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Patria potestad

La patria potestad (en latín: patria potestas) es una institución jurídica originada en la Antigua Roma y adoptada por algunos países, con diversos alcances, para regular las relaciones entre el padre —y, en las últimas décadas, también la madre— con sus hijos no emancipados.[1]​ El sistema fue creado por el Derecho romano, estableciendo el poder exclusivo del padre (pater familiae) sobre los hijos, integrándose con el poder que el pater familiae también ejercía sobre su esposa y sus esclavos.

Algunos países europeos adoptaron el sistema de patria potestad para regular las relaciones entre padres y madres, por un lado, e hijos e hijas por el otro. En Hispanoamérica, la patria potestad romana fue impuesta por el Imperio Español en sus colonias, de donde pasó a los sistemas jurídicos de los países que se independizaron a partir del siglo XIX.[2]​ Con el paso de los años, los sistemas de patria potestad se han ido reformando para introducir disposiciones igualitarias entre hombres y mujeres, para reducir la tradicional concepción jerárquica patriarcal del instituto, así como para incorporar al niño como sujeto y el interés superior del niño como principio rector.[3]​ Los sistemas también se han ido reformando para atender al aumento de los casos de divorcio y establecer las normas que rigen la patria potestad cuando los padres no viven juntos.

En las últimas décadas, sobre todo a partir de la sanción en 1989 de la Convención sobre los Derechos del Niño, existe una tendencia a abandonar definitivamente los regímenes de patria potestad que aún quedan, para establecer regímenes denominados de «responsabilidad parental».[4][5]

Evolución histórica

La institución de la patria potestad se origina en el derecho romano; el mismo nombre enuncia su origen y su carácter que ha venido variando a lo largo del tiempo y del cual subsiste exclusivamente el nombre. Consistía en una efectiva potestad o poder sobre los hijos y sus descendientes, ejercido solo por el ascendiente varón de más edad.

Se equiparaba a la potestad marital que se tenía con respecto a la mujer y era equivalente, en menor grado, a la potestad sobre los esclavos. Se establecía en beneficio del jefe de familia, quien podría rechazarla si así le convenía; sus facultades abarcaban la persona y los bienes de los hijos, a grado tal que podía venderlos como esclavos si lo hacía fuera de roma, e incluso condenarlos a muerte. El páter era dueño de todos los bienes que el hijo adquiría con un poder absoluto y dictatorial.

Estas características fueron suavizándose a través del tiempo especialmente con el advenimiento del cristianismo.[6]

Características

Los caracteres más destacable en esta figura son:

  • origen patriarcal;[5]
  • la verticalidad de la relación, atenuada progresivamente;
  • la centralidad de la potestad paterna;
  • alcanza a todos los hijos tanto biológicos como adoptivos, tanto matrimoniales como extramatrimoniales.[3]
  • intransmisibilidad, irrenunciabilidad e imprescriptibilidad.[7]

Ejercicio

La patria potestad la ejercen conjuntamente el padre y la madre durante el matrimonio o unión de hecho, correspondiendo a ambos la representación legal del hijo de familia, anteriormente era el padre el único que podía y tenía derecho sobre la vida de sus hijos pero dada la evolución del derecho y las circunstancias sociales de divorcios y separaciones se ha tomado en cuenta a la mujer para que cumpla con el ejercicio de la patria potestad.

Dentro del matrimonio y unión de hecho los hijos se encuentran resguardados en un hogar y situación estable, por lo que el padre o madre pueden autorizar a su hijo el realizar ciertos actos jurídicos, pueden representarlos en otros actos sean estos judiciales o extrajudiciales.

En caso de divorcio, separación de cuerpos o nulidad del matrimonio, el juez competente debe dictar las medidas provisionales que se aplicarán hasta que concluya el juicio correspondiente, en lo referente a la patria potestad y a su contenido, así como en lo que concierne al régimen de visitas y de alimentos. En el caso de separación de unión de hecho la patria potestad la ejercerá de forma general la madre o si es el caso el padre que quiera ejercer la tenencia de estos.

