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Consejo General del Poder Judicial

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) es el órgano de gobierno del poder judicial español.[4]​ Sus funciones son de naturaleza administrativa-gubernativa y de régimen interior del poder judicial. El Consejo vela por la garantía de la independencia de los jueces y magistrados frente a los demás poderes del Estado. Su tratamiento legal y constitucional está inspirado en el Consejo Superior de la Magistratura italiano.

Consejo General del Poder Judicial

Escudo del Consejo General del Poder Judicial

Información general
Tipo Órgano de gobierno del poder judicial español
Fundación 29 de diciembre de 1978
Jurisdicción Territorio nacional
País España
Sede Calle Marqués de la Ensenada, 8. Madrid, Madrid[1]
Organización
Presidente en funciones Carlos Lesmes
Vicepresidente en funciones Ángel Juanes
Composición Véase Composición
Empleados 24.299 (2019)[nota 1][2]
Presupuesto anual 73,01 millones de (2021)[3]
Sitio web

El Consejo General se compone de un Presidente, que es a su vez el Presidente del Tribunal Supremo, y de veinte vocales.[5][6]​ Los veinte vocales son elegidos por las Cortes Generales: doce entre jueces y magistrados y ocho entre juristas de reconocida competencia. La Constitución establece que 4 sean elegidos por 3/5 del Congreso de los Diputados y otros 4 de igual manera por el Senado, la Ley Orgánica 2/2015​ vigente y la Ley Orgánica 6/1985, conceden la elección para los 12 restantes también al Congreso y al Senado.

Naturaleza constitucional

La Constitución de 1978 regula el Consejo General del Poder Judicial en los apartados 2 y 3 de su artículo 122:

2. El Consejo General del Poder Judicial es el órgano de gobierno del mismo. La ley orgánica establecerá su estatuto y el régimen de incompatibilidades de sus miembros y sus funciones, en particular en materia de nombramientos, ascensos, inspección y régimen disciplinario.
3. El Consejo General del Poder Judicial estará integrado por el Presidente del Tribunal Supremo, que lo presidirá, y por veinte miembros nombrados por el Rey por un periodo de cinco años. De estos, doce entre Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales, en los términos que establezca la ley orgánica; cuatro a propuesta del Congreso de los Diputados, y cuatro a propuesta del Senado, elegidos en ambos casos por mayoría de tres quintos de sus miembros, entre abogados y otros juristas, todos ellos de reconocida competencia y con más de quince años de ejercicio en su profesión.

Es decir, la Constitución solo detalla la forma de elección de los ocho miembros del CGPJ que serán elegidos entre juristas de reconocida competencia. Les exige un mínimo de quince años de ejercicio y una pericia fácilmente apreciable por haber sido demostrada con anterioridad. Cuatro de ellos deben ser elegidos por el Congreso y los otros cuatro por el Senado. En ambos casos se exige una mayoría cualificada en cada cámara: tres quintos del total de sus miembros. La forma de elección de estos ocho vocales ha permanecido inalterada.

En cambio, para la elección de los doce miembros procedentes de la judicatura, con independencia de la categoría profesional a la que pertenezcan (Magistrado del Tribunal Supremo, Magistrado o Juez), la Constitución se remite a lo que establezca una futura Ley Orgánica, sin más limitación. Las Cortes cumplieron este mandato constitucional con la aprobación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.[7]

Composición y forma de elección de los vocales

 
Sede del C.G.P.J., en Madrid.

La Constitución determina en su artículo 122.3:[5]

  • Tendrá 20 miembros más un Presidente.
  • El Presidente del CGPJ será el Presidente del Tribunal Supremo.
  • 12 serán Jueces o Magistrados. El método de elección lo decidirá una Ley Orgánica.
  • 8 serán abogados o juristas. 4 elegidos por el Congreso y 4 por el Senado, en ambos casos por mayoría de tres quintos.

La Ley Orgánica 2/2001[6]​ vigente, modificó la Ley Orgánica 6/1985 solo en lo que se refería al sistema de elección:

  • De los 12 miembros que deben ser Jueces o Magistrados, son elegidos 6 por el Congreso y 6 por el Senado, de entre una lista de 36 candidatos propuestos por las asociaciones de jueces o por jueces no asociados.

Cambios en la Ley Orgánica y nueva propuesta de reforma

Según la redacción original del artículo 112 de la L.O. 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial

Cada una de las cámaras que forman las Cortes Generales elegía a diez vocales por mayoría cualificada de tres quintos. Seis entre jueces en servicio activo y cuatro entre juristas de reconocida competencia. No podían ser elegidos los miembros del Consejo saliente ni quienes prestaban servicios en sus órganos técnicos.

