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Organización territorial del Virreinato de Nueva España

El Virreinato de Nueva España fue parte de la Monarquía Española en América del Norte, Centroamérica, Asia y Oceanía. Fue establecido tras la conquista del Imperio azteca, realizada entre 1519 y 1521 por las tropas de Hernán Cortés, por decreto real del rey español Carlos I, del 1 de enero de 1535, aunque la instauración oficial se realizó el 8 de marzo.

La historiografía indica que el virreinato estaba dividido político-administrativamente en reinos y capitanías generales, aunque esa distinción no es estrictamente acertada. Los reinos fueron los de Nueva España o reino de México (diferente al virreinato en sí), el de Nueva Galicia (fundado en 1531), el Reino de Guatemala (1540), el de Nueva Vizcaya (1562), el Nuevo Reino de León (1569), el de Santa Fe de Nuevo México (1598), el de Nueva Extremadura (1674) y el de Nuevo Santander (1746). Además hubo cinco capitanías: la Capitanía General de Santo Domingo (1535), la Capitanía General de Yucatán (1565), la Capitanía General de las Filipinas (1574), la Capitanía General de Puerto Rico (1582) y la Capitanía General de Cuba (1777). Estas subdivisiones territoriales tenían un gobernador y capitán general (que en la Nueva España era el propio virrey, quien añadía este título a sus otras dignidades). En Guatemala, Santo Domingo y la Nueva Galicia, esos funcionarios fueron nombrados como presidentes gobernadores, dado que encabezaban reales audiencias. Por esa razón, esas audiencias son consideradas como "pretoriales".[1]

Ámbito territorial

 
Mapa político del Virreinato de la Nueva España en 1794.

Para 1790 el Virreinato de la Nueva España estaba constituido por los siguientes territorios:

Desde 1626 hasta 1642 los españoles se establecieron en el norte de Taiwán (llamada por los ibéricos Formosa –isla Hermosa–)[2]​ y otros asentamientos del sureste asiático.

Reinos y capitanías

Cuando Carlos I nombró el 17 de abril de 1535 a Antonio de Mendoza y Pacheco (r. 1535-1550) como primer virrey en América, ya había habido algunos cargos e instituciones en los nuevos territorios del imperio español, en especial los reinos de México y de Nueva Galicia. La estructura político-administrativa es a veces confusa, dada la inexistencia de tradiciones para gobernar un enorme territorio desconocido y muchas veces hostil de lo que llegará a ser uno de los mayores imperios de la historia. Se nombraban cargos —virrey, capitanes generales, gobernadores generales, presidentes...— que conllevaban la existencia de facto de ámbitos territoriales —virreinatos, reinos, provincias, audiencias, capitanías generales— en los que se ejercían las atribuciones de tales nombramientos. Mendoza fue además nombrado Gobernador, Capitán General de Nueva España y Presidente de la Real Audiencia de México, con todas las atribuciones y autoridad inherentes a esos cargos.

El ejercicio de las competencias militares —capitán general—, político-gubernativas —gobernador general responsable de la administración pública (hacendaria y policial)— y justicia —presidente de audiencia— dio lugar a muchos conflictos y continuas adaptaciones y superposiciones, debiendo intervenir el rey —y el Consejo de Indias— para dirimir conflictos entre fuertes personalidades que al estar muy alejadas de la metrópoli muchas veces ejercieron el poder de forma autoritaria y despótica, cuando no claramente corrupta. Cuando el 14 de noviembre de 1535 Mendoza asumió el cargo, el primer conflicto lo tuvo con el propio Hernán Cortés, que al final tuvo que subordinarse a su mandato, y su primer acto fue llamar a México y someter a juicio de residencia al gobernador del reino de la Nueva Galicia Nuño Beltrán de Guzmán (que había sido Presidente de la Primera Audiencia), bajo la acusación de corrupción y maltrato a los naturales. Y como los cargos fuesen plenamente probados Nuño sería enviado preso a Castilla, en 1538.

La errónea consideración de una capitanía general como institución de gobierno se debe a la confusión originada a partir de los mapas y cartas náuticas del siglo XVIII, que primaban la denominación militar de capitanía general, y no a la denominación civil de las gobernaciones. De igual modo, a veces se usan las demominaciones de las Reales Audiencias como ámbitos gubernativos, confundiendo el distrito jurisdiccional de un órgano o tribunal de justicia con el político-administrativo. Al ser práctica común de la monarquía hispánica aunar en la misma persona los tres cargos, a veces se usan de forma no estricta los tres ámbitos. Este extremo es causa de muchos equivocos, ya que algunas audiencias dependían directamente del rey, no de los virreyes, no coincidiendo los tres ámbitos en los que ejercían la autoridad.


Entidad administrativa Capital Fundación Acontecimiento Correspondencia actural
  Reino de México México 1527 Establecimiento de la Audiencia de México Actual Ciudad de México y los actuales estados de México, Guerrero, Puebla, Michoacán, Hidalgo, Tlaxcala, Querétaro y parte de Jalisco. Llegaba al océano Pacífico.
Reino de Nueva Galicia Guadalajara 1531 Campañas privadas de Nuño Beltrán de Guzmán Jalisco, Nayarit, Aguascalientes, Zacatecas y Colima
Capitanía General de Santo Domingo Santo Domingo 1535 En 1524 fue creada la Real Audiencia de Santo Domingo y se designó un gobernador y capitán general. Al crearse el virreinato novohispano en 1535, La Española se convirtió en una entidad autónoma (Capitanía General de Santo Domingo) que seguiría albergando a la real audiencia homónima Nicaragua (1539) y todas las islas del Caribe y las provincias de Trinidad (1591), Venezuela, Nueva Andalucía, Paria y Margarita. En 1582 se segregó Puerto Rico.
  Reino de Guatemala Santiago de los Caballeros de Guatemala 1542 Constitución de la Real Audiencia de los Confines de Guatemala y Nicaragua, al promulgarse las Leyes Nuevas de 1542, como la máxima autoridad con funciones de gobierno y justicia, del territorio denominado Reino de Guatemala, posteriormente, capitanía General de Guatemala Estado de Chiapas (México), Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua y Costa Rica.
Reino de Nueva Vizcaya Durango 1554 Francisco de Ibarra Durango, Coahuila y Sinaloa
  Capitanía General de Yucatán Mérida 1565 Bajo la dependencia directa del rey para asuntos militares y de gobierno; sin embargo, al no contar con una audiencia real, su población debía acudir a la Real Audiencia de México en el Virreinato de Nueva España, o la de su vecina Real Audiencia de Guatemala, para resolver sus controversias jurídicas. Yucatán, Campeche, Quintana Roo y el este de Tabasco. También comprendía el Petén y Belice.
  Capitanía General de las Filipinas Manila 1565
Nueva Navarra Arizpe 1565
Nuevo Reino de León Monterrey 1582 Luis de Carvajal y de la Cueva, por concesión del rey Felipe II. Nuevo León y Tamaulipas, que se separó en 1786 para formar el reino de Nuevo Santander.
Capitanía General de Puerto Rico San Juan 1582 Segregada de la Capitanía General de Santo Domingo, aunque seguiría dependiendo de la Real Audiencia de Santo Domingo y del virreinato novohispano. Puerto Rico
Santa Fe de Nuevo México Santa Fe 1598 Juan de Oñate durante su expedición, autorizada por Felipe II
Nueva Extremadura Monclova 1689 Alonso de León, por mandato del virrey Melchor Portocarrero Lasso de la Vega
Las Californias Loreto 1697 Juan María de Salvatierra
Nuevo Santander Santander 1746 José de Escandón, por mandato del virrey Juan Francisco de Güemes Tamaulipas
  Capitanía General de Cuba La Habana 1777
Provincias de Coahuila o Nueva Extremadura Parte más septentrional del virreinato y también la más extensa, conocida a menudo en España como Provincias Internas. Se extendían por Sonora, Chihuahua, Vieja California, Alta California (incluyendo parte del territorio de Oregón con su anexo, el territorio de los Nutcas) y Nuevo México de Santa Fe. A estas Provincias Interiores se añadían la de Texas al norte del río Nueces hasta confinar con La Luisiana aproximadamente por los ríos Rojo y río Sabina.[3]

Las provincias novohispanas se dividían en corregimientos o señoríos, donde gobernaba un regidor que dependía directamente del rey de España. Los alcaldes mayores, como eran llamados los regidores a diferencia de otros virreinatos, tenían más influencia en su territorio que el propio virrey. En el siglo XVIII alcanzaron tal poder que Carlos III se vio obligado a reducir su alcance en una de las reformas de 1786. Otra de las reformas emprendidas en ese año, fue la creación de dos provincias distintas en el virreinato, a saber la Provincia de Oriente (integrada por Nuevo Reino de León, Nuevo Santander, Coahuila y Texas) y la Provincia de Occidente, comprendida a su vez por el Reino de México, Reino de Nueva Galicia, Reino de Yucatán, Nueva Vizcaya, Sinaloa, Sonora y Nuevo México.[4]

Las intendencias

Como parte de las denominadas reformas borbónicas, el 4 de diciembre de 1786 el rey Carlos III firmó la Real Ordenanza de Intendentes de Ejército y Provincia de Nueva-España que creó doce intendencias en el Virreinato de Nueva España, reemplazando a los corregimientos, alcaldías mayores y otras jurisdicciones. El virrey fue confirmado en todas sus atribuciones, pero debió dejar los asuntos de la Real Hacienda en manos de un superintendente.

Artículo I: A fin de que mi Real voluntad tenga su pronto y debido efecto, mando se divida por ahora en doce Intendencias el distrito de aquel Imperio, sin incluir las Californias, y que en lo sucesivo se entienda por una sola Provincia el territorio ó demarcacion de cada Intendencia con el nombre de la Ciudad que hubiese de ser su Capital, y en que habrá de residir el Intendente, quedando las que en la actualidad se titulan Provincias con la denominacion de Partidos, y conservando estos el nombre que tienen aquellas. Será una de dichas Intendencias la General de Exército y Provincia que se ha de establecer en la Capital de México. Las otras once serán solo de Provincia, y de ellas se habrá de establecer una en la Ciudad de la Puebla de los Angeles; otra en la Ciudad y Plaza de la Nueva-Veracruz; otra en la Ciudad de Mérida de Yucatan; otra en la Ciudad de Antequera de Oaxaca; otra en la Ciudad de Valladolid de Mechoacan; otra en la Ciudad de Santa Fe de Guanaxuato; otra en la Ciudad de San Luis Potosí; otra en la Ciudad de Guadalaxara; otra en la Ciudad de Zacatecas; otra en la Ciudad Durango, y la restante será la que ya se halla establecida en la Ciudad de Arispe, y se extiende á las dos Provincias de Sonora y Sinalóa.

