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Constitución de la Nación Argentina

La Constitución de la Nación Argentina, que rige actualmente a la República Argentina, fue aprobada por una asamblea constituyente integrada por representantes de trece provincias, hecha en la ciudad de Santa Fe en el año 1853. Los diferentes textos de esta Constitución han sido reformados varias veces, siendo la última llevada a cabo en 1994, y han sido dejados sin efecto o modificados por autoridades de facto en nueve oportunidades.

Constitución de la Nación Argentina
Función Constitución nacional
Aprobación 1 de mayo de 1853 (168 años)
Signatario(s) Trece provincias
Ubicación Argentina
Reformas 1860, 1866, 1898, 1949, 1957, 1994.
Argentina

Este artículo es una parte de la serie:
La Constitución de la Nación Argentina


Texto completo de la Constitución vigente
Texto de la Constitución
Análisis del texto original
Preámbulo
Constitución de 1853
Reformas constitucionales
Reforma de 1860
Reforma de 1866
Reforma de 1898
Reforma de 1949
Reforma de 1957
Estatuto temporario de 1972
Reforma de 1994

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El propósito de la Constitución de 1853 fue poner fin al ciclo de las guerras civiles y sentar las bases de la Organización Nacional, objetivos que tardaron unas décadas más en cumplirse. Antes de esta aprobación hubo varios intentos (en 1819 y 1826) que fueron rechazados por diversos motivos.

El texto constitucional consta de un preámbulo y dos partes normativas:

  • Primera parte: capítulo primero (Declaraciones, Derechos y Garantías; arts. 1-35) y capítulo segundo (Nuevos Derechos y Garantías; arts. 36-43)
  • Segunda parte: Autoridades de la Nación (arts. 44-129).

Asimismo tienen rango constitucional en virtud del art. 75 inciso 22, los siguientes instrumentos internacionales sobre Derechos Humanos —tratados y declaraciones—:

Preámbulo

 
«Nos los Representantes del Pueblo de la Confederación Argentina…»

Actualmente, el preámbulo de la Constitución Argentina es el siguiente:[4]

Nos los representantes del pueblo de la Nación Argentina, reunidos en Congreso General Constituyente por voluntad y elección de las provincias que la componen, en cumplimiento de pactos preexistentes, con el objeto de constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad, para nosotros, para nuestra posteridad, y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino: invocando la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia: ordenamos, decretamos y establecemos esta Constitución, para la Nación Argentina.

Constitución de 1853

 
Ejemplar de la Constitución exhibida en el Museo del Bicentenario.

El 31 de mayo de 1852, las provincias integrantes de la Confederación Argentina firmaron el Acuerdo de San Nicolás, por el que convocaron a un Congreso Constituyente. Sin embargo el 11 de septiembre la Provincia de Buenos Aires se separó de la Confederación, ya que Buenos Aires no aceptó transferir el poder que se le reservaba, sobre todo en lo concerniente a la igualdad de representación en el congreso (dos diputados por provincia y a la nacionalización de la aduana anunciada en el artículo 19 del Pacto de San Nicolás), debido a lo cual no formó parte del congreso. La Constitución fue aprobada el 1 de mayo de 1853 en la Ciudad de Santa Fe, capital de la Provincia de Santa Fe, durante el gobierno de Justo José de Urquiza quién derrotó a Rosas en la batalla de Caseros rigiendo solo para las trece provincias restantes. En 1859 y luego de la Batalla de Cepeda, Buenos Aires y la Confederación se reunificarían y a tal efecto se realizó la Reforma de 1860.

Los constituyentes de 1853 trabajaron sobre la base de tres fuentes principales:

La Constitución tenía un preámbulo y dos grandes partes, la primera dedicada a los derechos y garantías y la segunda dedicada a la organización del gobierno. El texto estaba redactado en 107 artículos.

El preámbulo, sin valor normativo, adoptó la fórmula inicial del famoso «nosotros, el pueblo» de la constitución estadounidense pero modificada como «nos, los representantes del pueblo» para subrayar la naturaleza exclusivamente representativa del sistema adoptado. Declara también que la constitución es «para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino».

La primera parte (derechos y garantías) fue redactada en 31 artículos. Tratándose de una constitución liberal, básicamente contiene los derechos humanos de primera generación: (principio de legalidad, principio de igualdad ante la ley, derecho de propiedad, inviolabilidad del domicilio, libertad de expresión sin censura previa, libertad de circulación, etc.). Adicionalmente contiene normas específicas como la abolición de la esclavitud (art. 15), gratuidad de la educación primaria (art. 5), la igualdad de derechos civiles para ciudadanos y extranjeros (art. 20), el fomento de la inmigración europea (art. 25), la prohibición de toda forma de democracia directa (art. 22), etc.

La segunda parte (gobierno) regula la organización de los tres poderes federales (ejecutivo, legislativo y judicial) y los gobiernos provinciales, según la forma representativa, republicana y federal (federalismo atenuado). Organizó un poder ejecutivo fuerte (presidencialismo), con facultades para intervenir las provincias, declarar el estado de sitio, designar a los jueces, etc. El poder legislativo es bicameral con facultades para sancionar los códigos principales. El poder judicial está organizado sobre la base del juicio por jurados, pero nunca fue cumplido. La Constitución no establecía el sufragio secreto ni universal, ya que no garantizaba el sufragio femenino, ni el voto a los ciudadanos residentes en los territorios nacionales.[5]

Reforma de 1860

La reforma constitucional argentina de 1860 fue una reforma de la Constitución de 1853 realizada luego de la Batalla de Cepeda y antes de la Batalla de Pavón, en el contexto de la guerra entre la Confederación Argentina y el Estado de Buenos Aires, que tuvo como consecuencia la adhesión de esta última al texto constitucional de 1853 y su integración de derecho a la República Argentina. La paz entre ambas partes se selló en el Pacto de San José de Flores, en el cual Buenos Aires se declaró parte de la Confederación Argentina y en el que se estableció que la provincia porteña podría proponer reformas a la Constitución Nacional de 1853, que establecía la forma de gobierno federal, para que fueran evaluadas por una Convención Constituyente Ad Hoc. La reforma se hizo sin respetar la prohibición de reformar la Constitución antes de cumplirse diez años de su sanción, requisito establecido en el artículo 30 del texto constitucional de 1853.

