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Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía (México)

La Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía, mejor conocida por su sigla RTC, es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Gobernación de México. Está encargada de supervisar los contenidos exhibidos en radio, televisión y cine; para, en su caso, asignar una clasificación, transmisión, comercialización, distribución y exhibición. También controla los tiempos de programas oficiales del gobierno en medios electrónicos. Es el principal emisor del programa La hora nacional.

Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía


Información general
Ámbito México México
Tipo Órgano desconcentrado
Acrónimo RTC (Sigla de uso más común)
Sede Ciudad de México
Fundación 6 de julio de 1977
Organización
Director General Rodolfo González Valderrama
Dependiente de Secretaría de Gobernación
Sitio web

Creada el 6 de julio de 1977, es la unidad administrativa encargada de ejercer las atribuciones que las leyes y reglamentos le confieren a la Secretaría de Gobernación en materia de radio, televisión y cinematografía.

Entre sus facultades, RTC supervisa los contenidos de radio, televisión y cinematografía, para su clasificación, transmisión, comercialización, distribución y exhibición, según sea el caso. También es la encargada de coordinar y supervisar técnicamente la transmisión, enlace y distribución de los programas oficiales en medios electrónicos.

Misión y visión

El organismo tiene como misión que se haga el buen cumplimiento de la Ley Federal de Radio y Televisión y de la Ley Federal de Cinematografía; así como de sus respectivos reglamentos, para transmitir valores al pueblo mexicano. Como organismo, busca convertirse en una institución rectora de los medios de comunicación.[1]

Misión

Vigilar el cumplimiento de la Ley Federal de Radio y Televisión y de la Ley Federal de Cinematografía y de sus respectivos reglamentos para cumplir con la función social de los medios de comunicación, así como contribuir al fortalecimiento de la integración nacional a través de la difusión de mensajes que reafirmen los valores históricos, democráticos, culturales y sociales de la población.

Visión

Constituirse en una institución rectora que provea lo necesario para el uso del tiempo que corresponde al Estado, en cuyo usufructo tienen participación los tres poderes de la Unión, coadyuvando a difundir sus políticas de comunicación social; fortalecer los procesos para regular, supervisar y vigilar la transmisión de materiales de radio, televisión y cinematografía, conforme a lo establecido en las leyes y reglamentos de la materia para contribuir al fortalecimiento de la integración nacional y de los valores históricos y culturales.

Antecedentes

La Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía (RTC) es creada a través del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de julio de 1977.

En sus inicios RTC dictó las disposiciones programáticas, de coordinación y evaluación, relativas a los institutos de radio, televisión y cinematografía; atendió la operación de la Cineteca Nacional y el registro público cinematográfico; dirigió los servicios de la televisión rural, de la radiodifusora Radio México y coordinó el funcionamiento de las estaciones de radio y televisión pertenecientes al Gobierno Federal.

Desde 1977 hasta 2005, el Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación se ha modificado, lo que ocasionado que RTC haya tenido diversos cambios en su estructura y operación.

En 1985 se incluyó entre sus atribuciones el emitir opinión previa al trámite que debe dar la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a las solicitudes de concesión o permiso para operar estaciones de radio y televisión, así como para su renovación, de acuerdo con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Asimismo, se le facultó para autorizar el contenido de las señales distribuidas por sistemas de televisión por cable, vía satelital o de emisiones distribuidas a través de cualquier medio físico.

En 1989 se le confirieron atribuciones vinculadas al uso del tiempo que corresponde al Estado en las estaciones de radio y televisión, el encadenamiento de las estaciones de radio y televisión, la producción y transmisión de La hora nacional, el cumplimiento de las leyes y reglamentos en materia de radio, televisión y cinematografía, la autorización para la transmisión de programas en idiomas diferentes al español; para la transmisión pública de material grabado o filmado para cualquier tipo de programas de radio o televisión, así como para la distribución, comercialización y exhibición pública de películas producidas en el país o en el extranjero; y la clasificación de los materiales de radio, televisión y cinematografía en conformidad con las normas aplicables en la materia.

El Reglamento de 1998 reiteró las atribuciones de RTC y actualizó diversas fracciones para hacerlas congruentes con las nuevas tecnologías.

En 2002 se eliminó la atribución de someter al acuerdo del Secretario de Gobernación lo relativo a la coordinación, promoción y fomento de las actividades que en el ámbito de su competencia realizaba la Secretaría. Asimismo, se especificó las dependencias que coordinarían la producción televisiva de programas de las actividades del Gobierno Federal.

En 2004 se le otorgó la atribución de autorizar y vigilar la transmisión del Himno Nacional por estaciones de radio y televisión y la proyección por televisión del Escudo y de la Bandera Nacionales y los programas que versen sobre ellos, o que contengan motivos del Himno, en coordinación con la Dirección General de Cultura Democrática y Fomento Cívico.

Directores generales

La Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía ha tenido a lo largo de su historia a los siguientes directores generales:

Directores generales
de Radio, Televisión y Cinematografía (RTC)
Director Periodo
Margarita López Portillo 1977 - 1982
Jesús Hernández Torres 1982 - 1988
Óscar Levín Coppel 1988 - 1989
Javier Nájera Torres 1989 - 1991
Jorge Medina Viedas 1991 - 1993
Manuel Villa Aguilera 1993
Alejandro Montaño Martínez 1993 - 1995
Enrique Rubio Lara 1995 - 1997
Carlos Reta Martínez 1997 - 1999
Alejandro Montaño Martínez 1999 - 2000
Carlos Fernández Collado 2000 - 2002
Manuel Gómez Morin Martínez del Río 2002 - 2003
Héctor Villarreal Ordóñez 2003 - 2004
Eduardo Garzón Valdez 2005 - 2007
Irma Pía González Luna 2006 - 2008
Norberto Tapia Latisnere 2008 - 2009
Álvaro Luis Lozano González 2009 - 2011
José Ignacio Juárez Sánchez noviembre de 2011 - abril de 2013
Andrés Chao Ebergenyi abril de 2013 - mayo de 2014
Amadeo Díaz Moguel julio de 2014 - enero de 2019
Rodolfo González Valderrama febrero de 2019 - En el cargo

Atribuciones

De conformidad con el artículo 34 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía tiene las siguientes atribuciones:

