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Cortes (Antiguo Régimen)

Cortes era la denominación que recibieron los parlamentos de los reinos cristianos peninsulares medievales y del Antiguo Régimen. En ellas participaban representantes de los diferentes estamentos, llamados a tal efecto «brazos del reino»: el clero, la nobleza y el común o pueblo llano. En este último, en realidad no se pretendía representar a los campesinos o a la gente humilde, sino a la oligarquía urbana de ciertas ciudades a las que se concedía «voto en Cortes». Así pues, suponían la explicitación y renovación periódica de la relación política entre rey y reino.[1]

Nobles y clérigos acudiendo a un Concilio de Toledo, ilustración del Codex Vigilanus (976). Esa institución, que desde la conversión de Recaredo se convirtió en la más importante del reino visigodo, fue un claro precedente de las Cortes bajomedievales en los reinos hispanocristianos.
Dignatarios laicos y eclesiásticos reunidos ante un rey de Castilla, en una ilustración del manuscrito de la Estoria de España, finales del siglo XIII.
Fernando II de Aragón "el católico" presidiendo una sesión de Cortes. Ilustración de una edición de 1495 de las Constituciones catalanas.
Bras real per les ciutats e viles reals del regne de Valencia ("brazo real por las ciudades y villas reales del reino de Valencia" -los procuradores que representan al común, estado llano o tercer estado: representantes de las ciudades-). Faltan los procuradores de algunas ciudades, que se representan en otros lugares de la misma sala (entre ellos, los cuatro de la insigne ciutat de Valencia).

Existieron desde finales del siglo XII hasta los últimos años del siglo XVIII. Su origen se encuentra en la Curia Regia, organismo de tipo consultivo integrado por los nobles, altos dignatarios eclesiásticos y oficiales de la casa del rey. Su composición y funciones eran distintas en cada reino o territorio, aunque en general se entendían como instituciones de naturaleza equivalente; equiparables también, con diferencias más o menos significativas, a las de otros reinos europeos, como los Estados Generales en el reino de Francia o el Parlamento de Inglaterra.

Desarrollo editar

Fueron convocadas muy frecuentemente en la Baja Edad Media y hasta mediados del siglo XVII, cuando sus funciones eran casi exclusivamente fiscales en la Corona de Castilla, y de mucho mayor nivel competencial en los reinos de la Corona de Aragón y el de Navarra, donde el menor poder real determinó un mayor poder de las Cortes, sustentado en toda una teorización de la relación pactista entre ambas instituciones.

La unificación de los reinos de la Monarquía Hispánica (que entre 1580 y 1640 incluyó al reino de Portugal) no significó la homogeneización institucional, y las Cortes de cada reino mantuvieron su existencia por separado, quedando las Cortes de Castilla como principal soporte fiscal de la Monarquía en todo el periodo de los Habsburgo (siglos XVI y XVII).

Las Cortes de León, iniciadas en 1188 a instancia de Alfonso IX de León y las Cortes de Castilla, a instancias de Alfonso VIII de Castilla, se convocaron conjuntamente desde el siglo XIII, con la definitiva unión dinástica.

Las Cortes de Aragón, Cortes Catalanas y Cortes Valencianas se mantuvieron separadas a pesar de su pertenencia común a la Corona de Aragón, y cuando se convocaban conjuntamente (muy a menudo en la localidad de Monzón) se realizaban protestas protocolarias. Con los Decretos de Nueva Planta de comienzos del siglo XVIII quedaron suprimidas y se incorporaron a las de Castilla.

Las Cortes de Navarra se mantuvieron separadas a pesar de la incorporación de Navarra a la Corona de Castilla (1512). Se convocaron independientemente durante todo el Antiguo Régimen (no se vieron afectadas por los Decretos de Nueva Planta borbónicos), y las últimas se celebraron en 1828-1829.

Las Cortes Portuguesas (iniciadas en 1254), se convocaron por última vez en 1697-1698. Durante el siglo XVIII no se convocaron nunca. En 1820 se convocaron las Cortes Generales y Extraordinarias de la Nación Portuguesa, ya con criterios contemporáneos.

A pesar de tener algún uso bibliográfico la expresión "Cortes mallorquinas",[2]​ no existió una institución equivalente a las Cortes en el reino de Mallorca, cumpliendo un papel hasta cierto punto similar el Gran e General Consell. Cuando se celebraban conjuntamente las reuniones de las Cortes de la Corona de Aragón acudían representantes mallorquines.

