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Cortes franquistas

Las Cortes franquistas, oficialmente denominadas Cortes Españolas, fueron una institución de la dictadura franquista creada el 17 de julio de 1942, sexto aniversario del golpe de Estado de 1936, que abrió sus sesiones el 17 de marzo de 1943, y que funcionó como un pseudoparlamento[1]corporativo u orgánico. Pretendían presentarse como el órgano superior de participación del pueblo español en las tareas del Estado —artículo primero de la Ley Constitutiva de las Cortes, modificada por la Ley Orgánica del Estado de 1967 en su disposición adicional tercera—, y, en teoría, su función principal era la elaboración y aprobación de las leyes, pero el poder legislativo estaba reservado al jefe de Estado, el propio Franco. Para identificarse como una continuidad de la tradición parlamentaria española, establecieron su sede en el Palacio de las Cortes de la carrera de San Jerónimo de Madrid.

Cortes Españolas


Información general
Ámbito España
Creación 17 de julio de 1942
Término 30 de junio de 1977
Atribuciones Ley Constitutiva de las Cortes
Tipo Pseudoparlamento[1]
Liderazgo
Véase Presidentes
Sucesión
Ninguno[nota 1] Cortes Españolas Ninguno[nota 2]

No obstante, mayor similitud tenía esta institución con el sistema corporativo del fascismo italiano,[4]​ dada la insistencia en la representación orgánica y no democrática —se utilizaba la expresión adjetivada «democracia orgánica»—. Las Cortes franquistas no pretendían ser depositarias de la soberanía nacional, dado que la totalidad del poder soberano se concentraba en la jefatura del Estado, en ausencia de división de poderes. Se rechazaba cualquier identificación con la democracia liberal, concebida como una ideología disolvente de la unidad nacional entre clases sociales y territorios: ni se consentían los partidos políticos ni había elecciones democráticas.

Los procuradores eran miembros por derecho propio, designados por Franco o elegidos entre las entidades corporativas y, hasta 1967, no se concretó la forma de elección de un «tercio familiar» —«tercio» era la forma convencional de referirse a la representación orgánica de las «entidades naturales» consideradas los únicos cauces posibles para la expresión de la voluntad popular (familia, municipio y sindicato)—: «Dos representantes de la familia por cada provincia, elegidos por quienes figuren en el Censo Electoral de Cabezas de Familia y por las mujeres casadas en la forma que se establezca por la ley»;[5]​ la mayoría de edad se establecía, con distintos efectos según la situación familiar, para los varones a los 21 años y para las mujeres a los 25,[6]​ aunque en los referéndums sí tenían derecho al voto «todos los hombres y mujeres de la nación mayores de veintiún años».[7]​ Hubo elecciones para cubrir esa fracción de los procuradores en Cortes en 1967 y 1971.[8]

El discurso inaugural de Franco

La búsqueda de justificación de las instituciones franquistas utilizó la historia de España para identificarlas con las de la monarquía tradicional, que se entendía gloriosa e imperial hasta los siglos XVIII y XIX. Esta visión de la historia es la que siguió Francisco Franco en su Discurso pronunciado en la Sesión inaugural de las Cortes, el 17 de marzo de 1943.

Dos siglos de decadencia política, de mediocridad de nuestras clases directivas, habían ido creando en nuestro pueblo un complejo de inferioridad que alentaba la labor jeremíaca y extranjerizante de los intelectuales. Contra ello se enfrentó la Cruzada española, abriendo cauce en la más fecunda de las revoluciones, despertando la conciencia colectiva de nuestra nación en una explosión de heroísmo y de voluntad.

Estos dos "nefastos" siglos se vieron, desde la perspectiva anti-intelectualista y voluntarista propia del franquismo, como degenerados a causa de la introducción de las ideas ilustradas y liberales, calificadas de "antiespañolas". Franco consideraba a la Segunda República Española un régimen fracasado, incompatible con la unidad, la autoridad y la jerarquía, consecuencia de la "decadencia política" y la corrupción en todos los ámbitos. Contra ella, la Guerra Civil se declaraba como una Cruzada.

Franco entendía las instituciones parlamentarias medievales como una colaboración del pueblo en las tareas del Estado, con su intervención en la concesión y administración de los impuestos, y el interés popular como representado por los procuradores de los municipios. Con el mismo propósito, identificaba el levantamiento popular del 2 de mayo de 1808 con el golpe de Estado militar de 1936 (llamado propagandísticamente Alzamiento Nacional), y atribuía los "males de España" a un conglomerado ideológico obsesivo, muy presente en sus discursos: la "conspiración judeo-masónico-marxista-internacional".

... al proceder a la ordenación jurídica de nuestro Estado nos separemos de aquellos grupos corrompidos y evitemos que aquellos vicios que caracterizaron el pasado sistema puedan retoñar en el presente, buscando, en cambio, en las instituciones tradicionales españolas el tronco viejo en que injertar las ramas nuevas y lozanas de nuestro Movimiento.
La historia de las Cortes de Castilla es una pugna constante entre el elemento popular y los poderes seculares más fuertes y violentos, sin que en ningún momento se alcanzase un estado razonable de equilibrio entre los intereses contrapuestos. Con nuestra Guerra de Sucesión acaban por sucumbir las viejas tradiciones, y bajo la dinastía borbónica las Cortes sólo alcanzan una mera existencia nominal, hasta que el glorioso alzamiento nacional del 2 de mayo, turbiamente explotado por enciclopedistas y masones, permite asentar, bajo la máscara de los anhelos patrióticos y populares, el régimen liberal parlamentario, que presidió los días más tristes de nuestra Patria y que culminan en el presente siglo con la proclamación de la Segunda Republica Española, que no teniendo territorios ultramarinos que liquidar intentaba fragmentar el propio solar, al que acaba sumiendo en la bárbara invasión del materialismo bolchevique.

En 1943, superada una primera etapa del franquismo y, vista la suerte adversa que sus aliados internacionales (Alemania e Italia) empezaban a correr en la fase final de la Segunda Guerra Mundial, Franco procuraba explícitamente una redefinición tanto del "ideario político" como del "perfil moral, filosófico y jurídico" del nuevo Estado español que se estaba construyendo, y que no convenía identificar totalmente con el fascismo italiano o el nazismo alemán, o en el interior con el programa falangista. El objetivo no era la democratización, sino la consolidación del régimen y la inclusión de todas las denominadas "familias del franquismo" ("azules" -falangistas o "nacional-sindicalistas"-, "monárquicos" de distintas tendencias -"carlistas", "juanistas"-, "católicos" -o "nacional-católicos"- y "militares" -"africanistas" o de otras tendencias-) en una doctrina única y unas directrices políticas concebidas "verticalmente" (desde la cúspide -el liderazgo indiscutible de Franco-), basadas en los "principios inmutables del Movimiento Nacional".[9]​ la legitimidad se pretendía seguir fundado en la "Victoria" y en el ejercicio del poder, un sistema de gobierno paternalista que limitaba y controlaba la participación política mediante una "ordenada colaboración" de todos los sectores de la vida nacional organizados dentro de los mecanismos totalitarios del Movimiento Nacional. De ese modo se pretendía garantizar "leyes acertadas, orden en la administración y justicia en los tribunales".