Buenos Aires eligió una Convención Provincial Revisora que propuso varias reformas al texto de 1853, la mayoría de las cuales fueron luego aceptadas por la Convención Nacional Constituyente de 1860. Las principales modificaciones fueron la eliminación del artículo que establecía que la Capital Federal sería la ciudad de Buenos Aires, la obligación de que los derechos de importación sean uniformes en todo el país (con el fin de impedir que se promuevan determinadas regiones o puertos), la eliminación por cinco años de los derechos de exportación, la reducción de facultades del gobierno nacional para intervenir provincias, decretar el estado de sitio, someter a juicio político a los gobernadores, diputados y senadores nacionales, o revisar las constituciones provinciales. La reforma también introdujo la prohibición al Congreso nacional de dictar leyes que "restrinjan la libertad de imprenta o establezcan sobre ella la jurisdicción federal", el reconocimiento de los derechos y garantías implícitos derivados del principio republicano y de soberanía del pueblo, y el reconocimiento del principio de "ciudadanía natural" (jus soli). Suprimió también las facultades de la Corte Suprema de la Nación en conflictos entre poderes públicos de una misma provincia, o entre una provincia y sus vecinos.

Reforma de 1866

La reforma constitucional de 1866 fue una breve pero crucial modificación relacionada con los ingresos del Estado nacional, impulsada por el presidente Bartolomé Mitre al solo efecto de restablecer los impuestos a las exportaciones, llamados también retenciones o derechos de exportación, que habían sido abolidos a partir del 1 de enero de 1866 por la reforma constitucional de 1860. La reforma modificó dos artículos, el artículo 4, para eliminar el vencimiento de 1866, y el artículo 67, inciso primero, para restablecer la facultad de Congreso Nacional para imponerlos. La declaración de la necesidad de reforma por parte del Congreso se aprobó con el voto de más de las dos terceras partes de los miembros presentes, pero menos de las dos terceras partes de los miembros totales.

Reforma de 1898

Hacia fines del siglo XIX debido al el desarrollo económico y social que se estaba viviendo en Argentina, los políticos argentinos creyeron requerir un aumento del tamaño de Estado, cosa que limitaba la antigua Constitución. En 1897 el Congreso Nacional declaró la necesidad de reforma constitucional, estableciendo las materias y artículos para reformar, la representación asignada a cada provincia (los ciudadanos de los territorios nacionales no tuvieron derecho a elegir ni ser elegidos) y demás requerimientos para conformar la Convención:

Artículo 1.- Declárase necesaria la reforma parcial de la Constitución, en lo relativo al número de habitantes que el Artículo 37 fija como base para la elección de diputados al Congreso Nacional; en la disposición del Artículo 87, relativa al número de Ministros del Poder Ejecutivo; y, en el inciso 1.º del Artículo 67, en cuanto no permite la instalación de aduanas libres en los territorios del sud de la República.[6]

La Convención se instaló en la Ciudad de Buenos Aires el 24 de febrero de 1898, funcionando hasta el 15 de marzo,[6][7]​ tratando los tres puntos que el Congreso consideró necesario reformar y aprobando reformas en dos:

  • Cambio de la base de elección de diputados. La constitución de 1853 indicaba que se elegiría un diputado cada 20 000 habitantes. El crecimiento poblacional demostró la necesidad de un cambio. El artículo se reformó para que indicara que se elegiría un diputado cada 33.000 habitantes, y que el Congreso pudiera elevar la base de elección de diputados para poder mantener su número en una cantidad razonable (de no haber sido así, de acuerdo con los datos del Censo de Argentina de 2010 la Cámara debería estar formada por 2004 miembros).
  • Aumento de los ministerios. La Constitución fijaba en cinco el número de ministerios y deslindaba sus ramos (Relaciones Exteriores, Interior, Justicia e Instrucción Pública, Hacienda, Guerra y Marina). Con la reforma, su número aumentó a ocho y su deslinde se dejó a la legislación.
  • Aduanas libres. La Convención rechazó esta posibilidad de reforma.[7]

Reforma de 1949

 
Ejemplar de la Constitución del '49 exhibida en el Museo del Bicentenario.

La necesidad de incorporar nuevos derechos sociales y las nuevas funciones del Estado, siguiendo los lineamientos del constitucionalismo social, fueron los argumentos básicos que motivaron esta reforma. Fue promovida por el gobierno de Juan Domingo Perón. La modificación incorporó en sus artículos los derechos de segunda generación (laborales y sociales), reconoció la igualdad jurídica del hombre y la mujer, incorporó la función social de la propiedad, estableció la autonomía universitaria, los derechos de los niños y la ancianidad, el habeas corpus, facultades de intervención de Estado en la economía, entre otras normas. También posibilitó que el presidente pudiera ser reelegido indefinidamente, y dispuso su elección y la de los diputados y senadores por voto directo.

Proclama militar de 1956

El 27 de abril de 1956 el presidente de facto, teniente general Pedro Eugenio Aramburu, el vicepresidente de facto y los ministros, emitieron una proclama de carácter constitucional, declarando «vigente la Constitución Nacional sancionada en 1853, con las reformas de 1860, 1866 y 1898, y exclusión de la de 1949», la que a su vez debía subordinarse «a los fines de la Revolución enunciados en las Directivas Básicas del 7 de diciembre de 1955, y a las necesidades de la organización y conservación del Gobierno Provisional».[8]

Entre los derechos y normas constitucionales que quedaron sin efecto por dicha proclama, se cuentan los derechos de los trabajadores, la igualdad de derecho del hombre y la mujer y la patria potestad compartida, los derechos de los niños, los derechos de los ancianos, la autonomía universitaria, el voto directo, la reelección indefinida del presidente, el fin social de la propiedad privada, la gestión estatal de los servicios públicos y el comercio exterior, etc.