La denominación "Cortes" se mantuvo para denominar a las instituciones parlamentarias, unicamerales o bicamerales, de la Edad Contemporánea en España, y en Portugal hasta la caída de la monarquía en 1910

Funcionamiento editar

 
Coloreados, los territorios representados por las ciudades con voto en las Cortes de Castilla que se destacan en negrita. Se colorea también el territorio de las "provincias vascongadas" o "exentas", pertenecientes a esa Corona pero de régimen foral propio, que no enviaban procuradores a Cortes (tampoco el reino de Navarra, que conservaba sus propias Cortes). Las Cortes de la Corona de Aragón estaban diferenciadas por reinos (las propias del reino de Aragón, las Cortes Valencianas (Antiguo Régimen) y las Cortes Catalanas), aunque se convocaran y reunieran conjuntamente. Las Cortes Portuguesas también se convocaron según sus propia legislación durante el periodo en que el reino de Portugal perteneció a la Monarquía Hispánica.
 
Ilustración del Vidal Mayor, primera compilación del Fuero de Aragón.

Se transformaron en Cortes cuando los reyes se vieron obligados a conceder fueros y libertades a diferentes poblaciones, y más tarde a admitir en las reuniones de la Curia representantes de las villas y ciudades, llamados procuradores. Las Cortes representaban a cada reino ante el rey, y dado que los monarcas tenían necesidades financieras y los burgueses interés en regular los tributos, su principal cometido era la aprobación de tributos, además de la presentación de peticiones y agravios. Las Cortes más antiguas fueron las del Reino de León, reunidas por primera vez en 1188.

A las Cortes asistían todos los estamentos: en Castilla nobles, eclesiásticos de alto rango y pueblo, separándose en Aragón la alta nobleza de los caballeros. Los campesinos no tenían representación, y en la práctica los burgueses pobres tampoco, al ser los procuradores miembros de las familias más poderosas de cada ciudad. El rey era quien convocaba las reuniones y quien proponía los asuntos a estudiar, que los estamentos deliberaban por separado; los procuradores debían votar obedeciendo las instrucciones del municipio al que representaban. Las resoluciones se recogían en los Cuadernos de Cortes.

En La Edad Moderna, a las Cortes de Castilla asistían los representantes de las ciudades que habían obtenido ese privilegio del rey, en total, 17 u 18, según las épocas.

Con los Austrias se reafirmó el poder de los reyes, debilitándose el valimiento y la autoridad de las Cortes.

Las últimas Cortes del Antiguo Régimen editar

 
Las Cortes Generales del Reino, reunidas en 1789 en la iglesia del monasterio de San Jerónimo el Real (Madrid), juran su reconocimiento al príncipe de Asturias, futuro Fernando VII. Cuadro de Luis Paret y Alcázar, 1791.

Cuando a principios del siglo XVIII Felipe V promulgó los Decretos de Nueva Planta, las de Castilla no habían sido convocadas desde el reinado de Felipe IV, las de Valencia desde 1645 y la Diputació del General catalana desde 1652. Las Cortes de Aragón se reunieron por última vez en 1684.

Los Decretos de Nueva Planta abolieron los fueros e instituciones de la Corona de Aragón, incluidas sus Cortes; disolvieron la organización territorial en reinos de la Corona de Castilla, anularon los fueros y libertades de sus municipios y convirtieron las Cortes de Castilla en Cortes Generales del Reino.[3]​ Únicamente el reino de Navarra mantuvo sus fueros e instituciones, incluidas las Cortes; incluso durante los periodos absolutistas de Fernando VII, reuniéndose por última vez en 1829.

En las Cortes Generales se mantuvo la misma representación de ciudades castellanas que había anteriormente; sólo se concedió el voto a las ciudades aragonesas que se consideró que habían apoyado al bando borbónico durante la guerra de Sucesión: Zaragoza, Tarazona, Calatayud, Borja y Fraga; entre las del reino de Valencia sólo tenían voto la capital y Peñíscola; y entre las catalanas se eligió a Barcelona, Tarragona, Lérida, Gerona, Tortosa y Cervera. En 1773, Teruel obtuvo representación, así que acudió a las últimas Cortes, convocadas en 1789 para jurar a Fernando VII como príncipe de Asturias y derogar la Ley sálica.

