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Decreto de necesidad y urgencia

Un decreto de necesidad y urgencia (DNU.) es un tipo de norma existente en la República Argentina que, a pesar de ser sancionada solo por el Poder Ejecutivo, tiene validez de ley. Una vez promulgado el DNU, el Congreso tiene las atribuciones para analizarlo y determinar si continúa vigente o no. Este tipo de legislación está contemplado en el artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional.[1]

Características

 
El Congreso puede evaluar cualquier decreto de necesidad y urgencia y dictaminar si continúa en vigencia o no.

Como su nombre lo indica, los DNU sólo deben dictarse en situaciones excepcionales, cuando sea imposible seguir los trámites para sancionar leyes mediante el Congreso. Además, no pueden dictarse decretos que legislen sobre materia penal, tributaria, electoral o el régimen de los partidos políticos.[1]

Al igual que los decretos comunes, son dictados por el presidente de la Nación, pero en acuerdo general de ministros. Esto significa que todos los ministros y el jefe de Gabinete de Ministros deben participar en la creación del DNU.[1]

Una vez dictado el decreto de necesidad y urgencia, el jefe de Gabinete debe dirigirse a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso (integrado por 8 diputados y 8 senadores) en un plazo no mayor de 10 días. Esta comisión tiene que elevar un dictamen y enviarlo a cada Cámara legislativa para su tratamiento, también en no más de 10 días. Cabe destacar que, en este tiempo, el DNU tiene plena vigencia.[1][2]

Cada cámara del Congreso deberá emitir una resolución expresando su apoyo o rechazo al DNU. Si ambas cámaras rechazan el decreto, éste pierde validez de forma permanente. No obstante, quedan a salvo los derechos adquiridos mientras la norma estaba en vigencia.[2]

Antecedentes

En gobiernos militares

Todas las normas legislativas sancionadas por las dictaduras militares que sufrió el país provenían exclusivamente del Poder Ejecutivo y eran conocidas como decretos leyes. En la llamada Revolución Argentina y el autodenominado Proceso de Reorganización Nacional (los dos últimos regímenes militares de la Argentina), estas normas eran conocidas simplemente como leyes.

Debido a que los gobiernos militares eran ilegítimos, había una discusión sobre la validez de los decretos leyes. En 1945, la Corte Suprema los reconoció como válidos siempre y cuando su sanción fuera necesaria para cumplir los objetivos del gobierno militar. Además, perdían validez al terminar el gobierno de facto, aunque podían ser ratificados por el Congreso.[3]

Dos años más tarde, en 1947, un nuevo fallo de la Corte determinó que los decretos leyes seguían con vigencia y debían ser derogados o modificados por otras leyes.[3]

En gobiernos democráticos

Desde la organización nacional en 1853 con la sanción de la constitución hasta la asunción de Carlos Saul Menem como presidente de la Nación en 1989, los DNU fueron una herramienta paraconstitucional, escasamente utilizada y efectivamente restringida a dar respuesta a situaciones excepcionales.

Pese a que los DNU se introdujeron a la Constitución en 1994, gobiernos democráticos anteriores han utilizado este tipo de normas. Entre ellas, se encuentra el Plan Austral (decreto 1096/85), promulgado en 1985 por el entonces presidente Raúl Alfonsín. Este decreto de excepción cambiaba la moneda del peso argentino al austral.[4]

Desde la asunción de Menem hasta la reforma constitucional de 1994 comenzaron a ser utilizados como un recurso institucional ordinario en el proceso de toma de decisiones. En diciembre de 1990, la Corte Suprema avaló el dictado de decretos de necesidad y urgencia en el llamado Caso Peralta, en el que se solicitó la inconstitucionalidad del decreto 36/90, dictado por Carlos Menem. Los jueces del máximo tribunal argentino fallaron en contra de Luis Peralta y la validez norma quedó ratificada.[5]​ Su emisión fue convalidada por la Corte Suprema de Justicia quien le reconoció la facultad al Poder Ejecutivo para establecer las circunstancias urgentes que justificaran su emisión, pero también limitó el poder presidencial exigiendo la remisión de los DNU al Congreso para habilitar su control parlamentario.

A partir de 1994, con la incorporación de los DNU a la Constitución hasta la reglamentación del control parlamentario en 2006, marca una diferencia con el periodo anterior. Su incorporación a la carta orgánica le confirió una mayor legitimidad pero también implicó una serie de restricciones: Se explicitó la reserva de su utilización a situación de necesidad y urgencia; se prohibió la emisión de DNU en cuatro áreas de política pública: legislación tributaria, penal, electoral y de partidos políticos; se dispuso un mecanismo para el control parlamentario de los DNU, pero se difirió su reglamentación a una ley del Congreso.[6]

De hecho, el artículo 99 de la Constitución en el inciso 3 establece:

"El Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo. Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes, y no se trate de normas que regulen materia penal, tributaria, electoral o el régimen de los partidos políticos, podrá dictar decretos por razones de necesidad y urgencia, los que serán decididos en acuerdo general de ministros que deberán refrendarlos, conjuntamente con el jefe de gabinete de ministros. El jefe de gabinete de ministros personalmente y dentro de los diez días someterá la medida a consideración de la Comisión Bicameral Permanente, cuya composición deberá respetar la proporción de las representaciones políticas de cada Cámara. Esta comisión elevará su despacho en un plazo de diez días al plenario de cada Cámara para su expreso tratamiento, el que de inmediato considerarán las Cámaras. Una ley especial sancionada con la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara regulará el trámite y los alcances de la intervención del Congreso".

A partir de 2006, con la reglamentación del control legislativo de los DNU por medio de la ley 26.122[7]​ donde se introducen dos modificaciones respecto al poder relativo del presidente y en el Congreso con el uso de los DNU. Por un lado, la votación a libro cerrado limita el poder del Congreso y aumenta el poder del presidente en la medida que carezca de mecanismos institucionales para evitar el rechazo de los DNU. De esta forma se exige al Poder Ejecutivo contar con la habilidad de no generar mayorías legislativas que prefieran el estatus quo antes que la modificación impuesta por el DNU. Por otro lado, la imposibilidad de vetar la resolución legislativa sobre el decreto fortalece la posición del Congreso frente a presidentes minoritarios. Esto significa que los presidentes que ejercieron en ese lapso (Carlos Menem, Fernando de la Rúa, Adolfo Rodríguez Saá, Eduardo Duhalde y Néstor Kirchner) podían dictar decretos de necesidad y urgencia libremente, sin control legislativo.[8]

Por otra parte, se ha cuestionado el dictado de DNU sin que haya una verdadera urgencia, como los decretos que modifican la ley de Ministerios para crear nuevos departamentos de Estado.[9]​ También fue objeto de críticas el abuso de este tipo de leyes.[10][11][12]

Estadísticas desde 1983

Desde la sanción de la Constitución en 1853 hasta 1983, es decir, en 130 años se firmaron 25 DNU y siempre para dar respuestas excepcionales y urgentes. Durante la presidencia de Urquiza, el 8 de junio de 1854 se creó por decreto las mensajerías nacionales para correr las postas en el servicio de correo; el 30 de septiembre de 1856 se prorrogó un convenio de concesión del Banco de la Confederación, aunque por ley el presidente no estaba autorizado para hacerlo, y el 25 de enero de 1858 se rebajó el derecho de importación de aguardiente de caña que no excediera el 21% de graduación alcohólica. Santiago Derqui, el 31 de mayo de 1861 estableció por decreto que no se recibirían más pagos de aduanas con los bonos o billetes de tesorería que se venían utilizando hasta entonces.

En medio de la crisis económica de 1890 que provocó la renuncia del presidente Miguel Juárez Celman, el vicepresidente Carlos Pellegrini debió completar el mandato. Entonces firmó dos decretos. Uno en 1891 por el que se suspendió los términos legales y comerciales por razones de emergencia económica los días 5, 7 y 9 de marzo, y el otro el 13 de marzo de 1892 por el que se eliminó el registro de la numeración de billetes que se quemaban.

En el siglo XX, el 28 de noviembre de 1933, durante lo que se conoce como la “Década Infame”, el presidente Agustín Justo por decreto modificó el régimen de la moneda y su tipo de cambio desdoblándolo en oficial y libre. Durante los gobiernos de Juan Perón por decreto se nacionalizaron la Unión Telefónica y los Ferrocarriles. Arturo Frondizi decretó el estado de sitio, creó empresas estatales para la explotación del carbón y la energía eléctrica, se ordenó la intervención federal sin autorización del congreso e implementó el Plan CONINTES que restringió los derechos individuales de los ciudadanos. Arturo Illia, en 1963, anuló por decreto los contratos petroleros firmados por el Estado con empresas extranjeras y María Estela Martínez de Perón, en 1975 el decreto 807/75 reglamentó el derecho de opción para salir del país y firmó el decreto 261/75 por el que ordenó a las Fuerzas Armadas llevar a cabo el “Operativo Independencia”.[13]

Si bien los decretos de necesidad y urgencia fueron regulados en la constitución de 1994, recién recuperada la democracia durante el gobierno de Raul Alfonsín entre 1983-1989 se firmaron un total de 10 decretos de necesidad y urgencia, con un promedio aproximado entre 1 y 2 decretos de necesidad y urgencia por año.

