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Consejo Nacional del Movimiento

El Consejo Nacional del Movimiento fue una institución de la dictadura franquista de carácter colegiado, que estaba subordinada a la Jefatura del Estado.[1]​ Creado originalmente bajo el nombre de Consejo Nacional de FET y de las JONS, en plena Guerra civil, continuaría existiendo hasta 1977, ya fallecido Francisco Franco.

Consejo Nacional del Movimiento
Tipo órgano consultivo
Fundación 19 de octubre de 1937
Disolución Junio de 1977
Nombres anteriores Consejo Nacional de FET y de las JONS
Jurisdicción España

Su estructura interna se inspiró fuertemente en el Gran Consejo Fascista y el Consejo Nacional del Partido Nacional Fascista italianos.[2]​ Sus miembros, los consejeros, con un número máximo de 50,[2]​ fueron designados por primera vez por Franco en 1937, integrando a todas las fuerzas políticas que intervinieron en el golpe de estado de julio de 1936 que dio inicio a la Guerra civil, y que habían sido unificadas por decreto en abril de 1937 bajo el nombre de Falange Española Tradicionalista y de las JONS (FET y de las JONS).[3]​ Se reunió por primera vez en diciembre de 1937 en el Monasterio de las Huelgas de Burgos. Posteriormente, tras el final de la guerra, pasaría a reunirse en el antiguo Palacio del Senado de Madrid.[4]

Al igual que las Cortes franquistas, el Consejo nacional sería disuelto poco antes de las elecciones de 1977.[5]

Antecedentes

Tras el Decreto de Unificación, el 5 de agosto de 1937 la Junta Política de FET y de las JONS aprueba sus estatutos, elaborados por su secretario general, Ramón Serrano Súñer. Francisco Franco los promulgó con su firma:

«...El Movimiento, en cuanto a organización, incluiría tres clases de miembros activos: militantes, que eran todos los afiliados a las agrupaciones políticas existentes en el momento de la Unificación (un modo de fundir camisas viejas con camisas nuevas y los tradicionalistas); militares, puesto que todos los generales, jefes, oficiales y clases del Ejército, en activo, eran considerados miembros de pleno derecho; Y adheridos, que nuevamente se inscribían y a los que se exigía acreditar capacidad de servicio antes de convertirlos en militantes...» [6]

En la disposición reguladora de la Unificación, se establecía un Secretariado Político que, con la misión de encauzar la marcha de la nueva organización, estaría integrado por los elementos falangistas y tradicionalistas más distinguidos, bajo la presidencia del dictador Franco.[7]

Base jurídica

Decreto número 260, composición del Secretariado o Junta Política:

«En cumplimiento de lo prevenido en al artículo segundo de mi Decreto número 255, y a los efectos que en él se expresan, procede nombrar a la mitad de los miembros del Secretariado o Junta Política de la Falange Española Tradicionalista y de las JONS, y en su virtud dispongo:

Artículo único. Son miembros del Secretariado Político de Falange Española Tradicionalista y de las JONS: don Manuel Hedilla Larrey, don Tomás Domínguez Arévalo, don Darío Gazapo Valdés, don Tomás Dolz de Espejo, don Joaquín Miranda, don Luis Arellano Dihinix, don Ernesto Giménez Caballero, don José María Mazón, don Pedro González-Bueno y don Ladislao López Bassa»

Dado en Salamanca a 22 de abril de 1937.
Francisco Franco.

