fbpx
Wikipedia

Secretaría de Gobernación (México)

La Secretaría de Gobernación (SEGOB) es una de las veinte secretarías de Estado que conforman el gabinete legal del presidente de México. Es el despacho del poder ejecutivo federal con funciones de ministerio del Interior.

Secretaría de Gobernación

Logo oficial


Oficinas Centrales en el Palacio de Cobián
Información general
Ámbito México México
Tipo Secretaría de Estado
Acrónimo SEGOB
Sede Abraham González N°. 48,
Col. Juárez, Cuauhtémoc
Ciudad de México
Coordenadas 19°25′50″N 99°09′11″O / 19.43063889, -99.15294444Coordenadas: 19°25′50″N 99°09′11″O / 19.43063889, -99.15294444
Fundación 1884
Jurisdicción México
Organización
Secretario Adán Augusto López
Entidad superior Presidente de México
Dependencias
Sitio web

Tiene a su cargo coordinar al resto del gabinete y sus componentes para el cumplimiento de los lineamientos establecidos por el Presidente; vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales; entregar las propuestas de ley y el informe de gobierno por escrito al Congreso de la Unión en representación del titular del ejecutivo; divulgar a través del Diario Oficial de la Federación, y otros medios de información, el contenido de las normatividades que emanen de los tres poderes de la unión; atender los asuntos de política interior conduciendo las relaciones del Poder Ejecutivo con las cámaras de Senadores y Diputados, el Poder Judicial, los gobiernos de las entidades federativas, las autoridades municipales, los órganos autónomos, y las agrupaciones políticas y de la sociedad civil; y diseñar, planear, ejecutar y coordinar las políticas públicas del gobierno en materia de protección civil, seguridad nacional, migración, instituciones de culto, juegos y sorteos, contenidos en medios de difusión y entretenimiento, e inclusión social.[1]

Su más directo antecedente fue la Secretaría de Estado y del Despacho de Relaciones Exteriores e Interiores, fundada el 8 de noviembre de 1821. Fue hasta 1867 que adquirió su actual nombre, aunque durante la etapa de transición posrevolucionaria volvió a llamarse Departamento del Interior. Su titular, el Secretario de Gobernación, es el cargo determinado por la constitución vigente para ocupar de manera provisional la Presidencia de la República, en caso de falta temporal o absoluta del titular del poder ejecutivo.[2][3][4]

Historia

 
José Manuel de Herrera, primer titular del antecedente directo, el Ministerio de Interior y Exterior.

Desde que México devino en país independiente en 1821, los primeros gobiernos surgidos establecieron despachos de ministros para el mejor ejercicio del gobierno. El primer modelo de gobierno elegido por los mexicanos fue el de régimen monárquico durante el periodo conocido como Primer Imperio Mexicano. En tal régimen se crearon cuatro dependencias administrativas conocidas como "Secretarías del Estado y del Despacho", dichas secretarías fueron:

  • I) Del Interior y de Relaciones Exteriores
  • II) De Justicia y Negocios Eclesiásticos
  • III) De Hacienda
  • IV) De Guerra y Marina.

La primera de ellas fue la primera entidad administrada del ministerio del interior en el México independiente.[5]​ Dicha Secretaría del interior y de relaciones exteriores tenía como funciones:

«todas las relaciones diplomáticas de las cortes extranjeras; así como de la Dirección de Correos, de las composiciones de caminos, calzadas, puentes y demás [...] y de todo aquello que sea puramente de Estado.»
Reglamento Provisional de la Regencia. 18 de noviembre de 1821.[6]

Con el cambio de modelo político al republicano México conservó la estructura de Secretarías de Estado que en algunas reglamentaciones fueron llamados indistintamente "secretarías" o "ministerios". En 1836 con las Siete Leyes la función de relaciones exteriores se separó de la de gobierno interno quedando está encargada a un Ministro del Interior, pero las funciones volvería a coincidir en una sola entidad administrativa.[7]

Antonio López de Santa Anna retomó el modelo de separación entre funciones internas y externas, creando nuevamente dos secretarías, una para cada función. En 1856 esta figura administrativa cambiaría su nombre por el de Ministerio de Gobernación que luego con Juárez sería la Secretaría de Estado y del Despacho de Gobernación.

Después de la revolución mexicana, con la creación de la Constitución de 1917 y tras ser por un breve periodo el Departamento del Interior de la Secretaría de Estado, el 25 de diciembre de 1917, se crea con dicha denominación la Secretaría de Gobernación, siendo su primer titular Manuel Aguirre Berlanga.[7]

Funciones

Según la ley Orgánica de la Administración Pública Federal en su Artículo 27 le corresponde el despacho de las siguientes funciones:[8]