De forma neoescolástica, Franco consideraba que el fin de la política debía ser la conservación y el perfeccionamiento de la sociedad humana desde un punto de vista católico tradicionalista, inspirado por Dios. Su idea de gobierno incluía un concepto de acción social compatible, tanto con la ideología falangista, como con la doctrina social de la Iglesia, negando cualquier tipo de lucha de clases, cuyos intereses debían relegarse en beneficio de la unidad de la Patria:

Queremos libertad, pero con orden; y consideramos delictuoso cuanto vaya contra Dios o la moral cristiana, contra la Patria y contra lo social, ya que Dios, Patria y Justicia son los tres principios inconmovibles sobre los que se basa nuestro Movimiento.

Composición

 
Franco preside las Cortes (1969).

Con la recreación corporativa del Parlamento en 1943, el régimen decidió que los miembros de las Cortes pasaran a llamarse, en vez de diputados —como era tradicional—, procuradores, nombre inspirado en los componentes de las antiguas Cortes de Castilla y empleado para evitar cualquier connotación liberal.[10]

Estaban integradas por los miembros de la Mesa y los Procuradores. Los miembros de la Mesa son el Presidente de las Cortes, los dos Vicepresidentes y los cuatro Secretarios.

El Presidente era designado por el Jefe del Estado entre los Procuradores en Cortes que figuren en una terna que le someterá el Consejo del Reino, y su nombramiento será refrendado por el Presidente en funciones del Consejo del reino, y su mandato será de seis años.

Los Vicepresidentes y los secretarios serán elegidos cada legislatura de entre los Procuradores, por el Pleno de las Cortes.[11]​ Los procuradores eran de tres clases: natos, electivos y designados:

  • Son Procuradores natos aquellos que lo son por razón del cargo; por ello, cesan como Procuradores al cesar el cargo que les daba dicha condición.
  • Son Procuradores electivos aquellos que, como su nombre indica, deben su condición de Procuradores a una elección; su mandato como Procuradores durará cuatro años, siendo susceptibles de reelección.
  • Son Procuradores designados aquellas personas que por su Jerarquía eclesiástica, militar, administrativa, o por sus relevantes servicios a España, designe el Jefe del Estado.[12]

Ley Constitutiva de las Cortes de 1942

La Ley Constitutiva de las Cortes Españolas fue promulgada el 17 de julio de 1942 establecía la formación de una asamblea unicameral de elección indirecta con teórica iniciativa legal, aunque esta residía en la figura de Franco desde el momento de la promulgación de las Leyes de enero de 1938 y de agosto de 1939, que le atribuían la capacidad de dictar normas legislativas de carácter general sin ningún tipo de condicionante (es decir, Francisco Franco fue técnicamente un dictador desde enero de 1938 hasta su muerte, aunque de hecho lo era desde octubre de 1936). Se definían como el órgano superior de participación del pueblo español en las tareas del Estado, cuya misión principal era la elaboración y aprobación de las Leyes sin perjuicio de la sanción que corresponde al Jefe del Estado.[13]

Se componían de los siguientes procuradores:

  1. Los miembros del Gobierno.
  2. Los Consejeros Nacionales.
  3. El Presidente del Tribunal Supremo de Justicia, el del Consejo de Estado, el del Consejo Supremo de Justicia Militar, el del Tribunal de Cuentas del Reino y el del Consejo de Economía Nacional.
  4. Ciento cincuenta representantes de la Organización Sindical.
  5. Un representante de los municipios de cada Provincia elegido por sus Ayuntamientos entre sus miembros y otro de cada uno de los municipios de más de trescientos mil habitantes y de los de Ceuta y Melilla, elegidos por los respectivos ayuntamientos entre sus miembros; un representante por cada diputación provincial y mancomunidad interinsular canaria, elegido por las corporaciones respectivas entre sus miembros, y los representantes de las corporaciones locales de los territorios no constituidos en provincias, elegidos de la misma forma.
  6. Dos representantes de la familia por cada provincia, elegidos por quienes figuraban en el censo electoral de cabezas de familia y por las mujeres casadas.
  7. Los rectores de las universidades.
  8. El presidente del Instituto de España y dos representantes elegidos entre los miembros de las Reales Academias que lo componen; el presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas y dos representantes del mismo elegidos por sus miembros.
  9. El presidente del Instituto de Ingenieros Civiles y un representante de las asociaciones de ingenieros que lo constituyen; dos representantes de los colegios de abogados; dos representantes de los colegios médicos. Un representante por cada uno de los siguientes colegios: de agentes de cambio y bolsa, de arquitectos, de economistas, de farmacéuticos, de licenciados y doctores en Ciencias y Letras, de licenciados y doctores en Ciencias Químicas y Físico Químicas, de notarios, de procuradores de los tribunales, de registradores de la Propiedad, de veterinarios y de los demás colegios profesionales de título académico superior que en lo sucesivo se reconozcan a estos efectos, que serían elegidos por los respectivos colegios oficiales. Tres representantes de las cámaras oficiales de comercio; uno de las cámaras de la propiedad urbana y otro en representación de las asociaciones de inquilinos, elegidos por sus juntas u órganos representativos. Todos los elegidos por este apartado deberán ser miembros de los respectivos colegios, corporaciones o asociaciones que los elijan.
  10. Aquellas personas que por su jerarquía eclesiástica, militar o administrativa, o por sus relevantes servicios a la Patria, designase el Jefe del Estado, oído el Consejo del Reino, hasta un número no superior a veinticinco.

Funcionamiento de las Cortes

Las Cortes funcionaban por legislaturas o períodos de cuatro años, coincidentes con el mandato de los procuradores de carácter electivo. Su funcionamiento se rige por su Reglamento de 1957, que regula, en primer término, los privilegios de los procuradores: inviolabilidad, inmunidad, fuero y compensación económica.

Las Cortes estaban regidas por un presidente, asistido por una Comisión Permanente; por una Comisión de Gobierno Interior; la Comisión de Corrección de Estilo, que revisaba los textos y la Comisión de Competencia Legislativa, que defiende la competencia de las Cortes. Las demás comisiones eran cuerpos especializados, en principio una por ministerio, que examinaban los respectivos proyectos de ley y prestan un dictamen al Pleno.

