fbpx
Wikipedia

Derecho a la defensa

El derecho a la defensa es el derecho fundamental de una persona, física o jurídica, o de algún colectivo a defenderse ante un tribunal de justicia de los cargos que se imputan con plenas garantías de igualdad e independencia. Se trata de un derecho que se da en todos los órdenes jurisdiccionales, y se aplica en cualquiera de las fases del procedimiento penal (sumario, intermedia y juicio oral) y civil (alegaciones, prueba y conclusiones). Asimismo, se impone a los tribunales de justicia el deber de evitar desequilibrios en la posición procesal de ambas partes e impedir que las limitaciones de alguna de las partes puedan desembocar en una situación de indefensión. Es parte inseparable del concepto conocido como debido proceso.

Normas de ámbito mundial

Declaración Universal de Derechos Humanos

 
La Declaración Universal de los Derechos Humanos reconoce el Derecho a la defensa a todo ser humano.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948 no es un tratado internacional que vincule jurídicamente a los Estados que lo firmen, pero sí ha llegado a ser considerada como una norma de Derecho Internacional consuetudinario, dada su amplia aceptación; además, algunos ordenamientos nacionales se remiten a ella para la interpretación de sus propios derechos fundamentales. La Declaración regula el derecho a la defensa en sus artículos 10 y 11:[1]

Artículo 10.
Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
Artículo 11.
1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

A diferencia de la Declaración, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos sí es un tratado internacional cuyo cumplimiento es exigible a los Estados que lo han ratificado. Además, el Pacto creó un organismo independiente, el Comité de Derechos Humanos, encargado de supervisar el cumplimiento de sus estipulaciones.

El artículo 14.3 del Pacto regula el derecho a la defensa de las personas acusadas de haber cometido un delito en los siguientes términos:[2]

3. Durante el proceso, toda persona acusada de un delito tendrá derecho, en plena igualdad, a las siguientes garantías mínimas:
a) A ser informada sin demora, en un idioma que comprenda y en forma detallada, de la naturaleza y causas de la acusación formulada contra ella;
b) A disponer del tiempo y de los medios adecuados para la preparación de su defensa y a comunicarse con un defensor de su elección;
c) A ser juzgado sin dilaciones indebidas;
d) A hallarse presente en el proceso y a defenderse personalmente o ser asistida por un defensor de su elección; a ser informada, si no tuviera defensor, del derecho que le asiste a tenerlo, y, siempre que el interés de la justicia lo exija, a que se le nombre defensor de oficio, gratuitamente, si careciere de medios suficientes para pagarlo;
e) A interrogar o hacer interrogar a los testigos de cargo y a obtener la comparecencia de los testigos de descargo y que éstos sean interrogados en las mismas condiciones que los testigos de cargo;
f) A ser asistida gratuitamente por un intérprete, si no comprende o no habla el idioma empleado en el tribunal;
g) A no ser obligada a declarar contra sí misma ni a confesarse culpable.

El Pacto fue adoptado por resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1966, y entró en vigor el 23 de marzo de 1976, tras haber sido ratificado por los primeros 35 Estados.

Normas sectoriales

En concreto refiriéndonos a los derechos del menor de edad:

Artículo 40. »2. Con ese fin, y habida cuenta de las disposiciones pertinentes de los instrumentos internacionales, los Estados partes garantizarán, en particular:

a.   (...)
b.   Que todo niño del que se alegue que ha infringido las leyes penales o a quien se acuse de haber infringido esas leyes se le garantice, por lo menos, lo siguiente:
I.   (...)
II.   Que será informado sin demora y directamente o, cuando sea procedente, por intermedio de sus padres o sus representantes legales, de los cargos que pesan contra el y que dispondrá de asistencia jurídica u otra asistencia apropiada en la preparación y presentación de su defensa;

III.   Que la causa será dirimida sin demora por una autoridad u órgano judicial competente, independiente e imparcial en una audiencia equitativa conforme a la Ley, en presencia de un asesor jurídico u otro tipo de asesor adecuado y, a menos que se considerare que ello fuere contrario al interés superior del niño, teniendo en cuenta en particular su edad o situación y a sus padres o representantes legales;

Normas de ámbito regional

Regulación por Estados

Chile

Se halla regulado por la Constitución chilena de 1980,[6]​ que entre otras cosas establece:

  • Que toda persona tiene derecho a defensa jurídica en la forma que la ley señale y ninguna autoridad o individuo podrá impedir, restringir o perturbar la debida intervención del letrado si hubiere sido requerida.
  • Nadie podrá ser juzgado por comisiones especiales, sino por el tribunal que señalare la ley y que se hallare establecido por ésta con anterioridad a la perpetración del hecho.
  • La ley arbitrará los medios para otorgar asesoramiento y defensa jurídica a quienes no puedan procurárselos por sí mismos. Esta prerrogativa se materializa por medio del privilegio de pobreza.