Durante la gestión de Carlos Menem (1989-1999), se firmaron 545 DNU en 10 años de presidencia, un promedio de 54,5 decretos legislativos por año.[14]​ Ninguno de los promulgados luego de 1994 fue verificado por el Congreso.

En la presidencia de Fernando de la Rúa (1999-2001), se emitieron 73 decretos especiales en dos años de mandato. En promedio, son 36,5 DNU por año.[14]​ Sus decretos de necesidad y urgencia tampoco pasaron por el Poder Legislativo.

Adolfo Rodríguez Saá (2001) en siete días dictó 6 DNU y Eduardo Duhalde, presidente interino entre 2002 y 2003, firmó 158 DNU en su año de gestión. El presidente que más decretos firmó por año.[15]​ Estos decretos también se sancionaron sin la intervención del la Comisión Bicameral.

Durante el mandato de Néstor Kirchner (2003-2007) se firmaron 270 DNU en cuatro años y medio de gestión, con un promedio de 60 por año.[14]​ Los decretos de excepción dictados hasta 2006 no tuvieron control parlamentario, aunque sí los sancionados desde aquel año.

Cristina Fernández de Kirchner (2007-2015) firmó 76 decretos de necesidad y urgencia en 8 años, con un promedio de 9,6 por año.[16]​ Hasta marzo de 2009 había firmado 5 decretos de necesidad y urgencia.[17]​ A esto, se le suma tres DNU con cambios en los ministerios,[18][19]​ otro con un plan de asistencia social,[20]​ uno que ordena la salida de Martín Redrado como presidente del Banco Central,[21]​ tres más relacionados con el pago de deuda pública[21]​ y los firmados desde enero de 2010 en adelante.

Mauricio Macri (2015-2019), en sus cuatro años de gestión, ha firmado 70 decretos de necesidad y urgencia, con un promedio de 17,50 por año.[22]

A fecha de enero de 2021, Alberto Fernández firmó un total de 76 DNU [23]

Tabla de DNUs por presidencia (julio de 1989 - actualidad):[24][25]

Presidente Duración del período Por año Total
Menem 10 20 195
De la Rua 2 30 59
Rodríguez Saá 1 semana - 6
Duhalde 1.5 102 154
Kirchner 4.5 52 236
Fernández de Kirchner 8 10 78
Macri 4 17,5 70
Fernández (actual) 1,5 67 101

Controversias

Desde su sanción en 1994 los DNU han sido blanco de críticas por la doctrina. Principalmente se criticó el hecho de que la reforma constitucional, lejos de poner frenos inhibitorios al Poder Ejecutivo en el uso de los DNU, ha desatado más aún sus poderes.[26]​ En relación con esto último es clave tener en cuenta, en primer lugar, que la Ley N° 26.122 no fija plazo alguno para que las Cámaras se expidan una vez elevado el dictamen de la Comisión Bicameral. Esta omisión permite dilatar discrecionalmente la decisión mientras el DNU produce sus efectos, los que pueden mantenerse, incluso, luego de producido el rechazo pues, si bien éste equivale a la derogación, el artículo 24 establece que no pueden ser afectados los derechos adquiridos durante la vigencia del DNU.[26]

En segundo lugar, la Ley N° 26.122 exige un rechazo expreso del DNU haciendo con ello una aplicación analógica del artículo 82 de la Constitución que prohíbe la sanción tácita o ficta de las leyes. Esta extensión del artículo 82 al sistema de los DNU es discutible, pues no se trata aquí de la sanción de una ley, sino de la aprobación de un acto emanado del Poder Ejecutivo. Nuevamente aquí la Ley N.º 26.122 ha facilitado la permanencia de los DNU cuando lo correcto hubiera sido que (a) se hubiera fijado un plazo para que las Cámaras se expidieran y (b) se hubiera admitido el rechazo tácito.[26]

A la “abundancia” ejecutiva en el empleo de los DNU y a la “escasez” legislativa del control sobre los mismos, se suma la “tolerancia” judicial que les dispensa la Corte Suprema[26]

Decretos de necesidad y urgencia durante la pandemia de COVID-19

Durante el 2020, el Presidente Alberto Fernández dispuso una serie de medidas vía DNU en el marco de la pandemia de COVID-19, entre ellas

