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Cortes Generales

Las Cortes Generales son el Parlamento español, constituido y regulado en el Título III de la Constitución.[2]​ Representan al pueblo español, teniendo una configuración bicameral asimétrica. Se componen del Senado, la Cámara Alta de representación territorial, y el Congreso de los Diputados, la Cámara Baja.

Cortes Generales
xiv legislatura

 


Información general
Ámbito España
Creación 30 de junio de 1977
Atribuciones Título III de la Constitución
Tipo Bicameral
Inicio de sesiones 3 de diciembre de 2019
Cámara Alta Senado
Salario 37 518,6 EUR/año
Base, siendo de Madrid y sin contar pagas extra[1]
Cámara Baja Congreso de los Diputados
Salario 41 801,52 EUR/año
Base, siendo de Madrid y sin contar pagas extra[1]
Liderazgo
Presidente del Senado Ander Gil (PSOE)
Presidenta del Congreso de los Diputados Meritxell Batet (PSC)
Composición
Senado
Grupos representados   113   Socialista  96   Popular en el Senado  15   ERC-EH Bildu  10   Vasco en el Senado (EAJ-PNV)  6   Izquierda Confederal  6   Nacionalista JxCAT-CC/PNC  18   Mixto
Congreso de los Diputados
Grupos representados

Gobierno (155)   120   Socialista  35   Unidas Podemos
Apoyo Externo al Gobierno (36)  13   Republicano  12   Plural  6   Vasco (EAJ-PNV)  5   EH Bildu

Oposición (159)  88   Popular  52   VOX  9   Ciudadanos  10   Mixto
Sitio web
www.cortesgenerales.es

En representación del pueblo español, ejercen los aspectos esenciales de la soberanía nacional: poseen la potestad legislativa, aprueban los presupuestos públicos, controlan la acción del Gobierno y desempeñan el resto de funciones que les atribuye la Constitución.

El Congreso de los Diputados y el Senado regulan su funcionamiento cada una por medio de reglamentos.

Poderes

La Constitución española, siguiendo el principio de división de poderes expuesto por Montesquieu, define y regula los tres poderes básicos: legislativo, ejecutivo y judicial. El primero se encomienda a las Cortes Generales, el segundo al Gobierno de la Nación y el tercero a los tribunales de justicia.[3]

Según la configuración derivada de la Constitución, las Cortes Generales son un órgano complejo de naturaleza representativa, deliberante, inviolable y continua.

Poderes y potestades

Las Cortes Generales, en tanto que representantes del pueblo español, poseen una serie de poderes y potestades que les vienen atribuidas por la Constitución y que no podrían residenciarse legítimamente en otra institución debido a su propia naturaleza y a la condición de España como un Estado social y democrático.

Poder legislativo

El poder legislativo consiste en elaborar y votar las leyes. Tradicionalmente, la práctica y el texto de las diversas constituciones han dejado sentado el principio de que «la potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el rey».[3]​ Dicho principio ha tenido una mayor o menor aplicación real en función de la tendencia conservadora o progresista del momento, y en la actualidad aparece completamente superado por tratarse España de un Estado democrático, cuya forma política de gobierno es la monarquía parlamentaria, y en donde el rey carece totalmente de potestades para poder presentar o impedir propuestas legislativas; otorgándole la Constitución la prerrogativa, de índole simbólica, de «sancionar y promulgar las leyes», que efectúa en el plazo de quince días con su consiguiente e inmediata publicación (artículo 91). Así la sanción real es una fórmula certificante de que la ley ha sido aprobada por el órgano legislativo.

Teóricamente, el rey podría negarse a sancionar una ley, pero es algo que no ocurre dado que ello es uno de sus deberes explícitos en la Constitución. Aun así, a pesar de que la sanción real es un acto notarial, el rey también interviene en el proceso legislativo de facto: es mediante su firma por la cual un proyecto de ley se transforma definitivamente en Ley, quedando esta promulgada en el Boletín Oficial del Estado.[4]

La Constitución confiere todo el poder legislativo a las Cortes Generales; este poder comprende las facultades de elaborar y aprobar las leyes y de modificarlas o derogarlas por medio de otras leyes. Las Cámaras de las Cortes Generales ejercen este poder de forma conjunta, tramitando y votando sucesivamente las proposiciones de ley que elabore cualquiera de ellas y tramitando y votando primero el Congreso de los Diputados y luego el Senado los proyectos de ley que remita el Gobierno. En caso de que el Senado presente enmiendas al proyecto de ley, el Congreso de los Diputados aprobará o rechazará todas o solamente algunas por mayoría simple, y si el Senado por mayoría absoluta veta un proyecto o proposición de ley, este es devuelto a la Cámara baja, que lo puede ratificar por mayoría absoluta o puede esperar dos meses y aprobarlo por mayoría simple.

El poder legislativo tiene un único límite: el marco constitucional. En virtud del principio de jerarquía normativa, las leyes no pueden resultar contrarias a la letra o el espíritu de la Constitución, y en tal caso el Tribunal Constitucional podrá declarar su nulidad. No obstante, es importante señalar que las leyes gozan de presunción de constitucionalidad mientras el Tribunal Constitucional no declare lo contrario y que la validez de las leyes, una vez aprobadas por las Cortes Generales y sancionadas por el rey, no puede ser cuestionada ni combatida en los tribunales ordinarios.

La elaboración y aprobación de las leyes tiene lugar en el seno de cada Cámara según lo establecido en su respectivo reglamento, pero dado el tipo de configuración de bicameralismo imperfecto queda claramente establecida la superioridad del Congreso de los Diputados sobre el Senado en el proceso de formación de la voluntad legislativa de las Cortes Generales.

Ambas Cámaras tienen la iniciativa de las leyes, pero el Senado debe remitir al Congreso de los Diputados para su tramitación los proyectos de ley que tome en consideración, por lo que queda como cámara de segunda lectura; puede enmendar o vetar los proyectos de ley aprobados por el Congreso, pero este puede levantar el veto o rechazar las enmiendas por mayoría absoluta, o bien por mayoría simple una vez transcurridos dos meses.

