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Ley de nacionalidad española para los sefardíes

La Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España,[1]​ conocida popularmente como la ley de nacionalidad española para los sefardíes es una ley del ordenamiento jurídico español, aprobada por el Congreso de los Diputados el 11 de junio de 2015, durante el mandato de Mariano Rajoy como presidente del Gobierno.

Ley de nacionalidad española para los sefardíes
País España
Publicado en Boletín Oficial del Estado
Título Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España
Google Knowledge Graph /g/11c5wk989s
Página(s) 52557-52564
Identificador del Boletín Oficial del Estado BOE-A-2015-7045
Número de publicación 151
Fecha de publicación 25 de junio de 2015
Tema principal de la obra Nacionalidad española
Sefardíes
Texto completo en https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-7045

Antecedentes

El primer precedente que encontramos en España de reconocimiento y protección a los sefardíes a través de la concesión de la nacionalidad española es el Real Decreto de 20 de diciembre del 1924, sancionado del Directorio militar de Primo de Rivera. Si bien no se hace constar de manera explícita la palabra sefardí, en la exposición de motivos del texto se refiere que la protección se extenderá a los "antiguos protegidos españoles o descendientes de éstos, y en general individuos pertenecientes a familias de origen español que en alguna ocasión han sido inscritas en Registros españoles y estos elementos hispanos, con sentimientos arraigados de amor a España, por desconocimiento de la ley y por otras causas ajenas a su voluntad de ser españoles, no han logrado obtener nuestra nacionalidad, en clara referencia a los sefardíes.

 
Monumento a Ángel Pulido Fernández en Madrid.

Apenas tres mil sefardíes se acogieron a este derecho y obtuvieron la nacionalidad[cita requerida], si bien fue precisamente este marco jurídico el que permitió a algunas legaciones diplomáticas españolas durante la Segunda Guerra Mundial proteger a los judíos de origen sefardí, logrando con ello la salvación de miles de ellos durante el Holocausto[cita requerida].

Este Real Decreto no fue sino el corolario de una intensa campaña promovida por diversas personalidades de la política y cultura española entre finales del siglo XIX y principios del siglo XX para refrozar los vínculos entre los sefardíes y España. Uno de los mayores exponentes de ello fue el médico y senador Ángel Pulido Fernández que tras su paso y contacto con diversas comunidades sefarditas inició una importante labor en defensa del colectivo sefardí. La campaña de Pulido tuvo una gran resonancia y consiguió el apoyo de varios intelectuales como Benito Pérez Galdós[cita requerida], Miguel de Unamuno[cita requerida] o Marcelino Menéndez Pelayo[cita requerida], y logró que en 1909 se permitiera la apertura de sinagogas en España.

El anuncio de la ley

El 22 de noviembre de 2012, en un acto celebrado en la Casa Sefarad-Israel, del que se hicieron eco numerosos medios de comunicación nacionales e internacionales[cita requerida], el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón y el de Asuntos Exteriores, José Manuel García-Margallo, anunciaron que era intención del gobierno de España desarrollar y promulgar una norma concreta que regulara la adquisición de la nacionalidad española para los sefardíes, siempre y cuando acreditasen tal condición. El anuncio fue acogido con inmenso júbilo por todos los sefardíes del mundo[cita requerida].

 
Alberto Ruiz-Gallardón, ministro de Justicia del Gobierno de España (2011-2014) y uno de los impulsores de la ley de nacionalidad española para los sefardíes.