Las Cortes no volvieron a reunirse hasta el 25 de septiembre de 1808, cuando, tras el levantamiento contra la invasión francesa, se creó la Junta Suprema Central. Las denominadas Cortes de Cádiz no fueron un parlamento estamental propio del Antiguo Régimen. A partir de la naturaleza revolucionaria de su convocatoria (no habían sido convocadas por el rey, sino por las instituciones emanadas de la sublevación, surgidas local y espontáneamente y legitimadas por la participación popular) quedó cada vez más claro que respondían al nuevo criterio de la soberanía nacional, plasmado en la Constitución de 1812.

En 1833 Fernando VII, de nuevo rey absoluto, convocó las últimas Cortes propias del Antiguo Régimen, con el propósito de jurar como princesa de Asturias a la futura Isabel II. Al año siguiente, ya muerto el rey, la reina regente promulgó un Estatuto Real para la convocación de las Cortes generales del Reino, un texto cuasi-constitucional (del tipo carta otorgada) bajo cuyas condiciones se inició la vida parlamentaria del periodo isabelino.

Véase también editar

Referencias editar

  1. , en Artehistoria
  2. Uso bibliográfico en Google books
  3. Vicente Palacio Atard, La Alimentación de Madrid en el siglo XVIII y otros estudios madrileños, p. 250.

Bibliografía editar

  • Ana Arranz Guzmán. . En la España medieval (nº 2): pp. 49-58. ISSN 0214-3038. Archivado desde el original el 1 de abril de 2010. Consultado el 26 de mayo de 2009. 
  • Navarra.es. . España en la Edad Media- tema II. Archivado desde el original el 15 de abril de 2009. Consultado el 26 de mayo de 2009. 
  • Navarra.es. . España en la Edad Media- tema III. Archivado desde el original el 25 de marzo de 2009. Consultado el 26 de mayo de 2009. 
  • Máximo Diago Hernando (2004). «La representación ciudadana en las asambleas estamentales castellanas: Cortes y Santa Junta Comunera. Análisis comparativo del perfil sociopolítico de los procuradores». Anuario de estudios medievales. vol. 34 (nº 2): pp. 599-665. ISSN 0066-5061. 
  • Luis García de Valdeavellano (1998). Curso de historia de las instituciones españolas. Ed. Alianza Editorial. pp. 463 y ss. ISBN 842068175X. 
  • Real Academia de la Historia, Colección de córtes de los antiguos reinos de España. Catálogo, 1833.
  • Luis González Antón, Las Cortes en la España Del Antiguo Régimen, Siglo XXI, 1989, ISBN 843230672X
  •   Datos: Q82444