Las leyes aprobadas por las Cortes Generales no son eficaces hasta que reciben la sanción real y la promulgación por orden del rey, que además decreta su inmediata publicación; esta sanción y promulgación requiere, como casi todos los demás actos del rey, de un refrendo, por lo que queda excluido un posible derecho del rey a vetar un proyecto de ley, salvo en la situación teórica en la que se pretendiera la sanción de una ley que, de forma flagrante y conocida, no haya sido ratificada favorablemente por las Cortes Generales. No obstante, este veto podría tener lugar "de facto" si el rey efectivamente se negase a sancionar una ley, pues no tomaría este carácter hasta no obtener sanción real.[nota 1]

Potestades de control de la acción política del Gobierno

Un régimen parlamentario se caracteriza, junto a la división de poderes, por el mantenimiento de una serie de mecanismos que aseguren la comunicación entre el poder legislativo y el poder ejecutivo. Este objeto se cumple mediante la habilitación del legislativo para controlar la acción política del Gobierno, obligándolo a contar con la confianza de las Cortes para seguir desarrollando su actividad. En la Constitución, el Título V recoge las relaciones existentes entre el Gobierno y las Cortes Generales, estableciendo el artículo 108 que el Gobierno responde solidariamente de su gestión política ante el Congreso de los Diputados.[3]

Ambas Cámaras impulsan y controlan la acción del Gobierno mediante preguntas e interpelaciones y dirigen su acción en un determinado sentido mediante resoluciones y proposiciones no de Ley, a las cuales el Gobierno debe sujetarse en virtud del principio de responsabilidad del ejecutivo ante el legislativo (principio parlamentario).

Preguntas, interpelaciones y mociones

La pregunta constituye un elemento relevante de control y de información. Surgió en Inglaterra y consiste en solicitar aclaraciones al Gobierno para saber si un hecho es cierto, si una información ha llegado al ejecutivo, o si es exacta, si el Gobierno ha adoptado o va a adoptar medidas en orden a determinadas cuestiones.

Las interpelaciones constituyen el medio normal, más amplio y enérgico de fiscalización. Las interpelaciones son de origen francés y difieren de las preguntas en cuanto a que la petición de aclaraciones se refiere específicamente a la conducta o intenciones de un ministro o de todo el gabinete y van destinadas a determinar un debate sobre la orientación política seguida. Se diferencia de la pregunta por dos aspectos: la interpelación implica una crítica a la conducta tanto por acción como por omisión del Gobierno o de sus miembros. También difiere en cuanto a su procedimiento, la interpelación puede dar lugar a una moción, que se somete a votación y de ser aprobada, obliga al Gobierno a actuar de acuerdo con el texto aprobado. La pregunta tiene un alcance mucho más limitado.

Comisiones de investigación

 
Boletín Oficial de las Cortes (BOC en pdf).


Las comisiones de investigación o encuesta se configuran como una lógica consecuencia de la actividad fiscalizadora o de control de las Cortes. Su objetivo es recoger la información necesaria sobre cualquier asunto de interés público que pueda servir, para una posterior resolución de las Cortes o para exigir responsabilidades al ministro correspondiente.

La Constitución reconoce a ambas cámaras el derecho de nombrar, conjunta o separadamente, comisiones de investigación sobre cualquier asunto de interés público. Las conclusiones de dichas comisiones no son vinculantes para los tribunales, ni afectan a las resoluciones judiciales, sin perjuicio de que el resultado de la investigación sea comunicado al Ministerio Fiscal para el ejercicio, cuando proceda, de las acciones oportunas. No obstante, sí reconoce la obligatoriedad de comparecer a requerimiento de las Cámaras y permite que la ley prevea sanciones por incumplir dicha obligación.

Cuestión de confianza y censura

El Congreso de los Diputados (y no así el Senado) tiene además específicamente encomendada la función de sostener al Gobierno, expresando el otorgamiento y retirada de la confianza de las Cortes Generales en él, lo que lleva a cabo mediante la votación de investidura del presidente de Gobierno y mediante mociones de censura y cuestiones de confianza. La pérdida de la confianza del Congreso de los Diputados obliga al Gobierno a presentar su dimisión al rey.

Potestad tributaria

En virtud del principio tradicional de que el rey sólo podía imponer tributos con el consentimiento de las Cortes, el constitucionalismo español ha reservado siempre a estas la facultad de imponer gravámenes y cargas sobre la nación. Ninguna autoridad puede exigir el pago de contribución que no haya sido votada y autorizada por las Cortes Generales.

Las Cortes Generales actualmente ejercen esta potestad a través de leyes especiales, en virtud de las cuales se gravan bienes y derechos tan variados como el alcohol, el tabaco, los hidrocarburos, el patrimonio de las personas y sus rentas y beneficios.

Potestad presupuestaria

Como continuación del principio señalado en el apartado anterior, la potestad presupuestaria de las Cortes Generales comprende la facultad de realizar asignaciones de los fondos del erario público y supone la obligación de cualquier otra autoridad o funcionario público de contar con su autorización expresa para realizar gastos con cargo al presupuesto del Estado.

La única excepción a este principio es el privilegio constitucional del rey de recibir una cantidad global de los Presupuestos Generales del Estado, que por tanto no puede estar dividida en partidas y no puede ser fiscalizada o controlada, y la cual el rey tiene el derecho de distribuir como juzgue más oportuno.

Potestades en materia de política internacional

En esta materia, las potestades de las Cortes se contienen en los artículos 93 y 94 de la Constitución, que establecen la autorización mediante ley orgánica de la celebración de tratados por los que se atribuya el ejercicio de competencias derivadas de la Constitución a una organización internacional. También se establece la previa autorización de las Cortes Generales para obligarse por medio de tratados o convenios internacionales en determinados casos. Por último, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 63, apartado 3, de la Constitución, las Cortes en sesión conjunta deben autorizar al Rey para declarar la guerra y hacer la paz.[3]

Otras

Por último tienen atribuida una intervención limitada en relación a la Corona, debiendo reunirse ambas Cámaras en sesión conjunta para recibir, como parlamento de la Nación, el juramento del rey y para proclamarlo, para recibir el juramento del príncipe de Asturias y de los regentes, para designar a los integrantes de la Regencia en caso de que no haya persona alguna de las llamadas a ella por la Constitución, así como para proveer a la sucesión en el Trono en caso de que las líneas llamadas a ello por la Constitución se extingan. Además, de estar facultadas para reconocer la inhabilitación del rey y poder prohibir expresamente la celebración de matrimonio de aquellas personas que tengan derecho a la sucesión en el Trono.

