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Ius gentium

Ius gentium o jus gentium, el derecho de gentes, en un sentido restringido comprende las instituciones del derecho romano de las que pueden participar los extranjeros (peregrini) que tenían tratos con Roma y sus ciudadanos (cives), por lo que supone una complementación del ius civile, para aplicarlo con individuos que no ostentaran la ciudadanía romana. En sentido propiamente moderno, el ius gentium es sobre todo una elaboración de la Escuela de Salamanca.

Al principio sólo existía un pretor, pero cuando Roma comienza a expandirse y a tener relaciones con otros países, se ve la necesidad de crear otro, así en el año 242 a. C. se crea la magistratura del Praetor Peregrinus, que atendía los casos en los que exclusivamente intervinieran no ciudadanos. Al crearse esta nueva magistratura comenzó a llamarse al anterior pretor como Praetor Urbanus, dedicado a juzgar los asuntos en los que participasen ciudadanos romanos. Los casos tratados eran bastante variados, pero la mayoría derivaban de asuntos comerciales. Así, las relaciones comerciales obligaron a la creación del precedente del llamado derecho contractual, un derecho ultro citroque obligatio (que obliga a ambas partes), a partir del cual nace el ius gentium.

Concepto

En un sentido amplio, el derecho de gentes trata de reglas básicas para el entendimiento aplicables a todas las colonias y provincias romanas, designando la parte del derecho público referida a las relaciones de Roma con estas (los tratados de paz o de alianza y las normas de la guerra), es decir, el equivalente al "derecho internacional", aunque no se puede hablar propiamente de tal, toda vez que en Roma no se había acuñado el concepto de nación.

Aunque en algunos aspectos el derecho de gentes pueda coincidir con el derecho natural, se trata de dos conceptos diferentes, ya que instituciones del derecho de gentes, aceptadas en la antigüedad y algunas otras épocas históricas, como la esclavitud, no se compadecen con el derecho natural, el cual a su vez reconoce derechos a la persona humana que el derecho de gentes no contempla.

«Todos los pueblos se rigen por leyes y costumbres y usan en parte su propio derecho y en parte el derecho común de todos los hombres; pues el derecho que cada pueblo establece para sí, ese es suyo propio, y se llama derecho civil (...); en cambio, el que la razón natural establece entre todos los hombres, ése observa uniformemente entre todos los pueblos y se llama derecho de gentes, como si dijéramos que es el derecho que usan todas las naciones».[1]

A partir de Grocio se entiende por derecho de gentes la norma no escrita que regula las relaciones entre los Estados o las relaciones entre los ciudadanos de diferentes Estados, o sea, el derecho natural internacional.[2]

Historia

El origen del derecho de gentes se produce en el siglo III a. C. por dos circunstancias: la internacionalización de Roma por la expansión política y económica y, la creación de la estructura unipersonal de la pretura, la única de las magistraturas que no había sido colegiada tras las Leges Liciniae-Sextiae (también llamadas Ley Licinia).[3]

El ius gentium rellenó el vacío jurídico existente frente a los extranjeros (llamados peregrinos), ya que los tratados con las ciudades extranjeras no otorgaba una protección a las mismas, de este modo, los extranjeros no eran regulados por el ius civile (derecho civil). El praetor peregrino fue el encargado jurídico de los extranjeros cuando el flujo de éstos se hizo más asiduo y de los tratados con los mismos.[4]

Cabe destacar que el pretor peregrino poseía una amplia libertad de acción comparado con el formalismo del ius civile. El derecho de gentes se constituyó en una especie de derecho común de los pueblos, confundiéndose con la noción de derecho natural que había sido heredado de los griegos.[4]

Con las relaciones patrimoniales inter vivos, que eran de suma importancia para el comercio romano, se dio el abandono del riguroso formalismo romano, sustituyéndolo por el flexible derecho de gentes. De aquí se desprenderán contrataciones desprovistas de formas solemnes como el contrato de préstamo, depósito, prenda, compraventa, arrendamiento, sociedad y mandato; como también de adquisiciones de propiedades por tradición, ocupación y accesión y reglas del parentesco entre consanguíneos.[5]