La representación colegiada del Movimiento corresponde al Consejo Nacional, cuyos fines y atribuciones vienen establecidos en la Ley Orgánica del Estado, la Ley Orgánica del Movimiento y de su Consejo Nacional y su propio Reglamento.[8]​ Son fines del Consejo Nacional, como representación colegiada del Movimiento, los siguientes:[9]

  • Fortalecer la unidad entre los hombres y entre las tierras de España.
  • Defender la integridad de los Principios del Movimiento Nacional y velar por que la transformación y desarrollo de las estructuras económicas, sociales y culturales se ajusten a las exigencias de la justicia social.
  • Velar por el desarrollo y ejercicio de los derechos y libertades reconocidas por las Leyes fundamentales y estimular la participación auténtica y eficaz de las entidades naturales y de la opinión pública en las tareas políticas.
  • Contribuir a la formación de las juventudes españolas en la fidelidad a los Principios del Movimiento Nacional e incorporar las nuevas generaciones a la tarea colectiva.
  • Encauzar, dentro de los Principios del Movimiento, el contraste de pareceres sobre la acción política.
  • Cuidar de la permanencia y perfeccionamiento del propio Movimiento Nacional.

Composición

El Consejo Nacional estará constituido por los siguientes Consejeros:[10]

  • Un Consejero elegido por cada provincia.
  • Cuarenta Consejeros designados por el propio Franco entre personas de reconocidos servicios. Al cumplirse las previsiones sucesorias, estos cuarenta Consejeros adquirirán el carácter de permanentes hasta cumplir la edad de setenta y cinco años, y las vacantes que en lo sucesivo se produzcan entre los mismos se proveerán por elección mediante propuesta en terna de este grupo de Consejeros al Pleno del Consejo.
  • Doce Consejeros representantes de las estructuras básicas de la comunidad nacional: Cuatro elegidos entre sus miembros por los Procuradores en Cortes representantes de la Familia, otros cuatro elegidos entre sus miembros por los Procuradores en Cortes representantes de las Corporaciones locales y otros cuatro elegidos entre sus miembros por los Procuradores en Cortes representantes de la Organización Sindical.
  • Seis Consejeros designados por el Presidente del Consejo entre personas que presten relevantes servicios a los fines enumerados en el artículo anterior.
  • El Secretario General, que ejercerá las funciones de Vicepresidente, designado por el Jefe del Estado a propuesta del Presidente del Gobierno.

Historia

Primer consejo

 
Interior de la iglesia abacial del Monasterio de las Huelgas de Burgos, donde se celebró el I Congreso Nacional de FET y de las JONS.

El I Consejo Nacional de FET y de las JONS,[n. 1]​ se celebró el 2 de diciembre de 1937 en el Monasterio de las Huelgas de Burgos.[13]​ El Consejo estaba formado por 50 miembros y agrupaba diversas tendencias políticas, con una mayoría de falangistas viejos (Pilar Primo de Rivera, Mercedes Sanz, Fernández-Cuesta, Agustín Aznar, Ridruejo, Girón, Sancho Dávila, Jesús Suevos) y neofalangistas (Gamero del Castillo), que reunidos no superaban el cincuenta por ciento.

Con ellos, tradicionalistas (Tomás Domínguez Arévalo o Fal Conde, que no asistió),[12]​ monárquicos (José María Pemán, Eugenio Montes Domínguez, Yanguas, Valdecasas, Vegas, Pedro Sainz Rodríguez) y militares (Gonzalo Queipo de Llano, Jordana, Juan Yagüe, Juan Luis Beigbeder, José Monasterio Ituarte).

Notas

Referencias

  1. Giménez Martínez, 2015, pp. 271-272.
  2. Giménez Martínez, 2015, p. 275.
  3. Luis Suárez Fernández, Franco, Ariel 2005, ISBN 84-344-6781-X, página 96.
  4. Giménez Martínez, 2015, pp. 288.
  5. Bardavío y Sinova, 2000, p. 177.
  6. Luis Suárez Fernández, op. cit, página 95
  7. *González-Bueno y Bocos, Pedro (2006). En una España cambiante. Vivencias y recuerdos de un ministro de Franco. Áltera, Barcelona (España). ISBN 84-89779-89-9. 
  8. Artículo quinto del Decreto 3170/1968
  9. Artículo veintiuno de la Ley Orgánica del Estado
  10. Articuló veintidós de la Ley Orgánica del Estado
  11. «Decreto núm. 385.- Nombrando los miembros del Consejo Nacional de Falange Española, Tradicionalista y de la J. O. N. S.». Boletín Oficial del Estado núm. 366 de 21 de octubre de 1937 (Burgos): 3946-3947. 
  12. Canal, 2006, pp. 343-344.
  13. José María García Escudero Historia General de España y América, ISBN 84-321-2359-5 tomo XIX-2 página 58

