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Rudolf von Ihering

Caspar Rudolf von Ihering (Aurich, 22 de agosto de 1818-Gotinga, 17 de septiembre de 1892), también conocido como Caspar Rudolf von Jhering, fue un ilustre jurista alemán, así como uno de los mayores filósofos del derecho de Europa y de la historia jurídica continental que inspiraron a varias generaciones futuras.

Rudolf von Ihering
Información personal
Nombre en alemán Rudolf von Jhering
Nacimiento 22 de agosto de 1818
Aurich (Alemania)
Fallecimiento 17 de septiembre de 1892 (74 años)
Gotinga (Imperio alemán)
Sepultura Cementerio municipal de Gotinga
Familia
Hijos Hermann von Ihering
Educación
Educado en
Información profesional
Ocupación Jurista y profesor universitario
Empleador
Miembro de

Maestro, en un primer momento, de la dogmática pandectística, fue después fundador y autor eminente de la sociología del derecho. Sus teorías tuvieron gran trascendencia e influencia en el desarrollo de la doctrina jurídica moderna, especialmente en los campos del derecho civil, penal y constitucional.

Ortografía y pronunciación del apellido

No hay absoluta claridad acerca de si el apellido debe ser escrito Jhering o Ihering. El propio Ihering no resulta una guía confiable al respecto porque escribía su apellido indistintamente de una u otra forma. Por lo demás, el apellido ha subsistido hasta nuestros días en ambas variantes. En la práctica, la mayoría de los juristas alemanes escribe Jhering con J. Es así, por ejemplo, la forma con I corresponde a una forma ortográfica anticuada.[1]

En una carta de presentación dirigida al Parlamento Alemán, Rudolf von Ihering aclaró que su apellido debía pronunciarse en tres sílabas, lo que indicaría dos cosas: primero, que la pronunciación del apellido no era unívoca, y segundo, que el apellido debía ser pronunciado con sonido vocálico inicial /I/-/e/-/riŋ/. Debido a que la i es una vocal cerrada, la diferencia entre la pronunciación del sonido vocálico y del sonido consonante no es relevante en el habla cotidiana. Por eso, los juristas alemanes pronuncian indistintamente /Ie/-/riŋ/ o /je/-/riŋ/. Por otra parte, no siguen la indicación de Ihering respecto a la cantidad de sílabas, de manera que pronuncian el nombre en dos sílabas, es decir, conformando los sonidos iniciales "Ie" un diptongo.

Biografía

 
Localización de Aurich, lugar de nacimiento de Ihering

Nacido el 22 de agosto de 1818 en Aurich, perteneciente al Reino de Hannover, se crio en el seno de una familia de juristas y funcionarios de justicia procedente de la Frisia oriental. [2]​ Recibió una educación de corte aristocrático. Iniciado pronto en la lectura, muy temprano orientó sus gustos hacia la historia y el mundo del derecho.

Su padre, Georg Albrecht Jhering (1779-1825), fue secretario personal y jurisconsulto de los estamentos de Frisia.[2]​ Publicó Versuch einer wissenschaftlichen Erörterung des Begriffs der Höflichkeit,[3]​ obra en la que muchos han creído ver la raíz del trabajo de su hijo, pues trataba de la función socializadora de la norma jurídica. Falleció en 1825, cuando Ihering tenía siete años.[2]

Formación

Ihering desarrolló su carrera durante la crisis que se produjo en la ciencia pandectística alemana a raíz del nacimiento de doctrinas que tendieron a analizar el mundo del derecho tomando como base la realidad social, y no los postulados de la dogmática jurídica alemana, cuya principal base de análisis era la construcción doctrinal sobre conceptos. Así, el autor se formó en el seno de la escuela pandectística, estudiando en las universidades de Heidelberg, Múnich, Gotinga y Berlín.

Su profesor de Gymnasium (equivalente a bachillerato) fue Wilhelm Reuter, abuelo de Ernst Reuter. Sobre él escribió en Lessings Erziehung des Menschengeschlechts[4]​ (1881), y alabó su «sentido científico», pese a que también le describió en sus clases como un hombre excesivamente idealista.

Etapa pandectista

 
Escalinata de la Universidad de Viena. En este centro, Ihering publicará ¿Es la jurisprudencia una ciencia?.

Posteriormente, en 1843 comenzó su etapa como investigador y docente en la universidad de Berlín. Se trasladó a la universidad de Basilea en 1845, a la de Rostock en 1846 y a la de Kiel en 1849.[5]​ En esta etapa, su obra se centró en monografías que muestran su total pertenencia a la pandectística, destacando especialmente su Abhandlungen aus dem römischen Recht[6]​ (1844). En 1846 contrajo matrimonio con Helene Hofmann, de quien enviudó en 1848. En 1849 se casó con Ida Frölich.

Ingresó en 1852 en la universidad de Giessen y ejerció como docente e investigador durante 16 años; en esa etapa publicó su obra más famosa, Geist des römischen Rechts auf den verschiedenen Stufen seiner Entwicklung (El espíritu del Derecho romano en sus diferentes etapas de desarrollo). Dedicó esta obra a Georg Friedrich Puchta, continuando en la línea conceptualista y constructivista en la que se había formado.

En 1858 publicó el segundo volumen de su gran obra, Der Geist des römischen Rechts auf den verschiedenen Stufen seiner Entwicklung, y pese a seguir a grandes trazos la dogmática jurídica alemana, puede apreciarse cierto cambio de dirección que supondría el comienzo de su segunda etapa, alejándose cada vez más de la línea conceptualista de la escuela en la que se había formado y elaborando poco a poco un pensamiento propio e innovador.

Etapa sociológica

Será en esta etapa cuando formule sus tesis de mayor importancia en la historia del derecho. Así, el punto de inflexión entre un momento y otro será la publicación entre 1861 y 1866 del Vertraulichen Briefen über die heutige Jurisprudenz. Von einem Unbekannten (Cartas confidenciales, en español. Aunque su traducción completa del alemán sería Cartas confidenciales sobre la legislación vigente. A partir de un desconocido). Aquí se puede apreciar cómo la concepción sociológica del Derecho va imponiéndose sobre la concepción dogmática, hasta entonces predominante en él.

En 1866, Ihering se presentó como candidato al Reichstag por las ciudades nororientales de Norden, Emden, Weener y Leer, aunque no consiguió resultar elegido. Después de una intensa campaña electoral, su rival, el comerciante de Emden, Ysaak Brons, le derrotó por ocho votos en la segunda vuelta.[2]

Ida Frölich, segunda esposa de Ihering, murió en 1867, dejándolo de nuevo viudo, esta vez con cinco hijos. Ihering se trasladó a la Universidad de Viena en 1868, año en que publicó Ist die Jurisprudenz eine Wissenschaft? (¿Es la jurisprudencia una ciencia?). En 1869 se casó por tercera vez. Su última esposa, Luise Wilders, era la maestra de sus hijos.[7]

En 1872, coincidiendo con el año en que se trasladó a la Universidad de Gotinga, publicó Der Kampf ums Recht, uno de los mayores bestsellers jurídicos, del que se hicieron cerca de 23 ediciones en alemán hasta la muerte de Ihering. De este pequeño libro existen traducciones para la práctica totalidad de las lenguas mayoritarias, y aun hoy, siguen reeditándose como respuesta a la continua demanda de las facultades de derecho.