Función

Las leyes de la dictadura no emanaban de un órgano popular representativo, sino de las prerrogativas del propio Franco, que le reconocían la potestad de dictar normas jurídicas de carácter general. La propia naturaleza de las Cortes, carentes de verdadera potestad legislativa, llevaba implícita la negativa al reconocimiento de las libertades de los ciudadanos por su sistema electivo.[14]

Para la determinación de sus funciones o misiones es preciso señalar:

  • Es un órgano representativo.
  • Tiene función específicamente legislativa: la preparación y elaboración de las leyes.
...La iniciativa de las leyes puede hacerse por proyecto de Ley o por proposición de Ley. Se habla de proyecto cuando la iniciativa corresponde al Gobierno o al Consejo de Ministros. Se habla de proposición cuando corresponde a las mismas Cortes o Procuradores, en la forma que se establece en la Ley y Reglamento de las mismas. La función legislativa de las Cortes se entiende sin perjuicio de la sanción que corresponde la Jefe del Estado.[15]

Historia

De la Ley de Cortes a la Ley de Sucesión (1943-1947)

Tras ser desechada la Ley de Organización del Estado presentada por Ramón Serrano Suñer, se aprobó una Ley de Cortes, donde se contenía un «órgano de autolimitación del poder en una institución más sistemática» con moderado peso legislativo.[16]​ La Ley Constitutiva de las Cortes de 17 de julio de 1942, sancionada por una Cámara constituyente de naturaleza parcialmente corporativa, ante la preeminencia de las prerrogativas ejecutivas: una Asamblea de Procuradores con funciones legislativas futuras, tal como recoge el artículo 12, que modificaba, limitadamente, las fórmulas prerrogativas del Jefe del Estado, e introducía el mecanismo corporativo de representación a nivel nacional.

Corresponde a la i legislatura de las Cortes, constituidas el 16 de marzo de 1943 de acuerdo a la Ley de Creación de las Cortes Españolas de 17 de julio de 1942.[17]

El desarrollo de la «dictadura constituyente» (1947-1958)

Una segunda fase se abrió con la Ley de Sucesión en la Jefatura del Estado de 7 de junio de 1947 aprobada por referéndum el 8 de junio. La aprobación de esta ley sancionaba lo que anunció José María Pemán: el caudillaje fue un «monarquismo circunstancial» que «encarnando la voluntad de Dios, salva a un país —España—, a una civilización —Europa— y a la misma obra de Dios en la tierra —la cristiandad—».[18]

Su inicio corresponde a la segunda mitad de la ii legislatura de las Cortes franquistas, constituidas el 13 de mayo de 1946.[19]​ También incluye este período a otras tres legislaturas:

La culminación del proceso institucional (1958-1966)

Entre 1958 y 1966 culmina el proceso de institucionalización del régimen.[23]​ El fracaso de José Luis Arrese en convertir a la Falange en el centro del sistema político y en el referente de permanencia tras la futura muerte del jefe de Estado, da paso en el gabinete de 1957 a la generación tecnocrática apadrinada por Luis Carrero Blanco y dirigida por Laureano López Rodó.

...Hombre libre es aquel que posee un salario suficiente, un empleo estable, una seguridad social que cubra todos los riesgos y un nivel de vida que le permita participar en los bienes de la civilización moderna.[24]

Nacía el «Estado autoritario del bienestar» (1960-1977), modelo que para G. Rodríguez Cabrero jugó un papel decisivo en la génesis del modelo propio de la democracia parlamentaria.[25]

Durante este periodo concluyen tres legislaturas:

  • vi legislatura de las Cortes franquistas, constituidas el 16 de mayo de 1958.[26]
  • vii legislatura de las Cortes franquistas, constituidas el 31 de mayo de 1961.[27]
  • viii legislatura de las Cortes franquistas, constituidas el 3 de julio de 1964.[28]

Decadencia irreversible hasta la autodisolución (1967-1976)

La presencia de los representantes de la familia, elegidos en 1967 por los cabezas de familia, consecuencia de la promulgación de la Ley Orgánica del Estado de 1966, marca la regresión y la decadencia irreversible del régimen, que ya solo se mantiene tanto por su propia inercia histórica como por la incapacidad de la oposición para derribarlo. Este periodo comprende las dos últimas legislaturas, hasta que en 1977 desaparecen al ser sustituidas por el Congreso de los Diputados:

  • ix legislatura de las Cortes franquistas, constituidas el 6 de noviembre de 1967.[29]
  • x legislatura de las Cortes franquistas, constituidas el 11 de noviembre de 1971.[30]

La Ley para la Reforma Política, aprobada el 18 de noviembre de 1976, recibiendo el apoyo de 435 de los 531 procuradores, fue el instrumento jurídico que permitió en el contexto de la Transición española la eliminación de estructuras de la dictadura franquista desde un punto de vista jurídico, como las Cortes (el harakiri de estas) y a la convocatoria de elecciones democráticas, dándose un tránsito a un sistema democrático.

Presidentes

El presidente era designado mediante decreto por el jefe de Estado en vez de ser elegido por la propia Cámara.[31]

Véase también

Notas

  1. Las Cortes de la Segunda República no se disolvieron tras la derrota republicana en la Guerra Civil, y continuaron reuniéndose en el exilio entre 1939 y 1945, disolviéndose en 1977 para legitimar a las nuevas instituciones democráticas. Las Cortes franquistas no se consideraban herederas de las Cortes republicanas, sino —en el imaginario ideológico— de las Cortes de la época imperial.
  2. Tras el llamado haraquiri (la votación por las Cortes franquistas de la Ley para la Reforma Política de 1976),[2]​ el nuevo edificio institucional se planteó como una transformación legal de las instituciones franquistas en nuevas instituciones democráticas («De la ley a la ley por la ley»).[3]​ La oposición planteaba la necesidad de una ruptura. Determinar si hubo continuidad o no entre las Cortes franquistas y las Cortes Generales actuales es un tema de debate clásico en la historia política española reciente.