Previamente, el 18 de junio de 1770 se había creado la de Arizpe (o de Sonora y Sinaloa) con un gobernador y un intendente. Fuera de las intendencias quedaron tres provincias.[5][6]​ Las funciones de los intendentes (nombrados por el rey) abarcaban los ramos de justicia, hacienda, guerra y policía de provincia.

Artículo VII: Los Gobiernos políticos de la Puebla de los Angeles, de la Nueva-Vizcaya, de Sonora y Sinalóa; los Corregimientos de México y Antequera de Oaxaca, el de Veracruz, que ha de crearse, y las Alcaldías mayores ó Corregimientos de Valladolid, Guanaxuato, San Luis Potosí y Zacatecas, han de ir precisa y respectivamente unidos á las Intendencias que establezco en dichas Capitales y sus Provincias, quedando extinguidos los sueldos que en la actualidad gozan los que sirven algunos de los referidos empleos, y á cargo por ahora del Presidente Regente de la Audiencia de Guadalaxara, el servir aquella Intendencia. Y mando que los Intendentes tengan por consiguiente á su cargo los quatro ramos ó causas dé Justicia, Policía, Hacienda y Guerra, dándoles para ello como lo hago, toda la jurisdicción y facultades necesarias, con respectiva subordinacion y dependencia en quanto corresponda á las dos primeras; los de Arispe y Durango, al Comandante General de sus Provincias; los diez restantes al Virrey, y todos á las Audiencias territoriales (...)
Artículo X: Quedarán existentes los Gobiernos políticos y militares de Yucatan, Tabasco, Veracruz, Acapulco, Nuevo-Reyno de Leon, Nuevo-Santander, Coahuila, Texas y Nuevo-México, y han de continuar por consiguiente con las causas de Justicia y Policía, reunidas al mando militar en sus respectivos territorios ó distritos (...)

Las intendencias solían dividirse en partidos o subdelegaciones que a grandes rasgos se basaban en las alcaldías mayores y corregimientos. Sin embargo, había también algunos partidos que se mantenían como alcaldías mayores, corregimientos o gobiernos que solo dependían de la intendencia en el ramo de hacienda. Además, había también "partidos" que no tenían subdelegados sino que se gobernaron por sus cabildos alcaldes que asumían las funciones de subdelegado o que dependían de un subdelegado en el ramo de hacienda, mientras que para los demás asuntos el distrito era inmediatamente sujeto al corregidor o gobernador intendente.

En las intendencias de las Provincias Internas (Arizpe; Durango; menos en San Luis Potosí) se mantenían las tradicionales estructuras de jurisdiccione en mayor medida, complementadas por autoridades militares. La mayor parte de las intendencias y sus subdelegaciones empezaron a funcionar a partir de 1787, siguiendo a grandes rasgos el plan original de la reforma elaborado por Gálvez.[7]​ En algunos casos, los antiguos corregidores solo se remplazaron a principios de la década siguiente. En algunas intendencias, la división en partidos sufrió ciertos cambios antes de la independencia.

La organización territorial hasta la época constitucional de Cádiz era la siguiente (se marcan con # aquellas jurisdicciones y provincias que solo dependían de la intendencia en el ramo de hacienda.[8][9][10][11][12][13][14][15][16][17]​)

  • Corregimiento-Intendencia de México (o superintendencia):
  • Ciudad de México (capital)
  • Mexicaltzingo
  • Coatepec
  • Chalco
  • Xochimilco
  • Tenango del Valle
  • Lerma
  • Metepec
  • Ixtlahuaca
  • Tacuba
  • Cuautitlán
  • Zumpango
  • San Cristóbal Ecatepec
  • Texcoco
  • Apan
  • Otumba
  • Teotihuacán
  • Tetepango
  • Actopan
  • Pachuca
  • Zempoala
  • Tulancingo
  • Metztitlán
  • Yahualica
  • Huejutla
  • Ixmiquipan
  • Zimapan
  • Cadereyta
  • Huichapan
  • Temascaltepec
  • Malinalco
  • Taxco
  • Zacualpan
  • Tetela del Río
  • Tixtla
  • Chilapa
  • Zacatula
  • hasta 1792 Igualapa, --> pasa a la intendencia de Puebla
  • hasta 1792 Tlapa, --> pasa a la intendencia de Puebla
  • 1793 Cuautla-Amilpas, incorporado de la intendencia de Puebla
  • # Cuernavaca (Alcaldía mayor del Marquesado del Valle)
  • # Toluca (Corregimiento del Marquesado del Valle)
  • # Coyoacán (Corregimiento del Marquesado del Valle)
  • # Tula (Alcaldía mayor del Ducado de Atlixco)
  • # Querétaro (Corregimiento)
  • # Acapulco (Gobierno)
  • Mérida (capital)
  • Hunucmá/Camino Real Bajo
  • Calkini/Camino Real Alto
  • Campeche
  • Bolonchen Cauich
  • Sahcabchen
  • Sierra (a partir de 1802: Sierra Alta)
  • 1802 Sierra Baja, formado de la Sierra
  • La Costa
  • Sotuta/Beneficios Bajos
  • Tihosuco/Beneficios Altos
  • Valladolid
  • Tizimín
  • Presidio de San Felipe de Bacalar (Gobierno nominal)
  • # Presidio del Carmen/Laguna de Términos (Gobierno)
  • # Tabasco (Gobierno)
  • Puebla (Capital)
  • Amozoc
  • Totomehuacán
  • Huayacocotla
  • Zacatlán
  • Zeziutlán
  • Tetela y Jonotla
  • San Juan de los Llanos
  • Tehuacán
  • Tecali
  • Tepexi de la Seda
  • Acatlán
  • Chiautla
  • Izúcar
  • Chietla (se ordenó su agregación a Izúcar, pero hasta 1795 seguía siendo Corregimiento y luego era subdelegación)
  • Huejotzingo
  • Cholula
  • hasta 1793 Cuautla-Amilpas, pasa a la intendencia de México
  • 1792 Tochimilco, separado de Cuautla-Amilpas; sigue en la intendencia de Puebla
  • 1792 Igualapa, incorporado de la intendencia de México
  • 1792 Tlapa, incorporado de la intendencia de México
  • # Huauchinango (Alcaldía mayor del Ducado de Atlixco)
  • # Atlixco (Alcaldía mayor del Ducado de Atlixco)
  • # Tepeaca (Alcaldía mayor del Ducado de Atlixco)
  • # Tlaxcala (Gobierno; en 1793 independiente de la intendencia totalmente, también en asuntos de hacienda)
  • Corregimiento-Intendencia de Oaxaca:
  • Antequera (capital)
  • Teotitlán del Valle
  • Huejolotitlán
  • Nochixtlán
  • Zimatlán
  • Teozacoalco
  • Miahuatlán
  • 1795 Huatulco y Huamelula, separado de Miahuatlán, aunque posiblemente nunca se había producido una unión
  • Jamiltepec
  • Teposcolula
  • Huajuapan
  • Teotitlán del Camino
  • Teutila
  • Villa Alta
  • Nejapa
  • 1793 Chontales, separado de Nejapa
  • Tehuantepec
  • # Cuatro Villas (Alcaldía mayor del Marquesado del Valle)
  • # Jalapa del Marqués (Alcaldía mayor del Marquesado del Valle)
  • # Ixtepeji (Alcaldía mayor del Ducado de Atlixco)
  • Gobernación-Intendencia de Veracruz:
  • Veracruz (capital)
  • Acayuca
  • Cosamaloapan
  • Córdoba
  • Orizaba
  • La Antigua/Misantla
  • 1803-1806 Misantla (entre esas fechas, puede haber habido dos jurisdicciones enteramente separadas; la literatura es confusa al respecto)
  • Xalapa
  • Jalacingo
  • Papantla
  • Pánuco/Tampico
  • # Tuxtla y Cotaxtla (Alcaldía mayor del Marquesado del Valle)
  • Corregimiento-Intendencia de Guanajuato: En esta intendencia, subdelegaciones solían ejercerse sobre jurisdicciones/partidos civiles, en las que sus competencias se reducían al ramo de hacienda
  • Guanajuato (capital)
  • Partido de Irapuato
  • 1808 Silao, separado de Guanajuato
  • Villa de León
  • 1793 Pénjamo, antes era partido de Villa de León
  • 1793 Piedragorda, antes era partido de Villa de León
  • Celaya
  • Partido de Acámbaro
  • Partido de Salvatierra
  • Partido de Yurirapúndiro
  • 1808 Salamanca, antes era partido de Celaya
  • Dolores
  • San Miguel
  • Partido de San Felipe
  • San Luis de la Paz
  • Corregimiento-Intendencia de Valladolid de Michoacán (las subdelegaciones en las antiguas tenencias de Valladolid/Pátzcuaro (marcadas :* ) solo empezaron a instalarse a partir de 1788, en un proceso que duró hasta ca 1793)
  • Valladolid (capital)
  • Pátzcuaro:* (1790)
  • Huetamo
  • Apatzingán
  • Coayahuana/Motines (1792); en la reforma originalmente unido con Apatzingán, pero luego se erigió en subdelegación aparte
  • Ario
  • Caracuaro
  • Maravatío
  • Tlalpujahua
  • Zinapécuaro (1792, separado de Tlalpujahua)
  • Indaparapeo:* (1787); en 1801 unido a Zinapécuaro
  • Tiripetío:* (1788)
  • Tacambaro:* (1788)
  • Santa Clara de los Cobres:* (1788); en 1807 unido a Pátzcuaro
  • Erongaricuaro:* (1788); en 1807 unido a Pátzcuaro
  • Cucupao:* (1788); en 1807 unido a Pátzcuaro
  • Urecho:* (1787)
  • Taretán:* (1787)
  • Uruapan:* (1788)
  • Paracho:* (1791)
  • Huaniqueo:* (1788)
  • Cuitzeo de la Laguna
  • Chucandiro:* (1788); en 1804 unido a Cuitzeo
  • Huango:* (1787); en 1804 unido a Cuitzeo
  • Tlazazalca
  • Zamora (1789); en la reforma originalmente unido con Tlazazalca, pero luego se erigió en subdelegación aparte
  • Puruandiro:* (1792)
  • Angamacutiro:* (1792) En 1806 unido a Puruandiro
  • Jiquilpan/Tinguindín
  • hasta 1795 Colima --> pasa a la intendencia de Guadalajara en 1795
  • # Charo (Corregimiento del Marquesado del Valle)
  • Corregimiento-Intendencia de San Luis Potosí Dividida entre ambas audiencias:
  • San Luis Potosí (capital)
  • Rioverde
  • Santa María del Río
  • Valle de San Francisco; en 1792 unido a Santa María del Río
  • Guadalcázar
  • Valles
  • Venado
  • Salinas
  • Charcas
  • Catorze:* (partido de Charcas durante partes de la década de 1790)
  • # Colonia de Nuevo Santander
  • # Nuevo Reino de León
  • # 1790 Coahuila
  • # 1790 Parras (--> de la intendencia de Durango; se agrega al gobierno de Coahuila en lo político, pero como subdelegación inmediatamente sujeta a intendencia de San Luis Potosí)
  • # después de 1803 Saltillo, separado de Parras
  • # 1790 Texas
  • Guadalajara (capital)
  • Tonalá
  • Tlaxomulco y Caxititlán
  • Talá
  • Tequila
  • La Barranca
  • Acaponeta
  • Senticpac
  • Tepic
  • Tequepespan y Santa María del Oro
  • Hostotipaquillo
  • Etzatlán
  • Ahuacatlán y Xala
  • Hostotipac
  • Guachinango
  • Tomatlán
  • Autlán
  • Tuxcacuesco/Amula
  • Zapotlán
  • Sayula
  • La Barca
  • Tepactitlán
  • Cuquio
  • Lagos
  • hasta 1804 Aguascalientes --> pasa a la intendencia de Zacatecas
  • 1789-1804 Juchipila, separado de Aguascalientes; --> pasa a la intendencia de Zacatecas
  • 1795 Colima --> de la intendencia de Valladolid
  • # Bolaños (Corregimiento)
  • # ca 1796-1799 Nayarit y Colotlán (Gobierno) A partir de 1799, Bolaños y el gobierno de Nayarit-Colotán se gobernaron en unión personal
  • # (Departamento de marina de San Blas); había continuas querelas sobre la autoridad del intendente en lo de hacienda
  • Corregimiento-Intendencia de Zacatecas:
  • Zacatecas (capital)
  • Sierra de Pinos
  • Jerez
  • Fresnillo
  • Mazapil
  • Sombrerete
  • ca 1796 Nieves, separado de Sombrerete
  • 1804 Aguascalientes, incorporado de la intendencia de Guadalajara
  • 1804 Juchipila, incorporado de la intendencia de Guadalajara
  • provincia de Sonora:
  • Arizpe (capital)/Sonora propia/Opatería
  • Batuco
  • Oposura
  • Valle de Sonora
  • Fronteras (presidio)
  • Bacoachi
  • Bavispe
  • Cucurpe
  • Cieneguilla/Pimería alta (Subdel)
  • Santa Ana
  • Santa Cruz (presidio)
  • Tucson(presidio)
  • ca 1800 Tubac(presidio), separado de Tucson
  • Altar(presidio)
  • Aigame/Pimería Baja (Subdel) (a veces, la subdelegación se basó en San Antonio de la Huerta)
  • San Antonio de la Huerta
  • Ures
  • Horcasitas
  • Nacameri
  • Buenavista
  • Matape
  • Prov Ostimuri:
  • Ostimuri (Subdel)
  • provincia de Copala:
  • Copala (Subdel)
  • Presidio de Mazatlán
  • provincia de Sinaloa:
  • Sinaloa (Subdel)
  • San Benito
  • El Fuerte (Subdel)
  • Álamos (Subdel)
  • provincia de Culiacán:
  • Culiacán (Subdel)
  • Badiraguato
  • Cosalá (Subdel)
  • provincia de Rosario:
  • Rosario (Subdel)
  • Maloya (Subdel)
  • Durango (capital)
  • Nombre de Dios
  • Mezquital
  • Guarisamey
  • (Basís En 1789 ya unido a Guarisamey)
  • 1808, ca Gavilanes, separado de Guarisamey
  • 1808, ca Tayoltita, separado de Guarisamey
  • 1808, ca San Dimas, separado de Guarisamey
  • 1808, ca Ventanas, separado de Guarisamey
  • San Andrés de la Sierra
  • Ciánori (en 1803 unido a Tamazula)
  • 1799, ca Tamazula, separado de Ciánori, luego en 1803 reunido con Tamazula como capital
  • 1803, ca Canelas, separado de Ciánori/Tamazula
  • Santiago Papasquiaro
  • 1799, ca-1808 Santa Catalina Tepehuanes, antes y después partido de Santiago Papasquiaro
  • San Juan del Río
  • 1796 Canatlán, separado de San Juan del Río
  • 1808 Coneto, separado de San Juan del Río
  • Cuencamé
  • Real del Oro
  • 1799 Indé, antes partido de Real del Oro
  • Guanaceví
  • San Pedro del Gallo
  • Mapimí
  • Cerro Gordo
  • Conchos
  • Guajoquilla (presidio)
  • Santa Bárbara
  • Parral
  • Ciénega de los Olivos
  • Batopilas
    • Topago; partido de Batopilas, en ocasiones (1787; 1798-1801; 1803-1806) aparece como subdelegación propia
  • Cosiguriachi
  • ca 1791 Basuchil y Papigochic, separado de Cosiguriachi En ocasiones volvió a ser partido de Cosiguriach (~1796-1802)
  • Valle de San Buenaventura
  • Chihuahua (hasta 1793 corregimiento dependiente solo en el ramo de hacienda)
  • 1793 Babonoyaba, antes tenientazgo de Chihuahua
  • 1793 Julimes, antes tenientazgo de Chihuahua
  • 1793 San Gerónimo, antes tenientazgo de Chihuahua
  • 1793 Santa Isabel, antes tenientazgo de Chihuahua
  • hasta 1790 (Parras y Saltillo) --> pasa a la intendencia de San Luis Potosí; nunca se concibió como parte de la intendencia de Durango, pero seguía siendo parte de la provincia de Nueva Vizcaya hasta 1790
  • Presidio de Janos
  • Presidio de San Buenaventura - aparte de la jurisdicción civil
  • Presidio de San Gerónimo - aparte de la jurisdicción civil
  • Presidio de Carrizal
  • Presidio de San Elizario
  • Presidio de El Príncipe
  • Presidio de El Norte
  • Presidio de San Carlos
  • Namiquipa (presidio volante)