Garantías constitucionales

Garantías de las Cámaras

En garantía del libre ejercicio de sus funciones, la Constitución emplea una fórmula que únicamente encuentra parangón en la persona del rey, al declarar que «las Cortes Generales son inviolables». La inviolabilidad de las Cortes Generales no puede ser allanada ni quebrantada por ninguna autoridad o particular, por lo que son jurídicamente inatacables.

La Constitución garantiza la autonomía plena de ambas Cámaras de las Cortes Generales, al declarar que las mismas «establecen sus propios Reglamentos, aprueban autónomamente sus presupuestos y, de común acuerdo, regulan el Estatuto del Personal de las Cortes Generales».

La garantía de la autonomía de las Cámaras se completa con la proscripción de toda intervención exterior en la vida parlamentaria, al reconocer a las cámaras la potestad exclusiva de elegir a sus respectivos presidentes y los demás miembros de sus Mesas y a dichos presidentes el ejercicio, en nombre de sus correspondientes Cámaras, todos los poderes administrativos y facultades de policía en el interior de sus respectivas sedes.

En cuanto a la libertad de funcionamiento, la Constitución prevé dos períodos ordinarios de sesiones para la reunión de las cámaras: el primero, de septiembre a diciembre; y el segundo, de febrero a junio. También podrán reunirse en sesiones extraordinarias a petición del Gobierno, de la Diputación Permanente o de la mayoría absoluta de los miembros de cualquiera de las Cámaras.

Fuera de las reuniones reglamentariamente previstas en conformidad con la Constitución, las reuniones de parlamentarios no vincularán a las Cámaras y no podrán ejercer sus funciones ni ostentar sus privilegios.

Garantías de senadores y diputados

Para garantizar la libertad individual de acción de los miembros de las Cortes Generales, la Constitución establece que «nadie podrá ser miembro de las dos cámaras simultáneamente, ni acumular el acta de una Asamblea de Comunidad Autónoma con la de Diputado al Congreso», a fin de facilitar la dedicación más completa posible a las tareas parlamentarias por parte de los representantes del pueblo.

La garantía de dicha libertad individual continúa con la prohibición de que los miembros de las Cortes Generales estén ligados por mandato imperativo, es decir, pueden opinar y votar libremente según su propio criterio aun cuando resulte contrario a los deseos de sus respectivos partidos políticos y de los electores.

Por último, dicha garantía se completa con la inviolabilidad constitucional de los senadores y diputados por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones; con la inmunidad procesal que impide su detención salvo caso de flagrante delito y su inculpación o procesamiento sin previa autorización de la Cámara respectiva; con su aforamiento ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo; y con el reconocimiento del derecho a percibir una asignación, que será fijada por la respectiva Cámara.

Composición de las Cámaras

 
Fachada del Palacio del Senado, Madrid.

Senado

El Senado es la cámara de representación territorial, en la que se combina la representación de las comunidades autónomas y de las provincias.

Cada comunidad autónoma designa un senador y otro más por cada millón de habitantes de su respectivo territorio, correspondiendo la designación a la asamblea legislativa o al órgano colegiado superior de la comunidad autónoma, según lo establecido en el respectivo estatuto de autonomía.

En cada provincia se eligen cuatro senadores por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto por los votantes de cada una de ellas, según la ley electoral; en las provincias insulares, cada isla o agrupación de ellas, con Cabildo o Consejo Insular, constituye una circunscripción a efectos de elección de senadores, correspondiendo tres a cada una de las islas capitalinas —Gran Canaria y Tenerife, en Canarias, y Mallorca, en las Islas Baleares— y uno a cada uno de las siguientes islas o agrupaciones: Ibiza-Formentera y Menorca, en las Islas Baleares, y El Hierro, Fuerteventura, La Gomera, La Palma y Lanzarote, en Canarias; las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla eligen cada una de ellas dos senadores.

El Senado es elegido por cuatro años, de manera que el mandato de los senadores termina cuatro años después de su elección o el día de la disolución de la Cámara.

Congreso de los Diputados

El Congreso se compone de un mínimo de 300 y un máximo de 400 diputados —actualmente 350—, elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto, en los términos que establezca la ley. Son electores y elegibles todos los españoles que estén en pleno uso de sus derechos políticos.

A efectos de la elección de diputados, la circunscripción electoral es la provincia. La ley orgánica de Régimen Electoral General distribuye el número total de diputados, asignando una representación mínima inicial de dos diputados a cada circunscripción, uno a Ceuta y uno a Melilla, y distribuyendo los demás en proporción a la población.

La elección se verifica en cada circunscripción atendiendo a criterios de representación proporcional, siguiendo el sistema D'Hondt que permite evitar fraccionamientos inconvenientes para la estabilidad de la Cámara. Este método tiene una contrapartida negativa: perjudica a los partidos minoritarios —en la circunscripción en que lo sean—, crea el concepto de «voto útil», que puede condicionar el voto de los ciudadanos, y favorece el bipartidismo.

El Congreso es elegido por cuatro años, de manera que el mandato de los diputados termina cuatro años después de su elección o el día de la disolución de la Cámara.

Funcionamiento

Régimen

La regulación fundamental del funcionamiento de las Cortes Generales se encuentra en la Constitución y en los reglamentos de cada una de las cámaras.

Tiempo

La legislatura es el tiempo normal de la vida de cada Cámara, cuya duración es de cuatro años, salvo en caso de disolución anticipada.

El período de sesiones es cada una de las etapas de trabajo dentro de cada legislatura. Se señalan que las Cámaras se reunirán anualmente en dos períodos ordinarios de sesiones, uno de septiembre a diciembre y otro de febrero a junio.