Sujetos

Son sujetos activos de la patria potestad, los ascendientes: padre y madre y, a falta de ambos, los abuelos, en el orden que determine la ley o el juez familiar, atendiendo a la convivencia del menor. Son sujetos pasivos los descendientes, menores de 18 años no emancipados.[8]

Esto significa que el ejercicio de la patria potestad sobre los hijos legítimos recae sobre el padre y la madre, y solo por muerte de alguno o por haber incurrido en la pérdida de la misma (bajo sentencia de un tribunal competente) o por acuerdo de los padres reducido a escritura pública debidamente subinscrita al margen de la partida de nacimiento del menor, pasa al otro. A falta de los padres la ejercerá los abuelos paternos, y a falta de ellos los maternos; cuando falta uno de los abuelos el otro la tendrá solo, antes de la pareja que siga en orden.

En el caso de los hijos extramatrimoniales, la patria potestad corresponde al que reconozca al hijo en primer lugar, si los dos padres lo reconocen simultáneamente, como lo establezcan de común de acuerdo. Si se suscita controversia, el juez de lo familiar resolverá lo más conveniente para el menor.

En caso de adopción, solo el adoptante puede ejercer la patria potestad.

"La patria potestad es la representación legal del niño y es un derecho de los padres, así uno de ellos no viva con el menor", asegura.

De esta manera, si por ejemplo el hijo desea salir del país, necesitará el permiso de ambos progenitores para hacerlo.

"Cuando se suspende la patria potestad a uno de los padres, este no podrá representar al niño o adolescente, ni administrar los bienes de esta persona", indica.

Son sujetos pasivos de la patria potestad: los hijos no emancipados. Además se ejerce sobre los derechos eventuales del hijo que está por nacer.[9]

La patria potestad se acaba:

  • Con la muerte del que la ejerce, si no hay otra persona en quien recaiga.
  • Con la emancipación, derivada del matrimonio.
  • Mayoría de edad del hijo.

La patria potestad se pierde:

  • Cuando el que la ejerza es condenado expresamente a la pérdida de ese derecho, o cuando es condenado dos o más veces por delitos graves.
  • En algunos casos de divorcio variando según la legislación.
  • Cuando por las costumbres depravadas de los padres, malos tratamientos o abandono de sus deberes, pudiere comprometerse la salud, la seguridad o la moralidad de los hijos, aun cuando esos hechos no cayeren bajo la sanción de la Ley penal.
  • Por la exposición que el padre o la madre hicieron de sus hijos, o porque los dejen abandonados por más de seis meses.

Recuperación

Para recuperar la patria potestad perdida, el progenitor afectado tiene que demostrar que ya no existen aquellos motivos que generaron la suspensión:

  1. Apoyo. La suspensión de la patria potestad no significa que dejará de encargarse de la pensión de alimentos.
  2. Testigo. Es importante que presente testigos que señalen que usted merece la recuperación de la patria potestad.
  3. Prueba. Si le suspenden el derecho por maltrato, presente la prueba psicológica que indique que ya no es violento.
  4. Papeles. Presente pruebas. Por ejemplo, si estuvo internado en un centro de rehabilitación para alcohólicos.
  5. Edad. Se extingue la patria potestad cuando el hijo cumple los 18 años o si se casó al tener entre 14 y 16 años.[10]

Ecuador

[11]​La patria potestad, según con el Código del artículo 209° de la Niñez y Adolescencia del mundo, se entiende como los derechos y obligaciones que tienen los padres sobre sus hijos no emancipados, todo lo que haga referencia con el cuidado del niño para su óptimo desarrollo. Es decir que todas las acciones que realice el niño o adolescente, en tal caso menor, será responsabilidad de sus padres o tutores reconocidos.

Estas obligaciones tienen que ver básicamente con la educación, alimentación, vestimenta, salud, recreación del menor, acompañado del desarrollo integral y la defensa de derechos y garantías de los hijos de conformidad con la constitución y la ley, ya que las anteriormente nombradas protegen los derechos de cada uno de los ciudadanos y con mayores severidad la de los menores de edad.

Según las investigaciones jurídicas de la UNAM, la patria potestad es en sí la regulación jurídica que se hace de los deberes y derechos que se reconocen a los padres en la legislación civil y/o familiar sobre los hijos y sus bienes. Implica el reconocimiento de los mismos con el fin de proveer a la protección y desarrollo integral de los hijos menores.[12]​Sin duda alguna la patria potestad es en esencia la responsabilidad enorme que toda persona debe de cumplir con los menores de edad.