Algunos juristas descalificaron la abolición por no cumplir con ninguno de los pasos necesarios para ejercer el poder constituyente, sosteniendo que solo una convención constituyente elegida democráticamente y sin proscripciones podía decidir sobre el texto constitucional. En disconformidad con el acto renunció el juez de la Corte Suprema Jorge Vera Vallejo, designado por la dictadura el año anterior. Otros juristas justificaron la abolición, sosteniendo que la convención constituyente de 1949, modificó varios artículos que no estaban incluidos en la declaración de la necesidad de reforma, por el Congreso nacional, entre ellas la reelección inmediata del presidente y vice.[9]

Reforma de 1957

En 1957 la dictadura encabezada por el general Aramburu declaró por decreto 3838 la necesidad de reformar la Constitución y convocó a elecciones de convencionales constituyentes para convalidar la derogación de las reformas de 1949 y realizar, eventualmente, nuevas reformas constitucionales. El gobierno militar prohibió la presentación de candidatos peronistas, pero sus simpatizantes respondieron votando masivamente en blanco y obteniendo la mayoría, hecho que afectó fuertemente la legitimidad de la Convención Constituyente. Por su parte la Unión Cívica Radical se fragmentó en dos partidos, UCRI (frondizistas) y UCRP (balbinistas), el primero opuesto a la Convención convocada por el gobierno militar y el segundo partidario de la misma.

La Asamblea Constituyente se limitó a convalidar la decisión del gobierno militar e inmediatamente después los convencionales comenzaron a retirarse sin tratar las reformas preparadas por las comisiones. Mientras los representantes se retiraban, una parte logró sancionar el artículo 14 bis, referido a algunos derechos del trabajo. Luego de ello ya no fue posible lograr una nueva sesión con cuórum.

Estatuto de la Revolución Argentina de 1966

El 28 de junio de 1966, mediante un golpe de Estado, asumió el poder una junta militar que se autodenominó Revolución Argentina y dictó un Estatuto de la Revolución Argentina integrado por 10 artículos que tenía preeminencia sobre la Constitución Nacional de 1853, con las reformas de 1860, 1866, 1898 y 1957, que permaneció vigente, aunque sin el carácter de norma suprema. El Estatuto de la Revolución Argentina quedó de hecho sin efecto el 25 de mayo de 1973, al asumir las autoridades democráticas con la presidencia de Héctor José Cámpora.

Estatuto Fundamental Temporario de 1972

El 24 de agosto de 1972 la Junta de Comandantes que gobernaba la dictadura autodenominada Revolución Argentina dictó un “Estatuto Fundamental” de cinco artículos, manifestando explícitamente que se hacía en “ejercicio del poder constituyente”, que incluía una serie de considerandos y reformó quince artículos de la Constitución (texto de acuerdo a la reforma de 1957), al mismo tiempo que declaró inaplicables otros cuatro artículos.

Entre otras reformas constitucionales se estableció:

  • elección presidencial y de los senadores nacionales por sistema de doble vuelta si ninguna candidatura obtiene la mayoría absoluta;
  • reducción del mandato del presidente, vicepresidente y senadores a cuatro años;
  • reelección del presidente por una vez;
  • reelección indefinida de diputados y senadores;
  • elección directa de presidente, vicepresidente, diputados y senadores;
  • la creación del cargo de tercer senador por la minoría;
  • la simultaneidad de las elecciones para cargos nacionales;
  • la reducción del cuórum para sesionar;
  • un mecanismo de aprobación automática de proyectos de ley presentados por el Poder Ejecutivo si no es tratado en un plazo determinado;
  • un mecanismo de aprobación de leyes directamente por las comisiones internas de las Cámaras;
  • un organismo especial para realizar el juicio político a los jueces integrado por miembros del Poder Judicial, del Poder Legislativo y de los abogados;

Las elecciones de 1973 y las autoridades democráticas surgidas de ellas se regularon por esta reforma. El Estatuto establecía que el mismo regiría hasta el 24 de mayo de 1981, fecha en que automáticamente quedó sin vigencia. Notoriamente, casi la totalidad de los cambios vigentes entonces fueron incorporados a la Constitución por la reforma de 1994.

El artículo 4 del Estatuto establecía:

Artículo 4.- Este Estatuto regirá hasta el 24 de mayo de 1977. Si una Convención Constituyente no decidiere acerca de la incorporación definitiva al texto constitucional, o su derogación total o parcial, antes del 25 de agosto de 1976, su vigencia quedará prorrogada hasta el 24 de mayo de 1981.

Según la letra de este artículo, el Estatuto debía regir hasta el 24 de mayo de 1981, salvo que una convención constituyente resolviera acerca del mismo antes del 25 de agosto de 1976, cosa que no sucedió. El Estatuto rigió las elecciones de marzo y septiembre de 1973. De hecho, en la Capital Federal la elección del senador se realizó en segunda vuelta, por aplicación del balotaje establecido por el Estatuto. La institucionalidad política entre 1973 y 1976 se rigió por el marco constitucional establecido por el Estatuto: unificación de todos los mandatos en cuatro años sin renovación bienal de los diputados y tres senadores por provincia.

En la doctrina y la historiografía constitucional argentina se discute cuál fue la vigencia exacta del Estatuto Fundamental de 1972, sin que haya dudas de que el mismo no pudo regir más allá del 24 de mayo de 1981. La mayor parte de sus normas fueron incorporadas a la Constitución por la reforma constitucional de 1994.

  •   Wikisource contiene obras originales de o sobre Estatuto Fundamental Temporario de 1972.

Instrumentos constitucionales del Proceso de Reorganización Nacional de 1976

El 24 de marzo de 1976, mediante un golpe de Estado, asumió el poder una dictadura militar que se autodenominó Proceso de Reorganización Nacional. «En ejercicio del poder constituyente» la Junta de Comandantes impuso una serie de «principios liminares», «objetivos básicos», actas y estatutos «para la Reorganización Nacional», al que deberían someterse todas las otras leyes incluida la Constitución vigente, en lo que pudiera resultar aplicable aún. Cuatro fueron las normas supraconstitucionales establecidas:

La junta militar dictó una serie de instrumentos normativos de tipo constitucional, a saber:

  • Acta para la Reorganización Nacional, del 24 de marzo de 1976;
  • Acta fijando el Propósito y los Objetivos Básicos del Proceso de Reorganización Nacional, del 24 de marzo de 1976;
  • Estatuto para la Reorganización Nacional, integrado por 14 artículos, publicado el 29 de marzo de 1976;
  • Reglamento para el funcionamiento de la Junta Militar, Poder Ejecutivo y Comisión de Asesoramiento Legislativo, aprobado por la denominada "ley" 21.256, realizada el 24-03-1976 y publicada el 26-03-76

La Constitución de 1853, con las reformas de 1860, 1866, 1898, 1957 y el estatuto temporario de 1972, quedó formalmente vigente, pero subordinada a esos cuatro instrumentos supralegales. De todos esos instrumentos, el propio poder militar consideró que tenían jerarquía suprema «los objetivos básicos del Proceso» (art. 14, Estatuto el Proceso de Reorganización Nacional).

