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Boletín Oficial del Estado

El Boletín Oficial del Estado (BOE) es el diario oficial nacional español dedicado a la publicación de leyes, disposiciones y actos de inserción obligatoria. Su edición, impresión, publicación y difusión está encomendada, en régimen de descentralización funcional, a la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

Boletín Oficial del Estado

Tipo Diario oficial
País España
Sede Madrid
Fundación 2 de octubre de 1936
Temas diario oficial
Idioma español
Propietario(a) Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Editor(a) Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
ISSN 0212-033X
Sitio web http://www.boe.es/

La Constitución de 1978 dispone en su artículo 9.3 que «La Constitución garantiza […] la publicidad de las normas». Es por tanto un imperativo legal la publicación de las normas, canalizándose dicha publicación a través de los distintos boletines oficiales, el BOE en su caso.

De acuerdo con el Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial Boletín Oficial del Estado,[1]​ el BOE es el diario oficial del Estado español, el medio de publicación de las leyes, disposiciones y actos de inserción obligatoria.

Contiene además las leyes aprobadas por las Cortes Generales, las disposiciones emanadas del Gobierno de España y las disposiciones generales de las comunidades autónomas.

Precedido por la Gaceta de Madrid, ha tenido diversas denominaciones a lo largo de la historia del país.

Historia

 
Sede del BOE, en Madrid.

Durante el siglo XVII la imprenta propició el nacimiento de numerosos boletines o gacetas en, prácticamente, toda Europa; estas publicaciones surgirán de manos de la iniciativa privada y con un contenido estrictamente informativo.

En España este fenómeno se concreta en la creación, en febrero de 1661, de la Relación o Gaceta de algunos casos particulares, así políticos como militares, sucedidos en la mayor parte del mundo, hasta fin de 1660, convirtiéndose en el primer periódico de información general que surge en España.

Actualmente, el BOE es el segundo diario editado en papel más antiguo del mundo, aunque su edición en papel es desde 2009 únicamente testimonial, a efectos de conservación y permanencia, sin distribución pública (ver abajo). El diario más antiguo es el Opregte Haarlemsche Courant (actualmente llamado Haarlems Dagblad), fundado en 1656 en Holanda. Aún más antiguo sería el Post-och Inrikes Tidningar, diario oficial de Suecia, fundado en 1645 bajo el nombre de Ordinari Post Tijdender, pero desde 2007 ya no se publica en papel.[2]

La Gaceta, en el momento de su nacimiento, estaba dirigida y administrada desde la iniciativa privada. Esta circunstancia varía por completo durante el reinado de Carlos III, quien, en 1762, decide otorgar a la Corona el privilegio de imprimir la Gaceta. De esta forma, la publicación pasa a convertirse en un medio de información oficial que refleja los criterios y decisiones del Gobierno.

Posteriormente, por la Real orden circular del Gobierno dirigida á todas las autoridades del reino de 22 de septiembre de 1836, se establece que los decretos, órdenes e instrucciones que dicte el Gobierno se considerarán de obligación desde el momento en que sean publicados en la Gaceta. De este modo, la Gaceta pasaba a convertirse en un órgano de expresión legislativa y reglamentaria, característica que conservará hasta la actualidad.

Por lo que se refiere a la denominación, la Gaceta adopta con carácter definitivo el nombre de Gaceta de Madrid en 1697, aunque ya desde 1677 se la conocía como tal. Será en 1936 cuando esta cabecera se sustituya en el bando franquista por Boletín Oficial del Estado, nombre que ha perdurado hasta nuestros días.

Del mismo modo, la existencia de la Imprenta Nacional, como entidad aneja al Boletín, es fruto de una decisión que cuenta ya con más de un siglo de antigüedad.

En cuanto a la estructura de la Gaceta, es en 1886 cuando se establece que la publicación solo contendrá documentos de interés general (leyes, decretos, sentencias de tribunales, contratos de la Administración Pública, anuncios oficiales, entre otros); asimismo se establece un orden de preferencia en la publicación de las disposiciones que atiende a criterios de urgencia y un orden de prioridad de la inserción de documentos: Leyes, Reales Decretos, Reales Órdenes. Por último, se prescribe que, dentro de cada sección, el orden de publicación ha de ser el de antigüedad de los Ministerios, siempre tras la Presidencia del Consejo de Ministros. Toda esta estructura será perfilada por una Real Orden de 6 de junio de 1909.

