades y juristas existieron discrepancias algunos calificaron la decision como inconstitucional y hasta de golpe de estado 106 107 108 mientras que otros la consideraron legitima y apoyada en la carta magna peruana 124 125 126 El Tribunal Constitucional lo declaro como un acto valido 1 109 No hubo posibilidad de que algun poder del Estado se pronunciara sobre la legalidad de la medida pues todos los poderes publicos fueron intervenidos por orden del Presidente Fujimori Pedro Olaechea quien continuo presidiendo la Comision Permanente del Congreso organo que se mantuvo en funciones durante el interregno parlamentario interpuso una demanda competencial 127 ante el Tribunal Constitucional para que se pronuncie sobre la legalidad de la medida la cual fue declarada infundada el 14 de enero de 2020 ratificandose asi la disolucion parlamentaria 110 Vease tambien EditarProceso competencial por la disolucion del Congreso de la Republica del Peru en 2019 Elecciones congresales extraordinarias 2020 en el PeruNotas EditarReferencias Editar a b c d LR Redaccion 15 de enero de 2020 TC Cierre del Congreso es constitucional larepublica pe Consultado el 9 de octubre de 2020 a b Ley La Esta es la sentencia del TC que avalo la disolucion del Congreso La Ley El Angulo Legal de la Noticia Consultado el 29 de noviembre de 2020 a b PRONUNCIAMIENTO DE LA PRESIDENTA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL MARIANELLA LEDESMA NARVAEZ www tc gob pe Consultado el 30 de noviembre de 2020 a b c d Decreto Supremo N 165 2019 PCM www gob pe 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