Lugar

 
Escudo propuesto para las Cortes Generales en 1999 según un informe de la Academia Matritense de Heráldica y Genealogía que fue solicitado por el presidente del Congreso. No ha llegado a ser adoptado oficialmente.[7]

De acuerdo con la Constitución, que establece Madrid como capital, la sede de las Cortes Generales está en dicha ciudad, tanto para el Congreso como para el Senado. Ambos locales gozan del privilegio de inviolabilidad del artículo 66.3 de la Constitución.

Pleno y comisiones

El funcionamiento de las Cámaras tiene lugar en pleno y en comisiones, con las limitaciones establecidas en la Constitución —por ejemplo, en los casos de leyes orgánicas y tratados internacionales—. El pleno es la reunión de todos los miembros de una Cámara, bajo la presidencia de su respectiva Mesa; las comisiones son cada una de las secciones operativas en que se dividen los diputados o senadores, bajo la dirección de una Mesa propia.

Disolución

  • Por causa de sus relaciones con el Gobierno. El presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, podrá proponer la disolución de las Cortes, que será decretada por el rey.
  • Por exigencias constitucionales:
    • Expiración del plazo de legislatura, de cuatro años, en el cual las Cortes quedarán disueltas y deberá procederse inmediatamente a la convocatoria de elecciones generales.
    • Cuando se propusiera la revisión total de la Constitución o una reforma parcial de las previstas en el artículo 168 de la Constitución, se procederá a la aprobación por mayoría de dos tercios de cada Cámara y a la disolución inmediata de las Cortes.
  • Por otras causas especiales.

Las Cortes Generales ejercen todos sus poderes y potestades a través de la elaboración y aprobación de las Leyes, mediante la proposición de los nombramientos de los titulares de determinados órganos del Estado al rey y de otras formas.

En cuanto a las competencias relacionadas con la Corona, como la autorización para declarar la guerra y hacer la paz o la proclamación del rey ante las Cortes Generales, las Cámaras se reúnen en sesión conjunta bajo la presidencia del presidente del Congreso de los Diputados.

Determinadas decisiones de especial trascendencia pero de carácter no legislativo, como la apreciación de la necesidad de que el Estado armonice disposiciones diversas de las comunidades autónomas sobre una materia determinada, son tomadas por mayoría de cada una de las Cámaras; la Constitución distribuye la iniciativa en estos casos de forma desigual, en favor del Senado en la mayoría de los casos, pero ordena que las discrepancias sean resueltas por una Comisión Mixta compuesta por igual número de senadores y diputados, pero si la propuesta elaborada por ella no conduce al acuerdo de ambas cámaras la decisión final corresponde al Congreso por mayoría absoluta.

Presupuesto

Para el año 2021, las Cortes Generales tienen un presupuesto total de 236,68 millones de euros, repartidos de la siguiente manera:[8]

  • Para los gastos comunes de ambas cámaras: 63,24 millones de euros.
  • Para los gastos del Congreso de los Diputados: 97,11 millones de euros.
  • Para los gastos del Senado: 58,35 millones de euros.
  • Para los gastos de la Junta Electoral Central: 452 780 euros.
  • Para los gastos del Defensor del Pueblo: 17,53 millones de euros.

Véase también

Notas

  1. La Constitución española actual establece la sanción desde una perspectiva meramente nominal, vaciada completamente de contenido real, en el sentido de estar desprovista de cualquier atisbo de veto absoluto o suspensivo; puesto que la constitución establece la obligatoriedad del rey de sancionar y promulgar una ley. Así pues, la mención de la facultad sancionadora real es simplemente un tributo al pasado, un tributo a la historia y a la tradición, sin ningún contenido sustantivo más allá del puramente formal y simbólico.[4][5]​Pero en modo alguno cabe pensar que el rey, en un Estado cuya forma política es la monarquía parlamentaria, como dice el artículo 1.3 de la Constitución, es libre de sancionar o promulgar las leyes según su propio criterio. La expresión del artículo 91 es imperativa («sancionará, promulgará y ordenará su inmediata publicación»), lo que revela que la intervención del rey es preceptiva, con la única finalidad de dar fehaciencia de las leyes aprobadas por las Cámaras. Así, la doctrina ha coincidido en entender que se trata de un tributo historicista de la Constitución del que no cabe pensar que cubra la negativa del rey a sancionar ninguna ley, salvo en alguna hipótesis de laboratorio como, por ejemplo, la de que se pretendiese la sanción de una ley que, de forma palmaria y conocida, no haya sido aprobada por las Cámaras.[6]

Referencias

  1. «Un "diputado raso" cobra 5.245 euros al mes». El Imparcial. 13 de marzo de 2012. Consultado el 4 de noviembre de 2013. 
  2. La Constitución española de 1978. Título III. De las Cortes Generales
  3. Pelegrí Girón, Juan (1987). «Las Cortes generales. Las funciones de las Cortes. El funcionamiento de las Cortes.». En Escuela de Hacienda Pública, ed. Compendio de Derecho constitucional y administrativo. ISBN 84-7196-696-7 |isbn= incorrecto (ayuda). 
  4. «página del congreso de los diputados». 
  5. Fuentes del derecho.
  6. Artículo 91 de la CE.
  7. Fernando García Mercadal. [https://ifc.dpz.es/recursos/publicaciones/22/28/18garciamercadal.pdf El escudo grande de Carlos III. Emblemata. Nº 7 (2001). ISSN 1137-1056. PP.450 y 453.
  8. «PGE 2021». p. 126485 (528 PDF). 
  •   Datos: Q219692
  •   Multimedia: General Courts