El Presidente es designado por el Pleno del CGPJ entre miembros de la carrera judicial o juristas de reconocida competencia. Durante su mandato, los vocales no pueden ser removidos ni sustituidos ni cesados y no pueden ser reelegidos. Formalmente, son nombrados por el Rey de España.

Según la modificación operada por la L.O. 2/2001, de 28 de junio

La Ley Orgánica 2/2001, de 28 de junio, modificó el art. 112 LOPJ reformando el procedimiento de elección de vocales procedentes de la magistratura. Las asociaciones profesionales de la judicatura o las agrupaciones de jueces que sumen, al menos, el 2 % del total que se encuentre en servicio activo, pueden presentar a las cámaras un total de treinta y seis candidatos, de los cuales el Congreso de los Diputados elegirá a seis y los otros seis serán elegidos por el Senado de entre los treinta restantes.[8]

Propuesta de modificación de 2013

Alberto Ruiz-Gallardón, ministro de Justicia del gobierno del Partido Popular presidido por Mariano Rajoy, anunció en enero de 2013 su intención de cambiar la forma de elección de los doce vocales magistrados del Consejo General del Poder Judicial, volviendo al antiguo sistema de elección directa por parte de los jueces que se abandonó en 1985.[9]​ Sin embargo, el 21 de diciembre de 2013 el ministro llevó al Consejo de Ministros un anteproyecto de reforma del CGPJ contraria al programa del PP, ya que en el mismo se establecía que la elección los veinte vocales del órgano de gobierno de los jueces se realizara directamente por el Parlamento, sin elecciones previas en la carrera judicial.[10][11]​ Ruiz-Gallardón consideró que la reforma, consensuada con el PSOE, contribuiría a despolitizar la justicia.[12]

Proposición de modificación en 2020

El 28 de febrero de 2020 el grupo parlamentario Ciudadanos presentó en el Congreso de los Diputados una Proposición de Ley Orgánica de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para el refuerzo de la independencia judicial. En la misma se plantea que la elección de los 12 vocales jueces, actualmente nombrados por las Cortes (6 por el Congreso y 6 por el Senado), sea mediante el voto secreto y directo de todos los Jueces y Magistrados del Estado. Dicha Proposición de Ley fue sometida a votación el día 23 de septiembre de 2020 en el Congreso de los Diputados, siendo rechazada por 174 votos en contra, 152 votos a favor y 19 abstenciones.

Competencias

El CGPJ tiene competencias en las siguientes materias:

  • La propuesta de nombramiento por mayoría de tres quintos, mayoría que se computará sobre la base de la totalidad de sus veintiún miembros, de:
a) El Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial y el Vicepresidente de este último.
b) Miembros del Tribunal Constitucional cuando así proceda.
c) Los Presidentes de Sala y Magistrados del Tribunal Supremo, el Presidente de la Audiencia Nacional y de cada una de sus Salas, los Presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia y de cada una de sus Salas, y los Presidentes de las Audiencias Provinciales.
d) El Magistrado de la Sala Segunda de lo Penal o Tercera de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo, competente para conocer de la autorización de las actividades del CNI que afecten a los derechos fundamentales reconocidos en el artículo 18.2 y 3 de la Constitución española, así como la del Magistrado de dichas Salas del Tribunal Supremo que lo sustituya en caso de vacancia, ausencia o imposibilidad.
Para efectuar estas propuestas de nombramiento, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial velará, en todo caso, por el cumplimiento de los principios de mérito y capacidad.
  • Inspección de juzgados y tribunales.
  • Selección, formación y perfeccionamiento, provisión de destinos, ascensos, situaciones administrativas y régimen disciplinario de jueces y magistrados.
  • Nombramiento mediante orden de los jueces y presentación a Real Decreto, refrendado por el Ministro de Justicia, de los nombramientos de magistrados del Tribunal Supremo, Presidentes de tribunales y salas, y magistrados.
  • Nombramiento de Secretario General y miembros de los gabinetes o servicios dependientes del mismo.
  • Ejercicio de las competencias relativas a la Escuela Judicial que la Ley le atribuye.
  • Elaborar, dirigir la ejecución y controlar el cumplimiento del presupuesto del Consejo.
  • Potestad reglamentaria en lo relativo a su personal, organización y funcionamiento y otros aspectos que desarrollen la Ley Orgánica del Poder Judicial, en los términos previstos en ésta.
  • Publicación oficial de las sentencias y otras resoluciones que se determinen del Tribunal Supremo y del resto de órganos judiciales.
  • Elaboración de informes sobre los anteproyectos de leyes y disposiciones generales del Estado y de las comunidades autónomas que afecten a determinadas materias, entre otras la organización, demarcación y planta judiciales.
  • Aquellas otras que le atribuyan las Leyes: entre ellas, el amparo de los jueces o magistrados que se consideren inquietados o perturbados en su independencia. Esta atribución está contemplada en el artículo 14 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial ( https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-12666&tn=1&p=20151028#acatorce ).