Principales decretos referidos a la cuarentena y el distanciamiento
Decreto Publicación Título Contenido Ref.
260/2020 12/03/2020 Emergencia sanitaria. Debido a la declaración de pandemia por la OMS, amplía la emergencia sanitaria dispuesta por Ley 27.541, hasta el 12 de marzo de 2021. Establece el aislamiento obligatorio por 14 días de aquellas personas que sean "casos sospechosos", incluyendo las ingresadas al país provenientes de "zonas afectadas". Establece la obligación de la población de informar a las autoridades si presentan síntomas compatibles con el Covid-19. Dispone la suspensión de vuelos desde "zonas afectadas". Se reorganiza la “Unidad de Coordinación General del Plan Integral para la Prevención de Eventos de Salud Pública de Importancia Internacional”, coordinada por el Jefe de Gabinete. Establece principios generales para todas las medidas sanitarias: a) lo menos restrictivas posible; b) criterios científicamente aceptables; c) garantizando a las personas el derecho a estar permanentemente informado sobre su estado de salud; d) garantizando el derecho a la atención sin discriminación; e) garantizando el derecho al trato digno. [27]
274/2020 16/03/2020 Prohibición de entrada de extranjeros. Prohíbe la entrada al país de extranjeros no residentes, con algunas excepciones. [28]
297/2020 20/03/2020 Establece el Aislamiento Social Obligatorio y Preventivo (ASOP). Vigencia del 20 de marzo al 31 de marzo inclusive. Las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y solo podrán realizar desplazamientos mínimos para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos. Se prohíben los eventos culturales, recreativos, deportivos, religiosos y cualquier otra que implique concurrencia de personas. Se suspende la apertura de locales que requiera presencia de personas. Se establecen 24 sectores esenciales exceptuados del ASOP: salud, seguridad, alimentos, energía, agua, comunicaciones, autoridades superiores, transporte, lavanderías, servicios funerarios, comedores comunitarios, etc. La actividad de los poderes legislativo y judicial depende de lo que cada uno resuelva. Autorizaciones y controles de circulación. [29]
310/2020 24/03/2020 Crea el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE). Para personas desocupadas, trabajadores informales, monotributistas “A”, “B” y sociales y trabajadores de casas particulares. Monto $10 000, en un solo pago (abril). Se solicita en la ANSES. [30]
311/2020 25/03/2020 Suspensión de cortes de servicios. Prohíbe a las empresas cortar servicios (electricidad, gas, agua, telefonía, Internet y TV por cable) a personas con ingresos escasos, electrodependientes, empresas no grandes, cooperativas, establecimientos de salud y organizaciones de bien público que elaboren o distribuyan alimentos. [31]
313/2020 27/03/2020 Prohibición de entrada al país de argentinos y residentes. Prohíbe la entrada al país de argentinos y residentes, con algunas excepciones. [32]
320/2020 29/03/2020 Suspensión de desalojos. Suspende los desalojos hasta el 30 de septiembre. [33]
325/2020 31/03/2020 Prórroga ASOP hasta 12 de abril. Prórroga del ASOP hasta 12 de abril inclusive. [34]
332/2020 01/04/2020 Creación del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP). El programa ATP destinado a empresas y trabajadores, reduce hasta 95 % las contribuciones patronales, el Estado se hace cargo de pagar el 50 % de los salarios en empresas de hasta 100 trabajadores, ampliación de las asignaciones por desempleo. [35]
355/2020 11/04/2020 Prórroga ASPO hasta 26 de abril. Comienzo de la flexibilización. Prórroga el ASPO hasta el 26 de abril inclusive, pero establece la posibilidad de hacer excepciones geográficas y por actividad a pedido de los gobernadores de provincia con fundamentos científicos. [36]
408/2020 26/04/2020 Prórroga ASPO en grandes áreas urbanas hasta 10 de mayo.Establece requisitos para iniciar fase de distanciamiento en el resto del país. Prórroga el ASPO hasta el 10 de mayo inclusive, para áreas urbanas de más de 500 mil habitantes. Establece requisitos infectológicos para iniciar fases de distanciamiento en el resto del país, a pedido de los gobernadores. Se excluye del distanciamiento: a) dictado de clases presenciales; b) eventos públicos y privados; c) centros comerciales, cines, teatros, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y demás espacios de concurrencia de personas; d) transporte público de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional; e) turismo y apertura de parques y plazas. [37]
459/2020 11/05/2020 Prórroga ASPO en AMBA hasta 24 de mayo, con flexibilizaciones. Establece nuevas excepciones por zona y actividad. Prórroga el ASPO en el AMBA hasta el 24 de mayo, pero autoriza a las autoridades locales a solicitar excepciones con protocolos. Establece requisitos para que los demás aglomerados urbanos de más de 500 habitantes pases a fases de distanciamiento. Establece nuevas flexibilizaciones para áreas urbanas de menos de 500 mil habitantes. Aprueba protocolos sanitarios en 18 sectores industriales: 1) automotriz y autopartes; 2) electrónica y electrodomésticos; 3) indumentaria; 4) tabaco; 5) metalurgia; 6) calzado; 7) gráfica; 8) madera; 9) juguetes; 10) cemento; 11) textil; 12) cuero; 13) neumáticos; 14) bicicletas y motos; 15) química y petroquímica; 16) papel; 17) plástico; 18) cerámicos. Establece requisitos para hacer excepciones al aislamiento educativo, eventos, espacios de concurrencia de personas, transporte interurbano e internacional, turismo y parques y plazas. Establece la dispensa de concurrir al trabajo para las personas mayores de 60 años, mujeres embarazadas y en situación de mayor riesgo ante el Covid-19. [38]
493/2020 25/05/2020 Prórroga ASPO en AMBA hasta el 7 de junio. Prórroga el ASPO en el AMBA hasta el 7 de junio inclusive. Mantiene la situación jurídico-sanitaria en el mismo estado en que se encontraba al 11 de mayo. [39]
520/2020 8/06/2020 Establece el Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DiSPO). Establece los términos y zonas en las que rige el Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DiSPO). Establece la distancia del distanciamiento personal en dos metros (art. 5). Permite actividades deportivas, artísticas y sociales, que no impliquen una concurrencia superior a 10 personas, con un distanciamiento de 2,25 metros cuadrados. Habilita la presencia en parques y plazas. Autoriza al Ministerio de Educación a evaluar y habilitar la vuelta a clases presenciales. Mantiene la prohibición absoluta de eventos que agrupen a más de 10 personas, cines, teatros, clubes, turismo y transporte público interurbano e internacional. Quedan exceptuados del DiSPO y continúan en ASPO, el departamento San Fernando de la Provincia de Chaco, el departamento de Rawson de la Provincia del Chubut, los departamentos de Bariloche y General Roca la Provincia de Río Negro, el aglomerado urbano de la ciudad de Córdoba de la provincia homónima, los cuarenta partidos bonaerenses del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y todo el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 28 de junio inclusive. En estos cuatro centros urbanos el aislamiento se prorroga hasta el 28 de junio inclusive. Elimina la prohibición de concurrir a los parques y plazas en zonas bajo ASPO. [40]
576/2020 29/06/2020 Prórroga el DiSPO hasta el 17 de julio. Prorroga el régimen de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DiSPO) hasta el 17 de julio inclusive. Quedan exceptuados del DiSPO y continúan en ASPO, el aglomerado urbano de la ciudad de Neuquén en la provincia homónima, el departamento General Roca la Provincia de Río Negro, 35 partidos bonaerenses (cinco menos que en el decreto anterior) del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y todo el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. [41]
605/2020 18/07/2020 Prórroga el DiSPO hasta el 2 de agosto. Prorroga el régimen de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DiSPO) hasta el 2 de agosto inclusive. Quedan exceptuados del DiSPO y continúan en ASPO, el departamento de San Fernando la Provincia del Chaco, todos los departamento de la provincia de Jujuy, 35 partidos bonaerenses y todo el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. [42]
641/2020 02/08/2020 Prórroga el DiSPO hasta el 16 de agosto. Prorroga el régimen de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DiSPO) hasta el 16 de agosto inclusive. Quedan exceptuados del DiSPO y continúan en ASPO, el AMBA (Ciudad de Buenos Aires y 35 partidos de la Provincia de Buenos Aires), todos los departamentos de la Provincia de Jujuy, los departamentos de Atreucó, Catriló, Capital y Toay de la Provincia de la Pampa, el departamento de Güer Aike de la Provincia de Santa Cruz y el departamento de Río Grande de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. [43]
67/2021 30/01/2021 Prórroga el DiSPO hasta el 28 de febrero. Prorroga el régimen de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DiSPO) hasta el 28 de febrero inclusive en todo el territorio nacional. [44]
125/2021 27/02/2021 Prórroga el DiSPO hasta el 12 de marzo. Prorroga el régimen de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DiSPO) hasta el 12 de marzo inclusive en todo el territorio nacional. [45]
168/2021 12/03/2021 Prórroga el DiSPO hasta el 9 de abril de 2021 Prorroga el régimen de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DiSPO) hasta el 9 de abril inclusive en todo el territorio nacional. [46]
235/2021 08/04/2021 Suspensión y/o limitación de actividades sociales y restricción a la circulación nocturna hasta el 30 de abril de 2021 Suspensión y/o limitación de actividades sociales y restricción a la circulación nocturna en la franja horaria de cero (0) horas y las seis (6) horas, dependiendo el riesgo epidemiológico y sanitario en cada jurisdicción. Los Gobernadores de las provincias y el Jefe de gobierno de la Ciudad de Buenos Aires tienen la facultad para aplicar más restricciones dependiendo del riesgo anteriormente mencionado. [47]
241/2021 15/04/2021 Suspensión y/o limitación de actividades sociales y restricción a la circulación nocturna (más severas en el AMBA) hasta el 30 de abril de 2021 Suspensión y/o limitación de actividades sociales y restricción a la circulación nocturna en la franja horaria de cero (0) horas y las seis (6) horas, dependiendo el riesgo epidemiológico y sanitario en cada jurisdicción. Los Gobernadores de las provincias y el Jefe de gobierno de la Ciudad de Buenos Aires tienen la facultad para aplicar más restricciones dependiendo del riesgo anteriormente mencionado. En el AMBA (Ciudad de Buenos Aires y 35 partidos de la Provincia de Buenos Aires), la circulación se limita de las veinte (20) horas a seis (6) horas, se suspenden las clases presenciales y las siguientes actividades: centros comerciales, shoppings y actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas que se realizan en ámbitos cerrados. Los locales comerciales y gastronómicos sólo podrán atender entre las diecinueve (19) y las seis (6). [48]
Fuente: Infoleg. Nota: Algunos decretos son DNU.

La principal crítica de las medidas es su excesiva restricción por DNU de las libertades individuales y no por medio de una ley del Congreso.[49]​ Asimismo se cuestiona la validez de los mismos al tratar en materia penal[50][51]

Otras críticas recibidas fueron:

  • La omisión de equiparse, o equiparse en forma tardía, con los equipos necesarios para hacer frente a una pandemia como había advertido la OMS en 2019.[52][53]
  • El establecimiento de una cuarentena, argumentando que la misma es violatoria o está en conflicto con las libertades constitucionales.[54][55]
  • La atención prestada por los gobiernos a los científicos en ciencias médicas, considerándola excesiva y calificando al gobierno argentino como una "dictadura de los infectólogos",[56]​ "infectadura",[57]​ "gobierno de científicos" o que los infectólogos son ignorantes y son parte del problema, no de la solución.[58]
  • Las sucesivas prolongaciones de la cuarentena, con el Congreso sesionando ordinariamente de manera virtual, considerando que debió levantarse antes.[58][59][60]
  • La duración de la cuarentena de más de cien días en Buenos Aires, considerándola excesiva, que algunos medios de comunicación han calificado como "la más larga del mundo",[61][62]​ aunque la veracidad del dato está discutida.[63]
  • Que la cuarentena fue decretada en forma prematura.[64]
  • Que la cantidad de muertos es poca y no justifica frenar la actividad económica.[58][65]
  • No habilitar ciertas actividades, como las peluquerías, el turismo y los espectáculos públicos.[66]
  • La falta de políticas de protección laboral para los trabajadores que debieron realizar sus tareas en forma virtual.[67]
  • La falta de controles sobre las empresas para que cumplan los protocolos de salud.[68]
  • La decisión de algunos empleadores de despedir a sus trabajadores, como el caso de Techint y Latam.[69][70][71]
  • Protestas por la prohibición temporaria de invocar la causal de fuerza mayor para despedir trabajadores durante la pandemia, que permitía reducir en un la indemnización por despido a una cuarta parte (Decreto 329/2020).[72][73][74]
  • Protestas por el acuerdo alcanzado entre la central empresaria UIA y la central sindical CGT para evitar los despidos y regular las suspensiones por fuerza mayor.[75][76]
  • No realizar controles suficientes para evitar la especulación de ciertas empresas, principalmente por desabastecimiento o aumento de precios de los alimentos y medicamentos.[77]
  • No realizar controles suficientes sobre las empresas privadas que prestan los servicios de telefonía, Internet, electricidad y gas.[78]
  • No realizar tests de contagio en cantidad suficiente.[79]
  • Irregularidades de los números reportados de infectados, además de la poca transparencia para determinar a quién se le hacen las pruebas de detección.[80]