México. Derecho mexicano - jurisprudencia

Patria potestad. Su configuración como una institución establecida en beneficio de los hijos (Jurisprudencia 1a./J. 42/2015 (10a.)

La configuración actual de las relaciones paterno-filiales ha sido fruto de una importante evolución jurídica. Con la inclusión en nuestra Constitución del interés superior del menor, los órganos judiciales deben abandonar la vieja concepción de la patria potestad como poder omnímodo del padre sobre los hijos. Hoy en día, la patria potestad no se configura como un derecho del padre, sino como una función que se le encomienda a los padres en beneficio de los hijos y que está dirigida a la protección, educación y formación integral de estos últimos, cuyo interés es siempre prevalente en la relación paterno-filial, acentuándose asimismo la vigilancia de los poderes públicos en el ejercicio de dicha institución en consideración prioritaria del interés del menor. Es por ello que abordar en nuestros días el estudio jurídico de las relaciones paterno-filiales y en particular de la patria potestad, requiere que los órganos jurisdiccionales partan de dos ideas fundamentales, como son la protección del hijo menor y su plena subjetividad jurídica. En efecto, por un lado, el menor de edad está necesitado de especial protección habida cuenta el estado de desarrollo y formación en el que se encuentra inmerso durante esta etapa vital. La protección integral del menor constituye un mandato constitucional que se impone a los padres y a los poderes públicos. Al mismo tiempo, no es posible dejar de considerar que el menor es persona y, como tal, titular de derechos, estando dotado además de una capacidad progresiva para ejercerlos en función de su nivel de madurez.

Jurisprudencia emitida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación Mexicana, publicada el veintiséis de junio de dos mil quince a las 09:20 horas en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 29 de junio de 2015, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 19/2013.

Datos de identificación: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación,Décima Época, Libro 19, Tomo I, Página 563, Primera Sala, Jurisprudencia civil, número de registro digital 200945, Junio de 2015

Véase también

Referencias

  1. «Patria potestad». Enciclopedia jurídica. 2014. Consultado el 13 de junio de 2016. 
  2. Zorraquín Becú, Ricardo (1978). Historia del Derecho argentino I. Buenos Aires: Perrot. p. 184-185. 
  3. Pito Andrade, Cristóbal (2009). La custodia compartida (primera edición). Bosch. ISBN 9788497904766. 
  4. «Fin de la patria potestad, ambos padres son responsables por igual del cuidado de sus hijos». Telam. 3 de agosto de 2015. Consultado el 12 de junio de 2016. 
  5. Cataldi, Myriam M. (16 de junio de 2015). «La noción de coparentalidad y el derecho de los hijos a vivir en familia». Nuevo Código Civil. Argentina. 
  6. BAQUEIRO ROJAS, Edgard., BUENROSTRO BÁEZ, Rosalía. Derecho de Familia y Sucesiones, Ed. Harla, México. 1990. Pág. 225
  7. Ortiz Sánchez, Mónica; Pérez Pino, Virginia. Léxico jurídico para estudiantes (primera edición). Tecnos. ISBN 9788430938964. 
  8. BAQUEIRO ROJAS, Edgard., BUENROSTRO BÁEZ, Rosalía. Derecho de Familia y Sucesiones, Ed. Harla, México. 1990. Pág. 227, 228
  9. «Patria potestad». Inoponible. Consultado el 28 de mayo de 2019. 
  10. PERÚ21, Redacción (17 de agosto de 2013). «Cómo mantener patria potestad de tu hijo». Peru21. Consultado el 14 de octubre de 2018. 
  11. IUS 360 (31 de enero de 2019). «¿Es lo mismo la tenencia que la patria potestad?: una aproximación a la institución de la patria potestad, sus clasificaciones y su relación con la tenencia». IUS 360. Consultado el 18 de octubre de 2019. 
  12. «Patria Potestad». 