Los instrumentos constitucionales del Proceso de Reorganización Nacional quedaron de hecho sin efecto el 10 de diciembre de 1983, al asumir las autoridades democráticas con la presidencia de Raúl Alfonsín.

Reforma de 1994

La reforma de la Constitución de la Nación Argentina de 1994 es una importante modificación realizada al texto constitucional. Definió el texto constitucional, sobre cuya legitimidad plena no existía consenso y le otorgó rango constitucional a los principales tratados de derechos humanos.

La reforma se concretó a partir de un pacto entre peronistas y radicales (Pacto de Olivos), que por entonces eran los dos partidos mayoritarios del país, en el que ambos partidos acordaron un "Núcleo de Coincidencias Básicas" para incluir en la Constitución, que debió ser votado "en bloque" por la Convención, sin poder realizar agregados ni quitas.

Entre otros cambios, introdujo los derechos de tercera y cuarta generación, normas para defensa de la democracia y la constitucionalidad, las características de los órganos de gobierno, y nuevos órganos de control. La Convención Constituyente se celebró en las ciudades de Santa Fe (sede tradicional de las convenciones constituyentes) y de Paraná (primera capital de la Confederación).

Esta reforma constitucional abarca 44 artículos y tiene 17 disposiciones transitorias, estableciendo entre otras normas: el reconocimiento de los derechos de protección ambientales, del consumidor, a la información, la acción constitucional de amparo simple y colectivo, los delitos contra la constitución y la democracia, la preeminencia de los tratados internacionales, el voto directo y la reelección presidencial por una vez y acortamiento del mandato de 6 a 4 años, la reglamentación de los decretos por razones de necesidad y urgencia, el tercer senador por la minoría, el Consejo de la Magistratura, la posibilidad de traslado de la Capital de la República, la autonomía a la Ciudad de Buenos Aires, etc. También estableció el sistema de balotaje, una segunda vuelta electoral en la elección presidencial en caso de que ningún candidato obtuviese más del 45 % de los votos válidos emitidos o sacando un mínimo de 40 % superase al segundo por más del 10 %. Entre las disposiciones transitorias se destaca la primera, que ratifica la legítima e imprescriptible soberanía argentina sobre las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes.

Véase también

Fuentes

Referencias

  1. Por Ley 24.820, publicada el 29 de mayo de 1997, el Congreso de la Nación otorgó jerarquía constitucional a la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas de la Constitución Nacional.
  2. Por Ley 25.778, aprobada el 20 de agosto de 2003, el Congreso de la Nación Argentina otorgó jerarquía constitucional a la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad.
  3. «Ley 27.044. Otórgase jerarquía constitucional a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad». Infoleg. 11 de diciembre de 2014. 
  4. Texto de la Constitución en el sitio web del Honorable Senado de la Nación Argentina.
  5. Elvira, Gladys y Varela, Teresa . La construcción de la ciudadanía política en los Territorios Nacionales. Viedma, capital del territorio de Río Negro 1930-1938. Revista Pilquen versión On-line ISSN 1851-3123 Rev. Pilquen n.6 Viedma ene./dic. 2004
  6. Congreso de la Nación Argentina (20 de septiembre de 1897). «Ley 3507». Argentina Histórica. 
  7. Del Potro, Elena Noemí (2013). «Algunas paradojas del sistema jurídico argentino». En Molero Martín-Salas, María del Pilar; Sánchez, María Martín; Díaz Revorio, Francisco Javier, eds. Reflexiones sobre Justicia Constitucional en Latinoamérica. Cuenca: Universidad de Castilla-La Macha. pp. 95-96. ISBN 978-84-9044-061-2. 
  8. Proclama del 27 de abril de 1956.
  9. Vanossi, Jorge Reinaldo (1994). El Estado de Derecho en el Constitucionalismo Social. Eudeba. 

Bibliografía

  • BIDART CAMPOS, Germán J. (2007. 5 Tomos). Tratado Elemental de Derecho Constitucional Argentino. Buenos Aires: Ediar. ISBN 950-574-079-4. 
  • DALLA VÍA, Miguel Ángel (2004 1ª Edición). Manual de Derecho Constitucional. Buenos Aires: Editorial: Lexis Nexis. ISBN 978-987-1178-04-9. 
  • EKMEKDJIAN, Miguel Ángel (1999 4ª Edición Actualizada). Manual de la Constitución Argentina. Buenos Aires: Depalma. 
  • LOPRESTI, Roberto P. (1998 2ª Edición corregida y aumentada). Constitución Argentina Comentada. Buenos Aires: Unilat. ISBN 987-96049-3-8. 

Enlaces externos

  •   Wikisource contiene obras originales de o sobre Constitución de la Nación Argentina.
  • Reforma Constitucional de 1994. Senado de Argentina
  • Diario de Sesiones de la Convención Nacional Constituyente de 1994
  • Constitución de la Nación Argentina (vinculada con las Fuentes del Derecho)
  • Constitución Nacional (adaptada a Lenguaje Claro)
  •   Datos: Q2082570
  •   Multimedia: Constitutions of Argentina
  •   Textos: Constitución de la Nación Argentina (1994)