Más tarde, en 1877, publica el primer volumen de Der Zweck im Recht (El fin en el derecho), que sería el comienzo de una extensa obra de dos partes y cuatro volúmenes, en la que quedará reflejada otra de las grandes aportaciones de Ihering a la ciencia jurídica, el finalismo. En 1882 publica Das Trinkgeld,[8]​ libro en el que se aprecia otro gran cambio en el pensamiento del autor, que pasa ahora a renegar por completo del idealismo espiritualista hasta entonces característico del mundo jurídico. El vacío que queda es rellenado por Ihering con las ideas naturalistas y las teorías procedentes del darwinismo social.

Un año después de la publicación, en 1883, del segundo volumen de Zweck im Recht, Ihering da la famosa conferencia Die Entstehung des Rechtsgefühles.[9]​ Por otro lado, Scherz und Ernst in der Jurisprudenz. Eine Weihnachtsgabe für das juristische Publikum (La broma y la seriedad en la jurisprudencia. Un obsequio de Navidad para el público jurídico)[10]​ se publica en 1884, considerándose como una de las obras más irónicas y mordientes de Ihering. También en 1884 sale a la luz el primer volumen de la segunda parte de Zweck im Recht, quedando la obra finalmente acabada tras la publicación del último volumen en 1886.

Otra obra de vital importancia en el pensamiento de Ihering es Der Besitzwille. Zugleich eine Kritik der herrschenden juristischen Methode (La Voluntad en la Posesión. Crítica del método jurídico reinante), publicada en Jena, en 1889. Pese a no realizar aquí grandes innovaciones respecto de lo que hasta entonces había expuesto, consigue elaborar una crítica del método tradicional de enfocar el mundo del Derecho, y plantear con claridad los preceptos que más tarde seguiría no sólo la sociología jurídica, sino también la sociología en su conjunto.

Fallece el 17 de septiembre de 1892, a la edad de 74 años, mientras aún era docente en la Universidad de Gotinga. En 1894, dos años después de su muerte, se publica Vorgeschichte der Indoeuropäer (Prehistoria de los Indoeuropeos), obra en la que se analiza el devenir histórico de las culturas indoeuropeas, centrándose en su evolución jurídica. Cabe destacar que está profundamente influenciada por el darwinismo social, patente ya en la propia estructura de la obra: Libro primero, el pueblo padre ario; Libro segundo, arios y semitas; Libro tercero, la partida de los arios de su patria; Libro cuarto, la emigración. Libro quinto, la segunda patria; Libro sexto, origen de los pueblos europeos; Libro séptimo, diferencias entre los pueblos europeos.

Pensamiento

 
Primera página del Scherz und Ernst in der Jurisprudenz. Debajo del nombre del autor, aparece la frase latina ridendo dicere verum (decir la verdad riendo). La obra se caracterizó por su cáustica ironía.

Origen del derecho

Ihering teorizó sobre la naturaleza del derecho, situándola en parte en las construcciones doctrinales, pero sobre todo, afirmando que el derecho, en última instancia, era el fruto de la sociedad. Dicho de otra manera, el fenómeno social daba lugar a la producción de conjuntos normativos jurídicos.

Cabe destacar que al contrario que su colega Friedrich Karl von Savigny, Ihering no concebía el derecho como el fruto de una evolución histórica, sino más bien como el producto que elabora una sociedad para resolver los conflictos entre sus integrantes. Además, se desvincula de la teoría de la evolución según la voluntad del pueblo, o Volksgeist, negando la indiferencia o quietud a las que consecuentemente llevaban las tesis de Savigny.

Evolución y cambio del derecho

Teniendo en cuenta lo dicho anteriormente, Ihering vio al derecho como el resultado de la interrelación de los individuos en una sociedad, que está sometida al cambio por la continua lucha de los sujetos por defender sus intereses, en lo referido al derecho subjetivo, y por eliminar la injusticia, en lo referido al derecho en su conjunto.

Así, Ihering se desmarcó en su pensamiento de la doctrina de la escuela histórica de Savigny y Puchta, hasta entonces dominante, cuyos preceptos conocía profundamente. Frente a la concepción del derecho como el producto de la evolución histórica de un pueblo, Ihering establecerá un elemento individualista activo, por el cual, no es la voluntad del pueblo (Volksgeist), sino la voluntad de «los individuos que luchan» la que hace cambiar y evolucionar al derecho.

Teoría objetiva de la posesión

El autor, partiendo de sus análisis del derecho romano, desarrollará la teoría objetiva de la posesión, opuesta a la teoría subjetiva elaborada principalmente por su colega Friedrich Karl von Savigny. De esta manera, niega que la posesión requiera un animus domini, como pensaba Savigny. Pese a ello, Ihering admite incluir dentro de la posesión el requisito de intencionalidad, pero equipara tal elemento al ánimo que el sujeto tiene en la mera detentación.

Continuando con el razonamiento, llegará a la conclusión de que esa parte intencional, o animus posesorio, se identifica con el corpus, siendo este último la exteriorización del propósito posesorio. Finalmente, el animus vendría a concretarse en la intención del sujeto de utilizar la cosa para satisfacer sus necesidades e intereses.

Ihering, por todo ello, afirmará que los únicos requisitos de la posesión serán la relación material y el deseo de continuar con aquella relación. De esta manera, a priori, equipara la mera tenencia con la posesión. No obstante, establece que la protección interdictal no es aplicable para la mera tenencia, con lo que sigue existiendo el requisito de causa possesionis que ambos supuestos cumplen, pero se afirma que hay que prestar atención a los detalles de tal requisito. De esta manera, cuando la causa possesionis tiene unos determinados rasgos, como pudiera ser la posesión en interés ajeno, corrompe la figura de la posesión, y la reduce a una mera detentación para la que no cabe protección interdictal.

Tal diferencia tiene gran importancia a la hora de establecer quién ha de soportar procesalmente la carga de la prueba, de manera que el supuesto poseedor sólo tendrá que probar la relación material, mientras que la parte contraria habrá de probar que la causa possesionis concreta pertenece a la categoría que no goza de protección interdictal.

Responsabilidad precontractual

 
Busto de Rudolf von Ihering, obra de Ferdinand Hartzer, de 1888.

Ihering es el creador doctrinal de la culpa in contrahendo, afirmando que existen multitud de posibilidades que pueden dar lugar a una responsabilidad precontractual, es decir, responsabilidad en los momentos previos a la celebración de un contrato.

El autor concluirá que a priori no existe vinculación alguna antes de celebrar el contrato, pero que en determinados supuestos, en los que suele ser requisito indispensable la ausencia de buena fe o más exactamente la existencia de culpa en la producción de perjuicios a la otra parte contratante, incurriendo en responsabilidad por culpa in contrahendo. Tal planteamiento ha sido reseñado, por ejemplo, por León[11]​ (2006) y Saavedra[12]​ (2011).