  • Ejercer las atribuciones que las leyes y reglamentos le confieren a la Secretaría en materia de radio, televisión, cinematografía y demás medios electrónicos de comunicación;
  • Aplicar, en su ámbito de competencia, la política de comunicación social del Gobierno Federal;
  • Auxiliar al Secretario, en el ámbito de su competencia, en todo lo relativo a las propuestas que este presente ante el titular del Ejecutivo Federal, para la emisión de acuerdos en los que se establezcan los lineamientos de la comunicación social del Gobierno Federal;
  • Promover, con la intervención que corresponda a otras dependencias, la producción de programas de radio y televisión que contribuyan al fortalecimiento de la integración y descentralización nacionales;
  • Regular la transmisión de materiales de radio y televisión;
  • Tener a su cargo los registros públicos que prevean las leyes en materia de radio y televisión;
  • Expedir los certificados de origen del material grabado y filmado de radio, televisión y cinematografía, para uso comercial, experimental o artístico, realizado en el país o en el extranjero, así como el material generado en coproducción con otros países, en territorio nacional o en el extranjero;
  • Resolver las solicitudes de autorización para transmitir públicamente material grabado o filmado para cualquier tipo de programas de radio o televisión, así como para distribuir, comercializar y exhibir públicamente películas o de cualquier otra forma de presentación del material, producidos en el país o en el extranjero y clasificarlos de conformidad con las normas aplicables, vigilando su observancia;
  • Autorizar la importación y exportación de material grabado o filmado, de uso comercial o experimental para la radio y la televisión, de conformidad con los acuerdos establecidos, observando los criterios de reciprocidad;
  • Supervisar los guiones y libretos para programas de televisión y otorgar autorización de los argumentos y guiones para la radio y para la publicidad grabada o filmada destinada a su transmisión o exhibición;
  • Otorgar autorización para grabar o filmar con fines de explotación comercial, material extranjero de radio y televisión;
  • Autorizar el contenido de las señales distribuidas por los sistemas de televisión por cable;
  • Intervenir, en el ámbito de su competencia, en las reuniones nacionales o internacionales que sobre las materias de radio, televisión, cinematografía y demás medios electrónicos de comunicación se realicen en territorio nacional o en el extranjero;
  • Autorizar el contenido de las emisiones distribuidas a través de cualquier medio físico en territorio nacional de señales de radio y televisión provenientes de satélites o de otro tipo de tecnologías, previamente a la concesión o permiso que, en su caso, otorgue la Secretaría de Comunicaciones y Transportes;
  • Supervisar y vigilar que las transmisiones de radio y televisión a través de sus distintas modalidades de difusión cumplan con las disposiciones de la Ley Federal de Radio y Televisión, sus respectivos reglamentos y títulos de concesión;
  • Intervenir, previo acuerdo del Secretario, en el ámbito de su competencia y con la participación que corresponda a otras dependencias, en la celebración de contratos y convenios nacionales e internacionales en materia de radio, televisión, cinematografía y comunicación social;
  • Vigilar, con la participación que corresponda a otras dependencias, que la transmisión de programas de radio y televisión, así como la exhibición o comercialización de películas o de cualquier otra forma de presentación con fines educativos y culturales se apeguen a los criterios que establezcan las disposiciones legales y reglamentarias;
  • Autorizar la transmisión de programas para radio y televisión producidos en el extranjero y el material radiofónico y de televisión que se utilice en los programas patrocinados por un gobierno extranjero o un organismo internacional, en los términos de los convenios internacionales suscritos por el Gobierno Federal;
  • Autorizar la transmisión por radio y televisión de programas en idiomas diferentes al español, así como doblajes y subtitulajes para programas de televisión y películas cinematográficas;
  • Conceder permisos para la transmisión de programas de concursos, de preguntas y respuestas y de otros semejantes, en coordinación con la Unidad de Gobierno;
  • Autorizar y vigilar la transmisión del Himno Nacional por estaciones de radio y televisión y la proyección por televisión del Escudo y de la Bandera Nacionales y los programas que versen sobre ellos, o que contengan motivos del Himno, en coordinación con la Dirección General de Cultura Democrática y Fomento Cívico;
  • Proveer lo necesario para el uso del tiempo que corresponda al Estado en las estaciones de radio y televisión;
  • Ordenar y coordinar el encadenamiento de las estaciones de radio y televisión, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Federal de Radio y Televisión;
  • Conocer previamente los boletines que los concesionarios o permisionarios estén obligados a transmitir gratuitamente y ordenar a estos su difusión, salvo en los casos de notoria urgencia, en los cuales las autoridades podrán directamente y bajo su responsabilidad, ordenar su transmisión de acuerdo con lo señalado por el artículo 60 de la Ley Federal de Radio y Televisión;
  • Colaborar con la Comisión de Radiodifusión para transmitir los programas de los partidos políticos por radio y televisión, según lo dispuesto por el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, sus disposiciones reglamentarias y demás normas aplicables;
  • Realizar los estudios, investigaciones, análisis y evaluaciones necesarias para conocer oportunamente los efectos de las transmisiones de radio y televisión y de las exhibiciones cinematográficas sobre las actividades del Ejecutivo Federal y, en su caso, proponer las medidas que deban adoptarse;
  • Emitir opinión previa al trámite que deba dar la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, sobre las solicitudes de concesión o permiso a que se refiere la fracción III del artículo 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;
  • Vigilar que en el tiempo total de pantalla que deben dedicar los salones cinematográficos del país para la exhibición de películas mexicanas, se observen las disposiciones de la Ley Federal de Cinematografía y su reglamento;
  • Imponer las sanciones que correspondan por incumplimiento de las normas que regulan las transmisiones en radio y televisión y las exhibiciones cinematográficas;
  • Supervisar la cobertura y producción para la televisión de los programas informativos relacionados con las actividades del titular del Poder Ejecutivo Federal y sus dependencias, así como los correspondientes a los actos que señala el Calendario Cívico de Conmemoraciones;
  • Vigilar que el equipo periférico del Centro Nacional de Transmisiones opere en óptimas condiciones de trabajo y garantizar que la transmisión y recepción de señales realizadas en el Centro reúnan los requerimientos técnicos establecidos en materia de calidad;
  • Prestar los servicios de recepción y transmisión de señales a cadenas nacionales e internacionales de televisión;
  • Coordinarse, previo acuerdo del secretario, con la Coordinación General de Comunicación Social de la Presidencia de la República y con las unidades de comunicación social de la Administración Pública Federal, de los Gobiernos de los Estados y del Distrito Federal, para la producción televisiva de programas informativos acerca de las actividades del Gobierno Federal;
  • Encargarse de la producción y transmisión de los programas de "La Hora Nacional";
  • Hacerse cargo de las publicaciones que se editen como órganos de la Dirección General.

