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Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas

El Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas (Cruch), o simplemente Consejo de Rectores, es un organismo colegiado, de derecho público y con personalidad jurídica, que reúne a los rectores de treinta universidades chilenas, públicas y privadas, que tiene por función general la coordinación de la labor universitaria del país.[4]​ Las instituciones de educación superior que lo integran suelen ser denominadas en Chile como «universidades tradicionales».

Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas
Consejo de Rectores

Sesión del Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas, en 2010.
Información general
Ámbito Chile Chile
Tipo Organismo colegiado
Acrónimo Cruch
Sede Av. Libertador Bernardo O'Higgins 1371, piso 4, Santiago
Coordenadas 33°26′41″S 70°39′18″O / -33.4446, -70.655
Fundación 14 de agosto de 1954 (67 años)[1]
Jurisdicción Nacional
Organización
Presidente Raúl Figueroa (Ministro de Educación)[2]
Vicepresidente Ejecutivo Aldo Valle Acevedo (Rector de la Universidad de Valparaíso)[2]
Vicepresidente Ejecutivo Alterno Darcy Fuenzalida O'Shee (Rector de la Universidad Técnica Federico Santa María)[2]
Secretaria General María Elena González Plitt[3]
Composición Véase Miembros
Dependiente de Autónomo
Entidad superior Ministerio de Educación
Sitio web

Este consejo fue creado por ley en 1954,[1]​ y dotado de personalidad jurídica en 1964.[5]​ Actualmente forman parte de este organismo los rectores de las universidades estatales y particulares chilenas creadas o reconocidas con anterioridad a 1981 o que se derivan de aquellas, y de las creadas por ley.

Únicamente las universidades que integran el CRUCH tienen derecho a aportes fiscales directos,[6]​ y al monto asignado del Fondo Solidario de Crédito Universitario por institución desde 1994, que reemplazó al Crédito Fiscal Universitario.[7]

El CRUCH es responsable del establecimiento del Sistema Único de Admisión (SUA) a las universidades que lo conforman; desde 2003 se utiliza como eje del proceso se utiliza un test estandarizado denominado Prueba de Selección Universitaria (PSU), la cual reemplazó a la Prueba de Aptitud Académica (PAA), que se había instaurado en 1966;[4]​ la Universidad de Chile a través del DEMRE es la encargada de la administración de la PSU.[8]​ En 2013, el CRUCH creó el Sistema Único de Admisión (SUA) en el que participan las veintisiete universidades del Consejo de Rectores, además de nueve universidades privadas adscritas.[9]

Historia

 
Sesión del Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas, en 2010.

El Consejo de Rectores fue creado el 14 de agosto de 1954 por la ley n.º 11.575 –artículo 36, letra c)–,[1]​ y tuvo por labor inicial confeccionar anualmente planes de coordinación de las investigaciones tecnológicas, dentro de los presupuestos que para ellas hubieran aprobado las respectivas universidades. Se compuso por los rectores de la Universidad de Chile, de la Universidad de Concepción, de la Universidad Católica de Santiago, de la Universidad Católica de Valparaíso, de la Universidad Técnica Federico Santa María, de la Universidad Técnica del Estado y de la Universidad Austral.

Se le otorgó personalidad jurídica mediante la ley n.º 15561 de 4 de febrero de 1964 –artículo 10–,[5]​ la cual se asignó además la función de proponer a las respectivas universidades las iniciativas y soluciones destinadas a coordinar en general las actividades de éstas en todos sus aspectos y a mejorar el rendimiento y calidad de la enseñanza universitaria.

El mismo año, se dictó su primer reglamento, mediante el decreto supremo 10502 del Ministerio de Educación Pública, de 1 de agosto de 1964,[10]​ el cual estableció que correspondía al Consejo de Rectores proponer a las respectivas universidades las iniciativas y soluciones destinadas a coordinar sus actividades en todos sus aspectos para procurar un mejor rendimiento y calidad de la enseñanza universitaria y, especialmente, confeccionar anualmente planes de coordinación de las investigaciones científicas y tecnológicas dentro de los presupuestos que para este fin hayan aprobado en las respectivas universidades; además era responsable de ciertos estudios técnicos, sobre la estadística universitaria nacional y para la determinación de las necesidades nacionales de profesionales y técnicos, entre otros aspectos. El objetivo inicial de la administración de los fondos públicos de investigación, se mantuvo hasta la creación de la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica (CONICYT) en 1967.

Conforme al reglamento de 1964, el presidente del Consejo de Rectores y su representante legal era el rector de la Universidad de Chile, existiendo además el cargo de vicepresidente, ejercido rotativamente durante un año por los demás miembros del Consejo, según el orden de antigüedad en el desempeño como rector. En 1975, por el decreto ley 1287,[11]​ se dispuso que el Consejo de Rectores sería integrado y presidido por el Ministro de Educación, quien designaría un Vicepresidente de entre los miembros del Consejo.