CGPJ en funciones

El 31 de marzo de 2021 entró en vigor la Ley Orgánica 4/2021, de 29 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.[13]​ Mediante esta ley, se estableció el régimen jurídico aplicable al Consejo General del Poder Judicial que no hubiera sido renovado a tiempo, es decir, que estuviera en funciones. De acuerdo con la nueva regulación, el CGPJ, mientras se mantenga en funciones, se limitará a:[13]

  • Ser oído por el Gobierno antes del nombramiento del Fiscal General del Estado.
  • Participar, en los términos legalmente previstos, en la selección de Jueces y Magistrados.
  • Resolver lo que proceda en materia de formación y perfeccionamiento, provisión de destinos, ascensos reglados, situaciones administrativas y régimen disciplinario de Jueces y Magistrados.
  • Ejercer la alta inspección de Tribunales, así como la supervisión y coordinación de la actividad inspectora ordinaria de los Presidentes y Salas de Gobierno de los Tribunales.
  • Cuidar de la publicación oficial de las sentencias y demás resoluciones que se determinen del Tribunal Supremo y del resto de órganos judiciales.
  • Garantizar el funcionamiento y actualizar los programas formativos de la Escuela Judicial.
  • Ejercer la potestad reglamentaria en las siguientes materias:
    • Publicidad de las actuaciones judiciales.
    • Publicación y reutilización de las resoluciones judiciales.
    • Habilitación de días y horas, así como fijación de horas de audiencia pública.
    • Constitución de los órganos judiciales fuera de su sede.
    • Régimen de guardias de los órganos jurisdiccionales.
    • Organización y gestión de la actuación de los órganos judiciales españoles en materia de cooperación jurisdiccional interna e internacional.
    • Condiciones accesorias para el ejercicio de los derechos y deberes que conforman el estatuto de Jueces y Magistrados, así como el régimen jurídico de las Asociaciones judiciales, sin que tal desarrollo reglamentario pueda suponer innovación o alteración alguna de la regulación legal.
  • Aprobar la relación de puestos de trabajo del personal funcionario a su servicio.
  • Colaborar con la Autoridad de Control en materia de protección de datos en el ámbito de la Administración de Justicia.
  • Recibir quejas de los ciudadanos en materias relacionadas con la Administración de Justicia.
  • Elaborar y ejecutar su propio presupuesto, en los términos previstos en la presente Ley Orgánica.
  • Proponer, previa justificación de la necesidad, las medidas de refuerzo que sean precisas en concretos órganos judiciales.
  • Emitir informe en los expedientes de responsabilidad patrimonial por anormal funcionamiento de la Administración de Justicia.
  • Recopilar y actualizar los Principios de Ética Judicial y proceder a su divulgación, así como a su promoción con otras entidades y organizaciones judiciales, nacionales o internacionales.
  • Elaborar los informes sobre los anteproyectos de ley y disposiciones generales que en virtud de lo dispuesto en el artículo 561 le correspondan.

En definitiva, se limitan los poderes de nombramiento del CGPJ en funciones así como otras actuaciones relevantes sobre el personal y el funcionamiento o estructura de determinados órganos. Además, también se le impide cesar al Secretario General o al Vicesecretario General del CGPJ.[13]

Presidentes del Consejo General del Poder Judicial

El Consejo General del Poder Judicial y el Tribunal Supremo están presididos por la misma persona. Esta es la lista de los presidentes que ha tenido el Consejo desde su fundación:

Vicepresidentes del Consejo General del Poder Judicial

Vocales del Consejo General del Poder Judicial

Los vocales del CGPJ nombrados el 29 de noviembre de 2013, a propuesta del Congreso de los Diputados[17]​ y del Senado[18]​ son los siguientes:[19]

  • Roser Bach i Fabregó
  • María del Mar Cabrejas Guijarro
  • María Ángeles Carmona Vergara
  • María Victoria Cinto Lapuente
  • Álvaro Cuesta Martínez
  • Nuria Díaz Abad
  • Juan Manuel Fernández Martínez
  • Rafael Fernández Valverde
  • Fernando Grande-Marlaska Gómez
  • Vicente Guilarte Gutiérrez
  • Carmen Llombart Pérez
  • José María Macías Castaño (en sustitución de M.ª Mercè Pigem, a partir del 27 de enero de 2015)[20]
  • Clara Martínez de Careaga
  • Juan Martínez Moya
  • Francisco Gerardo Martínez Tristán
  • Rafael Mozo Muelas
  • Enrique Lucas Murillo de la Cueva
  • Wenceslao Francisco Olea Godoy
  • Maria Mercè Pigem i Palmés (renuncia el 29 de noviembre de 2014)[21]
  • María Concepción Sáez Rodríguez
  • María Pilar Sepúlveda García de la Torre

