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Ley de Partidos Políticos (España)

La Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos (LOPP), llamada Ley de Partidos,[1]​ es una de las normas esenciales del régimen jurídico de los partidos políticos en España, destinada originalmente a ilegalizar las formaciones políticas que apoyaban a la organización terrorista ETA.[2]

Historia

La Ley de Partidos fue aprobada el 27 de junio de 2002 a partir del proyecto de Ley Orgánica de Partidos Políticos remitida por el Consejo de Ministros de España a las Cortes Generales el 19 de abril de 2002 tras los informes favorables del Consejo General del Poder Judicial y el Consejo de Estado. Esta Ley sustituyó a la Ley 54/1978, de 4 de diciembre de partidos políticos, preconstitucional y más ambigua en el articulado respecto a la ilegalización de los partidos políticos.

Aprobación

La aprobación de dicha ley se realizó con los votos a favor de PP, PSOE, CIU, CC y el Partido Andalucista, lo que sumaban 304 votos favorables (Gaspar Llamazares, de Izquierda Unida votó también a favor, por error).[3]​ Hubo 16 votos en contra (IU, PNV, BNG, ERC, ICV, EA y CHA) y ninguna abstención.

Interpretaciones de la ley

En la exposición de motivos de la ley se indica que su objetivo es «garantizar» el funcionamiento del sistema democrático:

[...] impidiendo que un partido político pueda, de forma reiterada y grave, atentar contra ese régimen democrático de libertades, justificar el racismo y la xenofobia o apoyar políticamente la violencia y las actividades de las bandas terroristas.

Para amplios sectores de la sociedad era una ley necesaria para acabar con la impunidad con la que entendían que los terroristas utilizaban las instituciones democráticas para financiarse y para extorsionar.[2]​ Para otros sectores, como el nacionalismo vasco o Izquierda Unida, la existencia de esta ley supone privar de derechos civiles a una parte de la población y prolongar medidas propias de un estado de excepción.

Amnistía Internacional expresó su preocupación por la Ley de Partidos porque «a través de la ambigüedad y la imprecisión de algunos artículos del proyecto de ley, se pudieran emprender procesos de ilegalización de partidos políticos que propugnen el cambio de principios constitucionales o leyes de forma pacífica».[4]​ Dicha organización, tras el anuncio de las conversaciones entre el gobierno español y ETA,[¿cuál?] también solicitó al gobierno que «elimine toda ambigüedad de la Ley de Partidos Políticos que permita la prohibición de partidos políticos que abogan pacíficamente por modificar los principios constitucionales o las leyes, ya que dicha prohibición vulnera las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos».[cita requerida]

El informe del Relator Especial sobre la promoción y la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas del 16 de diciembre de 2008 muestra preocupación al considerar que la amplitud de la formulación de las disposiciones de la Ley de Partidos, por ejemplo el apartado c) del párrafo 2 del artículo 9, en el que se prohíbe

complementar y apoyar políticamente la acción de organizaciones terroristas para la consecución de sus fines de subvertir el orden constitucional o alterar gravemente la paz pública, tratando de someter a un clima de terror a los poderes públicos, a determinadas personas o grupos de la sociedad o a la población en general", podrían interpretarse en el sentido de incluir a todo partido político que, por medios políticos pacíficos, trate de alcanzar objetivos políticos similares a los que persiguen los grupos terroristas y pide que se adapte[n] las expresiones vagas que aparecen en la Ley orgánica de partidos políticos a los principios internacionales relativos a la limitación de la libertad de expresión, a fin de evitar el riesgo de que se apliquen a partidos políticos que, aunque compartan la orientación política de una organización terrorista, no apoyan el empleo de medios violentos. También pide que se introduzcan mecanismos jurisdiccionales que ofrezcan las garantías procesales más rigurosas a los destinatarios de decisiones judiciales encaminadas a excluir de la participación en las elecciones a determinados candidatos por considerarles vinculados a partidos políticos ilegalizados por sus conexiones con una organización terrorista. Ello reviste especial importancia cuando se trata de agrupaciones que se han creado con el único fin de presentarse a las elecciones y de cuyas actuaciones anteriores, en consecuencia, no se tiene prueba alguna.[5]

La interpretación legislativa implica también el hecho de que se plantease propiamente una Ley Orgánica, y no una mera Declaración contra Batasuna.