Bibliografía

  • Bardavío, Joaquín; Sinova, Justino (2000). Todo Franco. Franquismo y antifranquismo de la A a la Z. Barcelona: Plaza & Janés. 
  • Canal, Jordi (2006). Banderas blancas, boinas rojas: una historia política del carlismo, 1876-1939. Madrid: Marcial Pons Historia. ISBN 84-96467-34-1. 
  • Giménez Martínez, Miguel Ángel (2015). «El Consejo Nacional del Movimiento: la "cámara de las ideas" del franquismo». Investigaciones históricas (Valladolid: Universidad de Valladolid) 35: 271-298. ISSN 0210-9425. 
  •   Datos: Q3816727

consejo, nacional, movimiento, institución, dictadura, franquista, carácter, colegiado, estaba, subordinada, jefatura, estado, creado, originalmente, bajo, nombre, consejo, nacional, jons, plena, guerra, civil, continuaría, existiendo, hasta, 1977, fallecido, . El Consejo Nacional del Movimiento fue una institucion de la dictadura franquista de caracter colegiado que estaba subordinada a la Jefatura del Estado 1 Creado originalmente bajo el nombre de Consejo Nacional de FET y de las JONS en plena Guerra civil continuaria existiendo hasta 1977 ya fallecido Francisco Franco Consejo Nacional del MovimientoTipoorgano consultivoFundacion19 de octubre de 1937DisolucionJunio de 1977Nombres anterioresConsejo Nacional de FET y de las JONSJurisdiccionEspana editar datos en Wikidata Su estructura interna se inspiro fuertemente en el Gran Consejo Fascista y el Consejo Nacional del Partido Nacional Fascista italianos 2 Sus miembros los consejeros con un numero maximo de 50 2 fueron designados por primera vez por Franco en 1937 integrando a todas las fuerzas politicas que intervinieron en el golpe de estado de julio de 1936 que dio inicio a la Guerra civil y que habian sido unificadas por decreto en abril de 1937 bajo el nombre de Falange Espanola Tradicionalista y de las JONS FET y de las JONS 3 Se reunio por primera vez en diciembre de 1937 en el Monasterio de las Huelgas de Burgos Posteriormente tras el final de la guerra pasaria a reunirse en el antiguo Palacio del Senado de Madrid 4 Al igual que las Cortes franquistas el Consejo nacional seria disuelto poco antes de las elecciones de 1977 5 Indice 1 Antecedentes 2 Base juridica 3 Composicion 4 Historia 4 1 Primer consejo 5 Notas 6 Referencias 6 1 BibliografiaAntecedentes EditarTras el Decreto de Unificacion el 5 de agosto de 1937 la Junta Politica de FET y de las JONS aprueba sus estatutos elaborados por su secretario general Ramon Serrano Suner Francisco Franco los promulgo con su firma El Movimiento en cuanto a organizacion incluiria tres clases de miembros activos militantes que eran todos los afiliados a las agrupaciones politicas existentes en el momento de la Unificacion un modo de fundir camisas viejas con camisas nuevas y los tradicionalistas militares puesto que todos los generales jefes oficiales y clases del Ejercito en activo eran considerados miembros de pleno derecho Y adheridos que nuevamente se inscribian y a los que se exigia acreditar capacidad de servicio antes de convertirlos en militantes 6 En la disposicion reguladora de la Unificacion se establecia un Secretariado Politico que con la mision de encauzar la marcha de la nueva organizacion estaria integrado por los elementos falangistas y tradicionalistas mas distinguidos bajo la presidencia del dictador Franco 7 Base juridica EditarDecreto numero 260 composicion del Secretariado o Junta Politica En cumplimiento