Ya a mediados del siglo V a. C. y por influencia del sofista griego Antifonte, algunos juristas comenzaron a considerar al hombre como libre por naturaleza, tomando de esta forma a la esclavitud y su comercio como ius gentium pero no como ius naturale.[notas 1]​ La separación del derecho natural por considerar libre al hombre por nacimiento es la que diferencia al derecho de gentes considerándolo como consetudinario, mas no como algo natural.[6]

Se añadió los conceptos que el ius gentium puede ser ius civile, pero no todo derecho civil será derecho de gentes. Gayo distinguirá del derecho de gentes como ius commune (derecho común) de todos los pueblos, contrapuesto al ius civile exclusivo de los ciudadanos romanos.[6]

En épocas postclásicas, el ius gentium se referirá al derecho público (ius publicum), sobre todo en los casos de guerras las cuales eran la causa principal de la esclavitud en esos momentos. Así, adquirirá la forma de "derecho de la guerra y de la paz" que a partir del siglo XIX comenzará a denominarse "Derecho Internacional Público".[6]

Utilización del ius gentium

Los llamados peregrini dedicticii, que eran extranjeros con territorios conquistados por los romanos que, por no haberse rendido incondicionalmente les privaron de sus leyes propias y se las reemplazó por el ius gentium. Aun así, tenían prohibida la residencia en Roma y a cien millas alrededor y frecuentemente debían pagar un tributo especial. Contaban con escasos derechos como el de casamiento (ius connubii) y el de comercio (ius commercium).[7]

Asimismo, los peregrinos no podían ser propietarios mediante el derecho quiritario, aun cuando poseían el ius commercii. Sin embargo poseían haciendas privadas, llamadas "propiedad peregrina", reguladas por el derecho de gentes, así tanto los gobernadores provinciales como el pretor peregrino protegían estas propiedades mediante acciones análogas bajo el derecho quiritario. Recién con el emperador Caracalla desaparecerá la condición de extranjero y se unifica a la propiedad peregrina.[8]

Diferencias de conceptos

A lo largo de los siglos se ha producido una desviación semántica del significado del ius gentium como originalmente se concibió. Entre los clásicos podemos encontrar que Justiniano en sus «Institutas» lo concebía como dentro del derecho privado, junto al derecho civil y al derecho natural; Cicerón lo denominó quasi-civile ius en «De finibus» y, al igual que Gayo, lo equipararía con el ius naturale en «De officiis».[9]

Por su parte, Ulpiano en las «Institutas» distinguiría entre los derechos de los hombres y los derechos de los animales, dando la diferenciación entre el ius gentium y el natural. Santo Tomás de Aquino en «Suma Teológica» distinguirá entre el derecho de los seres animados, del hombre, del género humano, los derechos entre naciones y como el derecho de gentes.[9]

Así, por la tradición escolástica de los teólogos y jurisconsultos de los siglos XVI y XVII tardíamente reconocerían al ius gentium como referido exclusivamente al derecho entre los diferentes Estados. En contra de lo tradicional, Hugo Grocio afirma que el derecho de gentes existe y que posee tres fuentes: la naturaleza, la voluntad de Dios y el consentimiento.[9]Christian Wolff consideraría al derecho de gentes como el derecho civil de la civitas maxima, la sociedad de naciones, siendo uno de los primeros en señalar al derecho de gentes por sobre el de las naciones. Jean Bodin expresa al derecho de gentes como el que abarca los derechos esenciales del hombre, los acuerdos de los pueblos en el derecho internacional y lo considera cercano a lo que actualmente se denomina derecho humanitario. Bodin, lo yuxtapone a las relaciones voluntarias y le da carácter de orden público que contiene principios comunes a la ley de Dios, ante los cuales los derechos deben doblegarse.[10]

Desarrollo moderno

El desarrollo moderno del "derecho de gentes" es principalmente creación española: tras el precedente de Isidoro de Sevilla, arranca sobre todo de Alonso de Madrigal y culmina en Francisco de Vitoria, principal maestro de la Escuela de Salamanca, corriente de pensamiento que afrontó con genialidad el curso inicial de la problemática moral, política y económica de los tiempos de la primera globalización, suscitada por el descubrimiento del Nuevo Mundo.