Consecuencias

Como resultado de esta ley, el Tribunal Supremo notificó la ilegalización el 28 de marzo de 2003 de Herri Batasuna así como de Euskal Herritarrok y Batasuna, alegando su apoyo a la organización terrorista Euskadi Ta Askatasuna (ETA) y su falta de rechazo a la violencia como forma de hacer política. Por su vinculación con Batasuna, posteriormente fueron ilegalizados Acción Nacionalista Vasca y el Partido Comunista de las Tierras Vascas; por la misma razón se anularon las candidaturas de Herritarren Zerrenda, Autodeterminaziorako Bilgunea, Abertzale Sozialisten Batasuna, Aukera Guztiak, Demokrazia Hiru Milloi y Askatasuna, y también se ordenó disolver los grupos parlamentarios Sozialista Abertzaleak y Nafarroako Sozialista Abertzaleak.[cita requerida]

Esta ley también se aplicó en la ilegalización del Partido Comunista de España (reconstituido), al considerar que junto con el GRAPO constituía una sola estructura terrorista.[cita requerida]

Del mismo modo, el colectivo Manos Limpias, presidido por el antiguo dirigente Miguel Bernad, presentó una querella, inicialmente admitida a trámite, pidiendo la ilegalización del partido Izquierda Castellana, bajo la acusación de estar vinculado a Batasuna,[6]​ que finalmente fue archivada por la Audiencia Nacional.[7]

Iniciativa Internacionalista

El 7 de mayo de 2009 se anunció que el Gobierno, a través de la Abogacía General del Estado y la Fiscalía trataría de impugnar la candidatura a las elecciones al Parlamento Europeo de 2009 Iniciativa Internacionalista - La solidaridad entre los pueblos, dada la información recibida por parte de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad.[8][9]​ De modo general se señaló, como razones de la decisión, el que diez de los representantes legales de la canditatura y veintitrés de sus candidatos mantuvieran diferentes relaciones con la izquierda abertzale, el que dos de ellos fueron promotores de Demokrazia 3 Milioi (que pretendió concurrir a las elecciones autonómicas vascas, siendo finalmente ilegalizada), el que tras la retirada de doce avales de diferentes cargos públicos la candidatura los sustituyese «a última hora y con carácter precipitado» por concejales de ANV, así como informes policiales entregados a la Fiscalía y a la Abogacía que acreditan la celebración de encuentros y reuniones con el entorno de Batasuna para formar la candidatura.[10]

El 18 de mayo de 2009 la formación presentó un recurso contra la anulación ante el Tribunal Constitucional.[11]​ En él declaró que «el uso de la violencia [es] completamente ajeno a su [de II] forma de acción y cultura política», expresando «un claro rechazo y condena del uso de la violencia para la obtención de objetivos políticos en el marco de un Estado democrático», citando además condenas de acciones de ETA de miembros de la candidatura vetada.

El Tribunal Constitucional estimó el recurso de amparo presentado por Iniciativa Internacionalista-Solidaridad entre los Pueblos (II-SP) contra la anulación de su candidatura el 21 de mayo de 2009, por lo que la formación quedó habilitada para presentarse a las Elecciones al Parlamento Europeo del 7 de junio.[12]

La sentencia, que no hizo mención a la condena de la violencia realizada en el recurso de amparo, sí especificó que «no es constitucionalmente aceptable la tesis de la denominada contaminación sobrevenida que, en el parecer del Tribunal Supremo, padecerían cuantos, sin ser ellos mismos motivo para la ilegalización de una candidatura, figuraron como candidatos en una lista ilegalizada [...], pues el efecto jurídico que ello implica no puede ser en ningún caso consecuencia de la disolución de un partido que, según tenemos repetido, no supone la privación del derecho de sufragio de sus dirigentes, afiliados, simpatizantes o votantes» y que «ha de rechazarse la idea de que la movilización del voto que habría correspondido a las formaciones ilegalizadas sea una finalidad objetable hasta el punto de cifrar en ella la consideración sospechosa atribuida en el Auto recurrido a la presencia del Sr. Sastre como cabeza de lista».[13]