Curiosidades

  • En 2021, el CGPJ nombró por primera vez en su historia a una mujer como presidenta de un tribunal militar. En concreto la persona elegida ha sido la coronel auditora María Inmaculada Benavente Cózar que presidió el Tribunal Militar Territorial Segundo de Sevilla.[1]

Véase también

Referencias

  1. «Información Institucional del CGPJ». 
  2. «Boletín estadístico del personal al servicio de las Administraciones Públicas». p. 32. 
  3. «PGE 2021». p. 126485 (528 PDF). 
  4. Artículo 122 de la Constitución española.
  5. «Constitución Española, Artículo 122.3». 
  6. «Ley Orgánica 2/2001». 
  7. Boletín Oficial del Estado (2 de julio de 1985). . Número 157. Archivado desde el original el 10 de abril de 2012. Consultado el 23 de mayo de 2012. 
  8. Boletín Oficial del Estado. Legislación consolidada. . Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Archivado desde el original el 10 de abril de 2012. Consultado el 23 de mayo de 2012. 
  9. «Rajoy juega a la Contrarreforma». El País. 5 de febrero de 2012. 
  10. Peral, María (21 de diciembre de 2012). «Gallardón lleva al Consejo de Ministros la reforma del CGPJ contraria al programa del PP». El Mundo. Consultado el 22 de enero de 2013. 
  11. «Editorial: Cambio a mejor». El País. 22 de diciembre de 2012. Consultado el 22 de enero de 2013. 
  12. Peral, María (21 de diciembre de 2012). «Gallardón: la elección directa del CGPJ por el Parlamento despolitizará la Justicia». El Mundo. Consultado el 22 de enero de 2013. 
  13. «Ley Orgánica 4/2021, de 29 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para el establecimiento del régimen jurídico aplicable al Consejo General del Poder Judicial en funciones.». boe.es. Consultado el 30 de marzo de 2021. 
  14. . Poder Judicial España. 12 de diciembre de 2013. Archivado desde el original el 1 de febrero de 2014. Consultado el 24 de enero de 2014. 
  15. Miembros anteriores del CGPJ Web Poder Judicial España
  16. Web Poder Judicial España
  17. «Real Decreto 930/2013, de 29 de noviembre, por el que se nombran Vocales del Consejo General del Poder Judicial a propuesta del Congreso de los Diputados» (PDF). Boletín Oficial del Estado (España). 3 de diciembre de 2013. Consultado el 6 de diciembre de 2013. 
  18. «Real Decreto 931/2013, de 29 de noviembre, por el que se nombran Vocales del Consejo General del Poder Judicial a propuesta del Senado» (PDF). Boletín Oficial del Estado (España). 3 de diciembre de 2013. Consultado el 6 de diciembre de 2013. 
  19. ACIJUR. «Agenda de la Comunicación Jurídica 2017». Www.acijur.es. Consultado el 20 de noviembre de 2017. 
  20. Press, Europa (27 de enero de 2015). «El nuevo vocal del CGPJ, José María Macías, experto en Derecho Administrativo, jurará hoy su cargo ante el Rey». europapress.es. Consultado el 20 de noviembre de 2017. 
  21. C.G.P.J. «C.G.P.J - En Portada». www.poderjudicial.es. Consultado el 20 de noviembre de 2017. 

Nota

  1. 5.560 jueces y magistrados
    2.464 fiscales
    13.275 otro personal al servicio de la Administración de Justicia
  •   Datos: Q520406