Posteriores normas de 1948, 1957, 1960 y el Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del Diario Oficial del Estado, han ido conformando el funcionamiento del Boletín Oficial del Estado.

Conforme con lo dictado por la Ley 11/2007 de 22 de junio de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y el Real Decreto 181/2008 de 8 de febrero de ordenación del diario oficial Boletín Oficial del Estado, el 31 de diciembre de 2008 se publica el último BOE impreso. A partir de ese momento desaparece la edición en papel, tal y como se conocía, que se sustituye con la electrónica, en su web oficial, siendo su consulta totalmente gratuita.[3][4]​ No obstante, el inicio de la edición electrónica del Boletín no supone la desaparición de la edición impresa, que se mantiene, con el mismo carácter oficial y auténtico, a efectos de conservación y permanencia del diario oficial, y también como medio de difusión en los supuestos en que no resulte posible la aparición de la edición electrónica. Esta edición impresa es obtenida de la edición electrónica.

Denominaciones

Desde su inicio en 1661 y a lo largo de su historia, la Gaceta recibió diferentes títulos, siendo importante resaltar que en determinados momentos históricos convivieron, al mismo tiempo, varios diarios oficiales con denominaciones distintas.[5]

Contenido

En el Boletín Oficial del Estado se publican:

a) Las disposiciones generales de los órganos del Estado y los tratados o convenios internacionales.
b) Las disposiciones generales de las Comunidades autónomas, de acuerdo con lo establecido en los Estatutos de Autonomía y en las normas con rango de ley dictadas para el desarrollo de los mismos.
c) Las resoluciones y actos de los órganos constitucionales del Estado, de acuerdo con lo establecido en sus respectivas leyes orgánicas.
d) Las disposiciones que no sean de carácter general, las resoluciones y actos de los departamentos ministeriales y de otros órganos del Estado y Administraciones públicas, cuando una ley o un real decreto así lo establezcan.
e) Las convocatorias, citaciones, requisitorias y anuncios cuando una ley o un real decreto así lo establezcan.

El Consejo de Ministros podrá excepcionalmente acordar la publicación de informes, documentos o comunicaciones oficiales, cuya difusión sea considerada de interés general.

Estructura

Sección I: Disposiciones generales

— Las leyes orgánicas, las leyes, los reales decretos legislativos y los reales decretos-leyes.
— Los tratados y convenios internacionales.
— Las leyes de las asambleas legislativas de las comunidades autónomas.
— Los reglamentos y demás disposiciones de carácter general.
— Los reglamentos normativos emanados de los consejos de gobierno de las comunidades autónomas.

Sección II: Autoridades y personal

Integrada por dos subsecciones:
A) Nombramientos, situaciones e incidencias.
B) Oposiciones y concursos.

Sección III: Otras disposiciones

Integrada por las disposiciones de obligada publicación que no tengan carácter general ni correspondan a las demás secciones: ayudas y subvenciones, becas, cartas de servicio, convenios colectivos de ámbito general, planes de estudio, etc.

Sección IV: Administración de Justicia

Edictos, notificaciones, requisitorias y anuncios de los Juzgados y Tribunales.

Sección V: Anuncios

Agrupados de la siguiente forma:
A) Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones.
B) Otros anuncios oficiales.
C) Anuncios particulares.

Hay, además, un suplemento independiente en el que se publican las sentencias, declaraciones y autos del Tribunal Constitucional.

Organización

La información se organiza de acuerdo con los siguientes criterios:

  • Dentro de cada sección, la inserción de los textos se realiza agrupándolos por órgano del que proceden, según la ordenación general de precedencias del Estado. Las disposiciones emanadas de las Comunidades autónomas se insertan según el orden de publicación oficial de los Estatutos de Autonomía.
  • Dentro de cada epígrafe los textos se ordenan según la jerarquía de las normas.
  • En cada número del periódico oficial se incluye un sumario de su contenido, ordenado conforme se ha indicado anteriormente.
  • El texto de las leyes, disposiciones y actos publicados en el BOE tiene la consideración de oficial y auténtico; por su parte, el texto de las normas emanadas de las comunidades autónomas, publicado en el BOE, tiene el carácter que le atribuyen los respectivos Estatutos de Autonomía.