La adquisición de la nacionalidad española

A modo de resumen, respecto a lo que a la adquisición de la nacionalidad española se refiere, son varios los mecanismos legales para adquirirla:

  1. Nacionalidad por residencia, esto es, por medio de residir legalmente un tiempo determinado en España se puede obtener la nacionalidad española.
  2. Nacionalidad por carta de naturaleza, que tiene un carácter graciable y no exige más requisitos que la concurrencia de "circunstancias excepcionales". Es otorgada por el Gobierno mediante real decreto.
  3. Nacionalidad por opción, que es un beneficio que nuestra legislación ofrece a determinados extranjeros permitiéndoles optar a la nacionalidad española en determinadas condiciones (personas que hayan estado o estén sujetas a la patria potestad de un español o hijos de padre o madre español que hubiera nacido en España), cumpliendo unos requisitos.
  4. Nacionalidad por posesión de estado. Tendrá derecho a obtener la nacionalidad española quien haya poseído y utilizado con anterioridad esta nacionalidad, de manera continuada y de buena fe.
  5. Nacionalidad de origen, siendo españoles:
    • Los nacidos de padre o madre española.
    • Los nacidos en España cuando sean hijos de padres extranjeros si, al menos uno de los padres, ha nacido en España (se exceptúan los hijos de diplomáticos).

Tradicionalmente, hasta el referido anuncio del gobierno español de legislar el acceso a la nacionalidad española para los sefardíes, éstos vinieron solicitando la nacionalidad española alegando como circunstancia excepcional la de ser descendientes de los judíos españoles que fueron expulsados en 1492 e iniciaron el trámite sobre la base de lo previsto para el procedimiento de carta de naturaleza. Para el año 2015 y hasta la entrada en vigor de la nueva ley el 1 de octubre de ese año, se concedieron más de 7.000 nacionalidades españolas por esta vía[cita requerida].

Con la entrada en vigor de la Ley 12/2015, todo cambió y los sefardíes que deseasen obtener la nacionalidad española por su condición de sefardí, habrían de acogerse a la nueva norma y cumplir con los requisitos establecidos en la misma.

Características

Esta norma presenta importantes novedades respecto del trámite anterior, a saber:

  • Son dos las circunstancias que deberá acreditar el solicitante: su condición de sefardí y su especial vinculación con España.
  • El procedimiento tiene una naturaleza mixta: electrónico y presencial.
  • Es la Dirección General de los Registros y del Notariado, previa calificación notarial, la que resolverá sobre la petición de nacionalidad.
  • Aquellos sefardíes que obtengan la nacionalidad española podrán conservar su nacionalidad anterior sin necesidad de renunciar a ella, como sí ocurría con anterioridad.
  • Se establece una tasa obligatoria de 102 euros.
  • Se dispone igualmente la obligación de realizar dos exámenes que serán preparados por el Instituto Cervantes: uno de conocimientos socioculturales de España y otro de lengua española, estando exentos de este últimos los nacionales de países iberoamericanos o donde el español es idioma oficial .
  • Las solicitudes se deberán presentar en el plazo máximo de tres años desde la entrada en vigor de la ley, pudiendo ser prorrogado por un año más previo acuerdo del Consejo de Minisitros.

Como corolario de todo ello, según se expone en la exposición de motivos de la ley, ésta,

pretende ser el punto de encuentro entre los españoles de hoy y los descendientes de quienes fueron injustamente expulsados a partir de 1492, y se justifica en la común determinación de construir juntos, frente a la intolerancia de tiempos pasados, un nuevo espacio de convivencia y concordia, que reabra para siempre a las comunidades expulsadas de España las puertas de su antiguo país.

Requisitos y presupuestos

Los interesados deberán acreditar dos extremos para poder obtener la nacionalidad española: su condición de sefardí o de descendientes de éstos y su especial vinculación con España. Para cada una de tales circunstancias, la norma enumera en sus artículos 1.2 y 1.3 una lista abierta de medios probatorios para ello. Así, la condición de sefardí se podrá probar mediante:

  1. Certificado a tal efecto expedido por el Presidente de la Comisión Permanente de la Federación de Comunidades Judías de España.
  2. Certificado expedido por el presidente, cargo análogo o rabino de la comunidad judía de la zona de residencia o ciudad natal del interesado.
  3. La acreditación del uso como idioma familiar del ladino o haquetía.
  4. Ketubah o contrato matrimonial judío, en el que conste la celebración del matrimonio según las tradiciones de Castilla.[2]
  5. Informe motivado que acredite la pertenencia al linaje sefardí de los apellidos del solicitante.
  6. Cualquier otra circunstancia que demuestre fehacientemente su condición de sefardí originario de España.

