fbpx
Wikipedia

Jurisprudencia en el derecho romano

La Jurisprudencia en el Derecho romano es considerada una de las fuentes más importantes del Derecho Occidental actual,[1]​ como a su vez en la Historia de Roma. La Jurisprudencia como fuente del Derecho era entendida como la "ciencia del saber del Derecho", a diferencia de hoy en día donde el eje principal de la jurisprudencia son las sentencias.[2]​ Los Jurisprudentes o también conocidos como jurisconsultos eran hombres cuyo estudio del Derecho en la época romana era un quehacer, pues ligados a la Aristocracia romana, dedicaban gran parte de su tiempo a dicho propósito.[3]​ La Jurisprudencia romana adquiere su trascendencia en el tiempo gracias al trabajo de Justiniano I cuya compilación del Digesto[4]​ las novellae, las Institutas y el Codex fue la base fundamental para la conformación del Corpus Iuris Civilis durante el siglo VI d. C. Esta obra nos permite hoy en día dilucidar la evolución de las fuentes del Derecho a lo largo de su historia y además, constituye una fundamental fuente de estudios para entender cómo se estructuraba el Derecho romano.

Gaius o Gayo, jurista romano

Origen Histórico y Evolución de la Jurisprudencia Romana

Los desarrollos legales que abarcan más de mil años en la jurisprudencia, desde las XII Tablas (449 a. C.), hasta el Corpus Juris Civilis 529 d. C., siendo esta última ordenada por el emperador romano de Oriente Justiniano I. La importancia histórica de la ley romana se refleja en la continuación del uso de la terminología jurídica latina en los sistemas jurídicos influenciados por él.

 
Corpus iuris civilis Romani. Gothofredus, 1583.

Arcaico

 
Alegoría de las XII tablas en un libro de derecho del siglo XVI

Desde el 753 a. C. al 450 a. C. Se extiende a lo largo de la Monarquía romana y principios de la República romana. Siendo entendido también como "Periodo Arcaico" es la primera etapa de la formación del Derecho Romano.

La norma se expresa en los primeros tiempos de esta época solo por vía de las antiguas costumbres, las de los antepasados, conocido como Mores maiorum que de por sí constituye un derecho no escrito. En este periodo el orden jurídico de las cívitas está en manos de los pontífices, el colegio sacerdotal exponente de la religión pagana romana. Ellos son los que deciden si los actos o conductas de ciudadanos de Roma (quirites), eran congruentes con las normas que conformaban la tradición jurídica y por la cual debían regirse los ciudadanos en sus relaciones recíprocas. Como consecuencia de ello surge el concepto del Ius, cuya fuente son los Mores interpretados y concretados por los pontífices. Cuando se refiere a las relaciones entre ciudadanos recibe el nombre de Ius civile.[5]​ El primario concepto del derecho para los romanos puede traducirse de modo adjetival como "lo justo", y quienes califican si un acto es o no justo (Ius)son los pontífices.[6]​ Cabe destacar que Quiritario es un término usado en el antiguo Derecho Romano, alusivo a los quirites, esto es, a los ciudadanos romanos. Ostentaban tal calidad todos aquellos individuos de la especie humana que reunían los requisitos consagrados en el Ius Civile. Los principales atributos que confería el Ius Civile a los ciudadanos romanos.fueron:Ius Connubii: derecho a contraer matrimonio civil o iustae nuptiae; Ius Sufragii: derecho al voto; Ius Commercii: derecho a ejercer el comercio; Ius Honorum: derecho a desempeñar cargos públicos y altas dignidades del gobierno romano.

El primer texto legal es la Ley de las XII Tablas,[7]​ que data de mediados del Siglo quinto antes de Cristo. Esta ley es la primera escritura de las costumbres que recogió de modo escueto el derecho vigente (Ius civile). No obstante, en el espíritu jurídico de los romanos nunca existió el apego a lo literal de la ley, que en esencia fue tomada en el devenir jurídico romano solo como base para elaborar por los jurisprudentes un derecho cada vez más científico y progresivo, que terminó por sobreponerse al mismo texto codificado.[8]​ Roma no tendrá otro derecho codificado como la Ley de las XII Tablas hasta el ocaso de la evolución de su Derecho con la obra legislativa de Justiniano I en Siglo Siglo VI d. C. Roma asentó las bases preferentemente en la jurisprudencia más que en la legislación.

Periodo Pre-Clásico

Desde 450 a. C. al 130 a. C. se extiende desde la creación del pretor urbano.[9]​ Este periodo se caracteriza por el paso de una economía agraria a una economía mercantil. La ley de las XII Tablas ya no representa esta realidad, por lo que deben tener nuevas leyes que los regulen, estas se crean a través de los magistrados quienes dictan normas jurídicas pero para ello se rodean de juristas "consilium". En este periodo se hace la distinción entre pretor urbano y pretor peregrino, cuya transición es conocida por cambiar el Ius Civile por Derecho de Gentes (Ius gentium) el cual tiene una visión universal del Derecho pues engloba tanto a peregrinos como a romanos.[10]

La compilación legislativa se fue realizando de forma acumulativa a través de los Edictos del Pretor.[11]​ A partir de la Ley de las XII Tablas, los Pretores asumieron la función jurisdiccional, y para poder tipificar nuevos casos emitían al inicio de su mandato un Edicto en el que indicaban que era punible, en el que asumían como propios los edictos de pretores anteriores, y corregían o abolían las disposiciones recibidas.

Al principio los pretores eran solo dos, uno el Prætor Vrbanus se dedicaba a juzgar los asuntos en los que participasen ciudadanos romanos, mientras que el otro, el Prætor Peregrinus, atendía los casos en los que exclusivamente intervinieran no ciudadanos. Los casos tratados eran bastante variados, pero la mayoría derivaban de asuntos comerciales. Así, las relaciones comerciales obligaron a la creación del precedente del llamado derecho contractual, un derecho ultro citroque obligatio (que obliga a ambas partes), a partir del cual nace el llamado Ius Gentium o Derecho de Gentes.[12]​ Durante este periodo se entiende la jurisprudencia como el "conjunto de criterios acerca de lo justo", proveniente de aquella persona que ha dedicado toda su vida al estudio del Derecho, alcanzando así un saber socialmente reconocido (jurisprudentes). Se entiende que la jurisprudencia debe estar siempre presente frente a otras fuentes, es decir, informando acerca de su contenido cuando la norma proviene de quien tiene poder (potestas) pero no auctoritas.

Cabe mencionar, además, que durante este periodo los jurisprudentes podían actuar de tres formas distintas:

  • Agere: Cuando los jurisconsultos laicos indican cuáles son las acciones que pueden hacer valer ante el magistrado y cómo deben hacerlos(actuar).
  • Cavere: Es la orientación que el jurisconsulto da a quienes quieren hacer un determinado negocio regulado por el Ius, cumpliendo los requisitos y solemnidades para así tener validez(prevenir).
  • Respondere: Cuando se da respuesta o criterio de solución acerca del derecho que interesa saber a un particular y a los mismos magistrados y jueces expresando principios y reglas que conformen el Ius Civile(responder).

En el año 367 a. C.[13]​ las Leges Liciniæ-Sextiæ culminaron el proceso de igualación entre patricios y plebeyos, permitiendo el acceso progresivo de estos últimos a las magistraturas y sacerdocios, aunque el primer Pontifex Maximus plebeyo tuvo que esperar más de un siglo.

Periodo Clásico

 
Servio Tulio (Frans Huys, siglo XVI)

Se extiende desde finales de la República hasta finales del Principado,[14]​ del 130 a. C. al 230 d. C. Durante esta época se desplaza desde lo formal hacia lo no formal, además, cabe destacar que durante este periodo los juristas no son abogados, sino, cultores de la ciencia jurídica aprendida por tradición, en una relación maestro-discípulo.