Teoría del interés

Frente a la teoría voluntarista de Savigny y Bernhard Windscheid, Ihering desarrollará la teoría del interés, que planteaba una nueva concepción del derecho subjetivo, cuyo elemento fundamental será el interés que motiva al ordenamiento para otorgar tutela y protección.

Según Ihering, la teoría voluntarista sería excesivamente abstracta, y prestaría demasiada atención al aspecto formal de la voluntad. Acorde a su pensamiento, era necesario un giro realista de la doctrina, de manera que las tesis doctrinales siguieran a la práctica jurídica del día a día, y no al revés, como proponía la teoría savigniana.

Cabe destacar que se plantea una división conceptual del derecho subjetivo, de la que resultará, por un lado, un elemento material, que es la satisfacción del interés, y por otro lado, un elemento formal, que está constituido por la decisión que toma el ordenamiento jurídico de aplicar sus facultades tuitivas o protectoras.

Derecho como lucha

Esta teoría la publica Ihering en Der Kampf ums Recht (1872) o (La lucha por el Derecho). Según sus planteamientos, el Derecho es una idea que parte de su propia antítesis, es decir, por un lado tiene el objetivo de conseguir la paz social, y por otro es en esencia la lucha contra aquello que la perturba. Así, el Derecho se encargaría de dictar normas que regulasen las relaciones dentro de una sociedad, y a la vez, se encargaría de luchar contra el injusto jurídico.

Ihering llegará a afirmar que el Derecho que no luchase contra la injusticia se negaría a sí mismo. Según él, todo derecho subjetivo es el resultado de un pulso, de una fricción social, y que por lo tanto, primero es la lucha y después el Derecho. De esta manera afirma en Der Kampf ums Recht que «todo Derecho en el mundo tuvo que ser adquirido mediante la lucha».

El concepto de «lucha» que maneja Ihering tiene profundas connotaciones en cuanto a la posición activa del individuo en la construcción del Derecho, y se contrapone a las tesis defendidas por Friedrich Puchta, Gustav von Hugo y Savigny, que como se dijo anteriormente, concebían el Derecho como la manifestación de la historia de un pueblo, completamente ajena a la intervención activa del hombre, o a la actitud combativa del individuo.

La lucha en el campo moral

Siguiendo su concepción del Derecho como constante lucha del individuo, Ihering llega a hablar de la lucha como un deber ético del propio individuo, de manera que consigue enlazar el campo normativo jurídico con el campo normativo moral. Así, el origen último del Derecho tendría una motivación ética, es decir, partiendo de una norma moral por la que luchan los individuos, terminaría asentándose una norma jurídica.

Además, Ihering planteará una serie de rasgos de esa lucha por imponer el principio moral del individuo, según los cuales, la persona tiene un deber ético de atacar la injusticia, entendiendo el concepto como una culpa originaria (Schuld) por la que el individuo tiene que responder ante la sociedad y ante sí mismo. Así pues, la injusticia ha de ser repudiada y atacada por la persona, bien sea una injusticia cometida contra él, bien sea una injusticia cometida contra otras personas.

Hay que destacar que muchos autores han señalado que el elemento clave en el razonamiento de Ihering es entender justicia e injusticia desde un punto de vista moral, y no jurídico, de manera que en esencia, al individuo ha de serle indiferente el que la injusticia esté o no reflejada en los cuerpos legales.

Así, el concepto de lucha moral por el Derecho y contra el injusto de facto o de iure, será a la vez el nexo de unión entre Derecho y moral, así como el motor del cambio y evolución del Derecho.

Finalismo

 
Portada de la primera traducción al español de Der Zweck im Recht

Partiendo de la teoría de la razón suficiente, según la cual no existe la causa sui, Ihering adoptará de pleno la ley de la causalidad y la aplicará también a la voluntad de la persona. Según este razonamiento, la voluntad obra debido a una motivación, presentándose siempre una causa, una «razón suficiente».

Distinguirá además las dos caras de la causalidad. Afirmará que existe, por un lado, la «causa mecánica», es decir, aquella que físicamente es causa eficiente de un determinado suceso (la piedra cae a causa de la gravedad). Pero por otro lado, habla de una «causa psicológica», que sería aquella que Ihering identifica con la «causa final», afirmando que es la razón única que mueve a la voluntad a actuar.

El autor analizará profundamente el concepto de «voluntad», atribuyéndosela a todo animal, y describiendo la influencia que la experiencia tiene a la hora de fijar las decisiones en uno u otro sentido. Concretando ya en el supuesto de la voluntad de los hombres, afirma que el «querer» humano tiene unas condiciones particulares que no se manifiestan en el resto de animales. De esta manera, afirmará que la ley de la finalidad supone la figuración mental de una situación futura que puede ser más o menos atractiva para el sujeto, y que le moverá a actuar de una u otra forma.

Jurisprudencia de intereses y jurisprudencia de conceptos

Las complejas construcciones conceptuales de la doctrina pandectística alemana dan lugar a la concepción de la «jurisprudencia de conceptos», que se centra en establecer un cuerpo jurídico coherente con base en la lógica del Derecho. El principal medio de construcción y elaboración doctrinal consiste en la deducción de ideas desde los conceptos jurídicos preexistentes.

Ihering, tras desmarcarse de esta doctrina, apuntará a una «jurisprudencia de intereses», cuyo objeto primordial de estudio serían los intereses reales que la sociedad contemplaba, así como la regulación y ordenación de estos por parte del ordenamiento jurídico. Así pues, se descarta por completo la existencia de una «voluntad abstracta del Derecho» a la que deban ir encaminadas las distintas normas jurídicas. Se resalta, en su defecto, un nuevo centro al que deben estar orientadas las normas jurídicas, que es precisamente el conjunto de intereses de una sociedad, que han de ser garantizados por el ordenamiento jurídico.

De esta manera, Ihering dirá que el Derecho ha de tener como objetivo un fin social, desdeñando la importancia que la pandectística daba al aspecto formal de la construcción jurídica. El concepto de «fin social» entronca con la teoría finalista del autor.

Antijuridicidad

Acorde con sus planteamientos sobre el «Derecho como lucha», y siendo coherente con su concepto sobre el derecho subjetivo y con sus teorías finalistas, llega a la conclusión de que hay actuaciones humanas que producen una perturbación de la paz social al atentar contra intereses jurídicamente protegidos.

A esas situaciones perturbadoras les atribuye un carácter «antijurídico», es decir, destaca su carácter dañoso para los bienes jurídicos que el ordenamiento protege. El concepto de antijuridicidad tendrá una gran relevancia a la hora de analizar una determinada acción o conducta.

La aplicación de la figura de la antijuridicidad se extenderá en el ámbito civil y muy especialmente en el campo del Derecho penal, donde se llega a incluir dentro de la teoría del delito como un elemento necesario para que la acción típica sea considerada delictiva.