Véase también

Bibliografía

  • Petit, Eugène (1969) Tratado Elemental de derecho Romano: 6. 2. b). México: Editora Nacional.
  • Álvarez Lodoño, Luis Fernando (2000). La historia del Derecho Internacional Público. Pontificia Universidad Javeriana. p. 408. ISBN 958-683-034-9. 
  • Bernard Mainar, Rafael (2006). Curso de Derecho Privado Romano (2 edición). Caracas: Universidad Católica Andrés Bello. p. 660. ISBN 980-244-286-0. 
  • Betancourt, Fernando (2007). Derecho romano clásico (3 edición). España: Universidad de Sevilla. p. 666. 
  • Castillejo, José (2004). Historia del Derecho Romano. Madrid: Dykinson. p. 527. ISBN 84-9772-427-5. 
  • Castro Sáenz, Alfonso (2006). Compendio Histórico de Derecho Romano (3 edición). Madrid: Tébar. p. 1264. ISBN 978-84-7360-256-3. 
  • García Garrido, Manuel Jesús (2006). Diccionario de Jurisprudencia Romana. España: Dykinson. p. 459. ISBN 84-86133-16-5. 
  • Raynaud, Philippe (2001). Diccionario Akal de Filosofía Política. España: Akal. p. 906. ISBN 84-460-1068-2. 

Referencias

  1. Gayo, 1 Institutas, D. 1.1.9.
  2. “Diccionario de Filosofía” de Nicola Abbagnano – Fondo de Cultura Económica – ISBN 968-16-1189-6
  3. Castro Sáenz, 2006, p. 300.
  4. (Álvarez Lodoño, 2000, p. 62)
  5. (Castillejo, 2004, p. 294-295)
  6. (Betancourt, 2007, p. 67)
  7. (Bernard Mainar, 2001, p. 158)
  8. (Bernard Mainar, 2001, p. 250)
  9. (Raynaud, 2001, p. 168)
  10. (Raynaud, 2001, p. 169)

Notas

  1. «Otros, sin embargo, opinan que es contrario a la naturaleza que un solo hombre sea señor de otro hombre, por lo que hace que un hombre sea libre y otro sea esclavo es solamente una convención, y entre ellos no hay ninguna diferencia natural, y que, por lo tanto, esto es injusto, porque se basa en la fuerza». Aristóteles, Política, 1.2.

Enlaces externos

  •   Wikcionario tiene definiciones y otra información sobre Ius gentium.
  •   Datos: Q160085