En el periodo que comprende al principado es el príncipe junto a los pretores quienes se rodean de un concilio conformado por jurisprudentes, dentro de estos los más destacados contaban con el privilegio de dar dictámenes con la autoridad del príncipe, lo cual se conoce como ius publice respondendi, es decir, expresar de cierto modo el derecho en nombre del príncipe. Con el paso del tiempo la cantidad de juristas que contaban con este privilegio fue en aumento, lo cual provocó que hubiesen opiniones o criterios discordantes entre ellos, lo que obligó a que bajo el gobierno de Adriano[15]​ se dispusiera oficialmente que las respuestas de los jurisconsultos, siempre y cuando estas concordasen, tuviesen fuerza de ley y en caso contrario el fallo quedase a criterio del juez.

Se entiende como el derecho de juristas a las normas jurídicas creadas en función de la jurisprudencia, en su actividad de dar respuestas y a su producción literaria, junto con esto se entiende que quien tiene cultura de vida y tiene siempre puesta la mirada sobre lo que es bueno y justo es jurisprudente y posee además la ciencia del derecho (jurisprudencia).

Los juristas más destacados de este periodo son:

  • Mucio Scévola: Fue uno de los primeros en ordenar el derecho en categorías, lo cual lo encontramos en su obra el ius civile, texto el cual se divide en 18 libros y es un manual clásico comentado hasta la mitad del Siglo II d. C.
  • Servio Tulio:[16]​ Su influencia sobre los juristas posteriores fue significativa, nótese que él fue el primero en escribir un comentario al edicto del pretor, que aunque fue muy escueto vino a introducir el cultivo literario del derecho honorario.

El sistema legal romano fue complicándose cada vez más, ya que los Tribunos de la Plebe[17]​ a través de los Comitia Tributa elaboraban Plebiscitos sobre los más variados asuntos, políticos, económicos, jurisdiccionales, mientras que el Senado, a través de las resoluciones llamadas Senatus Consultum[18][19]​ creaba jurisprudencia.

Con el advenimiento del Imperio, los emperadores asumieron la función de los Tribunos de la Plebe con el ejercicio de la Tribunicia Potestas, lo que les permitió legislar a través de los Edictos y Constituciones imperiales. Por su parte, los gobernadores provinciales poseían poderes jurisdiccionales y podían emitir leyes propias para sus provincias, pero que podían ser recurridas por los provinciales ante el Senado y/o el Emperador.

El resultado de todo este conjunto de disposiciones fue un enorme y farragoso aparato de leyes de diferentes rangos, muchas veces contradictorias, lo que hizo necesaria la aparición de la figura de los jurisconsultos (o Juristas), que trataban de simplificar el conjunto legal y formar doctrina jurídica, que pudiera aplicarse también a los nuevos casos. Entre ellos destacan Ulpiano,[20]Papiniano,[21]Herenio Modestino,[22]Gayo[23]​ y Paulo.[24]

Periodo Post-Clásico (Dominado)

Desde el 230 d. C. al 527 d. C. A mediados del siglo tercero, las condiciones para el florecimiento de una cultura jurídica refinado se habían vuelto menos favorable. La situación política y económica general se deterioró como los emperadores asumieron el control más directo de todos los aspectos de la vida política. El sistema político del principado, que había conservado algunas características de la constitución republicana, comenzó a transformarse en una monarquía absoluta.[25][26]​ Finalmente, la jurisprudencia como fuente del Derecho se ve enormemente afectada por la acción de los príncipes.

Además de los edictos, el príncipe dicta otras formas de normas, genéricamente reconocidas todas con el nombre de Constitutio principis que son:

  • Los edictos: normas generales que acentuarán su presencia como "leges" generales en la medida que se consolida el Imperio absoluto.
  • Los rescriptos: respuestas a consultas sobre cuestiones de Derecho expedidas por el emperador.
  • Los decretos: son verdaderas sentencias o resoluciones dictadas por el príncipe en causas o juicios conocidos en primera instancia o en segunda (apelación).
  • Los mandatos: constituyen instrucciones dirigidas a los funcionarios provinciales, particularmente a los gobernadores, para su mejor administración.

La existencia de una ciencia jurídica y de juristas que consideran la ley como una ciencia, no como un instrumento para alcanzar los objetivos políticos fijados por el monarca absoluto, no encajan bien en el nuevo orden de cosas. La producción literaria terminó. Pocos juristas después de mediados del siglo tercero se conocen por su nombre. Mientras que la ciencia jurídica y la educación jurídica persistieron hasta cierto punto, en la parte oriental del Imperio, la mayoría de las sutilezas en el derecho clásico llegó a ser ignorado y finalmente olvidado en el oeste, siendo la Ley clásica fue sustituida por la llamada ley vulgar. Durante este periodo la jurisprudencia vale como derecho en la medida que la lege imperial se lo admite, es por esto mismo que no se admite costumbre conta legem, sin embargo, de igual modo se desarrolla el Consuetudo el cual es un derecho no escrito la cual busca remediar las imperfecciones del órgano imperial.

Derecho justinianeo

 
Justiniano I.

Desde 527 a 565 se extiende en el Imperio de Oriente coincidiendo con el gobierno del Emperador Justiniano I. Importante trabajo recopilatorio realizado por Justiniano I con repercusión hasta la fecha de hoy.

Después de la disolución del Imperio Romano de Occidente, el Código de Justiniano se mantuvo en vigor en el imperio de Oriente, conocido en la era moderna como el Imperio bizantino[27]​ (331-1453). El total de la legislatura de Justiniano I se conoce hoy como el Corpus iuris civilis. Consiste en el Digesto o Pandectae, las Institutas y la Novellae.

Influencia e importancia

El Derecho romano se considera un excelente medio de educación jurídica. Los grandes jurisconsultos romanos, principalmente de la época clásica (entre el 130 a. C. y el 230 d. C.) brillaron por su capacidad creadora de nuevas instituciones, con su plasmado pragmático sobre el edicto pretorio, buscando siempre la consecución del ideal de justicia procedente de la filosofía griega del suum cuique tribuere (dar a cada uno lo suyo). Leibniz[28]​ los comparaba con los matemáticos que aplicaban sus principios como fórmulas algebraicas. Asimismo, el Derecho romano es indispensable para comprender la historia y literatura romanas, ya que los ciudadanos romanos estaban iniciados para la práctica del Derecho y tenían una inclinación natural hacia su estudio.