Sin intendencia, bajo dependencia del virrey quedaron los gobiernos de:

El 17 de marzo de 1787 el rey dispuso la creación de la Intendencia de Sinaloa, separándola de la Arispe, nombrándo al coronel Agustín de las Cuentas Zayas como gobernador intendente, pero una real orden del 30 de julio de 1789 anuló esa creación.[18]​ En 1813 fue creada la Intendencia de Saltillo, pero no llegó a ser puesta en vigencia.

En las capitanías generales nominalmente dependientes del virreinato de Nueva España: Capitanía General de Guatemala, Capitanía General de Puerto Rico y Capitanía General de Cuba, también se aplicó el sistemas de intendencias. En la Capitanía General de las Filipinas el proyecto de creación de las intendencias no llegó a aplicarse, tampoco en la Capitanía General de Santo Domingo.

Las diputaciones provinciales

 
Mapa político del Virreinato de la Nueva España en 1819.

La Constitución de Cádiz sancionada en marzo de 1812 dividió el virreinato en provincias gobernadas por jefes políticos superiores, mencionando que el territorio español era: en la América septentrional: Nueva España con la Nueva Galicia y península de Yucatán, Guatemala, provincias internas de Oriente, provincias internas de Occidente, isla de Cuba con las dos Floridas, la parte española de la isla de Santo Domingo y la isla de Puerto Rico con las demás adyacentes a éstas y al continente en uno y otro mar. En el artículo 11 señalaba que: Se hará una división más conveniente del territorio español por una ley constitucional, luego que las circunstancias políticas de la Nación lo permitan. Otros artículos establecían:

Art. 324. El gobierno político de las provincias residirá en el jefe superior, nombrado por el Rey en cada una de ellas.

Art. 325. En cada provincia. habrá una diputación llamada provincial, para promover su prosperidad, presidida por el jefe superior.

Art. 326. Se compondrá esta diputación del presidente, del intendente y de siete individuos elegidos en la forma que se dirá, sin perjuicio de que las Cortes en lo sucesivo varíen este número como lo crean conveniente, o lo exijan las circunstancias, hecha que sea la nueva división de provincias de que trata el artículo 11.

El 23 de mayo de 1812 las Cortes sancionaron Instrucción conforme á la cual deberán celebrarse en las provincias de ultramar las elecciones de diputados de Cortes para las ordinarias del próximo año, que en su primer artículo expresaba:

Artículo 1.º Se formará una Junta preparatoria para facilitar la elección de los Diputados de Cortes para las ordinarias del año próximo de 1813 en las capitales siguientes: México, capital de Nueva España; Guadalajara, capital de la Nueva Galicia; Mérida, capital de Yucatan; Guatemala, capital de la provincia de este nombre; Monterrey, capital de la provincia del Nuevo Reino de León, una de las cuatro internas del Oriente; Durango, capital de la Nueva Vizcaya, una de las provincias internas de Occidente ...

Otro decreto expresaba:

Artículo 1.º Mientras no llegue el caso de hacerse la conveniente división del territorio español, de que trata el artículo 11, habrá Diputaciones provinciales en (...) Y en Ultramar las habrá en cada una de las provincias que expresamente se nombran en el artículo 10 de la Constitución, y además por ahora en (...) y en la América Septentrional, en Nueva-España la de San Luis Potosí, a que se agregue Guanaxuato; en Goatemala otra que se fixará en León de Nicaragua con la provincia de Costa-Rica, y en la Isla de Cuba otra en Santiago de Cuba.

La constitución fue promulgada y jurada en Nueva España el 30 de septiembre de 1812 por el virrey Venegas, instaurando la libertad de imprenta, la elección democrática de los ayuntamientos constitucionales y en cada provincia una diputación provincial, que eran cuerpos colegiados gubernativos autónomos. Sin embargo, declaró el estado de sitio y algunas reformas no se implementaron. Las provincias en quedó dividido el ex virreinato fueron las siguientes:

  • Provincia de Nueva España: (instalada el 7 de julio de 1814) con capital en la Ciudad de México, comprendía las provincias de México, Michoacán, Oaxaca, Veracruz, Puebla, Tlaxcala, Querétaro, San Luis Potosí, Guanajuato.
  • Provincia de Nueva Galicia: (instalada el 20 de septiembre de 1813) con capital en Guadalajara, comprendía las provincias de Jalisco, Colima, Nayarit, Zacatecas.
  • Provincia de Yucatán: (instalada el 23 de abril de 1813) con capital en Mérida, comprendía las provincias de Yucatán, Campeche, Tabasco.
  • Provincias Internas de Oriente: con capital en Monterrey, comprendía las provincias de Nuevo León, Coahuila, Nuevo Santander, Texas.
  • Provincias Internas de Occidente: con capital en Durango, comprendía las provincias de Chihuahua, Sinaloa, Sonora, Nuevo México, las Californias.[19]
  • Provincia de Guatemala que comprede Guatemala, San Salvador, Honduras, Chiapas. Incluye inicialmente Nicaragua y Costa Rica.