Decreto de Necesidad y Urgencia 241/2021, de suspensión de clases presenciales

El 15 de abril de 2021 el Poder Ejecutivo emitió el decreto 241/2021,[81]​ modificatorio del decreto 235/2021,[82]​ el cual dispuso la suspensión de clases presenciales en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), del 19 al 30 de abril.[83]​ El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires recurrió a la Corte Suprema para cuestionar la constitucionalidad del DNU, por considerarlo violatorio de su autonomía y facultades no delegadas al gobierno federal. El 4 de mayo, la Corte, por unanimidad, falló en favor de la Ciudad. [84]​Entre los principales argumentos esgrimidos destacan:

  • Las autoridades deben encarar la responsabilidad de atender los problemas que la emergencia plantea dentro de los límites formales y sustanciales que les impone la Constitución
  • La emergencia no es una franquicia para ignorar el derecho vigente
  • El Estado Federal en lugar de ejercer una atribución propia invadió una que le resulta ajena. La conformación del área metropolitana de Buenos Aires (AMBA) no implica desconocer la autonomía de la Ciudad. El AMBA no es una “región” en términos constitucionales
  • Corresponde a la Ciudad decidir sobre los modos de promover y asegurar la educación de sus habitantes y decidir el modo en que lo harán.
  • La Constitución ha querido hacer un solo país para un solo pueblo. No habría Nación si cada provincia se condujera como una potencia independiente; pero tampoco la habría si fuese la Nación quien socavara las competencias locales
  • Corresponde a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires —al igual que a las provincias— la atribución para decidir sobre los modos de promover y asegurar la educación de sus habitantes
  • El Estado no tiene facultades para limitar el derecho de una persona para ejercer su derecho a la educación, excepto cuando puede haber un daño para terceros, siempre que ello no signifique una afectación esencial del derecho, lo que ocurre cuando la medida es reiterada en el tiempo o implica una profundización irrazonable de las restricciones que impidan el acceso a la educación de calidad.