El Derecho romano es la base e inspiración del derecho civil[29]​ y comercial en muchos países:

La Common law estaba originalmente basada en el Derecho romano, antes de convertirse en una tradición en sí misma en Inglaterra, de donde se expandió hacia el Reino Unido (con excepción de Escocia), los Estados Unidos y gran parte de las antiguas colonias británicas.
En contraste, los llamados sistemas de derecho continental se encuentran basados más directamente en el Derecho romano; el sistema legal de la mayoría de los países en la Europa continental y Sudamérica caen en esta categoría, a menudo a través del Código Napoleónico.[30]​ Estos son generalmente llamados sistemas latinos.
El Derecho privado de nuestro tiempo tiene su antecedente remoto en este derecho, donde se originaron casi todas las instituciones existentes en la actualidad. En Occidente, la estructura del derecho civil todavía responde a directivas y criterios del Derecho romano, con mayor intensidad en los relacionados con la regulación de los derechos patrimoniales, en especial las obligaciones.[31]

No sucede lo mismo con el derecho de familia,[32]​ donde la influencia romana es mucho menor, siendo reemplazada por algunas valoraciones indicadas por la Iglesia católica. También posee poca influencia en las ramas del derecho privado como el derecho comercial, y prácticamente no influye en el derecho penal ni en las demás ramas del derecho público

Recepción del Derecho romano en Europa

El Derecho romano se difundió a consecuencia de la enseñanza universitaria que comenzó en Bolonia en el siglo XII, y más concretamente gracias a la labor desempeñada por el gramático y jurista Irnerio,[33]​ cuyo método consistente en hacer breves aclaraciones textuales o glosas y distinciones terminológicas, fue con posterioridad desarrollado de modo progresivo por los denominados Glosadores,[34]​ entre los que destacan Azón (profesor en Bolonia entre 1190 y 1229) y Acursio (compilador de las glosas de los predecesores en una Glossa ordinaria). Sin embargo, no fue hasta la aparición de Bartolo de Sassoferrato (discípulo de Cino da Pistoia y considerado por muchos romanistas como uno de los más influyentes juristas de todos los tiempos) en el siglo XIV, cuando el Derecho romano alcanzó un gran prestigio. Bártolo, que a pesar de su corta vida dejó una amplia obra basada en comentarios, tratados monográficos y dictámenes, fue el mayor artífice e impulsor del Derecho romano Común, que junto con el Derecho Canónico[35]​ originó el utrumque ius, que representa el fundamento de la cultura jurídica europea.

A partir del siglo XIV, Inglaterra presentó una tradición jurídica característica, diferente a la de la romanística en Europa, aunque se asemejaba en mayor medida al modo operativo de los juristas romanos y al desinterés por las pruebas judiciales. La recepción europea del Derecho Común revistió cierta importancia, aunque fue algo tardía, en Alemania, donde fue objeto de una elaboración científica que recibe el nombre de Derecho de Pandectas.

El Renacimiento trajo consigo la desacreditación del método empleado por Bartolo, consistente en el aprovechamiento de los textos del Corpus Iuris como argumentos de autoridad. Pero frente a esta concepción metodológica (el denominado mos Italicus), se contrapuso una nueva de tintes eruditos, que trataba de usar los textos del Corpus Iuris como fuentes de conocimiento para la reconstrucción de la historia jurídica romana, dentro del marco de otras fuentes, como pueden ser las literarias o las arqueológicas (mos Gallicus).

El primer intento de sistematizar totalmente el derecho se debe al emperador oriental Teodosio II, sucesor de Arcadio. Bajo su patrocinio, se elaboró el Codex Theodosianus,[36]​ que a su vez sirvió como base para la creación de derecho en los nuevos reinos germánicos que sucedieron al Imperio romano en occidente. Este código fue reconocido como fuente de derecho por el emperador Honorio,[37]​ tío de Teodosio II. El Breviarum Alarici o Lex Romana Visigothorum,[38]elaborada por el rey visigodo Alarico II, es un heredero directo del Codex Theodosianus.

Sin embargo, el número de disposiciones legales y de casos no contemplados por el Codex Theodosianus era elevado, por lo que el emperador Justiniano patrocinó la recopilación de todas las disposiciones en el Corpus Iuris Civilis,[39]​ que consta de las Institutiones o principios generales de derecho, del Digesto o colección de opiniones jurídicas de jurisconsultos heredadas del pasado para la consulta de jueces y magistrados en la resolución de casos, del Codex Iustinianus o recopilación de leyes en vigor desde tiempos Republicanos hasta la redacción del Corpus legal de Justiniano, y las Novellæ, ya en griego, que recogen las leyes emitidas en Bizancio a partir de Justiniano.

El monarca visigodo Recesvinto impulsó una nueva compilación que sustituyese al Breviario de Alarico, dando lugar al Liber Iudiciorum[40]​ que en los siguientes reinados fue recibiendo añadidos. Esta compilación fue recuperada a partir del siglo IX por el Reino de León y se convirtió en la base del derecho hispánico hasta la creación de las Siete Partidas de Alfonso X El Sabio.[41]

Derecho romano en la actualidad

Hoy en día, el derecho romano ya no se aplica en la práctica jurídica, a pesar de que los sistemas jurídicos de algunos estados como Sudáfrica[42]​ y San Marino aún se basan en el antiguo Ius Commune. Sin embargo, aun cuando la práctica jurídica se basa en un código, muchas normas derivadas del derecho romano se aplican: No hay código completamente rompió con la tradición romana. Por el contrario, las disposiciones del derecho romano se instalaría en un sistema más coherente y se expresan en la lengua nacional. Por esta razón, el conocimiento del derecho romano es indispensable para entender los sistemas jurídicos actuales. Por lo tanto, el derecho romano sigue siendo un tema obligatorio para los estudiantes de derecho en las jurisdicciones de derecho civil, con el fin de saber primero el origen de los diversos códigos civiles internacionales y de dar explicación a los diversos procesos o normas que nos rigen en la actualidad.

Como pasos hacia una unificación del derecho privado en los Estados miembros de la Unión Europea se están tomando, el viejo Ius Commune, que fue la base común de la práctica jurídica en todas partes, pero permitió a muchas variantes locales, es visto por muchos como un modelo.