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La Constitucion de la Nacion Argentina que rige actualmente a la Republica Argentina fue aprobada por una asamblea constituyente integrada por representantes de trece provincias hecha en la ciudad de Santa Fe en el ano 1853 Los diferentes textos de esta Constitucion han sido reformados varias veces siendo la ultima llevada a cabo en 1994 y han sido dejados sin efecto o modificados por autoridades de facto en nueve oportunidades Constitucion de la Nacion ArgentinaFuncionConstitucion nacionalAprobacion1 de mayo de 1853 168 anos Signatario s Trece provinciasUbicacionArgentinaReformas1860 1866 1898 1949 1957 1994 editar datos en Wikidata ArgentinaEste articulo es una parte de la serie La Constitucion de la Nacion ArgentinaTexto completo de la Constitucion vigenteTexto de la ConstitucionAnalisis del texto originalPreambuloConstitucion de 1853Reformas constitucionalesReforma de 1860Reforma de 1866Reforma de 1898Reforma de 1949Reforma de 1957Estatuto temporario de 1972Reforma de 1994Otros paises Portal de DerechoEl proposito de la Constitucion de 1853 fue poner fin al ciclo de las guerras civiles y sentar las bases de la Organizacion Nacional objetivos que tardaron unas decadas mas en cumplirse Antes de esta aprobacion hubo varios intentos en 1819 y 1826 que fueron rechazados por diversos motivos El texto constitucional consta de un preambulo y dos partes normativas Primera parte capitulo primero Declaraciones Derechos y Garantias arts 1 35 y capitulo segundo Nuevos Derechos y Garantias arts 36 43 Segunda parte Autoridades de la Nacion arts 44 129 Asimismo tienen rango constitucional en virtud del art 75 inciso 22 los siguientes instrumentos internacionales sobre Derechos Humanos tratados y declaraciones Declaracion Americana de los Derechos y Deberes del Hombre Declaracion Universal de Derechos Humanos Convencion Americana sobre Derechos Humanos Pacto de San Jose de Costa Rica Pacto Internacional de Derechos Economicos Sociales y Culturales Pacto Internacional de Derechos Civiles y Politicos Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Politicos Convencion Sobre la Prevencion y la Sancion del Delito de Genocidio Convencion Internacional sobre la Eliminacion de todas las Formas de Discriminacion Racial Convencion sobre la Eliminacion de Todas las Formas de Discriminacion contra la Mujer Convencion contra la tortura y otros tratos o penas crueles inhumanas o degradantes Convencion sobre los Derechos del Nino Convencion Interamericana sobre Desaparicion Forzada de Personas jerarquizada en 1997 1 Convencion sobre la Imprescriptibilidad de los Crimenes de Guerra y de los Crimenes de Lesa Humanidad jerarquizada en 2003 2 Convencion Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad jerarquizada en 2014 3 Indice 1 Preambulo 2 Constitucion de 1853 3 Reforma de 1860 4 Reforma de 1866 5 Reforma de 1898 6 Reforma de 1949 7 Proclama militar de 1956 8 Reforma de 1957 9 Estatuto de la Revolucion Argentina de 1966 10 Estatuto Fundamental Temporario de 1972 11 Instrumentos constitucionales del Proceso de Reorganizacion Nacional de 1976 12 Reforma de 1994 13 Vease tambien 14 Fuentes 14 1 Referencias 14 2 Bibliografia 15 Enlaces externosPreambulo EditarArticulo principal Preambulo de la Constitucion de la Nacion Argentina Nos los Representantes del Pueblo de la Confederacion Argentina Actualmente el preambulo de la Constitucion Argentina es el siguiente 4 Nos los representantes del pueblo de la Nacion Argentina reunidos en Congreso General Constituyente por voluntad y eleccion de las provincias que la componen en cumplimiento de pactos preexistentes con el objeto de constituir la union nacional afianzar la justicia consolidar la paz interior proveer a la defensa comun promover el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad para nosotros para nuestra posteridad y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino invocando la proteccion de Dios fuente de toda razon y justicia ordenamos decretamos y establecemos esta Constitucion para la Nacion Argentina Constitucion de 1853 Editar Ejemplar de la Constitucion exhibida en el Museo del Bicentenario Articulo principal Constitucion Argentina de 1853 El 31 de mayo de 1852 las provincias integrantes de la Confederacion Argentina firmaron el Acuerdo de San Nicolas por el que convocaron a un Congreso Constituyente Sin embargo el 11 de septiembre la Provincia de Buenos Aires se separo de la Confederacion ya que Buenos Aires no acepto transferir el poder que se le reservaba sobre todo en lo concerniente a la igualdad de representacion en el congreso dos diputados por provincia y a la nacionalizacion de la aduana anunciada en el articulo 19 del Pacto de San Nicolas debido a lo cual no formo parte del congreso La Constitucion fue aprobada el 1 de mayo de 1853 en la Ciudad de Santa Fe capital de la Provincia de Santa Fe durante el gobierno de Justo Jose de Urquiza quien derroto a Rosas en la batalla de Caseros rigiendo solo para las trece provincias restantes En 1859 y luego de la Batalla de Cepeda Buenos Aires y la Confederacion se reunificarian y a tal efecto se realizo la Reforma de 1860 Los constituyentes de 1853 trabajaron sobre la base de tres fuentes principales Las constituciones anteriores La Constitucion de Estados Unidos El libro Bases y puntos de partida para la organizacion politica de la Republica Argentina de Juan Bautista Alberdi La Constitucion tenia un preambulo y dos grandes partes la primera dedicada a los derechos y garantias y la segunda dedicada a la organizacion del gobierno El texto estaba redactado en 107 articulos El preambulo sin valor normativo adopto la formula inicial del famoso nosotros el pueblo de la constitucion estadounidense pero modificada como nos los representantes del pueblo para subrayar la naturaleza exclusivamente representativa del sistema adoptado Declara tambien que la constitucion es para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino La primera parte derechos y garantias fue redactada en 31 articulos Tratandose de una constitucion liberal basicamente contiene los derechos humanos de primera generacion principio de legalidad principio de igualdad ante la ley derecho de propiedad inviolabilidad del domicilio libertad de expresion sin censura previa libertad de circulacion etc Adicionalmente contiene normas especificas como la abolicion de la esclavitud art 15 gratuidad de la educacion primaria art 5 la igualdad de derechos civiles para ciudadanos y extranjeros art 20 el fomento de la inmigracion europea art 25 la prohibicion de toda forma de democracia directa art 22 etc La segunda parte gobierno regula la organizacion de los tres poderes federales ejecutivo legislativo y judicial y los gobiernos