Además, se añadió en reforma constitucional:[7]

  • La ley señalará los casos y establecerá la forma en que las personas naturales víctimas de delitos dispondrán de asesoría y defensa jurídica gratuitas, a efecto de ejercer la acción penal reconocida por esta Constitución y las leyes.
  • Toda persona imputada de delito tiene derecho irrenunciable a ser asistida por un abogado defensor proporcionado por el Estado si no nombrare uno en la oportunidad establecida por la ley.

Las principales formas de cumplimiento de esta garantía se consagran en la institución de abogado de turno[8]​ y por organismos como la Corporación de Asistencia Judicial y la Defensoría Penal Pública.

España

Se halla regulado por la Constitución española de 1978, el artículo 24 de la cual señala:[9]

Asimismo, todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la Ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.

De esta manera se establecen mecanismos como los servicios de orientación jurídica, la Asistencia jurídica gratuita o los abogados de oficio.[10]

Venezuela

Análogamente, en Venezuela el derecho a la defensa se encuentra establecido en la Constitución de Venezuela de 1999, la cual señala:[11]

El debido proceso se aplicará a todas las actuaciones judiciales y administrativas; en consecuencia:
  • 1. La defensa y la asistencia jurídica son derechos inviolables en todo estado y grado de la investigación y del proceso. Toda persona tiene derecho a ser notificada de los cargos por los cuales se le investiga, de acceder a las pruebas y de disponer del tiempo y de los medios adecuados para ejercer su defensa. Serán nulas las pruebas obtenidas mediante violación del debido proceso. Toda persona declarada culpable tiene derecho a recurrir del fallo, con las excepciones establecidas en esta Constitución y la ley.
  • 2. Toda persona se presume inocente mientras no se pruebe lo contrario.
  • 3. Toda persona tiene derecho a ser oída en cualquier clase de proceso, con las debidas garantías y dentro del plazo razonable determinado legalmente, por un tribunal competente, independiente e imparcial establecido con anterioridad. Quien no hable castellano o no pueda comunicarse de manera verbal, tiene derecho a un intérprete.
  • 4. Toda persona tiene derecho a ser juzgada por sus jueces naturales en las jurisdicciones ordinarias, o especiales, con las garantías establecidas en esta Constitución y en la ley. Ninguna persona podrá ser sometida a juicio sin conocer la identidad de quien la juzga, ni podrá ser procesada por tribunales de excepción o por comisiones creadas para tal efecto.
  • 5. Ninguna persona podrá ser obligada a confesarse culpable o declarar contra sí misma, su cónyuge, concubino o concubina, o pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.
La confesión solamente será válida si fuere hecha sin coacción de ninguna naturaleza.
(...).[11]

Estados Unidos

En los Estados Unidos, el derecho a la defense se encuentra establecido en partes de la Quinta y Sexta enmienda de la Constitución de los Estados Unidos,[12]

Argentina

Se encuentra regulado en la Constitución de la Nación Argentina que señala[13]

Es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos (...) Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo (...)
Artículo 18, Constitución de la Nación Argentina

Es una garantía constitucional que permite que las demás garantías (debido proceso, principio de inocencia, in dubio pro reo, entre otras) tengan una vigencia concreta dentro del proceso penal. Toda persona que se encuentre dentro de un proceso penal esta asistido por este derecho. Esta garantía opera durante todo el proceso y hasta la ejecución de la pena o la medida de seguridad impuesta.