  • I. Coordinar, por acuerdo del Presidente de la República, a los Secretarios de Estado y demás funcionarios de la Administración Pública Federal para garantizar el cumplimiento de las órdenes y acuerdos del Titular del Ejecutivo Federal. Para tal efecto, convocará por acuerdo del Presidente de la República a las reuniones de gabinete; acordará con los titulares de las Secretarías de Estado, órganos desconcentrados y entidades paraestatales las acciones necesarias para dicho cumplimiento, y requerirá a los mismos los informes correspondientes;
  • II. Presentar ante el Congreso de la Unión las iniciativas de ley o decreto del Ejecutivo; y en su caso, comunicar el señalamiento formal del Presidente de la República del carácter preferente de hasta dos de las iniciativas que se hubieren presentado en periodos anteriores cuando estén pendientes de dictamen;
  • III. Administrar el Diario Oficial de la Federación y publicar las leyes y decretos del Congreso de la Unión, de alguna de las dos Cámaras o la Comisión Permanente, así como los reglamentos que expida el Presidente de la República, en términos de lo dispuesto en la fracción I del artículo 89 constitucional y el inciso B del artículo 72 constitucional, y las resoluciones y disposiciones que por ley deban publicarse en dicho medio de difusión oficial;
  • IV. Compilar y sistematizar las leyes, tratados internacionales, reglamentos, decretos, acuerdos y disposiciones federales, estatales y municipales, así como establecer el banco de datos correspondiente, con objeto de proporcionar información a través de los sistemas electrónicos de datos;
  • V. Intervenir en los nombramientos, aprobaciones, designaciones, destituciones, renuncias y jubilaciones de servidores públicos que no se atribuyan expresamente por la ley a otras dependencias del Ejecutivo;
  • VI. Tramitar lo relativo al ejercicio de las facultades que otorgan al Ejecutivo Federal los artículos 96, 98 y 100 de la Constitución, sobre nombramientos, renuncias y licencias de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia y de los Consejeros de la Judicatura Federal;
  • VII. Llevar el registro de autógrafos de los funcionarios federales y de los Gobernadores de los Estados y legalizar las firmas de los mismos;
  • VIII. Conducir, siempre que no esté conferida esta facultad a otra Secretaría, las relaciones del Poder Ejecutivo con los demás Poderes de la Unión, con los órganos constitucionales autónomos, con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios y con las demás autoridades federales y locales, así como rendir las informaciones oficiales del Ejecutivo Federal. Asimismo, conducir, en el ámbito de su competencia, las relaciones políticas del Poder Ejecutivo con los partidos y agrupaciones políticas nacionales, con las organizaciones sociales, con las asociaciones religiosas y demás instituciones sociales;
  • IX. Conducir las relaciones del Gobierno Federal con el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado;
  • X. Conducir la política interior que competa al Ejecutivo y no se atribuya expresamente a otra dependencia así como fomentar el desarrollo político; contribuir al fortalecimiento de las instituciones democráticas; promover la activa participación ciudadana, salvo en materia electoral; favorecer las condiciones que permitan la construcción de acuerdos políticos y consensos sociales para que, en los términos de la Constitución y de las leyes, se mantengan las condiciones de unidad nacional, cohesión social, fortalecimiento de las instituciones de gobierno y gobernabilidad democrática;
  • X Bis. Diseñar, instrumentar, desarrollar, proponer, fomentar y publicitar programas y herramientas institucionales para la asesoría, capacitación y formación permanente de los integrantes de los ayuntamientos, así como de los funcionarios y empleados municipales en su carácter de depositarios de funciones y servicios públicos, con el fin de contribuir de manera efectiva a la profesionalización de los gobiernos locales y el desarrollo institucional de los municipios mexicanos;
  • XI. Vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país; coordinar en vinculación con las organizaciones de la sociedad civil, trabajos y tareas de promoción y defensa de los derechos humanos y dar seguimiento a la atención de las recomendaciones que emitan los organismos competentes en dicha materia; así como dictar las medidas administrativas necesarias para tal efecto;
  • XII. Formular y ejecutar las políticas, programas y acciones tendientes a garantizar la seguridad pública de la Nación y de sus habitantes; proponer al Ejecutivo Federal la política criminal y las medidas que garanticen la congruencia de ésta entre las dependencias de la Administración Pública Federal; coadyuvar a la prevención del delito; ejercer el mando sobre la fuerza pública para proteger a la población ante todo tipo de amenazas y riesgos, con plena sujeción a los derechos humanos y libertades fundamentales; salvaguardar la integridad y los derechos de las personas; así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos;
  • XIII. Presidir el Consejo Nacional de Seguridad Pública en ausencia del Presidente de la República;
  • XIII bis. Proponer acciones tendientes a asegurar la coordinación entre la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios en el ámbito del Sistema Nacional de Seguridad Pública; proponer al Consejo Nacional de Seguridad Pública las políticas y lineamientos en materia de Carrera Policial, el Programa Rector para la Profesionalización Policial, los criterios para establecer academias e institutos para ello, el desarrollo de programas de coordinación académica y los lineamientos para la aplicación de los procedimientos en materia del régimen disciplinario policial; participar, de acuerdo con la ley de la materia, de planes y programas de Profesionalización para las Instituciones Policiales; y coordinar las acciones para la vigilancia y protección de las Instalaciones Estratégicas, en términos de ley;
  • XIV. Presidir la Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Pública, nombrar y remover a su Secretario Técnico y designar tanto a quien presidirá, como a quien fungirá como Secretario Técnico de la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario, en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública;
  • XV. Organizar, dirigir y supervisar bajo su adscripción a la Policía Federal, garantizar el desempeño honesto de su personal y aplicar su régimen disciplinario, con el objeto de salvaguardar la integridad y el patrimonio de las personas y prevenir la comisión de delitos del orden federal;
  • XVI. Proponer al Presidente de la República el nombramiento del Comisionado Nacional de Seguridad y del Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en los términos que establece el párrafo final de este artículo;
  • XVII. Proponer en el seno del Consejo Nacional de Seguridad Pública, políticas, acciones y estrategias de coordinación en materia de prevención del delito y política criminal para todo el territorio nacional; y efectuar, en coordinación con la Procuraduría General de la República, estudios sobre los actos delictivos no denunciados e incorporar esta variable en el diseño de las políticas en materia de prevención del delito;
  • XVIII. Auxiliar a las autoridades federales, estatales, municipales y del Distrito Federal competentes, que soliciten apoyo en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en la protección de la integridad física de las personas y la preservación de sus bienes; reforzar, cuando así lo soliciten, la tarea policial y de seguridad de los municipios y localidades rurales y urbanas que lo requieran, intervenir ante situaciones de peligro cuando se vean amenazados por aquellas que impliquen violencia o riesgo inminente; promover la celebración de convenios entre las autoridades federales, y de éstas, con las estatales, municipales y del Distrito Federal competentes, en aras de lograr la efectiva coordinación y funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el combate a la delincuencia; así como establecer acuerdos de colaboración con instituciones similares, en los términos de los tratados internacionales, conforme a la legislación;