Clasificación de material grabado

Para el análisis del contenido de esta programación, se pondera:

  • El significado y aplicación del conjunto de palabras, frases y enunciados.
  • El entorno lingüístico y situacional, para darle valor y sentido, tanto a las imágenes como a lo que se expresa.
  • El género del programa.

Se realiza una ficha de Análisis y Clasificación de Material para Televisión, que detalla los aspectos técnicos, así como la elaboración de una sinopsis, resaltando los elementos que sustentan la clasificación.

Como referencia para el análisis se consideran cuatro categorías, tomando en cuenta la frecuencia y presencia combinada de las mismas:

  1. Violencia: representaciones de violencia física, psicológica o sexual.
  2. Sexualidad: escenas que contengan denotación o connotación sexual.
  3. Lenguaje: corrupción del lenguaje, así como palabras y/o frases en doble sentido.
  4. Adicciones: escenas en donde se presente consumo de tabaco, alcohol y/o drogas.

Es el artículo 24 del Reglamento de la Ley Federal de Radio y Televisión en Materia de Concesiones, Permisos y Contenido de las Transmisiones de Radio y Televisión, el que establece las clasificaciones, siendo estas: “AA”, “A”, “B”, “B15”, “C” y “D”.

Criterios específicos para clasificación

La labor de clasificación se realiza sin hacer juicio alguno sobre aspectos estéticos, técnicos o ideológicos de los programas, solamente se considera el tema y tratamiento del contenido: esto es, los programas se analizan en su conjunto, teniendo como referencia el contexto de los mismos, así como las escenas, capítulos, tomas o segmentos que puedan tener un impacto específico durante su desarrollo. Estas clasificaciones son asignadas por el instituto para dar mayor objetividad y transparencia a las personas autorizadas por la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía para la clasificación aplicado igual a películas, telenovelas, series filmadas, programas infantiles, teleteatros grabados y anuncios comerciales, tal y como se establece en la Ley. En seguida se presenta una síntesis de la versión oficial publicada en el Diario Oficial de la Federación, siendo estas clasificaciones las siguientes:[2][3][4]