Véase también

Referencias

  1. Derecho romano patrimonial, Pag. 33, Topasio Ferreti, Aldo, México D F, 1992, primera edición, U.A.M.
  2. http://es.scribd.com/doc/81250967/JURISPRUDENCIA-Concepto-y-Caracteristicas
  3. http://www.lexweb.cl/media/users/10/523229/files/49917/Jurisprudencia_en_la_epoca_de_los_romanos.pdfConsultado, 30 de Diciembre 2013
  4. Es una obra jurídica publicada en el año 533 d. C. por el emperador bizantino Justiniano I.
  5. Emilio Valiño, Instituciones de Derecho Privado romano, Valencia, 1977,p.p 16-17
  6. Francisco Samper, Derecho romano, Ediciones Universidad Internacional Sek. 1992, p. 92
  7. o Ley de igualdad romana fue un texto legal que contenía normas para regular la convivencia del pueblo romano. También recibió el nombre de ley decemviral http://derechoromanointersemestral.blogspot.com/2012/06/leyes-romanas-ley-de-las-xii-tablas.html Consultado, 30 de Diciembre 2013.
  8. Samper, op, cit; en p, 16 observa con precisión el alcance de las leyes públicas en el contenido del derecho privado clásico
  9. http://www.ecured.cu/index.php/Pretor
  10. http://www.derechoromano.es/2011/12/ius-civile-naturale-gentium.html Consultado, 30 de Diciembre 2013
  11. Un pretor (del latín prætor) era un magistrado romano cuya jerarquía se alineaba inmediatamente por debajo de la de cónsul. Su función principal era la de administrar justicia en la fase in iure, conceder interdictos, restitutiones in integrum y otras funciones judiciales http://www.imperivm.org/articulos/pretor.htmlConsultado el 16 de febrero de 2014 en Wayback Machine., 30 de diciembre de 2013.
  12. El derecho de gentes trata de las reglas aplicables a todas las colonias y provincias romanas, designando la parte del derecho público referida a las relaciones de Roma con estas (los tratados de paz o de alianza y las normas de la guerra), es decir, el equivalente al "derecho internacional", aunque no se puede hablar propiamente de tal, toda vez que en Roma no se conocía el concepto de nación. http://derecho.laguia2000.com/derecho-internacional/derecho-de-gentes Consultado, 30 de Diciembre 2013
  13. Tito Livio 4.3
  14. El Principado de Roma es el período de la Historia de Alto Imperio romano que va desde el ascenso de Octavio Augusto (27 a. C.) a la llegada de Diocleciano (284 d. C.) http://www.uaeh.edu.mx/docencia/P_Presentaciones/zimapan/derecho/derecho_romano_I/Derecho%20romano%20I_6.pdf Consultado, 30 de Diciembre 2013.
  15. Publio Elio Adriano (Itálica o Roma, 24 de enero de 76 – Bayas, 10 de julio de 138)
  16. Servio Tulio (reinado c. 578 a. C. – c. 534 a. C.)1 fue el sexto rey de Roma.
  17. El tribuno de la plebe (en latín, tribunus plebis) era un cargo de la antigua república romana que era elegido por los ciudadanos que componían la plebehttp://www.dirittoestoria.it/6/Memorie/Tribunato_della_Plebe/Constenla-El-Tribuno-de-la-Plebe.htm Consultado, 30 de diciembre de 2013.
  18. definición del senadoconsulto formulada por el jurista romano Gayo en sus Institutiones: G. 1.4
  19. http://pendientedemigracion.ucm.es/info/archiepi/aevh/singulares/senadoconsulto.html
  20. Domicio Ulpiano fue un jurista romano de origen fenicio, magister libellorum. Fue tutor, consejero y prefecto del pretorio del emperador Alejandro Severo. Definió la justicia como la continua y perpetua voluntad de dar a cada quien lo que merece http://www.biografiasyvidas.com/biografia/u/ulpiano.htm Consultado, 30 de Diciembre 2013.
  21. Emilio Papiniano también conocido simplemente por el nombre de Papiniano, fue un jurisconsulto romano, magister libellorum y prefecto del pretorio del emperador Septimio Severo. Fue discípulo del jurista Quinto Cervidio Escévola http://www.mcnbiografias.com/app-bio/do/show?key=papiniano-emiliano Consultado, 30 de Diciembre 2013.
  22. Fue un jurista posclásico del siglo III y discípulo de Ulpiano junto con Paulo biblio.juridicas.unam.mx/libros/3/1062/2.pdf Consultado, 30 de Diciembre 2013.
  23. Gayo (en latín, Gaius) (120? - 178?) fue un jurista romano de mediados del siglo II.
  24. Julius Paulus Prudentissimus fue uno de los más influyentes y distinguidos juristas romanos. Es también conocido como Paulo. Además, fue pretor, sirviendo en la época de la Dinastía Severa del Imperio romano http://trabajosromano.blogspot.com/2012/07/biografia-de-gayo.html Consultado, 30 de diciembre 2013.
  25. Emperadores toman directamente el control sobre todos los aspectos de la vida política.
  26. La monarquía absoluta es una forma de gobierno en la que el monarca (lleve el título de rey, emperador, zar o cualquier otro) tiene el poder absoluto. No existe en ella división de poderes (ejecutivo, legislativo y judicial).
  27. El Imperio bizantino, también llamado Imperio romano de Oriente o, sencillamente, Bizancio, fue el Estado heredero del Imperio romano que pervivió durante toda la Edad Media y el comienzo del Renacimiento y se ubicaba en el Mediterráneo oriental.
  28. Gottfried Wilhelm Leibniz, a veces von Leibniz1 (Leipzig, 1 de julio de 1646 - Hannover, 14 de noviembre de 1716) fue un filósofo, lógico, matemático, jurista, bibliotecario y político alemán.
  29. Al hablar de Derecho civil, nos referimos al conjunto de normas jurídicas y principios del derecho que regulan las relaciones personales o patrimoniales, voluntarias o forzosas, entre personas privadas o públicas, tanto físicas como jurídicas, de carácter privado y público, o incluso entre las últimas, siempre que actúen desprovistas de imperium o autotutela. http://www.diccionariojuridico.mx/?pag=busqueda&libro=2Consultado, 30 de Diciembre 2013
  30. El Código Civil francés (llamado Código de Napoleón o Código Napoleónico) es uno de los más conocidos códigos civiles del mundo.
  31. La obligación jurídica, en Derecho, es el vínculo jurídico mediante el cual dos partes (acreedora y deudora) quedan ligadas, debiendo la parte deudora cumplir con una prestación objeto de la obligación..
  32. El Derecho de familia o Derecho familiar es el conjunto de normas e instituciones jurídicas que regulan las relaciones personales y patrimoniales de los miembros que integran la familia, entre sí y respecto de terceros.http://definicionlegal.blogspot.com/2011/06/derecho-de-familia.html Consultado, 30 de Diciembre 2013
  33. Irnerio o Irnerius (Bolonia h. 1050 - h. 1130) fue un jurista italiano.
  34. la escuela de los jurisconsultos boloñeses o escuela de los Glosadores por ser la glosa o exégesis textual la forma en que se manifestó su actividad científica a la hora de estudiar el derecho romano justinianeo, fue fundada en los postreros años del siglo XI por el eminente jurista Irnerio.
  35. El Derecho canónico (del griego kanon/κανον, para regla, norma o medida) es una ciencia jurídica que conforma una rama dentro del Derecho cuya finalidad es estudiar y desarrollar la regulación jurídica de la Iglesia católica. http://diocese-tribunal.org/canonlaw.php?lang=es Consultado, 30 de Diciembre 2013
  36. El Código Teodosiano (Codex Theodosianus) es una compilación de leyes vigentes, de carácter oficial, cuya elaboración fue iniciativa del Estado en la época del Imperio romano.
  37. Honorio (Latín: Flavius Honorius Augustus; Constantinopla, 9 de septiembre de 384 - Rávena, 15 de agosto de 423) fue Emperador del Imperio Romano de Occidente del 395 hasta su muerte. http://www.tesorillo.com/bajo_imperio/honorio/1honorio.htm Consultado, 30 de Diciembre 2013
  38. El Breviario de Alarico (o Lex Romana Visigothorum) es un cuerpo legal visigodo, en el cual se recoge el Derecho romano vigente en el reino visigodo de Tolosa, que fue elaborado durante el reinado de Alarico II (487–507 d. C.).
  39. El Corpus iuris civilis (Cuerpo de Derecho civil) es la más importante recopilación de derecho romano de la historia.
  40. El Liber Iudiciorum (o Lex Visigothorum) fue un cuerpo de leyes visigodo, que también es conocido como Código de Recesvinto, Libro de los Jueces, Liber Iudicum, Liber Gothorum, Fori Iudicum, Forum Iudicum o Forum Iudiciorum. Este posee un carácter territorial, dispuesto por el rey Recesvinto y promulgado probablemente el año 654. http://www.historia-del-derecho.es/2012/01/el-liber-iudiciorum.html el 29 de diciembre de 2013 en Wayback Machine. Consultado 30 de Diciembre 2013
  41. Merello, Italo (1983). Historia del Derecho. Valparaíso: Ediciones Universitarias de Valparaíso.
  42. Gutierrez Sirvent, Sistemas jurídicos contemporáneos, Ed. Porrúa.