A las 6 provincias mencionadas en la constitución y la instrucción fue agregada la de San Luis Potosí mediante un decreto del 1 de mayo de 1813, separando de la de Nueva España las provincias de San Luis Potosí y Guanajuato.[20]​ A las seis provincias enumeradas en la constitución española se suman posteriormente en América septentrional:

Cada provincia quedó en independencia del jefe político superior de México, aunque este continuaba siendo capitán general. Cuando Félix María Calleja asumió el 4 de mayo de 1813 como capitán general, remplazando al virrey Venegas, intentó retener preeminencia sobre los jefes de las demás provincias, por lo que el 19 de mayo de 1814 pidió a sus asesores que dictaminaran sobre su jurisdicción, pero antes de que lo hicieran recibió la noticia de la restauración del absolutismo en España. El 4 de mayo de 1814 el rey Fernando VII declaró nula la Constitución de Cádiz y se restableció el Virreinato de Nueva España el 11 de agosto de 1815, disolviendo las diputaciones provinciales.

El 7 de marzo de 1820, debido a la revolución liberal en España, se volvió al sistema de 1812, restableciendo la Constitución de Cádiz y el virreinato desapareció definitivamente el 31 de mayo de 1820 al ser jurada por el virrey Juan Ruiz de Apodaca, quien pasó a ser jefe político superior de la Provincia de Nueva España, restablecida junto a las otras cinco diputaciones provinciales entre agosto y noviembre de 1820.

El 6 de noviembre de 1820 fue creada la Provincia de Valladolid, integrada por las provincias de Michoacán y Guanajuato, la cual fue instalada el 10 de febrero de 1821. A la vez, la provincia de Zacatecas pasó a la jurisdicción de la diputación provincial de San Luis Potosí.

El 8 de mayo de 1821 fue decretado que cada intendencia americana tuviera una diputación provincial, pero su instrumentación en Nueva España se realizó en febrero de 1822 cuando México ya era independiente. Estas nuevas provincias, con sus diputaciones provinciales, eran: Puebla, Veracruz, Michoacán, Oaxaca, Querétaro.[21]

El último jefe político superior de Nueva España (no virrey, cargo que ya no existía) fue Juan O'Donojú, cuya autoridad cesó al consumar Agustín de Iturbide (futuro Agustín I) la independencia de México, el 27 de septiembre de 1821.

En 1823 se habían instalado diputaciones en las provincias de: Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Durango, Guadalajara, Guanajuato, México, Michoacán, Nuevo León, Nuevo México, Nuevo Santander, Oaxaca Puebla, Querétaro, San Luis, Sonora y Sinaloa, Tabasco, Texas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.

Organización eclesiástica

Como consecuencia del descubrimiento de Yucatán por Francisco Hernández de Cordóba en 1517, el gobernador de Cuba Diego Velázquez, solicitó al emperador Carlos V la creación de un obispado, este peticionó al papa León X quien érigió la Diócesis Carolense (por el nombre del emperador) por medio de la bula Sacri Apostolatus Ministerio del 24 de enero de 1518. La bula dejó que el emperador fijara los límites de la diócesis, quien la situó en Yucatán. Sin embargo los españoles no pudieron hacer pie en el territorio y el obispo designado no pudo asumir. El 13 de octubre de 1525 el papa Clemente VII por medio de la bula Devotionis tuae probate sinceritas la trasladó a Tlaxcala en el centro de México. Por Real Cédula del 19 de septiembre de 1526, Carlos V fijó los límites de la diócesis que tomó el nombre de Obispado de Yucatán y Santa María de los Remedios:

La Provincia de Tlaxcalteche inclusive y San Juan de Ulúa, que confina con aguas vertientes hasta llegar a Matlatla inclusive y la Villa Rica de la Veracruz y la Villa de Medellín, con todo lo de Tabasco y desde el Río Grijalva hasta llegar a Chiapas.[22]

La sede estuvo en Tlaxcala hasta el 3 de octubre de 1539 fecha en la que pasó a Puebla, lo que fue confirmado mediante la Real Cédula del 6 de junio de 1543.

En 1530 se creó la Diócesis de México.

En 1535 fue erigida la Diócesis de Oaxaca o Antequera, al año siguiente la de Michoacán y en 1539 la de Chiapas.

Hasta el 12 de febrero de 1546, fecha en que se erigió la Archidiócesis de México por medio de la bula Super universæ orbis ecclesiæ, las cinco diócesis novohispanas eran sufragáneas de la Arquidiócesis de Sevilla.[23]​ Desde ese momento quedaron como sufragáneas de México las diócesis de Oaxaca o Antequera, Michoacán, Diócesis de Chiapas (en Ciudad Real), Tlaxcala-Puebla y Santiago de Guatemala (erigida el 18 de diciembre de 1534).

En 1548 fue creada la Diócesis de Guadalajara (primero en Compostela) y en 1561 la de Yucatán.

En 1559 fue erigida la Diócesis de Verapaz en Guatemala, como sufragánea de México, pero fue suprimida en 1608.

El 6 de febrero de 1579 fue erigida la Diócesis de Manila en las Filipinas, como sufragánea de la de México, pero en 1595 fue elevada a archidiócesis metropolitana.

En 1620 fue erigida la Diócesis de Nueva Vizcaya en Durango, mientras que la Diócesis de Comayagua, erigida en 1531 en Trujillo, no ocupada y reerigida en 1539, trasladada a Comayagua en 1561, pasó a ser sufragánea de México (antes era de Santo Domingo).

En 1647 la Diócesis de León en Nicaragua pasó a ser sufragánea de la de México, antes había sido de la de Lima.

En 1743 Guatemala fue elevada a archidiócesis metropolitana, pasando a ser sus sufragáneas las diócesis de León en Nicaragua, Comayagua y Chiapas.

El 15 de diciembre de 1777 se creó la Diócesis de Linares o Monterrey en Nueva León y el 7 de mayo de 1779 fue creada la de Sonora.[22]

La Provincia Eclesiástica de México quedó así constituida por la Arquidiócesis de México y sus sufragáneas las diócesis de:

La Real Ordenanza de Intendentes de Ejército y Provincia de Nueva-España de 1786 estableció respecto del vicepatronato real:[25]

Artículo XIII. A excepcion de los Intendentes de México, Guadalaxara, Arispe, Mérida de Yucatan y Veracruz, todos los demas han de exercer en sus Provincias el Vice Patronato Real conforme á las Leyes, y en calidad de Subdelegados de los respectivos propietarios pero quedando reservadas á estos todas las presentaciones eclesiásticas, que como á tales Vice Patronos les correspondan, y tambien el absoluto exercicio de esta suprema regalía de mi Corona en los distritos de las Intendencias donde tienen sus fixas residencias: de modo que en el de la de México corresponderá al Virey, en el de la de Arispe al Comandante general de las Fronteras, en el de la de Guadalaxara al Presidente Regente de su Real Audiencia, y en la de la de Mérida y Provincia de Yucatan á su Gobernador Capitan general; pero en el territorio de la Intendencia de Veracruz, á que no se extiende la jurisdiccion de aquel Gobernador, corresponderá al Intendente de la Puebla el exercicio que ya le queda declarado para su propia Provincia, así como al dicho Gobernador, y al del Nuevo Reyno de Leon en los distritos de sus respectivos mandos con la misma calidad de Subdelegados del Vice Patrono propietario, (que en ambas partes lo es el Virey) y con la ya explicada reserva á su favor.

Referencias

  1. Gerhard, Peter (2000). Geografía histórica de la Nueva España, 1519-1821. Universidad Nacional Autónoma de México. pp. 10-17. 
  2. El Portal de la Rosa de los Vientos - Españoles en Taiwan (llamada Isla Formosa -Isla Hermosa-).
  3. «División administrativa de Nueva España, el modelo constitucional» (HTML). Consultado el 25 de marzo de 2008. 
  4. «Corregidores y alcaldes mayores en Nueva España» (HTML). Editorial Rialp. Consultado el 25 de marzo de 2008. 
  5. Nueva España y México: Intendencias, modelos constitucionales y categorías territoriales, 1786-1835
  6. Publicaciones
  7. Informe y Plan de Intendencias para el reino de Nueva España presentado por el Visitador D. José de Gálvez y el Virrey Marqués de Croix, y recomendado por el Obispo de Puebla y el Arzobispo de México
  8. «HGIS de las Indias». Universidad de Graz/FWF. Consultado el 30 de noviembre de 2016. 
  9. Régimen de subdelegaciones en la América borbónica. Autor: José Luis Alcauter Guzmán. Editor: El Colegio de Michoacán, Zamora, 2012.
  10. Atlas ilustrado de los pueblos de indios, Nueva España, 1800. Autor: Dorothy Tanck de Estrada. Editor: El Colegio de México, 2005.
  11. Las intendencias de la Nueva España. Autor: Aurea Commons. Editor: México, DF, 1993.
  12. A Guide to the Historical Geography of New Spain. Autor: Peter Gerhard. Editor: Cambridge 1972.
  13. The North Frontier of New Spain. Autor: Peter Gerhard. Editor: Princeton 1982.
  14. The South-East Frontier of New Spain. Autor: Peter Gerhard. Editor: Norman/London 1993.
  15. San Luis Potosí. La invención de un territorio, Siglos XVI-XIX. Autores: María Isabel Monroy Gorari; Rabiela Hira de Gortari. Editor: Colegio de San Luis Potosí, 2010.
  16. Mexiko zwischen Reform und Revolution. Volumen 80 de Beiträge zur Kolonial- und Überseegeschichte, pág. 269. Autores: Horst Pietschmann, Jochen Meissner, Renate Pieper. Editores: Jochen Meissner, Renate Pieper, Peer Schmidt. Editor: Franz Steiner Verlag, 2000. ISBN 3515077960, 9783515077965
  17. Las ediciones del Calendario manual y guia de forasteros en México de la imprenta de Zúñiga y Ontiveros para los años de 1790, 1792, 1793, 1797, 1799, 1800, 1803, 1809 y 1810).
  18. http://www.institucional.us.es/revistas/revistas/americanistas/pdf/19/5-Luis%20Navarro%20Garcia1.pdf
  19. [1]
  20. La diputación provincial y el federalismo mexicano. Pág. 27. Autores: Nettie Lee Benson, Colegio de México. Centro de Estudios Históricos, Universidad Nacional Autónoma de México. Edición 2. Editor: UNAM, 1994. ISBN 9681205863, 9789681205867
  21. http://saul.nueve.com.mx/eventos/images/9Historiayevoluci.pdf
  22. [2]
  23. Revista Digital Consenso :: Número 5 de 2007 :: Imprimir :: Enmendando un error histórico / Maybell Padilla Pérez
  24. Chronology of Catholic Dioceses: Mexico
  25. Recopilación sumaria de todos los autos acordados de la Real Audiencia y Slala del crimen de esta Nueva España y providencias de su superior gobierno: De varias reales cédulas y órdenes. Copias a la letra, Volumen 2. Autor: Eusebio Buenaventura Belena. Editor: Zuñiga y Antiveros, 1787