Nivel Audiencia preferente Horario preferente Tema tratado Descriptiva
AA Todos los públicos; comprensible para menores de 7 años Cualquier horario General
  • De género informativo
  • Asignado a producciones fáciles de comprender.
  • Son elegidas las tramas de particular interés para menores de 7 años.
  • No afecta el desarrollo integral de un menor de 7 años.
  • Clasificación similar en Estados Unidos: G, PG, TV-Y, TV-Y7, TV-Y7-FV (clasificación estandarizada).
  • Los medios que lo transmitan deben anunciar con este mensaje: «Contenido dirigido al público infantil» o «Apto para niños».
  • Aplicaciones más usadas: Caricaturas de aprendizaje y aquellas producciones donde haya muertes sin violencia, ni psicológicamente dura, ni impactante o simplemente irreales científicamente; entre otras.
Violencia
  • Puede ser mínima, mientras no se fomente.
  • No debe ser impactante ni traumática.
Sexo y desnudez
  • No se muestra el cuerpo humano desnudo.
  • Los besos, abrazos o caricias se presentan en tono cariñoso, familiar o amistoso.
Lenguaje soez
  • Prohibido para esta categoría.
Drogas y Adicciones
  • Prohibido para esta categoría.
A Todos los públicos, pero recomendado para mayores de 7 años Cualquier horario General
  • Es de género informativo.
  • Pueden tener temas complejos según el perfil de la historia
  • Algunos programas requieren la supervisión paterna.
  • Clasificación similar en Estados Unidos: G, PG, PG-13, TV-Y, TV-G, TV-PG (este último equivalente, más utilizado en documentales).
  • Aplicaciones más usadas: Se consideran en este rubro las películas documentales, musicales, infantiles, familiares y aquellas donde haya muertes sin violencia psicológicamente impactante (ya sea naturales, espontáneas, fantásticas, discretas, leves o en su caso, científicamente irreales; entre otras).
Violencia
  • Se autoriza agresividad mínima en los personajes; mientras no se fomente
  • No se debe exhibir como único método para resolver problemas entre individuos.
Sexo y desnudez
  • Se puede presentar desnudos en tanto sean breves, no frecuentes ni detallados.
  • No pueden incluir escenas sexuales ni eróticas, a menos de que se utilicen para fines científicos, educativos o documentales.
Lenguaje soez
  • Pueden contener algunas expresiones atrevidas, en tanto se justifique su uso.
  • Sólo se permiten las que culturalmente no sean ofensivas.
Drogas y Adicciones
  • Caricaturas y series infantiles: No deben haber escenas de consumo de drogas ni menciones a las mismas.
  • Series: Consumo de tabaco y alcohol netamente ocasionales, justificados por la trama de la historia. Obligatorio mostrar sus consecuencias negativas.
B Para mayores de 12 años, menores requieren supervisión. A partir de las 16 y hasta las 5 horas General
  • Es de género informativo.
  • En algunas tramas, por el tema, pueden tener cierto grado de complejidad y requerir el uso de juicio.
  • Los medios que lo transmitan deben advertir con la siguiente declaración: «Este programa puede contener escenas de violencia, adicciones, sexualidad o lenguaje no apto para audiencias menores de 12 años de edad».
  • Aplicaciones más usadas: Se consideran en este rubro las películas con horror, suspenso y temor de mínimo impacto; además de violencia no extremista. Incluye infidelidades, amenazas de muerte, explosiones, discriminación racial, muertes por desastre natural, violencia intrafamiliar y maltrato a adultos mayores; las guerras o escenas violentas incluyendo mutilaciones sin sangre en contextos ya sea cómicos, bélicos (como en historias o narraciones de guerra), épicos (como en leyendas), históricos (incluyendo argumentos bíblicos o biográficos) y fantásticos (como en tramas basadas en videojuegos o superhéroes); incluyendo variadas escenas de acción. Pueden clasificarse películas cuya temática sean más atractivas para mayores de 12 años o no lo sean para menores de 11 años. En función del argumento, podría mostrar cadáveres o cabezas decapitadas.
  • Clasificación similar en Estados Unidos: PG-13, TV-14
Violencia
  • No debe ser la trama principal.
  • Puede haber escenas implícitas de violencia.
  • Se pueden mostrar algunas escenas violentas, en tanto se justifiquen las causas y no se deben ejecutar por causas sexuales.
  • Es obligatorio mostrar las consecuencias.
Sexo y desnudez
  • Puede haber desnudez, pero no frecuente.
  • Se pueden sugerir escenas sexuales, pero no mostrarlas.
  • Las conductas sexuales no son parte de la trama o no son la trama principal.
Lenguaje soez
  • Apta la mención de palabras en doble sentido, pero éstas no deben ser continuas ni ofensivas y no deben ser parte de la personalidad del personaje.
  • No puede haber escenas de violencia verbal extrema.
  • No puede utilizarse con fines discriminatorios y/o denigrantes.
  • En películas mexicanas o extranjeras (con personajes mexicanos), podrían mencionarse palabrotas del conocimiento del español mexicano.
Drogas y Adicciones
  • Se pueden mencionar temas como la adicción y las drogas, pero sin mencionar su consumo.
  • Consumo ocasional de tabaco y/o alcohol.
  • Es obligatorio mostrar las consecuencias de los abusos.
B-15 Para mayores de 15 años, menores requieren supervisión. A partir de las 21 horas General
  • De modelo informativo; por el tema, puede tener cierto grado de complejidad.
  • Algunas tramas no son adecuadas para personas menores a 14 años.
  • Debido al contenido, hay que tener juicio y sentido común para diferenciar fantasía de realidad.
  • Los medios que lo transmitan deben advertir con la siguiente declaración: «Este programa puede contener escenas de violencia, adicciones, sexualidad o lenguaje no apto para audiencias menores de 15 años de edad».
  • Temas más utilizados: Se consideran en este rubro las películas que traten temas como la drogadicción, homosexualidad, asesinatos sangrientos, mutilaciones en primer plano, suicidios implícitos, horror paranormal y escatología simulada. Son clasificadas las películas con temas controversiales.
  • Clasificación similar en Estados Unidos: PG-13, R, TV-14.
Violencia
  • Puede haber escenas de violencia física; mientras no sea la trama principal y se justifique por el argumento.
  • Las escenas violentas no pueden ser detalladas.
  • Cualquier otro perfil de violencia, con o sin detalles, debe mostrar las consecuencias negativas.
Sexo y desnudez
  • Escenas eróticas y sexuales pueden ejecutarse, en tanto sean implícitas y no realizadas en contextos degradantes y/o humillantes.
  • Puede contener desnudos parciales e integrales esporádicos en segundo o tercer plano sin acercamientos a los genitales de los actores.
Lenguaje soez
  • Puede llevar expresiones y palabras procaces; pero no deben formar parte del perfil del personaje ni presentarlo como atributo positivo.
  • No puede utilizarse con fines discriminatorios y/o denigrantes.
Drogas y Adicciones
  • El consumo de drogas puede ser explícito o constante, pero este es mínimo, se desalienta y se exhiben sus consecuencias negativas.
  • No se debe motivar su consumo ni exhibirse su preparación.
C Mayores de 18 años A partir de las 22 horas General
  • De tipo restrictiva.
  • Varios de los temas pueden ser más explícitos o menos censurados.
  • Los medios que lo transmitan deben advertir con la siguiente declaración: «Este programa puede contener escenas de violencia, adicciones, sexualidad o lenguaje no apto para audiencias menores de 18 años de edad».
  • Clasificación similar en Estados Unidos: R, TV-MA, TV-14(algunos programas).
  • Temas más utilizados: Asesinatos por Desmembramiento o Incineración; Pedofilia; Incesto; Canibalismo
Violencia
  • Se autoriza todo el horror, detallado.
  • Los programas no pueden hacer apología de la violencia o los delitos.
Sexo y desnudez
  • Puede haber desnudez erótica, sin presentación de genitales.
  • Puede haber relaciones sexuales (en forma discreta, implícita o velada).
Lenguaje soez
  • Se puede utilizar cualquier tipo de lenguaje.
  • No puede utilizarse con fines discriminatorios y/o denigrantes.
Drogas y Adicciones
  • Se autoriza el consumo de drogas.
  • Nunca se defiende ni/o fomenta su consumo o tráfico.
  • Deben mostrarse las consecuencias negativas.
D Exclusivamente adultos A partir de la medianoche General
  • Es de tipo restrictivo.
  • Los medios que lo transmitan deben advertir con la siguiente declaración: «Este programa es dirigido exclusivamente para audiencias mayores de 18 años de edad; puede contener escenas de violencia extrema, adicciones, sexualidad explícita y/o lenguaje soez» «Programación adulta que puede contener escenas extremas de violencia, adicciones, sexualidad explícita y/o lenguaje soez no apto para audiencias menores de 18 años de edad»..
  • Clasificación similar en Estados Unidos: R, NC-17, TV-MA (sólo en este equivalente, México define público exclusivamente para adultos)
Sexo y desnudez
  • Puede haber escenas, implícitas o directas, de relaciones sexuales y desnudos.
  • Puede ser erótico, sin llegar a ser considerado pornografía.
Drogas y Adicciones
  • Se presentan escenas de consumo de drogas.
  • Puede haber mención de narcotráfico, estupefacientes y su estilo de vida.
Violencia
  • Se autoriza completamente; incluso si no pueden justificarse en el contexto del programa.
Lenguaje soez

Trivia

Durante sus primeros diez años (1977-1986) los mensajes que RTC difundía en televisión usaba como rúbrica las primeras notas de la melodía 3+3 de Vangelis.

Referencias

  1. Secretaría de Gobernación (25 de octubre de 2010). «Quiénes somos». Reseña. Consultado el 9 de diciembre de 2010. 
  2. Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía. «Sitio de Cinematografía». Tabla informativa. Consultado el 30 de septiembre de 2011. 
  3. Secretaría de Gobernación (2 de mayo de 2007). «Acuerdo para criterios de clasificación en material grabado en México». Consultado el 9 de diciembre de 2010. 
  4. Chao Ebergenyi, Andrés Imre (2 de octubre de 2015). «Anteproyecto de Lineamientos de Clasificación de Contenidos Audiovisuales de las Transmisiones Radiodifundidas y del Servicio de Televisión y Audio Restringidos». Anteproyecto de ley. Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía. Consultado el 30 de marzo de 2016. 