Racionalismo y dialéctica

Tras haber negado el espíritu irracionalista de la escuela histórica, Ihering se acerca al racionalismo hegeliano. No obstante, su postura difiere de la «dialéctica lógica del concepto» defendida por el planteamiento del idealismo de Hegel, de manera que aplica su teoría finalista para desposeer al concepto de un papel activo en la evolución histórica del Derecho.[13]

En su lugar, introduce una «dialéctica práctica compelente del fin», estableciendo así una doctrina que toma como base la finalidad del sujeto, de manera que se aleja del marcado carácter filosófico que la explicación hegeliana conlleva, y opta por un camino en el que predomina la fundamentación histórica y sociológica en el análisis del desarrollo jurídico.

Obras

 
Retrato autografiado de Rudolf von Ihering
  • Abhandlungen aus den römischen Rechts (1844)
  • El espíritu del Derecho romano en sus diferentes etapas de desarrollo (Geist des römischen Rechts auf den verschiedenen Stufen seiner Entwicklung, vol.I 1852, vol. II 1865): Define el derecho subjetivo como interés jurídicamente protegido.
  • Cartas confidenciales (Vertraulichen Briefen über die heutige Jurisprudenz. Von einem Unbekannten, 1861-1866):
  • ¿Es la jurisprudencia una ciencia? (Ist die Jurisprudenz eine Wissenschaft?, 1868)
  • Ueber den Grund des Besitzesschutzes: eine Revision der Lehre vom Besitz (1869).
  • La lucha por el Derecho (Der Kampf ums Recht, 1872): Desarrolla la teoría de que la norma jurídica viene a ser una imposición que se consigue mediante la lucha. «El Derecho se impone a través de la lucha».
  • El fin en el Derecho (Der Zweck im Recht, vol.I 1877): Afirma que el aspecto de las conductas a las que debe prestar atención el Derecho debe ser el objetivo que tales conductas persigan. «La finalidad es el elemento configurador de los institutos jurídicos».
  • Lessings Erziehung des Menschengeschlechts (1881).
  • El fin en el Derecho (Der Zweck im Recht, vol. II 1883).
  • Das Trinkgeld (1882).
  • Bromas y veras en la ciencia jurídica (Scherz und Ernst in der Jurisprudenz. Eine Weihnachtsgabe für das juristische Publikum, 1884)
  • Die Entstehung des Rechtsgefühles (1884): Conferencia en la que participaría Ihering, y de cuya intervención se extractaría un libro. La última edición realizada data de 1986, de Neapel.
  • La Voluntad en la Posesión. Crítica del método jurídico reinante (Der Besitzwille. Zugleich eine Kritik der herreschenden juristischen Methode 1889)
  • El Derecho de la vida cotidiana (Die Jurisprudenz des täglichen Lebens 1891).
  • Prehistoria de los Indoeuropeos (Vorgeschichte der Indoeuropäer 1894): Obra póstuma que analiza el devenir histórico de los pueblos indoeuropeos.

Véase también

Referencias

  1. Lexexact.de. Consultado el 7 de mayo de 2016.
  2. Behrends, Okko (1993). «Caspar Rudolf von Jhering». Biographisches Lexikon für Ostfriesland (en alemán). Aurich. pp. 211-215. 
  3. Traducción: "Ensayo sobre el debate científico del concepto de cortesía".
  4. Traducción: "Lecciones de Lessing sobre el género humano".
  5. «Jhering, Rudolf (von)». Universidad de Rostock (en alemán). Consultado el 21 de mayo de 2019. 
  6. Traducción: "Tratados desde el Derecho romano".
  7. Kunze, Michael (1993). «Rudolf von Jhering – Ein Lebensbild». En Okko Behrends, ed. Rudolf von Jhering, Beiträge und Zeugnisse: aus Anlass der einhundertsten Wiederkehr seines Todestages am 17.9.1992 (en alemán). Edición ampliada (2ª edición). Göttingen: Wallstein. p. 20. ISBN 9783892440550. 
  8. Traducción aproximada: "La propina".
  9. Traducción aproximada: "El surgimiento del sentido jurídico".
  10. Edición en español de la editorial Reus bajo el título Jurispridencia en broma y en serio, traducción de Román Riaza.
  11. León, Leysser (2006). «Actualidad de Jhering. La responsabilidad por el daño a la confianza en haber celebrado un contrato regular». Derecho & Sociedad. 
  12. Saavedra, Renzo (2011). «Análisis crítico de la teoría de Gabriele Faggela sobre la responsabilidad precontractual: Revisitando (o reconociendo) a un clásico». Revista Peruana de Derecho privado. Consultado el 15 de enero de 2020. 
  13. Siperman, Arnoldo. Abogados nº72, ed. Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, Buenos Aires, 2003.

Bibliografía

Biografías sobre el autor

  • Behrends, Okko. . Archivado desde el original el 7 de abril de 2009. Consultado el 2006. 
  • D'Ors, Álvaro (1980). Nuevos papeles del oficio universitario. Madrid: Editorial Rialp. ISBN 84-321-2014-6. 

Ediciones traducidas del autor

  • Ihering, , trad. Adolfo Posada y Biesca, ed. Librería de Victoriano Suárez, Madrid, 1881.
  • Ihering, , trad. Leonardo Rodríguez, ed. Rodríguez Serra, Madrid, 1911.
  • Ihering, Bromas y veras en la ciencia jurídica, trad. Tomás A. Banzhaf, ed. Thomson-Civitas, Madrid, 1987, ISBN 84-470-0147-4.
  • Ihering, El Derecho de la vida cotidiana, trad. de Emilio Valiño, ed. Tirant lo Blanch, Valencia, 1993, ISBN 84-8002-073-3.
  • Ihering, El espíritu del Derecho romano en las diversas fases de su desarrollo, traducción de Enrique Príncipe y Satorres. Estudio preliminar de José Luis Monero Pérez, Ed. Comares, Granada, 1998, ISBN 84-8151-726-7.
  • Ihering, ¿Es el Derecho una ciencia?, Ed. de los fragmentos póstumos de Okko Behrends, trad. de Federico Fernández-Crehuet López, Ed. Comares, Granada, 2002, ISBN 84-8444-546-1.
  • Ihering, , editado por el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, México, 2003.
  • Sobre el nacimiento del sentimiento jurídico. Edición de Federico Fernández-Crehuet.

Enlaces externos

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Catálogos

  • (alemán).
  • .
  • Catálogo de la Berlin-Brandenburgische Akademie der Wissenschaften, formato pdf (alemán).