Enlaces externos

  • La guardia y custodia compartida de los hijos
  •   Datos: Q3897680

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La patria potestad en latin patria potestas es una institucion juridica originada en la Antigua Roma y adoptada por algunos paises con diversos alcances para regular las relaciones entre el padre y en las ultimas decadas tambien la madre con sus hijos no emancipados 1 El sistema fue creado por el Derecho romano estableciendo el poder exclusivo del padre pater familiae sobre los hijos integrandose con el poder que el pater familiae tambien ejercia sobre su esposa y sus esclavos Algunos paises europeos adoptaron el sistema de patria potestad para regular las relaciones entre padres y madres por un lado e hijos e hijas por el otro En Hispanoamerica la patria potestad romana fue impuesta por el Imperio Espanol en sus colonias de donde paso a los sistemas juridicos de los paises que se independizaron a partir del siglo XIX 2 Con el paso de los anos los sistemas de patria potestad se han ido reformando para introducir disposiciones igualitarias entre hombres y mujeres para reducir la tradicional concepcion jerarquica patriarcal del instituto asi como para incorporar al nino como sujeto y el interes superior del nino como principio rector 3 Los sistemas tambien se han ido reformando para atender al aumento de los casos de divorcio y establecer las normas que rigen la patria potestad cuando los padres no viven juntos En las ultimas decadas sobre todo a partir de la sancion en 1989 de la Convencion sobre los Derechos del Nino existe una tendencia a abandonar definitivamente los regimenes de patria potestad que aun quedan para establecer regimenes denominados de responsabilidad parental 4 5 Indice 1 Evolucion historica 2 Caracteristicas 3 Ejercicio 4 Sujetos 4 1 Recuperacion 5 Ecuador 6 Mexico Derecho mexicano jurisprudencia 6 1 Patria potestad Su configuracion como una institucion establecida en beneficio de los hijos Jurisprudencia 1a J 42 2015 10a 7 Vease tambien 8 Referencias 9 Enlaces externosEvolucion historica EditarLa institucion de la patria potestad se origina en el derecho romano el mismo nombre enuncia su origen y su caracter que ha venido variando a lo largo del tiempo y del cual subsiste exclusivamente el nombre Consistia en una efectiva potestad o poder sobre los hijos y sus descendientes ejercido solo por el ascendiente varon de mas edad Se equiparaba a la potestad marital que se tenia con respecto a la mujer y era equivalente en menor grado a la potestad sobre los esclavos Se establecia en beneficio del jefe de familia quien podria rechazarla si asi le convenia sus facultades abarcaban la persona y los bienes de los hijos a grado tal que podia venderlos como esclavos si lo hacia fuera de roma e incluso condenarlos a muerte El pater era dueno de todos los bienes que el hijo adquiria con un poder absoluto y dictatorial Estas caracteristicas fueron suavizandose a traves del tiempo especialmente con el advenimiento del cristianismo 6 Caracteristicas EditarLos caracteres mas destacable en esta figura son origen patriarcal 5 la verticalidad de la relacion atenuada progresivamente la centralidad de la potestad paterna alcanza a todos los hijos tanto biologicos como adoptivos tanto matrimoniales como extramatrimoniales 3 intransmisibilidad irrenunciabilidad e imprescriptibilidad 7 Ejercicio EditarLa patria potestad la ejercen conjuntamente el padre y la madre durante el matrimonio o union de hecho correspondiendo a ambos la representacion legal del hijo de familia anteriormente era el padre el unico que podia y tenia derecho sobre la vida de sus hijos pero dada la evolucion del derecho y las circunstancias sociales de divorcios y separaciones se ha tomado en cuenta a la mujer para que cumpla con el ejercicio de la patria potestad Dentro del matrimonio y union de hecho los hijos se encuentran resguardados en un hogar y situacion estable por lo que el padre o madre pueden autorizar a su hijo el realizar ciertos actos juridicos pueden representarlos en otros actos sean estos judiciales o extrajudiciales En caso de divorcio separacion de cuerpos o nulidad del matrimonio el juez competente debe dictar las medidas provisionales que se aplicaran hasta que concluya el juicio correspondiente en lo referente a la patria potestad y a su contenido asi como en lo que concierne