Se puede dividir en dos tipos de defensa:

  1. Derecho de defensa material: es ejercida por el propio imputado/acusado, quien tiene el derecho a conocer la imputación clara, precisa y circunstanciada[14]​ que se le dirige, para que la posibilidad de ser oído sea un medio eficiente de ejercer su defensa. tiene derecho a ser oído durante todo el proceso (tanto en la etapa de Instrucción como en la etapa del Juicio oral), es la oportunidad que se le otorga para presentar su versión de los hechos. Se basa en el principio de contradicción. El derecho a ser oído tiene intima relación con el dictado de la sentencia, la cual solo debe expedirse sobre los hechos y circunstancias que contiene la imputación. Esta regla se expresa como el principio de correlación entre la acusación y la sentencia o también llamada principio de congruencia.[14]
  2. Derecho de defensa técnica: es ejercida por la defensa del imputado/acusado. Es quien vela por el debido proceso.
El imputado debe ser asistido por un defensor letrado, es decir, por un abogado que, con su conocimiento de las leyes y del proceso, acreciente sus posibilidades de defensa
Alberto Binder

Además, de esta garantía se derivan ciertas facultades que podrá ejercer el imputado/defensa durante el proceso para influir en la decisión final, tales como: ofrecer prueba, examinar la prueba presentada, controlarla y valorarla.[15]​ Una manera de verificar el ejercido de este derecho, es que se requiere la presencia ininterrumpida del imputado durante todo el debate y hasta el dictado de la sentencia; lo cual refiere al principio de inmediación.

Otras derivaciones de esta garantía son:

  • Inadmisibilidad de la reformatio in pejius
  • Inadmisibilidad del juicio contra ausentes: es la prohibición que tiene el Estado de realizar un juicio penal en ausencia del imputado.
  • Incoercibilidad del imputado como órgano de prueba: es la prohibición que tiene el Estado de obligar al imputado a declarar contra sí mismo, regulado en la Constitución de la Nación Argentina.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación se ha pronunciado en varios fallos y ha ido dándole un sentido genérico a esta garantía, esto se refleja en el fallo "Lancerón de Dubois, María Luisa c/ Dirección de Vinos y otras Bebidas Zona Cuyo " (CSJN- 1960) que se ha pronunciado de la siguiente manera:[16][17]

Es violatoria de la defensa en juicio la resolución administrativa que condena por infracción a los arts. 12, inc. a), y 13, inc. a), de la ley 12.372, sin haberse dado a la presunta infractora participación en el proceso de ¨contra verificación¨; desde que, ,habiéndosele conferido vista cuando ya la prueba estaba producida, se le ha privado del ejercicio del derecho que expresamente le acuerda el art. 2° del decreto 25.716/51, habida cuenta que tal procedimiento no podía ser reiterado. El art. 18 de la Constitución Nacional impone la debida defensa para que un habitante de la Nación pueda ser penado o privado de sus derechos. Ella falta cuando no se ha dado audiencia al litigante o inculpado en el procedimiento que se le sigue, impidiéndosele así ejercitar sus derechos en la forma y con las solemnidades correspondientes.
Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Véase también

Referencias

  1. Asamblea General de las Naciones Unidas (10 de diciembre de 1948). «Declaración Universal de los Derechos Humanos». Organización de las Naciones Unidas. Consultado el 6 de marzo de 2013. 
  2. Asamblea General de las Naciones Unidas (16 de diciembre de 1966). . Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Archivado desde el original el 30 de marzo de 2013. Consultado el 9 de marzo de 2013. 
  3. Artículos 47, párrafos 2º sección b.II y III, de la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989. El instrumento de ratificación en España se halla publicado en el BOE nº 313, de 31 de diciembre de 1990, en materia penal de menores.
  4. Artículo 6, en especial el párrafo 3, del Convención Europea de Derechos Humanos hecho en Roma el 4 de noviembre de 1950.
  5. Artículos 47, párrafos 2º y 3º; y 48, párrafo 2º, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea Incorporada al art. 6.1 del Tratado de la Unión Europea, por el Tratado de Lisboa que entró en vigor el 1 de diciembre de 2009.
  6. Artículo 19.3 de la Constitución Política de la República de Chile de 1980
  7. Reforma Constitucional sancionada por la ley 20.516
  8. Artículo 595 del Código Orgánico de Tribunales
  9. Artículo 24.2 de la Constitución española de 1978
  10. Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita
  11. Artículo 49 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela
  12. «El Derecho a la Defensa | Abogado Defensor Richmond, VA». Richmond Injury Lawyer (en inglés estadounidense). Consultado el 23 de mayo de 2016. 
  13. Articulo 18 de la Constitución de la Nación Argentina, 1994
  14. Maier, Julio B. J. (2004). «II». Derecho Procesal Penal Tomo I- Fundamentos. Buenos Aires: Editores del Puerto SRL. ISBN 987-99437-9-1. 
  15. Binder, Alberto M. (2005). «XII». En Buenos Aires, ed. Introducción al derecho procesal penal. 2º edición actualizada y ampliada. 4º reimpresion: Ad-Hoc. p. 159. ISBN 950-894-185-5. 
  16. «Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina». 
  17. «Corte Suprema de Justicia de la Nacion». 