  • XIX. Auxiliar al Poder Judicial de la Federación y a la Procuraduría General de la República, cuando así lo requieran, para el debido ejercicio de sus funciones, así como a otras dependencias, órganos de gobierno, entidades federativas y municipios; y cuando así lo requiera, a la Procuraduría General de la República en la investigación y persecución de los delitos, en cuyo caso los cuerpos de policía que actúen en su auxilio estarán bajo el mando y conducción del Ministerio Público; y disponer de la fuerza pública en términos de las disposiciones legales aplicables;
  • XX. Proponer al Consejo Nacional de Seguridad Pública el desarrollo de políticas orientadas a prevenir el delito y reconstituir el tejido social de las comunidades afectadas por fenómenos de delincuencia recurrente o generalizada, y aplicarlas en coordinación con las autoridades competentes federales, estatales y municipales; fomentar la participación ciudadana en la formulación de planes y programas de prevención en materia de delitos federales y, por conducto del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en los delitos del fuero común; promover y facilitar la participación social para el desarrollo de actividades de vigilancia sobre el ejercicio de sus atribuciones en materia de seguridad pública; y atender de manera expedita las denuncias y quejas ciudadanas con relación al ejercicio de estas atribuciones;
  • XXI. Participar en la atención integral a víctimas y coadyuvar en la celebración de acuerdos de colaboración con otras instituciones del sector público y privado para el mejor cumplimiento de esta atribución;
  • XXII. Diseñar, actualizar y publicar una página electrónica específica en la cual se registren los datos generales de las mujeres y niñas que sean reportadas como desaparecidas en todo el país. La información deberá ser pública y permitir que la población en general pueda aportar información sobre el paradero de las mujeres y niñas desaparecidas. Esta página deberá actualizarse de forma permanente;
  • XXIII. Ejecutar las penas por delitos del orden federal y administrar el sistema penitenciario federal y de justicia para adolescentes, en términos de la política especial correspondiente y con estricto apego a los derechos humanos; así como organizar y dirigir las actividades de apoyo a liberados;
  • XXIV. Participar, conforme a los tratados respectivos, en el traslado de los reos a que se refiere el párrafo séptimo del artículo 18 constitucional;
  • XXV. Impulsar a través de su titular, en calidad de Secretario Ejecutivo del Consejo de Seguridad Nacional, la efectiva coordinación de éste, así como la celebración de convenios y bases de colaboración que dicho Consejo acuerde;
  • XXVI. Establecer y operar un sistema de investigación e información, que contribuya a preservar la integridad, estabilidad y permanencia del Estado mexicano así como contribuir en lo que corresponda al Ejecutivo de la Unión, a dar sustento a la unidad nacional, a preservar la cohesión social y a fortalecer las instituciones de gobierno;
  • XXVII. Coordinar, operar e impulsar la mejora continua del sistema de información, reportes y registro de datos en materia criminal; desarrollar las políticas, normas y sistemas para el debido suministro permanente e intercambio de información en materia de seguridad pública entre las autoridades competentes; y establecer un sistema destinado a obtener, analizar, estudiar y procesar información para la prevención de delitos, mediante métodos que garanticen el estricto respeto a los derechos humanos;
  • XXVIII. Establecer mecanismos e instancias para la coordinación integral de las tareas y cuerpos de seguridad pública y policial, así como para el análisis y sistematización integral de la investigación e información de seguridad pública y de seguridad nacional en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública;
  • XXIX. Coordinar y establecer mecanismos para contar oportunamente con la información de seguridad pública y nacional, así como del ámbito criminal y preventivo que esta Secretaría requiera de dependencias y organismos competentes en dichas materias, para el adecuado cumplimiento de las atribuciones que las leyes le establecen;
  • XXX. Informar al Poder Legislativo Federal sobre los asuntos de su competencia en materia de seguridad nacional.
  • XXXI. Otorgar las autorizaciones a empresas que presten servicios privados de seguridad en dos o más entidades federativas, supervisar su funcionamiento e informar periódicamente al Sistema Nacional de Seguridad Pública sobre el ejercicio de esta atribución;
  • XXXII. Conducir y poner en ejecución, en coordinación con las autoridades de los gobiernos de los estados, del Distrito Federal, con los gobiernos municipales, y con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, las políticas y programas de protección civil del Ejecutivo, en el marco del Sistema Nacional de Protección Civil, para la prevención, auxilio, recuperación y apoyo a la población en situaciones de desastre y concertar con instituciones y organismos de los sectores privado y social, las acciones conducentes al mismo objetivo;
  • XXXIII. Formular y dirigir la política migratoria, así como vigilar las fronteras del país y los puntos de entrada al mismo por tierra, mar o aire, garantizando en términos de ley la libertad de tránsito, en coordinación con las demás autoridades competentes;
  • XXXIV. Tramitar lo relativo a la aplicación del artículo 33 de la Constitución;
  • XXXV. Administrar las islas de jurisdicción federal, salvo aquellas cuya administración corresponda, por disposición de la ley, a otra dependencia o entidad de la Administración Pública Federal. En las islas a que se refiere esta fracción, regirán las leyes federales y los tratados; serán competentes para conocer de las controversias que en ellas se susciten los tribunales federales con mayor cercanía geográfica;
  • XXXVI. Formular y conducir la política de población, salvo lo relativo a colonización, asentamientos humanos y turismo, así como manejar el servicio nacional de identificación personal, en términos de las leyes aplicables;
  • XXXVII. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia de culto público, iglesias, agrupaciones y asociaciones religiosas;
  • XXXVIII. Regular, autorizar y vigilar el juego, las apuestas, las loterías y rifas, en los términos de las leyes relativas;
  • XXXIX. Formular, regular y conducir la política de comunicación social del Gobierno Federal y las relaciones con los medios masivos de información, así como orientar, autorizar, coordinar, supervisar y evaluar los programas de comunicación social de las dependencias del Sector Público Federal;
  • XL. Vigilar que las publicaciones impresas y las transmisiones de radio y televisión, así como las películas cinematográficas y los videojuegos, se mantengan dentro de los límites del respeto a la vida privada, a la paz y a la moral pública, a la dignidad personal y al interés superior de la niñez, y no ataquen los derechos de terceros, ni provoquen la comisión de algún delito o perturben el orden público;
  • XLI. Impulsar las políticas públicas y dar seguimiento a los programas que refuercen la inclusión social y la igualdad, mediante estrategias y acciones que contribuyan a prevenir y eliminar la discriminación;
  • XLII. Fijar el calendario oficial; y
  • XLIII. Los demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.
    • En el ejercicio de las facultades a que se refieren las fracciones XII, XIII Bis, XIV, XV, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXVII, XXVIII, XXIX y XXXI de este artículo, el Secretario de Gobernación se auxiliará del Comisionado Nacional de Seguridad, sin perjuicio de ejercer directamente dichas facultades. El Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública serán nombrados por el Titular del Poder Ejecutivo Federal con la ratificación del Senado de la República