Finalmente, las leyes, los reales decretos-leyes y los reales decretos legislativos, una vez sancionados por el rey, y publicados en castellano en el Boletín Oficial del Estado, podrán ser también publicados en las demás lenguas oficiales de las diferentes comunidades autónomas. Para hacer efectivo este precepto hay suscritos convenios de colaboración entre el Gobierno de la Nación y los Órganos de Gobierno Autonómicos de la Generalidad de Cataluña, Junta de Galicia y Comunidad Valenciana.

Acceso de los ciudadanos al Boletín Oficial del Estado

El artículo 14 del Real Decreto 181/2008,[6]​ de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial Boletín Oficial del Estado, establece en su párrafo 1 que:

Los ciudadanos tendrán acceso libre y gratuito a la edición electrónica del Boletín Oficial del Estado. Dicho acceso comprenderá la posibilidad de búsqueda y consulta del contenido del diario, así como la posibilidad de archivo e impresión, tanto del diario completo como de cada una de las disposiciones, actos o anuncios que lo componen

El párrafo 2 de dicho artículo establece la obligación, de todas las oficinas de información y atención al ciudadano de la Administración, de facilitar la consulta pública y gratuita del BOE, para lo que existirá, al menos, un terminal informático para este fin:

En todas las oficinas de información y atención al ciudadano de la Administración General del Estado, se facilitará la consulta pública y gratuita de la edición electrónica del Boletín Oficial del Estado. Con ese fin, en cada una de estas oficinas existirá al menos un terminal informático, a través del cual se podrán realizar búsquedas y consultas del contenido del diario. Las mencionadas oficinas deberán facilitar a las personas que lo soliciten una copia impresa de las disposiciones, actos o anuncios que requieran, o del diario completo, mediante, en su caso, la contraprestación que proceda.

El Boletín Oficial del Estado cuenta con un buscador avanzado[7]​ para hallar las disposiciones de legislación, personal, otras disposiciones o todo el BOE. También ofrece la posibilidad de descargar la información del BOE[8]​ en formato PDF y de reutilizar los contenidos en los formatos XML y XSD. En 2013 el Boletín Oficial del Estado creó una aplicación para móviles de acceso a los contenidos del BOE con sistema operativo Android[9]​ y en 2014 para el sistema operativo iOS.[10]

Otros boletines oficiales

Aparte del BOE existen también boletines oficiales del resto de administraciones territoriales (de cada comunidad autónoma y de cada provincia), al mismo tiempo que otros boletines como el de las Comunidades Europeas y los de las Asambleas Legislativas de las Comunidades autónomas.

Boletines de las comunidades y ciudades autónomas

Véase también

Referencias

  1. Real Decreto 181/2008
  2. The World's Oldest Newspapers Still Being Published Today (en inglés).
  3. 2008, fin del BOE en papel, EL PAÍS. 3 de enero de 2008.
  4. El BOE abandona la edición en papel y se pasa a Internet, EL PAÍS. 2 de enero de 2009.
  5. BOE.es: Gazeta, colección histórica: ayuda y contenido: Tabla con las diferentes denominaciones del Diario Oficial
  6. Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial «Boletín Oficial del Estado»
  7. Buscador BOE
  8. Datos abiertos (OpenData) BOE
  9. Aplicación para móviles Android
  10. Aplicación para móviles iOS

Enlaces externos

  •   Wikisource contiene documentos digitalizados sobre: Real orden circular del Gobierno dirigida á todas las autoridades del reino de 22 de septiembre de 1836.
  • Portal web oficial del Boletín Oficial del Estado
  •   Datos: Q2029273
  •   Multimedia: Boletín Oficial del Estado