gentium, gentium, derecho, gentes, sentido, restringido, comprende, instituciones, derecho, romano, pueden, participar, extranjeros, peregrini, tenían, tratos, roma, ciudadanos, cives, supone, complementación, civile, para, aplicarlo, individuos, ostentaran, c. Ius gentium o jus gentium el derecho de gentes en un sentido restringido comprende las instituciones del derecho romano de las que pueden participar los extranjeros peregrini que tenian tratos con Roma y sus ciudadanos cives por lo que supone una complementacion del ius civile para aplicarlo con individuos que no ostentaran la ciudadania romana En sentido propiamente moderno el ius gentium es sobre todo una elaboracion de la Escuela de Salamanca Al principio solo existia un pretor pero cuando Roma comienza a expandirse y a tener relaciones con otros paises se ve la necesidad de crear otro asi en el ano 242 a C se crea la magistratura del Praetor Peregrinus que atendia los casos en los que exclusivamente intervinieran no ciudadanos Al crearse esta nueva magistratura comenzo a llamarse al anterior pretor como Praetor Urbanus dedicado a juzgar los asuntos en los que participasen ciudadanos romanos Los casos tratados eran bastante variados pero la mayoria derivaban de asuntos comerciales Asi las relaciones comerciales obligaron a la creacion del precedente del llamado derecho contractual un derecho ultro citroque obligatio que obliga a ambas partes a partir del cual nace el ius gentium Indice 1 Concepto 2 Historia 2 1 Utilizacion del ius gentium 2 2 Diferencias de conceptos 2 3 Desarrollo moderno 3 Vease tambien 4 Bibliografia 4 1 Referencias 4 2 Notas 5 Enlaces externosConcepto EditarEn un sentido amplio el derecho de gentes trata de reglas basicas para el entendimiento aplicables a todas las colonias y provincias romanas designando la parte del derecho publico referida a las relaciones de Roma con estas los tratados de paz o de alianza y las normas de la guerra es decir el equivalente al derecho internacional aunque no se puede hablar propiamente de tal toda vez que en Roma no se habia acunado el concepto de nacion Aunque en algunos aspectos el derecho de gentes pueda coincidir con el derecho natural se trata de dos conceptos diferentes ya que instituciones del derecho de gentes aceptadas en la antiguedad y algunas otras epocas historicas como la esclavitud no se compadecen con el derecho natural el cual a su vez reconoce derechos a la persona humana que el derecho de gentes no contempla Todos los pueblos se rigen por leyes y costumbres y usan en parte su propio derecho y en parte el derecho comun de todos los hombres pues el derecho que cada pueblo establece para si ese es suyo propio y se llama derecho civil en cambio el que la razon natural establece entre todos los hombres ese observa uniformemente entre todos los pueblos y se llama derecho de gentes como si dijeramos que es el derecho que usan todas las naciones 1 Gayo A partir de Grocio se entiende por derecho de gentes la norma no escrita que regula las relaciones entre los Estados o las relaciones entre los ciudadanos de diferentes Estados o sea el derecho natural internacional 2 Historia EditarEl origen del derecho de gentes se produce en el siglo III a C por dos circunstancias la internacionalizacion de Roma por la expansion politica y economica y la creacion de la estructura unipersonal de la pretura la unica de las magistraturas que no habia sido colegiada tras las Leges Liciniae Sextiae tambien llamadas Ley Licinia 3 El ius gentium relleno el vacio juridico existente frente a los extranjeros llamados peregrinos ya que los tratados con las ciudades extranjeras no otorgaba una proteccion a las mismas de este modo los extranjeros no eran regulados por el ius civile derecho civil El praetor peregrino fue el encargado juridico de los extranjeros cuando el flujo de estos se hizo mas asiduo y de los tratados con los mismos 4 Cabe destacar que el pretor peregrino poseia una amplia libertad de accion comparado con el formalismo del ius civile El derecho de gentes se constituyo en una especie de derecho comun de los pueblos confundiendose con la nocion de derecho natural que habia sido heredado de los griegos 4 Con las relaciones patrimoniales inter vivos que eran de suma importancia para el comercio romano se dio el abandono del riguroso formalismo romano sustituyendolo por el flexible derecho de gentes De aqui se desprenderan contrataciones desprovistas de formas solemnes como el contrato de prestamo deposito prenda compraventa arrendamiento sociedad y mandato como tambien de adquisiciones de propiedades por tradicion ocupacion y accesion y reglas del parentesco entre consanguineos 5 Ya a mediados del siglo V a C y por influencia del sofista griego Antifonte algunos juristas comenzaron a considerar al hombre como libre por naturaleza tomando de esta forma a la esclavitud y su comercio como ius gentium pero no como ius naturale notas 1 La separacion del derecho natural por considerar libre al hombre por nacimiento es la que diferencia al derecho de gentes considerandolo como consetudinario