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El Consejo General del Poder Judicial CGPJ es el organo de gobierno del poder judicial espanol 4 Sus funciones son de naturaleza administrativa gubernativa y de regimen interior del poder judicial El Consejo vela por la garantia de la independencia de los jueces y magistrados frente a los demas poderes del Estado Su tratamiento legal y constitucional esta inspirado en el Consejo Superior de la Magistratura italiano Consejo General del Poder JudicialEscudo del Consejo General del Poder JudicialInformacion generalTipoorgano de gobierno del poder judicial espanolFundacion29 de diciembre de 1978JurisdiccionTerritorio nacionalPaisEspanaSedeCalle Marques de la Ensenada 8 Madrid Madrid 1 OrganizacionPresidente en funcionesCarlos LesmesVicepresidente en funcionesAngel JuanesComposicionVease ComposicionEmpleados24 299 2019 nota 1 2 Presupuesto anual73 01 millones de 2021 3 Sitio web editar datos en Wikidata El Consejo General se compone de un Presidente que es a su vez el Presidente del Tribunal Supremo y de veinte vocales 5 6 Los veinte vocales son elegidos por las Cortes Generales doce entre jueces y magistrados y ocho entre juristas de reconocida competencia La Constitucion establece que 4 sean elegidos por 3 5 del Congreso de los Diputados y otros 4 de igual manera por el Senado la Ley Organica 2 2015 vigente y la Ley Organica 6 1985 conceden la eleccion para los 12 restantes tambien al Congreso y al Senado Indice 1 Naturaleza constitucional 2 Composicion y forma de eleccion de los vocales 2 1 Cambios en la Ley Organica y nueva propuesta de reforma 2 1 1 Segun la redaccion original del articulo 112 de la L O 6 1985 de 1 de julio del Poder Judicial 2 1 2 Segun la modificacion operada por la L O 2 2001 de 28 de junio 2 1 3 Propuesta de modificacion de 2013 3 Competencias 3 1 CGPJ en funciones 4 Presidentes del Consejo General del Poder Judicial 5 Vicepresidentes del Consejo General del Poder Judicial 6 Vocales del Consejo General del Poder Judicial 7 Curiosidades 8 Vease tambien 9 Referencias 9 1 NotaNaturaleza constitucional EditarLa Constitucion de 1978 regula el Consejo General del Poder Judicial en los apartados 2 y 3 de su articulo 122 2 El Consejo General del Poder Judicial es el organo de gobierno del mismo La ley organica establecera su estatuto y el regimen de incompatibilidades de sus miembros y sus funciones en particular en materia de nombramientos ascensos inspeccion y regimen disciplinario 3 El Consejo General del Poder Judicial estara integrado por el Presidente del Tribunal Supremo que lo presidira y por veinte miembros nombrados por el Rey por un periodo de cinco anos De estos doce entre Jueces y Magistrados de todas las categorias judiciales en los terminos que establezca la ley organica cuatro a propuesta del Congreso de los Diputados y cuatro a propuesta del Senado elegidos en ambos casos por mayoria de tres quintos de sus miembros entre abogados y otros juristas todos ellos de reconocida competencia y con mas de quince anos de ejercicio en su profesion Es decir la Constitucion solo detalla la forma de eleccion de los ocho miembros del CGPJ que seran elegidos entre juristas de reconocida competencia Les exige un minimo de quince anos de ejercicio y una pericia facilmente apreciable por haber sido demostrada con anterioridad Cuatro de ellos deben ser elegidos por el Congreso y los otros cuatro por el Senado En ambos casos se exige una mayoria cualificada en cada camara tres quintos del total de sus miembros La forma de eleccion de estos ocho vocales ha permanecido inalterada En cambio para la eleccion de los doce miembros procedentes de la judicatura con independencia de la categoria profesional a la que pertenezcan Magistrado del Tribunal Supremo Magistrado o Juez la Constitucion se remite a lo que establezca una futura Ley Organica sin mas limitacion Las Cortes cumplieron este mandato constitucional con la aprobacion de la Ley Organica 6 1985 de 1 de julio del Poder Judicial 7 Composicion y forma de eleccion de los vocales Editar Sede del C G P J en Madrid La Constitucion determina en su articulo 122 3 5 Tendra 20 miembros mas un Presidente El Presidente del CGPJ sera el Presidente del Tribunal Supremo 12 seran Jueces o Magistrados El metodo de eleccion lo decidira una Ley Organica 8 seran abogados o juristas 4 elegidos por el Congreso y 4 por el Senado en ambos casos por mayoria de tres quintos La Ley Organica 2 2001 6 vigente modifico la Ley Organica 6 1985 solo en lo que se referia al sistema de eleccion De los 12 miembros que deben ser Jueces o Magistrados son elegidos 6 por el Congreso y 6 por el Senado de entre una lista de 36 candidatos propuestos por las