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El Boletin Oficial del Estado BOE es el diario oficial nacional espanol dedicado a la publicacion de leyes disposiciones y actos de insercion obligatoria Su edicion impresion publicacion y difusion esta encomendada en regimen de descentralizacion funcional a la Agencia Estatal Boletin Oficial del Estado Boletin Oficial del EstadoTipoDiario oficialPaisEspanaSedeMadridFundacion2 de octubre de 1936Temasdiario oficialIdiomaespanolPropietario a Ministerio de la Presidencia Relaciones con las Cortes y Memoria DemocraticaEditor a Agencia Estatal Boletin Oficial del EstadoISSN0212 033XSitio webhttp www boe es editar datos en Wikidata La Constitucion de 1978 dispone en su articulo 9 3 que La Constitucion garantiza la publicidad de las normas Es por tanto un imperativo legal la publicacion de las normas canalizandose dicha publicacion a traves de los distintos boletines oficiales el BOE en su caso De acuerdo con el Real Decreto 181 2008 de 8 de febrero de ordenacion del diario oficial Boletin Oficial del Estado 1 el BOE es el diario oficial del Estado espanol el medio de publicacion de las leyes disposiciones y actos de insercion obligatoria Contiene ademas las leyes aprobadas por las Cortes Generales las disposiciones emanadas del Gobierno de Espana y las disposiciones generales de las comunidades autonomas Precedido por la Gaceta de Madrid ha tenido diversas denominaciones a lo largo de la historia del pais Indice 1 Historia 1 1 Denominaciones 2 Contenido 3 Estructura 3 1 Seccion I Disposiciones generales 3 2 Seccion II Autoridades y personal 3 3 Seccion III Otras disposiciones 3 4 Seccion IV Administracion de Justicia 3 5 Seccion V Anuncios 4 Organizacion 5 Acceso de los ciudadanos al Boletin Oficial del Estado 6 Otros boletines oficiales 6 1 Boletines de las comunidades y ciudades autonomas 7 Vease tambien 8 Referencias 9 Enlaces externosHistoria Editar Sede del BOE en Madrid Vease tambien Gaceta de Madrid Durante el siglo XVII la imprenta propicio el nacimiento de numerosos boletines o gacetas en practicamente toda Europa estas publicaciones surgiran de manos de la iniciativa privada y con un contenido estrictamente informativo En Espana este fenomeno se concreta en la creacion en febrero de 1661 de la Relacion o Gaceta de algunos casos particulares asi politicos como militares sucedidos en la mayor parte del mundo hasta fin de 1660 convirtiendose en el primer periodico de informacion general que surge en Espana Actualmente el BOE es el segundo diario editado en papel mas antiguo del mundo aunque su edicion en papel es desde 2009 unicamente testimonial a efectos de conservacion y permanencia sin distribucion publica ver abajo El diario mas antiguo es el Opregte Haarlemsche Courant actualmente llamado Haarlems Dagblad fundado en 1656 en Holanda Aun mas antiguo seria el Post och Inrikes Tidningar diario oficial de Suecia fundado en 1645 bajo el nombre de Ordinari Post Tijdender pero desde 2007 ya no se publica en papel 2 La Gaceta en el momento de su nacimiento estaba dirigida y administrada desde la iniciativa privada Esta circunstancia varia por completo durante el reinado de Carlos III quien en 1762 decide otorgar a la Corona el privilegio de imprimir la Gaceta De esta forma la publicacion pasa a convertirse en un medio de informacion oficial que refleja los criterios y decisiones del Gobierno Posteriormente por la Real orden circular del Gobierno dirigida a todas las autoridades del reino de 22 de septiembre de 1836 se establece que los decretos ordenes e instrucciones que dicte el Gobierno se consideraran de obligacion desde el momento en que sean publicados en la Gaceta De este modo la Gaceta pasaba a convertirse en un organo de expresion legislativa y reglamentaria caracteristica que conservara hasta la actualidad Por lo que se refiere a la denominacion la Gaceta adopta con caracter definitivo el nombre de Gaceta de Madrid en 1697 aunque ya desde 1677 se la conocia como tal Sera en 1936 cuando esta cabecera se sustituya en el bando franquista por Boletin Oficial del Estado nombre que ha perdurado hasta nuestros dias Del mismo modo la existencia de la Imprenta Nacional como entidad aneja al Boletin es fruto de una decision que cuenta ya con mas de un siglo de antiguedad En cuanto a la estructura de la Gaceta es en 1886 cuando se establece que la publicacion solo contendra documentos de interes general leyes decretos sentencias de tribunales contratos de la Administracion Publica anuncios oficiales entre otros asimismo se establece un orden de preferencia en la publicacion de las disposiciones que atiende a criterios de urgencia y un orden de prioridad de la