Referencias

  1. Santaolalla López, 2004, p. 269.
  2. Raúl Morodo, citado por Vicente Palacio Atard y Antonio Rumeu de Armas, Juan Carlos I y el advenimiento de la democracia, Real Academia de la Historia, 1988, ISBN 84-239-6260-1, pg. 108.
  3. También, abreviadamente «De la ley a la ley». Expresión atribuida a Torcuato Fernández Miranda, en distintos contextos, ante el rey Juan Carlos I, Adolfo Suárez u otros personajes de la época. Citado por Palacio y Rumeu, op. cit., pg. 58 (citan a su vez como fuente a Bardavío).
  4. Camera dei Fasci e delle Corporazioni (Negri G., The Rise and Fall of the Fascist Constitution in Il Politico: Rivista Italiana di Scienze Politiche, 47, no. 3, septiembre de 1982, pgs. 449-478; fuente citada en it:Camera dei Fasci e delle Corporazioni), que sustituyó en 1939 a la Camera dei deputati del Regno d'Italia. Desde la marcha sobre Roma (1922) el Parlamento de Italia fue convirtiéndose en una instución residual, presionando e incluso eliminando a los diputados opuestos a Mussolini; en 1934 los 400 diputados de la cámara fueron elegidos mediante plebiscito, en lista única, a la que solo se podía votar «sí» o «no» mediante unas papeletas fácilmente identificables, con lo que el resultado de la votación fue del 96,25 % de «síes» (Cheles, Luciano y Lucio Sponza, The Art of Persuasion: Political Communication in Italy from 1945 to the 1990s, Manchester University Press, 2001,ISBN 0-7190-4170-8 p. 147.). Para la institución actual, véase Parlamento de Italia.
  5. Ley 82/1968, de 5 de diciembre, modificando los preceptos de la Ley de Régimen Local, relativos a la elección de Concejales por el tercio familiar en el sentido de que se incluya entre los electores y los elegibles a la mujer casada. Véase también Organización municipal de España durante el régimen franquista
  6. Ley de 13 de diciembre de 1943 (Código Civil, Imprenta Nacional del Boletín Oficial del Estado, Madrid, Ministerio de Justicia, 1970) establecía la mayoría de edad civil en los 21 años (con anterioridad, estaba fijada a los 23 años), si bien se estipulaba que las hijas de familia mayores de edad pero menores de 25 años no podían dejar la casa del padre o de la madre sin su permiso, salvo para contraer matrimonio o para ingresar en un instituto aprobado por la Iglesia. Las disposiciones laborales, sin embargo, no extendían —en el caso de los varones— la protección hasta dicha edad, tanto por motivos vinculados a la normativa sobre educación obligatoria, como de estructura laboral e influencia internacional (Cristina Amich, El trabajo de los menores de edad en la dictadura franquista, Historia Contemporánea 36: 163-192). Mercedes Alonso, el 26 de junio de 2012 en Wayback Machine., en Artehistoria.
  7. Ley de Referéndum de 1945 el 6 de junio de 2012 en Wayback Machine..
    • Las elecciones del franquismo
    • Elecciones a Procuradores en Cortes 1971 y enlaces de 1975
  8. Ley de Principios del Movimiento Nacional de 1958 (17 de mayo de 1958)
  9. Sesma Landrin, 2006, p. 47.
  10. Torcuato Fernández Miranda, El hombre y la sociedad, 8ª edición, 1968 página 196
  11. Manuel Fraga Iribarne, El Reglamento de las Cortes Españolas, Madrid, 1959, páginas 30 y siguientes.
  12. Cervantes Virtual Ley Constitutiva de las Cortes de 1942 [1] el 14 de diciembre de 2009 en Wayback Machine.
  13. Sesma Landrin, 2006, p. 56.
  14. Torcuato Fernández Miranda, páginas 197–198.
  15. Zafra Valverde, José. El sistema político en las décadas de Franco. Madrid, Grafité, 2005, págs. 272-273.
  16. Ley publicada en el BOE núm. 200, de 19 de julio de 1942). Fecha de alta la de constitución de legislatura. (BOCE nº 1, página 3)
  17. Véase José María Pemán, «¿Qué es lo nuevo?», en Obras completas. Madrid, tomo V, Escelicer, 1953.
  18. Fecha de alta la de constitución de legislatura. (BOCE nº 150, página 2960))
  19. Fecha de alta la de constitución de legislatura. (BOCE nº 298, página 5365))
  20. Fecha de alta la de constitución de legislatura. (BOCE nº 393, página 7267))
  21. Fecha de alta la de constitución de legislatura. (BOCE nº 497, página 9664)
  22. Álvaro Soto Carmona, ¿Atado y bien atado?. Madrid, Biblioteca Nueva, 2005, págs. 19 sq.
  23. Estas palabras de Franco en 1966, recogidas por Juan Beneyto en La identidad del franquismo, págs. 80 y 81, resumen los nuevos objetivos del régimen, sometidos a imperativos de desarrollo y modernización económica, culminación del desarrollo político de las Leyes Fundamentales [54]
  24. Gregorio Rodríguez Cabrero, «Conflicto, gobernabilidad y política social», en S. Giner y S. Sarasa (ed), Buen gobierno y política social. Barcelona, Ariel, 1996, págs. 113–120.
  25. Fecha de alta la de constitución de legislatura. (BOCE nº 588, página 12218)
  26. Fecha de alta la de constitución de legislatura. (BOCE nº 698, página 14558)
  27. Fecha de alta la de constitución de legislatura. (BOCE nº 846, página 18011). Decreto 1484/1967, de 4 de julio, por el que se prorroga la actual legislatura hasta el 15 de noviembre
  28. Fecha de alta la de constitución de legislatura. (BOCE nº 983, página 21045))
  29. Fecha de alta la de constitución de legislatura. (nº 1.167, página 28457) Por Decreto 1823/1975, de 31 de julio, se prorroga la presente legislatura (BOE nº 183, de 1 de agosto de 1975)
  30. Jerónimo Sánchez-Beato y Morales Payán, 2005, pp. 21-22.
  31. Elección BOCE 1 de 16 de marzo de 1943
  32. Fue nombrado presidente. Decreto de nombramiento de 30 de septiembre de 1965, publicado en el BOE 237 de 4 de octubre de 1965 [2]
  33. Elegido presidente de las Cortes Españolas por Decreto de nombramiento de 22 de noviembre de 1969. En ese mismo día se publica el Decreto por el que cesa a petición propia, por motivos de salud D. Antonio Iturmendi Bañales. [3]
  34. Fue nombrado presidente por el Decreto 3144/75 de 2 de diciembre, de conformidad con la propuesta formulada por el Consejo del Reino, y en la forma prevista por el artículo séptimo I de la Ley Constitutiva de las Cortes Españolas. [4]