Véase también

Referencias

  1. Infoleg el 29 de abril de 2014 en Wayback Machine. del Ministerio de Economía de la Nación.
  2. Universidad del Salvador.
  3. Extraído de Política Argentina.com
  4. Informe decretos. Extraído de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.
  5. ¿Cómo utilizaron los DNU los últimos presidentes? Extraído de Política Argentina.com
  6. Ley 26.122 InfoLeg
  7. Nota Diario Clarín. 26-06-2006.
  8. Anexos el 31 de agosto de 2013 en Wayback Machine. En Infoleg del Ministerio de Economía de la Nación
  9. PDF el 6 de julio de 2011 en Wayback Machine. De deliaferreira.com.ar
  10. PDF de Decretos de la Nación el 6 de julio de 2011 en Wayback Machine. Idem.
  11. Carranza, Gonzalo Gabriel. La desvalorización del procedimiento constitucional de necesidad y urgencia. Comentario al Decreto (PEN) 52/2017 y el nuevo esquema del calendario civil argentino (en inglés). Consultado el 24 de octubre de 2017. 
  12. LOS PRESIDENTES Y LOS DNU el 10 de enero de 2018 en Wayback Machine. El presente de la Historia
  13. Nota Diario La Nación
  14. Nota el 15 de julio de 2011 en Wayback Machine. de Redacción Rosario.com
  15. [1] Chequeando.com
  16. Nota Nueva Mayoría.com
  17. Anexo el 1 de septiembre de 2013 en Wayback Machine. De Infoleg del Ministerio de Economía de la Nación
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  50. "Yo estoy de acuerdo con que prohíban los eventos deportivos, culturales y religiosos. Es una obviedad y no se puede hacer. Ahora, que un decreto regule lo que pasa dentro de las casas de las personas, cualquiera sea el número de personas, es inaceptable. Conmigo no cuenten", aseguró Longobardi por Radio Mitre. https://www.clarin.com/sociedad/coronavirus-argentina-polemica-decreto-prohibe-reuniones-familiares_0_OIHc3_eGX.html
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Un decreto de necesidad y urgencia DNU es un tipo de norma existente en la Republica Argentina que a pesar de ser sancionada solo por el Poder Ejecutivo tiene validez de ley Una vez promulgado el DNU el Congreso tiene las atribuciones para analizarlo y determinar si continua vigente o no Este tipo de legislacion esta contemplado en el articulo 99 inciso 3 de la Constitucion Nacional 1 Indice 1 Caracteristicas 2 Antecedentes 2 1 En gobiernos militares 2 2 En gobiernos democraticos 3 Estadisticas desde 1983 4 Controversias 4 1 Decretos de necesidad y urgencia durante la pandemia de COVID 19 4 2 Decreto de Necesidad y Urgencia 241 2021 de suspension de clases presenciales 5 Vease tambien 6 Referencias 7 Enlaces externosCaracteristicas Editar El Congreso puede evaluar cualquier decreto de necesidad y urgencia y dictaminar si continua en vigencia o no Como su nombre lo indica los DNU solo deben dictarse en situaciones excepcionales cuando sea imposible seguir los tramites para sancionar leyes mediante el Congreso Ademas no pueden dictarse decretos que legislen sobre materia penal tributaria electoral o el regimen de los partidos politicos 1 Al igual que los decretos comunes son dictados por el presidente de la Nacion pero en acuerdo general de ministros Esto significa que todos los ministros y el jefe de Gabinete de Ministros deben participar en la creacion del DNU 1 Una vez dictado el decreto de necesidad y urgencia el jefe de Gabinete debe dirigirse a la Comision Bicameral Permanente del Congreso integrado por 8 diputados y 8 senadores en un plazo no mayor de 10 dias Esta comision tiene que elevar un dictamen y enviarlo a cada Camara legislativa para su tratamiento tambien en no mas de 10 dias Cabe destacar que en este tiempo el DNU tiene plena vigencia 1 2 Cada camara del Congreso debera emitir una resolucion expresando su apoyo o rechazo al DNU Si ambas camaras rechazan el decreto este pierde validez de forma permanente No obstante quedan a salvo los derechos adquiridos mientras la norma estaba en vigencia 2 Antecedentes EditarEn gobiernos militares Editar Todas las normas legislativas sancionadas por las dictaduras militares que sufrio el pais provenian exclusivamente del Poder Ejecutivo y eran conocidas como decretos leyes En la llamada Revolucion Argentina y el autodenominado Proceso de Reorganizacion Nacional los dos ultimos regimenes militares de la Argentina estas normas eran conocidas simplemente como leyes Debido a que los gobiernos militares eran ilegitimos habia una discusion sobre la validez de los decretos leyes En 1945 la Corte Suprema los reconocio como validos siempre y cuando su sancion fuera necesaria para cumplir los objetivos del gobierno militar Ademas perdian validez al terminar el gobierno de facto aunque podian ser ratificados por el Congreso 3 Dos anos mas tarde en 1947 un nuevo fallo de la Corte determino que los decretos leyes seguian con vigencia y debian ser derogados o modificados por otras leyes 3 En gobiernos democraticos Editar Desde la organizacion nacional en 1853 con la sancion de la constitucion hasta la asuncion de Carlos Saul Menem como presidente de la Nacion en 1989 los DNU fueron una herramienta paraconstitucional escasamente utilizada y efectivamente restringida a dar respuesta a situaciones excepcionales Pese a que los DNU se introdujeron a la Constitucion en 1994 gobiernos democraticos anteriores han utilizado este tipo de normas Entre ellas se encuentra el Plan Austral decreto 1096 85 promulgado en 1985 por el entonces presidente Raul Alfonsin Este decreto de excepcion cambiaba la moneda del peso argentino al austral 4 Desde la asuncion de Menem hasta la reforma constitucional de 1994 comenzaron a ser utilizados como un recurso institucional ordinario en el proceso de toma de decisiones En diciembre de 1990 la Corte Suprema avalo el dictado de decretos de necesidad y urgencia en el llamado Caso Peralta en el que se solicito la inconstitucionalidad del decreto 36 90 dictado por Carlos Menem Los jueces del maximo tribunal argentino fallaron en contra de Luis Peralta y la validez norma quedo ratificada 5 Su emision fue convalidada por la Corte Suprema de Justicia quien le reconocio la facultad al Poder Ejecutivo para establecer las circunstancias urgentes que justificaran su emision pero tambien limito el poder presidencial exigiendo la remision de los DNU al Congreso para habilitar su control parlamentario A partir de 1994 con la incorporacion de los DNU a la Constitucion hasta la reglamentacion del control parlamentario en 2006 marca una diferencia con el periodo anterior Su incorporacion a la carta organica le confirio una mayor legitimidad pero tambien implico una serie de restricciones Se explicito la reserva de su utilizacion a situacion de necesidad y urgencia se prohibio la emision de DNU en cuatro areas de politica publica legislacion tributaria penal electoral y de partidos politicos se dispuso un mecanismo para el control parlamentario de los DNU pero se difirio su reglamentacion a una ley del Congreso 6 De hecho el articulo 99 de la Constitucion en el inciso 3 establece El Poder Ejecutivo no podra en ningun caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable emitir disposiciones de caracter legislativo Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los tramites ordinarios previstos por esta Constitucion para la sancion de las leyes y no se trate de normas que regulen materia penal tributaria electoral o el regimen de los partidos politicos podra dictar decretos por razones de necesidad y urgencia los que seran decididos en acuerdo general de ministros que deberan refrendarlos conjuntamente con el jefe de gabinete de ministros El jefe de gabinete de ministros personalmente y dentro de los diez dias sometera la medida a consideracion de la Comision Bicameral Permanente cuya composicion debera respetar la proporcion de las representaciones politicas de cada Camara Esta comision elevara su despacho en un plazo de diez dias al plenario de cada Camara para su expreso tratamiento el que de inmediato consideraran las Camaras Una ley especial sancionada con la mayoria absoluta de la totalidad de los miembros de cada Camara regulara el tramite y los alcances de la intervencion del Congreso A partir de 2006 con la reglamentacion del control legislativo de los DNU por medio de la ley 26 122 7 donde se introducen dos modificaciones respecto al poder relativo del presidente y en el Congreso con el uso de los DNU Por un lado la votacion a libro cerrado limita el poder del Congreso y aumenta el poder del presidente en la medida que carezca de mecanismos institucionales para evitar el rechazo de los DNU De esta forma se exige al Poder Ejecutivo contar con la habilidad de no generar mayorias legislativas que prefieran el estatus quo antes que la modificacion impuesta por el DNU Por otro lado la imposibilidad de vetar la resolucion legislativa sobre el decreto fortalece la posicion del Congreso frente a presidentes minoritarios Esto significa que los presidentes que ejercieron en ese lapso Carlos Menem Fernando de la Rua Adolfo Rodriguez Saa Eduardo Duhalde y Nestor Kirchner podian dictar decretos de necesidad y urgencia libremente sin control legislativo 8 Por otra parte se ha cuestionado el dictado de DNU sin que haya una verdadera urgencia como los decretos que modifican la ley de Ministerios para crear nuevos departamentos de Estado 9 Tambien fue objeto de criticas el abuso de este tipo de leyes 10 11 12 Estadisticas desde 1983 EditarDesde la sancion de la Constitucion en 1853 hasta 1983 es decir en 130 anos se firmaron 25 DNU y siempre para dar respuestas excepcionales y urgentes Durante la presidencia de Urquiza el 8 de junio de 1854 se creo por decreto las mensajerias nacionales para correr las postas en el servicio de correo el 30 de septiembre de 1856 se prorrogo un convenio de concesion del Banco de la Confederacion aunque por ley el presidente no estaba autorizado para hacerlo y el 25 de enero de 1858 se rebajo el derecho de importacion de aguardiente de cana que no excediera el 21 de graduacion alcoholica Santiago Derqui el 31 de mayo de 1861 establecio por