Por la ley 18369 de 1984,[12]​ se dispuso que el Consejo estaría integrado por los rectores de la Universidad de Chile, de la Universidad Católica de Chile, de la Universidad de Concepción, de la Universidad Católica de Valparaíso, de la Universidad Técnica Federico Santa María, de la Universidad de Santiago de Chile, de la Universidad Austral de Chile, de la Universidad del Norte, de la Universidad de Valparaíso, de la Universidad de Antofagasta, de la Universidad de La Serena, de la Universidad de Bío-Bío, de la Universidad de La Frontera, de la Universidad de Magallanes, de la Universidad de Talca, de la Universidad de Atacama, de la Universidad de Tarapacá, de la Universidad Arturo Prat, de la Academia Superior de Ciencias Pedagógicas de Santiago, del Instituto Profesional de Santiago, de la Academia Superior de Ciencias Pedagógicas de Valparaíso, del Instituto Profesional de Chillán, del Instituto Profesional de Valdivia, y del Instituto Profesional de Osorno. El Ministro de Educación Pública también formaba parte del Consejo y lo presidía; en caso de ausencia o impedimento, lo subrogaba el rector de la entidad que corresponda, siguiendo el orden de precedencia antes señalado.

En 1986, mediante el decreto con fuerza de ley 2 del Ministerio de Educación Pública,[13]​ se dispuso que el Consejo de Rectores estaría integrado por los rectores de la Universidad de Chile, de la Universidad Católica de Chile, de la Universidad de Concepción, de la Universidad Católica de Valparaíso, de la Universidad Técnica Federico Santa María, de la Universidad de Santiago de Chile, de la Universidad Austral de Chile, de la Universidad del Norte, de la Universidad de Valparaíso, de la Universidad de Antofagasta, de la Universidad de La Serena, de la Universidad de Bío Bío, de la Universidad de La Frontera, de la Universidad de Magallanes, de la Universidad de Talca, de la Universidad de Atacama, de la Universidad de Tarapacá, de la Universidad Arturo Prat, de la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación, de la Universidad de Playa Ancha, del Instituto Profesional de Santiago, del Instituto Profesional de Chillán, del Instituto Profesional de Valdivia y del Instituto Profesional de Osorno. El Ministro de Educación Pública también formaba parte del Consejo y lo presidía; en caso de ausencia o impedimento, lo subrogaba el rector de la entidad que corresponda, siguiendo el orden de precedencia antes señalado.

En 2001, el Consejo de Rectores dictó un reglamento de funcionamiento interno, en el cual se dispuso que sería presidido por el Ministro de Educación o por el integrante del mismo en quien este delegue tal atribución, con acuerdo del Consejo.[14]

Por la ley 20842 de 2015, se estableció que los rectores de la Universidad de O'Higgins y de la Universidad de Aysén integran como miembros titulares el Consejo de Rectores.[15]

En 2018, la promulgación de la ley 21091 eliminó el veto de ingreso a las universidades privadas fundadas tras 1981, estableciendo un conjunto de requisitos en su artículo 6. Bajo estos requisitos, los rectores de la Universidad Diego Portales y de la Universidad Alberto Hurtado fueron aceptados como miembros titulares, siendo los primeros privados no tradicionales en hacerlo.

Estructura

El Consejo de Rectores es una persona jurídica de derecho público, de administración autónoma, con domicilio en la ciudad de Santiago. Su representante legal es su presidente, esto es, el ministro de Educación.[13][14]

Posee una Secretaría General, cuya organización está establecida en el reglamento interno dictador por el Consejo. El Secretario General es el jefe administrativo del Consejo, con las atribuciones que fija el reglamento interno,[13]​ y su ministro de fe.[14]

El Consejo de Rectores puede hacerse asesorar por Comisiones permanentes o especiales, en la forma que establece su reglamento interno.[13]

Funcionamiento

El Consejo de Rectores celebra sesiones ordinarias, por lo menos, una vez al mes, en las oportunidades que él mismo acuerde o que establezca en su reglamento interno. Celebra, además, sesiones extraordinarias cada vez que sea convocado por su Presidente, por propia iniciativa o a petición de por lo menos dos de sus miembros.[13]

El quorum para sesionar y adoptar acuerdos es de tres quintas partes de los miembros en ejercicio.[14]​ Sin perjuicio de lo anterior, para adoptar acuerdos para emitir pronunciamientos y declaraciones es necesario el voto unánime de los miembros del Consejo, y para dictar y modificar los reglamentos internos se requiere el voto conforme de los dos tercios de los miembros en ejercicio.[14]