En cuanto a la especial vinculación con España, se acreditará:

  1. Certificados de estudios de historia y cultura españolas.
  2. Acreditación del conocimiento del idioma ladino o haquetía.
  3. Inclusión del peticionario o de su ascendencia directa en las listas de familias sefardíes protegidas por España, a que, en relación con Egipto y Grecia, hace referencia el Decreto-ley de 29 de diciembre de 1948, o de aquellos otros que obtuvieron su naturalización por la vía especial del Real Decreto de 20 de diciembre de 1924 o parentesco de consanguinidad con éstos.
  4. Realización de actividades benéficas, culturales o económicas a favor de personas o instituciones españolas o en territorio español, así como aquellas que se desarrollen en apoyo de instituciones orientadas al estudio, conservación y difusión de la cultura sefardí.
  5. Cualquier otra circunstancia que demuestre fehacientemente su especial vinculación con España.
 
Modelo de ketubah o contrato matrimonial judío. Esta en concreto data del año 1480 y es del municipio guipuzcoano de Segura, en España.

Críticas

Referencias

  1. «Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España.». Boletín Oficial del Estado (151): 52557-52564. 25 de junio de 2015. ISSN 0212-033X. 
  2. En muchas comunidades sefardíes de origen español, sobre todo en las asentadas en el norte de Marruecos, era y es muy frecuente que se incluyese una cláusula en los contratos matrimoniales haciendo constar que se rigen por todas las normas de los judíos sefardíes del Reino de Castilla[cita requerida].

Bibliografía

  • García Gómez, Ramón. «Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España». Ars Iuris Salmanticensis (Salamanca: Universidad de Salamanca): 203-206. ISSN 2340-5155. 
  •   Datos: Q27966559