mas no como algo natural 6 Se anadio los conceptos que el ius gentium puede ser ius civile pero no todo derecho civil sera derecho de gentes Gayo distinguira del derecho de gentes como ius commune derecho comun de todos los pueblos contrapuesto al ius civile exclusivo de los ciudadanos romanos 6 En epocas postclasicas el ius gentium se referira al derecho publico ius publicum sobre todo en los casos de guerras las cuales eran la causa principal de la esclavitud en esos momentos Asi adquirira la forma de derecho de la guerra y de la paz que a partir del siglo XIX comenzara a denominarse Derecho Internacional Publico 6 Utilizacion del ius gentium Editar Los llamados peregrini dedicticii que eran extranjeros con territorios conquistados por los romanos que por no haberse rendido incondicionalmente les privaron de sus leyes propias y se las reemplazo por el ius gentium Aun asi tenian prohibida la residencia en Roma y a cien millas alrededor y frecuentemente debian pagar un tributo especial Contaban con escasos derechos como el de casamiento ius connubii y el de comercio ius commercium 7 Asimismo los peregrinos no podian ser propietarios mediante el derecho quiritario aun cuando poseian el ius commercii Sin embargo poseian haciendas privadas llamadas propiedad peregrina reguladas por el derecho de gentes asi tanto los gobernadores provinciales como el pretor peregrino protegian estas propiedades mediante acciones analogas bajo el derecho quiritario Recien con el emperador Caracalla desaparecera la condicion de extranjero y se unifica a la propiedad peregrina 8 Diferencias de conceptos Editar A lo largo de los siglos se ha producido una desviacion semantica del significado del ius gentium como originalmente se concibio Entre los clasicos podemos encontrar que Justiniano en sus Institutas lo concebia como dentro del derecho privado junto al derecho civil y al derecho natural Ciceron lo denomino quasi civile ius en De finibus y al igual que Gayo lo equipararia con el ius naturale en De officiis 9 Por su parte Ulpiano en las Institutas distinguiria entre los derechos de los hombres y los derechos de los animales dando la diferenciacion entre el ius gentium y el natural Santo Tomas de Aquino en Suma Teologica distinguira entre el derecho de los seres animados del hombre del genero humano los derechos entre naciones y como el derecho de gentes 9 Asi por la tradicion escolastica de los teologos y jurisconsultos de los siglos XVI y XVII tardiamente reconocerian al ius gentium como referido exclusivamente al derecho entre los diferentes Estados En contra de lo tradicional Hugo Grocio afirma que el derecho de gentes existe y que posee tres fuentes la naturaleza la voluntad de Dios y el consentimiento 9 Christian Wolff consideraria al derecho de gentes como el derecho civil de la civitas maxima la sociedad de naciones siendo uno de los primeros en senalar al derecho de gentes por sobre el de las naciones Jean Bodin expresa al derecho de gentes como el que abarca los derechos esenciales del hombre los acuerdos de los pueblos en el derecho internacional y lo considera cercano a lo que actualmente se denomina derecho humanitario Bodin lo yuxtapone a las relaciones voluntarias y le da caracter de orden publico que contiene principios comunes a la ley de Dios ante los cuales los derechos deben doblegarse 10 Desarrollo moderno Editar El desarrollo moderno del derecho de gentes es principalmente creacion espanola tras el precedente de Isidoro de Sevilla arranca sobre todo de Alonso de Madrigal y culmina en Francisco de Vitoria principal maestro de la Escuela de Salamanca corriente de pensamiento que afronto con genialidad el curso inicial de la problematica moral politica y economica de los tiempos de la primera globalizacion suscitada por el descubrimiento del Nuevo Mundo Vease tambien Editar Portal Derecho Contenido relacionado con Derecho Ius civile Peregrino Pretor Escuela de Salamanca Francisco de VitoriaBibliografia EditarPetit Eugene 1969 Tratado Elemental de derecho Romano 6 2 b Mexico Editora Nacional Alvarez Lodono Luis Fernando 2000 La historia del Derecho Internacional Publico 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Abbagnano Fondo de Cultura Economica ISBN 968 16 1189 6 Castro Saenz 2006 p 300 a b Alvarez Lodono 2000 p 62 Castillejo 2004 p 294 295 a b c Betancourt 2007 p 67 Bernard Mainar 2001 p 158 Bernard Mainar 2001 p 250 a b c Raynaud 2001 p 168 Raynaud 2001 p 169 Notas Editar Otros sin embargo opinan que es contrario a la naturaleza que un solo hombre sea senor de otro hombre por lo que hace que un hombre sea libre y otro sea esclavo es solamente una convencion y entre ellos no hay ninguna diferencia natural y que por lo tanto esto es injusto porque se basa en la fuerza Aristoteles Politica 1 2 Enlaces externos Editar Wikcionario tiene definiciones y otra informacion sobre Ius gentium Datos Q160085Obtenido de https es wikipedia org w index php title Ius gentium amp oldid 137957241, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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