Enlaces externos

Chile

  • Derecho a defensa en la legislación chilena.
  • El Derecho a la Defensa y La Jurisprudencia Constitucional, Publicaciones Jurídicas Venezolanas.
  • , Joaquín Álvarez Landete.

España

Colombia

  • Derecho a la defensa desde el primer momento del proceso penal es ratificado por la Corte Constitucional de Colombia
  •   Datos: Q3709101

derecho, defensa, derecho, defensa, derecho, fundamental, persona, física, jurídica, algún, colectivo, defenderse, ante, tribunal, justicia, cargos, imputan, plenas, garantías, igualdad, independencia, trata, derecho, todos, órdenes, jurisdiccionales, aplica, . El derecho a la defensa es el derecho fundamental de una persona fisica o juridica o de algun colectivo a defenderse ante un tribunal de justicia de los cargos que se imputan con plenas garantias de igualdad e independencia Se trata de un derecho que se da en todos los ordenes jurisdiccionales y se aplica en cualquiera de las fases del procedimiento penal sumario intermedia y juicio oral y civil alegaciones prueba y conclusiones Asimismo se impone a los tribunales de justicia el deber de evitar desequilibrios en la posicion procesal de ambas partes e impedir que las limitaciones de alguna de las partes puedan desembocar en una situacion de indefension Es parte inseparable del concepto conocido como debido proceso Indice 1 Normas de ambito mundial 1 1 Declaracion Universal de Derechos Humanos 1 2 Pacto Internacional de Derechos Civiles y Politicos 1 3 Normas sectoriales 1 4 Normas de ambito regional 2 Regulacion por Estados 2 1 Chile 2 2 Espana 2 3 Venezuela 2 4 Estados Unidos 2 5 Argentina 3 Vease tambien 4 Referencias 5 Enlaces externos 5 1 Chile 5 2 Espana 5 3 ColombiaNormas de ambito mundial EditarDeclaracion Universal de Derechos Humanos Editar La Declaracion Universal de los Derechos Humanos reconoce el Derecho a la defensa a todo ser humano La Declaracion Universal de los Derechos Humanos proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948 no es un tratado internacional que vincule juridicamente a los Estados que lo firmen pero si ha llegado a ser considerada como una norma de Derecho Internacional consuetudinario dada su amplia aceptacion ademas algunos ordenamientos nacionales se remiten a ella para la interpretacion de sus propios derechos fundamentales La Declaracion regula el derecho a la defensa en sus articulos 10 y 11 1 Articulo 10 Toda persona tiene derecho en condiciones de plena igualdad a ser oida publicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial para la determinacion de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusacion contra ella en materia penal Articulo 11 1 Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a la ley y en juicio publico en el que se le hayan asegurado todas las garantias necesarias para su defensa 2 Nadie sera condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos segun el Derecho nacional o internacional Tampoco se impondra pena mas grave que la aplicable en el momento de la comision del delito Pacto Internacional de Derechos Civiles y Politicos Editar A diferencia de la Declaracion el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Politicos si es un tratado internacional cuyo cumplimiento es exigible a los Estados que lo han ratificado Ademas el Pacto creo un organismo independiente el Comite de Derechos Humanos encargado de supervisar el cumplimiento de sus estipulaciones El articulo 14 3 del Pacto regula el derecho a la defensa de las personas acusadas de haber cometido un delito en los siguientes terminos 2 3 Durante el proceso toda persona acusada de un delito tendra derecho en plena igualdad a las siguientes garantias minimas a A ser informada sin demora en un idioma que comprenda y en forma detallada de la naturaleza y causas de la acusacion formulada contra ella b A disponer del tiempo y de los medios adecuados para la preparacion de su defensa y a comunicarse con un defensor de su eleccion c A ser juzgado sin dilaciones indebidas d A hallarse presente en el proceso y a defenderse personalmente o ser asistida por un defensor de su eleccion a ser informada si no tuviera defensor del derecho que le asiste a tenerlo y siempre que el interes de la justicia lo exija a que se le nombre defensor de oficio gratuitamente si careciere de medios suficientes