fbpx
Wikipedia

Breviario de Alarico

El Breviario de Alarico (o Lex Romana Visigothorum) es un cuerpo legal visigodo, en el cual se recoge el Derecho romano vigente en el reino visigodo de Tolosa, que fue elaborado durante el reinado de Alarico II (484–507 d. C.), siendo promulgado el 2 de febrero de 506 en Aduris (actual Aire-sur-l'Adour, en la región de Burdeos, Francia). También es denominado Breviarium Alarici, Breviarium Alaricianum, Código de Alarico, Breviario de Aniano, Lex Romana Visigothorum y Liber legum.

Manuscrito del Breviario de Alarico conservado en Clermont-Ferrand (siglo X).

Constituye fundamentalmente una obra recopilatoria de Derecho romano postclásico y vulgar, considerada la más importante realizada en un reino germánico. Por ello, y en atención a su forma de elaboración e influencia posterior, ha sido calificada —guardando las debidas proporciones— como el equivalente occidental del Corpus Iuris Civilis de Justiniano.[1]

El Breviario de Alarico es un texto de carácter práctico, basado en el derecho romano vulgar, y en su elaboración intervinieron numerosos juristas eclesiásticos y nobles. El Breviario contiene esencialmente normas de Derecho privado, puesto que las de Derecho público no tenían vigencia y aplicación práctica tras la caída del Imperio romano. Al ser el Breviario de Alarico una compilación casi ciento por ciento de Derecho romano vulgar, se ha planteado la hipótesis de que con la promulgación de esta obra, el rey Alarico II pretendía atraer a la población romana y católica en un momento particularmente difícil para la estabilidad del reino visigodo, como lo fue la víspera del avance del pueblo franco sobre la Aquitania goda. Este texto legal se habría concedido con una finalidad política ocasional. Mucho se ha discutido sobre si el Breviario de Alarico era solo aplicable a la población romana del reino godo o si su ámbito de vigencia se extendía también a los germanos. Habiendo sido unánime esta opinión hasta el siglo XVIII, los estudiosos, en gran parte por influjo de Savigny, pasaron a sostener comúnmente la teoría de la «personalidad», o de la vigencia simultánea de un Derecho romano para galos e hispanorromanos (Breviario de Alarico) junto a un Derecho germánico para los visigodos (Código de Eurico).

Hoy se ha vuelto a sostener la existencia de un Derecho común para unos y otros, opinando algunos que habría habido una variación pendular, debida a factores preponderantemente políticos, a través de sucesivas derogaciones y promulgaciones, entre el Derecho romano y el germánico: según ello, el Código de Eurico habría correspondido a un momento de «germanización», y el Breviario de Alarico a un intento de retorno al Derecho romano. Otros creen que, aunque el Derecho aplicable fue único, la vigencia del Breviario de Alarico fue simultánea a la del Código de Eurico, y que su promulgación tuvo el único propósito de clarificar las fuentes «romanas», de donde los tribunales tomaban sus argumentos para resolver los litigios: habría sido así el Breviario de Alarico una obra «didascálica», destinada a la información de los jueces en lo relativo a la aplicación de las «leges» (constituciones imperiales) y «jurisprudencia» (que desde la «Ley de Citas» se había reducido en la práctica a la invocación de versiones vulgares sobre obras de unos pocos autores).

Hasta el renacimiento jurídico de Bolonia, el Breviario de Alarico fue tenido en la Europa occidental como el auténtico Derecho romano, y su influencia sobrevivió en mucho al reino visigodo.

Uno de los posibles objetivos del Breviario pudo haber sido la adhesión de los pobladores galorromanos, presentándoles una legislación muy cercana a la suya al eliminar las costumbres germánicas (rescatadas en el Código de Eurico). Esto debido a que el avance del pueblo franco los amenazaba y necesitaban el apoyo de los galo-romanos (que eran mayoría en las Galias). En contraste con este avance hacia el Sur, el pueblo visigodo empieza a sufrir de manos de francos y borgoñeses la pérdida de territorio, y con esta presión del Norte pierden todas las Galias, razón por la que los visigodos, para poder sobrevivir, se extendieron por la península ibérica. Alarico II habría comprendido que la población no visigótica de las Galias, es decir, galorromana por origen y católica por religión, se inclina hacia la anexión al reino franco (pueblo germánico y católico) y trata de atraérsela ofreciéndole una buena compilación de Derecho romano, por el que tal población se regía.

A este fin de propaganda romanizante hay que añadir otro de carácter técnico: aclarar el Derecho romano, suprimir de él textos inútiles y eliminar ambigüedades, ya que Alarico II está al tanto de que el ordenamiento jurídico de los galos es obsoleto e ineficaz. Por lo tanto, lo depura, quitándole lo obsoleto y permite a los galos que se rijan por él.

Antecedentes

Redacción

 
Extensión del reino visigodo hacia el año 500.

Alarico II, hijo y sucesor de Eurico y último monarca visigodo del reino con capital en Tolosa, designó una comisión de prudentes o juristas[2]​ —técnicos o prácticos en Derecho,[1]​ según algunos autores—, dirigida por el Conde Goyarico (Goiarico), a la cual encargó la tarea de elaborar un cuerpo jurídico que recopilara leges e iura sobre la base de textos seleccionados del Código Teodosiano y otras obras de Derecho romano.