Referencias

  1. Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio
  2. Bas, Alexandre H. Català i; Conde, Enrique Álvarez (2004). «La aplicación de la Ley Orgánica de Partidos Políticos: crónica inacabada de la ilegalización de Herri Batasuna, Batasuna y Euskal Herritarrok». Foro: Revista de ciencias jurídicas y sociales (Extra 0): 7-35. ISSN 1698-5583. Consultado el 7 de diciembre de 2020. «La LOPP responde a necesidades políticas concretas: la ilegalización de aquellas formaciones políticas que apoyan a la organización terrorista ETA. El contexto histórico en que se aprueba la Ley de Partidos Políticos no es otro, como se señala en la propia Sentencia del Tribunal Supremo de 27 de marzo del 2003, que el de la lucha contra el terrorismo y contra aquellos instrumentos políticos y organizaciones que lo apoyan y lo amparan.» 
  3. El Congreso aprueba la Ley de Partidos con el 95% de los votos, El Mundo, 5 de junio de 2002.
  4. Informe del Relator Especial sobre la promoción y la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo, Martin Scheinin. Misión a España.
  5. La denuncia para la ilegalización de Izquierda Castellana, que lidera la hermana de Txiki Benegas, va acompañada de abundante material gráfico
  6. La Fiscalía de la Audiencia Nacional archiva el intento de ilegalizar Izquierda Castellana
  7. 7-J- La Fiscalía impugnará también Iniciativa Internacionalista porque está "controlada e infiltrada por Batasuna", Europa Press, 13 de mayo de 2009.
  8. El Gobierno demandará la lista encabezada por Alfonso Sastre a las europeas, avalada por 19 miembros del CUT-BAI, Europa Press, 13 de mayo de 2009.
  9. «El Gobierno decide impugnar la lista de un ex de ANV a las europeas.» EcoDiario, 13 de mayo de 2009.
  10. «Recurso presentado por Iniciativa Internacionalista.» 18 de mayo de 2009.
  11. «El TC permite que Iniciativa Internacionalista concurra a las elecciones europeas.» RTVE.es, 21 de mayo de 2009.
  12. «Sentencia del Tribunal Constitucional.» el 10 de noviembre de 2011 en Wayback Machine.

Enlaces externos

  •   Wikisource contiene Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos.
  •   Wikisource contiene obras originales de o sobre Ley Orgánica 3/1987, de 2 de julio, sobre Financiación de los Partidos Políticos.
  •   Datos: Q3048256
  •   Textos: Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos

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La Ley Organica 6 2002 de 27 de junio de Partidos Politicos LOPP llamada Ley de Partidos 1 es una de las normas esenciales del regimen juridico de los partidos politicos en Espana destinada originalmente a ilegalizar las formaciones politicas que apoyaban a la organizacion terrorista ETA 2 Indice 1 Historia 1 1 Aprobacion 2 Interpretaciones de la ley 3 Consecuencias 3 1 Iniciativa Internacionalista 4 Referencias 5 Enlaces externosHistoria EditarLa Ley de Partidos fue aprobada el 27 de junio de 2002 a partir del proyecto de Ley Organica de Partidos Politicos remitida por el Consejo de Ministros de Espana a las Cortes Generales el 19 de abril de 2002 tras los informes favorables del Consejo General del Poder Judicial y el Consejo de Estado Esta Ley sustituyo a la Ley 54 1978 de 4 de diciembre de partidos politicos preconstitucional y mas ambigua en el articulado respecto a la ilegalizacion de los partidos politicos Aprobacion Editar La aprobacion de dicha ley se realizo con los votos a favor de PP PSOE CIU CC y el Partido Andalucista lo que sumaban 304 votos favorables Gaspar Llamazares de Izquierda Unida voto tambien a favor por error 3 Hubo 16 votos en contra IU PNV BNG ERC ICV EA y CHA y ninguna abstencion Interpretaciones de la ley EditarEn la exposicion de motivos de la ley se indica que su objetivo es garantizar el funcionamiento del sistema democratico impidiendo que un partido politico pueda de forma reiterada y grave atentar contra ese regimen democratico de libertades justificar el racismo y la xenofobia o apoyar politicamente la violencia y las actividades de las bandas terroristas Para amplios sectores de la sociedad era una ley necesaria para acabar con la impunidad con la que entendian que los terroristas utilizaban las instituciones democraticas para financiarse y para extorsionar 2 Para otros sectores como el nacionalismo vasco o Izquierda Unida la existencia de esta ley supone privar de derechos civiles a una parte de la poblacion y prolongar medidas propias de un estado de excepcion Amnistia Internacional expreso su preocupacion por la Ley de Partidos porque a traves de la ambiguedad y la imprecision de algunos articulos del proyecto de ley se pudieran emprender procesos de ilegalizacion de partidos politicos que propugnen el cambio de principios constitucionales o leyes de forma pacifica 4 Dicha organizacion tras el anuncio de las conversaciones entre el gobierno espanol y ETA cual tambien solicito al gobierno que elimine toda ambiguedad de la Ley de Partidos Politicos que permita la prohibicion de partidos politicos que abogan pacificamente por modificar los principios constitucionales o las leyes ya que dicha prohibicion vulnera las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos cita requerida El informe del Relator Especial sobre la promocion y la proteccion de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas del 16 de diciembre de 2008 muestra preocupacion al considerar que la amplitud de la formulacion de las disposiciones de la Ley de Partidos por ejemplo el apartado c del parrafo 2 del articulo 9 en el que se prohibe complementar y apoyar politicamente la accion de organizaciones terroristas para la consecucion de sus fines de subvertir el orden constitucional o alterar gravemente la paz publica tratando de someter a un clima de terror a los poderes publicos a determinadas personas o grupos de la sociedad o a la poblacion en general podrian interpretarse en el sentido de incluir a todo partido politico que por medios politicos pacificos trate de alcanzar objetivos politicos similares a los que persiguen los grupos terroristasy pide que seadapte n las expresiones vagas que aparecen en la Ley organica de partidos politicos a los principios internacionales relativos a la limitacion de la libertad de expresion a fin de evitar el riesgo de que se apliquen a partidos politicos que aunque compartan la orientacion politica de una organizacion terrorista no apoyan el empleo de medios violentos Tambien pide que se introduzcanmecanismos jurisdiccionales que ofrezcan las garantias procesales mas rigurosas a los destinatarios de decisiones judiciales encaminadas a excluir de la participacion en las elecciones a determinados candidatos por considerarles vinculados a partidos politicos ilegalizados por sus conexiones con una organizacion terrorista Ello reviste especial importancia cuando se trata de agrupaciones que se han creado con el unico fin de presentarse a las elecciones y de cuyas actuaciones anteriores en consecuencia no se tiene prueba alguna 5 La interpretacion legislativa implica tambien el hecho de que se plantease propiamente una Ley Organica y no una mera Declaracion contra Batasuna Consecuencias EditarComo resultado de esta ley el Tribunal Supremo notifico la ilegalizacion el 28 de marzo de 2003 de Herri Batasuna asi como de Euskal Herritarrok y Batasuna alegando su apoyo a la organizacion terrorista Euskadi Ta Askatasuna ETA y su falta de rechazo a la violencia como forma de hacer politica Por su vinculacion con Batasuna posteriormente fueron ilegalizados Accion Nacionalista Vasca y el Partido Comunista de las Tierras Vascas por la misma razon se anularon las candidaturas de Herritarren Zerrenda Autodeterminaziorako Bilgunea Abertzale Sozialisten Batasuna Aukera Guztiak Demokrazia Hiru Milloi y Askatasuna y tambien se ordeno disolver los grupos parlamentarios Sozialista Abertzaleak y Nafarroako Sozialista Abertzaleak cita requerida Esta ley tambien se aplico en la ilegalizacion del Partido Comunista de Espana reconstituido