al regimen de visitas y de alimentos En el caso de separacion de union de hecho la patria potestad la ejercera de forma general la madre o si es el caso el padre que quiera ejercer la tenencia de estos Sujetos EditarSon sujetos activos de la patria potestad los ascendientes padre y madre y a falta de ambos los abuelos en el orden que determine la ley o el juez familiar atendiendo a la convivencia del menor Son sujetos pasivos los descendientes menores de 18 anos no emancipados 8 Esto significa que el ejercicio de la patria potestad sobre los hijos legitimos recae sobre el padre y la madre y solo por muerte de alguno o por haber incurrido en la perdida de la misma bajo sentencia de un tribunal competente o por acuerdo de los padres reducido a escritura publica debidamente subinscrita al margen de la partida de nacimiento del menor pasa al otro A falta de los padres la ejercera los abuelos paternos y a falta de ellos los maternos cuando falta uno de los abuelos el otro la tendra solo antes de la pareja que siga en orden En el caso de los hijos extramatrimoniales la patria potestad corresponde al que reconozca al hijo en primer lugar si los dos padres lo reconocen simultaneamente como lo establezcan de comun de acuerdo Si se suscita controversia el juez de lo familiar resolvera lo mas conveniente para el menor En caso de adopcion solo el adoptante puede ejercer la patria potestad La patria potestad es la representacion legal del nino y es un derecho de los padres asi uno de ellos no viva con el menor asegura De esta manera si por ejemplo el hijo desea salir del pais necesitara el permiso de ambos progenitores para hacerlo Cuando se suspende la patria potestad a uno de los padres este no podra representar al nino o adolescente ni administrar los bienes de esta persona indica Son sujetos pasivos de la patria potestad los hijos no emancipados Ademas se ejerce sobre los derechos eventuales del hijo que esta por nacer 9 La patria potestad se acaba Con la muerte del que la ejerce si no hay otra persona en quien recaiga Con la emancipacion derivada del matrimonio Mayoria de edad del hijo La patria potestad se pierde Cuando el que la ejerza es condenado expresamente a la perdida de ese derecho o cuando es condenado dos o mas veces por delitos graves En algunos casos de divorcio variando segun la legislacion Cuando por las costumbres depravadas de los padres malos tratamientos o abandono de sus deberes pudiere comprometerse la salud la seguridad o la moralidad de los hijos aun cuando esos hechos no cayeren bajo la sancion de la Ley penal Por la exposicion que el padre o la madre hicieron de sus hijos o porque los dejen abandonados por mas de seis meses Recuperacion Editar Para recuperar la patria potestad perdida el progenitor afectado tiene que demostrar que ya no existen aquellos motivos que generaron la suspension Apoyo La suspension de la patria potestad no significa que dejara de encargarse de la pension de alimentos Testigo Es importante que presente testigos que senalen que usted merece la recuperacion de la patria potestad Prueba Si le suspenden el derecho por maltrato presente la prueba psicologica que indique que ya no es violento Papeles Presente pruebas Por ejemplo si estuvo internado en un centro de rehabilitacion para alcoholicos Edad Se extingue la patria potestad cuando el hijo cumple los 18 anos o si se caso al tener entre 14 y 16 anos 10 Ecuador Editar 11 La patria potestad segun con el Codigo del articulo 209 de la Ninez y Adolescencia del mundo se entiende como los derechos y obligaciones que tienen los padres sobre sus hijos no emancipados todo lo que haga referencia con el cuidado del nino para su optimo desarrollo Es decir que todas las acciones que realice el nino o adolescente en tal caso menor sera responsabilidad de sus padres o tutores reconocidos Estas obligaciones tienen que ver basicamente con la educacion alimentacion vestimenta salud recreacion del menor acompanado del desarrollo integral y la defensa de derechos y garantias de los hijos de conformidad con la constitucion y la ley ya que las anteriormente nombradas protegen los derechos de cada uno de los ciudadanos y con mayores severidad la de los menores de edad Segun las investigaciones juridicas de la UNAM la patria potestad es en si la regulacion juridica que se hace de los deberes y derechos que se reconocen a los padres