De acuerdo a lo señalado en el propio Breviario, Alarico II buscaba con este texto corregir el Código Teodosiano y las obras de ius posteriores a éste, conforme a la Ley de Citas. En la interpretatio a esta última se expresa que se había «elegido aquello que ha parecido necesario para los pleitos de los tiempos presentes».[3]

La comisión cumplió con la labor encomendada por el rey, y el cuerpo legal elaborado por ella fue presentado solemnemente ante una asamblea reunida en Aduris (hoy Aire-sur-l'Adour, Francia), compuesta por la nobleza provincial galorromana y obispos, católicos[2]​ y arrianos. En dicha asamblea fue aprobado, siendo promulgada por Alarico II en la ciudad de Tolosa el 2 de febrero de 506.

Denominación

Se desconoce cuál habría sido el nombre que, en la época de su promulgación, se le dio a esta obra jurídica. De las denominaciones utilizadas por los antiguos copistas —tales como Theodosii constitutionum libri, Corpus Theodosianum, Lex Theodosiana y Liber legum—,[4]​ como por los modernos y contemporáneos investigadores de la historia del Derecho, dos son las más usuales: Breviario de Alarico (del latín Breviarium Alarici regis: Breviario del rey Alarico y Breviarium Alaricianum: Breviario Alariciano) y Lex Romana Visigothorum (Ley Romana de los Visigodos).

El nombre de Breviario de Alarico se popularizó hacia el siglo XVI, aunque figuraba en pocos manuscritos. También se usó la denominación Breviarium Aniani (Breviario de Aniano), debido a la subscripción que poseen las copias oficiales por parte del Conde Aniano, que produjo algunas confusiones en torno a su autoría.[4]

Por otro lado, modernamente se le ha llamado Lex Romana Visigothorum por ser un cuerpo legal visigodo que contiene exclusivamente Derecho romano.

Estructura, fuentes y contenido

El Breviario de Alarico está redactado en latín y consta de cinco partes o secciones: las dos primeras contienen leges y las tres últimas iura;[5]​ es preciso destacar que tales fuentes no están refundidas sistemáticamente, sino que conservan en buena parte su autonomía. Además, el texto posee un commonitorium o advertencia del rey Alarico y una refrendación o suscripción oficial.

Las dos secciones de leges incluyen constituciones imperiales tomadas del Código Teodosiano (Codex Theodosianus) —prácticamente una sexta parte de él— y de novelas post-teodosianas (novellae post-teodosianae), es decir, dictadas con posterioridad a dicho código por los emperadores Teodosio II, Valentiniano III, Marciano, Mayoriano y Severo, entre 438 y 463.

Las tres secciones de iura contienen, parcialmente, el Liber Gai (Epítome de Gayo, un epítome de las Instituciones de Gayo), una buena cantidad de textos provenientes de las Pauli Sententiae (Sentencias de Paulo), fragmentos del Libri responsorum o Responsa de Papiniano y constituciones imperiales tomadas de los Códigos Gregoriano (Codex Gregorianus) y Hermogeniano (Codex Hermogenianus) (esta últimas, aunque eran técnicamente leges por proceder de tales códigos, que eran obras privadas o particulares, se incluyeron en esta parte del Breviario).

El Breviario contiene esencialmente normas de Derecho privado, puesto que las de Derecho público no tenían vigencia y aplicación práctica tras la caída del Imperio romano de Occidente.

 
Manuscrito del Breviario de Alarico conservado en la Biblioteca Nacional de Francia, (siglo X).