al considerar que junto con el GRAPO constituia una sola estructura terrorista cita requerida Del mismo modo el colectivo Manos Limpias presidido por el antiguo dirigente Miguel Bernad presento una querella inicialmente admitida a tramite pidiendo la ilegalizacion del partido Izquierda Castellana bajo la acusacion de estar vinculado a Batasuna 6 que finalmente fue archivada por la Audiencia Nacional 7 Iniciativa Internacionalista Editar El 7 de mayo de 2009 se anuncio que el Gobierno a traves de la Abogacia General del Estado y la Fiscalia trataria de impugnar la candidatura a las elecciones al Parlamento Europeo de 2009 Iniciativa Internacionalista La solidaridad entre los pueblos dada la informacion recibida por parte de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad 8 9 De modo general se senalo como razones de la decision el que diez de los representantes legales de la canditatura y veintitres de sus candidatos mantuvieran diferentes relaciones con la izquierda abertzale el que dos de ellos fueron promotores de Demokrazia 3 Milioi que pretendio concurrir a las elecciones autonomicas vascas siendo finalmente ilegalizada el que tras la retirada de doce avales de diferentes cargos publicos la candidatura los sustituyese a ultima hora y con caracter precipitado por concejales de ANV asi como informes policiales entregados a la Fiscalia y a la Abogacia que acreditan la celebracion de encuentros y reuniones con el entorno de Batasuna para formar la candidatura 10 El 18 de mayo de 2009 la formacion presento un recurso contra la anulacion ante el Tribunal Constitucional 11 En el declaro que el uso de la violencia es completamente ajeno a su de II forma de accion y cultura politica expresando un claro rechazo y condena del uso de la violencia para la obtencion de objetivos politicos en el marco de un Estado democratico citando ademas condenas de acciones de ETA de miembros de la candidatura vetada El Tribunal Constitucional estimo el recurso de amparo presentado por Iniciativa Internacionalista Solidaridad entre los Pueblos II SP contra la anulacion de su candidatura el 21 de mayo de 2009 por lo que la formacion quedo habilitada para presentarse a las Elecciones al Parlamento Europeo del 7 de junio 12 La sentencia que no hizo mencion a la condena de la violencia realizada en el recurso de amparo si especifico que no es constitucionalmente aceptable la tesis de la denominada contaminacion sobrevenida que en el parecer del Tribunal Supremo padecerian cuantos sin ser ellos mismos motivo para la ilegalizacion de una candidatura figuraron como candidatos en una lista ilegalizada pues el efecto juridico que ello implica no puede ser en ningun caso consecuencia de la disolucion de un partido que segun tenemos repetido no supone la privacion del derecho de sufragio de sus dirigentes afiliados simpatizantes o votantes y que ha de rechazarse la idea de que la movilizacion del voto que habria correspondido a las formaciones ilegalizadas sea una finalidad objetable hasta el punto de cifrar en ella la consideracion sospechosa atribuida en el Auto recurrido a la presencia del Sr Sastre como cabeza de lista 13 Referencias Editar Ley Organica 6 2002 de 27 de junio a b Bas Alexandre H Catala i Conde Enrique Alvarez 2004 La aplicacion de la Ley Organica de Partidos Politicos cronica inacabada de la ilegalizacion de Herri Batasuna Batasuna y Euskal Herritarrok Foro Revista de ciencias juridicas y sociales Extra 0 7 35 ISSN 1698 5583 Consultado el 7 de diciembre de 2020 La LOPP responde a necesidades politicas concretas la ilegalizacion de aquellas formaciones politicas que apoyan a la organizacion terrorista ETA El contexto historico en que se aprueba la Ley de Partidos Politicos no es otro como se senala en la propia Sentencia del Tribunal Supremo de 27 de marzo del 2003 que el de la lucha contra el terrorismo y contra aquellos instrumentos politicos y organizaciones que lo apoyan y lo amparan El Congreso aprueba la Ley de Partidos con el 95 de los votos El Mundo 5 de junio de 2002 Amnesty org Informe del Relator Especial sobre la promocion y la proteccion de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo Martin Scheinin Mision a Espana La denuncia para la ilegalizacion de Izquierda Castellana que lidera la hermana de Txiki Benegas va acompanada de abundante material grafico La Fiscalia de la Audiencia Nacional archiva el intento de ilegalizar Izquierda Castellana 7 J La Fiscalia impugnara tambien Iniciativa Internacionalista porque esta controlada e infiltrada por Batasuna Europa Press 13 de mayo de 2009 El Gobierno demandara la lista encabezada por Alfonso Sastre a las europeas avalada por 19 miembros del CUT BAI Europa Press 13 de mayo de 2009 El Gobierno decide impugnar la lista de un ex de ANV a las europeas EcoDiario 13 de mayo de 2009 Recurso presentado por Iniciativa Internacionalista 18 de mayo de 2009 El TC permite que Iniciativa Internacionalista concurra a las elecciones europeas RTVE es 21 de mayo de 2009 Sentencia del Tribunal Constitucional Archivado el 10 de noviembre de 2011 en Wayback Machine Enlaces externos Editar Wikisource contiene Ley Organica 6 2002 de 27 de junio de Partidos Politicos Wikisource contiene obras originales de o sobre Ley Organica 3 1987 de 2 de julio sobre Financiacion de los Partidos Politicos Datos Q3048256 Textos Ley Organica 6 2002 de 27 de junio de Partidos Politicos Obtenido de https es wikipedia org w index php title Ley de Partidos Politicos Espana amp oldid 138680786, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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