Biografías

  • Jhering, Rudolf von (enlace roto disponible en Internet Archive; véase el historial, la primera versión y la última). en el diccionario biográfico de la Bayerische StaatsBibliothek (alemán).
  • en la Online 1911 Encyclopædia Britannica (inglés).
  • en InfoBitte (alemán).
  •   Datos: Q62605
  •   Multimedia: Rudolf von Jhering
  •   Citas célebres: Rudolf von Jhering

rudolf, ihering, este, artículo, sección, tiene, referencias, pero, necesita, más, para, complementar, verificabilidad, este, aviso, puesto, mayo, 2016, ihering, redirige, aquí, para, otras, acepciones, véase, ihering, desambiguación, caspar, aurich, agosto, 1. Este articulo o seccion tiene referencias pero necesita mas para complementar su verificabilidad Este aviso fue puesto el 7 de mayo de 2016 Ihering redirige aqui Para otras acepciones vease Ihering desambiguacion Caspar Rudolf von Ihering Aurich 22 de agosto de 1818 Gotinga 17 de septiembre de 1892 tambien conocido como Caspar Rudolf von Jhering fue un ilustre jurista aleman asi como uno de los mayores filosofos del derecho de Europa y de la historia juridica continental que inspiraron a varias generaciones futuras Rudolf von IheringInformacion personalNombre en alemanRudolf von JheringNacimiento22 de agosto de 1818 Aurich Alemania Fallecimiento17 de septiembre de 1892 74 anos Gotinga Imperio aleman SepulturaCementerio municipal de GotingaFamiliaHijosHermann von IheringEducacionEducado enUniversidad de GotingaUniversidad de HeidelbergUniversidad Humboldt de BerlinInformacion profesionalOcupacionJurista y profesor universitarioEmpleadorUniversidad de VienaUniversidad de KielUniversidad de GotingaUniversidad de BasileaUniversidad de GiessenUniversidad Humboldt de BerlinUniversidad de LeipzigUniversidad de HeidelbergUniversidad de RostockMiembro deAcademia Nacional de los LincesAcademia Prusiana de las CienciasReal Academia de Artes y Ciencias de los Paises Bajos editar datos en Wikidata Maestro en un primer momento de la dogmatica pandectistica fue despues fundador y autor eminente de la sociologia del derecho Sus teorias tuvieron gran trascendencia e influencia en el desarrollo de la doctrina juridica moderna especialmente en los campos del derecho civil penal y constitucional Indice 1 Ortografia y pronunciacion del apellido 2 Biografia 2 1 Formacion 2 2 Etapa pandectista 2 3 Etapa sociologica 3 Pensamiento 3 1 Origen del derecho 3 2 Evolucion y cambio del derecho 3 3 Teoria objetiva de la posesion 3 4 Responsabilidad precontractual 3 5 Teoria del interes 3 6 Derecho como lucha 3 7 La lucha en el campo moral 3 8 Finalismo 3 9 Jurisprudencia de intereses y jurisprudencia de conceptos 3 10 Antijuridicidad 3 11 Racionalismo y dialectica 4 Obras 5 Vease tambien 6 Referencias 7 Bibliografia 7 1 Biografias sobre el autor 7 2 Ediciones traducidas del autor 8 Enlaces externos 8 1 Catalogos 8 2 BiografiasOrtografia y pronunciacion del apellido EditarNo hay absoluta claridad acerca de si el apellido debe ser escrito Jhering o Ihering El propio Ihering no resulta una guia confiable al respecto porque escribia su apellido indistintamente de una u otra forma Por lo demas el apellido ha subsistido hasta nuestros dias en ambas variantes En la practica la mayoria de los juristas alemanes escribe Jhering con J Es asi por ejemplo la forma con I corresponde a una forma ortografica anticuada 1 En una carta de presentacion dirigida al Parlamento Aleman Rudolf von Ihering aclaro que su apellido debia pronunciarse en tres silabas lo que indicaria dos cosas primero que la pronunciacion del apellido no era univoca y segundo que el apellido debia ser pronunciado con sonido vocalico inicial I e riŋ Debido a que la i es una vocal cerrada la diferencia entre la pronunciacion del sonido vocalico y del sonido consonante no es relevante en el habla cotidiana Por eso los juristas alemanes pronuncian indistintamente Ie riŋ o je riŋ Por otra parte no siguen la indicacion de Ihering respecto a la cantidad de silabas de manera que pronuncian el nombre en dos silabas es decir conformando los sonidos iniciales Ie un diptongo Biografia Editar Localizacion de Aurich lugar de nacimiento de Ihering Nacido el 22 de agosto de 1818 en Aurich perteneciente al Reino de Hannover se crio en el seno de una familia de juristas y funcionarios de justicia procedente de la Frisia oriental 2 Recibio una educacion de corte aristocratico Iniciado pronto en la lectura muy temprano oriento sus gustos hacia la historia y el mundo del derecho Su padre Georg Albrecht Jhering 1779 1825 fue secretario personal y jurisconsulto de los estamentos de Frisia 2 Publico Versuch einer wissenschaftlichen Erorterung des Begriffs der Hoflichkeit 3 obra en la que muchos han creido ver la raiz del trabajo de su hijo pues trataba de la funcion socializadora de la norma juridica Fallecio en 1825 cuando Ihering tenia siete anos 2 Formacion Editar Ihering desarrollo su carrera durante la crisis que se produjo en la ciencia pandectistica alemana a raiz del nacimiento de doctrinas que tendieron a analizar el mundo del derecho tomando como base la realidad social y no los postulados de la dogmatica juridica alemana cuya principal base de analisis era la construccion doctrinal sobre conceptos Asi el autor se formo en el seno de la escuela pandectistica estudiando en las universidades de Heidelberg Munich Gotinga y Berlin Su profesor de Gymnasium equivalente a bachillerato fue Wilhelm Reuter abuelo de Ernst Reuter Sobre el escribio en Lessings Erziehung des Menschengeschlechts 4 1881 y alabo su sentido cientifico pese a que tambien le describio en sus clases como un hombre excesivamente idealista Etapa pandectista Editar Escalinata de la Universidad de Viena En este centro Ihering publicara Es la jurisprudencia una ciencia Posteriormente en 1843 comenzo su etapa como investigador y docente en la universidad de Berlin Se traslado a la universidad de Basilea en 1845 a la de Rostock en 1846 y a la de Kiel en 1849 5 En esta etapa su obra se centro en monografias que muestran su total pertenencia a la pandectistica destacando especialmente su Abhandlungen aus dem romischen Recht 6 1844 En 1846 contrajo matrimonio con Helene Hofmann de quien enviudo en 1848 En 1849 se caso con Ida Frolich Ingreso en 1852 en la universidad de Giessen y ejercio como docente e investigador durante 16 anos en esa etapa publico su obra mas famosa Geist des romischen Rechts auf den verschiedenen Stufen seiner Entwicklung El espiritu del Derecho romano en sus diferentes etapas de desarrollo Dedico esta obra a Georg Friedrich Puchta continuando en la linea conceptualista y constructivista en la que se habia formado En 1858 publico el segundo volumen de su gran obra Der Geist des romischen Rechts auf den verschiedenen Stufen seiner Entwicklung y pese a seguir a grandes trazos la dogmatica juridica alemana puede apreciarse cierto cambio de direccion que supondria el comienzo de su segunda etapa alejandose cada vez mas de la linea conceptualista de la escuela en la que se habia formado y elaborando poco a poco un pensamiento propio e innovador Etapa sociologica Editar Sera en esta etapa cuando formule sus