Organigrama

La estructura orgánica de la Secretaría de Gobernación está determinada por el Manual de Organización General:[9]

  • Secretaria
    • Subsecretaría de Gobierno
      • Unidad de Política Interior y Análisis de Información
        • Dirección General de Análisis y Prospectiva para la Política Interior
        • Dirección General de Evaluación de Escenarios de Gobernabilidad
      • Unidad para la Atención de las Organizaciones Sociales
      • Unidad de Gobierno
        • Dirección General Regional Sureste
        • Dirección General Regional Centro y Noreste
        • Dirección General Regional Noroeste y Occidente
        • Dirección General de Enlace y Seguimiento
      • Unidad de Enlace
        • Dirección General de Información Legislativa
        • Dirección General de Estudios Legislativos
      • Unidad de Normatividad de Medios de Comunicación
      • Unidad General de Asuntos Jurídicos
        • Dirección General de lo Consultivo y de Contratos y Convenios
        • Dirección General de lo Contencioso
        • Dirección General de Procedimientos Constitucionales
    • Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración
      • Unidad de Política Migratoria, Registro e Identidad de Personas
        • Dirección General del Registro Nacional de Población e Identidad
      • Unidad para la Defensa de los Derechos Humanos
        • Dirección General para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas
        • Dirección General de Política Pública de Derechos Humanos
        • Dirección General de Estrategias para la Atención de Derechos Humanos
      • Comisión para el Diálogo con los Pueblos Indígenas de México
      • Unidad de Apoyo al Sistema de Justicia
        • Dirección General para la Reconciliación y Justicia
        • Dirección General para el Fortalecimiento de los Tribunales Superiores y las Procuradurías Estatales
    • Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos
      • Unidad de Construcción de Ciudadanía y Participación Social
        • Dirección General de Construcción de Ciudadanía y Participación Social
        • Dirección General de Coordinación Interinstitucional
      • Unidad de Desarrollo Democrático
        • Dirección General de Cultura Democrática y Fomento Cívico
        • Dirección General de Vinculación con Organizaciones de la Sociedad Civil
      • Unidad de Asuntos Religiosos, Prevención y la Reconstrucción del Tejido Social
        • Dirección General de Asuntos Religiosos
        • Dirección General de Prevención Social del Delito y la Reconstrucción del Tejido Social
      • Unidad de Administración y Finanzas
        • Dirección General de Recursos Humanos
        • Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales
        • Dirección General de Programación y Presupuesto
        • Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones

Órganos desconcentrados, administrativos y entidades

Entidades de la Secretaría de Gobernación[10]
Tipo Organismo
Organismos desconcentrados Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal
(Inafed)
Instituto Nacional de Migración
(Inami)
Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres
(Conavim)
Comisión Nacional de Búsqueda de Personas
(CNB)
Consejo Nacional de Población
(Conapo)
Coordinación para la Atención Integral de la Migración en la Frontera Sur
(CAIMFS)
Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados
(Comar)
Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes
(Sipinna)
Organismos descentralizados Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación
(Conapred)
Talleres Gráficos de México

Domicilio

La Secretaría de Gobernación tiene su sede en la construcción conocida como Casa Cobián o Palacio de Cobián, antiguo domicilio del empresario algodonero español Feliciano Cobián Fernández del Valle.[11]

 
Sello de México entre 1934 y 1968, utilizado como emblema de todas las secretarías de Estado.  
 
Actual sello de México, utilizado como emblema de todas las secretarías de Estado entre 1968 y 2006.[cita requerida]  
 
Logo utilizado entre 2006 y 2012 durante la presidencia de Felipe Calderón.  
 
Logo utilizado entre 2012 y 2018 durante la presidencia de Enrique Peña Nieto.  
 
Logo actual utilizado en la presidencia de Andrés Manuel López Obrador.  

Lista de secretarios

Secretario actual Entidad de origen Cargo desde Partido político Nombrado por
  Adán Augusto López Hernández   Tabasco 26 de agosto de 2021 Andrés Manuel López Obrador

Véase también

Referencias

  1. «Artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal». Consultado el 22 de diciembre de 2020. «Última reforma publicada el 7 de diciembre de 2020». 
  2. «Artículo 84 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos». Consultado el 21 de septiembre de 2018. 
  3. «Relación por Secretarías del Despacho y Periodo de Funciones de los Integrantes del Gabinete: Los orígenes». 200 años de Administración Pública en México - Los Gabinetes en México 1821-2012: Tomo III. México: Instituto Nacional de Administración Pública A.C. 2012. p. 367. ISBN 978-607-9026-20-2. 
  4. 500 años de México en documentos. «Decreto del 8 de noviembre de 1821. Establecimiento de los ministerios.». Consultado el 12 de septiembre de 2018. 
  5. Carrillo Castro, Alejandro. Génesis y evolución de la administración pública federal descentralizada. Tomo II. Volumen 1 (1ª edición). Distrito Federal: Instituto Nacional de Administración Pública, A.C. pp. 42-44. ISBN 978-607-9026-10-3. 
  6. Carrillo Castro, Alejandro. Génesis y evolución de la administración pública federal descentralizada. Tomo II. Volumen 1. Anexos (1ª edición). Distrito Federal: Instituto Nacional de Administración Pública, A.C. p. 329. ISBN 978-607-9026-10-3. 
  7. Secretaría de Gobernación. «Antecedentes históricos». Consultado el 17 de octubre de 2013. 
  8. «Artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal». Consultado el 22 de diciembre de 2020. «Última reforma publicada el 7 de diciembre de 2020». 
  9. «Manual de Organización General de la Secretaría de Gobernación». Diario Oficial de la Federación. 2 de junio de 2020. Consultado el 23 de diciembre de 2020. 
  10. Secretaría de Gobernación. «Manual de Organización General de la Secretaría de Gobernación». Consultado el 9 de enero de 2021. 
  11. Blog acerca de la historia de la Casa Cobián (Consultado 2 de julio del 2017)