Véase también

  • Mapa de subdelegaciones de Nueva España en 1800
  •   Datos: Q6052804

organización, territorial, virreinato, nueva, españa, virreinato, nueva, españa, parte, monarquía, española, américa, norte, centroamérica, asia, oceanía, establecido, tras, conquista, imperio, azteca, realizada, entre, 1519, 1521, tropas, hernán, cortés, decr. El Virreinato de Nueva Espana fue parte de la Monarquia Espanola en America del Norte Centroamerica Asia y Oceania Fue establecido tras la conquista del Imperio azteca realizada entre 1519 y 1521 por las tropas de Hernan Cortes por decreto real del rey espanol Carlos I del 1 de enero de 1535 aunque la instauracion oficial se realizo el 8 de marzo La historiografia indica que el virreinato estaba dividido politico administrativamente en reinos y capitanias generales aunque esa distincion no es estrictamente acertada Los reinos fueron los de Nueva Espana o reino de Mexico diferente al virreinato en si el de Nueva Galicia fundado en 1531 el Reino de Guatemala 1540 el de Nueva Vizcaya 1562 el Nuevo Reino de Leon 1569 el de Santa Fe de Nuevo Mexico 1598 el de Nueva Extremadura 1674 y el de Nuevo Santander 1746 Ademas hubo cinco capitanias la Capitania General de Santo Domingo 1535 la Capitania General de Yucatan 1565 la Capitania General de las Filipinas 1574 la Capitania General de Puerto Rico 1582 y la Capitania General de Cuba 1777 Estas subdivisiones territoriales tenian un gobernador y capitan general que en la Nueva Espana era el propio virrey quien anadia este titulo a sus otras dignidades En Guatemala Santo Domingo y la Nueva Galicia esos funcionarios fueron nombrados como presidentes gobernadores dado que encabezaban reales audiencias Por esa razon esas audiencias son consideradas como pretoriales 1 Indice 1 Ambito territorial 1 1 Reinos y capitanias 2 Las intendencias 3 Las diputaciones provinciales 4 Organizacion eclesiastica 5 Referencias 6 Vease tambienAmbito territorial Editar Mapa politico del Virreinato de la Nueva Espana en 1794 Para 1790 el Virreinato de la Nueva Espana estaba constituido por los siguientes territorios El actual Mexico El suroeste de Estados Unidos actuales estados de California Nevada Colorado Utah Nuevo Mexico Arizona Texas Oregon Washington El territorio de Nutca que era la parte costera de la Columbia Britanica del actual Canada La capitania de Guatemala comprendida por los actuales paises de Guatemala Belice Costa Rica El Salvador Honduras y Nicaragua y el estado mexicano de Chiapas La capitania de Cuba actual Cuba El territorio de la Luisiana espanola los estados de Florida Idaho Montana Wyoming Kansas Oklahoma y Luisiana en Estados Unidos La capitania de Santo Domingo actual Republica Dominicana La capitania de Puerto Rico actuales Puerto Rico Islas Virgenes Espanolas y Guadalupe Y la capitania de las Filipinas comprendiendo las islas Filipinas Carolinas y Marianas en el Pacifico asiatico Desde 1626 hasta 1642 los espanoles se establecieron en el norte de Taiwan llamada por los ibericos Formosa isla Hermosa 2 y otros asentamientos del sureste asiatico Reinos y capitanias Editar Cuando Carlos I nombro el 17 de abril de 1535 a Antonio de Mendoza y Pacheco r 1535 1550 como primer virrey en America ya habia habido algunos cargos e instituciones en los nuevos territorios del imperio espanol en especial los reinos de Mexico y de Nueva Galicia La estructura politico administrativa es a veces confusa dada la inexistencia de tradiciones para gobernar un enorme territorio desconocido y muchas veces hostil de lo que llegara a ser uno de los mayores imperios de la historia Se nombraban cargos virrey capitanes generales gobernadores generales presidentes que conllevaban la existencia de facto de ambitos territoriales virreinatos reinos provincias audiencias capitanias generales en los que se ejercian las atribuciones de tales nombramientos Mendoza fue ademas nombrado Gobernador Capitan General de Nueva Espana y Presidente de la Real Audiencia de Mexico con todas las atribuciones y autoridad inherentes a esos cargos El ejercicio de las competencias militares capitan general politico gubernativas gobernador general responsable de la administracion publica hacendaria y policial y justicia presidente de audiencia dio lugar a muchos conflictos y continuas adaptaciones y superposiciones debiendo intervenir el rey y el Consejo de Indias para dirimir conflictos entre fuertes personalidades que al estar muy alejadas de la metropoli muchas veces ejercieron el poder de forma autoritaria y despotica cuando no claramente corrupta Cuando el 14 de noviembre de 1535 Mendoza asumio el cargo el primer conflicto lo tuvo con el propio Hernan Cortes que al final tuvo que subordinarse a su mandato y su primer acto fue llamar a Mexico y someter a juicio de residencia al gobernador del reino de la Nueva Galicia Nuno Beltran de Guzman que habia sido Presidente de la Primera Audiencia bajo la acusacion de corrupcion y maltrato a los naturales Y como los cargos fuesen plenamente probados Nuno seria enviado preso a Castilla en 1538 La erronea consideracion de una capitania general como institucion de gobierno se debe a la confusion originada a partir de los mapas y cartas nauticas del siglo XVIII que primaban la denominacion militar de capitania general y no a la denominacion civil de las gobernaciones De igual modo a veces se usan las demominaciones de las Reales Audiencias como ambitos gubernativos confundiendo el distrito jurisdiccional de un organo o tribunal de justicia con el politico administrativo Al ser practica comun de la monarquia hispanica aunar en la misma persona los tres cargos a veces se usan de forma no estricta los tres ambitos Este extremo es causa de muchos equivocos ya que algunas audiencias dependian directamente del rey no de los virreyes no coincidiendo los tres ambitos en los que ejercian la autoridad Entidad administrativa Capital Fundacion Acontecimiento Correspondencia actural Reino de Mexico Mexico 1527 Establecimiento de la Audiencia de Mexico Actual Ciudad de Mexico y los actuales estados de Mexico Guerrero Puebla Michoacan Hidalgo Tlaxcala Queretaro y parte de Jalisco Llegaba al oceano Pacifico Reino de Nueva Galicia Guadalajara 1531 Campanas privadas de Nuno Beltran de Guzman Jalisco Nayarit Aguascalientes Zacatecas y ColimaCapitania General de Santo Domingo Santo Domingo 1535 En 1524 fue creada la Real Audiencia de Santo Domingo y se designo un gobernador y capitan general Al crearse el virreinato novohispano en 1535 La Espanola se convirtio en una entidad autonoma Capitania General de Santo Domingo que seguiria albergando a la real audiencia homonima Nicaragua 1539 y todas las islas del Caribe y las provincias de Trinidad 1591 Venezuela Nueva Andalucia Paria y Margarita En 1582 se segrego Puerto Rico Reino de Guatemala Santiago de los Caballeros de Guatemala 1542 Constitucion de la Real Audiencia de los Confines de Guatemala y Nicaragua al promulgarse las Leyes Nuevas de 1542 como la maxima autoridad con funciones de gobierno y justicia del territorio denominado Reino de Guatemala posteriormente capitania General de Guatemala Estado de Chiapas Mexico Guatemala El Salvador Honduras Nicaragua y Costa Rica Reino de Nueva Vizcaya Durango 1554 Francisco de Ibarra Durango Coahuila y Sinaloa Capitania General de Yucatan Merida 1565 Bajo la dependencia directa del rey para asuntos militares y de gobierno sin embargo al no contar con una audiencia real su poblacion debia acudir a la Real Audiencia de Mexico en el Virreinato de Nueva Espana o la de su vecina Real Audiencia de Guatemala para resolver sus controversias juridicas Yucatan Campeche Quintana Roo y el este de Tabasco Tambien comprendia el Peten y Belice Capitania General de las Filipinas Manila 1565Nueva Navarra Arizpe 1565Nuevo Reino de Leon Monterrey 1582 Luis de Carvajal y de la Cueva por concesion del rey Felipe II Nuevo Leon y Tamaulipas que se separo en 1786 para formar el reino de Nuevo Santander Capitania General de Puerto Rico San Juan 1582 Segregada de la Capitania General de Santo Domingo aunque seguiria dependiendo de la Real Audiencia de Santo Domingo y del virreinato novohispano Puerto RicoSanta Fe de Nuevo Mexico Santa Fe 1598 Juan de Onate durante su expedicion autorizada por Felipe IINueva Extremadura Monclova 1689 Alonso de Leon por mandato del virrey Melchor Portocarrero Lasso de la VegaLas Californias Loreto 1697 Juan Maria de SalvatierraNuevo Santander Santander 1746 Jose de Escandon por mandato del virrey Juan Francisco de Guemes Tamaulipas Capitania General de Cuba La Habana 1777Provincias de Coahuila o Nueva Extremadura Parte mas septentrional del virreinato y tambien la mas extensa conocida a menudo en Espana como Provincias Internas Se extendian por Sonora Chihuahua Vieja California Alta California incluyendo parte del territorio de Oregon con su anexo el territorio de los Nutcas y Nuevo Mexico de Santa Fe A estas Provincias Interiores se anadian la de Texas al norte del rio Nueces hasta confinar con La Luisiana aproximadamente por los rios Rojo y rio Sabina 3 Las provincias novohispanas se dividian en corregimientos o senorios donde gobernaba un regidor que dependia directamente del rey de Espana Los alcaldes mayores como eran llamados los regidores a diferencia de otros virreinatos tenian mas influencia en su territorio que el propio virrey En el siglo XVIII alcanzaron tal poder que Carlos III se vio obligado a reducir su alcance en una de las reformas de 1786 Otra de las reformas emprendidas en ese ano fue la creacion de dos provincias distintas en el virreinato a saber la Provincia de Oriente integrada por Nuevo Reino de Leon Nuevo Santander Coahuila y Texas y la Provincia de Occidente comprendida a su vez por el Reino de Mexico Reino de Nueva Galicia Reino de Yucatan Nueva Vizcaya Sinaloa