A las sesiones deben asistir los rectores o sus subrogantes; excepcionalmente puede asistir en representación de una universidad la persona que designe el rector respectivo.[14]

Financiamiento

Las entidades cuyos rectores componen el Consejo, deben establecer anualmente en sus presupuestos, las sumas que aportarán para los gastos de este. Para este efecto, el Consejo debe fijar con la anticipación suficiente las sumas que necesite cada año para el cumplimiento de sus fines.[13]

El patrimonio del Consejo estará formado por:[13]

  • Los aportes de las entidades que lo componen.
  • Los bienes que el Consejo adquiera a cualquier título, gratuito u oneroso, y sus rentas.
  • Los fondos que la ley general de presupuestos u otras leyes especiales le otorguen.

Atribuciones

De acuerdo a su estatuto orgánico,[13]​ corresponde al Consejo de Rectores proponer a las entidades que lo integran, las iniciativas y soluciones destinadas a coordinar sus actividades en todos sus aspectos, para procurar un mejor rendimiento y calidad de la enseñanza superior. Asimismo, ha de preocuparse, especialmente, de confeccionar anualmente planes de coordinación de las investigaciones científicas y tecnológicas dentro de los presupuestos que para este fin hayan aprobado las respectivas entidades.

El Consejo de Rectores debe dar especial preferencia a los siguientes estudios técnicos, los cuales debe revisar anualmente:[13]

  • La estadística universitaria nacional, y de las demás entidades de Educación Superior que lo integran, la cual debe contener los detalles relativos a alumnos en general, así como de cada escuela en particular y comprenderá la información relativa a: alumnos, edades, matrículas por escuelas, permanencia escolar, fracasos, graduaciones por escuelas; personal docente titular, contratado y auxiliar; personal de dedicación exclusiva por escuela; relación alumno-docente en cada escuela; en cada facultad y en cada entidad.
  • La determinación de las necesidades nacionales de profesionales y de técnicos, para lo cual el Consejo de Rectores puede asesorarse de las asociaciones gremiales respectivas, así como de organismos técnicos oficiales o privados.

Igualmente, corresponde al Consejo de Rectores:[13]

  • Emitir pronunciamientos y declaraciones destinadas a hacer presente el criterio con que los rectores enfocan los principales problemas de la enseñanza, cada vez que las circunstancias lo requieran.
  • Proporcionar los antecedentes e informes que le sean requeridos por el Ministerio de Educación Pública y que digan relación con la situación general de la enseñanza superior del país.
  • Hacerse representar, cuando las circunstancias lo requieran, por las personas que designe ante los organismos que tienen a su cargo la educación nacional.
  • Divulgar los resultados de las Investigaciones y trabajos realizados a iniciativa del Consejo de las entidades que lo integran, en los casos y forma que estime conveniente.
  • Pronunciarse sobre la memoria que debe presentar el Presidente acerca de la labor realizada por el Consejo en el año anterior y sobre la cuenta que, anualmente, debe rendir el Secretario General relativa a su gestión administrativa y financiera.
  • Dictar los reglamentos internos que estime convenientes para el mejor cumplimiento de sus finalidades.
  • Designar y poner término a los servicios del personal de las oficinas del Consejo y sus dependencias, salvo aquel que ocupe cargos que, de acuerdo a la ley, sean de la exclusiva confianza del Presidente de la República; pudiendo delegar estas facultades en la o las personas que estime conveniente.
  • Administrar el patrimonio del Consejo y los bienes que reciba con destinos especiales.
  • Celebrar los actos, contratar y ejecutar las diligencias o gestiones que crea necesarias para el mejor cumplimiento de esos fines.

El ejercicio de las atribuciones del Consejo de Rectores no puede, en caso alguno, menoscabar o supeditar la autonomía e independencia de las entidades que lo integran, ni las funciones o derechos que, en conformidad con la tradición y la legislación vigente, corresponden a las entidades de educación superior del Estado y a las reconocidas por este; en consecuencia, los acuerdos que el Consejo de Rectores tienen sólo el carácter de recomendación y no obligan a las entidades a las cuales vayan dirigidos, las que conservan su plena autonomía para resolver acerca de ellos.[13]

Publicaciones

Anualmente el Consejo de Rectores debe efectuar las siguientes publicaciones:[13]

  • La estadística universitaria nacional y de las demás entidades de educación superior que lo integran.
  • Un catálogo de las carreras, cursos, así como de otras actividades docentes de cada una de las universidades y demás entidades.
  • Una nómina con los títulos del personal docente de cada universidad y demás entidades, agrupadas por facultades.
  • El costo por alumno en cada curso y el costo de cada escuela considerado en total.