Commonitorium y subscripción de Aniano

In hoc corpore continentur leges sive species iuris de Theodosiano et diversis libris electae, et sicut praeceptum est explanatae, anno XXII. regnante domino Alarico Rege, ordinanti viro illustri Goiarico Comite. Exemplar Auctoritatis. Commonitorium Thimotheo V. S. Comiti.
Utilitates populi nostri propitia divinitate tractantes hoc quoque, quod in legibus videbatur iniquum, meliori deliberatione corrigimus, ut omnis legum Romanarum et antiqui iuris obscuritas, adhibitis sacerdotibus ac nobilibus viris, in lucem intelligentiea melioris deducta resplendeat, et nihil habeatur ambigumm, unde se diuturna aut diversa iurgantium impugnet objectio. Quibus omnibus enucleatis atque in unum librum prudentium electione collectis, haec quae excerpta sunt, vel clariori interpretatione composita, venerabilium Episcoporum vel electorum provincialium nostrorum roboravit adsensus. Et ideo subscriptum librum, qui in tabulis habetur collectus, Goiarico comiti pro distringendis negotiis nostra iussit clementia destinari, ut iuxta eius seriem universa causarum sopiatur intentio: nec aliud cuilibet aut de legibus aut de iure liceat in disceptationem proponere, nisi quod directi libri et subscripti viri spectabilis Aniani manu, sicut iussimus, ordo complectitur. Providere ergo te convenit, ut in foro tuo nulla alia lex neque iuris formula proferri vel recipi praesumatur. Quod si factum fortasse constiterit, aut ad periculum capitis lui, aut ad dispendium tuarum noveris facultatum. Hanc vero praeceptionem directis libris iussimus cohaerere, ut universos ordinationis nostrae et disciplina teneat et poena constringat.
Anianus vir spectabilis ex praeceptione D. N. gloriosiss. Alarici Regis hunc codicem de Theodosiani legibus atque sententiis iuris vel divcrsis libris electum Aduris anno XXII, eo regnante edidi atque subscripsi. Recognovimus. Dat. sub die IV Non. Feb. anno XXII. Alarici Regis, Tolosae
.[6]
En este libro se contienen leyes y especies de derecho sacadas del Teodosiano y otros varios libros, explicada según mandó el Rey Alarico el año 22 de su reinado, por intermedio del ilustre varón el conde Goyarico. Copia fiel.
Advertencia al conde Timoteo. Trabajando con el favor de Dios en provecho de nuestros pueblos, hemos determinado corregir con mejor deliberación las cosas justas e injustas que se hallan en el derecho; y tomando el parecer de los sacerdotes y personas de la nobleza, queremos disipar la oscuridad del derecho antiguo y de las leyes romanas, de modo que no quede en ellos ninguna disposición antigua que se origen de disputas diarias y de una multitud de pleitos. Declarados estos puntos y recopiladas en un libro por varios jurisconsultos las leyes escogidas e interpretadas con toda claridad, han merecido el asentimiento de los venerables obispos y de los nobles romanos de las provincias elegidos por Nos. Suscrito el libro tuvimos a bien enviarlo al conde Goyarico para que lo pusiese en observancia, a fin de que con arreglo a él se decidan todas las causas que se ofrezcan, pues es nuestra voluntad que ningún otro texto de leyes o de derecho pueda citarse en los pleitos, sino éste que remitimos firmado de nuestra orden por el espectable Aniano. Mandámoste, pues cuidar de que en los tribunales de tu jurisdicción no se presente ni se admita ninguna otra ley ni fórmula de derecho, bajo pena, si no lo hicieres así, de muerte o confiscación de tus bienes. Y para que todos tengan presente nuestra voluntad y sepan la pena en que incurren los desobedientes, hemos mandado incluir nuestro decreto en todos los ejemplares que enviamos de este libro.
Aniano, varón espectable, por mandato del glorísimo Rey Alarico, nuestro señor, ha dado y firmado este Código, compuesto en Aduris, de las leyes de Teodosiano, de las sentencias del derecho y de otros varios libros, en el año 22 de dicho Rey. Cotejado. Dado en Tolosa el 2 de febrero del año 22 del Rey Alarico.[7]

Interpretationes

Cada parte del Breviario, excepto el Liber Gai (al ser ya un epítome o reelaboración simplificada de las Instituciones de Gayo), es seguida por una interpretatio ('interpretación'), es decir, una aclaración o explicación práctica del texto; algunas de éstas tenían una redacción dispositiva, como prescripción legal, mientras que otras tenían más bien un tono doctrinario.

Estas interpretationes habrían sido tomadas de trabajos doctrinales existentes en las Galias de entonces, elaborados por profesores de las escuelas de Derecho de la zona. Antiguamente se sostuvo que habrían sido redactadas por juristas de la corte de Alarico.

Todo el breviario, con excepción del Epítome de Gayo, viene acompañado por una interpretatio, que servía para reproducir el texto de una forma más simple y trivial, a manera de que se adaptara al lenguaje y mentalidad de la época, haciéndolo más accesible para las personas que estuvieran interesadas en leerlo. Se acepta actualmente que la interpretatio no fue escrita por la comisión elaboradora del texto, sino más bien por maestros de las escuelas de Derecho existentes en el sur de las Galias.

Finalidad y aplicación

Al ser el Breviario de Alarico una compilación casi ciento por ciento de Derecho romano vulgar, se ha planteado la hipótesis de que con la promulgación de esta obra, el rey Alarico II pretendía atraer a la población romana y católica en un momento particularmente difícil para la estabilidad del reino visigodo, como lo fue la víspera del avance del pueblo franco sobre la Aquitania goda.[1]

Este texto legal se habría concedido con una finalidad política ocasional. Alarico II habría comprendido que la población no visigótica de las Galias, es decir, galorromana por origen y católica por religión, se inclina hacia la anexión al reino franco (pueblo germánico y católico), y trata de atraérsela ofreciéndole una buena compilación de Derecho romano por el que tal población se regía.

A este fin de propaganda romanizante hay que añadir otro de carácter técnico: aclarar el Derecho romano, suprimir de él textos inútiles y eliminar ambigüedades, ya que Alarico II está al tanto de que el ordenamiento jurídico de los galos es obsoleto e ineficaz. Por lo tanto, lo depura, quitándole lo obsoleto y permite a los galos que se rijan por él.

Códices y ediciones

En la catedral de León fue hallado un manuscrito que pone de manifiesto dos códices primitivos: uno con parte del Breviario de Alarico y otro con texto latino de la Biblia. El manuscrito de León es uno de los más amplios palimpsestos que se conocen. La parte jurídica sola comprende cuatro quintas partes de la Lex Romana Visigothorum; 107 hojas que se encuentran mezcladas con las de la Biblia y revueltas y tergiversadas entre sí, ya que el copista recogió y reunió las hojas completamente a su arbitrio y capricho. La investigación fue ardua pero se reconocieron con absoluta seguridad todos y cada uno de los folios que nos ofrecen los antiguos restos de tan célebre monumento jurídico. Resultó además que quedaban aún casi íntegros desde el IV–XVI del Código Teodosiano; buena parte de las novelas de Teodosiano, Valentiniano, Marciano y Maioriano; las Instituciones de Gayo y, por fin, tres libros de las Sentencias del jurisconsulto Paulo. Faltan, pues, solamente los tres libros primeros del Código Teodosiano y los últimos libros de Paulo con sus apéndices, es decir, el Código Gregoriano y Hermogeniano, perdiéndose con aquellos el «Index» y el Commonitorium; y con estos, según es de suponer, la firma de Aniano, canciller de Alarico.