insercion de documentos Leyes Reales Decretos Reales ordenes Por ultimo se prescribe que dentro de cada seccion el orden de publicacion ha de ser el de antiguedad de los Ministerios siempre tras la Presidencia del Consejo de Ministros Toda esta estructura sera perfilada por una Real Orden de 6 de junio de 1909 Posteriores normas de 1948 1957 1960 y el Real Decreto 181 2008 de 8 de febrero de ordenacion del Diario Oficial del Estado han ido conformando el funcionamiento del Boletin Oficial del Estado Conforme con lo dictado por la Ley 11 2007 de 22 de junio de acceso electronico de los ciudadanos a los Servicios Publicos y el Real Decreto 181 2008 de 8 de febrero de ordenacion del diario oficial Boletin Oficial del Estado el 31 de diciembre de 2008 se publica el ultimo BOE impreso A partir de ese momento desaparece la edicion en papel tal y como se conocia que se sustituye con la electronica en su web oficial siendo su consulta totalmente gratuita 3 4 No obstante el inicio de la edicion electronica del Boletin no supone la desaparicion de la edicion impresa que se mantiene con el mismo caracter oficial y autentico a efectos de conservacion y permanencia del diario oficial y tambien como medio de difusion en los supuestos en que no resulte posible la aparicion de la edicion electronica Esta edicion impresa es obtenida de la edicion electronica Denominaciones Editar Desde su inicio en 1661 y a lo largo de su historia la Gaceta recibio diferentes titulos siendo importante resaltar que en determinados momentos historicos convivieron al mismo tiempo varios diarios oficiales con denominaciones distintas 5 Periodo con numerosos cambios de titulo 1661 a 1697 Gaceta de Madrid de 1697 a 31 de marzo de 1934 Gazeta Ministerial de Sevilla de 1 de junio de 1808 a 10 de enero de 1809 Gaceta del Gobierno de 6 de enero de 1809 a 29 de agosto de 1809 Gazeta de la Regencia de Espana e Indias de 13 de marzo de 1810 a 25 de enero de 1812 Gazeta de la Regencia de las Espanas de 28 de enero de 1812 a 10 de mayo de 1814 Gazeta de Madrid baxo el Gobierno de la Regencia de las Espanas de 17 de agosto de 1812 a 30 de diciembre de 1813 Gaceta del Gobierno de 1 de julio de 1820 a 11 de marzo de 1821 Gazeta Espanola de 11 de abril de 1823 a 3 de octubre de 1823 Gaceta de Madrid Diario Oficial de la Republica de 1 de abril de 1934 8 de noviembre de 1936 Boletin Oficial de la Junta de Defensa Nacional de Espana de 25 de julio de 1936 a 2 de octubre de 1936 Boletin Oficial del Estado de 2 de octubre de 1936 a 27 de febrero de 1961 Gaceta de la Republica Diario Oficial de 10 de noviembre de 1936 a 28 de marzo de 1939 Boletin Oficial del Estado Gaceta de Madrid de 28 de febrero de 1961 a 23 de julio de 1986 Boletin Oficial del Estado de 24 de julio de 1986 hasta la actualidad Contenido EditarEn el Boletin Oficial del Estado se publican a Las disposiciones generales de los organos del Estado y los tratados o convenios internacionales b Las disposiciones generales de las Comunidades autonomas de acuerdo con lo establecido en los Estatutos de Autonomia y en las normas con rango de ley dictadas para el desarrollo de los mismos c Las resoluciones y actos de los organos constitucionales del Estado de acuerdo con lo establecido en sus respectivas leyes organicas d Las disposiciones que no sean de caracter general las resoluciones y actos de los departamentos ministeriales y de otros organos del Estado y Administraciones publicas cuando una ley o un real decreto asi lo establezcan e Las convocatorias citaciones requisitorias y anuncios cuando una ley o un real decreto asi lo establezcan El Consejo de Ministros podra excepcionalmente acordar la publicacion de informes documentos o comunicaciones oficiales cuya difusion sea considerada de interes general Estructura EditarSeccion I Disposiciones generales Editar Las leyes organicas las leyes los reales decretos legislativos y los reales decretos leyes Los tratados y convenios internacionales Las leyes de las asambleas legislativas de las comunidades autonomas Los reglamentos y demas disposiciones de caracter general Los reglamentos normativos emanados de los consejos de gobierno de las comunidades autonomas Seccion II Autoridades y personal Editar Integrada por dos subsecciones A Nombramientos situaciones e incidencias B Oposiciones y concursos Seccion III Otras disposiciones Editar Integrada por las disposiciones de obligada publicacion que no tengan caracter general ni correspondan a las demas secciones ayudas y subvenciones becas cartas de servicio convenios colectivos de ambito general planes de estudio etc Seccion IV Administracion de Justicia Editar Edictos notificaciones requisitorias y anuncios de los