Paradiplomacia
La Paradiplomacia se refiere a las relaciones internacionales de los gobiernos y actores locales de un Estado-nación (actores regionales, subestatales, provinciales, municipales, metropolitanos, ONG´s y privados), con el fin de promover intereses en común. La protodiplomacia es una paradiplomacia que aboga por el separatismo, por motivos culturales, identitarios, simbólicos o económicos.
Todavía no existe un pleno consenso sobre el vocablo paradiplomacia, ya que en algunos países el prefijo “para-” es indicativo de una actividad que puede ser considerada ilícita (por ejemplo, para-militar, para-estatal, etcétera). Es por ello que se considera conveniente regresar a la interpretación originaria de paradiplomacia pues Ivo Duchacek entendió el concepto a partir de las “entradas directas e indirectas de los gobiernos no-centrales al campo de las relaciones internacionales (Duchacek, 1990: 15), poniendo énfasis en la palabra “para-” ya que entendía que esta capacidad de los gobiernos locales era “paralela”, es decir “subsidiaria o accesoria” (Duchacek, 1990: 25) respecto a los gobiernos centrales.
En síntesis, la paradiplomacia es la acción internacional de los gobiernos no centrales y puede verse como una suerte de democratización de la política exterior al contemplar las necesidades e intereses de los diferentes niveles al interior de un Estado. Siguiendo la definición de Noé Cornago (2001: 56): “la paradiplomacia puede ser definida como la participación de los gobiernos no centrales en las relaciones internacionales, a través del establecimiento de contactos permanentes o ad hoc con entidades públicas o privadas extranjeras, con el propósito de promover diversos aspectos socioeconómicos o culturales, así como cualquier otra dimensión exterior de sus propias competencias constitucionales”.
Cada ente subestatal se proyecta a través de diversas formas realizando una diplomacia a escala sin interferir con la política exterior del estado nacional que integra. Una de las formas más comunes que tienen las ciudades de proyectarse es el hermanamiento de ciudades y la participación en redes temáticas.
Aparición de la paradiplomacia
Este fenómeno parece ser un aspecto propio del proceso general de mundialización y cambio del estado westfaliano, donde los actores no estatales desempeñan un papel cada vez más significativo en la dinámica internacional. Las fronteras actuales del contacto internacional incorporan, cada vez más, factores públicos y privados en la prosecución de intereses de cooperación y asociación. Las adecuaciones al Derecho Internacional Público y el futuro del sistema de estados como base para el orden político internacional en los últimos siglos se ha abierto al debate.
De génesis reciente, el término “paradiplomacy” compareció en el espacio público gracias al debate académico de Panayotis Soldatos a mediados de la década de los ochenta. Claro que fue el canadiense Ivo Duchacek quien desarrolló el concepto y se convirtió en uno de sus principales teóricos. De acuerdo con Nahuel Oddone (2016) se pueden registrar cinco grandes encuadres teóricos sobre la paradiplomacia: 1) Desde la perspectiva del actor internacional; 2) Desde la perspectiva de la política exterior y los procesos de toma de decisiones; 3) Desde la perspectiva de desarrollo territorial; 4)Desde la perspectiva de la integración regional y 5) Desde los enfoques de la gobernanza. Todos ellos han confluido en la construcción de un entendimiento sobre el concepto de paradiplomacia.
Los actores internacionales
Inicialmente se consideraba que solamente los Estados formaban parte de la comunidad internacional, posteriormente se agregaron algunas entidades que se encontraban en situaciones particulares, tales como la Ciudad del Vaticano, el Comité Internacional de la Cruz Roja y también, entre otras, las Organizaciones no gubernamentales y las Business International Non Governmental Organizations BINGOs.[1] En el caso de las entidades subestatales (municipios, comunas, provincias, departamentos, etc.) su competencia en el orden internacional resultará de las normas del Derecho interno del Estado al que pertenecen.