provinciales segun la forma representativa republicana y federal federalismo atenuado Organizo un poder ejecutivo fuerte presidencialismo con facultades para intervenir las provincias declarar el estado de sitio designar a los jueces etc El poder legislativo es bicameral con facultades para sancionar los codigos principales El poder judicial esta organizado sobre la base del juicio por jurados pero nunca fue cumplido La Constitucion no establecia el sufragio secreto ni universal ya que no garantizaba el sufragio femenino ni el voto a los ciudadanos residentes en los territorios nacionales 5 Reforma de 1860 EditarArticulo principal Reforma constitucional argentina de 1860 La reforma constitucional argentina de 1860 fue una reforma de la Constitucion de 1853 realizada luego de la Batalla de Cepeda y antes de la Batalla de Pavon en el contexto de la guerra entre la Confederacion Argentina y el Estado de Buenos Aires que tuvo como consecuencia la adhesion de esta ultima al texto constitucional de 1853 y su integracion de derecho a la Republica Argentina La paz entre ambas partes se sello en el Pacto de San Jose de Flores en el cual Buenos Aires se declaro parte de la Confederacion Argentina y en el que se establecio que la provincia portena podria proponer reformas a la Constitucion Nacional de 1853 que establecia la forma de gobierno federal para que fueran evaluadas por una Convencion Constituyente Ad Hoc La reforma se hizo sin respetar la prohibicion de reformar la Constitucion antes de cumplirse diez anos de su sancion requisito establecido en el articulo 30 del texto constitucional de 1853 Buenos Aires eligio una Convencion Provincial Revisora que propuso varias reformas al texto de 1853 la mayoria de las cuales fueron luego aceptadas por la Convencion Nacional Constituyente de 1860 Las principales modificaciones fueron la eliminacion del articulo que establecia que la Capital Federal seria la ciudad de Buenos Aires la obligacion de que los derechos de importacion sean uniformes en todo el pais con el fin de impedir que se promuevan determinadas regiones o puertos la eliminacion por cinco anos de los derechos de exportacion la reduccion de facultades del gobierno nacional para intervenir provincias decretar el estado de sitio someter a juicio politico a los gobernadores diputados y senadores nacionales o revisar las constituciones provinciales La reforma tambien introdujo la prohibicion al Congreso nacional de dictar leyes que restrinjan la libertad de imprenta o establezcan sobre ella la jurisdiccion federal el reconocimiento de los derechos y garantias implicitos derivados del principio republicano y de soberania del pueblo y el reconocimiento del principio de ciudadania natural jus soli Suprimio tambien las facultades de la Corte Suprema de la Nacion en conflictos entre poderes publicos de una misma provincia o entre una provincia y sus vecinos Reforma de 1866 EditarArticulo principal Reforma constitucional argentina de 1866 La reforma constitucional de 1866 fue una breve pero crucial modificacion relacionada con los ingresos del Estado nacional impulsada por el presidente Bartolome Mitre al solo efecto de restablecer los impuestos a las exportaciones llamados tambien retenciones o derechos de exportacion que habian sido abolidos a partir del 1 de enero de 1866 por la reforma constitucional de 1860 La reforma modifico dos articulos el articulo 4 para eliminar el vencimiento de 1866 y el articulo 67 inciso primero para restablecer la facultad de Congreso Nacional para imponerlos La declaracion de la necesidad de reforma por parte del Congreso se aprobo con el voto de mas de las dos terceras partes de los miembros presentes pero menos de las dos terceras partes de los miembros totales Reforma de 1898 EditarArticulo principal Reforma constitucional argentina de 1898 Hacia fines del siglo XIX debido al el desarrollo economico y social que se estaba viviendo en Argentina los politicos argentinos creyeron requerir un aumento del tamano de Estado cosa que limitaba la antigua Constitucion En 1897 el Congreso Nacional declaro la necesidad de reforma constitucional estableciendo las materias y articulos para reformar la representacion asignada a cada provincia los ciudadanos de los territorios nacionales no tuvieron derecho a elegir ni ser elegidos y demas requerimientos para conformar la Convencion Articulo 1 Declarase necesaria la reforma parcial de la Constitucion en lo relativo al numero de habitantes que el Articulo 37 fija como base para la eleccion de diputados al Congreso Nacional en la disposicion del Articulo 87 relativa al numero de Ministros del Poder Ejecutivo y en el inciso 1 º del Articulo 67 en cuanto no permite la instalacion de aduanas libres en los territorios del sud de la Republica 6 La Convencion se instalo en la Ciudad de Buenos Aires el 24 de febrero de 1898 funcionando hasta el 15 de marzo 6 7 tratando los tres puntos que el Congreso considero necesario reformar y aprobando reformas en dos Cambio de la base de eleccion de diputados La constitucion de 1853 indicaba que se elegiria un diputado cada 20 000 habitantes El crecimiento poblacional demostro la necesidad de un cambio El articulo se reformo para que indicara que se elegiria un diputado cada 33 000 habitantes y que el Congreso pudiera elevar la base de eleccion de diputados para poder mantener su numero en una cantidad razonable de no haber sido asi de acuerdo con los datos del Censo de Argentina de 2010 la Camara deberia estar formada por 2004 miembros Aumento de los ministerios La Constitucion fijaba en cinco el numero de ministerios y deslindaba sus ramos Relaciones Exteriores Interior Justicia e Instruccion Publica Hacienda Guerra y Marina Con la reforma su numero aumento a ocho y su deslinde se dejo a la legislacion Aduanas libres La Convencion rechazo esta posibilidad de reforma 7 Reforma de 1949 Editar Ejemplar de la Constitucion del 49 exhibida en el Museo del Bicentenario Articulo principal Reforma constitucional argentina de 1949 La necesidad de incorporar nuevos derechos sociales y las nuevas funciones del Estado siguiendo los lineamientos del constitucionalismo social fueron los argumentos basicos que motivaron esta reforma Fue promovida por el gobierno de Juan Domingo Peron La modificacion incorporo en sus articulos los derechos de segunda generacion laborales y sociales reconocio la igualdad juridica del hombre y la mujer incorporo la funcion social de la propiedad establecio la autonomia universitaria los derechos de los ninos y la ancianidad el habeas corpus facultades de intervencion de Estado en la economia entre otras normas Tambien posibilito que el presidente pudiera ser reelegido indefinidamente y dispuso su eleccion y la de los diputados