Sonora y Nuevo Mexico 4 Las intendencias EditarComo parte de las denominadas reformas borbonicas el 4 de diciembre de 1786 el rey Carlos III firmo la Real Ordenanza de Intendentes de Ejercito y Provincia de Nueva Espana que creo doce intendencias en el Virreinato de Nueva Espana reemplazando a los corregimientos alcaldias mayores y otras jurisdicciones El virrey fue confirmado en todas sus atribuciones pero debio dejar los asuntos de la Real Hacienda en manos de un superintendente Articulo I A fin de que mi Real voluntad tenga su pronto y debido efecto mando se divida por ahora en doce Intendencias el distrito de aquel Imperio sin incluir las Californias y que en lo sucesivo se entienda por una sola Provincia el territorio o demarcacion de cada Intendencia con el nombre de la Ciudad que hubiese de ser su Capital y en que habra de residir el Intendente quedando las que en la actualidad se titulan Provincias con la denominacion de Partidos y conservando estos el nombre que tienen aquellas Sera una de dichas Intendencias la General de Exercito y Provincia que se ha de establecer en la Capital de Mexico Las otras once seran solo de Provincia y de ellas se habra de establecer una en la Ciudad de la Puebla de los Angeles otra en la Ciudad y Plaza de la Nueva Veracruz otra en la Ciudad de Merida de Yucatan otra en la Ciudad de Antequera de Oaxaca otra en la Ciudad de Valladolid de Mechoacan otra en la Ciudad de Santa Fe de Guanaxuato otra en la Ciudad de San Luis Potosi otra en la Ciudad de Guadalaxara otra en la Ciudad de Zacatecas otra en la Ciudad Durango y la restante sera la que ya se halla establecida en la Ciudad de Arispe y se extiende a las dos Provincias de Sonora y Sinaloa Previamente el 18 de junio de 1770 se habia creado la de Arizpe o de Sonora y Sinaloa con un gobernador y un intendente Fuera de las intendencias quedaron tres provincias 5 6 Las funciones de los intendentes nombrados por el rey abarcaban los ramos de justicia hacienda guerra y policia de provincia Articulo VII Los Gobiernos politicos de la Puebla de los Angeles de la Nueva Vizcaya de Sonora y Sinaloa los Corregimientos de Mexico y Antequera de Oaxaca el de Veracruz que ha de crearse y las Alcaldias mayores o Corregimientos de Valladolid Guanaxuato San Luis Potosi y Zacatecas han de ir precisa y respectivamente unidos a las Intendencias que establezco en dichas Capitales y sus Provincias quedando extinguidos los sueldos que en la actualidad gozan los que sirven algunos de los referidos empleos y a cargo por ahora del Presidente Regente de la Audiencia de Guadalaxara el servir aquella Intendencia Y mando que los Intendentes tengan por consiguiente a su cargo los quatro ramos o causas de Justicia Policia Hacienda y Guerra dandoles para ello como lo hago toda la jurisdiccion y facultades necesarias con respectiva subordinacion y dependencia en quanto corresponda a las dos primeras los de Arispe y Durango al Comandante General de sus Provincias los diez restantes al Virrey y todos a las Audiencias territoriales Articulo X Quedaran existentes los Gobiernos politicos y militares de Yucatan Tabasco Veracruz Acapulco Nuevo Reyno de Leon Nuevo Santander Coahuila Texas y Nuevo Mexico y han de continuar por consiguiente con las causas de Justicia y Policia reunidas al mando militar en sus respectivos territorios o distritos Las intendencias solian dividirse en partidos o subdelegaciones que a grandes rasgos se basaban en las alcaldias mayores y corregimientos Sin embargo habia tambien algunos partidos que se mantenian como alcaldias mayores corregimientos o gobiernos que solo dependian de la intendencia en el ramo de hacienda Ademas habia tambien partidos que no tenian subdelegados sino que se gobernaron por sus cabildos alcaldes que asumian las funciones de subdelegado o que dependian de un subdelegado en el ramo de hacienda mientras que para los demas asuntos el distrito era inmediatamente sujeto al corregidor o gobernador intendente En las intendencias de las Provincias Internas Arizpe Durango menos en San Luis Potosi se mantenian las tradicionales estructuras de jurisdiccione en mayor medida complementadas por autoridades militares La mayor parte de las intendencias y sus subdelegaciones empezaron a funcionar a partir de 1787 siguiendo a grandes rasgos el plan original de la reforma elaborado por Galvez 7 En algunos casos los antiguos corregidores solo se remplazaron a principios de la decada siguiente En algunas intendencias la division en partidos sufrio ciertos cambios antes de la independencia La organizacion territorial hasta la epoca constitucional de Cadiz era la siguiente se marcan con aquellas jurisdicciones y provincias que solo dependian de la intendencia en el ramo de hacienda 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 Corregimiento Intendencia de Mexico o superintendencia Ciudad de Mexico capital Mexicaltzingo Coatepec Chalco Xochimilco Tenango del Valle Lerma Metepec Ixtlahuaca Tacuba Cuautitlan Zumpango San Cristobal Ecatepec Texcoco Apan Otumba Teotihuacan Tetepango Actopan Pachuca Zempoala Tulancingo Metztitlan Yahualica Huejutla Ixmiquipan Zimapan Cadereyta Huichapan Temascaltepec Malinalco Taxco Zacualpan Tetela del Rio Tixtla Chilapa Zacatula hasta 1792 Igualapa gt pasa a la intendencia de Puebla hasta 1792 Tlapa gt pasa a la intendencia de Puebla 1793 Cuautla Amilpas incorporado de la intendencia de Puebla Cuernavaca Alcaldia mayor del Marquesado del Valle Toluca Corregimiento del Marquesado del Valle Coyoacan Corregimiento del Marquesado del Valle Tula Alcaldia mayor del Ducado de Atlixco Queretaro Corregimiento Acapulco Gobierno Capitania General Intendencia de Merida de Yucatan Merida capital Hunucma Camino Real Bajo Calkini Camino Real Alto Campeche Bolonchen Cauich Sahcabchen Sierra a partir de 1802 Sierra Alta 1802 Sierra Baja formado de la Sierra La Costa Sotuta Beneficios Bajos Tihosuco Beneficios Altos Valladolid Tizimin Presidio de San Felipe de Bacalar Gobierno nominal Presidio del Carmen Laguna de Terminos Gobierno Tabasco Gobierno Gobernacion Intendencia de Puebla Puebla Capital Amozoc Totomehuacan Huayacocotla Zacatlan Zeziutlan Tetela y Jonotla San Juan de los Llanos Tehuacan Tecali Tepexi de la Seda Acatlan Chiautla Izucar Chietla se ordeno su agregacion a Izucar pero hasta 1795 seguia siendo Corregimiento y luego era subdelegacion Huejotzingo Cholula hasta 1793 Cuautla Amilpas pasa a la intendencia de Mexico 1792 Tochimilco separado de Cuautla Amilpas sigue en la intendencia de Puebla 1792 Igualapa incorporado de la intendencia de Mexico 1792 Tlapa incorporado de la intendencia de Mexico Huauchinango Alcaldia mayor del Ducado de Atlixco Atlixco Alcaldia mayor del Ducado de Atlixco Tepeaca Alcaldia mayor del Ducado de Atlixco Tlaxcala Gobierno en 1793 independiente de la intendencia totalmente tambien en asuntos de hacienda Corregimiento Intendencia de Oaxaca Antequera capital Teotitlan del Valle Huejolotitlan Nochixtlan Zimatlan Teozacoalco Miahuatlan 1795 Huatulco y Huamelula separado de Miahuatlan aunque posiblemente nunca se habia producido una union Jamiltepec Teposcolula Huajuapan Teotitlan del Camino Teutila Villa Alta Nejapa 1793 Chontales separado de Nejapa Tehuantepec Cuatro Villas Alcaldia mayor del Marquesado del Valle Jalapa del Marques Alcaldia mayor del Marquesado del Valle Ixtepeji Alcaldia mayor del Ducado de Atlixco Gobernacion Intendencia de Veracruz Veracruz capital Acayuca Cosamaloapan Cordoba Orizaba La Antigua Misantla 1803 1806 Misantla entre esas fechas puede haber habido dos jurisdicciones enteramente separadas la literatura es confusa al respecto Xalapa Jalacingo Papantla Panuco Tampico Tuxtla y Cotaxtla Alcaldia mayor del Marquesado del Valle Corregimiento Intendencia de Guanajuato En esta intendencia subdelegaciones solian ejercerse sobre jurisdicciones partidos civiles en las que sus competencias se reducian al ramo de haciendaGuanajuato capital Partido de Irapuato 1808 Silao separado de GuanajuatoVilla de Leon 1793 Penjamo antes era partido de Villa de Leon 1793 Piedragorda antes era partido de Villa de Leon CelayaPartido de Acambaro Partido de Salvatierra Partido de Yurirapundiro1808 Salamanca antes era partido de Celaya Dolores San MiguelPartido de San FelipeSan Luis de la Paz dd Corregimiento Intendencia de Valladolid de Michoacan las subdelegaciones en las antiguas tenencias de Valladolid Patzcuaro marcadas solo empezaron a instalarse a partir de 1788 en un proceso que duro hasta ca 1793 Valladolid capital Patzcuaro 1790 Huetamo Apatzingan Coayahuana Motines 1792 en la reforma originalmente unido con Apatzingan pero luego se erigio en subdelegacion aparte Ario Caracuaro Maravatio Tlalpujahua Zinapecuaro 1792 separado de Tlalpujahua Indaparapeo 1787 en 1801 unido a Zinapecuaro Tiripetio 1788 Tacambaro 1788 Santa Clara de los Cobres 1788 en 1807 unido a Patzcuaro Erongaricuaro 1788 en 1807 unido a Patzcuaro Cucupao 1788 en 1807 unido a Patzcuaro Urecho 1787 Taretan 1787 Uruapan 1788 Paracho 1791 Huaniqueo 1788 Cuitzeo de la Laguna Chucandiro 1788 en 1804 unido a Cuitzeo Huango 1787 en 1804 unido a Cuitzeo Tlazazalca Zamora 1789 en la reforma originalmente unido con Tlazazalca pero luego se erigio en subdelegacion aparte Puruandiro 1792 Angamacutiro 1792 En 1806 unido a Puruandiro Jiquilpan Tinguindin hasta 1795 Colima gt pasa a la intendencia de Guadalajara en 1795 Charo Corregimiento del Marquesado del Valle Corregimiento Intendencia de San Luis Potosi Dividida entre ambas audiencias San Luis Potosi capital Rioverde Santa Maria del Rio Valle de San Francisco en 1792 unido a Santa Maria del Rio Guadalcazar Valles Venado Salinas Charcas Catorze partido de Charcas durante partes de la decada de 1790 Colonia de Nuevo Santander Nuevo Reino de Leon 1790 Coahuila 1790 Parras gt de la intendencia de Durango se