Ubicación de las entidades subestatales
Desde hace unos años hizo su aparición en el área de las relaciones el término "paradiplomacia" para designar a las actividades internacionales de las instituciones no centrales de un país: municipios, estados o regiones, empresas privadas, etc. Si bien la actividad de los grupos subnacionales venía de antes, fue adquiriendo mayor fuerza con el fin de la Guerra Fría. Ocurre que al cesar la bipolaridad, que bajo el argumento de la lucha contra el otro bando justificaba el monopolio del Estado central sobre la política internacional, se abrió paso a una descentralización política y económica de los Estados y a las aperturas democráticas que permiten a las regiones actuar en el escenario internacional, proceso favorecido además por el progreso enorme en las comunicaciones.
La formación de bloques regionales transnacionales como en el caso de la región de Texas (Estados Unidos), Nuevo León, Tamaulipas y Coahuila (México), permite que los temas locales puedan ser abordados directamente por las instancias de la región y no esperar a que el gobierno central decida sobre asuntos alejados a su propia realidad. Este nuevo realineamiento tiende a que el Estado central se encargue de la visión global del país y la paradiplomacia de las necesidades locales.[2]
Se puede hablar de paradiplomacia positiva y paradiplomacia negativa. La primera se da cuando las regiones actúan dentro del marco global y permite una complementariedad de las acciones gubernamentales. La segunda responde a los fenómenos que pueden ir desde la búsqueda de una mayor autonomía o inclusive el separatismo no siempre utilizando métodos democráticos, a simplemente acciones erróneas en el plano internacional que van en detrimento de la política general de la Nación. Esta interpretación negativa de la paradiplomacia se conoce como protodiplomacia.
Paradiplomacia según los países
Argentina
La Constitución Nacional
En Argentina como Estado federal las competencias de la Nación, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires están fijadas en primer término por la Constitución Nacional. El art. 124 faculta a las provincias a "celebrar convenios internacionales en tanto no sean incompatibles con la política exterior de la Nación y no afecten las facultades delegadas al Gobierno nacional o al crédito público de la Nación; con conocimiento del Congreso nacional. La ciudad de Buenos Aires tendrá el régimen que se establezca a tal efecto". Otras normas establecen en forma concreta aspectos reservados a la autoridad federal, tales como la legislación aduanera y los derechos de exportación e importación (art. 75 inc. 1* y art. 126), aprobación de tratados de integración que deleguen competencias y jurisdicción a organizaciones supraestatales (art. 75 inc. 24) y normas sobre navegación interior o exterior (art. 126) por lo que resulta implícito que tampoco podrían celebrar tratados sobre dichas materias. La conducción de las relaciones internacionales corresponde exclusivamente a la Nación, lo que se expresa en la prohibición a las provincias de nombrar o recibir agentes extranjeros (art. 126) y la facultad correlativa del Poder Ejecutivo Nacional de designar embajadores, ministros plenipotenciarios y encargados de negocios con acuerdo del Senado (art. 99 inc. 7) y de concluir y firmar tratados, concordatos y otras negociaciones requeridas para el mantenimiento de buenas relaciones con las organizaciones internacionales y naciones extranjeras, recibir sus ministros y admitir sus cónsules (art. 99 inc. 11).