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Cortes era la denominacion que recibieron los parlamentos de los reinos cristianos peninsulares medievales y del Antiguo Regimen En ellas participaban representantes de los diferentes estamentos llamados a tal efecto brazos del reino el clero la nobleza y el comun o pueblo llano En este ultimo en realidad no se pretendia representar a los campesinos o a la gente humilde sino a la oligarquia urbana de ciertas ciudades a las que se concedia voto en Cortes Asi pues suponian la explicitacion y renovacion periodica de la relacion politica entre rey y reino 1 Nobles y clerigos acudiendo a un Concilio de Toledo ilustracion del Codex Vigilanus 976 Esa institucion que desde la conversion de Recaredo se convirtio en la mas importante del reino visigodo fue un claro precedente de las Cortes bajomedievales en los reinos hispanocristianos Dignatarios laicos y eclesiasticos reunidos ante un rey de Castilla en una ilustracion del manuscrito de la Estoria de Espana finales del siglo XIII Fernando II de Aragon el catolico presidiendo una sesion de Cortes Ilustracion de una edicion de 1495 de las Constituciones catalanas Bras real per les ciutats e viles reals del regne de Valencia brazo real por las ciudades y villas reales del reino de Valencia los procuradores que representan al comun estado llano o tercer estado representantes de las ciudades Faltan los procuradores de algunas ciudades que se representan en otros lugares de la misma sala entre ellos los cuatro de la insigne ciutat de Valencia Existieron desde finales del siglo XII hasta los ultimos anos del siglo XVIII Su origen se encuentra en la Curia Regia organismo de tipo consultivo integrado por los nobles altos dignatarios eclesiasticos y oficiales de la casa del rey Su composicion y funciones eran distintas en cada reino o territorio aunque en general se entendian como instituciones de naturaleza equivalente equiparables tambien con diferencias mas o menos significativas a las de otros reinos europeos como los Estados Generales en el reino de Francia o el Parlamento de Inglaterra Indice 1 Desarrollo 2 Funcionamiento 3 Las ultimas Cortes del Antiguo Regimen 4 Vease tambien 5 Referencias 6 BibliografiaDesarrollo editarFueron convocadas muy frecuentemente en la Baja Edad Media y hasta mediados del siglo XVII cuando sus funciones eran casi exclusivamente fiscales en la Corona de Castilla y de mucho mayor nivel competencial en los reinos de la Corona de Aragon y el de Navarra donde el menor poder real determino un mayor poder de las Cortes sustentado en toda una teorizacion de la relacion pactista entre ambas instituciones La unificacion de los reinos de la Monarquia Hispanica que entre 1580 y 1640 incluyo al reino de Portugal no significo la homogeneizacion institucional y las Cortes de cada reino mantuvieron su existencia por separado quedando las Cortes de Castilla como principal soporte fiscal de la Monarquia en todo el periodo de los Habsburgo siglos XVI y XVII Las Cortes de Leon iniciadas en 1188 a instancia de Alfonso IX de Leon y las Cortes de Castilla a instancias de Alfonso VIII de Castilla se convocaron conjuntamente desde el siglo XIII con la definitiva union dinastica Las Cortes de Aragon Cortes Catalanas y Cortes Valencianas se mantuvieron separadas a pesar de su pertenencia comun a la Corona de Aragon y cuando se convocaban conjuntamente muy a menudo en la localidad de Monzon se realizaban protestas protocolarias Con los Decretos de Nueva Planta de comienzos del siglo XVIII quedaron suprimidas y se incorporaron a las de Castilla Las Cortes de Navarra se mantuvieron separadas a pesar de la incorporacion de Navarra a la Corona de Castilla 1512 Se convocaron independientemente durante todo el Antiguo Regimen no se vieron afectadas por los Decretos de Nueva Planta borbonicos y las ultimas se celebraron en 1828 1829 Las Cortes Portuguesas iniciadas en 1254 se convocaron por ultima vez en 1697 1698 Durante el siglo XVIII no se convocaron nunca En 1820 se convocaron las Cortes Generales y Extraordinarias de la Nacion Portuguesa ya con criterios contemporaneos A pesar de tener algun uso bibliografico la expresion Cortes mallorquinas 2 no existio una institucion equivalente a las Cortes en el reino de Mallorca cumpliendo un papel hasta cierto punto similar el Gran e General Consell Cuando se celebraban conjuntamente las reuniones de las Cortes de la Corona de Aragon acudian representantes mallorquines La denominacion Cortes se mantuvo para denominar a las instituciones parlamentarias unicamerales o bicamerales de la Edad Contemporanea en Espana y en Portugal hasta la caida de la monarquia en 1910 nbsp Bras eclesiastich brazo eclesiastico los procuradores que representan al clero obispos abades y maestres de las ordenes militares nbsp Estrenv o bras militar o brazo militar los procuradores que representan a la nobleza Funcionamiento editar nbsp Coloreados los territorios representados por las ciudades con voto en las Cortes de Castilla que se destacan en negrita Se colorea tambien el territorio de las provincias vascongadas o exentas pertenecientes a esa Corona pero de regimen foral propio que no enviaban procuradores a Cortes tampoco el reino de Navarra que conservaba sus propias Cortes Las Cortes de la Corona de Aragon estaban diferenciadas por reinos