Biografía

Libros y artículos científicos

  • Derecho romano patrimonial, Topasio Ferreti, Aldo, México D F, primera edición, Universidad Autónoma de México 1992.
  • El Derecho Romano en la Historia de Europa, Stein, Peter G., Siglo Veintiuno de España Editores 1999.
  • Instituciones de derecho privado romano, Valiño, Emilio, Facultad de Derecho de Valencia 1977.
  • Historia del Derecho.Merello, Italo, Valparaíso: Ediciones Universitarias de Valparaíso(1983).
  • Historia del Derecho. Eyzaguirre, Jaime (1967), Santiago de Chile: Editorial Universitaria, S.A. 18.ª edición.
  • Gottfried Leibniz (2011). Javier Echeverría, ed. Obra completa. Biblioteca de Grandes Pensadores. Escritos metodológicos y epistemológicos; Escritos filosóficos; Escritos lógico-matemáticos; Escritos sobre máquinas y ciencias físico-naturales; Escritos jurídicos, políticos y sociales; Escritos teológicos y religiosos; Apéndice: esbozo autobiográfico. Madrid: Editorial Gredos. ISBN 9788424921309. 
  • Derecho Romano, Instituciones de Derecho Privado, Iglesias, Juan, Ediciones Ariel. Barcelona, 1972.
  • Historia del Derecho, Topasio Ferreti, Aldo, Endeval.
  •   Datos: Q16586019