Enlaces externos

  • Página oficial de la Secretaría de Gobernación
  • Secretaría de Gobernación de México en Twitter
  • Directorio de Datos Abiertos de la Secretaría de Gobernación
  • Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
  •   Datos: Q1507054

secretaría, gobernación, méxico, secretaría, gobernación, segob, veinte, secretarías, estado, conforman, gabinete, legal, presidente, méxico, despacho, poder, ejecutivo, federal, funciones, ministerio, interior, secretaría, gobernaciónlogo, oficialoficinas, ce. La Secretaria de Gobernacion SEGOB es una de las veinte secretarias de Estado que conforman el gabinete legal del presidente de Mexico Es el despacho del poder ejecutivo federal con funciones de ministerio del Interior Secretaria de GobernacionLogo oficialOficinas Centrales en el Palacio de CobianInformacion generalAmbitoMexico MexicoTipoSecretaria de EstadoAcronimoSEGOBSedeAbraham Gonzalez N 48 Col Juarez Cuauhtemoc Ciudad de MexicoCoordenadas19 25 50 N 99 09 11 O 19 43063889 99 15294444 Coordenadas 19 25 50 N 99 09 11 O 19 43063889 99 15294444Fundacion1884JurisdiccionMexicoOrganizacionSecretarioAdan Augusto LopezEntidad superiorPresidente de MexicoDependenciasLista de dependenciasInstituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal Inafed Instituto Nacional de Migracion Inami Comision Nacional de Busqueda de Personas CNB Comision Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres Conavim Consejo Nacional de Poblacion Conapo Coordinacion para la Atencion Integral de la Migracion en la Frontera Sur CAIMFS Comision Mexicana de Ayuda a Refugiados Comar Sistema Nacional de Proteccion Integral de Ninas Ninos y Adolescentes Sipinna Consejo Nacional para Prevenir la Discriminacion Conapred Talleres Graficos de MexicoSitio web editar datos en Wikidata Tiene a su cargo coordinar al resto del gabinete y sus componentes para el cumplimiento de los lineamientos establecidos por el Presidente vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales entregar las propuestas de ley y el informe de gobierno por escrito al Congreso de la Union en representacion del titular del ejecutivo divulgar a traves del Diario Oficial de la Federacion y otros medios de informacion el contenido de las normatividades que emanen de los tres poderes de la union atender los asuntos de politica interior conduciendo las relaciones del Poder Ejecutivo con las camaras de Senadores y Diputados el Poder Judicial los gobiernos de las entidades federativas las autoridades municipales los organos autonomos y las agrupaciones politicas y de la sociedad civil y disenar planear ejecutar y coordinar las politicas publicas del gobierno en materia de proteccion civil seguridad nacional migracion instituciones de culto juegos y sorteos contenidos en medios de difusion y entretenimiento e inclusion social 1 Su mas directo antecedente fue la Secretaria de Estado y del Despacho de Relaciones Exteriores e Interiores fundada el 8 de noviembre de 1821 Fue hasta 1867 que adquirio su actual nombre aunque durante la etapa de transicion posrevolucionaria volvio a llamarse Departamento del Interior Su titular el Secretario de Gobernacion es el cargo determinado por la constitucion vigente para ocupar de manera provisional la Presidencia de la Republica en caso de falta temporal o absoluta del titular del poder ejecutivo 2 3 4 Indice 1 Historia 2 Funciones 3 Organigrama 3 1 organos desconcentrados administrativos y entidades 3 2 Domicilio 4 Logo 5 Lista de secretarios 6 Vease tambien 7 Referencias 8 Enlaces externosHistoria EditarVease tambien Secretarias de Estado de Mexico Jose Manuel de Herrera primer titular del antecedente directo el Ministerio de Interior y Exterior Desde que Mexico devino en pais independiente en 1821 los primeros gobiernos surgidos establecieron despachos de ministros para el mejor ejercicio del gobierno El primer modelo de gobierno elegido por los mexicanos fue el de regimen monarquico durante el periodo conocido como Primer Imperio Mexicano En tal regimen se crearon cuatro dependencias administrativas conocidas como Secretarias del Estado y del Despacho dichas secretarias fueron I Del Interior y de Relaciones Exteriores II De Justicia y Negocios Eclesiasticos III De Hacienda IV De Guerra y Marina La primera de ellas fue la primera entidad administrada del ministerio del interior en el Mexico independiente 5 Dicha Secretaria del interior y de relaciones exteriores tenia como funciones todas las relaciones diplomaticas de las cortes extranjeras asi como de la Direccion de Correos de las composiciones de caminos calzadas puentes y demas y de todo aquello que sea puramente de Estado Reglamento Provisional de la Regencia 18 de noviembre de 1821 6 Con el cambio de modelo politico al republicano Mexico conservo la estructura de Secretarias de Estado que en algunas reglamentaciones fueron llamados indistintamente secretarias o ministerios En 1836 con las Siete Leyes la funcion de relaciones exteriores se separo de la de gobierno interno quedando esta encargada a un Ministro del Interior pero las funciones volveria a coincidir en una sola entidad administrativa 7 Antonio Lopez de Santa Anna retomo el modelo de separacion entre funciones internas y externas creando nuevamente dos secretarias una para cada funcion En 1856 esta figura administrativa cambiaria su nombre por el de Ministerio de Gobernacion que luego con Juarez seria la Secretaria de Estado y del Despacho de Gobernacion Despues de la revolucion mexicana con la creacion de la Constitucion de 1917 y tras ser por un breve periodo el Departamento del Interior de la Secretaria de Estado el 25 de diciembre de 1917 se crea con dicha denominacion la Secretaria de Gobernacion siendo su primer titular Manuel Aguirre Berlanga 7 Funciones EditarSegun la ley Organica de la Administracion Publica Federal en su Articulo 27 le corresponde el despacho de las siguientes funciones 8 I Coordinar por acuerdo del Presidente de la Republica a los Secretarios de Estado y demas funcionarios de la Administracion Publica Federal para garantizar el cumplimiento de las ordenes y acuerdos del Titular del Ejecutivo Federal Para tal efecto convocara por acuerdo del Presidente de la Republica a las reuniones de gabinete acordara con los titulares de las Secretarias de Estado organos desconcentrados y entidades paraestatales las acciones necesarias para dicho cumplimiento y requerira a los mismos los informes correspondientes II Presentar ante el Congreso de la Union las iniciativas de ley o decreto del Ejecutivo y en su caso comunicar el senalamiento formal del Presidente de la Republica del caracter preferente de hasta dos de las iniciativas que se hubieren presentado en periodos anteriores cuando esten pendientes de dictamen III Administrar el Diario Oficial de la Federacion y publicar las leyes y decretos del Congreso de la Union de alguna de las dos Camaras o la Comision Permanente asi como los reglamentos que expida el Presidente de la Republica en terminos de lo dispuesto en la fraccion I del articulo 89 constitucional y el inciso B del articulo 72 constitucional y las resoluciones