agrega al gobierno de Coahuila en lo politico pero como subdelegacion inmediatamente sujeta a intendencia de San Luis Potosi despues de 1803 Saltillo separado de Parras 1790 TexasGobernacion Intendencia de Guadalajara Guadalajara capital Tonala Tlaxomulco y Caxititlan Tala Tequila La Barranca Acaponeta Senticpac Tepic Tequepespan y Santa Maria del Oro Hostotipaquillo Etzatlan Ahuacatlan y Xala Hostotipac Guachinango Tomatlan Autlan Tuxcacuesco Amula Zapotlan Sayula La Barca Tepactitlan Cuquio Lagos hasta 1804 Aguascalientes gt pasa a la intendencia de Zacatecas 1789 1804 Juchipila separado de Aguascalientes gt pasa a la intendencia de Zacatecas 1795 Colima gt de la intendencia de Valladolid Bolanos Corregimiento ca 1796 1799 Nayarit y Colotlan Gobierno A partir de 1799 Bolanos y el gobierno de Nayarit Colotan se gobernaron en union personal Departamento de marina de San Blas habia continuas querelas sobre la autoridad del intendente en lo de haciendaCorregimiento Intendencia de Zacatecas Zacatecas capital Sierra de Pinos Jerez Fresnillo Mazapil Sombrerete ca 1796 Nieves separado de Sombrerete 1804 Aguascalientes incorporado de la intendencia de Guadalajara 1804 Juchipila incorporado de la intendencia de GuadalajaraGobernacion Intendencia de Arizpe o de Sonora y Sinaloa creada en 1770 con division interna primitiva en jurisdiccionesprovincia de Sonora Arizpe capital Sonora propia Opateria Batuco Oposura Valle de Sonora Fronteras presidio Bacoachi Bavispe Cucurpe Cieneguilla Pimeria alta Subdel Santa Ana Santa Cruz presidio Tucson presidio ca 1800 Tubac presidio separado de Tucson Altar presidio Aigame Pimeria Baja Subdel a veces la subdelegacion se baso en San Antonio de la Huerta San Antonio de la Huerta Ures Horcasitas Nacameri Buenavista MatapeProv Ostimuri Ostimuri Subdel provincia de Copala Copala Subdel Presidio de Mazatlanprovincia de Sinaloa Sinaloa Subdel San Benito El Fuerte Subdel Alamos Subdel provincia de Culiacan Culiacan Subdel Badiraguato Cosala Subdel provincia de Rosario Rosario Subdel Maloya Subdel dd Gobernacion Intendencia de Durango los presidios solo ocasionalmente figuran como subdelegaciones Durango capital Nombre de Dios Mezquital Guarisamey Basis En 1789 ya unido a Guarisamey 1808 ca Gavilanes separado de Guarisamey 1808 ca Tayoltita separado de Guarisamey 1808 ca San Dimas separado de Guarisamey 1808 ca Ventanas separado de Guarisamey San Andres de la Sierra Cianori en 1803 unido a Tamazula 1799 ca Tamazula separado de Cianori luego en 1803 reunido con Tamazula como capital 1803 ca Canelas separado de Cianori Tamazula Santiago Papasquiaro 1799 ca 1808 Santa Catalina Tepehuanes antes y despues partido de Santiago Papasquiaro San Juan del Rio 1796 Canatlan separado de San Juan del Rio 1808 Coneto separado de San Juan del Rio Cuencame Real del Oro 1799 Inde antes partido de Real del Oro Guanacevi San Pedro del Gallo Mapimi Cerro Gordo Conchos Guajoquilla presidio Santa Barbara Parral Cienega de los Olivos Batopilas Topago partido de Batopilas en ocasiones 1787 1798 1801 1803 1806 aparece como subdelegacion propia Cosiguriachi ca 1791 Basuchil y Papigochic separado de Cosiguriachi En ocasiones volvio a ser partido de Cosiguriach 1796 1802 Valle de San Buenaventura Chihuahua hasta 1793 corregimiento dependiente solo en el ramo de hacienda 1793 Babonoyaba antes tenientazgo de Chihuahua 1793 Julimes antes tenientazgo de Chihuahua 1793 San Geronimo antes tenientazgo de Chihuahua 1793 Santa Isabel antes tenientazgo de Chihuahua hasta 1790 Parras y Saltillo gt pasa a la intendencia de San Luis Potosi nunca se concibio como parte de la intendencia de Durango pero seguia siendo parte de la provincia de Nueva Vizcaya hasta 1790 Presidio de Janos Presidio de San Buenaventura aparte de la jurisdiccion civil Presidio de San Geronimo aparte de la jurisdiccion civil Presidio de Carrizal Presidio de San Elizario Presidio de El Principe Presidio de El Norte Presidio de San Carlos Namiquipa presidio volante Sin intendencia bajo dependencia del virrey quedaron los gobiernos de Gobierno de las Californias dividido en 1804 en dos gobierno de Alta California y gobierno de Baja California Gobierno de Nuevo Mexico 1793 Gobierno de Tlaxcala se separo de la Intendencia de Puebla mediante la Real Orden del 2 de marzo de 1793 hasta 1796 Nayarit Colotlan Luego dependio de la intendencia de Guadalajara El 17 de marzo de 1787 el rey dispuso la creacion de la Intendencia de Sinaloa separandola de la Arispe nombrando al coronel Agustin de las Cuentas Zayas como gobernador intendente pero una real orden del 30 de julio de 1789 anulo esa creacion 18 En 1813 fue creada la Intendencia de Saltillo pero no llego a ser puesta en vigencia En las capitanias generales nominalmente dependientes del virreinato de Nueva Espana Capitania General de Guatemala Capitania General de Puerto Rico y Capitania General de Cuba tambien se aplico el sistemas de intendencias En la Capitania General de las Filipinas el proyecto de creacion de las intendencias no llego a aplicarse tampoco en la Capitania General de Santo Domingo Las diputaciones provinciales Editar Mapa politico del Virreinato de la Nueva Espana en 1819 La Constitucion de Cadiz sancionada en marzo de 1812 dividio el virreinato en provincias gobernadas por jefes politicos superiores mencionando que el territorio espanol era en la America septentrional Nueva Espana con la Nueva Galicia y peninsula de Yucatan Guatemala provincias internas de Oriente provincias internas de Occidente isla de Cuba con las dos Floridas la parte espanola de la isla de Santo Domingo y la isla de Puerto Rico con las demas adyacentes a estas y al continente en uno y otro mar En el articulo 11 senalaba que Se hara una division mas conveniente del territorio espanol por una ley constitucional luego que las circunstancias politicas de la Nacion lo permitan Otros articulos establecian Art 324 El gobierno politico de las provincias residira en el jefe superior nombrado por el Rey en cada una de ellas Art 325 En cada provincia habra una diputacion llamada provincial para promover su prosperidad presidida por el jefe superior Art 326 Se compondra esta diputacion del presidente del intendente y de siete individuos elegidos en la forma que se dira sin perjuicio de que las Cortes en lo sucesivo varien este numero como lo crean conveniente o lo exijan las circunstancias hecha que sea la nueva division de provincias de que trata el articulo 11 El 23 de mayo de 1812 las Cortes sancionaron Instruccion conforme a la cual deberan celebrarse en las provincias de ultramar las elecciones de diputados de Cortes para las ordinarias del proximo ano que en su primer articulo expresaba Articulo 1 º Se formara una Junta preparatoria para facilitar la eleccion de los Diputados de Cortes para las ordinarias del ano proximo de 1813 en las capitales siguientes Mexico capital de Nueva Espana Guadalajara capital de la Nueva Galicia Merida capital de Yucatan Guatemala capital de la provincia de este nombre Monterrey capital de la provincia del Nuevo Reino de Leon una de las cuatro internas del Oriente Durango capital de la Nueva Vizcaya una de las provincias internas de Occidente Otro decreto expresaba Articulo 1 º Mientras no llegue el caso de hacerse la conveniente division del territorio espanol de que trata el articulo 11 habra Diputaciones provinciales en Y en Ultramar las habra en cada una de las provincias que expresamente se nombran en el articulo 10 de la Constitucion y ademas por ahora en y en la America Septentrional en Nueva Espana la de San Luis Potosi a que se agregue Guanaxuato en Goatemala otra que se fixara en Leon de Nicaragua con la provincia de Costa Rica y en la Isla de Cuba otra en Santiago de Cuba La constitucion fue promulgada y jurada en Nueva Espana el 30 de septiembre de 1812 por el virrey Venegas instaurando la libertad de imprenta la eleccion democratica de los ayuntamientos constitucionales y en cada provincia una diputacion provincial que eran cuerpos colegiados gubernativos autonomos Sin embargo declaro el estado de sitio y algunas reformas no se implementaron Las provincias en quedo dividido el ex virreinato fueron las siguientes Provincia de Nueva Espana instalada el 7 de julio de 1814 con capital en la Ciudad de Mexico comprendia las provincias de Mexico Michoacan Oaxaca Veracruz Puebla Tlaxcala Queretaro San Luis Potosi Guanajuato Provincia de Nueva Galicia instalada el 20 de septiembre de 1813 con capital en Guadalajara comprendia las provincias de Jalisco Colima Nayarit Zacatecas Provincia de Yucatan instalada el 23 de abril de 1813 con capital en Merida comprendia las provincias de Yucatan Campeche Tabasco Provincias Internas de Oriente con capital en Monterrey comprendia las provincias de Nuevo Leon Coahuila Nuevo Santander Texas Provincias Internas de Occidente con capital en Durango comprendia las provincias de Chihuahua Sinaloa Sonora Nuevo Mexico las Californias 19 Provincia de Guatemala que comprede Guatemala San Salvador Honduras Chiapas Incluye inicialmente Nicaragua y Costa Rica A las 6 provincias mencionadas en la constitucion y la instruccion fue agregada la de San Luis Potosi mediante un decreto del 1 de mayo de 1813 separando de la de Nueva Espana las provincias de San Luis Potosi y Guanajuato 20 A las seis provincias enumeradas en la constitucion espanola se suman posteriormente en America septentrional Provincia de San Luis Potosi con capital en San Luis Potosi comprendia las provincias de San Luis Potosi y Guanajuato Provincia de Nicaragua y Costa Rica comprendia los territorios actuales de Nicaragua y Costa Rica Provincia de Comayagua aproximadamente la actual Honduras Provincia de Chiapas en la que se incluia el Soconusco Cada provincia quedo en independencia del jefe politico superior de Mexico aunque este continuaba