Las constituciones provinciales
Las provincias están autorizadas a darse su propia constitución con sujeción a las normas de la Constitución nacional (arts. 5 y 123 de la C.N.). En un cierto número de constituciones provinciales se han incorporado cláusulas relativas a temas atinentes a las relaciones internacionales tales como la integración latinoamericana (Salta y San Luis), declaraciones internacionales de derechos (Neuquén y San Juan), Islas Malvinas (Formosa), acuerdos internacionales (La Rioja, Catamarca, Córdoba, Formosa, Jujuy, Tierra del Fuego, San Luis, Chaco y La Pampa).[3]
Ubicación de las provincias en el marco legal descrito
La supremacía de la Constitución Nacional (art. 31 C.N.) determina el marco dentro del cual pueden actuar las provincias, por lo cual la circunstancia de que las normas de algunas constituciones provinciales invadan temas reservados a la Nación no tiene ninguna relevancia práctica, máxime cuando se trata en su totalidad de cláusulas de las denominadas programáticas, esto es que son meras intenciones o pautas dirigidas al legislador pero que solamente tienen eficacia en tanto sean recogidas por la legislación. La explicación acerca de la existencia de estas cláusulas que no tienen posibilidad de ser aplicadas habría que buscarlas seguramente en la ignorancia o en la demagogia de sus autores, así como en la tendencia que se ha dado en algunas provincias de sancionar extensas constituciones con previsiones que se sabe resultan innecesarias (aquellas normas, por ejemplo, que repiten derechos que ya acuerda la Constitución Nacional) o que expresan meras intenciones que el legislador puede pasar por alto sin problemas.
En definitiva, más allá de lo que puedan decir estas constituciones, las provincias sólo pueden actuar en la materia internacional -al igual que en las otras- en la medida que la Constitución Nacional lo permita, para lo cual deben cumplirse tres condiciones:
- Que no sean incompatibles con la política exterior de la Nación
- Que no afecten las facultades delegadas al Gobierno Federal
- Que no afecten el crédito público de la Nación.
Dicho en otras palabras, esos convenios no pueden entrar en conflicto con tratados internacionales celebrados por el Estado Nacional; deben versar sobre materias que sean de competencia subnacional sin que puedan contraponerse a otros en que el Estado Nacional sea parte y por último, estos actores no podrán comprometer a la Nación en materia de endeudamiento internacional salvo que ella se obligue en calidad de avalista.[4] Estos convenios podrían celebrarse con actores internacionales -públicos o privados-, (Estados, provincias, comunidades, intendencias, ayuntamientos, etc), en tanto que sean unidades políticas que conforman Estados nacionales extranjeros; empresas, organismos de asistencia técnica e internacionales de crédito.
España
Las distintas Comunidades autónomas realizan una paradiplomacia bastante activa, especialmente las llamadas comunidades históricas. Se ha criticado el gasto que genera este tipo de política.[5]
Paradiplomacia y Protodiplomacia
Según Zidane Zeraoui, "cuando una región busca consolidar su imagen internacional, hablamos de paradiplomacia identitaria. La unidad sub-nacional quiere proyectar una cierta marca territorial o ciertos rasgos particulares del territorio. El reforzamiento identitario puede tener su origen en el desarrollo de una imagen regional para promoción del territorio o simplemente como una táctica para posibiltar el rescate de los valores locales. La marca regional está vinculada con este tipo de paradiplomacia, que no solamente tiene un valor simbólico.
La diplomacia convergente, por ejemplo, representa una paradiplomacia de la región complementaria de la política nacional, mientras que la protodiplomacia es una paradiplomacia con visos al separatismo. Sin embargo, cuando este impulso se lleva a sus extremas consecuencias, es decir, a la imposición de una identidad regional como paso previo a la ruptura con el Estado nacional, estamos frente a una protodiplomacia."
Casos Protodiplomáticos
Quebec
En 1948 se aprobó la actual bandera de Quebec como oficial, y la lengua francesa sería cooficial, junto al inglés, en Canadá desde 1968. En 1976 ganó las elecciones el nacionalista Partido Quebequés, de René Lévesque, que promulgaría la Ley 101, por la que el francés sería la única lengua oficial de Quebec. En 1980, el referéndum de independencia arrojó resultado negativo, con un 59,6 % de votos en contra. De nuevo en el poder en 1995, el Partido Quebequés convocó a un nuevo referéndum el 30 de octubre de 1995, donde el no a la independencia ganó por tan solo 54.000 votos y un 50,4 % de sufragios, con una participación que superó el 90 % del censo electoral. Según las encuestas, menos de la mitad de los quebequeses sigue deseando constituirse en estado independiente.