asociaciones de jueces o por jueces no asociados Cambios en la Ley Organica y nueva propuesta de reforma Editar Segun la redaccion original del articulo 112 de la L O 6 1985 de 1 de julio del Poder Judicial Editar Cada una de las camaras que forman las Cortes Generales elegia a diez vocales por mayoria cualificada de tres quintos Seis entre jueces en servicio activo y cuatro entre juristas de reconocida competencia No podian ser elegidos los miembros del Consejo saliente ni quienes prestaban servicios en sus organos tecnicos El Presidente es designado por el Pleno del CGPJ entre miembros de la carrera judicial o juristas de reconocida competencia Durante su mandato los vocales no pueden ser removidos ni sustituidos ni cesados y no pueden ser reelegidos Formalmente son nombrados por el Rey de Espana Segun la modificacion operada por la L O 2 2001 de 28 de junio Editar La Ley Organica 2 2001 de 28 de junio modifico el art 112 LOPJ reformando el procedimiento de eleccion de vocales procedentes de la magistratura Las asociaciones profesionales de la judicatura o las agrupaciones de jueces que sumen al menos el 2 del total que se encuentre en servicio activo pueden presentar a las camaras un total de treinta y seis candidatos de los cuales el Congreso de los Diputados elegira a seis y los otros seis seran elegidos por el Senado de entre los treinta restantes 8 Propuesta de modificacion de 2013 Editar Alberto Ruiz Gallardon ministro de Justicia del gobierno del Partido Popular presidido por Mariano Rajoy anuncio en enero de 2013 su intencion de cambiar la forma de eleccion de los doce vocales magistrados del Consejo General del Poder Judicial volviendo al antiguo sistema de eleccion directa por parte de los jueces que se abandono en 1985 9 Sin embargo el 21 de diciembre de 2013 el ministro llevo al Consejo de Ministros un anteproyecto de reforma del CGPJ contraria al programa del PP ya que en el mismo se establecia que la eleccion los veinte vocales del organo de gobierno de los jueces se realizara directamente por el Parlamento sin elecciones previas en la carrera judicial 10 11 Ruiz Gallardon considero que la reforma consensuada con el PSOE contribuiria a despolitizar la justicia 12 Proposicion de modificacion en 2020El 28 de febrero de 2020 el grupo parlamentario Ciudadanos presento en el Congreso de los Diputados una Proposicion de Ley Organica de modificacion de la Ley Organica 6 1985 de 1 de julio del Poder Judicial para el refuerzo de la independencia judicial En la misma se plantea que la eleccion de los 12 vocales jueces actualmente nombrados por las Cortes 6 por el Congreso y 6 por el Senado sea mediante el voto secreto y directo de todos los Jueces y Magistrados del Estado Dicha Proposicion de Ley fue sometida a votacion el dia 23 de septiembre de 2020 en el Congreso de los Diputados siendo rechazada por 174 votos en contra 152 votos a favor y 19 abstenciones Competencias EditarEl CGPJ tiene competencias en las siguientes materias La propuesta de nombramiento por mayoria de tres quintos mayoria que se computara sobre la base de la totalidad de sus veintiun miembros de a El Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial y el Vicepresidente de este ultimo b Miembros del Tribunal Constitucional cuando asi proceda c Los Presidentes de Sala y Magistrados del Tribunal Supremo el Presidente de la Audiencia Nacional y de cada una de sus Salas los Presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia y de cada una de sus Salas y los Presidentes de las Audiencias Provinciales d El Magistrado de la Sala Segunda de lo Penal o Tercera de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo competente para conocer de la autorizacion de las actividades del CNI que afecten a los derechos fundamentales reconocidos en el articulo 18 2 y 3 de la Constitucion espanola asi como la del Magistrado de dichas Salas del Tribunal Supremo que lo sustituya en caso de vacancia ausencia o imposibilidad Para efectuar estas propuestas de nombramiento el Pleno del Consejo General del Poder Judicial velara en todo caso por el cumplimiento de los principios de merito y capacidad Inspeccion de juzgados y tribunales Seleccion formacion y perfeccionamiento provision de destinos ascensos situaciones administrativas y regimen disciplinario de jueces y magistrados Nombramiento mediante orden de los jueces y presentacion a Real Decreto refrendado por el Ministro de Justicia de los nombramientos de magistrados del Tribunal Supremo Presidentes de tribunales y salas y magistrados Nombramiento de Secretario General y miembros de los gabinetes o servicios dependientes del mismo Ejercicio de las competencias relativas a la Escuela Judicial que la Ley le atribuye