de lo prevenido en al articulo segundo de mi Decreto numero 255 y a los efectos que en el se expresan procede nombrar a la mitad de los miembros del Secretariado o Junta Politica de la Falange Espanola Tradicionalista y de las JONS y en su virtud dispongo Articulo unico Son miembros del Secretariado Politico de Falange Espanola Tradicionalista y de las JONS don Manuel Hedilla Larrey don Tomas Dominguez Arevalo don Dario Gazapo Valdes don Tomas Dolz de Espejo don Joaquin Miranda don Luis Arellano Dihinix don Ernesto Gimenez Caballero don Jose Maria Mazon don Pedro Gonzalez Bueno y don Ladislao Lopez Bassa Dado en Salamanca a 22 de abril de 1937 Francisco Franco La representacion colegiada del Movimiento corresponde al Consejo Nacional cuyos fines y atribuciones vienen establecidos en la Ley Organica del Estado la Ley Organica del Movimiento y de su Consejo Nacional y su propio Reglamento 8 Son fines del Consejo Nacional como representacion colegiada del Movimiento los siguientes 9 Fortalecer la unidad entre los hombres y entre las tierras de Espana Defender la integridad de los Principios del Movimiento Nacional y velar por que la transformacion y desarrollo de las estructuras economicas sociales y culturales se ajusten a las exigencias de la justicia social Velar por el desarrollo y ejercicio de los derechos y libertades reconocidas por las Leyes fundamentales y estimular la participacion autentica y eficaz de las entidades naturales y de la opinion publica en las tareas politicas Contribuir a la formacion de las juventudes espanolas en la fidelidad a los Principios del Movimiento Nacional e incorporar las nuevas generaciones a la tarea colectiva Encauzar dentro de los Principios del Movimiento el contraste de pareceres sobre la accion politica Cuidar de la permanencia y perfeccionamiento del propio Movimiento Nacional Composicion EditarEl Consejo Nacional estara constituido por los siguientes Consejeros 10 Un Consejero elegido por cada provincia Cuarenta Consejeros designados por el propio Franco entre personas de reconocidos servicios Al cumplirse las previsiones sucesorias estos cuarenta Consejeros adquiriran el caracter de permanentes hasta cumplir la edad de setenta y cinco anos y las vacantes que en lo sucesivo se produzcan entre los mismos se proveeran por eleccion mediante propuesta en terna de este grupo de Consejeros al Pleno del Consejo Doce Consejeros representantes de las estructuras basicas de la comunidad nacional Cuatro elegidos entre sus miembros por los Procuradores en Cortes representantes de la Familia otros cuatro elegidos entre sus miembros por los Procuradores en Cortes representantes de las Corporaciones locales y otros cuatro elegidos entre sus miembros por los Procuradores en Cortes representantes de la Organizacion Sindical Seis Consejeros designados por el Presidente del Consejo entre personas que presten relevantes servicios a los fines enumerados en el articulo anterior El Secretario General que ejercera las funciones de Vicepresidente designado por el Jefe del Estado a propuesta del Presidente del Gobierno Historia EditarPrimer consejo Editar Interior de la iglesia abacial del Monasterio de las Huelgas de Burgos donde se celebro el I Congreso Nacional de FET y de las JONS El I Consejo Nacional de FET y de las JONS n 1 se celebro el 2 de diciembre de 1937 en el Monasterio de las Huelgas de Burgos 13 El Consejo estaba formado por 