Enlaces externos

  • Sitio web de las Cortes Generales
  • Texto de la Constitución

cortes, generales, para, otros, usos, este, término, véase, desambiguación, parlamento, español, constituido, regulado, título, constitución, representan, pueblo, español, teniendo, configuración, bicameral, asimétrica, componen, senado, cámara, alta, represen. Para otros usos de este termino vease Cortes Generales desambiguacion Las Cortes Generales son el Parlamento espanol constituido y regulado en el Titulo III de la Constitucion 2 Representan al pueblo espanol teniendo una configuracion bicameral asimetrica Se componen del Senado la Camara Alta de representacion territorial y el Congreso de los Diputados la Camara Baja Cortes Generalesxiv legislatura SenadoPalacio del SenadoPlaza de la Marina Espanola MadridCongreso de los DiputadosPalacio de las CortesPlaza de las Cortes MadridInformacion generalAmbitoEspanaCreacion30 de junio de 1977AtribucionesTitulo III de la ConstitucionTipoBicameralInicio de sesiones3 de diciembre de 2019Camara AltaSenadoSalario37 518 6 EUR anoBase siendo de Madrid y sin contar pagas extra 1 Camara BajaCongreso de los DiputadosSalario41 801 52 EUR anoBase siendo de Madrid y sin contar pagas extra 1 LiderazgoPresidente del SenadoAnder Gil PSOE Presidenta del Congreso de los DiputadosMeritxell Batet PSC ComposicionSenadoGrupos representados 113 Socialista 96 Popular en el Senado 15 ERC EH Bildu 10 Vasco en el Senado EAJ PNV 6 Izquierda Confederal 6 Nacionalista JxCAT CC PNC 18 MixtoCongreso de los DiputadosGrupos representadosGobierno 155 120 Socialista 35 Unidas Podemos Apoyo Externo al Gobierno 36 13 Republicano 12 Plural 6 Vasco EAJ PNV 5 EH Bildu Oposicion 159 88 Popular 52 VOX 9 Ciudadanos 10 MixtoSitio webwww cortesgenerales es editar datos en Wikidata En representacion del pueblo espanol ejercen los aspectos esenciales de la soberania nacional poseen la potestad legislativa aprueban los presupuestos publicos controlan la accion del Gobierno y desempenan el resto de funciones que les atribuye la Constitucion El Congreso de los Diputados y el Senado regulan su funcionamiento cada una por medio de reglamentos Indice 1 Poderes 2 Poderes y potestades 2 1 Poder legislativo 2 2 Potestades de control de la accion politica del Gobierno 2 2 1 Preguntas interpelaciones y mociones 2 2 2 Comisiones de investigacion 2 2 3 Cuestion de confianza y censura 2 3 Potestad tributaria 2 4 Potestad presupuestaria 2 5 Potestades en materia de politica internacional 2 6 Otras 3 Garantias constitucionales 3 1 Garantias de las Camaras 3 2 Garantias de senadores y diputados 4 Composicion de las Camaras 4 1 Senado 4 2 Congreso de los Diputados 5 Funcionamiento 5 1 Regimen 5 2 Tiempo 5 3 Lugar 5 4 Pleno y comisiones 5 5 Disolucion 6 Presupuesto 7 Vease tambien 8 Notas 9 Referencias 10 Enlaces externosPoderes EditarLa Constitucion espanola siguiendo el principio de division de poderes expuesto por Montesquieu define y regula los tres poderes basicos legislativo ejecutivo y judicial El primero se encomienda a las Cortes Generales el segundo al Gobierno de la Nacion y el tercero a los tribunales de justicia 3 Segun la configuracion derivada de la Constitucion las Cortes Generales son un organo complejo de naturaleza representativa deliberante inviolable y continua Poderes y potestades EditarLas Cortes Generales en tanto que representantes del pueblo espanol poseen una serie de poderes y potestades que les vienen atribuidas por la Constitucion y que no podrian residenciarse legitimamente en otra institucion debido a su propia naturaleza y a la condicion de Espana como un Estado social y democratico Poder legislativo Editar El poder legislativo consiste en elaborar y votar las leyes Tradicionalmente la practica y el texto de las diversas constituciones han dejado sentado el principio de que la potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el rey 3 Dicho principio ha tenido una mayor o menor aplicacion real en funcion de la tendencia conservadora o progresista del momento y en la actualidad aparece completamente superado por tratarse Espana de un Estado democratico cuya forma politica de gobierno es la monarquia parlamentaria y en donde el rey carece totalmente de potestades para poder presentar o impedir propuestas legislativas otorgandole la Constitucion la prerrogativa de indole simbolica de sancionar y promulgar las leyes que efectua en el plazo de quince dias con su consiguiente e inmediata publicacion articulo 91 Asi la sancion real es una formula certificante de que la ley ha sido aprobada por el organo legislativo Teoricamente el rey podria negarse a sancionar una ley pero es algo que no ocurre dado que ello es uno de sus deberes explicitos en la Constitucion Aun asi a pesar de que la sancion real es un acto notarial el rey tambien interviene en el proceso legislativo de facto es mediante su firma por la cual un proyecto de ley se transforma definitivamente en Ley quedando esta promulgada en el Boletin Oficial del Estado 4 La Constitucion confiere todo el poder legislativo a las Cortes Generales este poder comprende las facultades de elaborar y aprobar las leyes y de modificarlas o derogarlas por medio de otras leyes Las Camaras de las Cortes Generales ejercen este poder de forma conjunta tramitando y votando sucesivamente las proposiciones de ley que elabore cualquiera de ellas y tramitando y votando primero el Congreso de los Diputados y luego el Senado los proyectos de ley que remita el Gobierno En caso de que el Senado presente enmiendas al proyecto de ley el Congreso de los Diputados aprobara o rechazara todas o solamente algunas por mayoria simple y si el Senado por mayoria absoluta veta un proyecto o proposicion de ley este es devuelto a la Camara baja que lo puede ratificar por mayoria absoluta o puede esperar dos meses y aprobarlo por mayoria simple El poder legislativo tiene un unico limite el marco constitucional En virtud del principio de jerarquia normativa las leyes no pueden resultar contrarias a la letra o el espiritu de la Constitucion y en tal caso el Tribunal Constitucional podra declarar su nulidad No obstante es importante senalar que las leyes gozan de presuncion de constitucionalidad mientras el Tribunal Constitucional no declare lo contrario y que la validez de las leyes una vez aprobadas por las Cortes Generales y sancionadas por el rey no puede ser cuestionada ni combatida en los tribunales ordinarios La elaboracion y aprobacion de las leyes tiene lugar en el seno de cada Camara segun lo establecido en su respectivo reglamento pero dado el tipo de configuracion de bicameralismo imperfecto queda claramente establecida