siendo capitan general Cuando Felix Maria Calleja asumio el 4 de mayo de 1813 como capitan general remplazando al virrey Venegas intento retener preeminencia sobre los jefes de las demas provincias por lo que el 19 de mayo de 1814 pidio a sus asesores que dictaminaran sobre su jurisdiccion pero antes de que lo hicieran recibio la noticia de la restauracion del absolutismo en Espana El 4 de mayo de 1814 el rey Fernando VII declaro nula la Constitucion de Cadiz y se restablecio el Virreinato de Nueva Espana el 11 de agosto de 1815 disolviendo las diputaciones provinciales El 7 de marzo de 1820 debido a la revolucion liberal en Espana se volvio al sistema de 1812 restableciendo la Constitucion de Cadiz y el virreinato desaparecio definitivamente el 31 de mayo de 1820 al ser jurada por el virrey Juan Ruiz de Apodaca quien paso a ser jefe politico superior de la Provincia de Nueva Espana restablecida junto a las otras cinco diputaciones provinciales entre agosto y noviembre de 1820 El 6 de noviembre de 1820 fue creada la Provincia de Valladolid integrada por las provincias de Michoacan y Guanajuato la cual fue instalada el 10 de febrero de 1821 A la vez la provincia de Zacatecas paso a la jurisdiccion de la diputacion provincial de San Luis Potosi El 8 de mayo de 1821 fue decretado que cada intendencia americana tuviera una diputacion provincial pero su instrumentacion en Nueva Espana se realizo en febrero de 1822 cuando Mexico ya era independiente Estas nuevas provincias con sus diputaciones provinciales eran Puebla Veracruz Michoacan Oaxaca Queretaro 21 El ultimo jefe politico superior de Nueva Espana no virrey cargo que ya no existia fue Juan O Donoju cuya autoridad ceso al consumar Agustin de Iturbide futuro Agustin I la independencia de Mexico el 27 de septiembre de 1821 En 1823 se habian instalado diputaciones en las provincias de Chiapas Chihuahua Coahuila Durango Guadalajara Guanajuato Mexico Michoacan Nuevo Leon Nuevo Mexico Nuevo Santander Oaxaca Puebla Queretaro San Luis Sonora y Sinaloa Tabasco Texas Tlaxcala Veracruz Yucatan y Zacatecas Organizacion eclesiastica EditarArticulo principal Diocesis catolicas indianas espanolas Como consecuencia del descubrimiento de Yucatan por Francisco Hernandez de Cordoba en 1517 el gobernador de Cuba Diego Velazquez solicito al emperador Carlos V la creacion de un obispado este peticiono al papa Leon X quien erigio la Diocesis Carolense por el nombre del emperador por medio de la bula Sacri Apostolatus Ministerio del 24 de enero de 1518 La bula dejo que el emperador fijara los limites de la diocesis quien la situo en Yucatan Sin embargo los espanoles no pudieron hacer pie en el territorio y el obispo designado no pudo asumir El 13 de octubre de 1525 el papa Clemente VII por medio de la bula Devotionis tuae probate sinceritas la traslado a Tlaxcala en el centro de Mexico Por Real Cedula del 19 de septiembre de 1526 Carlos V fijo los limites de la diocesis que tomo el nombre de Obispado de Yucatan y Santa Maria de los Remedios La Provincia de Tlaxcalteche inclusive y San Juan de Ulua que confina con aguas vertientes hasta llegar a Matlatla inclusive y la Villa Rica de la Veracruz y la Villa de Medellin con todo lo de Tabasco y desde el Rio Grijalva hasta llegar a Chiapas 22 La sede estuvo en Tlaxcala hasta el 3 de octubre de 1539 fecha en la que paso a Puebla lo que fue confirmado mediante la Real Cedula del 6 de junio de 1543 En 1530 se creo la Diocesis de Mexico En 1535 fue erigida la Diocesis de Oaxaca o Antequera al ano siguiente la de Michoacan y en 1539 la de Chiapas Hasta el 12 de febrero de 1546 fecha en que se erigio la Archidiocesis de Mexico por medio de la bula Super universae orbis ecclesiae las cinco diocesis novohispanas eran sufraganeas de la Arquidiocesis de Sevilla 23 Desde ese momento quedaron como sufraganeas de Mexico las diocesis de Oaxaca o Antequera Michoacan Diocesis de Chiapas en Ciudad Real Tlaxcala Puebla y Santiago de Guatemala erigida el 18 de diciembre de 1534 En 1548 fue creada la Diocesis de Guadalajara primero en Compostela y en 1561 la de Yucatan En 1559 fue erigida la Diocesis de Verapaz en Guatemala como sufraganea de Mexico pero fue suprimida en 1608 El 6 de febrero de 1579 fue erigida la Diocesis de Manila en las Filipinas como sufraganea de la de Mexico pero en 1595 fue elevada a archidiocesis metropolitana En 1620 fue erigida la Diocesis de Nueva Vizcaya en Durango mientras que la Diocesis de Comayagua erigida en 1531 en Trujillo no ocupada y reerigida en 1539 trasladada a Comayagua en 1561 paso a ser sufraganea de Mexico antes era de Santo Domingo En 1647 la Diocesis de Leon en Nicaragua paso a ser sufraganea de la de Mexico antes habia sido de la de Lima En 1743 Guatemala fue elevada a archidiocesis metropolitana pasando a ser sus sufraganeas las diocesis de Leon en Nicaragua Comayagua y Chiapas El 15 de diciembre de 1777 se creo la Diocesis de Linares o Monterrey en Nueva Leon y el 7 de mayo de 1779 fue creada la de Sonora 22 La Provincia Eclesiastica de Mexico quedo asi constituida por la Arquidiocesis de Mexico y sus sufraganeas las diocesis de Diocesis de Tlaxcala Puebla Diocesis de Antequera u Oaxaca Diocesis de Morelia o Michoacan Diocesis de Guadalajara Diocesis de Yucatan Diocesis de Durango Diocesis de Linares Diocesis de Sonora 24 La Real Ordenanza de Intendentes de Ejercito y Provincia de Nueva Espana de 1786 establecio respecto del vicepatronato real 25 Articulo XIII A excepcion de los Intendentes de Mexico Guadalaxara Arispe Merida de Yucatan y Veracruz todos los demas han de exercer en sus Provincias el Vice Patronato Real conforme a las Leyes y en calidad de Subdelegados de los respectivos propietarios pero quedando reservadas a estos todas las presentaciones eclesiasticas que como a tales Vice Patronos les correspondan y tambien el absoluto exercicio de esta suprema regalia de mi Corona en los distritos de las Intendencias donde tienen sus fixas residencias de modo que en el de la de Mexico correspondera al Virey en el de la de Arispe al Comandante general de las Fronteras en el de la de Guadalaxara al Presidente Regente de su Real Audiencia y en la de la de Merida y Provincia de Yucatan a su Gobernador Capitan general pero en el territorio de la Intendencia de Veracruz a que no se extiende la jurisdiccion de aquel Gobernador correspondera al Intendente de la Puebla el exercicio que ya le queda declarado para su propia Provincia asi como al dicho Gobernador y al del Nuevo Reyno de Leon en los distritos de sus respectivos mandos con la misma calidad de Subdelegados del Vice Patrono propietario que en ambas partes lo es el Virey y con la ya explicada reserva a su favor Referencias Editar Gerhard Peter 2000 Geografia historica de la Nueva Espana 1519 1821 Universidad Nacional Autonoma de Mexico pp 10 17 El Portal de la Rosa de los Vientos Espanoles en Taiwan llamada Isla Formosa Isla Hermosa Division administrativa de Nueva Espana el modelo constitucional HTML Consultado el 25 de marzo de 2008 Corregidores y alcaldes mayores en Nueva Espana HTML Editorial Rialp Consultado el 25 de marzo de 2008 Nueva Espana y Mexico Intendencias modelos constitucionales y categorias territoriales 1786 1835 Publicaciones Informe y Plan de Intendencias para el reino de Nueva Espana presentado por el Visitador D Jose de Galvez y el Virrey Marques de Croix y recomendado por el Obispo de Puebla y el Arzobispo de Mexico HGIS de las Indias Universidad de Graz FWF Consultado el 30 de noviembre de 2016 Regimen de subdelegaciones en la America borbonica Autor Jose Luis Alcauter Guzman Editor El Colegio de Michoacan Zamora 2012 Atlas ilustrado de los pueblos de indios Nueva Espana 1800 Autor Dorothy Tanck de Estrada Editor El Colegio de Mexico 2005 Las intendencias de la Nueva Espana Autor Aurea Commons Editor Mexico DF 1993 A Guide to the Historical Geography of New Spain Autor Peter Gerhard Editor Cambridge 1972 The North Frontier of New Spain Autor Peter Gerhard Editor Princeton 1982 The South East Frontier of New Spain Autor Peter Gerhard Editor Norman London 1993 San Luis Potosi La invencion de un territorio Siglos XVI XIX Autores Maria Isabel Monroy Gorari Rabiela Hira de Gortari Editor Colegio de San Luis Potosi 2010 Mexiko zwischen Reform und Revolution Volumen 80 de Beitrage zur Kolonial und Uberseegeschichte pag 269 Autores Horst Pietschmann Jochen Meissner Renate Pieper Editores Jochen Meissner Renate Pieper Peer Schmidt Editor Franz Steiner Verlag 2000 ISBN 3515077960 9783515077965 Las ediciones del Calendario manual y guia de forasteros en Mexico de la imprenta de Zuniga y Ontiveros para los anos de 1790 1792 1793 1797 1799 1800 1803 1809 y 1810 http www institucional us es revistas revistas americanistas pdf 19 5 Luis 20Navarro 20Garcia1 pdf 1 La diputacion provincial y el federalismo mexicano Pag 27 Autores Nettie Lee Benson Colegio de Mexico Centro de Estudios Historicos Universidad Nacional Autonoma de Mexico Edicion 2 Editor UNAM 1994 ISBN 9681205863 9789681205867 http saul nueve com mx eventos images 9Historiayevoluci pdf a b 2 Revista Digital Consenso Numero 5 de 2007 Imprimir Enmendando un error historico Maybell Padilla Perez Chronology of Catholic Dioceses Mexico Recopilacion sumaria de todos los autos acordados de la Real Audiencia y Slala del crimen de esta Nueva Espana y providencias de su superior gobierno De varias reales cedulas y ordenes Copias a la letra Volumen 2 Autor Eusebio Buenaventura Belena Editor Zuniga y Antiveros 1787Vease tambien EditarMapa de subdelegaciones de Nueva Espana en 1800 Datos Q6052804 Esta pagina contiene de forma consciente fallos ortograficos los bots no deben intentar corregirlos Obtenido de https es wikipedia org w index php title Organizacion territorial del Virreinato de 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