decreto que no se recibirian mas pagos de aduanas con los bonos o billetes de tesoreria que se venian utilizando hasta entonces En medio de la crisis economica de 1890 que provoco la renuncia del presidente Miguel Juarez Celman el vicepresidente Carlos Pellegrini debio completar el mandato Entonces firmo dos decretos Uno en 1891 por el que se suspendio los terminos legales y comerciales por razones de emergencia economica los dias 5 7 y 9 de marzo y el otro el 13 de marzo de 1892 por el que se elimino el registro de la numeracion de billetes que se quemaban En el siglo XX el 28 de noviembre de 1933 durante lo que se conoce como la Decada Infame el presidente Agustin Justo por decreto modifico el regimen de la moneda y su tipo de cambio desdoblandolo en oficial y libre Durante los gobiernos de Juan Peron por decreto se nacionalizaron la Union Telefonica y los Ferrocarriles Arturo Frondizi decreto el estado de sitio creo empresas estatales para la explotacion del carbon y la energia electrica se ordeno la intervencion federal sin autorizacion del congreso e implemento el Plan CONINTES que restringio los derechos individuales de los ciudadanos Arturo Illia en 1963 anulo por decreto los contratos petroleros firmados por el Estado con empresas extranjeras y Maria Estela Martinez de Peron en 1975 el decreto 807 75 reglamento el derecho de opcion para salir del pais y firmo el decreto 261 75 por el que ordeno a las Fuerzas Armadas llevar a cabo el Operativo Independencia 13 Si bien los decretos de necesidad y urgencia fueron regulados en la constitucion de 1994 recien recuperada la democracia durante el gobierno de Raul Alfonsin entre 1983 1989 se firmaron un total de 10 decretos de necesidad y urgencia con un promedio aproximado entre 1 y 2 decretos de necesidad y urgencia por ano Durante la gestion de Carlos Menem 1989 1999 se firmaron 545 DNU en 10 anos de presidencia un promedio de 54 5 decretos legislativos por ano 14 Ninguno de los promulgados luego de 1994 fue verificado por el Congreso En la presidencia de Fernando de la Rua 1999 2001 se emitieron 73 decretos especiales en dos anos de mandato En promedio son 36 5 DNU por ano 14 Sus decretos de necesidad y urgencia tampoco pasaron por el Poder Legislativo Adolfo Rodriguez Saa 2001 en siete dias dicto 6 DNU y Eduardo Duhalde presidente interino entre 2002 y 2003 firmo 158 DNU en su ano de gestion El presidente que mas decretos firmo por ano 15 Estos decretos tambien se sancionaron sin la intervencion del la Comision Bicameral Durante el mandato de Nestor Kirchner 2003 2007 se firmaron 270 DNU en cuatro anos y medio de gestion con un promedio de 60 por ano 14 Los decretos de excepcion dictados hasta 2006 no tuvieron control parlamentario aunque si los sancionados desde aquel ano Cristina Fernandez de Kirchner 2007 2015 firmo 76 decretos de necesidad y urgencia en 8 anos con un promedio de 9 6 por ano 16 Hasta marzo de 2009 habia firmado 5 decretos de necesidad y urgencia 17 A esto se le suma tres DNU con cambios en los ministerios 18 19 otro con un plan de asistencia social 20 uno que ordena la salida de Martin Redrado como presidente del Banco Central 21 tres mas relacionados con el pago de deuda publica 21 y los firmados desde enero de 2010 en adelante Mauricio Macri 2015 2019 en sus cuatro anos de gestion ha firmado 70 decretos de necesidad y urgencia con un promedio de 17 50 por ano 22 A fecha de enero de 2021 Alberto Fernandez firmo un total de 76 DNU 23 Tabla de DNUs por presidencia julio de 1989 actualidad 24 25 Presidente Duracion del periodo Por ano TotalMenem 10 20 195De la Rua 2 30 59Rodriguez Saa 1 semana 6Duhalde 1 5 102 154Kirchner 4 5 52 236Fernandez de Kirchner 8 10 78Macri 4 17 5 70Fernandez actual 1 5 67 101Controversias EditarDesde su sancion en 1994 los DNU han sido blanco de criticas por la doctrina Principalmente se critico el hecho de que la reforma constitucional lejos de poner frenos inhibitorios al Poder Ejecutivo en el uso de los DNU ha desatado mas aun sus poderes 26 En relacion con esto ultimo es clave tener en cuenta en primer lugar que la Ley N 26 122 no fija plazo alguno para que las Camaras se expidan una vez elevado el dictamen de la Comision Bicameral Esta omision permite dilatar discrecionalmente la decision mientras el DNU produce sus efectos los que pueden mantenerse incluso luego de producido el rechazo pues si bien este equivale a la derogacion el articulo 24 establece que no pueden ser afectados los derechos adquiridos durante la vigencia del DNU 26 En segundo lugar la Ley N 26 122 exige un rechazo expreso del DNU haciendo con ello una aplicacion analogica del articulo 82 de la Constitucion que prohibe la sancion tacita o ficta de las leyes Esta extension del articulo 82 al sistema de los DNU es discutible pues no se trata aqui de la sancion de una ley sino de la aprobacion de un acto emanado del Poder Ejecutivo Nuevamente aqui la Ley N º 26 122 ha facilitado la permanencia de los DNU cuando lo correcto hubiera sido que a se hubiera fijado un plazo para que las Camaras se expidieran y b se hubiera admitido el rechazo tacito 26 A la abundancia ejecutiva en el empleo de los DNU y a la escasez legislativa del control sobre los mismos se suma la tolerancia judicial que les dispensa la Corte Suprema 26 Decretos de necesidad y urgencia durante la pandemia de COVID 19 Editar Durante el 2020 el Presidente Alberto Fernandez dispuso una serie de medidas via DNU en el marco de la pandemia de COVID 19 entre ellas Principales decretos referidos a la cuarentena y el distanciamientoDecreto Publicacion Titulo Contenido Ref 260 2020 12 03 2020 Emergencia sanitaria Debido a la declaracion de pandemia por la OMS amplia la emergencia sanitaria dispuesta por Ley 27 541 hasta el 12 de marzo de 2021 Establece el aislamiento obligatorio por 14 dias de aquellas personas que sean casos sospechosos incluyendo las ingresadas al pais provenientes de zonas afectadas Establece la obligacion de la poblacion de informar a las autoridades si presentan sintomas compatibles con el Covid 19 Dispone la suspension de vuelos desde zonas afectadas Se reorganiza la Unidad de Coordinacion General del Plan Integral para la Prevencion de Eventos de Salud Publica de Importancia Internacional coordinada por el Jefe de Gabinete Establece principios generales para todas las medidas sanitarias a lo menos restrictivas posible b criterios cientificamente aceptables c garantizando a las personas el derecho a estar permanentemente informado sobre su estado de salud d garantizando el derecho a la atencion sin discriminacion e garantizando el derecho al trato digno 27 274 2020 16 03 2020 Prohibicion de entrada de extranjeros Prohibe la entrada al pais de extranjeros no residentes con algunas excepciones 28 297 2020 20 03 2020 Establece el Aislamiento Social Obligatorio y Preventivo ASOP Vigencia del 20 de marzo al 31 de marzo inclusive Las personas deberan permanecer en sus residencias habituales y solo podran realizar desplazamientos minimos para aprovisionarse de articulos de limpieza medicamentos y alimentos Se prohiben los eventos culturales recreativos deportivos religiosos y cualquier otra que implique concurrencia de personas Se suspende la apertura de locales que requiera presencia de personas Se establecen 24 sectores esenciales exceptuados del ASOP salud seguridad alimentos energia agua comunicaciones autoridades superiores transporte lavanderias servicios funerarios comedores comunitarios etc La actividad de los poderes legislativo y judicial depende de lo que cada uno resuelva Autorizaciones y controles de circulacion 29 310 2020 24 03 2020 Crea el Ingreso Familiar de Emergencia IFE Para personas desocupadas trabajadores informales monotributistas A B y sociales y trabajadores de casas particulares Monto 10 000 en un solo pago abril Se solicita en la ANSES 30 311 2020 25 03 2020 Suspension de cortes de servicios Prohibe a las empresas cortar servicios electricidad gas agua telefonia Internet y TV por cable a personas con ingresos escasos electrodependientes empresas no grandes cooperativas establecimientos de salud y organizaciones de bien publico que elaboren o distribuyan alimentos 31 313 2020 27 03 2020 Prohibicion de entrada al pais de argentinos y residentes Prohibe la entrada al pais de argentinos y residentes con algunas excepciones 32 320 2020 29 03 2020 Suspension de desalojos Suspende los desalojos hasta el 30 de septiembre 33 325 2020 31 03 2020 Prorroga ASOP hasta 12 de abril Prorroga del ASOP hasta 12 de abril inclusive 34 332 2020 01 04 2020 Creacion del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Produccion ATP El programa ATP destinado a empresas y trabajadores reduce hasta 95 las contribuciones patronales el Estado se hace cargo de pagar el 50 de los salarios en empresas de hasta 100 trabajadores ampliacion de las asignaciones por desempleo 35 355 2020 11 04 2020 Prorroga ASPO hasta 26 de abril Comienzo de la flexibilizacion Prorroga el ASPO hasta el 26 de abril inclusive pero establece la posibilidad de hacer excepciones geograficas y por actividad a pedido de los gobernadores de provincia con fundamentos cientificos 36 408 2020 26 04 2020 Prorroga ASPO en grandes areas urbanas hasta 10 de mayo Establece requisitos para iniciar fase de distanciamiento en el resto del pais Prorroga el ASPO hasta el 10 de mayo inclusive para areas urbanas de mas de 500 mil habitantes Establece requisitos infectologicos para iniciar fases de distanciamiento en el resto del pais a pedido de los gobernadores Se excluye del distanciamiento a dictado de clases presenciales b eventos publicos y privados c centros comerciales cines teatros restaurantes bares gimnasios clubes y demas espacios de concurrencia de personas d transporte publico de pasajeros interurbano interjurisdiccional e internacional e turismo y apertura de parques y plazas 37 459 2020 11 05 2020 Prorroga ASPO en AMBA hasta 24 de mayo con flexibilizaciones Establece nuevas excepciones por zona y actividad Prorroga el ASPO en el