Estas publicaciones pueden ser adquiridas por el público en cada universidad.

Composición

El Consejo de Rectores está integrado por los veintisiete rectores de las universidades chilenas, estatales y particulares reconocidas por el Estado, existentes al 31 de diciembre de 1980, de las instituciones universitarias que de ellas se derivaron y por las universidades creadas por ley con posterioridad a 1981. Las instituciones de educación superior que lo integran suelen ser denominadas en Chile como «universidades tradicionales».

 
Esquema de la creación de universidades regionales a partir de las sedes de la U. de Chile y la UTE.

Las universidades estatales o públicas son creadas por ley, como corporaciones de derecho público, que poseen sus propios estatutos y son parte del Estado, en donde este último tiene participación en su establecimiento o administración.[16]​ Este grupo está conformado por 18 universidades. La Universidad Técnica del Estado (UTE), creada en 1947,[17]​ perteneció al Consejo de Rectores hasta su transformación en la Universidad de Santiago de Chile en 1981. La Universidad de Bío-Bío –creada a partir de la Universidad Técnica del Estado sede Concepción–[18]​ integró el Consejo entre 1981 y 1988, hasta que fue suprimida por la creación de la Universidad del Bío-Bío –a partir de la anterior y el Instituto Profesional de Chillán–. Asimismo, entre 1981 y 1993 formaron parte del Consejo de Rectores los institutos profesionales y academias superiores de ciencias pedagógicas (ASCP) del Estado.

Las universidades particulares,[19][20]​ privadas tradicionales o tradicionales no estatales,[16]​ están constituidas como personas jurídicas de derecho privado, o bien pertenecen a la Iglesia Católica en Chile, que fueron reconocidas por el Estado con anterioridad a 1981, o derivaron de estas. Este grupo está conformada por 6 universidades católicas y 3 privadas no confesionales.[16]

Universidades estatales

Universidades estatales derivadas

Las universidades estatales derivadas se crearon durante el año 1981, mediante decretos con fuerza de ley,[23][24]​ a partir de sedes, institutos o facultades de la Universidad de Chile y la Universidad Técnica del Estado, y excepcionalmente de otras instituciones:

Universidades estatales creadas con posterioridad a 1981

Las universidades estatales creadas con posterioridad a 1981, lo han sido mediante leyes especiales, dictadas en 1984, 1985, 1988, 1993 y 2015:

Universidades particulares

Universidades particulares derivadas

Las universidades particulares derivadas se crearon con posterioridad a 1981, a partir de antiguas sedes de la Pontificia Universidad Católica de Chile:

Listado de miembros

A continuación se listan los actuales miembros del Consejo de Rectores, ordenados según fecha de creación de la respectiva universidad.

# Nombre Casa central Tipo Rector
1 Universidad de Chile Santiago Estatal Ennio Vivaldi
2 Pontificia Universidad Católica de Chile Santiago Privada Ignacio Sánchez Díaz
3 Universidad de Concepción Concepción Privada Carlos Saavedra Rubilar
4 Pontificia Universidad Católica de Valparaíso Valparaíso Privada Claudio Elórtegui Raffo
5 Universidad Técnica Federico Santa María Valparaíso Privada Darcy Fuenzalida O'Shee
6 Universidad de Santiago de Chile Santiago Estatal Juan Manuel Zolezzi
7 Universidad Austral de Chile Valdivia Pública no Estatal Hans Richter Becerra
8 Universidad Católica del Norte Antofagasta Privada Jorge Tabilo Álvarez
9 Universidad de Valparaíso Valparaíso Estatal Aldo Valle Acevedo
10 Universidad de Antofagasta Antofagasta Estatal Luis Alberto Loyola
11 Universidad de La Serena La Serena Estatal Nibaldo Avilés Pizarro
12 Universidad de La Frontera Temuco Estatal Eduardo Hebel Weiss
13 Universidad de Magallanes Punta Arenas Estatal Juan Oyarzo Perez
14 Universidad de Talca Talca Estatal Álvaro Rojas Marín
15 Universidad de Atacama Copiapó Estatal Celso Arias Mora
16 Universidad de Tarapacá Arica Estatal Arturo Flores Franuliĉ
17 Universidad Diego Portales Santiago Privada Carlos Peña González
18 Universidad Arturo Prat Iquique Estatal Alberto Martínez Quezada
19 Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación Santiago Estatal Jaime Espinosa Araya
20 Universidad de Playa Ancha Valparaíso Estatal Patricio Sanhueza Vivanco
21 Universidad del Bío-Bío Concepción Estatal Mauricio Cataldo Monsalves
22 Universidad de Los Lagos Osorno Estatal Óscar Garrido Álvarez
23 Universidad Tecnológica Metropolitana Santiago Estatal Luis Pinto Faverio
24 Universidad Católica del Maule Talca Privada Diego Durán Jara
25 Universidad Católica de la Santísima Concepción Concepción Privada Christian Schmitz Vaccaro
26 Universidad Católica de Temuco Temuco Privada Aliro Bórquez Ramírez
27 Universidad Alberto Hurtado Santiago Privada Eduardo Silva
28 Universidad de O'Higgins Rancagua Estatal Rafael Correa Fontecilla
29 Universidad de Aysén Coyhaique Estatal Natacha Pino Acuña
30[56] Universidad de los Andes Santiago Privada José Antonio Guzmán Cruzat