El palimpsesto de León nos ofrece el ejemplar más puro, más auténtico y fidedigno de la Lex Romana. El códice contiene trozos y párrafos de leyes que son partes integrantes de la compilación original y que faltan, sin embargo, en gran número a los otros manuscritos de la ley. Pero este documento no se distingue solamente por su absoluta autenticidad y pureza; además de lo que hasta hoy se conocía como redacción de leyes verificadas por orden de Alarico, contiene otras partes y constituciones desconocidas, las cuales dan al manuscrito legionense una importancia suma. También contiene un edicto dado para las regiones que formaban el Reino Visigodo; en él el emperador aconseja a los jueces provinciales la mayor imparcialidad y clemencia, haciendo notar los enormes gastos que consumían los pleitos y la desproporción que resulta cuando aquellos sobran en su cantidad excediendo las costas. También en este palimpsesto se pueden observar las interesantísimas transformaciones del lenguaje y la progresiva fijación de los principios del habla castellana.

Influencia e importancia

De la misma forma que el Corpus iuris civilis fue el Derecho romano en Oriente, el Breviario de Alarico fue tenido como el Derecho romano por excelencia en Occidente. Su influjo se dejó sentir no solo la zona controlada por los visigodos, sino que alcanza hasta otros sectores de las Galias, Italia, Alemania e incluso Inglaterra.

El Breviario de Alarico surge así como uno de los textos más importantes del Derecho europeo de entonces, permitiendo que el Derecho romano llegara a ser reconocido, si bien imperfectamente, según nos lo señala el profesor Francisco Tomás y Valiente, en varios reinos germánicos de la Alta Edad Media.

Véase también

Referencias

  1. Merello, 1983.
  2. Orlandis, 2003.
  3. En latín, «quae necessaria causis praesentium temporum videbantur elegimus».
  4. Koenigswarter, 1853.
  5. Barrientos Grandon, 1994, cap. 6.4.2.3. El Breviario de Alarico.
  6. Savigny, 1839, p. 25.
  7. Cárdenas (de), 1847, pp. 257--259.

Bibliografía

  • Barrientos Grandon, Javier (1994). Introducción a la historia del Derecho chileno. I. Derechos propios y Derecho común en Castilla. Santiago: Barroco Libreros. 
  • D'Ors, Álvaro (1956). «La territorialidad del Derecho de los visigodos». Estudios Visigóticos I (5): 91-150. 
  • Escudero, José Antonio (1995). Curso de Historia del Derecho. Fuentes e instituciones político-administrativas. Madrid: Gráficas Solana. ISBN 84-398-4903-6. 
  • Eyzaguirre, Jaime (1967). Historia del Derecho. Santiago de Chile: Editorial Universitaria. 18ª edición. ISBN 956-11-1859-1. 
  • Fita Colomé, Fidel (1888). «Noticia de una ley de Teudis desconocida, recientemente descubierta en un palimpsesto de la catedral de León». Boletín de la Real Academia de la Historia 14: 473-495. 
  • García-Gallo, Alfonso (1936–1941). «Nacionalidad y territorialidad del Derecho en la época visigoda». Anuario de Historia del Derecho Español 13: 168-264. 
  • Iglesia Ferreiros, Aquilino (1996). La creación del Derecho. Una historia de la formación de un derecho estatal español. Madrid: Marcial Pons. Ediciones Jurídicas y Sociales. ISBN 9788472483651. 
  • Koenigswarter, Louis J. (1853). Sources et monuments du Droit français antérieurs au quinzième siècle ou Bibliothèque d'histoire du droit civil français. París: Aug. Durand, Libraire. 
  • Lapesa, Rafael (1986). Historia de la lengua española. Gredos. 
  • Merello, Italo (1983). Historia del Derecho. Valparaíso: Ediciones Universitarias de Valparaíso. 
  • Orlandis, José (2003). Historia Reino Visigodo Español. Los acontecimientos, las instituciones, la sociedad, los protagonistas. Madrid: Ediciones RIALP. ISBN 84-321-3469-4. 
  • Savigny, Friedrich Karl von (1839). Histoire du droit romain au moyen age. París: Chez Charles Hingray. 
  • Cárdenas (de), Francisco, ed. (1847). Derecho Moderno: Revista de jurisprudencia y administración 2. Madrid: Imprenta Ramon Rodriguez Rivero. 