la superioridad del Congreso de los Diputados sobre el Senado en el proceso de formacion de la voluntad legislativa de las Cortes Generales Ambas Camaras tienen la iniciativa de las leyes pero el Senado debe remitir al Congreso de los Diputados para su tramitacion los proyectos de ley que tome en consideracion por lo que queda como camara de segunda lectura puede enmendar o vetar los proyectos de ley aprobados por el Congreso pero este puede levantar el veto o rechazar las enmiendas por mayoria absoluta o bien por mayoria simple una vez transcurridos dos meses Las leyes aprobadas por las Cortes Generales no son eficaces hasta que reciben la sancion real y la promulgacion por orden del rey que ademas decreta su inmediata publicacion esta sancion y promulgacion requiere como casi todos los demas actos del rey de un refrendo por lo que queda excluido un posible derecho del rey a vetar un proyecto de ley salvo en la situacion teorica en la que se pretendiera la sancion de una ley que de forma flagrante y conocida no haya sido ratificada favorablemente por las Cortes Generales No obstante este veto podria tener lugar de facto si el rey efectivamente se negase a sancionar una ley pues no tomaria este caracter hasta no obtener sancion real nota 1 Potestades de control de la accion politica del Gobierno Editar Un regimen parlamentario se caracteriza junto a la division de poderes por el mantenimiento de una serie de mecanismos que aseguren la comunicacion entre el poder legislativo y el poder ejecutivo Este objeto se cumple mediante la habilitacion del legislativo para controlar la accion politica del Gobierno obligandolo a contar con la confianza de las Cortes para seguir desarrollando su actividad En la Constitucion el Titulo V recoge las relaciones existentes entre el Gobierno y las Cortes Generales estableciendo el articulo 108 que el Gobierno responde solidariamente de su gestion politica ante el Congreso de los Diputados 3 Ambas Camaras impulsan y controlan la accion del Gobierno mediante preguntas e interpelaciones y dirigen su accion en un determinado sentido mediante resoluciones y proposiciones no de Ley a las cuales el Gobierno debe sujetarse en virtud del principio de responsabilidad del ejecutivo ante el legislativo principio parlamentario Preguntas interpelaciones y mociones Editar La pregunta constituye un elemento relevante de control y de informacion Surgio en Inglaterra y consiste en solicitar aclaraciones al Gobierno para saber si un hecho es cierto si una informacion ha llegado al ejecutivo o si es exacta si el Gobierno ha adoptado o va a adoptar medidas en orden a determinadas cuestiones Las interpelaciones constituyen el medio normal mas amplio y energico de fiscalizacion Las interpelaciones son de origen frances y difieren de las preguntas en cuanto a que la peticion de aclaraciones se refiere especificamente a la conducta o intenciones de un ministro o de todo el gabinete y van destinadas a determinar un debate sobre la orientacion politica seguida Se diferencia de la pregunta por dos aspectos la interpelacion implica una critica a la conducta tanto por accion como por omision del Gobierno o de sus miembros Tambien difiere en cuanto a su procedimiento la interpelacion puede dar lugar a una mocion que se somete a votacion y de ser aprobada obliga al Gobierno a actuar de acuerdo con el texto aprobado La pregunta tiene un alcance mucho mas limitado Comisiones de investigacion Editar Boletin Oficial de las Cortes BOC en pdf Las comisiones de investigacion o encuesta se configuran como una logica consecuencia de la actividad fiscalizadora o de control de las Cortes Su objetivo es recoger la informacion necesaria sobre cualquier asunto de interes publico que pueda servir para una posterior resolucion de las Cortes o para exigir responsabilidades al ministro correspondiente La Constitucion reconoce a ambas camaras el derecho de nombrar conjunta o separadamente comisiones de investigacion sobre cualquier asunto de interes publico Las conclusiones de dichas comisiones no son vinculantes para los tribunales ni afectan a las resoluciones judiciales sin perjuicio de que el resultado de la investigacion sea comunicado al Ministerio Fiscal para el ejercicio cuando proceda de las acciones oportunas No obstante si reconoce la obligatoriedad de comparecer a requerimiento de las Camaras y permite que la ley prevea sanciones por incumplir dicha obligacion Cuestion de confianza y censura Editar Articulos principales Cuestion de confianzay Mocion de censura El Congreso de los Diputados y no asi el Senado tiene ademas especificamente encomendada la funcion de sostener al Gobierno expresando el otorgamiento y retirada de la confianza de las Cortes Generales en el lo que lleva a cabo mediante la votacion de investidura del presidente de Gobierno y mediante mociones de censura y cuestiones de confianza La perdida de la confianza del Congreso de los Diputados obliga al Gobierno a presentar su dimision al rey Potestad tributaria Editar En virtud del principio tradicional de que el rey solo podia imponer tributos con el consentimiento de las Cortes el constitucionalismo espanol ha reservado siempre a estas la facultad de imponer gravamenes y cargas sobre la nacion Ninguna autoridad puede exigir el pago de contribucion que no haya sido votada y autorizada por las Cortes Generales Las Cortes Generales actualmente ejercen esta potestad a traves de leyes especiales en virtud de las cuales se gravan bienes y derechos tan variados como el alcohol el tabaco los hidrocarburos el patrimonio de las personas y sus rentas y beneficios Potestad presupuestaria Editar Como continuacion del principio senalado en el apartado anterior la potestad presupuestaria de las Cortes Generales comprende la facultad de realizar asignaciones de los fondos del erario publico y supone la obligacion de cualquier otra autoridad o funcionario publico de contar con su autorizacion expresa para realizar gastos con cargo al presupuesto del Estado La unica excepcion a este principio es el privilegio constitucional del rey de recibir una cantidad global de los Presupuestos Generales del Estado que por tanto no puede estar dividida en partidas y no puede ser fiscalizada o controlada y la cual el rey tiene el derecho de distribuir como juzgue mas oportuno Potestades en materia de politica internacional Editar En esta materia las potestades de las Cortes se contienen en los articulos 93 y 94 de la Constitucion que establecen la autorizacion mediante ley organica de la celebracion de tratados por los que se atribuya el ejercicio de competencias derivadas de la Constitucion a una organizacion