Juzgados y Tribunales Seccion V Anuncios Editar Agrupados de la siguiente forma A Anuncios de licitaciones publicas y adjudicaciones B Otros anuncios oficiales C Anuncios particulares Hay ademas un suplemento independiente en el que se publican las sentencias declaraciones y autos del Tribunal Constitucional Organizacion EditarLa informacion se organiza de acuerdo con los siguientes criterios Dentro de cada seccion la insercion de los textos se realiza agrupandolos por organo del que proceden segun la ordenacion general de precedencias del Estado Las disposiciones emanadas de las Comunidades autonomas se insertan segun el orden de publicacion oficial de los Estatutos de Autonomia Dentro de cada epigrafe los textos se ordenan segun la jerarquia de las normas En cada numero del periodico oficial se incluye un sumario de su contenido ordenado conforme se ha indicado anteriormente El texto de las leyes disposiciones y actos publicados en el BOE tiene la consideracion de oficial y autentico por su parte el texto de las normas emanadas de las comunidades autonomas publicado en el BOE tiene el caracter que le atribuyen los respectivos Estatutos de Autonomia Finalmente las leyes los reales decretos leyes y los reales decretos legislativos una vez sancionados por el rey y publicados en castellano en el Boletin Oficial del Estado podran ser tambien publicados en las demas lenguas oficiales de las diferentes comunidades autonomas Para hacer efectivo este precepto hay suscritos convenios de colaboracion entre el Gobierno de la Nacion y los organos de Gobierno Autonomicos de la Generalidad de Cataluna Junta de Galicia y Comunidad Valenciana Acceso de los ciudadanos al Boletin Oficial del Estado EditarEl articulo 14 del Real Decreto 181 2008 6 de 8 de febrero de ordenacion del diario oficial Boletin Oficial del Estado establece en su parrafo 1 que Los ciudadanos tendran acceso libre y gratuito a la edicion electronica del Boletin Oficial del Estado Dicho acceso comprendera la posibilidad de busqueda y consulta del contenido del diario asi como la posibilidad de archivo e impresion tanto del diario completo como de cada una de las disposiciones actos o anuncios que lo componen El parrafo 2 de dicho articulo establece la obligacion de todas las oficinas de informacion y atencion al ciudadano de la Administracion de facilitar la consulta publica y gratuita del BOE para lo que existira al menos un terminal informatico para este fin En todas las oficinas de informacion y atencion al ciudadano de la Administracion General del Estado se facilitara la consulta publica y gratuita de la edicion electronica del Boletin Oficial del Estado Con ese fin en cada una de estas oficinas existira al menos un terminal informatico a traves del cual se podran realizar busquedas y consultas del contenido del diario Las mencionadas oficinas deberan facilitar a las personas que lo soliciten una copia impresa de las disposiciones actos o anuncios que requieran o del diario completo mediante en su caso la contraprestacion que proceda El Boletin Oficial del Estado cuenta con un buscador avanzado 7 para hallar las disposiciones de legislacion personal otras disposiciones o todo el BOE Tambien ofrece la posibilidad de descargar la informacion del BOE 8 en formato PDF y de reutilizar los contenidos en los formatos XML y XSD En 2013 el Boletin Oficial del Estado creo una aplicacion para moviles de acceso a los contenidos del BOE con sistema operativo Android 9 y en 2014 para el sistema operativo iOS 10 Otros boletines oficiales EditarAparte del BOE existen tambien boletines oficiales del resto de administraciones territoriales de cada comunidad autonoma y de cada provincia al mismo tiempo que otros boletines como el de las Comunidades Europeas y los de las Asambleas Legislativas de las Comunidades autonomas Boletines de las comunidades y ciudades autonomas Editar Boletin Oficial de la Junta de Andalucia Boletin Oficial de Aragon Boletin Oficial del Principado de Asturias Boletin Oficial de las Islas Baleares Boletin Oficial de Canarias Boletin Oficial de Cantabria Boletin Oficial de Castilla y Leon Diario Oficial de Castilla La Mancha Diario Oficial de la Generalidad de Cataluna Boletin Oficial de la Ciudad Autonoma de Ceuta Diario Oficial de Extremadura Diario Oficial de Galicia Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid Boletin Oficial de la Ciudad Autonoma de Melilla Boletin Oficial de la Region de Murcia Boletin Oficial de Navarra Boletin Oficial del Pais Vasco Boletin Oficial de La Rioja Diario Oficial de la Generalidad ValencianaVease tambien Editar Portal Derecho Contenido relacionado con 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