para pagarlo e A interrogar o hacer interrogar a los testigos de cargo y a obtener la comparecencia de los testigos de descargo y que estos sean interrogados en las mismas condiciones que los testigos de cargo f A ser asistida gratuitamente por un interprete si no comprende o no habla el idioma empleado en el tribunal g A no ser obligada a declarar contra si misma ni a confesarse culpable El Pacto fue adoptado por resolucion de la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1966 y entro en vigor el 23 de marzo de 1976 tras haber sido ratificado por los primeros 35 Estados Normas sectoriales Editar En concreto refiriendonos a los derechos del menor de edad Convencion sobre los Derechos del Nino aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 3 Articulo que dice asi Articulo 40 2 Con ese fin y habida cuenta de las disposiciones pertinentes de los instrumentos internacionales los Estados partes garantizaran en particular a b Que todo nino del que se alegue que ha infringido las leyes penales o a quien se acuse de haber infringido esas leyes se le garantice por lo menos lo siguiente I II Que sera informado sin demora y directamente o cuando sea procedente por intermedio de sus padres o sus representantes legales de los cargos que pesan contra el y que dispondra de asistencia juridica u otra asistencia apropiada en la preparacion y presentacion de su defensa III Que la causa sera dirimida sin demora por una autoridad u organo judicial competente independiente e imparcial en una audiencia equitativa conforme a la Ley en presencia de un asesor juridico u otro tipo de asesor adecuado y a menos que se considerare que ello fuere contrario al interes superior del nino teniendo en cuenta en particular su edad o situacion y a sus padres o representantes legales Normas de ambito regional Editar Convencion Europea de Derechos Humanos firmada en Roma el 4 de noviembre de 1950 4 Carta de los Derechos Fundamentales de la Union Europea redactada en Niza el 7 de diciembre de 2000 5 Convencion Americana sobre Derechos Humanos de 1969 Regulacion por Estados EditarChile Editar Se halla regulado por la Constitucion chilena de 1980 6 que entre otras cosas establece Que toda persona tiene derecho a defensa juridica en la forma que la ley senale y ninguna autoridad o individuo podra impedir restringir o perturbar la debida intervencion del letrado si hubiere sido requerida Nadie podra ser juzgado por comisiones especiales sino por el tribunal que senalare la ley y que se hallare establecido por esta con anterioridad a la perpetracion del hecho La ley arbitrara los medios para otorgar asesoramiento y defensa juridica a quienes no puedan procurarselos por si mismos Esta prerrogativa se materializa por medio del privilegio de pobreza Ademas se anadio en reforma constitucional 7 La ley senalara los casos y establecera la forma en que las personas naturales victimas de delitos dispondran de asesoria y defensa juridica gratuitas a efecto de ejercer la accion penal reconocida por esta Constitucion y las leyes Toda persona imputada de delito tiene derecho irrenunciable a ser asistida por un abogado defensor proporcionado por el Estado si no nombrare uno en la oportunidad establecida por la ley Las principales formas de cumplimiento de esta garantia se consagran en la institucion de abogado de turno 8 y por organismos como la Corporacion de Asistencia Judicial y la Defensoria Penal Publica Espana Editar Se halla regulado por la Constitucion espanola de 1978 el articulo 24 de la cual senala 9 Asimismo todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la Ley a la defensa y a la asistencia de letrado a ser informados de la acusacion formulada contra ellos a un proceso publico sin dilaciones indebidas y con todas las garantias a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa a no declarar contra si mismos a no confesarse culpables y a la presuncion de inocencia De esta manera se establecen mecanismos como los servicios de orientacion juridica la Asistencia juridica gratuita o los abogados de oficio 10 Venezuela Editar Analogamente en Venezuela el derecho a la defensa se encuentra establecido en la Constitucion de Venezuela de 1999 la cual senala 11 El debido proceso se aplicara a todas las actuaciones judiciales y administrativas en consecuencia 1 La defensa