jurisprudencia, derecho, romano, jurisprudencia, derecho, romano, considerada, fuentes, más, importantes, derecho, occidental, actual, como, historia, roma, jurisprudencia, como, fuente, derecho, entendida, como, ciencia, saber, derecho, diferencia, día, donde. La Jurisprudencia en el Derecho romano es considerada una de las fuentes mas importantes del Derecho Occidental actual 1 como a su vez en la Historia de Roma La Jurisprudencia como fuente del Derecho era entendida como la ciencia del saber del Derecho a diferencia de hoy en dia donde el eje principal de la jurisprudencia son las sentencias 2 Los Jurisprudentes o tambien conocidos como jurisconsultos eran hombres cuyo estudio del Derecho en la epoca romana era un quehacer pues ligados a la Aristocracia romana dedicaban gran parte de su tiempo a dicho proposito 3 La Jurisprudencia romana adquiere su trascendencia en el tiempo gracias al trabajo de Justiniano I cuya compilacion del Digesto 4 las novellae las Institutas y el Codex fue la base fundamental para la conformacion del Corpus Iuris Civilis durante el siglo VI d C Esta obra nos permite hoy en dia dilucidar la evolucion de las fuentes del Derecho a lo largo de su historia y ademas constituye una fundamental fuente de estudios para entender como se estructuraba el Derecho romano Gaius o Gayo jurista romano Indice 1 Origen Historico y Evolucion de la Jurisprudencia Romana 1 1 Arcaico 1 2 Periodo Pre Clasico 1 3 Periodo Clasico 1 4 Periodo Post Clasico Dominado 1 4 1 Derecho justinianeo 2 Influencia e importancia 2 1 Recepcion del Derecho romano en Europa 3 Derecho romano en la actualidad 4 Vease tambien 5 Referencias 6 BiografiaOrigen Historico y Evolucion de la Jurisprudencia Romana EditarLos desarrollos legales que abarcan mas de mil anos en la jurisprudencia desde las XII Tablas 449 a C hasta el Corpus Juris Civilis 529 d C siendo esta ultima ordenada por el emperador romano de Oriente Justiniano I La importancia historica de la ley romana se refleja en la continuacion del uso de la terminologia juridica latina en los sistemas juridicos influenciados por el Corpus iuris civilis Romani Gothofredus 1583 Arcaico Editar Alegoria de las XII tablas en un libro de derecho del siglo XVI Desde el 753 a C al 450 a C Se extiende a lo largo de la Monarquia romana y principios de la Republica romana Siendo entendido tambien como Periodo Arcaico es la primera etapa de la formacion del Derecho Romano La norma se expresa en los primeros tiempos de esta epoca solo por via de las antiguas costumbres las de los antepasados conocido como Mores maiorum que de por si constituye un derecho no escrito En este periodo el orden juridico de las civitas esta en manos de los pontifices el colegio sacerdotal exponente de la religion pagana romana Ellos son los que deciden si los actos o conductas de ciudadanos de Roma quirites eran congruentes con las normas que conformaban la tradicion juridica y por la cual debian regirse los ciudadanos en sus relaciones reciprocas Como consecuencia de ello surge el concepto del Ius cuya fuente son los Mores interpretados y concretados por los pontifices Cuando se refiere a las relaciones entre ciudadanos recibe el nombre de Ius civile 5 El primario concepto del derecho para los romanos puede traducirse de modo adjetival como lo justo y quienes califican si un acto es o no justo Ius son los pontifices 6 Cabe destacar que Quiritario es un termino usado en el antiguo Derecho Romano alusivo a los quirites esto es a los ciudadanos romanos Ostentaban tal calidad todos aquellos individuos de la especie humana que reunian los requisitos consagrados en el Ius Civile Los principales atributos que conferia el Ius Civile a los ciudadanos romanos fueron Ius Connubii derecho a contraer matrimonio civil o iustae nuptiae Ius Sufragii derecho al voto Ius Commercii derecho a ejercer el comercio Ius Honorum derecho a desempenar cargos publicos y altas dignidades del gobierno romano El primer texto legal es la Ley de las XII Tablas 7 que data de mediados del Siglo quinto antes de Cristo Esta ley es la primera escritura de las costumbres que recogio de modo escueto el derecho vigente Ius civile No obstante en el espiritu juridico de los romanos nunca existio el apego a lo literal de la ley que en esencia fue tomada en el devenir juridico romano solo como base para elaborar por los jurisprudentes un derecho cada vez mas cientifico y progresivo que termino por sobreponerse al mismo texto codificado 8 Roma no tendra otro derecho codificado como la Ley de las XII Tablas hasta el ocaso de la evolucion de su Derecho con la obra legislativa de Justiniano I en Siglo Siglo VI d C Roma asento las bases preferentemente en la jurisprudencia mas que en la legislacion Periodo Pre Clasico Editar Desde 450 a C al 130 a C se extiende desde la creacion del pretor urbano 9 Este periodo se caracteriza por el paso de una economia agraria a una economia mercantil La ley de las XII Tablas ya no representa esta realidad por lo que deben tener nuevas leyes que los regulen estas se crean a traves de los magistrados quienes dictan normas juridicas pero para ello se rodean de juristas consilium En este periodo se hace la distincion entre pretor urbano y pretor peregrino cuya transicion es conocida por cambiar el Ius Civile por Derecho de Gentes Ius gentium el cual tiene una vision universal del Derecho pues engloba tanto a peregrinos como a romanos 10 La compilacion legislativa se fue realizando de forma acumulativa a traves de los Edictos del Pretor 11 A partir de la Ley de las XII Tablas los Pretores asumieron la funcion jurisdiccional y para poder tipificar nuevos casos emitian al inicio de su mandato un Edicto en el que indicaban que era punible en el que asumian como propios los edictos de pretores anteriores y corregian o abolian las disposiciones recibidas Al principio los pretores eran solo dos uno el Praetor Vrbanus se dedicaba a juzgar los asuntos en los que participasen ciudadanos romanos mientras que el otro el Praetor Peregrinus atendia los casos en los que exclusivamente intervinieran no ciudadanos Los casos tratados eran bastante variados pero la mayoria derivaban de asuntos comerciales Asi las relaciones comerciales obligaron a la creacion del precedente del llamado derecho contractual un derecho ultro citroque obligatio que obliga a ambas partes a partir del cual nace el llamado Ius Gentium o Derecho de Gentes 12 Durante este periodo se entiende la jurisprudencia como el conjunto de criterios acerca de lo justo proveniente de aquella persona que ha dedicado toda su vida al estudio del Derecho alcanzando asi un saber socialmente reconocido jurisprudentes Se entiende que la jurisprudencia debe estar siempre presente frente a otras fuentes es decir informando acerca de su contenido cuando la norma proviene de quien tiene poder potestas pero no auctoritas Cabe mencionar ademas que durante este periodo los jurisprudentes podian actuar de tres formas distintas Agere Cuando los jurisconsultos laicos indican cuales son las acciones que pueden hacer valer ante el magistrado y como deben hacerlos actuar Cavere Es la orientacion que el jurisconsulto da a quienes quieren hacer un determinado negocio regulado por el Ius cumpliendo los requisitos y solemnidades para asi tener validez prevenir Respondere Cuando se da respuesta o criterio de solucion acerca del derecho que interesa saber a un particular y a los mismos magistrados y jueces expresando principios y reglas que conformen el Ius Civile responder En el ano 367 a C 13 las Leges Liciniae Sextiae culminaron el proceso de igualacion entre patricios y plebeyos permitiendo el acceso progresivo de estos ultimos a las magistraturas y sacerdocios aunque el primer Pontifex Maximus plebeyo tuvo que esperar mas de un siglo Periodo Clasico Editar Servio Tulio Frans Huys siglo XVI Se extiende desde finales de la Republica hasta finales del Principado 14 del 130 a C al 230 d C Durante esta epoca se desplaza desde lo formal hacia lo no formal ademas cabe destacar que durante este periodo los juristas no son abogados sino cultores de la ciencia juridica aprendida por tradicion en una relacion maestro discipulo En el periodo que comprende al principado es el principe junto a los pretores quienes se rodean de un concilio conformado por jurisprudentes dentro de estos los mas destacados contaban con el privilegio de dar dictamenes con la autoridad del principe lo cual se conoce como ius publice respondendi es decir expresar de cierto modo el derecho en nombre del principe Con el paso del tiempo la cantidad de juristas que contaban con este privilegio fue en aumento lo cual provoco que hubiesen opiniones o criterios discordantes entre ellos lo que obligo a que bajo el gobierno de Adriano 15 se dispusiera oficialmente que las respuestas de los jurisconsultos siempre y cuando estas concordasen tuviesen fuerza de ley y en caso contrario el fallo quedase a criterio del juez Se entiende como el derecho de juristas a las normas juridicas creadas en funcion de la jurisprudencia en su actividad de dar respuestas y a su produccion literaria junto con esto se entiende que quien tiene cultura de vida y tiene siempre puesta la mirada sobre lo que es bueno y justo es jurisprudente y posee ademas la ciencia del derecho jurisprudencia Los juristas mas destacados de este periodo son Mucio Scevola Fue uno de los primeros en ordenar el derecho en categorias lo cual lo encontramos en su obra el ius civile texto el cual se divide en 18 libros y es un manual clasico comentado hasta la mitad del Siglo II d C Servio Tulio 16 Su influencia sobre los juristas posteriores fue significativa notese que el fue el primero en escribir un comentario al edicto del pretor que aunque fue muy escueto vino a introducir el cultivo literario del derecho honorario El sistema legal romano fue complicandose cada vez mas ya que los Tribunos de la Plebe 17 a traves de los Comitia Tributa elaboraban Plebiscitos sobre los mas variados asuntos politicos economicos jurisdiccionales mientras que el Senado a traves de las resoluciones llamadas Senatus Consultum 18 19 creaba jurisprudencia