Elaborar dirigir la ejecucion y controlar el cumplimiento del presupuesto del Consejo Potestad reglamentaria en lo relativo a su personal organizacion y funcionamiento y otros aspectos que desarrollen la Ley Organica del Poder Judicial en los terminos previstos en esta Publicacion oficial de las sentencias y otras resoluciones que se determinen del Tribunal Supremo y del resto de organos judiciales Elaboracion de informes sobre los anteproyectos de leyes y disposiciones generales del Estado y de las comunidades autonomas que afecten a determinadas materias entre otras la organizacion demarcacion y planta judiciales Aquellas otras que le atribuyan las Leyes entre ellas el amparo de los jueces o magistrados que se consideren inquietados o perturbados en su independencia Esta atribucion esta contemplada en el articulo 14 de la Ley Organica 6 1985 de 1 de julio del Poder Judicial https www boe es buscar act php id BOE A 1985 12666 amp tn 1 amp p 20151028 acatorce CGPJ en funciones Editar El 31 de marzo de 2021 entro en vigor la Ley Organica 4 2021 de 29 de marzo por la que se modifica la Ley Organica 6 1985 de 1 de julio del Poder Judicial 13 Mediante esta ley se establecio el regimen juridico aplicable al Consejo General del Poder Judicial que no hubiera sido renovado a tiempo es decir que estuviera en funciones De acuerdo con la nueva regulacion el CGPJ mientras se mantenga en funciones se limitara a 13 Ser oido por el Gobierno antes del nombramiento del Fiscal General del Estado Participar en los terminos legalmente previstos en la seleccion de Jueces y Magistrados Resolver lo que proceda en materia de formacion y perfeccionamiento provision de destinos ascensos reglados situaciones administrativas y regimen disciplinario de Jueces y Magistrados Ejercer la alta inspeccion de Tribunales asi como la supervision y coordinacion de la actividad inspectora ordinaria de los Presidentes y Salas de Gobierno de los Tribunales Cuidar de la publicacion oficial de las sentencias y demas resoluciones que se determinen del Tribunal Supremo y del resto de organos judiciales Garantizar el funcionamiento y actualizar los programas formativos de la Escuela Judicial Ejercer la potestad reglamentaria en las siguientes materias Publicidad de las actuaciones judiciales Publicacion y reutilizacion de las resoluciones judiciales Habilitacion de dias y horas asi como fijacion de horas de audiencia publica Constitucion de los organos judiciales fuera de su sede Regimen de guardias de los organos jurisdiccionales Organizacion y gestion de la actuacion de los organos judiciales espanoles en materia de cooperacion jurisdiccional interna e internacional Condiciones accesorias para el ejercicio de los derechos y deberes que conforman el estatuto de Jueces y Magistrados asi como el regimen juridico de las Asociaciones judiciales sin que tal desarrollo reglamentario pueda suponer innovacion o alteracion alguna de la regulacion legal Aprobar la relacion de puestos de trabajo del personal funcionario a su servicio Colaborar con la Autoridad de Control en materia de proteccion de datos en el ambito de la Administracion de Justicia Recibir quejas de los ciudadanos en materias relacionadas con la Administracion de Justicia Elaborar y ejecutar su propio presupuesto en los terminos previstos en la presente Ley Organica Proponer previa justificacion de la necesidad las medidas de refuerzo que sean precisas en concretos organos judiciales Emitir informe en los expedientes de responsabilidad patrimonial por anormal funcionamiento de la Administracion de Justicia Recopilar y actualizar los Principios de Etica Judicial y proceder a su divulgacion asi como a su promocion con otras entidades y organizaciones judiciales nacionales o internacionales Elaborar los informes sobre los anteproyectos de ley y disposiciones generales que en virtud de lo dispuesto en el articulo 561 le correspondan En definitiva se limitan los poderes de nombramiento del CGPJ en funciones asi como otras actuaciones relevantes sobre el personal y el funcionamiento o estructura de determinados organos Ademas tambien se le impide cesar al Secretario General o al Vicesecretario General del CGPJ 13 Presidentes del Consejo General del Poder Judicial EditarArticulo principal Anexo Presidentes del Tribunal Supremo de Espana Articulo principal Presidente del Tribunal Supremo Espana El Consejo General del Poder Judicial y el Tribunal Supremo estan presididos por la misma persona Esta es la lista de los presidentes que ha tenido el Consejo desde su fundacion Federico Carlos Sainz de Robles y Rodriguez 1980 1985 Antonio Hernandez Gil 1985 1990 Pascual Sala Sanchez 1990 1996 Francisco Javier Delgado Barrio 1996 2001 