Enlaces externos

  • Página oficial de La Hora Nacional (México)
  • Página oficial del Consejo Nacional de la Radio y Televisión
  • Lista de películas con clasificación asignada
  •   Datos: Q5807984

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La Direccion General de Radio Television y Cinematografia mejor conocida por su sigla RTC es un organo desconcentrado de la Secretaria de Gobernacion de Mexico Esta encargada de supervisar los contenidos exhibidos en radio television y cine para en su caso asignar una clasificacion transmision comercializacion distribucion y exhibicion Tambien controla los tiempos de programas oficiales del gobierno en medios electronicos Es el principal emisor del programa La hora nacional Direccion General de Radio Television y CinematografiaInformacion generalAmbitoMexico MexicoTipoorgano desconcentradoAcronimoRTC Sigla de uso mas comun SedeCiudad de MexicoFundacion6 de julio de 1977OrganizacionDirector GeneralRodolfo Gonzalez ValderramaDependiente deSecretaria de GobernacionSitio web editar datos en Wikidata Creada el 6 de julio de 1977 es la unidad administrativa encargada de ejercer las atribuciones que las leyes y reglamentos le confieren a la Secretaria de Gobernacion en materia de radio television y cinematografia Entre sus facultades RTC supervisa los contenidos de radio television y cinematografia para su clasificacion transmision comercializacion distribucion y exhibicion segun sea el caso Tambien es la encargada de coordinar y supervisar tecnicamente la transmision enlace y distribucion de los programas oficiales en medios electronicos Indice 1 Mision y vision 1 1 Mision 1 2 Vision 2 Antecedentes 3 Directores generales 4 Atribuciones 5 Clasificacion de material grabado 5 1 Criterios especificos para clasificacion 6 Trivia 7 Referencias 8 Enlaces externosMision y vision EditarEl organismo tiene como mision que se haga el buen cumplimiento de la Ley Federal de Radio y Television y de la Ley Federal de Cinematografia asi como de sus respectivos reglamentos para transmitir valores al pueblo mexicano Como organismo busca convertirse en una institucion rectora de los medios de comunicacion 1 Mision Editar Vigilar el cumplimiento de la Ley Federal de Radio y Television y de la Ley Federal de Cinematografia y de sus respectivos reglamentos para cumplir con la funcion social de los medios de comunicacion asi como contribuir al fortalecimiento de la integracion nacional a traves de la difusion de mensajes que reafirmen los valores historicos democraticos culturales y sociales de la poblacion Vision Editar Constituirse en una institucion rectora que provea lo necesario para el uso del tiempo que corresponde al Estado en cuyo usufructo tienen participacion los tres poderes de la Union coadyuvando a difundir sus politicas de comunicacion social fortalecer los procesos para regular supervisar y vigilar la transmision de materiales de radio television y cinematografia conforme a lo establecido en las leyes y reglamentos de la materia para contribuir al fortalecimiento de la integracion nacional y de los valores historicos y culturales Antecedentes EditarLa Direccion General de Radio Television y Cinematografia RTC es creada a traves del Reglamento Interior de la Secretaria de Gobernacion publicado en el Diario Oficial de la Federacion el 6 de julio de 1977 En sus inicios RTC dicto las disposiciones programaticas de coordinacion y evaluacion relativas a los institutos de radio television y cinematografia atendio la operacion de la Cineteca Nacional y el registro publico cinematografico dirigio los servicios de la television rural de la radiodifusora Radio Mexico y coordino el funcionamiento de las estaciones de radio y television pertenecientes al Gobierno Federal Desde 1977 hasta 2005 el Reglamento Interior de la Secretaria de Gobernacion se ha modificado lo que ocasionado que RTC haya tenido diversos cambios en su estructura y operacion En 1985 se incluyo entre sus atribuciones el emitir opinion previa al tramite que debe dar la Secretaria de Comunicaciones y Transportes a las solicitudes de concesion o permiso para operar estaciones de radio y television asi como para su renovacion de acuerdo con la Ley Organica de la Administracion Publica Federal Asimismo se le faculto para autorizar el contenido de las senales distribuidas por sistemas de television por cable via satelital o de emisiones distribuidas a traves de cualquier medio fisico En 1989 se le confirieron atribuciones vinculadas al uso del tiempo que corresponde al Estado en las estaciones de radio y television el encadenamiento de las estaciones de radio y television la produccion y transmision de La hora nacional el cumplimiento de las leyes y reglamentos en materia de radio television y cinematografia la autorizacion para la transmision de programas en idiomas diferentes al espanol para la transmision publica de material grabado o filmado para cualquier tipo de programas de radio o television asi como para la distribucion comercializacion y exhibicion publica de peliculas producidas en el pais o en el extranjero y la clasificacion de los materiales de radio television y cinematografia en conformidad con las normas aplicables en la materia El Reglamento de 1998 reitero las atribuciones de RTC y actualizo diversas fracciones para hacerlas congruentes con las nuevas tecnologias En 2002 se elimino la atribucion de someter al acuerdo del Secretario de Gobernacion lo relativo a la coordinacion promocion y fomento de las actividades que en el ambito de su competencia realizaba la Secretaria Asimismo se especifico las dependencias que coordinarian la produccion televisiva de programas de las actividades del Gobierno Federal En 2004 se le otorgo la atribucion de autorizar y vigilar la transmision del Himno Nacional por estaciones de radio y television y la proyeccion por television del Escudo y de la Bandera Nacionales y los programas que versen sobre ellos o que contengan motivos del Himno en coordinacion con la Direccion General de Cultura Democratica y Fomento Civico Directores generales EditarLa Direccion General de Radio Television y Cinematografia ha tenido a lo largo de su historia a los siguientes directores generales Directores generales de Radio Television y Cinematografia RTC Director PeriodoMargarita Lopez Portillo 1977 1982Jesus Hernandez Torres 1982 1988oscar Levin Coppel 1988 1989Javier Najera Torres 1989 1991Jorge Medina Viedas 1991 1993Manuel Villa Aguilera 1993Alejandro Montano Martinez 1993 1995Enrique Rubio Lara 1995 1997Carlos Reta Martinez 1997 1999Alejandro Montano Martinez 1999 2000Carlos Fernandez Collado 2000 2002Manuel Gomez Morin Martinez del Rio 2002 2003Hector Villarreal Ordonez 2003 2004Eduardo Garzon Valdez 2005 2007Irma