El 27 de noviembre de 2006, el parlamento canadiense, con el apoyo del partido en el gobierno, reconoció a Quebec como «nación dentro de un Canadá unido», en un intento de aplacar los deseos secesionistas de los partidos independentistas, aunque en sentido cultural y social, no legal.
En las elecciones generales de Quebec de 2012, el independentista Partido Quebequés, liderado por Pauline Marois, ganó la mayoría de los asientos de la Asamblea Nacional de Quebec, formando un gobierno minoritario. En el discurso del día de las elecciones, la ganadora planteó la posibilidad de convocar a un nuevo referéndum por la independencia al expresar su deseo de que Quebec se convierta en un país independiente y su convicción de que eso sucederá: "Queremos un país. Y lo tendremos".[6]
Escocia
El independentismo escocés (en idioma inglés: Scottish independence, en idioma escocés: Scots unthirldom y en gaélico escocés: Neo-eisimeileachd na h-Alba) es un movimiento articulado alrededor de varios partidos políticos que aboga por la secesión de Escocia del Reino Unido y su conversión en un estado independiente, tal como fue hasta 1707.[7]
En principio la independencia no es algo contemplado en los tratados de la Unión Europea[8][9] y representantes de la Comisión Europea han afirmado que cuando una parte de un Estado miembro se independiza pero desea permanecer en la UE, esta tendría que volver a solicitar su ingreso para unirse como si se tratara de un nuevo país incorporándose desde el principio (por lo que el Estado del que proviene podría votar en contra de su adhesión).[10][11][12][13] Sin embargo otros analistas legales opinan que los Estados resultantes de la secesión o disolución de un Estado miembro podrían continuar siendo Estados miembros de la Unión Europea.[14][15] Actualmente existe una Iniciativa Ciudadana Europea que solicita a la Unión Europea legislar al respecto.[16]
Cataluña
El independentismo catalán es la posición política que propugna la independencia de Cataluña con sus actuales límites como comunidad autónoma española, o bien por la correspondiente a una visión pancatalanista que incluye a la Comunidad Valenciana, las Islas Baleares, la denominada «Cataluña del Norte» (Rosellón y Alta Cerdaña, antiguos territorios catalanes cedidos por España a Francia en el tratado de los Pirineos del siglo XVII) y/o la franja oriental de Aragón.[17]
El independentismo catalán plantea sus tesis sobre el principio de que el pueblo de Cataluña es una nación soberana, aludiendo básicamente a la interpretación de su historia, cultura, lengua propia y al derecho civil catalán, y sobre la afirmación de que Cataluña no alcanzará su máxima plenitud cultural, social ni económica mientras forme parte de España. El independentismo catalán defiende la tesis de que Cataluña es una nación oprimida por España desde su ocupación por las tropas borbónicas en 1714, y la posterior supresión de las instituciones catalanas y la prohibición de su lengua en la administración mediante los Decretos de Nueva Planta promulgados por Felipe V entre 1707 y 1716, aprobado el Decreto de Nueva Planta de Cataluña en 1716, dado que la corona de Aragón a la cual pertenecía el condado de Cataluña, apoyó al otro candidato al trono español, el archiduque Carlos de Habsburgo.
Los porcentajes de apoyo varían en las encuestas en función de si existen solo dos opciones (sí o no), o si en la pregunta se incluyen otras opciones federalistas. En el primer caso las encuestas dan resultados de empate entre ambas opciones.[18] En el segundo caso la opción mayoritaria sigue siendo la independencia, pese a que un porcentaje cercano al 9% cambiaría su voto a la opción de "estado dentro de una España federal",.[19]
Una parte de los partidarios de esta corriente política, no solo aspira a la independencia de Cataluña en sentido estricto, sino a la unión de lo que denominan Países Catalanes: la propia Cataluña; el Rosellón y la Cerdaña franceses (a los que denominan Cataluña Norte); la Franja Oriental de Aragón a la que denominan Franja de Ponent y consideran también parte de Cataluña; la Comunidad Valenciana; las Islas Baleares; la comarca murciana de El Carche y la ciudad sarda de Alguer, en Italia. Dichos territorios, excluyendo el Valle de Arán,[cita requerida], una vez independizados formarían un estado confederado catalán en el que también se incluiría el Principado de Andorra.