Véase también

Referencias

  1. Ministerio de Hacienda de Chile (14 de agosto de 1954), «Ley N.º 11575: Introduce modificaciones a la ley sobre impuesto a la renta, contenidas en el D. S. N° 2106 de 15 de marzo del presente año», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 12 de septiembre de 2011 .
  2. Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas. . Archivado desde el original el 19 de junio de 2017. Consultado el 20 de febrero de 2017. 
  3. Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas. «Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas - Secretaría General». Consultado el 20 de febrero de 2017. 
  4. Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas. «Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas - Nuestra historia». Consultado el 20 de febrero de 2017. 
  5. Ministerio de Hacienda (4 de febrero de 1964), «Ley N.º 15561: Suplementa los ítem que indica del presupuesto corriente en moneda nacional para 1964 del Ministerio de Educación Pública para atender el pago del reajuste del personal de las universidades, declara constituida la Universidad del Norte, modifica la planta de la dirección de servicios eléctricos y de gas, aumenta los impuestos que indica y modifica los D.F.L. y las leyes que señala», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 1 de mayo de 2015 .
  6. Ministerio de Educación Pública de Chile (7 de agosto de 2015), «D.F.L. N° 4: Fija normas sobre financiamiento de las universidades», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 29 de diciembre de 2015 .
  7. Ministerio de Hacienda de Chile (25 de septiembre de 2014), «Ley N° 19.287: Modifica Ley 18.591 y establece normas sobre fondos solidarios de crédito universitario», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 29 de diciembre de 2015 .
  8. Universidad de Chile. «Acerca del DEMRE». Consultado el 5 de febrero de 2016. 
  9. Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas. . Archivado desde el original el 21 de febrero de 2017. Consultado el 20 de febrero de 2017. 
  10. Ministerio de Educación Pública (04 de febrero de 1964), Decreto 10.502: «Establece el Reglamento del Consejo de Rectores de las Universidades».
  11. Ministerio de Educación Pública (27 de diciembre de 1975), «Decreto Ley 1287: Establece que el Consejo de Rectores será presidido por el Ministro de Educación», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 1 de mayo de 2015 .
  12. Ministerio de Educación Pública (14 de diciembre de 1984), «Ley 18.369: Modifica la organización del Consejo de Rectores», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 1 de mayo de 2015 .
  13. Ministerio de Educación Pública (21 de enero de 1986), «, D.F.L. N° 2: Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del estatuto orgánico del Consejo de Rectores», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 1 de mayo de 2015 .
  14. Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas (26 de julio de 2001). «Resolución Exenta Nº 06, aprueba el "Reglamento de Funcionamiento Interno del Consejo de Rectores"». Consultado el 1 de mayo de 2015. 
  15. Ministerio de Educación de Chile (7 de agosto de 2015), «Ley N.º 20.842: Crea las universidades estatales de la Región de O'Higgins y de la Región de Aysén», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 31 de octubre de 2015 .
  16. Contraloría General de la República de Chile (septiembre de 2011). Análisis de Universidades Estatales. Consultado el 1 de mayo de 2015. 
  17. Ministerio de Educación Pública (28 de abril de 1947), Decreto 1831: «Organiza la Universidad Técnica del Estado».
  18. Ministerio de Educación Pública de Chile (20 de marzo de 1981), «D.F.L. N° 16: Crea Universidad de Bío-Bío», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 31 de octubre de 2015 .
  19. Ministerio de Educación Pública (18 de noviembre de 1929), «Decreto 4807: Estatuto orgánico de la enseñanza universitaria», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 1 de mayo de 2015 .
  20. Ministerio de Educación Pública (30 de mayo de 1931), «Decreto con Fuerza de Ley Nº 280: Aprueba el estatuto orgánico universitario», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 1 de mayo de 2015 .
  21. Ley «Universidad de Chile. Su creación», 19 de noviembre de 1842, consultado el 31 de octubre de 2015.
  22. Ministerio de Educación Pública de Chile (15 de abril de 1981), «D.F.L. N° 23: Sustituye denominación de la Universidad Técnica del Estado», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 31 de octubre de 2015 .
  23. Ministerio de Educación Pública de Chile (13 de diciembre de 1980), «Decreto Ley N° 3541: Delega facultades que indica», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 31 de octubre de 2015 .
  24. Ministerio de Educación Pública de Chile (7 de enero de 1981), «D.F.L. N° 2: Fija normas sobre universidades», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 3 de noviembre de 2015 .
  25. Ministerio de Educación Pública de Chile (12 de febrero de 1981), «D.F.L. N° 6: Crea Universidad de Valparaíso», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 31 de octubre de 2015 .