Enlaces externos

  • , ensayo de José Domingo Rodríguez Martín (en inglés)
  • Breviario de Alarico, extracto de la Histoire de l'Aquitaine de M. de Verneilh-Puiraseau, de 1822 (en francés)
  • . Archivado desde el original el 28 de junio de 2009. 
  • . Archivado desde el original el 27 de octubre de 2009. 
  • Información sobre la Lex Romana Visigothorum en la Bibliotheca legum, base de datos sobre leyes seculares carolingias (en alemán e inglés).
  •   Datos: Q943866
  •   Multimedia: Breviary of Alaric

breviario, alarico, romana, visigothorum, cuerpo, legal, visigodo, cual, recoge, derecho, romano, vigente, reino, visigodo, tolosa, elaborado, durante, reinado, alarico, siendo, promulgado, febrero, aduris, actual, aire, adour, región, burdeos, francia, tambié. El Breviario de Alarico o Lex Romana Visigothorum es un cuerpo legal visigodo en el cual se recoge el Derecho romano vigente en el reino visigodo de Tolosa que fue elaborado durante el reinado de Alarico II 484 507 d C siendo promulgado el 2 de febrero de 506 en Aduris actual Aire sur l Adour en la region de Burdeos Francia Tambien es denominado Breviarium Alarici Breviarium Alaricianum Codigo de Alarico Breviario de Aniano Lex Romana Visigothorumy Liber legum Manuscrito del Breviario de Alarico conservado en Clermont Ferrand siglo X Constituye fundamentalmente una obra recopilatoria de Derecho romano postclasico y vulgar considerada la mas importante realizada en un reino germanico Por ello y en atencion a su forma de elaboracion e influencia posterior ha sido calificada guardando las debidas proporciones como el equivalente occidental del Corpus Iuris Civilis de Justiniano 1 El Breviario de Alarico es un texto de caracter practico basado en el derecho romano vulgar y en su elaboracion intervinieron numerosos juristas eclesiasticos y nobles El Breviario contiene esencialmente normas de Derecho privado puesto que las de Derecho publico no tenian vigencia y aplicacion practica tras la caida del Imperio romano Al ser el Breviario de Alarico una compilacion casi ciento por ciento de Derecho romano vulgar se ha planteado la hipotesis de que con la promulgacion de esta obra el rey Alarico II pretendia atraer a la poblacion romana y catolica en un momento particularmente dificil para la estabilidad del reino visigodo como lo fue la vispera del avance del pueblo franco sobre la Aquitania goda Este texto legal se habria concedido con una finalidad politica ocasional Mucho se ha discutido sobre si el Breviario de Alarico era solo aplicable a la poblacion romana del reino godo o si su ambito de vigencia se extendia tambien a los germanos Habiendo sido unanime esta opinion hasta el siglo XVIII los estudiosos en gran parte por influjo de Savigny pasaron a sostener comunmente la teoria de la personalidad o de la vigencia simultanea de un Derecho romano para galos e hispanorromanos Breviario de Alarico junto a un Derecho germanico para los visigodos Codigo de Eurico Hoy se ha vuelto a sostener la existencia de un Derecho comun para unos y otros opinando algunos que habria habido una variacion pendular debida a factores preponderantemente politicos a traves de sucesivas derogaciones y promulgaciones entre el Derecho romano y el germanico segun ello el Codigo de Eurico habria correspondido a un momento de germanizacion y el Breviario de Alarico a un intento de retorno al Derecho romano Otros creen que aunque el Derecho aplicable fue unico la vigencia del Breviario de Alarico fue simultanea a la del Codigo de Eurico y que su promulgacion tuvo el unico proposito de clarificar las fuentes romanas de donde los tribunales tomaban sus argumentos para resolver los litigios habria sido asi el Breviario de Alarico una obra didascalica destinada a la informacion de los jueces en lo relativo a la aplicacion de las leges constituciones imperiales y jurisprudencia que desde la Ley de Citas se habia reducido en la practica a la invocacion de versiones vulgares sobre obras de unos pocos autores Hasta el renacimiento juridico de Bolonia el Breviario de Alarico fue tenido en la Europa occidental como el autentico Derecho romano y su influencia sobrevivio en mucho al reino visigodo Uno de los posibles objetivos del Breviario pudo haber sido la adhesion de los pobladores galorromanos presentandoles una legislacion muy cercana a la suya al eliminar las costumbres germanicas rescatadas en el Codigo de Eurico Esto debido a que el avance del pueblo franco los amenazaba y necesitaban el apoyo de los galo romanos que eran mayoria en las Galias En contraste con este avance hacia el Sur el pueblo visigodo empieza a sufrir de manos de francos y borgoneses la perdida de territorio y con esta presion del Norte pierden todas las Galias razon por la que los visigodos para poder sobrevivir se extendieron por la peninsula iberica Alarico II habria comprendido que la poblacion no visigotica de las Galias es decir galorromana por origen y catolica por religion se inclina hacia la anexion al reino franco pueblo germanico y catolico y trata de atraersela ofreciendole una buena compilacion de Derecho romano por el que tal poblacion se regia A este fin de propaganda romanizante hay que anadir otro de caracter tecnico aclarar el Derecho romano suprimir de el textos inutiles y eliminar ambiguedades ya que Alarico II esta al tanto de que el ordenamiento juridico de los galos es obsoleto e ineficaz Por lo