Pia Gonzalez Luna 2006 2008Norberto Tapia Latisnere 2008 2009Alvaro Luis Lozano Gonzalez 2009 2011Jose Ignacio Juarez Sanchez noviembre de 2011 abril de 2013Andres Chao Ebergenyi abril de 2013 mayo de 2014Amadeo Diaz Moguel julio de 2014 enero de 2019Rodolfo Gonzalez Valderrama febrero de 2019 En el cargoAtribuciones EditarDe conformidad con el articulo 34 del Reglamento Interior de la Secretaria de Gobernacion la Direccion General de Radio Television y Cinematografia tiene las siguientes atribuciones Ejercer las atribuciones que las leyes y reglamentos le confieren a la Secretaria en materia de radio television cinematografia y demas medios electronicos de comunicacion Aplicar en su ambito de competencia la politica de comunicacion social del Gobierno Federal Auxiliar al Secretario en el ambito de su competencia en todo lo relativo a las propuestas que este presente ante el titular del Ejecutivo Federal para la emision de acuerdos en los que se establezcan los lineamientos de la comunicacion social del Gobierno Federal Promover con la intervencion que corresponda a otras dependencias la produccion de programas de radio y television que contribuyan al fortalecimiento de la integracion y descentralizacion nacionales Regular la transmision de materiales de radio y television Tener a su cargo los registros publicos que prevean las leyes en materia de radio y television Expedir los certificados de origen del material grabado y filmado de radio television y cinematografia para uso comercial experimental o artistico realizado en el pais o en el extranjero asi como el material generado en coproduccion con otros paises en territorio nacional o en el extranjero Resolver las solicitudes de autorizacion para transmitir publicamente material grabado o filmado para cualquier tipo de programas de radio o television asi como para distribuir comercializar y exhibir publicamente peliculas o de cualquier otra forma de presentacion del material producidos en el pais o en el extranjero y clasificarlos de conformidad con las normas aplicables vigilando su observancia Autorizar la importacion y exportacion de material grabado o filmado de uso comercial o experimental para la radio y la television de conformidad con los acuerdos establecidos observando los criterios de reciprocidad Supervisar los guiones y libretos para programas de television y otorgar autorizacion de los argumentos y guiones para la radio y para la publicidad grabada o filmada destinada a su transmision o exhibicion Otorgar autorizacion para grabar o filmar con fines de explotacion comercial material extranjero de radio y television Autorizar el contenido de las senales distribuidas por los sistemas de television por cable Intervenir en el ambito de su competencia en las reuniones nacionales o internacionales que sobre las materias de radio television cinematografia y demas medios electronicos de comunicacion se realicen en territorio nacional o en el extranjero Autorizar el contenido de las emisiones distribuidas a traves de cualquier medio fisico en territorio nacional de senales de radio y television provenientes de satelites o de otro tipo de tecnologias previamente a la concesion o permiso que en su caso otorgue la Secretaria de Comunicaciones y Transportes Supervisar y vigilar que las transmisiones de radio y television a traves de sus distintas modalidades de difusion cumplan con las disposiciones de la Ley Federal de Radio y Television sus respectivos reglamentos y titulos de concesion Intervenir previo acuerdo del Secretario en el ambito de su competencia y con la participacion que corresponda a otras dependencias en la celebracion de contratos y convenios nacionales e internacionales en materia de radio television cinematografia y comunicacion social Vigilar con la participacion que corresponda a otras dependencias que la transmision de programas de radio y television asi como la exhibicion o comercializacion de peliculas o de cualquier otra forma de presentacion con fines educativos y culturales se apeguen a los criterios que establezcan las disposiciones legales y reglamentarias Autorizar la transmision de programas para radio y television producidos en el extranjero y el material radiofonico y de television que se utilice en los programas patrocinados por un gobierno extranjero o un organismo internacional en los terminos de los convenios internacionales suscritos por el Gobierno Federal Autorizar la transmision por radio y television de programas en idiomas diferentes al espanol asi como doblajes y subtitulajes para programas de television y peliculas cinematograficas Conceder permisos para la transmision de programas de concursos de preguntas y respuestas y de otros semejantes en coordinacion con la Unidad de Gobierno Autorizar y vigilar la transmision del Himno Nacional por estaciones de radio y television y la proyeccion por television del Escudo y de la Bandera Nacionales y los programas que versen sobre ellos o que contengan motivos del Himno en coordinacion con la Direccion General de Cultura Democratica y Fomento Civico Proveer lo necesario para el uso del tiempo que corresponda al Estado en las estaciones de radio y television Ordenar y coordinar el encadenamiento de las estaciones de radio y television de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 62 de la Ley Federal de Radio y Television Conocer previamente los boletines que los concesionarios o permisionarios esten obligados a transmitir gratuitamente y ordenar a estos su difusion salvo en los casos de notoria urgencia en los cuales las autoridades podran directamente y bajo su responsabilidad ordenar su transmision de acuerdo con lo senalado por el articulo 60 de la Ley Federal de Radio y Television Colaborar con la Comision de Radiodifusion para transmitir los programas de los partidos politicos por radio y television segun lo dispuesto por el Codigo Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales sus disposiciones reglamentarias y demas normas aplicables Realizar los estudios investigaciones analisis y evaluaciones necesarias para conocer oportunamente los efectos de las transmisiones de radio y television y de las exhibiciones cinematograficas sobre las actividades del Ejecutivo Federal y en su caso proponer las medidas que deban adoptarse Emitir opinion previa al tramite que deba dar la Secretaria de Comunicaciones y Transportes sobre las solicitudes de concesion o permiso a que se refiere la fraccion III del articulo 36 de la Ley Organica de la Administracion Publica Federal Vigilar que en el tiempo total de pantalla que deben dedicar los salones cinematograficos del pais para la exhibicion de peliculas mexicanas se observen las disposiciones de la Ley Federal de Cinematografia y su reglamento