en la legislacion civil y o familiar sobre los hijos y sus bienes Implica el reconocimiento de los mismos con el fin de proveer a la proteccion y desarrollo integral de los hijos menores 12 Sin duda alguna la patria potestad es en esencia la responsabilidad enorme que toda persona debe de cumplir con los menores de edad Mexico Derecho mexicano jurisprudencia EditarPatria potestad Su configuracion como una institucion establecida en beneficio de los hijos Jurisprudencia 1a J 42 2015 10a Editar La configuracion actual de las relaciones paterno filiales ha sido fruto de una importante evolucion juridica Con la inclusion en nuestra Constitucion del interes superior del menor los organos judiciales deben abandonar la vieja concepcion de la patria potestad como poder omnimodo del padre sobre los hijos Hoy en dia la patria potestad no se configura como un derecho del padre sino como una funcion que se le encomienda a los padres en beneficio de los hijos y que esta dirigida a la proteccion educacion y formacion integral de estos ultimos cuyo interes es siempre prevalente en la relacion paterno filial acentuandose asimismo la vigilancia de los poderes publicos en el ejercicio de dicha institucion en consideracion prioritaria del interes del menor Es por ello que abordar en nuestros dias el estudio juridico de las relaciones paterno filiales y en particular de la patria potestad requiere que los organos jurisdiccionales partan de dos ideas fundamentales como son la proteccion del hijo menor y su plena subjetividad juridica En efecto por un lado el menor de edad esta necesitado de especial proteccion habida cuenta el estado de desarrollo y formacion en el que se encuentra inmerso durante esta etapa vital La proteccion integral del menor constituye un mandato constitucional que se impone a los padres y a los poderes publicos Al mismo tiempo no es posible dejar de considerar que el menor es persona y como tal titular de derechos estando dotado ademas de una capacidad progresiva para ejercerlos en funcion de su nivel de madurez Jurisprudencia emitida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacion Mexicana publicada el veintiseis de junio de dos mil quince a las 09 20 horas en el Semanario Judicial de la Federacion y por ende se considera de aplicacion obligatoria a partir del lunes 29 de junio de 2015 para los efectos previstos en el punto septimo del Acuerdo General Plenario 19 2013 Datos de identificacion Gaceta del Semanario Judicial de la Federacion Decima Epoca Libro 19 Tomo I Pagina 563 Primera Sala Jurisprudencia civil numero de registro digital 200945 Junio de 2015Vease tambien Editar Portal Derecho Contenido relacionado con Derecho Derecho civil Familia Parens patriae en la Wikipedia en ingles Pater familiasReferencias Editar Patria potestad Enciclopedia juridica 2014 Consultado el 13 de junio de 2016 Zorraquin Becu Ricardo 1978 Historia del Derecho argentino I Buenos Aires Perrot p 184 185 a b Pito Andrade Cristobal 2009 La custodia compartida primera edicion Bosch ISBN 9788497904766 fechaacceso requiere url ayuda Fin de la patria potestad ambos padres son responsables por igual del cuidado de sus hijos Telam 3 de agosto de 2015 Consultado el 12 de junio de 2016 a b Cataldi Myriam M 16 de junio de 2015 La nocion de coparentalidad y el derecho de los hijos a vivir en familia Nuevo Codigo Civil Argentina BAQUEIRO ROJAS Edgard BUENROSTRO BAEZ Rosalia Derecho de Familia y Sucesiones Ed Harla Mexico 1990 Pag 225 Ortiz Sanchez Monica Perez Pino Virginia Lexico juridico para estudiantes primera edicion Tecnos ISBN 9788430938964 fechaacceso requiere url ayuda BAQUEIRO ROJAS Edgard BUENROSTRO BAEZ Rosalia Derecho de Familia y Sucesiones Ed Harla Mexico 1990 Pag 227 228 Patria potestad Inoponible Consultado el 28 de mayo de 2019 PERU21 Redaccion 17 de agosto de 2013 Como mantener patria potestad de tu hijo Peru21 Consultado el 14 de octubre de 2018 IUS 360 31 de enero de 2019 Es lo mismo la tenencia que la patria potestad una aproximacion a la institucion de la patria potestad sus clasificaciones y su relacion con la tenencia IUS 360 Consultado el 18 de octubre de 2019 Patria Potestad Enlaces externos EditarLa guardia y custodia compartida de los hijos Datos Q3897680Obtenido de https es wikipedia org w index php title Patria potestad amp oldid 135844276, 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