tesis de mayor importancia en la historia del derecho Asi el punto de inflexion entre un momento y otro sera la publicacion entre 1861 y 1866 del Vertraulichen Briefen uber die heutige Jurisprudenz Von einem Unbekannten Cartas confidenciales en espanol Aunque su traduccion completa del aleman seria Cartas confidenciales sobre la legislacion vigente A partir de un desconocido Aqui se puede apreciar como la concepcion sociologica del Derecho va imponiendose sobre la concepcion dogmatica hasta entonces predominante en el En 1866 Ihering se presento como candidato al Reichstag por las ciudades nororientales de Norden Emden Weener y Leer aunque no consiguio resultar elegido Despues de una intensa campana electoral su rival el comerciante de Emden Ysaak Brons le derroto por ocho votos en la segunda vuelta 2 Ida Frolich segunda esposa de Ihering murio en 1867 dejandolo de nuevo viudo esta vez con cinco hijos Ihering se traslado a la Universidad de Viena en 1868 ano en que publico Ist die Jurisprudenz eine Wissenschaft Es la jurisprudencia una ciencia En 1869 se caso por tercera vez Su ultima esposa Luise Wilders era la maestra de sus hijos 7 En 1872 coincidiendo con el ano en que se traslado a la Universidad de Gotinga publico Der Kampf ums Recht uno de los mayores bestsellers juridicos del que se hicieron cerca de 23 ediciones en aleman hasta la muerte de Ihering De este pequeno libro existen traducciones para la practica totalidad de las lenguas mayoritarias y aun hoy siguen reeditandose como respuesta a la continua demanda de las facultades de derecho Mas tarde en 1877 publica el primer volumen de Der Zweck im Recht El fin en el derecho que seria el comienzo de una extensa obra de dos partes y cuatro volumenes en la que quedara reflejada otra de las grandes aportaciones de Ihering a la ciencia juridica el finalismo En 1882 publica Das Trinkgeld 8 libro en el que se aprecia otro gran cambio en el pensamiento del autor que pasa ahora a renegar por completo del idealismo espiritualista hasta entonces caracteristico del mundo juridico El vacio que queda es rellenado por Ihering con las ideas naturalistas y las teorias procedentes del darwinismo social Un ano despues de la publicacion en 1883 del segundo volumen de Zweck im Recht Ihering da la famosa conferencia Die Entstehung des Rechtsgefuhles 9 Por otro lado Scherz und Ernst in der Jurisprudenz Eine Weihnachtsgabe fur das juristische Publikum La broma y la seriedad en la jurisprudencia Un obsequio de Navidad para el publico juridico 10 se publica en 1884 considerandose como una de las obras mas ironicas y mordientes de Ihering Tambien en 1884 sale a la luz el primer volumen de la segunda parte de Zweck im Recht quedando la obra finalmente acabada tras la publicacion del ultimo volumen en 1886 Otra obra de vital importancia en el pensamiento de Ihering es Der Besitzwille Zugleich eine Kritik der herrschenden juristischen Methode La Voluntad en la Posesion Critica del metodo juridico reinante publicada en Jena en 1889 Pese a no realizar aqui grandes innovaciones respecto de lo que hasta entonces habia expuesto consigue elaborar una critica del metodo tradicional de enfocar el mundo del Derecho y plantear con claridad los preceptos que mas tarde seguiria no solo la sociologia juridica sino tambien la sociologia en su conjunto Fallece el 17 de septiembre de 1892 a la edad de 74 anos mientras aun era docente en la Universidad de Gotinga En 1894 dos anos despues de su muerte se publica Vorgeschichte der Indoeuropaer Prehistoria de los Indoeuropeos obra en la que se analiza el devenir historico de las culturas indoeuropeas centrandose en su evolucion juridica Cabe destacar que esta profundamente influenciada por el darwinismo social patente ya en la propia estructura de la obra Libro primero el pueblo padre ario Libro segundo arios y semitas Libro tercero la partida de los arios de su patria Libro cuarto la emigracion Libro quinto la segunda patria Libro sexto origen de los pueblos europeos Libro septimo diferencias entre los pueblos europeos Pensamiento Editar Primera pagina del Scherz und Ernst in der Jurisprudenz Debajo del nombre del autor aparece la frase latina ridendo dicere verum decir la verdad riendo La obra se caracterizo por su caustica ironia Origen del derecho Editar Ihering teorizo sobre la naturaleza del derecho situandola en parte en las construcciones doctrinales pero sobre todo afirmando que el derecho en ultima instancia era el fruto de la sociedad Dicho de otra manera el fenomeno social daba lugar a la produccion de conjuntos normativos juridicos Cabe destacar que al contrario que su colega Friedrich Karl von Savigny Ihering no concebia el derecho como el fruto de una evolucion historica sino mas bien como el producto que elabora una sociedad para resolver los conflictos entre sus integrantes Ademas se desvincula de la teoria de la evolucion segun la voluntad del pueblo o Volksgeist negando la indiferencia o quietud a las que consecuentemente llevaban las tesis de Savigny Evolucion y cambio del derecho Editar Teniendo en cuenta lo dicho anteriormente Ihering vio al derecho como el resultado de la interrelacion de los individuos en una sociedad que esta sometida al cambio por la continua lucha de los sujetos por defender sus intereses en lo referido al derecho subjetivo y por eliminar la injusticia en lo referido al derecho en su conjunto Asi Ihering se desmarco en su pensamiento de la doctrina de la escuela historica de Savigny y Puchta hasta entonces dominante cuyos preceptos conocia profundamente Frente a la concepcion del derecho como el producto de la evolucion historica de un pueblo Ihering establecera un elemento individualista activo por el cual no es la voluntad del pueblo Volksgeist sino la voluntad de los individuos que luchan la que hace cambiar y evolucionar al derecho Teoria objetiva de la posesion Editar El autor partiendo de sus analisis del derecho romano desarrollara la teoria objetiva de la posesion opuesta a la teoria subjetiva elaborada principalmente por su colega Friedrich Karl von Savigny De esta manera niega que la posesion requiera un animus domini como pensaba Savigny Pese a ello Ihering admite incluir dentro de la posesion el requisito de intencionalidad pero equipara tal elemento al animo que el sujeto tiene en la mera detentacion Continuando con el razonamiento llegara a la conclusion de que esa parte intencional o animus posesorio se identifica con el corpus siendo este ultimo la exteriorizacion del proposito posesorio Finalmente el animus vendria a concretarse en la intencion del sujeto de utilizar la cosa para satisfacer sus necesidades e intereses Ihering por todo ello afirmara que los unicos requisitos de la posesion seran la relacion material y el deseo de continuar con aquella relacion De esta manera a priori equipara la mera tenencia con la posesion No obstante establece que la proteccion interdictal no es aplicable para la mera tenencia con lo que sigue existiendo el requisito de causa possesionis que ambos supuestos cumplen pero se afirma que hay que prestar atencion a los detalles de tal requisito De esta manera cuando la