Bibliografía

  •   Datos: Q4893673

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Para otras instituciones historicas veanse Cortes y Parlamentarismo espanol Las Cortes franquistas oficialmente denominadas Cortes Espanolas fueron una institucion de la dictadura franquista creada el 17 de julio de 1942 sexto aniversario del golpe de Estado de 1936 que abrio sus sesiones el 17 de marzo de 1943 y que funciono como un pseudoparlamento 1 corporativo u organico Pretendian presentarse como el organo superior de participacion del pueblo espanol en las tareas del Estado articulo primero de la Ley Constitutiva de las Cortes modificada por la Ley Organica del Estado de 1967 en su disposicion adicional tercera y en teoria su funcion principal era la elaboracion y aprobacion de las leyes pero el poder legislativo estaba reservado al jefe de Estado el propio Franco Para identificarse como una continuidad de la tradicion parlamentaria espanola establecieron su sede en el Palacio de las Cortes de la carrera de San Jeronimo de Madrid Cortes EspanolasPalacio de las CortesCarrera de San Jeronimo MadridInformacion generalAmbitoEspanaCreacion17 de julio de 1942Termino30 de junio de 1977AtribucionesLey Constitutiva de las CortesTipoPseudoparlamento 1 LiderazgoVease PresidentesSucesionNinguno nota 1 Cortes Espanolas Ninguno nota 2 editar datos en Wikidata No obstante mayor similitud tenia esta institucion con el sistema corporativo del fascismo italiano 4 dada la insistencia en la representacion organica y no democratica se utilizaba la expresion adjetivada democracia organica Las Cortes franquistas no pretendian ser depositarias de la soberania nacional dado que la totalidad del poder soberano se concentraba en la jefatura del Estado en ausencia de division de poderes Se rechazaba cualquier identificacion con la democracia liberal concebida como una ideologia disolvente de la unidad nacional entre clases sociales y territorios ni se consentian los partidos politicos ni habia elecciones democraticas Los procuradores eran miembros por derecho propio designados por Franco o elegidos entre las entidades corporativas y hasta 1967 no se concreto la forma de eleccion de un tercio familiar tercio era la forma convencional de referirse a la representacion organica de las entidades naturales consideradas los unicos cauces posibles para la expresion de la voluntad popular familia municipio y sindicato Dos representantes de la familia por cada provincia elegidos por quienes figuren en el Censo Electoral de Cabezas de Familia y por las mujeres casadas en la forma que se establezca por la ley 5 la mayoria de edad se establecia con distintos efectos segun la situacion familiar para los varones a los 21 anos y para las mujeres a los 25 6 aunque en los referendums si tenian derecho al voto todos los hombres y mujeres de la nacion mayores de veintiun anos 7 Hubo elecciones para cubrir esa fraccion de los procuradores en Cortes en 1967 y 1971 8 Indice 1 El discurso inaugural de Franco 2 Composicion 3 Ley Constitutiva de las Cortes de 1942 4 Funcionamiento de las Cortes 5 Funcion 6 Historia 6 1 De la Ley de Cortes a la Ley de Sucesion 1943 1947 6 2 El desarrollo de la dictadura constituyente 1947 1958 6 3 La culminacion del proceso institucional 1958 1966 6 4 Decadencia irreversible hasta la autodisolucion 1967 1976 7 Presidentes 8 Vease tambien 9 Notas 10 Referencias 11 BibliografiaEl discurso inaugural de Franco EditarLa busqueda de justificacion de las instituciones franquistas utilizo la historia de Espana para identificarlas con las de la monarquia tradicional que se entendia gloriosa e imperial hasta los siglos XVIII y XIX Esta vision de la historia es la que siguio Francisco Franco en su Discurso pronunciado en la Sesion inaugural de las Cortes el 17 de marzo de 1943 Dos siglos de decadencia politica de mediocridad de nuestras clases directivas habian ido creando en nuestro pueblo un complejo de inferioridad que alentaba la labor jeremiaca y extranjerizante de los intelectuales Contra ello se enfrento la Cruzada espanola abriendo cauce en la mas fecunda de las revoluciones despertando la conciencia colectiva de nuestra nacion en una explosion de heroismo y de voluntad Estos dos nefastos siglos se vieron desde la perspectiva anti intelectualista y voluntarista propia del franquismo como degenerados a causa de la introduccion de las ideas ilustradas y liberales calificadas de antiespanolas Franco consideraba a la Segunda Republica Espanola un regimen fracasado incompatible con la unidad la autoridad y la jerarquia consecuencia de la decadencia politica y la corrupcion en todos los ambitos Contra ella la Guerra Civil se declaraba como una Cruzada Franco entendia las instituciones parlamentarias medievales como una colaboracion del pueblo en las tareas del Estado con su intervencion en la concesion y administracion de los impuestos y el interes popular como representado por los procuradores de los municipios Con el mismo proposito identificaba el levantamiento popular del 2 de mayo de 1808 con el golpe de Estado militar de 1936 llamado propagandisticamente Alzamiento Nacional y atribuia los males de Espana a un conglomerado ideologico obsesivo muy presente en sus discursos la conspiracion judeo masonico marxista internacional al proceder a la ordenacion juridica de nuestro Estado nos separemos de aquellos grupos corrompidos y evitemos que aquellos vicios que caracterizaron el pasado sistema puedan retonar en el presente buscando en cambio en las instituciones tradicionales espanolas el tronco viejo en que injertar las ramas nuevas y lozanas de nuestro Movimiento La historia de las Cortes de Castilla es una pugna constante entre el elemento popular y los poderes seculares mas fuertes y violentos sin que en ningun momento se alcanzase un estado razonable de equilibrio entre los intereses contrapuestos Con nuestra Guerra de Sucesion acaban por sucumbir las viejas tradiciones y bajo la dinastia borbonica las Cortes solo alcanzan una mera existencia nominal hasta que el glorioso alzamiento nacional del 2 de mayo turbiamente explotado por enciclopedistas y masones permite asentar bajo la mascara de los anhelos patrioticos y populares el regimen liberal parlamentario que presidio los dias mas tristes de nuestra Patria y que culminan en el presente siglo con la proclamacion de la Segunda Republica Espanola que no teniendo territorios ultramarinos que liquidar intentaba fragmentar el propio solar al que acaba sumiendo en la barbara invasion del materialismo bolchevique En 1943 superada una primera etapa del franquismo y vista la suerte adversa que sus aliados internacionales Alemania e Italia empezaban a correr en la fase final de la Segunda Guerra Mundial Franco procuraba explicitamente una redefinicion tanto del ideario politico como del perfil moral filosofico y juridico del nuevo Estado espanol que se estaba construyendo y que no convenia identificar totalmente con el fascismo italiano