La bandera que identifica al independentismo catalán es la conocida como estelada.
País Vasco
El nacionalismo vasco (en euskera, eusko abertzaletasuna) es un conjunto heterogéneo de ideologías políticas que tienen en común la defensa del carácter nacional del pueblo vasco y la reivindicación de su derecho de autodeterminación y, frecuentemente, de su independencia, e invoca a Euskal Herria o Euskadi como concepto político.
El nacionalismo vasco defiende la unidad cultural y política de Euskal Herria y la defensa de la identidad cultural vasca y del euskera en particular. Euskal Herria comprende territorios de España y Francia: la Comunidad Autónoma Vasca y la Comunidad Foral de Navarra en España (que configurarían la zona sur o Hegoalde); y Labort, Baja Navarra y Sola en Francia (que configurarían la zona norte o Iparralde). En Euskal Herria se integrarían asimismo el Condado de Treviño (Burgos)[20] y Villaverde (Cantabria). En ocasiones, se excluye el exclave navarro de Petilla de Aragón. A veces se integran la Alta Navarra (la Comunidad Foral) y la Baja Navarra en un único ente territorial: Navarra (en euskera, Nafarroa). También han existido organizaciones nacionalistas que han mantenido posturas irredentistas sobre otros territorios, como La Rioja, Valle de Mena o Bearne.[21]
Existen diversas concepciones y posturas nacionalistas que difieren en cuanto a cuál debería ser el destino último de dicha unión política vasca y que abarcan posturas de muy diverso signo, desde posiciones autonomistas y federalistas al independentismo vasco propiamente dicho. Aunque actualmente todas las fuerzas políticas nacionalistas son democráticas en la medida en que concurren a las elecciones españolas y francesas, existieron sectores dentro de la izquierda abertzale (que es asimismo un sector dentro del nacionalismo vasco) que propugnaron métodos de actuación violentos, como ETA, los Iparretarrak o los Comandos Autónomos Anticapitalistas.
La popularidad del nacionalismo no es homogénea en todos los territorios vascos. Tiene una mayor implantación en Vizcaya, Guipúzcoa y la mitad norte de Navarra,[22][23][24] zonas en las que existe una mayor proporción de hablantes del euskera. En Vizcaya y Guipúzcoa, los partidos nacionalistas vascos han sido la lista más votada en todas las elecciones autonómicas desde 1978[25] y en todas las elecciones generales excepto las de 2015 y 2016.[26] Según una serie de encuestas del Euskobarómetro realizadas en 2016, el 22% de los habitantes de la Comunidad Autónoma Vasca se siente solo vasco, mientras que otro 22% se siente más vasco que español.[27] Según el Euskobarómetro de 2016, un 46% de los habitantes de la Comunidad Autónoma Vasca se considera nacionalista vasca frente a un 50% que piensa lo contrario.[28]
Notas
- Colacrai de Trevisan, Miryam y Zubelzú de Bacigalupo, Graciela en "Las provincias y sus relaciones externas. ¿Federalización de la política exterior o protagonismo provincial en las relaciones internacionales? public. de Cuadernos de Política Exterior Argentina
- Zidane Zeraoui, Que es la paradiplomacia
- Colacrai de Trevisan
- Salviolo, Marcelo A., Provincias y Convenios Internacionales – Una propuesta desde el Federalismo de Concertación págs. 117 y 118, public. del Instituto del Servicio Exterior de la Nación, Editorial Nuevo Hacer –Grupo Editor Latinoamericano, Bs. As, 2005
- http://www.abc.es/20111204/espana/abci-embajadas-catalanas-gasto-publico-201112040119.html
- «Québec vota independencia». www.nabarralde.com. Consultado el 13 de febrero de 2017.