AMBA hasta el 24 de mayo pero autoriza a las autoridades locales a solicitar excepciones con protocolos Establece requisitos para que los demas aglomerados urbanos de mas de 500 habitantes pases a fases de distanciamiento Establece nuevas flexibilizaciones para areas urbanas de menos de 500 mil habitantes Aprueba protocolos sanitarios en 18 sectores industriales 1 automotriz y autopartes 2 electronica y electrodomesticos 3 indumentaria 4 tabaco 5 metalurgia 6 calzado 7 grafica 8 madera 9 juguetes 10 cemento 11 textil 12 cuero 13 neumaticos 14 bicicletas y motos 15 quimica y petroquimica 16 papel 17 plastico 18 ceramicos Establece requisitos para hacer excepciones al aislamiento educativo eventos espacios de concurrencia de personas transporte interurbano e internacional turismo y parques y plazas Establece la dispensa de concurrir al trabajo para las personas mayores de 60 anos mujeres embarazadas y en situacion de mayor riesgo ante el Covid 19 38 493 2020 25 05 2020 Prorroga ASPO en AMBA hasta el 7 de junio Prorroga el ASPO en el AMBA hasta el 7 de junio inclusive Mantiene la situacion juridico sanitaria en el mismo estado en que se encontraba al 11 de mayo 39 520 2020 8 06 2020 Establece el Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio DiSPO Establece los terminos y zonas en las que rige el Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio DiSPO Establece la distancia del distanciamiento personal en dos metros art 5 Permite actividades deportivas artisticas y sociales que no impliquen una concurrencia superior a 10 personas con un distanciamiento de 2 25 metros cuadrados Habilita la presencia en parques y plazas Autoriza al Ministerio de Educacion a evaluar y habilitar la vuelta a clases presenciales Mantiene la prohibicion absoluta de eventos que agrupen a mas de 10 personas cines teatros clubes turismo y transporte publico interurbano e internacional Quedan exceptuados del DiSPO y continuan en ASPO el departamento San Fernando de la Provincia de Chaco el departamento de Rawson de la Provincia del Chubut los departamentos de Bariloche y General Roca la Provincia de Rio Negro el aglomerado urbano de la ciudad de Cordoba de la provincia homonima los cuarenta partidos bonaerenses del Area Metropolitana de Buenos Aires AMBA y todo el territorio de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires hasta el 28 de junio inclusive En estos cuatro centros urbanos el aislamiento se prorroga hasta el 28 de junio inclusive Elimina la prohibicion de concurrir a los parques y plazas en zonas bajo ASPO 40 576 2020 29 06 2020 Prorroga el DiSPO hasta el 17 de julio Prorroga el regimen de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio DiSPO hasta el 17 de julio inclusive Quedan exceptuados del DiSPO y continuan en ASPO el aglomerado urbano de la ciudad de Neuquen en la provincia homonima el departamento General Roca la Provincia de Rio Negro 35 partidos bonaerenses cinco menos que en el decreto anterior del Area Metropolitana de Buenos Aires AMBA y todo el territorio de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires 41 605 2020 18 07 2020 Prorroga el DiSPO hasta el 2 de agosto Prorroga el regimen de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio DiSPO hasta el 2 de agosto inclusive Quedan exceptuados del DiSPO y continuan en ASPO el departamento de San Fernando la Provincia del Chaco todos los departamento de la provincia de Jujuy 35 partidos bonaerenses y todo el territorio de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires 42 641 2020 02 08 2020 Prorroga el DiSPO hasta el 16 de agosto Prorroga el regimen de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio DiSPO hasta el 16 de agosto inclusive Quedan exceptuados del DiSPO y continuan en ASPO el AMBA Ciudad de Buenos Aires y 35 partidos de la Provincia de Buenos Aires todos los departamentos de la Provincia de Jujuy los departamentos de Atreuco Catrilo Capital y Toay de la Provincia de la Pampa el departamento de Guer Aike de la Provincia de Santa Cruz y el departamento de Rio Grande de la Provincia de Tierra del Fuego Antartida e Islas del Atlantico Sur 43 67 2021 30 01 2021 Prorroga el DiSPO hasta el 28 de febrero Prorroga el regimen de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio DiSPO hasta el 28 de febrero inclusive en todo el territorio nacional 44 125 2021 27 02 2021 Prorroga el DiSPO hasta el 12 de marzo Prorroga el regimen de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio DiSPO hasta el 12 de marzo inclusive en todo el territorio nacional 45 168 2021 12 03 2021 Prorroga el DiSPO hasta el 9 de abril de 2021 Prorroga el regimen de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio DiSPO hasta el 9 de abril inclusive en todo el territorio nacional 46 235 2021 08 04 2021 Suspension y o limitacion de actividades sociales y restriccion a la circulacion nocturna hasta el 30 de abril de 2021 Suspension y o limitacion de actividades sociales y restriccion a la circulacion nocturna en la franja horaria de cero 0 horas y las seis 6 horas dependiendo el riesgo epidemiologico y sanitario en cada jurisdiccion Los Gobernadores de las provincias y el Jefe de gobierno de la Ciudad de Buenos Aires tienen la facultad para aplicar mas restricciones dependiendo del riesgo anteriormente mencionado 47 241 2021 15 04 2021 Suspension y o limitacion de actividades sociales y restriccion a la circulacion nocturna mas severas en el AMBA hasta el 30 de abril de 2021 Suspension y o limitacion de actividades sociales y restriccion a la circulacion nocturna en la franja horaria de cero 0 horas y las seis 6 horas dependiendo el riesgo epidemiologico y sanitario en cada jurisdiccion Los Gobernadores de las provincias y el Jefe de gobierno de la Ciudad de Buenos Aires tienen la facultad para aplicar mas restricciones dependiendo del riesgo anteriormente mencionado En el AMBA Ciudad de Buenos Aires y 35 partidos de la Provincia de Buenos Aires la circulacion se limita de las veinte 20 horas a seis 6 horas se suspenden las clases presenciales y las siguientes actividades centros comerciales shoppings y actividades deportivas recreativas sociales culturales y religiosas que se realizan en ambitos cerrados Los locales comerciales y gastronomicos solo podran atender entre las diecinueve 19 y las seis 6 48 Fuente Infoleg Nota Algunos decretos son DNU La principal critica de las medidas es su excesiva restriccion por DNU de las libertades individuales y no por medio de una ley del Congreso 49 Asimismo se cuestiona la validez de los mismos al tratar en materia penal 50 51 Otras criticas recibidas fueron La omision de equiparse o equiparse en forma tardia con los equipos necesarios para hacer frente a una pandemia como habia advertido la OMS en 2019 52 53 El establecimiento de una cuarentena argumentando que la misma es violatoria o esta en conflicto con las libertades constitucionales 54 55 La atencion prestada por los gobiernos a los cientificos en ciencias medicas considerandola excesiva y calificando al gobierno argentino como una dictadura de los infectologos 56 infectadura 57 gobierno de cientificos o que los infectologos son ignorantes y son parte del problema no de la solucion 58 Las sucesivas prolongaciones de la cuarentena con el Congreso sesionando ordinariamente de manera virtual considerando que debio levantarse antes 58 59 60 La duracion de la cuarentena de mas de cien dias en Buenos Aires considerandola excesiva que algunos medios de comunicacion han calificado como la mas larga del mundo 61 62 aunque la veracidad del dato esta discutida 63 Que la cuarentena fue decretada en forma prematura 64 Que la cantidad de muertos es poca y no justifica frenar la actividad economica 58 65 No habilitar ciertas actividades como las peluquerias el turismo y los espectaculos publicos 66 La falta de politicas de proteccion laboral para los trabajadores que debieron realizar sus tareas en forma virtual 67 La falta de controles sobre las empresas para que cumplan los protocolos de salud 68 La decision de algunos empleadores de despedir a sus trabajadores como el caso de Techint y Latam 69 70 71 Protestas por la prohibicion temporaria de invocar la causal de fuerza mayor para despedir trabajadores durante la pandemia que permitia reducir en un la indemnizacion por despido a una cuarta parte Decreto 329 2020 72 73 74 Protestas por el acuerdo alcanzado entre la central empresaria UIA y la central sindical CGT para evitar los despidos y regular las suspensiones por fuerza mayor 75 76 No realizar controles suficientes para evitar la especulacion de ciertas empresas principalmente por desabastecimiento o aumento de precios de los alimentos y medicamentos 77 No realizar controles suficientes sobre las empresas privadas que prestan los servicios de telefonia Internet electricidad y gas 78 No realizar tests de contagio en cantidad suficiente 79 Irregularidades de los numeros reportados de infectados ademas de la poca transparencia para determinar a quien se le hacen las pruebas de deteccion 80 Decreto de Necesidad y Urgencia 241 2021 de suspension de clases presenciales Editar El 15 de abril de 2021 el Poder Ejecutivo emitio el decreto 241 2021 81 modificatorio del decreto 235 2021 82 el cual dispuso la suspension de clases presenciales en el Area Metropolitana de Buenos Aires AMBA del 19 al 30 de abril 83 El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires recurrio a la Corte Suprema para cuestionar la constitucionalidad del DNU por considerarlo violatorio de su autonomia y facultades no delegadas al gobierno federal El 4 de mayo la Corte por unanimidad fallo en favor de la Ciudad 84 Entre los principales argumentos esgrimidos destacan Las autoridades deben encarar la responsabilidad de atender los problemas que la emergencia plantea dentro de los limites formales y sustanciales que les impone la Constitucion La emergencia no es una franquicia para ignorar el derecho vigente El Estado Federal en lugar de ejercer una atribucion propia invadio una que le resulta