o el nazismo aleman o en el interior con el programa falangista El objetivo no era la democratizacion sino la consolidacion del regimen y la inclusion de todas las denominadas familias del franquismo azules falangistas o nacional sindicalistas monarquicos de distintas tendencias carlistas juanistas catolicos o nacional catolicos y militares africanistas o de otras tendencias en una doctrina unica y unas directrices politicas concebidas verticalmente desde la cuspide el liderazgo indiscutible de Franco basadas en los principios inmutables del Movimiento Nacional 9 la legitimidad se pretendia seguir fundado en la Victoria y en el ejercicio del poder un sistema de gobierno paternalista que limitaba y controlaba la participacion politica mediante una ordenada colaboracion de todos los sectores de la vida nacional organizados dentro de los mecanismos totalitarios del Movimiento Nacional De ese modo se pretendia garantizar leyes acertadas orden en la administracion y justicia en los tribunales De forma neoescolastica Franco consideraba que el fin de la politica debia ser la conservacion y el perfeccionamiento de la sociedad humana desde un punto de vista catolico tradicionalista inspirado por Dios Su idea de gobierno incluia un concepto de accion social compatible tanto con la ideologia falangista como con la doctrina social de la Iglesia negando cualquier tipo de lucha de clases cuyos intereses debian relegarse en beneficio de la unidad de la Patria Queremos libertad pero con orden y consideramos delictuoso cuanto vaya contra Dios o la moral cristiana contra la Patria y contra lo social ya que Dios Patria y Justicia son los tres principios inconmovibles sobre los que se basa nuestro Movimiento Composicion Editar Franco preside las Cortes 1969 Con la recreacion corporativa del Parlamento en 1943 el regimen decidio que los miembros de las Cortes pasaran a llamarse en vez de diputados como era tradicional procuradores nombre inspirado en los componentes de las antiguas Cortes de Castilla y empleado para evitar cualquier connotacion liberal 10 Estaban integradas por los miembros de la Mesa y los Procuradores Los miembros de la Mesa son el Presidente de las Cortes los dos Vicepresidentes y los cuatro Secretarios El Presidente era designado por el Jefe del Estado entre los Procuradores en Cortes que figuren en una terna que le sometera el Consejo del Reino y su nombramiento sera refrendado por el Presidente en funciones del Consejo del reino y su mandato sera de seis anos Los Vicepresidentes y los secretarios seran elegidos cada legislatura de entre los Procuradores por el Pleno de las Cortes 11 Los procuradores eran de tres clases natos electivos y designados Son Procuradores natos aquellos que lo son por razon del cargo por ello cesan como Procuradores al cesar el cargo que les daba dicha condicion Son Procuradores electivos aquellos que como su nombre indica deben su condicion de Procuradores a una eleccion su mandato como Procuradores durara cuatro anos siendo susceptibles de reeleccion Son Procuradores designados aquellas personas que por su Jerarquia eclesiastica militar administrativa o por sus relevantes servicios a Espana designe el Jefe del Estado 12 Ley Constitutiva de las Cortes de 1942 EditarLa Ley Constitutiva de las Cortes Espanolas fue promulgada el 17 de julio de 1942 establecia la formacion de una asamblea unicameral de eleccion indirecta con teorica iniciativa legal aunque esta residia en la figura de Franco desde el momento de la promulgacion de las Leyes de enero de 1938 y de agosto de 1939 que le atribuian la capacidad de dictar normas legislativas de caracter general sin ningun tipo de condicionante es decir Francisco Franco fue tecnicamente un dictador desde enero de 1938 hasta su muerte aunque de hecho lo era desde octubre de 1936 Se definian como el organo superior de participacion del pueblo espanol en las tareas del Estado cuya mision principal era la elaboracion y aprobacion de las Leyes sin perjuicio de la sancion que corresponde al Jefe del Estado 13 Se componian de los siguientes procuradores Los miembros del Gobierno Los Consejeros Nacionales El Presidente del Tribunal Supremo de Justicia el del Consejo de Estado el del Consejo Supremo de Justicia Militar el del Tribunal de Cuentas del Reino y el del Consejo de Economia Nacional Ciento cincuenta representantes de la Organizacion Sindical Un representante de los municipios de cada Provincia elegido por sus Ayuntamientos entre sus miembros y otro de cada uno de los municipios de mas de trescientos mil habitantes y de los de Ceuta y Melilla elegidos por los respectivos ayuntamientos entre sus miembros un representante por cada diputacion provincial y mancomunidad interinsular canaria elegido por las corporaciones respectivas entre sus miembros y los representantes de las corporaciones locales de los territorios no constituidos en provincias elegidos de la misma forma Dos representantes de la familia por cada provincia elegidos por quienes figuraban en el censo electoral de cabezas de familia y por las mujeres casadas Los rectores de las universidades El presidente del Instituto de Espana y dos representantes elegidos entre los miembros de las Reales Academias que lo componen el presidente del Consejo Superior de Investigaciones Cientificas y dos representantes del mismo elegidos por sus miembros El presidente del Instituto de Ingenieros Civiles y un representante de las asociaciones de ingenieros que lo constituyen dos representantes de los colegios de abogados dos representantes de los colegios medicos Un representante por cada uno de los siguientes colegios de agentes de cambio y bolsa de arquitectos de economistas de farmaceuticos de licenciados y doctores en Ciencias y Letras de licenciados y doctores en Ciencias Quimicas y Fisico Quimicas de notarios de procuradores de los tribunales de registradores de la Propiedad de veterinarios y de los demas colegios profesionales de titulo academico superior que en lo sucesivo se reconozcan a estos efectos que serian elegidos por los respectivos colegios oficiales Tres representantes de las camaras oficiales de comercio uno de las camaras de la propiedad urbana y otro en representacion de las asociaciones de inquilinos elegidos por sus juntas u organos representativos Todos los elegidos por este apartado deberan ser miembros de los respectivos colegios corporaciones o asociaciones que los elijan Aquellas personas que por su jerarquia eclesiastica militar o administrativa o por sus relevantes servicios a la Patria designase el Jefe del Estado oido el Consejo del Reino hasta un numero no superior a veinticinco Funcionamiento de las Cortes EditarLas Cortes funcionaban por legislaturas o periodos de cuatro anos coincidentes con el mandato de los procuradores de caracter electivo Su funcionamiento se rige por su Reglamento de 1957 que regula en primer termino los privilegios de los procuradores inviolabilidad inmunidad fuero y compensacion