  26. Ministerio de Educación Pública de Chile (20 de marzo de 1981), «D.F.L. N° 11: Crea Universidad de Antofagasta», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 31 de octubre de 2015 .
  27. Ministerio de Educación Pública de Chile (20 de marzo de 1981), «D.F.L. N° 12: Crea Universidad de La Serena», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 31 de octubre de 2015 .
  28. Ministerio de Educación Pública de Chile (20 de marzo de 1981), «D.F.L. N° 17: Crea Universidad de La Frontera», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 31 de octubre de 2015 .
  29. Ministerio de Educación Pública de Chile (26 de octubre de 1981), «D.F.L. N° 35: Crea Universidad de Magallanes», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 31 de octubre de 2015 .
  30. Ministerio de Educación Pública de Chile (20 de marzo de 1981), «D.F.L. N° 20: Crea Instituto Profesional de Magallanes», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 31 de octubre de 2015 .
  31. Ministerio de Educación Pública de Chile (26 de octubre de 1981), «D.F.L. N° 36: Crea Universidad de Talca», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 31 de octubre de 2015 .
  32. Ministerio de Educación Pública de Chile (20 de marzo de 1981), «D.F.L. N° 21: Crea Instituto Profesional de Talca», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 31 de octubre de 2015 .
  33. Ministerio de Educación Pública de Chile (26 de octubre de 1981), «D.F.L. N° 37: Crea Universidad de Atacama», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 31 de octubre de 2015 .
  34. Ministerio de Educación Pública de Chile (20 de marzo de 1981), «D.F.L. N° 14: Crea Instituto Profesional de Copiapó», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 31 de octubre de 2015 .
  35. Ministerio de Educación Pública de Chile (18 de enero de 1982), «D.F.L. N° 150: Crea Universidad de Tarapacá», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 31 de octubre de 2015 .
  36. Ministerio de Educación Pública de Chile (20 de marzo de 1981), «D.F.L. N° 9: Crea Instituto Profesional de Arica», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 31 de octubre de 2015 .
  37. Ministerio de Educación Pública de Chile (14 de diciembre de 1984), «Ley N.º 18.368: Crea Universidad Arturo Prat», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 31 de octubre de 2015 .
  38. Ministerio de Educación Pública de Chile (20 de marzo de 1981), «D.F.L. N° 10: Crea Instituto Profesional de Iquique», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 31 de octubre de 2015 .
  39. Ministerio de Educación Pública de Chile (4 de septiembre de 1985), «Ley N.º 18.433: Crea la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 31 de octubre de 2015 .
  40. Ministerio de Educación Pública de Chile (24 de febrero de 1981), «D.F.L. N° 7: Crea Instituto Profesional denominado "Academia Superior de Ciencias Pedagógicas de Santiago"», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 31 de octubre de 2015 .
  41. Ministerio de Educación Pública de Chile (4 de septiembre de 1985), «Ley N.º 18.434: Crea la Universidad de Playa Ancha», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 31 de octubre de 2015 .
  42. Ministerio de Educación Pública de Chile (20 de marzo de 1981), «D.F.L. N° 13: Crea Instituto Profesional denominado "Academia Superior de Ciencias Pedagógicas de Valparaíso"», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 31 de octubre de 2015 .
  43. Ministerio de Educación Pública de Chile (29 de septiembre de 1988), «Ley N.º 18.744: Creación, integración y autorización de universidades que indica», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 31 de octubre de 2015 .
  44. Ministerio de Educación Pública de Chile (20 de marzo de 1981), «D.F.L. N° 15: Crea Instituto Profesional de Chillán», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 31 de octubre de 2015 .
  45. Ministerio de Educación Pública de Chile (30 de agosto de 1993), «Ley N.º 19.238: Crea la Universidad de Los Lagos», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 31 de octubre de 2015 .
  46. Ministerio de Educación Pública de Chile (20 de marzo de 1981), «D.F.L. N° 19: Crea Instituto Profesional de Osorno», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 31 de octubre de 2015 .
  47. Ministerio de Educación Pública de Chile (30 de agosto de 1993), «Ley N.º 19.239: Crea la Universidad Tecnológica Metropolitana», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 31 de octubre de 2015 .
  48. Ministerio de Educación Pública de Chile (20 de marzo de 1981), «D.F.L. N° 8: Crea Instituto Profesional de Santiago», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 31 de octubre de 2015 .
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  54. Pineda, Patricia. «El Cruch suma dos nuevos miembros: Universidad Diego Portales y Universidad Alberto Hurtado». www.ahoranoticias.cl. Consultado el 19 de marzo de 2019. 
  55. «Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas». www.consejoderectores.cl. Consultado el 6 de enero de 2020. 
  56. «CRUCH da la bienvenida al rector de la Universidad de los Andes (2019)». 