Imponer las sanciones que correspondan por incumplimiento de las normas que regulan las transmisiones en radio y television y las exhibiciones cinematograficas Supervisar la cobertura y produccion para la television de los programas informativos relacionados con las actividades del titular del Poder Ejecutivo Federal y sus dependencias asi como los correspondientes a los actos que senala el Calendario Civico de Conmemoraciones Vigilar que el equipo periferico del Centro Nacional de Transmisiones opere en optimas condiciones de trabajo y garantizar que la transmision y recepcion de senales realizadas en el Centro reunan los requerimientos tecnicos establecidos en materia de calidad Prestar los servicios de recepcion y transmision de senales a cadenas nacionales e internacionales de television Coordinarse previo acuerdo del secretario con la Coordinacion General de Comunicacion Social de la Presidencia de la Republica y con las unidades de comunicacion social de la Administracion Publica Federal de los Gobiernos de los Estados y del Distrito Federal para la produccion televisiva de programas informativos acerca de las actividades del Gobierno Federal Encargarse de la produccion y transmision de los programas de La Hora Nacional Hacerse cargo de las publicaciones que se editen como organos de la Direccion General Clasificacion de material grabado EditarPara el analisis del contenido de esta programacion se pondera El significado y aplicacion del conjunto de palabras frases y enunciados El entorno linguistico y situacional para darle valor y sentido tanto a las imagenes como a lo que se expresa El genero del programa Se realiza una ficha de Analisis y Clasificacion de Material para Television que detalla los aspectos tecnicos asi como la elaboracion de una sinopsis resaltando los elementos que sustentan la clasificacion Como referencia para el analisis se consideran cuatro categorias tomando en cuenta la frecuencia y presencia combinada de las mismas Violencia representaciones de violencia fisica psicologica o sexual Sexualidad escenas que contengan denotacion o connotacion sexual Lenguaje corrupcion del lenguaje asi como palabras y o frases en doble sentido Adicciones escenas en donde se presente consumo de tabaco alcohol y o drogas Es el articulo 24 del Reglamento de la Ley Federal de Radio y Television en Materia de Concesiones Permisos y Contenido de las Transmisiones de Radio y Television el que establece las clasificaciones siendo estas AA A B B15 C y D Criterios especificos para clasificacion Editar La labor de clasificacion se realiza sin hacer juicio alguno sobre aspectos esteticos tecnicos o ideologicos de los programas solamente se considera el tema y tratamiento del contenido esto es los programas se analizan en su conjunto teniendo como referencia el contexto de los mismos asi como las escenas capitulos tomas o segmentos que puedan tener un impacto especifico durante su desarrollo Estas clasificaciones son asignadas por el instituto para dar mayor objetividad y transparencia a las personas autorizadas por la Direccion General de Radio Television y Cinematografia para la clasificacion aplicado igual a peliculas telenovelas series filmadas programas infantiles teleteatros grabados y anuncios comerciales tal y como se establece en la Ley En seguida se presenta una sintesis de la version oficial publicada en el Diario Oficial de la Federacion siendo estas clasificaciones las siguientes 2 3 4 Nivel Audiencia preferente Horario preferente Tema tratado DescriptivaAA Todos los publicos comprensible para menores de 7 anos Cualquier horario General De genero informativo Asignado a producciones faciles de comprender Son elegidas las tramas de particular interes para menores de 7 anos No afecta el desarrollo integral de un menor de 7 anos Clasificacion similar en Estados Unidos G PG TV Y TV Y7 TV Y7 FV clasificacion estandarizada Los medios que lo transmitan deben anunciar con este mensaje Contenido dirigido al publico infantil o Apto para ninos Aplicaciones mas usadas Caricaturas de aprendizaje y aquellas producciones donde haya muertes sin violencia ni psicologicamente dura ni impactante o simplemente irreales cientificamente entre otras Violencia Puede ser minima mientras no se fomente No debe ser impactante ni traumatica Sexo y desnudez No se muestra el cuerpo humano desnudo Los besos abrazos o caricias se presentan en tono carinoso familiar o amistoso Lenguaje soez Prohibido para esta categoria Drogas y Adicciones Prohibido para esta categoria A Todos los publicos pero recomendado para mayores de 7 anos Cualquier horario General Es de genero informativo Pueden tener temas complejos segun el perfil de la historia Algunos programas requieren la supervision paterna Clasificacion similar en Estados Unidos G PG PG 13 TV Y TV G TV PG este ultimo equivalente mas utilizado en documentales Aplicaciones mas usadas Se consideran en este rubro las peliculas documentales musicales infantiles familiares y aquellas donde haya muertes sin violencia psicologicamente impactante ya sea naturales espontaneas fantasticas discretas leves o en su caso cientificamente irreales entre otras Violencia Se autoriza agresividad minima en los personajes mientras no se fomente No se debe exhibir como unico metodo para resolver problemas entre individuos Sexo y desnudez Se puede presentar desnudos en tanto sean breves no frecuentes ni detallados No pueden incluir escenas sexuales ni eroticas a menos de que se utilicen para fines cientificos educativos o documentales Lenguaje soez Pueden contener algunas expresiones atrevidas en tanto se justifique su uso Solo se permiten las que culturalmente no sean ofensivas Drogas y Adicciones Caricaturas y series infantiles No deben haber escenas de consumo de drogas ni menciones a las mismas Series Consumo de tabaco y alcohol netamente ocasionales justificados por la trama de la historia Obligatorio mostrar sus consecuencias negativas B Para mayores de 12 anos menores requieren supervision A partir de las 16 y hasta las 5 horas General Es de genero informativo En algunas tramas por el tema pueden tener cierto grado de complejidad y requerir el uso de juicio Los medios que lo transmitan deben advertir con la siguiente declaracion Este programa puede contener escenas de violencia adicciones sexualidad o lenguaje no apto para audiencias menores de 12 anos de edad Aplicaciones mas usadas Se consideran en este rubro las peliculas con horror suspenso y temor de minimo impacto ademas de violencia no extremista Incluye infidelidades amenazas de muerte explosiones discriminacion racial muertes por desastre natural violencia intrafamiliar y maltrato a adultos mayores las guerras o escenas violentas incluyendo mutilaciones sin sangre en