Francisco Jose Hernando Santiago 2001 2008 Carlos Divar Blanco 2008 2012 Gonzalo Moliner Tamborero 2012 2013 Carlos Lesmes Serrano 2013 14 Vicepresidentes del Consejo General del Poder Judicial EditarRafael Gimeno Gamarra sustituido por Manuel Garcia Miguel 1980 1985 15 Manuel Peris Gomez 1985 1990 15 Luis Lopez Guerra 1996 2001 15 Fernando Salinas Molina 2001 2008 15 Fernando de Rosa Torner 2008 2013 16 Angel Juanes 2013 Presente 14 Vocales del Consejo General del Poder Judicial EditarLos vocales del CGPJ nombrados el 29 de noviembre de 2013 a propuesta del Congreso de los Diputados 17 y del Senado 18 son los siguientes 19 Roser Bach i Fabrego Maria del Mar Cabrejas Guijarro Maria Angeles Carmona Vergara Maria Victoria Cinto Lapuente Alvaro Cuesta Martinez Nuria Diaz Abad Juan Manuel Fernandez Martinez Rafael Fernandez Valverde Fernando Grande Marlaska Gomez Vicente Guilarte Gutierrez Carmen Llombart Perez Jose Maria Macias Castano en sustitucion de M ª Merce Pigem a partir del 27 de enero de 2015 20 Clara Martinez de Careaga Juan Martinez Moya Francisco Gerardo Martinez Tristan Rafael Mozo Muelas Enrique Lucas Murillo de la Cueva Wenceslao Francisco Olea Godoy Maria Merce Pigem i Palmes renuncia el 29 de noviembre de 2014 21 Maria Concepcion Saez Rodriguez Maria Pilar Sepulveda Garcia de la TorreCuriosidades EditarEn 2021 el CGPJ nombro por primera vez en su historia a una mujer como presidenta de un tribunal militar En concreto la persona elegida ha sido la coronel auditora Maria Inmaculada Benavente Cozar que presidio el Tribunal Militar Territorial Segundo de Sevilla 1 Vease tambien Editar Portal Derecho Contenido relacionado con Derecho Ministerio Fiscal de Espana Policia judicial de Espana Consejo Superior de la Magistratura Francia Referencias Editar Informacion Institucional del CGPJ Boletin estadistico del personal al servicio de las Administraciones Publicas p 32 PGE 2021 p 126485 528 PDF Articulo 122 de la Constitucion espanola a b Constitucion Espanola Articulo 122 3 a b Ley Organica 2 2001 Boletin Oficial del Estado 2 de julio de 1985 Ley Organica 6 1985 de 1 de julio del Poder Judicial Numero 157 Archivado desde el original el 10 de abril de 2012 Consultado el 23 de mayo de 2012 Boletin Oficial del Estado Legislacion consolidada Articulo 112 Ley Organica 6 1985 de 1 de julio del Poder Judicial Archivado desde el original el 10 de abril de 2012 Consultado el 23 de mayo de 2012 Rajoy juega a la Contrarreforma El Pais 5 de febrero de 2012 Peral Maria 21 de diciembre de 2012 Gallardon lleva al Consejo de Ministros la reforma del CGPJ contraria al programa del PP El Mundo Consultado el 22 de enero de 2013 Editorial Cambio a mejor El Pais 22 de diciembre de 2012 Consultado el 22 de enero de 2013 Peral Maria 21 de diciembre de 2012 Gallardon la eleccion directa del CGPJ por el Parlamento despolitizara la Justicia El Mundo Consultado el 22 de enero de 2013 a b c Ley Organica 4 2021 de 29 de marzo por la que se modifica la Ley Organica 6 1985 de 1 de julio del Poder Judicial para el establecimiento del regimen juridico aplicable al Consejo General del Poder Judicial en funciones boe es Consultado el 30 de marzo de 2021 a b Carlos Lesmes toma posesion como presidente del CGPJ y del Tribunal Supremo Poder Judicial Espana 12 de diciembre de 2013 Archivado desde el original el 1 de febrero de 2014 Consultado el 24 de enero de 2014 a b c d Miembros anteriores del CGPJ Web Poder Judicial Espana Miembros actuales del CGPJ Web Poder Judicial Espana Real Decreto 930 2013 de 29 de noviembre por el que se nombran Vocales del Consejo General del Poder Judicial a propuesta del Congreso de los Diputados PDF Boletin Oficial del Estado Espana 3 de diciembre de 2013 Consultado el 6 de diciembre de 2013 Real Decreto 931 2013 de 29 de noviembre por el que se nombran Vocales del Consejo General del Poder Judicial a propuesta del Senado PDF Boletin Oficial del Estado Espana 3 de diciembre de 2013 Consultado el 6 de diciembre de 2013 ACIJUR Agenda de la Comunicacion Juridica 2017 Www acijur es Consultado el 20 de noviembre de 2017 Press Europa 27 de enero de 2015 El nuevo vocal del CGPJ Jose Maria Macias experto en Derecho Administrativo jurara hoy su cargo ante el Rey europapress es Consultado el 20 de noviembre de 2017 C G P J C G P J En Portada www poderjudicial es Consultado el 20 de noviembre de 2017 Nota Editar 5 560 jueces y magistrados2 464 fiscales13 275 otro personal al servicio de la Administracion de Justicia Datos Q520406Obtenido de https es wikipedia org w index php title Consejo General del Poder Judicial amp oldid 136642683, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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