y senadores por voto directo Proclama militar de 1956 EditarEl 27 de abril de 1956 el presidente de facto teniente general Pedro Eugenio Aramburu el vicepresidente de facto y los ministros emitieron una proclama de caracter constitucional declarando vigente la Constitucion Nacional sancionada en 1853 con las reformas de 1860 1866 y 1898 y exclusion de la de 1949 la que a su vez debia subordinarse a los fines de la Revolucion enunciados en las Directivas Basicas del 7 de diciembre de 1955 y a las necesidades de la organizacion y conservacion del Gobierno Provisional 8 Entre los derechos y normas constitucionales que quedaron sin efecto por dicha proclama se cuentan los derechos de los trabajadores la igualdad de derecho del hombre y la mujer y la patria potestad compartida los derechos de los ninos los derechos de los ancianos la autonomia universitaria el voto directo la reeleccion indefinida del presidente el fin social de la propiedad privada la gestion estatal de los servicios publicos y el comercio exterior etc Algunos juristas descalificaron la abolicion por no cumplir con ninguno de los pasos necesarios para ejercer el poder constituyente sosteniendo que solo una convencion constituyente elegida democraticamente y sin proscripciones podia decidir sobre el texto constitucional En disconformidad con el acto renuncio el juez de la Corte Suprema Jorge Vera Vallejo designado por la dictadura el ano anterior Otros juristas justificaron la abolicion sosteniendo que la convencion constituyente de 1949 modifico varios articulos que no estaban incluidos en la declaracion de la necesidad de reforma por el Congreso nacional entre ellas la reeleccion inmediata del presidente y vice 9 Reforma de 1957 EditarArticulo principal Reforma constitucional argentina de 1957 En 1957 la dictadura encabezada por el general Aramburu declaro por decreto 3838 la necesidad de reformar la Constitucion y convoco a elecciones de convencionales constituyentes para convalidar la derogacion de las reformas de 1949 y realizar eventualmente nuevas reformas constitucionales El gobierno militar prohibio la presentacion de candidatos peronistas pero sus simpatizantes respondieron votando masivamente en blanco y obteniendo la mayoria hecho que afecto fuertemente la legitimidad de la Convencion Constituyente Por su parte la Union Civica Radical se fragmento en dos partidos UCRI frondizistas y UCRP balbinistas el primero opuesto a la Convencion convocada por el gobierno militar y el segundo partidario de la misma La Asamblea Constituyente se limito a convalidar la decision del gobierno militar e inmediatamente despues los convencionales comenzaron a retirarse sin tratar las reformas preparadas por las comisiones Mientras los representantes se retiraban una parte logro sancionar el articulo 14 bis referido a algunos derechos del trabajo Luego de ello ya no fue posible lograr una nueva sesion con cuorum Estatuto de la Revolucion Argentina de 1966 EditarEl 28 de junio de 1966 mediante un golpe de Estado asumio el poder una junta militar que se autodenomino Revolucion Argentina y dicto un Estatuto de la Revolucion Argentina integrado por 10 articulos que tenia preeminencia sobre la Constitucion Nacional de 1853 con las reformas de 1860 1866 1898 y 1957 que permanecio vigente aunque sin el caracter de norma suprema El Estatuto de la Revolucion Argentina quedo de hecho sin efecto el 25 de mayo de 1973 al asumir las autoridades democraticas con la presidencia de Hector Jose Campora Estatuto Fundamental Temporario de 1972 EditarEl 24 de agosto de 1972 la Junta de Comandantes que gobernaba la dictadura autodenominada Revolucion Argentina dicto un Estatuto Fundamental de cinco articulos manifestando explicitamente que se hacia en ejercicio del poder constituyente que incluia una serie de considerandos y reformo quince articulos de la Constitucion texto de acuerdo a la reforma de 1957 al mismo tiempo que declaro inaplicables otros cuatro articulos Entre otras reformas constitucionales se establecio eleccion presidencial y de los senadores nacionales por sistema de doble vuelta si ninguna candidatura obtiene la mayoria absoluta reduccion del mandato del presidente vicepresidente y senadores a cuatro anos reeleccion del presidente por una vez reeleccion indefinida de diputados y senadores eleccion directa de presidente vicepresidente diputados y senadores la creacion del cargo de tercer senador por la minoria la simultaneidad de las elecciones para cargos nacionales la reduccion del cuorum para sesionar un mecanismo de aprobacion automatica de proyectos de ley presentados por el Poder Ejecutivo si no es tratado en un plazo determinado un mecanismo de aprobacion de leyes directamente por las comisiones internas de las Camaras un organismo especial para realizar el juicio politico a los jueces integrado por miembros del Poder Judicial del Poder Legislativo y de los abogados Las elecciones de 1973 y las autoridades democraticas surgidas de ellas se regularon por esta reforma El Estatuto establecia que el mismo regiria hasta el 24 de mayo de 1981 fecha en que automaticamente quedo sin vigencia Notoriamente casi la totalidad de los cambios vigentes entonces fueron incorporados a la Constitucion por la reforma de 1994 El articulo 4 del Estatuto establecia Articulo 4 Este Estatuto regira hasta el 24 de mayo de 1977 Si una Convencion Constituyente no decidiere acerca de la incorporacion definitiva al texto constitucional o su derogacion total o parcial antes del 25 de agosto de 1976 su vigencia quedara prorrogada hasta el 24 de mayo de 1981 Segun la letra de este articulo el Estatuto debia regir hasta el 24 de mayo de 1981 salvo que una convencion constituyente resolviera acerca del mismo antes del 25 de agosto de 1976 cosa que no sucedio El Estatuto rigio las elecciones de marzo y septiembre de 1973 De hecho en la Capital Federal la eleccion del senador se realizo en segunda vuelta por aplicacion del balotaje establecido por el Estatuto La institucionalidad politica entre 1973 y 1976 se rigio por el marco constitucional establecido por el Estatuto unificacion de todos los mandatos en cuatro anos sin renovacion bienal de los diputados y tres senadores por provincia En la doctrina y la historiografia constitucional argentina se discute cual fue la vigencia exacta del Estatuto Fundamental de 1972 sin que haya dudas de que el mismo no pudo regir mas alla del 24 de mayo de 1981 La mayor parte de sus normas fueron incorporadas a la Constitucion por la reforma constitucional de 1994 Wikisource contiene obras originales de o sobre Estatuto Fundamental Temporario de 1972 Instrumentos constitucionales del Proceso de Reorganizacion Nacional de 1976 EditarEl 24 de marzo de 1976 mediante un golpe de Estado