internacional Tambien se establece la previa autorizacion de las Cortes Generales para obligarse por medio de tratados o convenios internacionales en determinados casos Por ultimo de conformidad con lo dispuesto en el articulo 63 apartado 3 de la Constitucion las Cortes en sesion conjunta deben autorizar al Rey para declarar la guerra y hacer la paz 3 Otras Editar Por ultimo tienen atribuida una intervencion limitada en relacion a la Corona debiendo reunirse ambas Camaras en sesion conjunta para recibir como parlamento de la Nacion el juramento del rey y para proclamarlo para recibir el juramento del principe de Asturias y de los regentes para designar a los integrantes de la Regencia en caso de que no haya persona alguna de las llamadas a ella por la Constitucion asi como para proveer a la sucesion en el Trono en caso de que las lineas llamadas a ello por la Constitucion se extingan Ademas de estar facultadas para reconocer la inhabilitacion del rey y poder prohibir expresamente la celebracion de matrimonio de aquellas personas que tengan derecho a la sucesion en el Trono Garantias constitucionales EditarGarantias de las Camaras Editar En garantia del libre ejercicio de sus funciones la Constitucion emplea una formula que unicamente encuentra parangon en la persona del rey al declarar que las Cortes Generales son inviolables La inviolabilidad de las Cortes Generales no puede ser allanada ni quebrantada por ninguna autoridad o particular por lo que son juridicamente inatacables La Constitucion garantiza la autonomia plena de ambas Camaras de las Cortes Generales al declarar que las mismas establecen sus propios Reglamentos aprueban autonomamente sus presupuestos y de comun acuerdo regulan el Estatuto del Personal de las Cortes Generales La garantia de la autonomia de las Camaras se completa con la proscripcion de toda intervencion exterior en la vida parlamentaria al reconocer a las camaras la potestad exclusiva de elegir a sus respectivos presidentes y los demas miembros de sus Mesas y a dichos presidentes el ejercicio en nombre de sus correspondientes Camaras todos los poderes administrativos y facultades de policia en el interior de sus respectivas sedes En cuanto a la libertad de funcionamiento la Constitucion preve dos periodos ordinarios de sesiones para la reunion de las camaras el primero de septiembre a diciembre y el segundo de febrero a junio Tambien podran reunirse en sesiones extraordinarias a peticion del Gobierno de la Diputacion Permanente o de la mayoria absoluta de los miembros de cualquiera de las Camaras Fuera de las reuniones reglamentariamente previstas en conformidad con la Constitucion las reuniones de parlamentarios no vincularan a las Camaras y no podran ejercer sus funciones ni ostentar sus privilegios Garantias de senadores y diputados Editar Para garantizar la libertad individual de accion de los miembros de las Cortes Generales la Constitucion establece que nadie podra ser miembro de las dos camaras simultaneamente ni acumular el acta de una Asamblea de Comunidad Autonoma con la de Diputado al Congreso a fin de facilitar la dedicacion mas completa posible a las tareas parlamentarias por parte de los representantes del pueblo La garantia de dicha libertad individual continua con la prohibicion de que los miembros de las Cortes Generales esten ligados por mandato imperativo es decir pueden opinar y votar libremente segun su propio criterio aun cuando resulte contrario a los deseos de sus respectivos partidos politicos y de los electores Por ultimo dicha garantia se completa con la inviolabilidad constitucional de los senadores y diputados por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones con la inmunidad procesal que impide su detencion salvo caso de flagrante delito y su inculpacion o procesamiento sin previa autorizacion de la Camara respectiva con su aforamiento ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo y con el reconocimiento del derecho a percibir una asignacion que sera fijada por la respectiva Camara Composicion de las Camaras Editar Fachada del Palacio del Senado Madrid Senado Editar Articulo principal Senado de Espana El Senado es la camara de representacion territorial en la que se combina la representacion de las comunidades autonomas y de las provincias Cada comunidad autonoma designa un senador y otro mas por cada millon de habitantes de su respectivo territorio correspondiendo la designacion a la asamblea legislativa o al organo colegiado superior de la comunidad autonoma segun lo establecido en el respectivo estatuto de autonomia En cada provincia se eligen cuatro senadores por sufragio universal libre igual directo y secreto por los votantes de cada una de ellas segun la ley electoral en las provincias insulares cada isla o agrupacion de ellas con Cabildo o Consejo Insular constituye una circunscripcion a efectos de eleccion de senadores correspondiendo tres a cada una de las islas capitalinas Gran Canaria y Tenerife en Canarias y Mallorca en las Islas Baleares y uno a cada uno de las siguientes islas o agrupaciones Ibiza Formentera y Menorca en las Islas Baleares y El Hierro Fuerteventura La Gomera La Palma y Lanzarote en Canarias las ciudades autonomas de Ceuta y Melilla eligen cada una de ellas dos senadores El Senado es elegido por cuatro anos de manera que el mandato de los senadores termina cuatro anos despues de su eleccion o el dia de la disolucion de la Camara Congreso de los Diputados Editar Articulo principal Congreso de los Diputados Sede del Congreso de los Diputados Madrid El Congreso se compone de un minimo de 300 y un maximo de 400 diputados actualmente 350 elegidos por sufragio universal libre igual directo y secreto en los terminos que establezca la ley Son electores y elegibles todos los espanoles que esten en pleno uso de sus derechos politicos A efectos de la eleccion de diputados la circunscripcion electoral es la provincia La ley organica de Regimen Electoral General distribuye el numero total de diputados asignando una representacion minima inicial de dos diputados a cada circunscripcion uno a Ceuta y uno a Melilla y distribuyendo los demas en proporcion a la poblacion La eleccion se verifica en cada circunscripcion atendiendo a criterios de representacion proporcional siguiendo el sistema D Hondt que permite evitar fraccionamientos inconvenientes para la estabilidad de la Camara Este metodo tiene una contrapartida negativa perjudica a los partidos minoritarios en la circunscripcion en que lo sean crea el concepto de voto util que puede condicionar el voto de los ciudadanos y favorece el bipartidismo El Congreso es elegido por cuatro anos de manera