las propias del reino de Aragon las Cortes Valencianas Antiguo Regimen y las Cortes Catalanas aunque se convocaran y reunieran conjuntamente Las Cortes Portuguesas tambien se convocaron segun sus propia legislacion durante el periodo en que el reino de Portugal pertenecio a la Monarquia Hispanica nbsp Ilustracion del Vidal Mayor primera compilacion del Fuero de Aragon Se transformaron en Cortes cuando los reyes se vieron obligados a conceder fueros y libertades a diferentes poblaciones y mas tarde a admitir en las reuniones de la Curia representantes de las villas y ciudades llamados procuradores Las Cortes representaban a cada reino ante el rey y dado que los monarcas tenian necesidades financieras y los burgueses interes en regular los tributos su principal cometido era la aprobacion de tributos ademas de la presentacion de peticiones y agravios Las Cortes mas antiguas fueron las del Reino de Leon reunidas por primera vez en 1188 A las Cortes asistian todos los estamentos en Castilla nobles eclesiasticos de alto rango y pueblo separandose en Aragon la alta nobleza de los caballeros Los campesinos no tenian representacion y en la practica los burgueses pobres tampoco al ser los procuradores miembros de las familias mas poderosas de cada ciudad El rey era quien convocaba las reuniones y quien proponia los asuntos a estudiar que los estamentos deliberaban por separado los procuradores debian votar obedeciendo las instrucciones del municipio al que representaban Las resoluciones se recogian en los Cuadernos de Cortes En La Edad Moderna a las Cortes de Castilla asistian los representantes de las ciudades que habian obtenido ese privilegio del rey en total 17 u 18 segun las epocas Con los Austrias se reafirmo el poder de los reyes debilitandose el valimiento y la autoridad de las Cortes Las ultimas Cortes del Antiguo Regimen editar nbsp Las Cortes Generales del Reino reunidas en 1789 en la iglesia del monasterio de San Jeronimo el Real Madrid juran su reconocimiento al principe de Asturias futuro Fernando VII Cuadro de Luis Paret y Alcazar 1791 Cuando a principios del siglo XVIII Felipe V promulgo los Decretos de Nueva Planta las de Castilla no habian sido convocadas desde el reinado de Felipe IV las de Valencia desde 1645 y la Diputacio del General catalana desde 1652 Las Cortes de Aragon se reunieron por ultima vez en 1684 Los Decretos de Nueva Planta abolieron los fueros e instituciones de la Corona de Aragon incluidas sus Cortes disolvieron la organizacion territorial en reinos de la Corona de Castilla anularon los fueros y libertades de sus municipios y convirtieron las Cortes de Castilla en Cortes Generales del Reino 3 Unicamente el reino de Navarra mantuvo sus fueros e instituciones incluidas las Cortes incluso durante los periodos absolutistas de Fernando VII reuniendose por ultima vez en 1829 En las Cortes Generales se mantuvo la misma representacion de ciudades castellanas que habia anteriormente solo se concedio el voto a las ciudades aragonesas que se considero que habian apoyado al bando borbonico durante la guerra de Sucesion Zaragoza Tarazona Calatayud Borja y Fraga entre las del reino de Valencia solo tenian voto la capital y Peniscola y entre las catalanas se eligio a Barcelona Tarragona Lerida Gerona Tortosa y Cervera En 1773 Teruel obtuvo representacion asi que acudio a las ultimas Cortes convocadas en 1789 para jurar a Fernando VII como principe de Asturias y derogar la Ley salica Las Cortes no volvieron a reunirse hasta el 25 de septiembre de 1808 cuando tras el levantamiento contra la invasion francesa se creo la Junta Suprema Central Las denominadas Cortes de Cadiz no fueron un parlamento estamental propio del Antiguo Regimen A partir de la naturaleza revolucionaria de su convocatoria no habian sido convocadas por el rey sino por las instituciones emanadas de la sublevacion surgidas local y espontaneamente y legitimadas por la participacion popular quedo cada vez mas claro que respondian al nuevo criterio de la soberania nacional plasmado en la Constitucion de 1812 En 1833 Fernando VII de nuevo rey absoluto convoco las ultimas Cortes propias del Antiguo Regimen con el proposito de jurar como princesa de Asturias a la futura Isabel II Al ano siguiente ya muerto el rey la reina regente promulgo un Estatuto Real para la convocacion de las Cortes generales del Reino un texto cuasi constitucional del tipo carta otorgada bajo cuyas condiciones se inicio la vida parlamentaria del periodo isabelino Vease tambien editarSalon de Cortes Cortes de Alcala Cortes de Barcelona Cortes de Cuellar Cortes de Madrid Cortes de Toledo Cortes de Tomar Cortes de Toro Cortes de Tortosa Cortes 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procuradores Anuario de estudios medievales vol 34 nº 2 pp 599 665 ISSN 0066 5061 Luis Garcia de Valdeavellano 1998 Curso de historia de las instituciones espanolas Ed Alianza Editorial pp 463 y ss ISBN 842068175X Real Academia de la Historia Coleccion de cortes de los antiguos reinos de Espana Catalogo 1833 Luis Gonzalez Anton Las Cortes en la Espana Del Antiguo Regimen Siglo XXI 1989 ISBN 843230672X nbsp Datos Q82444 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Cortes Antiguo Regimen amp oldid 157806768, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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