economica Las Cortes estaban regidas por un presidente asistido por una Comision Permanente por una Comision de Gobierno Interior la Comision de Correccion de Estilo que revisaba los textos y la Comision de Competencia Legislativa que defiende la competencia de las Cortes Las demas comisiones eran cuerpos especializados en principio una por ministerio que examinaban los respectivos proyectos de ley y prestan un dictamen al Pleno Funcion EditarLas leyes de la dictadura no emanaban de un organo popular representativo sino de las prerrogativas del propio Franco que le reconocian la potestad de dictar normas juridicas de caracter general La propia naturaleza de las Cortes carentes de verdadera potestad legislativa llevaba implicita la negativa al reconocimiento de las libertades de los ciudadanos por su sistema electivo 14 Para la determinacion de sus funciones o misiones es preciso senalar Es un organo representativo Tiene funcion especificamente legislativa la preparacion y elaboracion de las leyes La iniciativa de las leyes puede hacerse por proyecto de Ley o por proposicion de Ley Se habla de proyecto cuando la iniciativa corresponde al Gobierno o al Consejo de Ministros Se habla de proposicion cuando corresponde a las mismas Cortes o Procuradores en la forma que se establece en la Ley y Reglamento de las mismas La funcion legislativa de las Cortes se entiende sin perjuicio de la sancion que corresponde la Jefe del Estado 15 Ejerce un cierto control de la Administracion Tiene un funcion extraordinaria en la determinacion de la Sucesion en la Jefatura del Estado Tiene un funcion decisoria fundamental en la declaracion de incapacidad del Jefe del Estado Tiene un funcion constituyente en la reforma de las Leyes Fundamentales del Reino Ratificacion de tratados o convenios internacionales que afecten a la plena soberania o a la integridad territorial espanola Autorizar al Jefe del Estado para realizar aquellos actos que por Ley fundamental requieran la intervencion de las Cortes Aprobacion de los Presupuestos Generales del Estado y aprobacion de la Cuenta General del Estado Historia EditarDe la Ley de Cortes a la Ley de Sucesion 1943 1947 Editar Tras ser desechada la Ley de Organizacion del Estado presentada por Ramon Serrano Suner se aprobo una Ley de Cortes donde se contenia un organo de autolimitacion del poder en una institucion mas sistematica con moderado peso legislativo 16 La Ley Constitutiva de las Cortes de 17 de julio de 1942 sancionada por una Camara constituyente de naturaleza parcialmente corporativa ante la preeminencia de las prerrogativas ejecutivas una Asamblea de Procuradores con funciones legislativas futuras tal como recoge el articulo 12 que modificaba limitadamente las formulas prerrogativas del Jefe del Estado e introducia el mecanismo corporativo de representacion a nivel nacional Corresponde a la i legislatura de las Cortes constituidas el 16 de marzo de 1943 de acuerdo a la Ley de Creacion de las Cortes Espanolas de 17 de julio de 1942 17 El desarrollo de la dictadura constituyente 1947 1958 Editar Una segunda fase se abrio con la Ley de Sucesion en la Jefatura del Estado de 7 de junio de 1947 aprobada por referendum el 8 de junio La aprobacion de esta ley sancionaba lo que anuncio Jose Maria Peman el caudillaje fue un monarquismo circunstancial que encarnando la voluntad de Dios salva a un pais Espana a una civilizacion Europa y a la misma obra de Dios en la tierra la cristiandad 18 Su inicio corresponde a la segunda mitad de la ii legislatura de las Cortes franquistas constituidas el 13 de mayo de 1946 19 Tambien incluye este periodo a otras tres legislaturas iii legislatura de las Cortes franquistas constituidas el 13 de mayo de 1949 20 iv legislatura de las Cortes franquistas constituidas el 14 de mayo de 1952 21 v legislatura de las Cortes franquistas constituidas el 14 de mayo de 1955 22 La culminacion del proceso institucional 1958 1966 Editar Entre 1958 y 1966 culmina el proceso de institucionalizacion del regimen 23 El fracaso de Jose Luis Arrese en convertir a la Falange en el centro del sistema politico y en el referente de permanencia tras la futura muerte del jefe de Estado da paso en el gabinete de 1957 a la generacion tecnocratica apadrinada por Luis Carrero Blanco y dirigida por Laureano Lopez Rodo Hombre libre es aquel que posee un salario suficiente un empleo estable una seguridad social que cubra todos los riesgos y un nivel de vida que le permita participar en los bienes de la civilizacion moderna 24 Nacia el Estado autoritario del bienestar 1960 1977 modelo que para G Rodriguez Cabrero jugo un papel decisivo en la genesis del modelo propio de la democracia parlamentaria 25 Durante este periodo concluyen tres legislaturas vi legislatura de las Cortes franquistas constituidas el 16 de mayo de 1958 26 vii legislatura de las Cortes franquistas constituidas el 31 de mayo de 1961 27 viii legislatura de las Cortes franquistas constituidas el 3 de julio de 1964 28 Decadencia irreversible hasta la autodisolucion 1967 1976 Editar La presencia de los representantes de la familia elegidos en 1967 por los cabezas de familia consecuencia de la promulgacion de la Ley Organica del Estado de 1966 marca la regresion y la decadencia irreversible del regimen que ya solo se mantiene tanto por su propia inercia historica como por la incapacidad de la oposicion para derribarlo Este periodo comprende las dos ultimas legislaturas hasta que en 1977 desaparecen al ser sustituidas por el Congreso de los Diputados ix legislatura de las Cortes franquistas constituidas el 6 de noviembre de 1967 29 x legislatura de las Cortes franquistas constituidas el 11 de noviembre de 1971 30 La Ley para la Reforma Politica aprobada el 18 de noviembre de 1976 recibiendo el apoyo de 435 de los 531 procuradores fue el instrumento juridico que permitio en el contexto de la Transicion espanola la eliminacion de estructuras de la dictadura franquista desde un punto de vista juridico como las Cortes el harakiri de estas y a la convocatoria de elecciones democraticas dandose un transito a un sistema democratico Presidentes EditarEl presidente era designado mediante decreto por el jefe de Estado en vez de ser elegido por la propia Camara 31 Esteban de Bilbao Eguia del 16 de marzo de 1943 al 29 de septiembre de 1965 32 Antonio Iturmendi Banales del 30 de septiembre de 1965 al 26 de noviembre de 1969 33 Alejandro Rodriguez de Valcarcel y Nebreda del 27 de noviembre de 1969 al 5 de diciembre de 1975 34 Torcuato Fernandez Miranda y Hevia del 6 de diciembre de 1975 al 30 de junio de 1977 35 Vease tambien EditarConsejo Nacional del Movimiento Cortes republicanas Cortes GeneralesNotas Editar Las Cortes de la Segunda Republica no se disolvieron tras la derrota republicana en la Guerra Civil y continuaron reuniendose en el exilio entre 1939 y 1945 disolviendose en 1977 para legitimar a las nuevas instituciones democraticas Las Cortes franquistas no se consideraban herederas