contextos ya sea comicos belicos como en historias o narraciones de guerra epicos como en leyendas historicos incluyendo argumentos biblicos o biograficos y fantasticos como en tramas basadas en videojuegos o superheroes incluyendo variadas escenas de accion Pueden clasificarse peliculas cuya tematica sean mas atractivas para mayores de 12 anos o no lo sean para menores de 11 anos En funcion del argumento podria mostrar cadaveres o cabezas decapitadas Clasificacion similar en Estados Unidos PG 13 TV 14Violencia No debe ser la trama principal Puede haber escenas implicitas de violencia Se pueden mostrar algunas escenas violentas en tanto se justifiquen las causas y no se deben ejecutar por causas sexuales Es obligatorio mostrar las consecuencias Sexo y desnudez Puede haber desnudez pero no frecuente Se pueden sugerir escenas sexuales pero no mostrarlas Las conductas sexuales no son parte de la trama o no son la trama principal Lenguaje soez Apta la mencion de palabras en doble sentido pero estas no deben ser continuas ni ofensivas y no deben ser parte de la personalidad del personaje No puede haber escenas de violencia verbal extrema No puede utilizarse con fines discriminatorios y o denigrantes En peliculas mexicanas o extranjeras con personajes mexicanos podrian mencionarse palabrotas del conocimiento del espanol mexicano Drogas y Adicciones Se pueden mencionar temas como la adiccion y las drogas pero sin mencionar su consumo Consumo ocasional de tabaco y o alcohol Es obligatorio mostrar las consecuencias de los abusos B 15 Para mayores de 15 anos menores requieren supervision A partir de las 21 horas General De modelo informativo por el tema puede tener cierto grado de complejidad Algunas tramas no son adecuadas para personas menores a 14 anos Debido al contenido hay que tener juicio y sentido comun para diferenciar fantasia de realidad Los medios que lo transmitan deben advertir con la siguiente declaracion Este programa puede contener escenas de violencia adicciones sexualidad o lenguaje no apto para audiencias menores de 15 anos de edad Temas mas utilizados Se consideran en este rubro las peliculas que traten temas como la drogadiccion homosexualidad asesinatos sangrientos mutilaciones en primer plano suicidios implicitos horror paranormal y escatologia simulada Son clasificadas las peliculas con temas controversiales Clasificacion similar en Estados Unidos PG 13 R TV 14 Violencia Puede haber escenas de violencia fisica mientras no sea la trama principal y se justifique por el argumento Las escenas violentas no pueden ser detalladas Cualquier otro perfil de violencia con o sin detalles debe mostrar las consecuencias negativas Sexo y desnudez Escenas eroticas y sexuales pueden ejecutarse en tanto sean implicitas y no realizadas en contextos degradantes y o humillantes Puede contener desnudos parciales e integrales esporadicos en segundo o tercer plano sin acercamientos a los genitales de los actores Lenguaje soez Puede llevar expresiones y palabras procaces pero no deben formar parte del perfil del personaje ni presentarlo como atributo positivo No puede utilizarse con fines discriminatorios y o denigrantes Drogas y Adicciones El consumo de drogas puede ser explicito o constante pero este es minimo se desalienta y se exhiben sus consecuencias negativas No se debe motivar su consumo ni exhibirse su preparacion C Mayores de 18 anos A partir de las 22 horas General De tipo restrictiva Varios de los temas pueden ser mas explicitos o menos censurados Los medios que lo transmitan deben advertir con la siguiente declaracion Este programa puede contener escenas de violencia adicciones sexualidad o lenguaje no apto para audiencias menores de 18 anos de edad Clasificacion similar en Estados Unidos R TV MA TV 14 algunos programas Temas mas utilizados Asesinatos por Desmembramiento o Incineracion Pedofilia Incesto CanibalismoViolencia Se autoriza todo el horror detallado Los programas no pueden hacer apologia de la violencia o los delitos Sexo y desnudez Puede haber desnudez erotica sin presentacion de genitales Puede haber relaciones sexuales en forma discreta implicita o velada Lenguaje soez Se puede utilizar cualquier tipo de lenguaje No puede utilizarse con fines discriminatorios y o denigrantes Drogas y Adicciones Se autoriza el consumo de drogas Nunca se defiende ni o fomenta su consumo o trafico Deben mostrarse las consecuencias negativas D Exclusivamente adultos A partir de la medianoche General Es de tipo restrictivo Los medios que lo transmitan deben advertir con la siguiente declaracion Este programa es dirigido exclusivamente para audiencias mayores de 18 anos de edad puede contener escenas de violencia extrema adicciones sexualidad explicita y o lenguaje soez Programacion adulta que puede contener escenas extremas de violencia adicciones sexualidad explicita y o lenguaje soez no apto para audiencias menores de 18 anos de edad Clasificacion similar en Estados Unidos R NC 17 TV MA solo en este equivalente Mexico define publico exclusivamente para adultos Sexo y desnudez Puede haber escenas implicitas o directas de relaciones sexuales y desnudos Puede ser erotico sin llegar a ser considerado pornografia Drogas y Adicciones Se presentan escenas de consumo de drogas Puede haber mencion de narcotrafico estupefacientes y su estilo de vida Violencia Se autoriza completamente incluso si no pueden justificarse en el contexto del programa Lenguaje soezTrivia EditarDurante sus primeros diez anos 1977 1986 los mensajes que RTC difundia en television usaba como rubrica las primeras notas de la melodia 3 3 de Vangelis Referencias Editar Secretaria de Gobernacion 25 de octubre de 2010 Quienes somos Resena Consultado el 9 de diciembre de 2010 Direccion General de Radio Television y Cinematografia Sitio de Cinematografia Tabla informativa Consultado el 30 de septiembre de 2011 Secretaria de Gobernacion 2 de mayo de 2007 Acuerdo para criterios de clasificacion en material grabado en Mexico Consultado el 9 de diciembre de 2010 Chao Ebergenyi Andres Imre 2 de octubre de 2015 Anteproyecto de Lineamientos de Clasificacion de Contenidos Audiovisuales de las Transmisiones Radiodifundidas y del Servicio de Television y Audio Restringidos Anteproyecto de ley Direccion General de Radio Television y Cinematografia Consultado el 30 de marzo de 2016 Enlaces externos EditarPagina oficial de La Hora Nacional Mexico Pagina oficial del Consejo Nacional de la Radio y Television Lista de peliculas con clasificacion asignada Datos Q5807984Obtenido de https es wikipedia org w index php title Direccion General de Radio Television y Cinematografia Mexico amp oldid 138150569, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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