ajena La conformacion del area metropolitana de Buenos Aires AMBA no implica desconocer la autonomia de la Ciudad El AMBA no es una region en terminos constitucionales Corresponde a la Ciudad decidir sobre los modos de promover y asegurar la educacion de sus habitantes y decidir el modo en que lo haran La Constitucion ha querido hacer un solo pais para un solo pueblo No habria Nacion si cada provincia se condujera como una potencia independiente pero tampoco la habria si fuese la Nacion quien socavara las competencias locales Corresponde a la Ciudad Autonoma de Buenos Aires al igual que a las provincias la atribucion para decidir sobre los modos de promover y asegurar la educacion de sus habitantes El Estado no tiene facultades para limitar el derecho de una persona para ejercer su derecho a la educacion excepto cuando puede haber un dano para terceros siempre que ello no signifique una afectacion esencial del derecho lo que ocurre cuando la medida es reiterada en el tiempo o implica una profundizacion irrazonable de las restricciones que impidan el acceso a la educacion de calidad Vease tambien Editar Portal Derecho Contenido relacionado con Derecho Decreto Ley Decreto Ley Decreto LegislativoReferencias Editar a b c d https web archive org web 20100211143136 http www senado gov ar web interes constitucion ejecutivo php a b Infoleg Archivado el 29 de abril de 2014 en Wayback Machine del Ministerio de Economia de la Nacion a b PDF sobre la Corte Suprema Universidad del Salvador Analisis politico de los decretos de necesidad y urgencia Extraido de Politica Argentina com Informe decretos Extraido de la Honorable Camara de Diputados de la Nacion Como utilizaron los DNU los ultimos presidentes Extraido de Politica Argentina com Ley 26 122 InfoLeg Nota Diario Clarin 26 06 2006 Anexos Archivado el 31 de agosto de 2013 en Wayback Machine En Infoleg del Ministerio de Economia de la Nacion PDF Archivado el 6 de julio de 2011 en Wayback Machine De deliaferreira com ar PDF de Decretos de la Nacion Archivado el 6 de julio de 2011 en Wayback Machine Idem Carranza Gonzalo Gabriel La desvalorizacion del procedimiento constitucional de necesidad y urgencia Comentario al Decreto PEN 52 2017 y el nuevo esquema del calendario civil argentino en ingles Consultado el 24 de octubre de 2017 LOS PRESIDENTES Y LOS DNU Archivado el 10 de enero de 2018 en Wayback Machine El presente de la Historia a b c Nota Diario La Nacion Nota Archivado el 15 de julio de 2011 en Wayback Machine de Redaccion Rosario com 1 Chequeando com Nota Nueva Mayoria com Anexo Archivado el 1 de septiembre de 2013 en Wayback Machine De Infoleg del Ministerio de Economia de la Nacion Anexo Archivado el 29 de abril de 2014 en Wayback Machine Idem Anexo Archivado el 21 de octubre de 2013 en Wayback Machine Idem a b Anexo Archivado el 29 de abril de 2014 en Wayback Machine Idem Resultados de busqueda en Infoleg Entradas marcadas como DNU En un ano Alberto Fernandez firmo mas DNU que Macri en cuatro anos Perfil 1 de enero de 2021 Consultado el 19 de mayo de 2021 https www redaccion com ar la historia de los dnu en argentina en 5 graficos Alberto Fernandez ya firmo mas DNU que Mauricio Macri y que Cristina Kirchner en sus dos presidencias a b c d Alberto Bianchi El abuso de los DNUhttp www colabogados org ar larevista pdfs id11 del abuso de los dnu pdf Decreto DNU 260 2020 Decreto DNU 274 2020 Decreto DNU 297 2020 Decreto 310 2020 Decreto 311 2020 Decreto DNU 313 2020 Decreto DNU 320 2020 Decreto DNU 325 2020 Decreto DNU 332 2020 Decreto DNU 355 2020 Decreto DNU 408 2020 Decreto DNU 459 2020 Decreto DNU 493 2020 Decreto DNU 520 2020 Decreto DNU 576 2020 Decreto DNU 605 2020 Decreto DNU 641 2020 Decreto DNU 67 2021 Decreto DNU 125 2021 Decreto DNU 168 2021 Decreto DNU 235 2021 Decreto DNU 241 2021 Clarin com 3 de agosto de 2020 Coronavirus en Argentina duras criticas al decreto que prohibe las reuniones sociales dicen que es un avance sobre las libertades www clarin com Consultado el 19 de mayo de 2021 Se esta asociando la prohibicion con el articulo 205 del Codigo Penal sobre la comision de un delito contra la salud Esto es inconstitucional porque la Constitucion prohibe al Presidente crear un DNU en materia penal Ademas el principio de legalidad dice que los delitos penales solo se pueden crear por ley Daniel Sabsay https www clarin com sociedad coronavirus argentina polemica decreto prohibe reuniones familiares 0 OIHc3 eGX html Yo estoy de acuerdo con que prohiban los eventos deportivos culturales y religiosos Es una obviedad y no se puede hacer Ahora que un decreto regule lo que pasa dentro de las casas de las personas cualquiera sea el numero de personas es inaceptable Conmigo no cuenten aseguro Longobardi por Radio Mitre https www clarin com sociedad coronavirus argentina polemica decreto prohibe reuniones familiares 0 OIHc3 eGX html OMS Junta de Vigilancia Mundial de la Preparacion septiembre de 2019 Un mundo en peligro Informe anual sobre preparacion mundial para las emergencias sanitarias OMS Como hubiera manejado Macri la pandemia de coronavirus Canal Abierto 25 de marzo de 2020 Morales Sola Joaquin 27 de mayo de 2020 Coronavirus en la Argentina la cuarentena esta en conflicto con la libertad La Nacion Una dirigente de izquierda cuestiono los alcances de la cuarentena y se convirtio en tendencia por las fuertes criticas que recibio Se trata de Manuela Castaneira referente del Nuevo MAS Infobae 20 de marzo de 2020 Dijo que se trata de un estado de sitio y que es un escandalo que se desplieguen las fuerzas de seguridad en la calle para controlar que la poblacion que cumpla con la medida El polemico editorial de Eduardo Feinmann sobre la extension de la cuarentena No van a alcanzar los respiradores economicos La Nacion 23 de mayo de 2020 El conductor de El Noticiero de A24 dijo que se vive una dictadura de los infectologos Coronavirus la Argentina vive una infectadura la dura carta de cientificos e intelectuales La Nacion 29 de mayo de 2020 a b c Cayon David 15 de mayo de 2020 Javier Milei economista En la Argentina hay una cuarentena cavernicola aparecio el virus y nos metimos dentro de la cueva Infobae Baby Etchecopar se mostro critico ante una posible extension de la cuarentena La gente necesita laburar Alberto Pronto 5 de mayo de 2020 Druetta Eugenio 6 de mayo de 2020 El macrismo explica como hubiera administrado la cuarentena La critica a que el Gobierno de Alberto se enamoro de la cuarentena cada vez es mas generalizada en Juntos por el Cambio pero que hubiesen hecho si a ellos les tocaba la pandemia Perfil Majul Luis 21 de mayo de 2020 Coronavirus Luis Majul Vamos a ser los campeones del mundo de la cuarentena La Nacion Noriega Gustavo 22 de mayo de 2020 Polemica en las redes La cuarentena mas larga del mundo la marcha de la locura La Nacion Andahazi Federico 19 de junio de 2020 Consecuencias psiquicas de la cuarentena mas larga del mundo Radio Mitre Manila relaja la cuarentena mas larga del mundo para reactivar la economia El Diario Espana 1 de junio de 2020 Colombia sera el pais con la cuarentena mas larga del mundo El Cronista Colombia 5 de junio de 2020 No es la cuarentena mas larga del mundo Pagina 12 4 de junio de 2020 Blanco Daniela 1 de junio de 2020 El infectologo Pedro Cahn analiza lo que viene de la pandemia Es mentira decir que la nuestra es la cuarentena mas larga del mundo Infobae Filgueira Belen Chavez Valeria 20 de abril de 2020 Coronavirus en Argentina a un mes de la cuarentena como analizan los expertos la eficacia de la medida Infobae Pichetto contra la cuarentena Vivir implica tambien un riesgo Rosario PLus 20 de abril de 2020 Grieta entre peluqueros discuten protocolos y la Ciudad no les da fecha para la vuelta Perfil 22 de junio de 2020 Lafuente Esteban 4 de abril de 2020 Mas horas de trabajo peleas y gastos el lado B del home office La Nacion Durisima protesta de trabajadores de la salud contra Larreta Donde estan los barbijos de 3000 que compraste Aca no hay Gestion Sindical 24 de abril de 2020 La CGT cuestiono los despidos de Techint Cronista 28 de marzo de 2020 Movilizacion al Ministerio de Trabajo por Hey Latam Despidos y suspensiones ilegales Pagina 12 5 de junio de 2020 Eleisegui Patricio 17 de junio de 2020 LATAM no vuela mas empleados se enteraron por los medios y sindicatos dicen que es para apretar a Alberto IProfesional DNU 329 2020 Infoleg 31 de marzo de 2020 El Gobierno extiende hasta fin de ano la doble indemnizacion El Cronista 8 de junio de 2020 de Diego Julian 25 de mayo de 2020 Prohibicion de despidos y supervivencia de empresas El Cronista Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social 29 de abril de 2020 RESOL 2020 397 APN MT Homologacion de Acuerdo UIA CGT Infoleg Hugo Moyano critico a la CGT por el acuerdo con la UIA Infobae 4 de mayo de 2020 Consumidores denuncian la suba de precios en alimentos La Opinion 26 de marzo de 2020 En plena cuarentena Edelap amenaza con cortes de servicio a quienes no paguen las facturas La Izquierda Diario 1 de abril de 2020 Vexler Emilia 11 de abril de 2020 La gestion de la pandemia Coronavirus en Argentina la polemica por los test y la metafora del tren en los graficos que mostro el presidente Clarin Del Moral Milton 6 de abril de 2020 Estamos contando mal los infectados y los muertos Infobae DNU 241 2021 DNU 235 2021 de 2021 14 de Abril Suspenderan las clases presenciales en los tres niveles educativos desde el lunes y hasta el 30 de abril infobae Consultado el 19 de mayo de 2021 Reves para el Gobierno la Corte Suprema sostuvo que el decreto que suspendio las clases presenciales violo la autonomia de la Ciudad LA NACION La Nacion ISSN 0325 0946 Consultado el 19 de mayo de 2021 Enlaces externos Editar Wikisource contiene obras originales de o sobre Decreto de necesidad y urgencia Datos Q938194 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Decreto de necesidad y urgencia amp oldid 142331328, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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