asumio el poder una dictadura militar que se autodenomino Proceso de Reorganizacion Nacional En ejercicio del poder constituyente la Junta de Comandantes impuso una serie de principios liminares objetivos basicos actas y estatutos para la Reorganizacion Nacional al que deberian someterse todas las otras leyes incluida la Constitucion vigente en lo que pudiera resultar aplicable aun Cuatro fueron las normas supraconstitucionales establecidas La junta militar dicto una serie de instrumentos normativos de tipo constitucional a saber Acta para la Reorganizacion Nacional del 24 de marzo de 1976 Acta fijando el Proposito y los Objetivos Basicos del Proceso de Reorganizacion Nacional del 24 de marzo de 1976 Estatuto para la Reorganizacion Nacional integrado por 14 articulos publicado el 29 de marzo de 1976 Reglamento para el funcionamiento de la Junta Militar Poder Ejecutivo y Comision de Asesoramiento Legislativo aprobado por la denominada ley 21 256 realizada el 24 03 1976 y publicada el 26 03 76La Constitucion de 1853 con las reformas de 1860 1866 1898 1957 y el estatuto temporario de 1972 quedo formalmente vigente pero subordinada a esos cuatro instrumentos supralegales De todos esos instrumentos el propio poder militar considero que tenian jerarquia suprema los objetivos basicos del Proceso art 14 Estatuto el Proceso de Reorganizacion Nacional Los instrumentos constitucionales del Proceso de Reorganizacion Nacional quedaron de hecho sin efecto el 10 de diciembre de 1983 al asumir las autoridades democraticas con la presidencia de Raul Alfonsin Reforma de 1994 EditarArticulo principal Reforma constitucional argentina de 1994 La reforma de la Constitucion de la Nacion Argentina de 1994 es una importante modificacion realizada al texto constitucional Definio el texto constitucional sobre cuya legitimidad plena no existia consenso y le otorgo rango constitucional a los principales tratados de derechos humanos La reforma se concreto a partir de un pacto entre peronistas y radicales Pacto de Olivos que por entonces eran los dos partidos mayoritarios del pais en el que ambos partidos acordaron un Nucleo de Coincidencias Basicas para incluir en la Constitucion que debio ser votado en bloque por la Convencion sin poder realizar agregados ni quitas Entre otros cambios introdujo los derechos de tercera y cuarta generacion normas para defensa de la democracia y la constitucionalidad las caracteristicas de los organos de gobierno y nuevos organos de control La Convencion Constituyente se celebro en las ciudades de Santa Fe sede tradicional de las convenciones constituyentes y de Parana primera capital de la Confederacion Esta reforma constitucional abarca 44 articulos y tiene 17 disposiciones transitorias estableciendo entre otras normas el reconocimiento de los derechos de proteccion ambientales del consumidor a la informacion la accion constitucional de amparo simple y colectivo los delitos contra la constitucion y la democracia la preeminencia de los tratados internacionales el voto directo y la reeleccion presidencial por una vez y acortamiento del mandato de 6 a 4 anos la reglamentacion de los decretos por razones de necesidad y urgencia el tercer senador por la minoria el Consejo de la Magistratura la posibilidad de traslado de la Capital de la Republica la autonomia a la Ciudad de Buenos Aires etc Tambien establecio el sistema de balotaje una segunda vuelta electoral en la eleccion presidencial en caso de que ningun candidato obtuviese mas del 45 de los votos validos emitidos o sacando un minimo de 40 superase al segundo por mas del 10 Entre las disposiciones transitorias se destaca la primera que ratifica la legitima e imprescriptible soberania argentina sobre las islas Malvinas Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios maritimos e insulares correspondientes Vease tambien Editar Portal Derecho Contenido relacionado con Derecho Preambulo de la Constitucion de la Nacion Argentina Surgimiento del Estado argentinoFuentes EditarReferencias Editar Por Ley 24 820 publicada el 29 de mayo de 1997 el Congreso de la Nacion otorgo jerarquia constitucional a la Convencion Interamericana sobre Desaparicion Forzada de Personas de la Constitucion Nacional Por Ley 25 778 aprobada el 20 de agosto de 2003 el Congreso de la Nacion Argentina otorgo jerarquia constitucional a la Convencion sobre la Imprescriptibilidad de los Crimenes de Guerra y de los Crimenes de Lesa Humanidad Ley 27 044 Otorgase jerarquia constitucional a la Convencion sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad Infoleg 11 de diciembre de 2014 Texto de la Constitucion en el sitio web del Honorable Senado de la Nacion Argentina Elvira Gladys y Varela Teresa La construccion de la ciudadania politica en los Territorios Nacionales Viedma capital del territorio de Rio Negro 1930 1938 Revista Pilquen version On line ISSN 1851 3123 Rev Pilquen n 6 Viedma ene dic 2004 a b Congreso de la Nacion Argentina 20 de septiembre de 1897 Ley 3507 Argentina Historica a b Del Potro Elena Noemi 2013 Algunas paradojas del sistema juridico argentino En Molero Martin Salas Maria del Pilar Sanchez Maria Martin Diaz Revorio Francisco Javier eds Reflexiones sobre Justicia Constitucional en Latinoamerica Cuenca Universidad de Castilla La Macha pp 95 96 ISBN 978 84 9044 061 2 Proclama del 27 de abril de 1956 Vanossi Jorge Reinaldo 1994 El Estado de Derecho en el Constitucionalismo Social Eudeba Bibliografia Editar BIDART CAMPOS German J 2007 5 Tomos Tratado Elemental de Derecho Constitucional Argentino Buenos Aires Ediar ISBN 950 574 079 4 DALLA VIA Miguel Angel 2004 1ª Edicion Manual de Derecho Constitucional Buenos Aires Editorial Lexis Nexis ISBN 978 987 1178 04 9 EKMEKDJIAN Miguel Angel 1999 4ª Edicion Actualizada Manual de la Constitucion Argentina Buenos Aires Depalma LOPRESTI Roberto P 1998 2ª Edicion corregida y aumentada Constitucion Argentina Comentada Buenos Aires Unilat ISBN 987 96049 3 8 Enlaces externos Editar Wikisource contiene obras originales de o sobre Constitucion de la Nacion Argentina Historia de la Constitucion de la Republica Argentina con documentos originales y las diferentes versiones desde el Estatuto de 1815 a la actual de 1994 Reforma Constitucional de 1994 Senado de Argentina Diario de Sesiones de la Convencion Nacional Constituyente de 1994 Constitucion de la Nacion Argentina vinculada con las Fuentes del Derecho Constitucion Nacional adaptada a Lenguaje Claro Datos Q2082570 Multimedia Constitutions of Argentina Textos Constitucion de la Nacion Argentina 1994 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Constitucion de la Nacion Argentina amp oldid 137086864, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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