Bibliografía

  • Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas (2014). 60 años Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas: 1954-2014. Santiago. 

Enlaces externos

  • Sitio web del Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas
  • Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas en Twitter
  •   Datos: Q5098757

consejo, rectores, universidades, chilenas, cruch, simplemente, consejo, rectores, organismo, colegiado, derecho, público, personalidad, jurídica, reúne, rectores, treinta, universidades, chilenas, públicas, privadas, tiene, función, general, coordinación, lab. El Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas Cruch o simplemente Consejo de Rectores es un organismo colegiado de derecho publico y con personalidad juridica que reune a los rectores de treinta universidades chilenas publicas y privadas que tiene por funcion general la coordinacion de la labor universitaria del pais 4 Las instituciones de educacion superior que lo integran suelen ser denominadas en Chile como universidades tradicionales Consejo de Rectores de las Universidades ChilenasConsejo de RectoresSesion del Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas en 2010 Informacion generalAmbitoChile ChileTipoOrganismo colegiadoAcronimoCruchSedeAv Libertador Bernardo O Higgins 1371 piso 4 SantiagoCoordenadas33 26 41 S 70 39 18 O 33 4446 70 655Fundacion14 de agosto de 1954 67 anos 1 JurisdiccionNacionalOrganizacionPresidenteRaul Figueroa Ministro de Educacion 2 Vicepresidente EjecutivoAldo Valle Acevedo Rector de la Universidad de Valparaiso 2 Vicepresidente Ejecutivo AlternoDarcy Fuenzalida O Shee Rector de la Universidad Tecnica Federico Santa Maria 2 Secretaria GeneralMaria Elena Gonzalez Plitt 3 ComposicionVease MiembrosDependiente deAutonomoEntidad superiorMinisterio de EducacionSitio web editar datos en Wikidata Este consejo fue creado por ley en 1954 1 y dotado de personalidad juridica en 1964 5 Actualmente forman parte de este organismo los rectores de las universidades estatales y particulares chilenas creadas o reconocidas con anterioridad a 1981 o que se derivan de aquellas y de las creadas por ley Unicamente las universidades que integran el CRUCH tienen derecho a aportes fiscales directos 6 y al monto asignado del Fondo Solidario de Credito Universitario por institucion desde 1994 que reemplazo al Credito Fiscal Universitario 7 El CRUCH es responsable del establecimiento del Sistema Unico de Admision SUA a las universidades que lo conforman desde 2003 se utiliza como eje del proceso se utiliza un test estandarizado denominado Prueba de Seleccion Universitaria PSU la cual reemplazo a la Prueba de Aptitud Academica PAA que se habia instaurado en 1966 4 la Universidad de Chile a traves del DEMRE es la encargada de la administracion de la PSU 8 En 2013 el CRUCH creo el Sistema Unico de Admision SUA en el que participan las veintisiete universidades del Consejo de Rectores ademas de nueve universidades privadas adscritas 9 Indice 1 Historia 2 Estructura 2 1 Funcionamiento 2 2 Financiamiento 3 Atribuciones 3 1 Publicaciones 4 Composicion 4 1 Universidades estatales 4 1 1 Universidades estatales derivadas 4 1 2 Universidades estatales creadas con posterioridad a 1981 4 2 Universidades particulares 4 2 1 Universidades particulares derivadas 5 Listado de miembros 6 Vease tambien 7 Referencias 8 Bibliografia 9 Enlaces externosHistoria Editar Sesion del Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas en 2010 El Consejo de Rectores fue creado el 14 de agosto de 1954 por la ley n º 11 575 articulo 36 letra c 1 y tuvo por labor inicial confeccionar anualmente planes de coordinacion de las investigaciones tecnologicas dentro de los presupuestos que para ellas hubieran aprobado las respectivas universidades Se compuso por los rectores de la Universidad de Chile de la Universidad de Concepcion de la Universidad Catolica de Santiago de la Universidad Catolica de Valparaiso de la Universidad Tecnica Federico Santa Maria de la Universidad Tecnica del Estado y de la Universidad Austral Se le otorgo personalidad juridica mediante la ley n º 15561 de 4 de febrero de 1964 articulo 10 5 la cual se asigno ademas la funcion de proponer a las respectivas universidades las iniciativas y soluciones destinadas a coordinar en general las actividades de estas en todos sus aspectos y a mejorar el rendimiento y calidad de la ensenanza universitaria El mismo ano se dicto su