y disposiciones que por ley deban publicarse en dicho medio de difusion oficial IV Compilar y sistematizar las leyes tratados internacionales reglamentos decretos acuerdos y disposiciones federales estatales y municipales asi como establecer el banco de datos correspondiente con objeto de proporcionar informacion a traves de los sistemas electronicos de datos V Intervenir en los nombramientos aprobaciones designaciones destituciones renuncias y jubilaciones de servidores publicos que no se atribuyan expresamente por la ley a otras dependencias del Ejecutivo VI Tramitar lo relativo al ejercicio de las facultades que otorgan al Ejecutivo Federal los articulos 96 98 y 100 de la Constitucion sobre nombramientos renuncias y licencias de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia y de los Consejeros de la Judicatura Federal VII Llevar el registro de autografos de los funcionarios federales y de los Gobernadores de los Estados y legalizar las firmas de los mismos VIII Conducir siempre que no este conferida esta facultad a otra Secretaria las relaciones del Poder Ejecutivo con los demas Poderes de la Union con los organos constitucionales autonomos con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios y con las demas autoridades federales y locales asi como rendir las informaciones oficiales del Ejecutivo Federal Asimismo conducir en el ambito de su competencia las relaciones politicas del Poder Ejecutivo con los partidos y agrupaciones politicas nacionales con las organizaciones sociales con las asociaciones religiosas y demas instituciones sociales IX Conducir las relaciones del Gobierno Federal con el Tribunal Federal de Conciliacion y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado X Conducir la politica interior que competa al Ejecutivo y no se atribuya expresamente a otra dependencia asi como fomentar el desarrollo politico contribuir al fortalecimiento de las instituciones democraticas promover la activa participacion ciudadana salvo en materia electoral favorecer las condiciones que permitan la construccion de acuerdos politicos y consensos sociales para que en los terminos de la Constitucion y de las leyes se mantengan las condiciones de unidad nacional cohesion social fortalecimiento de las instituciones de gobierno y gobernabilidad democratica X Bis Disenar instrumentar desarrollar proponer fomentar y publicitar programas y herramientas institucionales para la asesoria capacitacion y formacion permanente de los integrantes de los ayuntamientos asi como de los funcionarios y empleados municipales en su caracter de depositarios de funciones y servicios publicos con el fin de contribuir de manera efectiva a la profesionalizacion de los gobiernos locales y el desarrollo institucional de los municipios mexicanos XI Vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del pais coordinar en vinculacion con las organizaciones de la sociedad civil trabajos y tareas de promocion y defensa de los derechos humanos y dar seguimiento a la atencion de las recomendaciones que emitan los organismos competentes en dicha materia asi como dictar las medidas administrativas necesarias para tal efecto XII Formular y ejecutar las politicas programas y acciones tendientes a garantizar la seguridad publica de la Nacion y de sus habitantes proponer al Ejecutivo Federal la politica criminal y las medidas que garanticen la congruencia de esta entre las dependencias de la Administracion Publica Federal coadyuvar a la prevencion del delito ejercer el mando sobre la fuerza publica para proteger a la poblacion ante todo tipo de amenazas y riesgos con plena sujecion a los derechos humanos y libertades fundamentales salvaguardar la integridad y los derechos de las personas asi como preservar las libertades el orden y la paz publicos XIII Presidir el Consejo Nacional de Seguridad Publica en ausencia del Presidente de la Republica XIII bis Proponer acciones tendientes a asegurar la coordinacion entre la Federacion el Distrito Federal los Estados y los Municipios en el ambito del Sistema Nacional de Seguridad Publica proponer al Consejo Nacional de Seguridad Publica las politicas y lineamientos en materia de Carrera Policial el Programa Rector para la Profesionalizacion Policial los criterios para establecer academias e institutos para ello el desarrollo de programas de coordinacion academica y los lineamientos para la aplicacion de los procedimientos en materia del regimen disciplinario policial participar de acuerdo con la ley de la materia de planes y programas de Profesionalizacion para las Instituciones Policiales y coordinar las acciones para la vigilancia y proteccion de las Instalaciones Estrategicas en terminos de ley XIV Presidir la Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Publica nombrar y remover a su Secretario Tecnico y designar tanto a quien presidira como a quien fungira como Secretario Tecnico de la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Publica XV Organizar dirigir y supervisar bajo su adscripcion a la Policia Federal garantizar el desempeno honesto de su personal y aplicar su regimen disciplinario con el objeto de salvaguardar la integridad y el patrimonio de las personas y prevenir la comision de delitos del orden federal XVI Proponer al Presidente de la Republica el nombramiento del Comisionado Nacional de Seguridad y del Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Publica en los terminos que establece el parrafo final de este articulo XVII Proponer en el seno del Consejo Nacional de Seguridad Publica politicas acciones y estrategias de coordinacion en materia de prevencion del delito y politica criminal para todo el territorio nacional y efectuar en coordinacion con la Procuraduria General de la Republica estudios sobre los actos delictivos no denunciados e incorporar esta variable en el diseno de las politicas en materia de prevencion del delito XVIII Auxiliar a las autoridades federales estatales municipales y del Distrito Federal competentes que soliciten apoyo en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Publica en la proteccion de la integridad fisica de las personas y la preservacion de sus bienes reforzar cuando asi lo soliciten la tarea policial y de seguridad de los municipios y localidades rurales y urbanas que lo requieran intervenir ante situaciones de peligro cuando se vean amenazados por aquellas que impliquen violencia o riesgo inminente promover la celebracion de convenios entre las autoridades federales y de estas con las estatales municipales y del Distrito Federal competentes en aras de lograr la efectiva coordinacion y funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Publica y el combate a la delincuencia asi como establecer acuerdos de colaboracion con instituciones similares en los terminos de los tratados internacionales conforme a la legislacion XIX Auxiliar al Poder Judicial de la Federacion y a la Procuraduria General de la Republica cuando asi lo requieran para el debido ejercicio de sus funciones asi como a otras dependencias organos de gobierno entidades federativas y municipios y cuando asi lo requiera a la