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La Ley 12 2015 de 24 de junio en materia de concesion de la nacionalidad espanola a los sefardies originarios de Espana 1 conocida popularmente como la ley de nacionalidad espanola para los sefardies es una ley del ordenamiento juridico espanol aprobada por el Congreso de los Diputados el 11 de junio de 2015 durante el mandato de Mariano Rajoy como presidente del Gobierno Ley de nacionalidad espanola para los sefardiesPaisEspanaPublicado enBoletin Oficial del EstadoTituloLey 12 2015 de 24 de junio en materia de concesion de la nacionalidad espanola a los sefardies originarios de EspanaGoogle Knowledge Graph g 11c5wk989sPagina s 52557 52564Identificador del Boletin Oficial del EstadoBOE A 2015 7045Numero de publicacion151Fecha de publicacion25 de junio de 2015Tema principal de la obraNacionalidad espanolaSefardiesTexto completo enhttps www boe es buscar act php id BOE A 2015 7045 editar datos en Wikidata Indice 1 Antecedentes 1 1 El anuncio de la ley 2 La adquisicion de la nacionalidad espanola 3 Caracteristicas 4 Requisitos y presupuestos 5 Criticas 6 Referencias 7 BibliografiaAntecedentes EditarEl primer precedente que encontramos en Espana de reconocimiento y proteccion a los sefardies a traves de la concesion de la nacionalidad espanola es el Real Decreto de 20 de diciembre del 1924 sancionado del Directorio militar de Primo de Rivera Si bien no se hace constar de manera explicita la palabra sefardi en la exposicion de motivos del texto se refiere que la proteccion se extendera a los antiguos protegidos espanoles o descendientes de estos y en general individuos pertenecientes a familias de origen espanol que en alguna ocasion han sido inscritas en Registros espanoles y estos elementos hispanos con sentimientos arraigados de amor a Espana por desconocimiento de la ley y por otras causas ajenas a su voluntad de ser espanoles no han logrado obtener nuestra nacionalidad en clara referencia a los sefardies Monumento a Angel Pulido Fernandez en Madrid Apenas tres mil sefardies se acogieron a este derecho y obtuvieron la nacionalidad cita requerida si bien fue precisamente este marco juridico el que permitio a algunas legaciones diplomaticas espanolas durante la Segunda Guerra Mundial proteger a los judios de origen sefardi logrando con ello la salvacion de miles de ellos durante el Holocausto cita requerida Este Real Decreto no fue sino el corolario de una intensa campana promovida por diversas personalidades de la politica y cultura espanola entre finales del siglo XIX y principios del siglo XX para refrozar los vinculos entre los sefardies y Espana Uno de los mayores exponentes de ello fue el medico y senador Angel Pulido Fernandez que tras su paso y contacto con diversas comunidades sefarditas inicio una importante labor en defensa del colectivo sefardi La campana de Pulido tuvo una gran resonancia y consiguio el apoyo de varios intelectuales como Benito Perez Galdos cita requerida Miguel de Unamuno cita requerida o Marcelino Menendez Pelayo cita requerida y logro que en 1909 se permitiera la apertura de sinagogas en Espana El anuncio de la ley EditarEl 22 de noviembre de 2012 en un acto celebrado en la Casa Sefarad Israel del que se hicieron eco numerosos medios de comunicacion nacionales e internacionales cita requerida el ministro de Justicia Alberto Ruiz Gallardon y el de Asuntos Exteriores Jose Manuel Garcia Margallo anunciaron que era intencion del gobierno de Espana desarrollar y promulgar una norma concreta que regulara la adquisicion de la nacionalidad espanola para los sefardies siempre y cuando acreditasen tal condicion El anuncio fue acogido con inmenso jubilo por todos los sefardies del mundo cita requerida Alberto Ruiz Gallardon ministro de Justicia del Gobierno de Espana 2011 2014 y uno de los impulsores de la ley de nacionalidad espanola para los sefardies La adquisicion de la nacionalidad espanola EditarA modo de resumen respecto a lo que a la adquisicion de la nacionalidad espanola se refiere son varios los mecanismos legales para adquirirla Nacionalidad por residencia esto es por medio de residir legalmente un tiempo determinado en Espana se puede obtener la nacionalidad espanola Nacionalidad por carta de naturaleza que tiene un caracter graciable y no exige mas requisitos que la concurrencia de circunstancias excepcionales Es otorgada por el Gobierno mediante real decreto Nacionalidad por opcion que es un beneficio que nuestra legislacion ofrece a determinados extranjeros permitiendoles optar a la nacionalidad espanola en determinadas condiciones personas que hayan estado o esten sujetas a la patria potestad de un espanol o hijos de padre o madre espanol que hubiera nacido en Espana cumpliendo unos requisitos Nacionalidad por posesion de estado Tendra derecho a obtener la nacionalidad espanola quien haya poseido y utilizado con anterioridad esta nacionalidad de manera continuada y de buena fe Nacionalidad de origen siendo espanoles Los nacidos de padre o madre espanola Los nacidos