causa possesionis tiene unos determinados rasgos como pudiera ser la posesion en interes ajeno corrompe la figura de la posesion y la reduce a una mera detentacion para la que no cabe proteccion interdictal Tal diferencia tiene gran importancia a la hora de establecer quien ha de soportar procesalmente la carga de la prueba de manera que el supuesto poseedor solo tendra que probar la relacion material mientras que la parte contraria habra de probar que la causa possesionis concreta pertenece a la categoria que no goza de proteccion interdictal Responsabilidad precontractual Editar Busto de Rudolf von Ihering obra de Ferdinand Hartzer de 1888 Ihering es el creador doctrinal de la culpa in contrahendo afirmando que existen multitud de posibilidades que pueden dar lugar a una responsabilidad precontractual es decir responsabilidad en los momentos previos a la celebracion de un contrato El autor concluira que a priori no existe vinculacion alguna antes de celebrar el contrato pero que en determinados supuestos en los que suele ser requisito indispensable la ausencia de buena fe o mas exactamente la existencia de culpa en la produccion de perjuicios a la otra parte contratante incurriendo en responsabilidad por culpa in contrahendo Tal planteamiento ha sido resenado por ejemplo por Leon 11 2006 y Saavedra 12 2011 Teoria del interes Editar Frente a la teoria voluntarista de Savigny y Bernhard Windscheid Ihering desarrollara la teoria del interes que planteaba una nueva concepcion del derecho subjetivo cuyo elemento fundamental sera el interes que motiva al ordenamiento para otorgar tutela y proteccion Segun Ihering la teoria voluntarista seria excesivamente abstracta y prestaria demasiada atencion al aspecto formal de la voluntad Acorde a su pensamiento era necesario un giro realista de la doctrina de manera que las tesis doctrinales siguieran a la practica juridica del dia a dia y no al reves como proponia la teoria savigniana Cabe destacar que se plantea una division conceptual del derecho subjetivo de la que resultara por un lado un elemento material que es la satisfaccion del interes y por otro lado un elemento formal que esta constituido por la decision que toma el ordenamiento juridico de aplicar sus facultades tuitivas o protectoras Derecho como lucha Editar Esta teoria la publica Ihering en Der Kampf ums Recht 1872 o La lucha por el Derecho Segun sus planteamientos el Derecho es una idea que parte de su propia antitesis es decir por un lado tiene el objetivo de conseguir la paz social y por otro es en esencia la lucha contra aquello que la perturba Asi el Derecho se encargaria de dictar normas que regulasen las relaciones dentro de una sociedad y a la vez se encargaria de luchar contra el injusto juridico Ihering llegara a afirmar que el Derecho que no luchase contra la injusticia se negaria a si mismo Segun el todo derecho subjetivo es el resultado de un pulso de una friccion social y que por lo tanto primero es la lucha y despues el Derecho De esta manera afirma en Der Kampf ums Recht que todo Derecho en el mundo tuvo que ser adquirido mediante la lucha El concepto de lucha que maneja Ihering tiene profundas connotaciones en cuanto a la posicion activa del individuo en la construccion del Derecho y se contrapone a las tesis defendidas por Friedrich Puchta Gustav von Hugo y Savigny que como se dijo anteriormente concebian el Derecho como la manifestacion de la historia de un pueblo completamente ajena a la intervencion activa del hombre o a la actitud combativa del individuo La lucha en el campo moral Editar Siguiendo su concepcion del Derecho como constante lucha del individuo Ihering llega a hablar de la lucha como un deber etico del propio individuo de manera que consigue enlazar el campo normativo juridico con el campo normativo moral Asi el origen ultimo del Derecho tendria una motivacion etica es decir partiendo de una norma moral por la que luchan los individuos terminaria asentandose una norma juridica Ademas Ihering planteara una serie de rasgos de esa lucha por imponer el principio moral del individuo segun los cuales la persona tiene un deber etico de atacar la injusticia entendiendo el concepto como una culpa originaria Schuld por la que el individuo tiene que responder ante la sociedad y ante si mismo Asi pues la injusticia ha de ser repudiada y atacada por la persona bien sea una injusticia cometida contra el bien sea una injusticia cometida contra otras personas Hay que destacar que muchos autores han senalado que el elemento clave en el razonamiento de Ihering es entender justicia e injusticia desde un punto de vista moral y no juridico de manera que en esencia al individuo ha de serle indiferente el que la injusticia este o no reflejada en los cuerpos legales Asi el concepto de lucha moral por el Derecho y contra el injusto de facto o de iure sera a la vez el nexo de union entre Derecho y moral asi como el motor del cambio y evolucion del Derecho Finalismo Editar Portada de la primera traduccion al espanol de Der Zweck im Recht Partiendo de la teoria de la razon suficiente segun la cual no existe la causa sui Ihering adoptara de pleno la ley de la causalidad y la aplicara tambien a la voluntad de la persona Segun este razonamiento la voluntad obra debido a una motivacion presentandose siempre una causa una razon suficiente Distinguira ademas las dos caras de la causalidad Afirmara que existe por un lado la causa mecanica es decir aquella que fisicamente es causa eficiente de un determinado suceso la piedra cae a causa de la gravedad Pero por otro lado habla de una causa psicologica que seria aquella que Ihering identifica con la causa final afirmando que es la razon unica que mueve a la voluntad a actuar El autor analizara profundamente el concepto de voluntad atribuyendosela a todo animal y describiendo la influencia que la experiencia tiene a la hora de fijar las decisiones en uno u otro sentido Concretando ya en el supuesto de la voluntad de los hombres afirma que el querer humano tiene unas condiciones particulares que no se manifiestan en el resto de animales De esta manera afirmara que la ley de la finalidad supone la figuracion mental de una situacion futura que puede ser mas o menos atractiva para el sujeto y que le movera a actuar de una u otra forma Jurisprudencia de intereses y jurisprudencia de conceptos Editar Las complejas construcciones conceptuales de la doctrina pandectistica alemana dan lugar a la concepcion de la jurisprudencia de conceptos que se centra en establecer un cuerpo juridico coherente con base en la logica del Derecho El principal medio de construccion y elaboracion doctrinal consiste en la deduccion de ideas desde los conceptos juridicos preexistentes Ihering tras desmarcarse de esta doctrina apuntara a una jurisprudencia de intereses cuyo objeto primordial de estudio serian los intereses reales que la sociedad contemplaba asi como la regulacion y ordenacion de estos por parte del ordenamiento juridico Asi pues se descarta por completo la existencia de una voluntad abstracta del Derecho a la que deban ir encaminadas las distintas normas juridicas Se resalta en su defecto un