- [1]
- Cañizares, María Jesús (4 de junio de 2012). «La UE rechaza regular la independencia de Cataluña». ABC. Consultado el 30 de septiembre de 2012.
- «Ninguna ley dice que Cataluña deba salir de la UE si se independiza». Diario de Sevilla. 30 de septiembre de 2012. Consultado el 30 de septiembre de 2012.
- «Almunia asegura que Catalunya dejaría la UE si se independizara». La Vanguardia. 9 de octubre de 2012. Consultado el 10 de octubre de 2012.
- «La CE aclara que la independencia de una comunidad autónoma implica dejar la UE». ABC. 31 de agosto de 2012. Consultado el 1 de septiembre de 2012.
- Matthew Happold. «Scotland Europa: independence in Europe?» (en inglés). Consultado el 20 de agosto de 2012.
- «Josep Borrell avisa: "Una Cataluña independiente quedaría excluida de la UE"». El Economista. 26 de septiembre de 2012. Consultado el 30 de septiembre de 2012.
- Centre Maurits Coppieters. (en inglés). Archivado desde el original el 21 de octubre de 2012.
- Centre Maurits Coppieters. «Unveiling Internal Enlargement» (en inglés).
- (en inglés). Archivado desde el original el 14 de abril de 2012. Consultado el 1 de octubre de 2012.
- ERC. Principios ideológicos el 24 de septiembre de 2015 en Wayback Machine. en castellano
- «El 'sí' vencería en un referéndum por la independencia de Cataluña.» El País.
- «Casi el 43% de catalanes votaría a favor de la independencia.» ABC.
- Treviño, una isla en el mapa de Álava, Isabel C. Martínez, El País, 22/02/2000.
- Ainhoa Arozamena Ayala. «Euskal Herriko Alderdi Sozialista». Enciclopedia Vasca Auñamendi. Consultado el 7 de febrero de 2013.
- https://resultados.elpais.com/elecciones/2015/municipales/13/
- http://www.elecciones2015.navarra.es/13AU/DAU13319GM_L1.htm
- El Partido Nacionalista Vasco ha sido la lista más votada en los tres territorios históricos de la CAV en todas las elecciones, con las siguientes excepciones: Guipúzcoa en 1986 (ganó Eusko Alkartasuna, también nacionalista), 1990 (ganó Herri Batasuna, también nacionalista), 1994 (HB), 1998 (HB) y 2012 (Euskal Herria Bildu, nacionalista); y Álava en 1986 (Partido Socialista de Euskadi), 1998 (Partido Popular del País Vasco) y 2009 (Partido Socialista de Euskadi). En Vizcaya el PNV ha ganado en todas las elecciones autonómicas.
- Resultados electorales del Ministerio del Interior desde 1978.
- http://www.publico.es/politica/mayoria-vascos-apoya-consulta-independencia.html
- https://www.ehu.eus/documents/1457190/1525260/Euskobarometro+octubre+2016+(castellano)
Enlaces externos
- La paradiplomacia desde cinco perspectivas: reflexiones teóricas para la construcción de una comunidad epistémica en América Latina
- Paradiplomacia.ORG
- Revista TIP (Trabajos de Investigación en Paradiplomacia) Año 1, No. 1 "Una aproximación a las Relaciones Internacionales Subnacionales"
- Revista TIP (Trabajos de Investigación en Paradiplomacia) Año 1, No. 2 "Relaciones Internacionales Subnacionales y Desarrollo Sustentable"
- Revista TIP (Trabajos de Investigación en Paradiplomacia) Año 1, No. 3 "Actores Subnacionales e Integración Regional"
- Paradiplomacia en América Latina
- Blog sobre paradiplomacia
- La Paradiplomacia
- Ensayo Paradiplomacia en Chile (enlace roto disponible en Internet Archive; véase el historial, la primera versión y la última).
- Paradiplomacia Transfronteriza: la constitución de una comunidad epistémica latinoamericana