de las Cortes republicanas sino en el imaginario ideologico de las Cortes de la epoca imperial Tras el llamado haraquiri la votacion por las Cortes franquistas de la Ley para la Reforma Politica de 1976 2 el nuevo edificio institucional se planteo como una transformacion legal de las instituciones franquistas en nuevas instituciones democraticas De la ley a la ley por la ley 3 La oposicion planteaba la necesidad de una ruptura Determinar si hubo continuidad o no entre las Cortes franquistas y las Cortes Generales actuales es un tema de debate clasico en la historia politica espanola reciente Referencias Editar a b Santaolalla Lopez 2004 p 269 Raul Morodo citado por Vicente Palacio Atard y Antonio Rumeu de Armas Juan Carlos I y el advenimiento de la democracia Real Academia de la Historia 1988 ISBN 84 239 6260 1 pg 108 Tambien abreviadamente De la ley a la ley Expresion atribuida a Torcuato Fernandez Miranda en distintos contextos ante el rey Juan Carlos I Adolfo Suarez u otros personajes de la epoca Citado por Palacio y Rumeu op cit pg 58 citan a su vez como fuente a Bardavio Camera dei Fasci e delle Corporazioni Negri G The Rise and Fall of the Fascist Constitution in Il Politico Rivista Italiana di Scienze Politiche 47 no 3 septiembre de 1982 pgs 449 478 fuente citada en it Camera dei Fasci e delle Corporazioni que sustituyo en 1939 a la Camera dei deputati del Regno d Italia Desde la marcha sobre Roma 1922 el Parlamento de Italia fue convirtiendose en una instucion residual presionando e incluso eliminando a los diputados opuestos a Mussolini en 1934 los 400 diputados de la camara fueron elegidos mediante plebiscito en lista unica a la que solo se podia votar si o no mediante unas papeletas facilmente identificables con lo que el resultado de la votacion fue del 96 25 de sies Cheles Luciano y Lucio Sponza The Art of Persuasion Political Communication in Italy from 1945 to the 1990s Manchester University Press 2001 ISBN 0 7190 4170 8 p 147 Para la institucion actual vease Parlamento de Italia Ley 82 1968 de 5 de diciembre modificando los preceptos de la Ley de Regimen Local relativos a la eleccion de Concejales por el tercio familiar en el sentido de que se incluya entre los electores y los elegibles a la mujer casada Vease tambien Organizacion municipal de Espana durante el regimen franquista Ley de 13 de diciembre de 1943 Codigo Civil Imprenta Nacional del Boletin Oficial del Estado Madrid Ministerio de Justicia 1970 establecia la mayoria de edad civil en los 21 anos con anterioridad estaba fijada a los 23 anos si bien se estipulaba que las hijas de familia mayores de edad pero menores de 25 anos no podian dejar la casa del padre o de la madre sin su permiso salvo para contraer matrimonio o para ingresar en un instituto aprobado por la Iglesia Las disposiciones laborales sin embargo no extendian en el caso de los varones la proteccion hasta dicha edad tanto por motivos vinculados a la normativa sobre educacion obligatoria como de estructura laboral e influencia internacional Cristina Amich El trabajo de los menores de edad en la dictadura franquista Historia Contemporanea 36 163 192 Mercedes Alonso Archivado el 26 de junio de 2012 en Wayback Machine en Artehistoria Ley de Referendum de 1945 Archivado el 6 de junio de 2012 en Wayback Machine Las elecciones del franquismo Elecciones a Procuradores en Cortes 1971 y enlaces de 1975 Ley de Principios del Movimiento Nacional de 1958 17 de mayo de 1958 Sesma Landrin 2006 p 47 Torcuato Fernandez Miranda El hombre y la sociedad 8ª edicion 1968 pagina 196 Manuel Fraga Iribarne El Reglamento de las Cortes Espanolas Madrid 1959 paginas 30 y siguientes Cervantes Virtual Ley Constitutiva de las Cortes de 1942 1 Archivado el 14 de diciembre de 2009 en Wayback Machine Sesma Landrin 2006 p 56 Torcuato Fernandez Miranda paginas 197 198 Zafra Valverde Jose El sistema politico en las decadas de Franco Madrid Grafite 2005 pags 272 273 Ley publicada en el BOE num 200 de 19 de julio de 1942 Fecha de alta la de constitucion de legislatura BOCE nº 1 pagina 3 Vease Jose Maria Peman Que es lo nuevo en Obras completas Madrid tomo V Escelicer 1953 Fecha de alta la de constitucion de legislatura BOCE nº 150 pagina 2960 Fecha de alta la de constitucion de legislatura BOCE nº 298 pagina 5365 Fecha de alta la de constitucion de legislatura BOCE nº 393 pagina 7267 Fecha de alta la de constitucion de legislatura BOCE nº 497 pagina 9664 Alvaro Soto Carmona Atado y bien atado Madrid Biblioteca Nueva 2005 pags 19 sq Estas palabras de Franco en 1966 recogidas por Juan Beneyto en La identidad del franquismo pags 80 y 81 resumen los nuevos objetivos del regimen sometidos a imperativos de desarrollo y modernizacion economica culminacion del desarrollo politico de las Leyes Fundamentales 54 Gregorio Rodriguez Cabrero Conflicto gobernabilidad y politica social en S Giner y S Sarasa ed Buen gobierno y politica social Barcelona Ariel 1996 pags 113 120 Fecha de alta la de constitucion de legislatura BOCE nº 588 pagina 12218 Fecha de alta la de constitucion de legislatura BOCE nº 698 pagina 14558 Fecha de alta la de constitucion de legislatura BOCE nº 846 pagina 18011 Decreto 1484 1967 de 4 de julio por el que se prorroga la actual legislatura hasta el 15 de noviembre Fecha de alta la de constitucion de legislatura BOCE nº 983 pagina 21045 Fecha de alta la de constitucion de legislatura nº 1 167 pagina 28457 Por Decreto 1823 1975 de 31 de julio se prorroga la presente legislatura BOE nº 183 de 1 de agosto de 1975 Jeronimo Sanchez Beato y Morales Payan 2005 pp 21 22 Eleccion BOCE 1 de 16 de marzo de 1943 Fue nombrado presidente Decreto de nombramiento de 30 de septiembre de 1965 publicado en el BOE 237 de 4 de octubre de 1965 2 Elegido presidente de las Cortes Espanolas por Decreto de nombramiento de 22 de noviembre de 1969 En ese mismo dia se publica el Decreto por el que cesa a peticion propia por motivos de salud D Antonio Iturmendi Banales 3 Fue nombrado presidente por el Decreto 3144 75 de 2 de diciembre de conformidad con la propuesta formulada por el Consejo del Reino y en la forma prevista por el articulo septimo I de la Ley Constitutiva de las Cortes Espanolas 4 Bibliografia EditarJeronimo Sanchez Beato Estefania Morales Payan Miguel Angel 2005 De las Cortes Espanolas al Congreso de los Diputados el devenir de su presidencia 1942 78 Almeria Universidad de Almeria Servicio de Publicaciones ISBN 8482407872 Sesma Landrin Nicolas 2006 Franquismo Estado de Derecho notas sobre la renovacion del lenguaje politico de la dictadura durante los anos 60 Pasado y memoria 5 Alicante Universidad de Alicante Area de Historia Contemporanea pp 45 58 ISSN 1579 3311 Santaolalla Lopez Fernando 2004 Derecho constitucional Dykinson ISBN 84 9772 423 2 Datos Q4893673 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Cortes franquistas amp oldid 137918618, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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