que el mandato de los diputados termina cuatro anos despues de su eleccion o el dia de la disolucion de la Camara Funcionamiento EditarRegimen Editar La regulacion fundamental del funcionamiento de las Cortes Generales se encuentra en la Constitucion y en los reglamentos de cada una de las camaras Tiempo Editar La legislatura es el tiempo normal de la vida de cada Camara cuya duracion es de cuatro anos salvo en caso de disolucion anticipada El periodo de sesiones es cada una de las etapas de trabajo dentro de cada legislatura Se senalan que las Camaras se reuniran anualmente en dos periodos ordinarios de sesiones uno de septiembre a diciembre y otro de febrero a junio Lugar Editar Escudo propuesto para las Cortes Generales en 1999 segun un informe de la Academia Matritense de Heraldica y Genealogia que fue solicitado por el presidente del Congreso No ha llegado a ser adoptado oficialmente 7 De acuerdo con la Constitucion que establece Madrid como capital la sede de las Cortes Generales esta en dicha ciudad tanto para el Congreso como para el Senado Ambos locales gozan del privilegio de inviolabilidad del articulo 66 3 de la Constitucion Pleno y comisiones Editar Vease tambien Comisiones de las Cortes Generales El funcionamiento de las Camaras tiene lugar en pleno y en comisiones con las limitaciones establecidas en la Constitucion por ejemplo en los casos de leyes organicas y tratados internacionales El pleno es la reunion de todos los miembros de una Camara bajo la presidencia de su respectiva Mesa las comisiones son cada una de las secciones operativas en que se dividen los diputados o senadores bajo la direccion de una Mesa propia Disolucion Editar Por causa de sus relaciones con el Gobierno El presidente del Gobierno previa deliberacion del Consejo de Ministros podra proponer la disolucion de las Cortes que sera decretada por el rey Por exigencias constitucionales Expiracion del plazo de legislatura de cuatro anos en el cual las Cortes quedaran disueltas y debera procederse inmediatamente a la convocatoria de elecciones generales Cuando se propusiera la revision total de la Constitucion o una reforma parcial de las previstas en el articulo 168 de la Constitucion se procedera a la aprobacion por mayoria de dos tercios de cada Camara y a la disolucion inmediata de las Cortes Por otras causas especiales Las Cortes Generales ejercen todos sus poderes y potestades a traves de la elaboracion y aprobacion de las Leyes mediante la proposicion de los nombramientos de los titulares de determinados organos del Estado al rey y de otras formas En cuanto a las competencias relacionadas con la Corona como la autorizacion para declarar la guerra y hacer la paz o la proclamacion del rey ante las Cortes Generales las Camaras se reunen en sesion conjunta bajo la presidencia del presidente del Congreso de los Diputados Determinadas decisiones de especial trascendencia pero de caracter no legislativo como la apreciacion de la necesidad de que el Estado armonice disposiciones diversas de las comunidades autonomas sobre una materia determinada son tomadas por mayoria de cada una de las Camaras la Constitucion distribuye la iniciativa en estos casos de forma desigual en favor del Senado en la mayoria de los casos pero ordena que las discrepancias sean resueltas por una Comision Mixta compuesta por igual numero de senadores y diputados pero si la propuesta elaborada por ella no conduce al acuerdo de ambas camaras la decision final corresponde al Congreso por mayoria absoluta Presupuesto EditarPara el ano 2021 las Cortes Generales tienen un presupuesto total de 236 68 millones de euros repartidos de la siguiente manera 8 Para los gastos comunes de ambas camaras 63 24 millones de euros Para los gastos del Congreso de los Diputados 97 11 millones de euros Para los gastos del Senado 58 35 millones de euros Para los gastos de la Junta Electoral Central 452 780 euros Para los gastos del Defensor del Pueblo 17 53 millones de euros Vease tambien Editar Portal Derecho Contenido relacionado con Derecho Letrado Mayor de las Cortes Generales Congreso de los Diputados Palacio de las Cortes Palacio del Senado Senado de Espana Constitucion espanola de 1978 Parlamentarismo espanol Solemne Apertura de las Cortes Generales del ReinoNotas Editar La Constitucion espanola actual establece la sancion desde una perspectiva meramente nominal vaciada completamente de contenido real en el sentido de estar desprovista de cualquier atisbo de veto absoluto o suspensivo puesto que la constitucion establece la obligatoriedad del rey de sancionar y promulgar una ley Asi pues la mencion de la facultad sancionadora real es simplemente un tributo al pasado un tributo a la historia y a la tradicion sin ningun contenido sustantivo mas alla del puramente formal y simbolico 4 5 Pero en modo alguno cabe pensar que el rey en un Estado cuya forma politica es la monarquia parlamentaria como dice el articulo 1 3 de la Constitucion es libre de sancionar o promulgar las leyes segun su propio criterio La expresion del articulo 91 es imperativa sancionara promulgara y ordenara su inmediata publicacion lo que revela que la intervencion del rey es preceptiva con la unica finalidad de dar fehaciencia de las leyes aprobadas por las Camaras Asi la doctrina ha coincidido en entender que se trata de un tributo historicista de la Constitucion del que no cabe pensar que cubra la negativa del rey a sancionar ninguna ley salvo en alguna hipotesis de laboratorio como por ejemplo la de que se pretendiese la sancion de una ley que de forma palmaria y conocida no haya sido aprobada por las Camaras 6 Referencias Editar a b Un diputado raso cobra 5 245 euros al mes El Imparcial 13 de marzo de 2012 Consultado el 4 de noviembre de 2013 La Constitucion espanola de 1978 Titulo III De las Cortes Generales a b c d Pelegri Giron Juan 1987 Las Cortes generales Las funciones de las Cortes El funcionamiento de las Cortes En Escuela de Hacienda Publica ed Compendio de Derecho constitucional y administrativo ISBN 84 7196 696 7 isbn incorrecto ayuda a b pagina del congreso de los diputados Fuentes del derecho Articulo 91 de la CE Fernando Garcia Mercadal https ifc dpz es recursos publicaciones 22 28 18garciamercadal pdf El escudo grande de Carlos III Emblemata Nº 7 2001 ISSN 1137 1056 PP 450 y 453 PGE 2021 p 126485 528 PDF Datos Q219692 Multimedia General CourtsEnlaces externos EditarSitio web de las Cortes Generales Texto de la ConstitucionObtenido de https es wikipedia org w index php title Cortes Generales amp oldid 136959251, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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