50 miembros y agrupaba diversas tendencias politicas con una mayoria de falangistas viejos Pilar Primo de Rivera Mercedes Sanz Fernandez Cuesta Agustin Aznar Ridruejo Giron Sancho Davila Jesus Suevos y neofalangistas Gamero del Castillo que reunidos no superaban el cincuenta por ciento Con ellos tradicionalistas Tomas Dominguez Arevalo o Fal Conde que no asistio 12 monarquicos Jose Maria Peman Eugenio Montes Dominguez Yanguas Valdecasas Vegas Pedro Sainz Rodriguez y militares Gonzalo Queipo de Llano Jordana Juan Yague Juan Luis Beigbeder Jose Monasterio Ituarte Notas Editar Los 50 miembros designados por decreto en octubre por Franco fueron Pilar Primo de Rivera Tomas Dominguez Arevalo Gonzalo Queipo de Llano y Sierra Jose Maria Peman Pemartin Eugenio Montes Esteban Bilbao Eguia Raimundo Fernandez Cuesta Julio Munoz Aguilar Juan Beigbeder Atienza Mercedes Sanz Bachiller Fidel Davila Arrondo Joaquin Baleztena Jesus Suevos Maria Rosa Urraca Pastor Jose de Yanguas Mesia Jose Luna Melendez Jose Maria Valiente Soriano Agustin Aznar Gerner Dionisio Ridruejo Ramon Serrano Suner Alfonso Garcia Valdecasas Pedro Sainz Rodriguez Manuel Fal Conde Ernesto Jimenez Caballero Jose Antonio Gimenez Arnau Francisco Gomez Jordana Jose Maria Oriol Urquijo Javier Martinez de Bedoya Jose Mazon Pedro Gonzalez Bueno Juan Yague Blanco Tomas Dolz de Espejo Joaquin Miranda Eugenio Vegas Latapie Fermin Izurdiaga Lorca Jose Monasterio Ituarte Ladislao Lopez Bassa Leopoldo Panizo Piquero Dario Gazapo Valdes Augusto Barrado Pedro Gamero del Castillo Eduardo Aunos Perez Fernando Gonzalez Velez Jose Antonio Giron Antonio Urbina Melgarejo Manuel Halcon Luis Arellano Dihinx Sancho Davila Romualdo de Toledo y Robles Jose Rivas Seva 11 Manuel Fal Conde rechazo por carta la designacion y no asistio al consejo celebrado el 2 de diciembre en el Monasterio de las Huelgas 12 Referencias Editar Gimenez Martinez 2015 pp 271 272 a b Gimenez Martinez 2015 p 275 Luis Suarez Fernandez Franco Ariel 2005 ISBN 84 344 6781 X pagina 96 Gimenez Martinez 2015 pp 288 Bardavio y Sinova 2000 p 177 Luis Suarez Fernandez op cit pagina 95 Gonzalez Bueno y Bocos Pedro 2006 En una Espana cambiante Vivencias y recuerdos de un ministro de Franco Altera Barcelona Espana ISBN 84 89779 89 9 Articulo quinto del Decreto 3170 1968 Articulo veintiuno de la Ley Organica del Estado Articulo veintidos de la Ley Organica del Estado Decreto num 385 Nombrando los miembros del Consejo Nacional de Falange Espanola Tradicionalista y de la J O N S Boletin Oficial del Estado num 366 de 21 de octubre de 1937 Burgos 3946 3947 a b Canal 2006 pp 343 344 Jose Maria Garcia Escudero Historia General de Espana y America ISBN 84 321 2359 5 tomo XIX 2 pagina 58 Bibliografia Editar Bardavio Joaquin Sinova Justino 2000 Todo Franco Franquismo y antifranquismo de la A a la Z Barcelona Plaza amp Janes Canal Jordi 2006 Banderas blancas boinas rojas una historia politica del carlismo 1876 1939 Madrid Marcial Pons Historia ISBN 84 96467 34 1 Gimenez Martinez Miguel Angel 2015 El Consejo Nacional del Movimiento la camara de las ideas del franquismo Investigaciones historicas Valladolid Universidad de Valladolid 35 271 298 ISSN 0210 9425 Datos Q3816727Obtenido de https es wikipedia org w index php title Consejo Nacional del Movimiento amp oldid 125974902, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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