y la asistencia juridica son derechos inviolables en todo estado y grado de la investigacion y del proceso Toda persona tiene derecho a ser notificada de los cargos por los cuales se le investiga de acceder a las pruebas y de disponer del tiempo y de los medios adecuados para ejercer su defensa Seran nulas las pruebas obtenidas mediante violacion del debido proceso Toda persona declarada culpable tiene derecho a recurrir del fallo con las excepciones establecidas en esta Constitucion y la ley 2 Toda persona se presume inocente mientras no se pruebe lo contrario 3 Toda persona tiene derecho a ser oida en cualquier clase de proceso con las debidas garantias y dentro del plazo razonable determinado legalmente por un tribunal competente independiente e imparcial establecido con anterioridad Quien no hable castellano o no pueda comunicarse de manera verbal tiene derecho a un interprete 4 Toda persona tiene derecho a ser juzgada por sus jueces naturales en las jurisdicciones ordinarias o especiales con las garantias establecidas en esta Constitucion y en la ley Ninguna persona podra ser sometida a juicio sin conocer la identidad de quien la juzga ni podra ser procesada por tribunales de excepcion o por comisiones creadas para tal efecto 5 Ninguna persona podra ser obligada a confesarse culpable o declarar contra si misma su conyuge concubino o concubina o pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad La confesion solamente sera valida si fuere hecha sin coaccion de ninguna naturaleza 11 Estados Unidos Editar En los Estados Unidos el derecho a la defense se encuentra establecido en partes de la Quinta y Sexta enmienda de la Constitucion de los Estados Unidos 12 Argentina Editar Se encuentra regulado en la Constitucion de la Nacion Argentina que senala 13 Es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos Nadie puede ser obligado a declarar contra si mismo Articulo 18 Constitucion de la Nacion Argentina Es una garantia constitucional que permite que las demas garantias debido proceso principio de inocencia in dubio pro reo entre otras tengan una vigencia concreta dentro del proceso penal Toda persona que se encuentre dentro de un proceso penal esta asistido por este derecho Esta garantia opera durante todo el proceso y hasta la ejecucion de la pena o la medida de seguridad impuesta Se puede dividir en dos tipos de defensa Derecho de defensa material es ejercida por el propio imputado acusado quien tiene el derecho a conocer la imputacion clara precisa y circunstanciada 14 que se le dirige para que la posibilidad de ser oido sea un medio eficiente de ejercer su defensa tiene derecho a ser oido durante todo el proceso tanto en la etapa de Instruccion como en la etapa del Juicio oral es la oportunidad que se le otorga para presentar su version de los hechos Se basa en el principio de contradiccion El derecho a ser oido tiene intima relacion con el dictado de la sentencia la cual solo debe expedirse sobre los hechos y circunstancias que contiene la imputacion Esta regla se expresa como el principio de correlacion entre la acusacion y la sentencia o tambien llamada principio de congruencia 14 Derecho de defensa tecnica es ejercida por la defensa del imputado acusado Es quien vela por el debido proceso El imputado debe ser asistido por un defensor letrado es decir por un abogado que con su conocimiento de las leyes y del proceso acreciente sus posibilidades de defensaAlberto Binder Ademas de esta garantia se derivan ciertas facultades que podra ejercer el imputado defensa durante el proceso para influir en la decision final tales como ofrecer prueba examinar la prueba presentada controlarla y valorarla 15 Una manera de verificar el ejercido de este derecho es que se requiere la presencia ininterrumpida del imputado durante todo el debate y hasta el dictado de la sentencia lo cual refiere al principio de inmediacion Otras derivaciones de esta garantia son Inadmisibilidad de la reformatio in pejius Inadmisibilidad del juicio contra ausentes es la prohibicion que tiene el Estado de realizar un juicio penal en ausencia del imputado Incoercibilidad del imputado como organo de prueba es la prohibicion que tiene el Estado de obligar al imputado a declarar contra si mismo regulado en la Constitucion de la Nacion Argentina La Corte Suprema de Justicia de