nuevo centro al que deben estar orientadas las normas juridicas que es precisamente el conjunto de intereses de una sociedad que han de ser garantizados por el ordenamiento juridico De esta manera Ihering dira que el Derecho ha de tener como objetivo un fin social desdenando la importancia que la pandectistica daba al aspecto formal de la construccion juridica El concepto de fin social entronca con la teoria finalista del autor Antijuridicidad Editar Acorde con sus planteamientos sobre el Derecho como lucha y siendo coherente con su concepto sobre el derecho subjetivo y con sus teorias finalistas llega a la conclusion de que hay actuaciones humanas que producen una perturbacion de la paz social al atentar contra intereses juridicamente protegidos A esas situaciones perturbadoras les atribuye un caracter antijuridico es decir destaca su caracter danoso para los bienes juridicos que el ordenamiento protege El concepto de antijuridicidad tendra una gran relevancia a la hora de analizar una determinada accion o conducta La aplicacion de la figura de la antijuridicidad se extendera en el ambito civil y muy especialmente en el campo del Derecho penal donde se llega a incluir dentro de la teoria del delito como un elemento necesario para que la accion tipica sea considerada delictiva Racionalismo y dialectica Editar Tras haber negado el espiritu irracionalista de la escuela historica Ihering se acerca al racionalismo hegeliano No obstante su postura difiere de la dialectica logica del concepto defendida por el planteamiento del idealismo de Hegel de manera que aplica su teoria finalista para desposeer al concepto de un papel activo en la evolucion historica del Derecho 13 En su lugar introduce una dialectica practica compelente del fin estableciendo asi una doctrina que toma como base la finalidad del sujeto de manera que se aleja del marcado caracter filosofico que la explicacion hegeliana conlleva y opta por un camino en el que predomina la fundamentacion historica y sociologica en el analisis del desarrollo juridico Obras Editar Retrato autografiado de Rudolf von Ihering Abhandlungen aus den romischen Rechts 1844 El espiritu del Derecho romano en sus diferentes etapas de desarrollo Geist des romischen Rechts auf den verschiedenen Stufen seiner Entwicklung vol I 1852 vol II 1865 Define el derecho subjetivo como interes juridicamente protegido Cartas confidenciales Vertraulichen Briefen uber die heutige Jurisprudenz Von einem Unbekannten 1861 1866 Es la jurisprudencia una ciencia Ist die Jurisprudenz eine Wissenschaft 1868 Ueber den Grund des Besitzesschutzes eine Revision der Lehre vom Besitz 1869 La lucha por el Derecho Der Kampf ums Recht 1872 Desarrolla la teoria de que la norma juridica viene a ser una imposicion que se consigue mediante la lucha El Derecho se impone a traves de la lucha El fin en el Derecho Der Zweck im Recht vol I 1877 Afirma que el aspecto de las conductas a las que debe prestar atencion el Derecho debe ser el objetivo que tales conductas persigan La finalidad es el elemento configurador de los institutos juridicos Lessings Erziehung des Menschengeschlechts 1881 El fin en el Derecho Der Zweck im Recht vol II 1883 Das Trinkgeld 1882 Bromas y veras en la ciencia juridica Scherz und Ernst in der Jurisprudenz Eine Weihnachtsgabe fur das juristische Publikum 1884 Die Entstehung des Rechtsgefuhles 1884 Conferencia en la que participaria Ihering y de cuya intervencion se extractaria un libro La ultima edicion realizada data de 1986 de Neapel La Voluntad en la Posesion Critica del metodo juridico reinante Der Besitzwille Zugleich eine Kritik der herreschenden juristischen Methode 1889 El Derecho de la vida cotidiana Die Jurisprudenz des taglichen Lebens 1891 Prehistoria de los Indoeuropeos Vorgeschichte der Indoeuropaer 1894 Obra postuma que analiza el devenir historico de los pueblos indoeuropeos Vease tambien Editar Portal Derecho Contenido relacionado con Derecho Referencias Editar Ihering Rudolf von Alte Schreibweise fur Jhering Rudolf von Lexexact de Consultado el 7 de mayo de 2016 a b c d Behrends Okko 1993 Caspar Rudolf von Jhering Biographisches Lexikon fur Ostfriesland en aleman Aurich pp 211 215 Traduccion Ensayo sobre el debate cientifico del concepto de cortesia Traduccion Lecciones de Lessing sobre el genero humano Jhering Rudolf von Universidad de Rostock en aleman Consultado el 21 de mayo de 2019 Traduccion Tratados desde el Derecho romano Kunze Michael 1993 Rudolf von Jhering Ein Lebensbild En Okko Behrends ed Rudolf von Jhering Beitrage und Zeugnisse aus Anlass der einhundertsten Wiederkehr seines Todestages am 17 9 1992 en aleman Edicion ampliada 2ª edicion Gottingen Wallstein p 20 ISBN 9783892440550 Traduccion aproximada La propina Traduccion aproximada El surgimiento del sentido juridico Edicion en espanol de la editorial Reus bajo el titulo Jurispridencia en broma y en serio traduccion de Roman Riaza Leon Leysser 2006 Actualidad de Jhering La responsabilidad por el dano a la confianza en haber celebrado un contrato regular Derecho amp Sociedad Falta la url ayuda fechaacceso requiere url ayuda Saavedra Renzo 2011 Analisis critico de la teoria de Gabriele Faggela sobre la responsabilidad precontractual Revisitando o reconociendo a un clasico Revista Peruana de Derecho privado Consultado el 15 de enero de 2020 Siperman Arnoldo Abogados nº72 ed Colegio Publico de Abogados de la Capital Federal Buenos Aires 2003 Bibliografia EditarBiografias sobre el autor Editar Behrends Okko Biographisches Lexikon fur Ostfrieslandde Archivado desde el original el 7 de abril de 2009 Consultado el 2006 D Ors Alvaro 1980 Nuevos papeles del oficio universitario Madrid Editorial Rialp ISBN 84 321 2014 6 Ediciones traducidas del autor Editar Ihering La lucha por el Derecho trad Adolfo Posada y Biesca ed Libreria de Victoriano Suarez Madrid 1881 Ihering El fin en el Derecho trad Leonardo Rodriguez ed Rodriguez Serra Madrid 1911 Ihering Bromas y veras en la ciencia juridica trad Tomas A Banzhaf ed Thomson Civitas Madrid 1987 ISBN 84 470 0147 4 Ihering El Derecho de la vida cotidiana trad de Emilio Valino ed Tirant lo Blanch Valencia 1993 ISBN 84 8002 073 3 Ihering El espiritu del Derecho romano en las diversas fases de su desarrollo traduccion de Enrique Principe y Satorres Estudio preliminar de Jose Luis Monero Perez Ed Comares Granada 1998 ISBN 84 8151 726 7 Ihering Es el Derecho una ciencia Ed de los fragmentos postumos de Okko Behrends trad de Federico Fernandez Crehuet Lopez Ed Comares Granada 2002 ISBN 84 8444 546 1 Ihering La Voluntad en la Posesion Critica del metodo juridico reinante editado por el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal Mexico 2003 Sobre el nacimiento del sentimiento juridico Edicion de Federico Fernandez Crehuet Enlaces externos Editar Wikimedia Commons alberga una galeria multimedia sobre Rudolf von Ihering Wikiquote alberga frases celebres de o sobre Rudolf von Ihering Catalogos Editar Catalogo de la Biblioteca Nacional Alemana aleman Catalogo de obras traducidas de Ihering de la Biblioteca Mayor de Argentina Catalogo de la 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