tanto lo depura quitandole lo obsoleto y permite a los galos que se rijan por el Indice 1 Antecedentes 1 1 Redaccion 1 2 Denominacion 2 Estructura fuentes y contenido 2 1 Commonitorium y subscripcion de Aniano 2 2 Interpretationes 3 Finalidad y aplicacion 4 Codices y ediciones 5 Influencia e importancia 6 Vease tambien 7 Referencias 7 1 Bibliografia 8 Enlaces externosAntecedentes EditarRedaccion Editar Extension del reino visigodo hacia el ano 500 Alarico II hijo y sucesor de Eurico y ultimo monarca visigodo del reino con capital en Tolosa designo una comision de prudentes o juristas 2 tecnicos o practicos en Derecho 1 segun algunos autores dirigida por el Conde Goyarico Goiarico a la cual encargo la tarea de elaborar un cuerpo juridico que recopilara leges e iura sobre la base de textos seleccionados del Codigo Teodosiano y otras obras de Derecho romano De acuerdo a lo senalado en el propio Breviario Alarico II buscaba con este texto corregir el Codigo Teodosiano y las obras de ius posteriores a este conforme a la Ley de Citas En la interpretatio a esta ultima se expresa que se habia elegido aquello que ha parecido necesario para los pleitos de los tiempos presentes 3 La comision cumplio con la labor encomendada por el rey y el cuerpo legal elaborado por ella fue presentado solemnemente ante una asamblea reunida en Aduris hoy Aire sur l Adour Francia compuesta por la nobleza provincial galorromana y obispos catolicos 2 y arrianos En dicha asamblea fue aprobado siendo promulgada por Alarico II en la ciudad de Tolosa el 2 de febrero de 506 Denominacion Editar Se desconoce cual habria sido el nombre que en la epoca de su promulgacion se le dio a esta obra juridica De las denominaciones utilizadas por los antiguos copistas tales como Theodosii constitutionum libri Corpus Theodosianum Lex Theodosiana y Liber legum 4 como por los modernos y contemporaneos investigadores de la historia del Derecho dos son las mas usuales Breviario de Alarico del latin Breviarium Alarici regis Breviario del rey Alarico y Breviarium Alaricianum Breviario Alariciano y Lex Romana Visigothorum Ley Romana de los Visigodos El nombre de Breviario de Alarico se popularizo hacia el siglo XVI aunque figuraba en pocos manuscritos Tambien se uso la denominacion Breviarium Aniani Breviario de Aniano debido a la subscripcion que poseen las copias oficiales por parte del Conde Aniano que produjo algunas confusiones en torno a su autoria 4 Por otro lado modernamente se le ha llamado Lex Romana Visigothorum por ser un cuerpo legal visigodo que contiene exclusivamente Derecho romano Estructura fuentes y contenido EditarEl Breviario de Alarico esta redactado en latin y consta de cinco partes o secciones las dos primeras contienen leges y las tres ultimas iura 5 es preciso destacar que tales fuentes no estan refundidas sistematicamente sino que conservan en buena parte su autonomia Ademas el texto posee un commonitorium o advertencia del rey Alarico y una refrendacion o suscripcion oficial Las dos secciones de leges incluyen constituciones imperiales tomadas del Codigo Teodosiano Codex Theodosianus practicamente una sexta parte de el y de novelas post teodosianas novellae post teodosianae es decir dictadas con posterioridad a dicho codigo por los emperadores Teodosio II Valentiniano III Marciano Mayoriano y Severo entre 438 y 463 Las tres secciones de iura contienen parcialmente el Liber Gai Epitome de Gayo un epitome de las Instituciones de Gayo una buena cantidad de textos provenientes de las Pauli Sententiae Sentencias de Paulo fragmentos del Libri responsorum o Responsa de Papiniano y constituciones imperiales tomadas de los Codigos Gregoriano Codex Gregorianus y Hermogeniano Codex Hermogenianus esta ultimas aunque eran tecnicamente leges por proceder de tales codigos que eran obras privadas o particulares se incluyeron en esta parte del Breviario El Breviario contiene esencialmente normas de Derecho privado puesto que las de Derecho publico no tenian vigencia y aplicacion practica tras la caida del Imperio romano de Occidente Manuscrito del Breviario de Alarico conservado en la Biblioteca Nacional de Francia siglo X Commonitorium y subscripcion de Aniano Editar In hoc corpore continentur leges sive species iuris de Theodosiano et diversis libris electae et sicut praeceptum est explanatae anno XXII regnante domino Alarico Rege ordinanti viro illustri Goiarico Comite Exemplar Auctoritatis Commonitorium Thimotheo V S Comiti Utilitates populi nostri propitia divinitate tractantes hoc quoque quod in legibus videbatur iniquum meliori deliberatione corrigimus ut omnis legum Romanarum et antiqui iuris obscuritas adhibitis sacerdotibus ac nobilibus viris in lucem intelligentiea melioris deducta resplendeat et nihil habeatur ambigumm unde se diuturna aut diversa iurgantium impugnet objectio Quibus omnibus enucleatis atque in unum librum prudentium electione collectis haec quae excerpta sunt vel clariori interpretatione composita venerabilium Episcoporum vel electorum provincialium nostrorum roboravit adsensus Et ideo subscriptum librum qui in tabulis habetur collectus Goiarico comiti pro distringendis negotiis nostra iussit clementia destinari ut iuxta eius seriem universa causarum sopiatur intentio nec aliud cuilibet aut de legibus aut de iure liceat in disceptationem proponere nisi quod directi libri et subscripti viri spectabilis Aniani manu sicut