Con el advenimiento del Imperio los emperadores asumieron la funcion de los Tribunos de la Plebe con el ejercicio de la Tribunicia Potestas lo que les permitio legislar a traves de los Edictos y Constituciones imperiales Por su parte los gobernadores provinciales poseian poderes jurisdiccionales y podian emitir leyes propias para sus provincias pero que podian ser recurridas por los provinciales ante el Senado y o el Emperador El resultado de todo este conjunto de disposiciones fue un enorme y farragoso aparato de leyes de diferentes rangos muchas veces contradictorias lo que hizo necesaria la aparicion de la figura de los jurisconsultos o Juristas que trataban de simplificar el conjunto legal y formar doctrina juridica que pudiera aplicarse tambien a los nuevos casos Entre ellos destacan Ulpiano 20 Papiniano 21 Herenio Modestino 22 Gayo 23 y Paulo 24 Periodo Post Clasico Dominado Editar Desde el 230 d C al 527 d C A mediados del siglo tercero las condiciones para el florecimiento de una cultura juridica refinado se habian vuelto menos favorable La situacion politica y economica general se deterioro como los emperadores asumieron el control mas directo de todos los aspectos de la vida politica El sistema politico del principado que habia conservado algunas caracteristicas de la constitucion republicana comenzo a transformarse en una monarquia absoluta 25 26 Finalmente la jurisprudencia como fuente del Derecho se ve enormemente afectada por la accion de los principes Ademas de los edictos el principe dicta otras formas de normas genericamente reconocidas todas con el nombre de Constitutio principis que son Los edictos normas generales que acentuaran su presencia como leges generales en la medida que se consolida el Imperio absoluto Los rescriptos respuestas a consultas sobre cuestiones de Derecho expedidas por el emperador Los decretos son verdaderas sentencias o resoluciones dictadas por el principe en causas o juicios conocidos en primera instancia o en segunda apelacion Los mandatos constituyen instrucciones dirigidas a los funcionarios provinciales particularmente a los gobernadores para su mejor administracion La existencia de una ciencia juridica y de juristas que consideran la ley como una ciencia no como un instrumento para alcanzar los objetivos politicos fijados por el monarca absoluto no encajan bien en el nuevo orden de cosas La produccion literaria termino Pocos juristas despues de mediados del siglo tercero se conocen por su nombre Mientras que la ciencia juridica y la educacion juridica persistieron hasta cierto punto en la parte oriental del Imperio la mayoria de las sutilezas en el derecho clasico llego a ser ignorado y finalmente olvidado en el oeste siendo la Ley clasica fue sustituida por la llamada ley vulgar Durante este periodo la jurisprudencia vale como derecho en la medida que la lege imperial se lo admite es por esto mismo que no se admite costumbre conta legem sin embargo de igual modo se desarrolla el Consuetudo el cual es un derecho no escrito la cual busca remediar las imperfecciones del organo imperial Derecho justinianeo Editar Justiniano I Desde 527 a 565 se extiende en el Imperio de Oriente coincidiendo con el gobierno del Emperador Justiniano I Importante trabajo recopilatorio realizado por Justiniano I con repercusion hasta la fecha de hoy Despues de la disolucion del Imperio Romano de Occidente el Codigo de Justiniano se mantuvo en vigor en el imperio de Oriente conocido en la era moderna como el Imperio bizantino 27 331 1453 El total de la legislatura de Justiniano I se conoce hoy como el Corpus iuris civilis Consiste en el Digesto o Pandectae las Institutas y la Novellae Influencia e importancia EditarEl Derecho romano se considera un excelente medio de educacion juridica Los grandes jurisconsultos romanos principalmente de la epoca clasica entre el 130 a C y el 230 d C brillaron por su capacidad creadora de nuevas instituciones con su plasmado pragmatico sobre el edicto pretorio buscando siempre la consecucion del ideal de justicia procedente de la filosofia griega del suum cuique tribuere dar a cada uno lo suyo Leibniz 28 los comparaba con los matematicos que aplicaban sus principios como formulas algebraicas Asimismo el Derecho romano es indispensable para comprender la historia y literatura romanas ya que los ciudadanos romanos estaban iniciados para la practica del Derecho y tenian una inclinacion natural hacia su estudio El Derecho romano es la base e inspiracion del derecho civil 29 y comercial en muchos paises La Common law estaba originalmente basada en el Derecho romano antes de convertirse en una tradicion en si misma en Inglaterra de donde se expandio hacia el Reino Unido con excepcion de Escocia los Estados Unidos y gran parte de las antiguas colonias britanicas En contraste los llamados sistemas de derecho continental se encuentran basados mas directamente en el Derecho romano el sistema legal de la mayoria de los paises en la Europa continental y Sudamerica caen en esta categoria a menudo a traves del Codigo Napoleonico 30 Estos son generalmente llamados sistemas latinos El Derecho privado de nuestro tiempo tiene su antecedente remoto en este derecho donde se originaron casi todas las instituciones existentes en la actualidad En Occidente la estructura del derecho civil todavia responde a directivas y criterios del Derecho romano con mayor intensidad en los relacionados con la regulacion de los derechos patrimoniales en especial las obligaciones 31 No sucede lo mismo con el derecho de familia 32 donde la influencia romana es mucho menor siendo reemplazada por algunas valoraciones indicadas por la Iglesia catolica Tambien posee poca influencia en las ramas del derecho privado como el derecho comercial y practicamente no influye en el derecho penal ni en las demas ramas del derecho publico Recepcion del Derecho romano en Europa Editar Bartolo de Sassoferrato El Derecho romano se difundio a consecuencia de la ensenanza universitaria que comenzo en Bolonia en el siglo XII y mas concretamente gracias a la labor desempenada por el gramatico y jurista Irnerio 33 cuyo metodo consistente en hacer breves aclaraciones textuales o glosas y distinciones terminologicas fue con posterioridad desarrollado de modo progresivo por los denominados Glosadores 34 entre los que destacan Azon profesor en Bolonia entre 1190 y 1229 y Acursio compilador de las glosas de los predecesores en una Glossa ordinaria Sin embargo no fue hasta la aparicion de Bartolo de Sassoferrato discipulo de Cino da Pistoia y considerado por muchos romanistas como uno de los mas influyentes juristas de todos los tiempos en el siglo XIV cuando el Derecho romano alcanzo un gran prestigio Bartolo que a pesar de su corta vida dejo una amplia obra basada en comentarios tratados monograficos y dictamenes fue el mayor artifice e impulsor del Derecho romano Comun que junto con el Derecho Canonico 35 origino el utrumque ius que representa el fundamento de la cultura juridica europea A partir del siglo XIV Inglaterra presento una tradicion juridica caracteristica diferente a la de la romanistica en Europa aunque se asemejaba en mayor medida al modo operativo de los juristas romanos y al desinteres por las pruebas judiciales La recepcion europea del Derecho Comun revistio cierta importancia aunque fue algo tardia en Alemania donde fue objeto de una elaboracion cientifica que recibe el nombre de Derecho de Pandectas El Renacimiento trajo consigo la desacreditacion del metodo empleado por Bartolo consistente en el aprovechamiento de los textos del Corpus Iuris como argumentos de autoridad Pero frente a esta concepcion metodologica el denominado mos Italicus se contrapuso una nueva de tintes eruditos que trataba de usar los textos del Corpus Iuris como fuentes de conocimiento para la reconstruccion de la historia juridica romana dentro del marco de otras fuentes como pueden ser las literarias o las arqueologicas mos Gallicus El primer intento de sistematizar totalmente el derecho se debe al emperador oriental Teodosio II sucesor de Arcadio Bajo su patrocinio se elaboro el Codex Theodosianus 36 que a su vez sirvio como base para la creacion de derecho en los nuevos reinos germanicos que sucedieron al Imperio romano en occidente Este codigo fue reconocido como fuente de derecho por el emperador Honorio 37 tio de Teodosio II El Breviarum Alarici o Lex Romana Visigothorum 38 elaborada por el rey visigodo Alarico II es un heredero directo del Codex Theodosianus Sin embargo el numero de disposiciones legales y de casos no contemplados por el Codex Theodosianus era elevado por lo que el emperador Justiniano patrocino la recopilacion de todas las disposiciones en el Corpus Iuris Civilis 39 que consta de las Institutiones o principios generales de derecho del Digesto o coleccion de opiniones juridicas de jurisconsultos heredadas del pasado para la consulta de jueces y magistrados en la resolucion de casos del Codex Iustinianus o recopilacion de leyes en vigor desde tiempos Republicanos hasta la redaccion del Corpus legal de Justiniano y las Novellae ya en griego que recogen las leyes emitidas en Bizancio a partir de Justiniano El monarca visigodo Recesvinto impulso una nueva compilacion que sustituyese al Breviario de Alarico dando lugar al Liber Iudiciorum 40 que en los siguientes reinados fue recibiendo anadidos Esta compilacion fue recuperada a partir del siglo IX por el Reino de Leon y se convirtio en la base del derecho hispanico hasta la creacion de las Siete Partidas de Alfonso X El Sabio 41 Derecho romano en la actualidad EditarHoy en dia el derecho romano ya no se aplica en la practica juridica a pesar de que los sistemas juridicos de algunos estados como Sudafrica 42 y San Marino aun se basan en el antiguo Ius Commune Sin embargo aun cuando la practica juridica se basa en un codigo muchas normas derivadas del derecho romano se aplican No hay codigo completamente rompio con la tradicion romana Por el contrario las disposiciones del derecho romano se instalaria en un sistema mas coherente y se expresan en la lengua nacional Por esta razon el conocimiento