Procuraduria General de la Republica en la investigacion y persecucion de los delitos en cuyo caso los cuerpos de policia que actuen en su auxilio estaran bajo el mando y conduccion del Ministerio Publico y disponer de la fuerza publica en terminos de las disposiciones legales aplicables XX Proponer al Consejo Nacional de Seguridad Publica el desarrollo de politicas orientadas a prevenir el delito y reconstituir el tejido social de las comunidades afectadas por fenomenos de delincuencia recurrente o generalizada y aplicarlas en coordinacion con las autoridades competentes federales estatales y municipales fomentar la participacion ciudadana en la formulacion de planes y programas de prevencion en materia de delitos federales y por conducto del Sistema Nacional de Seguridad Publica en los delitos del fuero comun promover y facilitar la participacion social para el desarrollo de actividades de vigilancia sobre el ejercicio de sus atribuciones en materia de seguridad publica y atender de manera expedita las denuncias y quejas ciudadanas con relacion al ejercicio de estas atribuciones XXI Participar en la atencion integral a victimas y coadyuvar en la celebracion de acuerdos de colaboracion con otras instituciones del sector publico y privado para el mejor cumplimiento de esta atribucion XXII Disenar actualizar y publicar una pagina electronica especifica en la cual se registren los datos generales de las mujeres y ninas que sean reportadas como desaparecidas en todo el pais La informacion debera ser publica y permitir que la poblacion en general pueda aportar informacion sobre el paradero de las mujeres y ninas desaparecidas Esta pagina debera actualizarse de forma permanente XXIII Ejecutar las penas por delitos del orden federal y administrar el sistema penitenciario federal y de justicia para adolescentes en terminos de la politica especial correspondiente y con estricto apego a los derechos humanos asi como organizar y dirigir las actividades de apoyo a liberados XXIV Participar conforme a los tratados respectivos en el traslado de los reos a que se refiere el parrafo septimo del articulo 18 constitucional XXV Impulsar a traves de su titular en calidad de Secretario Ejecutivo del Consejo de Seguridad Nacional la efectiva coordinacion de este asi como la celebracion de convenios y bases de colaboracion que dicho Consejo acuerde XXVI Establecer y operar un sistema de investigacion e informacion que contribuya a preservar la integridad estabilidad y permanencia del Estado mexicano asi como contribuir en lo que corresponda al Ejecutivo de la Union a dar sustento a la unidad nacional a preservar la cohesion social y a fortalecer las instituciones de gobierno XXVII Coordinar operar e impulsar la mejora continua del sistema de informacion reportes y registro de datos en materia criminal desarrollar las politicas normas y sistemas para el debido suministro permanente e intercambio de informacion en materia de seguridad publica entre las autoridades competentes y establecer un sistema destinado a obtener analizar estudiar y procesar informacion para la prevencion de delitos mediante metodos que garanticen el estricto respeto a los derechos humanos XXVIII Establecer mecanismos e instancias para la coordinacion integral de las tareas y cuerpos de seguridad publica y policial asi como para el analisis y sistematizacion integral de la investigacion e informacion de seguridad publica y de seguridad nacional en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Publica XXIX Coordinar y establecer mecanismos para contar oportunamente con la informacion de seguridad publica y nacional asi como del ambito criminal y preventivo que esta Secretaria requiera de dependencias y organismos competentes en dichas materias para el adecuado cumplimiento de las atribuciones que las leyes le establecen XXX Informar al Poder Legislativo Federal sobre los asuntos de su competencia en materia de seguridad nacional XXXI Otorgar las autorizaciones a empresas que presten servicios privados de seguridad en dos o mas entidades federativas supervisar su funcionamiento e informar periodicamente al Sistema Nacional de Seguridad Publica sobre el ejercicio de esta atribucion XXXII Conducir y poner en ejecucion en coordinacion con las autoridades de los gobiernos de los estados del Distrito Federal con los gobiernos municipales y con las dependencias y entidades de la Administracion Publica Federal las politicas y programas de proteccion civil del Ejecutivo en el marco del Sistema Nacional de Proteccion Civil para la prevencion auxilio recuperacion y apoyo a la poblacion en situaciones de desastre y concertar con instituciones y organismos de los sectores privado y social las acciones conducentes al mismo objetivo XXXIII Formular y dirigir la politica migratoria asi como vigilar las fronteras del pais y los puntos de entrada al mismo por tierra mar o aire garantizando en terminos de ley la libertad de transito en coordinacion con las demas autoridades competentes XXXIV Tramitar lo relativo a la aplicacion del articulo 33 de la Constitucion XXXV Administrar las islas de jurisdiccion federal salvo aquellas cuya administracion corresponda por disposicion de la ley a otra dependencia o entidad de la Administracion Publica Federal En las islas a que se refiere esta fraccion regiran las leyes federales y los tratados seran competentes para conocer de las controversias que en ellas se susciten los tribunales federales con mayor cercania geografica XXXVI Formular y conducir la politica de poblacion salvo lo relativo a colonizacion asentamientos humanos y turismo asi como manejar el servicio nacional de identificacion personal en terminos de las leyes aplicables XXXVII Vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia de culto publico iglesias agrupaciones y asociaciones religiosas XXXVIII Regular autorizar y vigilar el juego las apuestas las loterias y rifas en los terminos de las leyes relativas XXXIX Formular regular y conducir la politica de comunicacion social del Gobierno Federal y las relaciones con los medios masivos de informacion asi como orientar autorizar coordinar supervisar y evaluar los programas de comunicacion social de las dependencias del Sector Publico Federal XL Vigilar que las publicaciones impresas y las transmisiones de radio y television asi como las peliculas cinematograficas y los videojuegos se mantengan dentro de los limites del respeto a la vida privada a la paz y a la moral publica a la dignidad personal y al interes superior de la ninez y no ataquen los derechos de terceros ni provoquen la comision de algun delito o perturben el orden publico XLI Impulsar las politicas publicas y dar seguimiento a los programas que refuercen la inclusion social y la igualdad mediante estrategias y acciones que contribuyan a prevenir y eliminar la discriminacion XLII Fijar el calendario oficial y XLIII Los demas que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos En el ejercicio de las facultades a que se refieren las fracciones XII XIII Bis XIV XV XVII XVIII XIX XX XXI XXII XXIII XXIV XXVII XXVIII XXIX y XXXI de este articulo el