iussimus ordo complectitur Providere ergo te convenit ut in foro tuo nulla alia lex neque iuris formula proferri vel recipi praesumatur Quod si factum fortasse constiterit aut ad periculum capitis lui aut ad dispendium tuarum noveris facultatum Hanc vero praeceptionem directis libris iussimus cohaerere ut universos ordinationis nostrae et disciplina teneat et poena constringat Anianus vir spectabilis ex praeceptione D N gloriosiss Alarici Regis hunc codicem de Theodosiani legibus atque sententiis iuris vel divcrsis libris electum Aduris anno XXII eo regnante edidi atque subscripsi Recognovimus Dat sub die IV Non Feb anno XXII Alarici Regis Tolosae 6 En este libro se contienen leyes y especies de derecho sacadas del Teodosiano y otros varios libros explicada segun mando el Rey Alarico el ano 22 de su reinado por intermedio del ilustre varon el conde Goyarico Copia fiel Advertencia al conde Timoteo Trabajando con el favor de Dios en provecho de nuestros pueblos hemos determinado corregir con mejor deliberacion las cosas justas e injustas que se hallan en el derecho y tomando el parecer de los sacerdotes y personas de la nobleza queremos disipar la oscuridad del derecho antiguo y de las leyes romanas de modo que no quede en ellos ninguna disposicion antigua que se origen de disputas diarias y de una multitud de pleitos Declarados estos puntos y recopiladas en un libro por varios jurisconsultos las leyes escogidas e interpretadas con toda claridad han merecido el asentimiento de los venerables obispos y de los nobles romanos de las provincias elegidos por Nos Suscrito el libro tuvimos a bien enviarlo al conde Goyarico para que lo pusiese en observancia a fin de que con arreglo a el se decidan todas las causas que se ofrezcan pues es nuestra voluntad que ningun otro texto de leyes o de derecho pueda citarse en los pleitos sino este que remitimos firmado de nuestra orden por el espectable Aniano Mandamoste pues cuidar de que en los tribunales de tu jurisdiccion no se presente ni se admita ninguna otra ley ni formula de derecho bajo pena si no lo hicieres asi de muerte o confiscacion de tus bienes Y para que todos tengan presente nuestra voluntad y sepan la pena en que incurren los desobedientes hemos mandado incluir nuestro decreto en todos los ejemplares que enviamos de este libro Aniano varon espectable por mandato del glorisimo Rey Alarico nuestro senor ha dado y firmado este Codigo compuesto en Aduris de las leyes de Teodosiano de las sentencias del derecho y de otros varios libros en el ano 22 de dicho Rey Cotejado Dado en Tolosa el 2 de febrero del ano 22 del Rey Alarico 7 Interpretationes Editar Cada parte del Breviario excepto el Liber Gai al ser ya un epitome o reelaboracion simplificada de las Instituciones de Gayo es seguida por una interpretatio interpretacion es decir una aclaracion o explicacion practica del texto algunas de estas tenian una redaccion dispositiva como prescripcion legal mientras que otras tenian mas bien un tono doctrinario Estas interpretationes habrian sido tomadas de trabajos doctrinales existentes en las Galias de entonces elaborados por profesores de las escuelas de Derecho de la zona Antiguamente se sostuvo que habrian sido redactadas por juristas de la corte de Alarico Todo el breviario con excepcion del Epitome de Gayo viene acompanado por una interpretatio que servia para reproducir el texto de una forma mas simple y trivial a manera de que se adaptara al lenguaje y mentalidad de la epoca haciendolo mas accesible para las personas que estuvieran interesadas en leerlo Se acepta actualmente que la interpretatio no fue escrita por la comision elaboradora del texto sino mas bien por maestros de las escuelas de Derecho existentes en el sur de las Galias Finalidad y aplicacion EditarAl ser el Breviario de Alarico una compilacion casi ciento por ciento de Derecho romano vulgar se ha planteado la hipotesis de que con la promulgacion de esta obra el rey Alarico II pretendia atraer a la poblacion romana y catolica en un momento particularmente dificil para la estabilidad del reino visigodo como lo fue la vispera del avance del pueblo franco sobre la Aquitania goda 1 Este texto legal se habria concedido con una finalidad politica ocasional Alarico II habria comprendido que la poblacion no visigotica de las Galias es decir galorromana por origen y catolica por religion se inclina hacia la anexion al reino franco pueblo germanico y catolico y trata de atraersela ofreciendole una buena compilacion de Derecho romano por el que tal poblacion se regia A este fin de propaganda romanizante hay que anadir otro de caracter tecnico aclarar el Derecho romano suprimir de el textos inutiles y eliminar ambiguedades ya que Alarico II esta al tanto de que el ordenamiento juridico de los galos es obsoleto e ineficaz Por lo tanto lo depura quitandole lo obsoleto y permite a los galos que se rijan por el Codices y ediciones EditarEn la catedral de Leon fue hallado un manuscrito que pone de manifiesto dos codices primitivos uno con parte del Breviario de Alarico y otro con texto latino de la Biblia El manuscrito de Leon es uno de los mas amplios palimpsestos que se conocen La parte juridica sola comprende cuatro quintas partes de la Lex Romana Visigothorum 107 hojas que se encuentran mezcladas con las de la Biblia y revueltas y tergiversadas entre si ya que el copista recogio y reunio las hojas completamente a