del derecho romano es indispensable para entender los sistemas juridicos actuales Por lo tanto el derecho romano sigue siendo un tema obligatorio para los estudiantes de derecho en las jurisdicciones de derecho civil con el fin de saber primero el origen de los diversos codigos civiles internacionales y de dar explicacion a los diversos procesos o normas que nos rigen en la actualidad Como pasos hacia una unificacion del derecho privado en los Estados miembros de la Union Europea se estan tomando el viejo Ius Commune que fue la base comun de la practica juridica en todas partes pero permitio a muchas variantes locales es visto por muchos como un modelo Vease tambien EditarCorpus iuris civilis Historia de Roma Digesto Institutas Justiniano I Derecho romano Ley de las XII TablasReferencias Editar Derecho romano patrimonial Pag 33 Topasio Ferreti Aldo Mexico D F 1992 primera edicion U A M http es scribd com doc 81250967 JURISPRUDENCIA Concepto y Caracteristicas http www lexweb cl media users 10 523229 files 49917 Jurisprudencia en la epoca de los romanos pdfConsultado 30 de Diciembre 2013 Es una obra juridica publicada en el ano 533 d C por el emperador bizantino Justiniano I Emilio Valino Instituciones de Derecho Privado romano Valencia 1977 p p 16 17 Francisco Samper Derecho romano Ediciones Universidad Internacional Sek 1992 p 92 o Ley de igualdad romana fue un texto legal que contenia normas para regular la convivencia del pueblo romano Tambien recibio el nombre de ley decemviral http derechoromanointersemestral blogspot com 2012 06 leyes romanas ley de las xii tablas html Consultado 30 de Diciembre 2013 Samper op cit en p 16 observa con precision el alcance de las leyes publicas en el contenido del derecho privado clasico http www ecured cu index php Pretor http www derechoromano es 2011 12 ius civile naturale gentium html Consultado 30 de Diciembre 2013 Un pretor del latin praetor era un magistrado romano cuya jerarquia se alineaba inmediatamente por debajo de la de consul Su funcion principal era la de administrar justicia en la fase in iure conceder interdictos restitutiones in integrum y otras funciones judiciales http www imperivm org articulos pretor htmlConsultado Archivado el 16 de febrero de 2014 en Wayback Machine 30 de diciembre de 2013 El derecho de gentes trata de las reglas aplicables a todas las colonias y provincias romanas designando la parte del derecho publico referida a las relaciones de Roma con estas los tratados de paz o de alianza y las normas de la guerra es decir el equivalente al derecho internacional aunque no se puede hablar propiamente de tal toda vez que en Roma no se conocia el concepto de nacion http derecho laguia2000 com derecho internacional derecho de gentes Consultado 30 de Diciembre 2013 Tito Livio 4 3 El Principado de Roma es el periodo de la Historia de Alto Imperio romano que va desde el ascenso de Octavio Augusto 27 a C a la llegada de Diocleciano 284 d C http www uaeh edu mx docencia P Presentaciones zimapan derecho derecho romano I Derecho 20romano 20I 6 pdf Consultado 30 de Diciembre 2013 Publio Elio Adriano Italica o Roma 24 de enero de 76 Bayas 10 de julio de 138 Servio Tulio reinado c 578 a C c 534 a C 1 fue el sexto rey de Roma El tribuno de la plebe en latin tribunus plebis era un cargo de la antigua republica romana que era elegido por los ciudadanos que componian la plebehttp www dirittoestoria it 6 Memorie Tribunato della Plebe Constenla El Tribuno de la Plebe htm Consultado 30 de diciembre de 2013 definicion del senadoconsulto formulada por el jurista romano Gayo en sus Institutiones G 1 4 http pendientedemigracion ucm es info archiepi aevh singulares senadoconsulto html Domicio Ulpiano fue un jurista romano de origen fenicio magister libellorum Fue tutor consejero y prefecto del pretorio del emperador Alejandro Severo Definio la justicia como la continua y perpetua voluntad de dar a cada quien lo que merece http www biografiasyvidas com biografia u ulpiano htm Consultado 30 de Diciembre 2013 Emilio Papiniano tambien conocido simplemente por el nombre de Papiniano fue un jurisconsulto romano magister libellorum y prefecto del pretorio del emperador Septimio Severo Fue discipulo del jurista Quinto Cervidio Escevola http www mcnbiografias com app bio do show key papiniano emiliano Consultado 30 de Diciembre 2013 Fue un jurista posclasico del siglo III y discipulo de Ulpiano junto con Paulo biblio juridicas unam mx libros 3 1062 2 pdf Consultado 30 de Diciembre 2013 Gayo en latin Gaius 120 178 fue un jurista romano de mediados del siglo II Julius Paulus Prudentissimus fue uno de los mas influyentes y distinguidos juristas romanos Es tambien conocido como Paulo Ademas fue pretor sirviendo en la epoca de la Dinastia Severa del Imperio romano http trabajosromano blogspot com 2012 07 biografia de gayo html Consultado 30 de diciembre 2013 Emperadores toman directamente el control sobre todos los aspectos de la vida politica La monarquia absoluta es una forma de gobierno en la que el monarca lleve el titulo de rey emperador zar o cualquier otro tiene el poder absoluto No existe en ella division de poderes ejecutivo legislativo y judicial El Imperio bizantino tambien llamado Imperio romano de Oriente o sencillamente Bizancio fue el Estado heredero del Imperio romano que pervivio durante toda la Edad Media y el comienzo del Renacimiento y se ubicaba en el Mediterraneo oriental Gottfried Wilhelm Leibniz a veces von Leibniz1 Leipzig 1 de julio de 1646 Hannover 14 de noviembre de 1716 fue un filosofo logico matematico jurista bibliotecario y politico aleman Al hablar de Derecho civil nos referimos al conjunto de normas juridicas y principios del derecho que regulan las relaciones personales o patrimoniales voluntarias o forzosas entre personas privadas o publicas tanto fisicas como juridicas de caracter privado y publico o incluso entre las ultimas siempre que actuen desprovistas de imperium o autotutela http www diccionariojuridico mx pag busqueda amp libro 2Consultado 30 de Diciembre 2013 El Codigo Civil frances llamado Codigo de Napoleon o Codigo Napoleonico es uno de los mas conocidos codigos civiles del mundo La obligacion juridica en Derecho es el vinculo juridico mediante el cual dos partes acreedora y deudora quedan ligadas debiendo la parte deudora cumplir con una prestacion objeto de la obligacion El Derecho de familia o Derecho familiar es el conjunto de normas e instituciones juridicas que regulan las relaciones personales y patrimoniales de los miembros que integran la familia entre si y respecto de terceros http definicionlegal blogspot com 2011 06 derecho de familia html Consultado 30 de Diciembre 2013 Irnerio o Irnerius Bolonia h 1050 h 1130 fue un jurista italiano la escuela de los jurisconsultos boloneses o escuela de los Glosadores por ser la glosa o exegesis textual la forma en que se manifesto su actividad cientifica a la hora de estudiar el derecho romano justinianeo fue fundada en los postreros anos del siglo XI por el eminente jurista Irnerio El Derecho canonico del griego kanon kanon para regla norma o medida es una ciencia juridica que conforma una rama dentro del Derecho cuya finalidad es estudiar y desarrollar la regulacion juridica de la Iglesia catolica http diocese tribunal org canonlaw php lang es Consultado 30 de Diciembre 2013 El Codigo Teodosiano Codex Theodosianus es una compilacion de leyes vigentes de caracter oficial cuya elaboracion fue iniciativa del Estado en la epoca del Imperio romano Honorio Latin Flavius Honorius Augustus Constantinopla 9 de septiembre de 384 Ravena 15 de agosto de 423 fue Emperador del Imperio Romano de Occidente del 395 hasta su muerte http www tesorillo com bajo imperio honorio 1honorio htm Consultado 30 de Diciembre 2013 El Breviario de Alarico o Lex Romana Visigothorum es un cuerpo legal visigodo en el cual se recoge el Derecho romano vigente en el reino visigodo de Tolosa que fue elaborado durante el reinado de Alarico II 487 507 d C El Corpus iuris civilis Cuerpo de Derecho civil es la mas importante recopilacion de derecho romano de la historia El Liber Iudiciorum o Lex Visigothorum fue un cuerpo de leyes visigodo que tambien es conocido como Codigo de Recesvinto Libro de los Jueces Liber Iudicum Liber Gothorum Fori Iudicum Forum Iudicum o Forum Iudiciorum Este posee un caracter territorial dispuesto por el rey Recesvinto y promulgado probablemente el ano 654 http www historia del derecho es 2012 01 el liber iudiciorum html Archivado el 29 de diciembre de 2013 en Wayback Machine Consultado 30 de Diciembre 2013 Merello Italo 1983 Historia del Derecho Valparaiso Ediciones Universitarias de Valparaiso Gutierrez Sirvent Sistemas juridicos contemporaneos Ed Porrua Biografia EditarLibros y articulos cientificos Derecho romano patrimonial Topasio Ferreti Aldo Mexico D F primera edicion Universidad Autonoma de Mexico 1992 El Derecho Romano en la Historia de Europa Stein Peter G Siglo Veintiuno de Espana Editores 1999 Instituciones de derecho privado romano Valino Emilio Facultad de Derecho de Valencia 1977 Historia del Derecho Merello Italo Valparaiso Ediciones Universitarias de Valparaiso 1983 Historia del Derecho Eyzaguirre Jaime 1967 Santiago de Chile Editorial Universitaria S A 18 ª edicion Gottfried Leibniz 2011 Javier Echeverria ed Obra completa Biblioteca de Grandes Pensadores Escritos metodologicos y epistemologicos Escritos filosoficos Escritos logico matematicos Escritos sobre maquinas y ciencias fisico naturales Escritos juridicos politicos y sociales Escritos teologicos y religiosos Apendice esbozo autobiografico Madrid Editorial Gredos ISBN 9788424921309 Derecho Romano Instituciones de Derecho Privado Iglesias Juan Ediciones Ariel Barcelona 1972 Historia del Derecho Topasio Ferreti Aldo Endeval Datos Q16586019 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Jurisprudencia en el derecho romano amp oldid 145039424, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

español

, española, descargar, gratis, descargar gratis, mp3, video, mp4, 3gp, jpg, jpeg, gif, png, imagen, música, canción, película, libro, juego, juegos