la Nacion se ha pronunciado en varios fallos y ha ido dandole un sentido generico a esta garantia esto se refleja en el fallo Lanceron de Dubois Maria Luisa c Direccion de Vinos y otras Bebidas Zona Cuyo CSJN 1960 que se ha pronunciado de la siguiente manera 16 17 Es violatoria de la defensa en juicio la resolucion administrativa que condena por infraccion a los arts 12 inc a y 13 inc a de la ley 12 372 sin haberse dado a la presunta infractora participacion en el proceso de contra verificacion desde que habiendosele conferido vista cuando ya la prueba estaba producida se le ha privado del ejercicio del derecho que expresamente le acuerda el art 2 del decreto 25 716 51 habida cuenta que tal procedimiento no podia ser reiterado El art 18 de la Constitucion Nacional impone la debida defensa para que un habitante de la Nacion pueda ser penado o privado de sus derechos Ella falta cuando no se ha dado audiencia al litigante o inculpado en el procedimiento que se le sigue impidiendosele asi ejercitar sus derechos en la forma y con las solemnidades correspondientes Corte Suprema de Justicia de la Nacion ArgentinaVease tambien Editar Portal Derecho Contenido relacionado con Derecho Justicia Tribunal de justicia Turno de oficio Asistencia juridica gratuita Debido proceso Indefension Proceso jurisdiccionalReferencias Editar Asamblea General de las Naciones Unidas 10 de diciembre de 1948 Declaracion Universal de los Derechos Humanos Organizacion de las Naciones Unidas Consultado el 6 de marzo de 2013 Asamblea General de las Naciones Unidas 16 de diciembre de 1966 Pacto Internacional de Derechos Civiles y Politicos Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos Archivado desde el original el 30 de marzo de 2013 Consultado el 9 de marzo de 2013 Articulos 47 parrafos 2º seccion b II y III de la Convencion sobre los Derechos del Nino aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 El instrumento de ratificacion en Espana se halla publicado en el BOE nº 313 de 31 de diciembre de 1990 en materia penal de menores Articulo 6 en especial el parrafo 3 del Convencion Europea de Derechos Humanos hecho en Roma el 4 de noviembre de 1950 Articulos 47 parrafos 2º y 3º y 48 parrafo 2º de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Union Europea Incorporada al art 6 1 del Tratado de la Union Europea por el Tratado de Lisboa que entro en vigor el 1 de diciembre de 2009 Articulo 19 3 de la Constitucion Politica de la Republica de Chile de 1980 Reforma Constitucional sancionada por la ley 20 516 Articulo 595 del Codigo Organico de Tribunales Articulo 24 2 de la Constitucion espanola de 1978 Ley 1 1996 de 10 de enero de Asistencia Juridica Gratuita a b Articulo 49 de la Constitucion Nacional de la Republica Bolivariana de Venezuela El Derecho a la Defensa Abogado Defensor Richmond VA Richmond Injury Lawyer en ingles estadounidense Consultado el 23 de mayo de 2016 Articulo 18 de la Constitucion de la Nacion Argentina 1994 a b Maier Julio B J 2004 II Derecho Procesal Penal Tomo I Fundamentos Buenos Aires Editores del Puerto SRL ISBN 987 99437 9 1 Binder Alberto M 2005 XII En Buenos Aires ed Introduccion al derecho procesal penal 2º edicion actualizada y ampliada 4º reimpresion Ad Hoc p 159 ISBN 950 894 185 5 Corte Suprema de Justicia de la Nacion Argentina Corte Suprema de Justicia de la Nacion Enlaces externos EditarChile Editar Derecho a defensa en la legislacion chilena El Derecho a la Defensa y La Jurisprudencia Constitucional Publicaciones Juridicas Venezolanas El derecho de defensa como derecho devaluado Joaquin Alvarez Landete Espana Editar Justicia gratuita Pagina del Consejo General de la Abogacia Espanola donde acudir a buscar informacion Uso incorrecto de la plantilla enlace roto enlace roto disponible en Internet Archive vease el historial la primera version y la ultima con informacion util y actualizada Colombia Editar Derecho a la defensa desde el primer momento del proceso penal es ratificado por la Corte Constitucional de Colombia Datos Q3709101 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Derecho a la defensa amp oldid 144625213, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

español

, española, descargar, gratis, descargar gratis, mp3, video, mp4, 3gp, jpg, jpeg, gif, png, imagen, música, canción, película, libro, juego, juegos