su arbitrio y capricho La investigacion fue ardua pero se reconocieron con absoluta seguridad todos y cada uno de los folios que nos ofrecen los antiguos restos de tan celebre monumento juridico Resulto ademas que quedaban aun casi integros desde el IV XVI del Codigo Teodosiano buena parte de las novelas de Teodosiano Valentiniano Marciano y Maioriano las Instituciones de Gayo y por fin tres libros de las Sentencias del jurisconsulto Paulo Faltan pues solamente los tres libros primeros del Codigo Teodosiano y los ultimos libros de Paulo con sus apendices es decir el Codigo Gregoriano y Hermogeniano perdiendose con aquellos el Index y el Commonitorium y con estos segun es de suponer la firma de Aniano canciller de Alarico El palimpsesto de Leon nos ofrece el ejemplar mas puro mas autentico y fidedigno de la Lex Romana El codice contiene trozos y parrafos de leyes que son partes integrantes de la compilacion original y que faltan sin embargo en gran numero a los otros manuscritos de la ley Pero este documento no se distingue solamente por su absoluta autenticidad y pureza ademas de lo que hasta hoy se conocia como redaccion de leyes verificadas por orden de Alarico contiene otras partes y constituciones desconocidas las cuales dan al manuscrito legionense una importancia suma Tambien contiene un edicto dado para las regiones que formaban el Reino Visigodo en el el emperador aconseja a los jueces provinciales la mayor imparcialidad y clemencia haciendo notar los enormes gastos que consumian los pleitos y la desproporcion que resulta cuando aquellos sobran en su cantidad excediendo las costas Tambien en este palimpsesto se pueden observar las interesantisimas transformaciones del lenguaje y la progresiva fijacion de los principios del habla castellana Influencia e importancia EditarDe la misma forma que el Corpus iuris civilis fue el Derecho romano en Oriente el Breviario de Alarico fue tenido como el Derecho romano por excelencia en Occidente Su influjo se dejo sentir no solo la zona controlada por los visigodos sino que alcanza hasta otros sectores de las Galias Italia Alemania e incluso Inglaterra El Breviario de Alarico surge asi como uno de los textos mas importantes del Derecho europeo de entonces permitiendo que el Derecho romano llegara a ser reconocido si bien imperfectamente segun nos lo senala el profesor Francisco Tomas y Valiente en varios reinos germanicos de la Alta Edad Media Vease tambien EditarCodigo de Eurico Liber Iudiciorum Derecho visigodo Ley Salica Ley de TeudisReferencias Editar a b c Merello 1983 a b Orlandis 2003 En latin quae necessaria causis praesentium temporum videbantur elegimus a b Koenigswarter 1853 Barrientos Grandon 1994 cap 6 4 2 3 El Breviario de Alarico Savigny 1839 p 25 Cardenas de 1847 pp 257 259 Bibliografia Editar Barrientos Grandon Javier 1994 Introduccion a la historia del Derecho chileno I Derechos propios y Derecho comun en Castilla Santiago Barroco Libreros D Ors Alvaro 1956 La territorialidad del Derecho de los visigodos Estudios Visigoticos I 5 91 150 Escudero Jose Antonio 1995 Curso de Historia del Derecho Fuentes e instituciones politico administrativas Madrid Graficas Solana ISBN 84 398 4903 6 Eyzaguirre Jaime 1967 Historia del Derecho Santiago de Chile Editorial Universitaria 18ª edicion ISBN 956 11 1859 1 Fita Colome Fidel 1888 Noticia de una ley de Teudis desconocida recientemente descubierta en un palimpsesto de la catedral de Leon Boletin de la Real Academia de la Historia 14 473 495 Garcia Gallo Alfonso 1936 1941 Nacionalidad y territorialidad del Derecho en la epoca visigoda Anuario de Historia del Derecho Espanol 13 168 264 Iglesia Ferreiros Aquilino 1996 La creacion del Derecho Una historia de la formacion de un derecho estatal espanol Madrid Marcial Pons Ediciones Juridicas y Sociales ISBN 9788472483651 Koenigswarter Louis J 1853 Sources et monuments du Droit francais anterieurs au quinzieme siecle ou Bibliotheque d histoire du droit civil francais Paris Aug Durand Libraire Lapesa Rafael 1986 Historia de la lengua espanola Gredos Merello Italo 1983 Historia del Derecho Valparaiso Ediciones Universitarias de Valparaiso Orlandis Jose 2003 Historia Reino Visigodo Espanol Los acontecimientos las instituciones la sociedad los protagonistas Madrid Ediciones RIALP ISBN 84 321 3469 4 Savigny Friedrich Karl von 1839 Histoire du droit romain au moyen age Paris Chez Charles Hingray Cardenas de Francisco ed 1847 Derecho Moderno Revista de jurisprudencia y administracion 2 Madrid Imprenta Ramon Rodriguez Rivero Enlaces externos EditarA Handbook For Alaric s Codification ensayo de Jose Domingo Rodriguez Martin en ingles Breviario de Alarico extracto de la Histoire de l Aquitaine de M de Verneilh Puiraseau de 1822 en frances Tema 4 El Derecho hispano visigodo Archivado desde el original el 28 de junio de 2009 La Lex Romana Visigothorum Archivado desde el original el 27 de octubre de 2009 Informacion sobre la Lex Romana Visigothorum en la Bibliotheca legum base de datos sobre leyes seculares carolingias en aleman e ingles Datos Q943866 Multimedia Breviary of AlaricObtenido de https es wikipedia org w index php title Breviario de Alarico amp oldid 130002124, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

español

, española, descargar, gratis, descargar gratis, mp3, video, mp4, 3gp, jpg, jpeg, gif, png, imagen, música, canción, película, libro, juego, juegos