en Espana cuando sean hijos de padres extranjeros si al menos uno de los padres ha nacido en Espana se exceptuan los hijos de diplomaticos Tradicionalmente hasta el referido anuncio del gobierno espanol de legislar el acceso a la nacionalidad espanola para los sefardies estos vinieron solicitando la nacionalidad espanola alegando como circunstancia excepcional la de ser descendientes de los judios espanoles que fueron expulsados en 1492 e iniciaron el tramite sobre la base de lo previsto para el procedimiento de carta de naturaleza Para el ano 2015 y hasta la entrada en vigor de la nueva ley el 1 de octubre de ese ano se concedieron mas de 7 000 nacionalidades espanolas por esta via cita requerida Con la entrada en vigor de la Ley 12 2015 todo cambio y los sefardies que deseasen obtener la nacionalidad espanola por su condicion de sefardi habrian de acogerse a la nueva norma y cumplir con los requisitos establecidos en la misma Caracteristicas EditarEsta norma presenta importantes novedades respecto del tramite anterior a saber Son dos las circunstancias que debera acreditar el solicitante su condicion de sefardi y su especial vinculacion con Espana El procedimiento tiene una naturaleza mixta electronico y presencial Es la Direccion General de los Registros y del Notariado previa calificacion notarial la que resolvera sobre la peticion de nacionalidad Aquellos sefardies que obtengan la nacionalidad espanola podran conservar su nacionalidad anterior sin necesidad de renunciar a ella como si ocurria con anterioridad Se establece una tasa obligatoria de 102 euros Se dispone igualmente la obligacion de realizar dos examenes que seran preparados por el Instituto Cervantes uno de conocimientos socioculturales de Espana y otro de lengua espanola estando exentos de este ultimos los nacionales de paises iberoamericanos o donde el espanol es idioma oficial Las solicitudes se deberan presentar en el plazo maximo de tres anos desde la entrada en vigor de la ley pudiendo ser prorrogado por un ano mas previo acuerdo del Consejo de Minisitros Como corolario de todo ello segun se expone en la exposicion de motivos de la ley esta pretende ser el punto de encuentro entre los espanoles de hoy y los descendientes de quienes fueron injustamente expulsados a partir de 1492 y se justifica en la comun determinacion de construir juntos frente a la intolerancia de tiempos pasados un nuevo espacio de convivencia y concordia que reabra para siempre a las comunidades expulsadas de Espana las puertas de su antiguo pais Requisitos y presupuestos EditarLos interesados deberan acreditar dos extremos para poder obtener la nacionalidad espanola su condicion de sefardi o de descendientes de estos y su especial vinculacion con Espana Para cada una de tales circunstancias la norma enumera en sus articulos 1 2 y 1 3 una lista abierta de medios probatorios para ello Asi la condicion de sefardi se podra probar mediante Certificado a tal efecto expedido por el Presidente de la Comision Permanente de la Federacion de Comunidades Judias de Espana Certificado expedido por el presidente cargo analogo o rabino de la comunidad judia de la zona de residencia o ciudad natal del interesado La acreditacion del uso como idioma familiar del ladino o haquetia Ketubah o contrato matrimonial judio en el que conste la celebracion del matrimonio segun las tradiciones de Castilla 2 Informe motivado que acredite la pertenencia al linaje sefardi de los apellidos del solicitante Cualquier otra circunstancia que demuestre fehacientemente su condicion de sefardi originario de Espana En cuanto a la especial vinculacion con Espana se acreditara Certificados de estudios de historia y cultura espanolas Acreditacion del conocimiento del idioma ladino o haquetia Inclusion del peticionario o de su ascendencia directa en las listas de familias sefardies protegidas por Espana a que en relacion con Egipto y Grecia hace referencia el Decreto ley de 29 de diciembre de 1948 o de aquellos otros que obtuvieron su naturalizacion por la via especial del Real Decreto de 20 de diciembre de 1924 o parentesco de consanguinidad con estos Realizacion de actividades beneficas culturales o economicas a favor de personas o instituciones espanolas o en territorio espanol asi como aquellas que se desarrollen en apoyo de instituciones orientadas al estudio conservacion y difusion de la cultura sefardi Cualquier otra circunstancia que demuestre fehacientemente su especial vinculacion con Espana Modelo de ketubah o contrato matrimonial judio Esta en concreto data del ano 1480 y es del municipio guipuzcoano de Segura en Espana Criticas EditarReferencias Editar Ley 12 2015 de 24 de junio en materia de concesion de la nacionalidad espanola a los sefardies originarios de Espana Boletin Oficial del Estado 151 52557 52564 25 de junio de 2015 ISSN 0212 033X En muchas comunidades sefardies de origen espanol sobre todo en las asentadas en el norte de Marruecos era y es muy frecuente que se incluyese 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