Secretario de Gobernacion se auxiliara del Comisionado Nacional de Seguridad sin perjuicio de ejercer directamente dichas facultades El Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Publica seran nombrados por el Titular del Poder Ejecutivo Federal con la ratificacion del Senado de la RepublicaOrganigrama EditarVease tambien Anexo Organigrama de la administracion federal de Andres Manuel Lopez Obrador La estructura organica de la Secretaria de Gobernacion esta determinada por el Manual de Organizacion General 9 Secretaria Subsecretaria de Gobierno Unidad de Politica Interior y Analisis de Informacion Direccion General de Analisis y Prospectiva para la Politica Interior Direccion General de Evaluacion de Escenarios de Gobernabilidad Unidad para la Atencion de las Organizaciones Sociales Unidad de Gobierno Direccion General Regional Sureste Direccion General Regional Centro y Noreste Direccion General Regional Noroeste y Occidente Direccion General de Enlace y Seguimiento Unidad de Enlace Direccion General de Informacion Legislativa Direccion General de Estudios Legislativos Unidad de Normatividad de Medios de Comunicacion Direccion General de Medios Impresos Direccion General de Normatividad de Comunicacion Direccion General de Radio Television y Cinematografia Direccion General de Juegos y Sorteos Unidad General de Asuntos Juridicos Direccion General de lo Consultivo y de Contratos y Convenios Direccion General de lo Contencioso Direccion General de Procedimientos Constitucionales Subsecretaria de Derechos Humanos Poblacion y Migracion Unidad de Politica Migratoria Registro e Identidad de Personas Direccion General del Registro Nacional de Poblacion e Identidad Unidad para la Defensa de los Derechos Humanos Direccion General para la Proteccion de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas Direccion General de Politica Publica de Derechos Humanos Direccion General de Estrategias para la Atencion de Derechos Humanos Comision para el Dialogo con los Pueblos Indigenas de Mexico Unidad de Apoyo al Sistema de Justicia Direccion General para la Reconciliacion y Justicia Direccion General para el Fortalecimiento de los Tribunales Superiores y las Procuradurias Estatales Subsecretaria de Desarrollo Democratico Participacion Social y Asuntos Religiosos Unidad de Construccion de Ciudadania y Participacion Social Direccion General de Construccion de Ciudadania y Participacion Social Direccion General de Coordinacion Interinstitucional Unidad de Desarrollo Democratico Direccion General de Cultura Democratica y Fomento Civico Direccion General de Vinculacion con Organizaciones de la Sociedad Civil Unidad de Asuntos Religiosos Prevencion y la Reconstruccion del Tejido Social Direccion General de Asuntos Religiosos Direccion General de Prevencion Social del Delito y la Reconstruccion del Tejido Social Unidad de Administracion y Finanzas Direccion General de Recursos Humanos Direccion General de Recursos Materiales y Servicios Generales Direccion General de Programacion y Presupuesto Direccion General de Tecnologias de la Informacion y Comunicacionesorganos desconcentrados administrativos y entidades Editar Entidades de la Secretaria de Gobernacion 10 Tipo OrganismoOrganismos desconcentrados Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal Inafed Instituto Nacional de Migracion Inami Comision Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres Conavim Comision Nacional de Busqueda de Personas CNB Consejo Nacional de Poblacion Conapo Coordinacion para la Atencion Integral de la Migracion en la Frontera Sur CAIMFS Comision Mexicana de Ayuda a Refugiados Comar Sistema Nacional de Proteccion Integral de Ninas Ninos y Adolescentes Sipinna Organismos descentralizados Consejo Nacional para Prevenir la Discriminacion Conapred Talleres Graficos de MexicoDomicilio Editar La Secretaria de Gobernacion tiene su sede en la construccion conocida como Casa Cobian o Palacio de Cobian antiguo domicilio del empresario algodonero espanol Feliciano Cobian Fernandez del Valle 11 Logo Editar Sello de Mexico entre 1934 y 1968 utilizado como emblema de todas las secretarias de Estado Actual sello de Mexico utilizado como emblema de todas las secretarias de Estado entre 1968 y 2006 cita requerida Logo utilizado entre 2006 y 2012 durante la presidencia de Felipe Calderon Logo utilizado entre 2012 y 2018 durante la presidencia de Enrique Pena Nieto Logo actual utilizado en la presidencia de Andres Manuel Lopez Obrador Lista de secretarios EditarArticulo principal Anexo Secretarios de Gobernacion de Mexico Secretario actual Entidad de origen Cargo desde Partido politico Nombrado por Adan Augusto Lopez Hernandez Tabasco 26 de agosto de 2021 Andres Manuel Lopez ObradorVease tambien EditarSecretarias de Estado de MexicoReferencias Editar Articulo 27 de la Ley Organica de la Administracion Publica Federal Consultado el 22 de diciembre de 2020 Ultima reforma publicada el 7 de diciembre de 2020 Articulo 84 de la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos Consultado el 21 de septiembre de 2018 Relacion por Secretarias del Despacho y Periodo de Funciones de los Integrantes del Gabinete Los origenes 200 anos de Administracion Publica en Mexico Los Gabinetes en Mexico 1821 2012 Tomo III Mexico Instituto Nacional de Administracion Publica A C 2012 p 367 ISBN 978 607 9026 20 2 fechaacceso requiere url ayuda 500 anos de Mexico en documentos Decreto del 8 de noviembre de 1821 Establecimiento de los ministerios Consultado el 12 de septiembre de 2018 Carrillo Castro Alejandro Genesis y evolucion de la administracion publica federal descentralizada Tomo II Volumen 1 1ª edicion Distrito Federal Instituto Nacional de Administracion Publica A C pp 42 44 ISBN 978 607 9026 10 3 Carrillo Castro Alejandro Genesis y evolucion de la administracion publica federal descentralizada Tomo II Volumen 1 Anexos 1ª edicion Distrito Federal Instituto Nacional de Administracion Publica A C p 329 ISBN 978 607 9026 10 3 a b Secretaria de Gobernacion Antecedentes historicos Consultado el 17 de octubre de 2013 Articulo 27 de la Ley Organica de la Administracion Publica Federal Consultado el 22 de diciembre de 2020 Ultima reforma publicada el 7 de diciembre de 2020 Manual de Organizacion General de la Secretaria de Gobernacion Diario Oficial de la Federacion 2 de junio de 2020 Consultado el 23 de diciembre de 2020 Secretaria de Gobernacion Manual de Organizacion General de la Secretaria de Gobernacion Consultado el 9 de enero de 2021 Blog acerca de la historia de la Casa Cobian Consultado 2 de julio del 2017 Enlaces externos EditarPagina oficial de la Secretaria de Gobernacion Secretaria de Gobernacion de Mexico en Twitter Directorio de Datos Abiertos de la Secretaria de Gobernacion Ley Organica de la Administracion Publica Federal Datos Q1507054Obtenido de https es wikipedia org w index php title Secretaria de Gobernacion Mexico amp oldid 137969763, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

español

, española, descargar, gratis, descargar gratis, mp3, video, mp4, 3gp, jpg, jpeg, gif, png, imagen, música, canción, película, libro, juego, juegos