primer reglamento mediante el decreto supremo 10502 del Ministerio de Educacion Publica de 1 de agosto de 1964 10 el cual establecio que correspondia al Consejo de Rectores proponer a las respectivas universidades las iniciativas y soluciones destinadas a coordinar sus actividades en todos sus aspectos para procurar un mejor rendimiento y calidad de la ensenanza universitaria y especialmente confeccionar anualmente planes de coordinacion de las investigaciones cientificas y tecnologicas dentro de los presupuestos que para este fin hayan aprobado en las respectivas universidades ademas era responsable de ciertos estudios tecnicos sobre la estadistica universitaria nacional y para la determinacion de las necesidades nacionales de profesionales y tecnicos entre otros aspectos El objetivo inicial de la administracion de los fondos publicos de investigacion se mantuvo hasta la creacion de la Comision Nacional de Investigacion Cientifica y Tecnologica CONICYT en 1967 Conforme al reglamento de 1964 el presidente del Consejo de Rectores y su representante legal era el rector de la Universidad de Chile existiendo ademas el cargo de vicepresidente ejercido rotativamente durante un ano por los demas miembros del Consejo segun el orden de antiguedad en el desempeno como rector En 1975 por el decreto ley 1287 11 se dispuso que el Consejo de Rectores seria integrado y presidido por el Ministro de Educacion quien designaria un Vicepresidente de entre los miembros del Consejo Por la ley 18369 de 1984 12 se dispuso que el Consejo estaria integrado por los rectores de la Universidad de Chile de la Universidad Catolica de Chile de la Universidad de Concepcion de la Universidad Catolica de Valparaiso de la Universidad Tecnica Federico Santa Maria de la Universidad de Santiago de Chile de la Universidad Austral de Chile de la Universidad del Norte de la Universidad de Valparaiso de la Universidad de Antofagasta de la Universidad de La Serena de la Universidad de Bio Bio de la Universidad de La Frontera de la Universidad de Magallanes de la Universidad de Talca de la Universidad de Atacama de la Universidad de Tarapaca de la Universidad Arturo Prat de la Academia Superior de Ciencias Pedagogicas de Santiago del Instituto Profesional de Santiago de la Academia Superior de Ciencias Pedagogicas de Valparaiso del Instituto Profesional de Chillan del Instituto Profesional de Valdivia y del Instituto Profesional de Osorno El Ministro de Educacion Publica tambien formaba parte del Consejo y lo presidia en caso de ausencia o impedimento lo subrogaba el rector de la entidad que corresponda siguiendo el orden de precedencia antes senalado En 1986 mediante el decreto con fuerza de ley 2 del Ministerio de Educacion Publica 13 se dispuso que el Consejo de Rectores estaria integrado por los rectores de la Universidad de Chile de la Universidad Catolica de Chile de la Universidad de Concepcion de la Universidad Catolica de Valparaiso de la Universidad Tecnica Federico Santa Maria de la Universidad de Santiago de Chile de la Universidad Austral de Chile de la Universidad del Norte de la Universidad de Valparaiso de la Universidad de Antofagasta de la Universidad de La Serena de la Universidad de Bio Bio de la Universidad de La Frontera de la Universidad de Magallanes de la Universidad de Talca de la Universidad de Atacama de la Universidad de Tarapaca de la Universidad Arturo Prat de la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educacion de la Universidad de Playa Ancha del Instituto Profesional de Santiago del Instituto Profesional de Chillan del Instituto Profesional de Valdivia y del Instituto Profesional de Osorno El Ministro de Educacion Publica tambien formaba parte del Consejo y lo presidia en caso de ausencia o impedimento lo subrogaba el rector de la entidad que corresponda siguiendo el orden de precedencia antes senalado En 2001 el Consejo de Rectores dicto un reglamento de funcionamiento interno en el cual se dispuso que seria presidido por el Ministro de Educacion o por el integrante del mismo en quien este delegue tal atribucion con acuerdo del Consejo 14 Por la ley 20842 de 2015 se establecio que los rectores de la Universidad de O Higgins y de la Universidad de Aysen integran como miembros titulares el Consejo de Rectores 15 En 2018 la promulgacion de la ley 21091 elimino el veto de ingreso a las universidades privadas fundadas tras 1981 estableciendo un conjunto de requisitos en su articulo 6 Bajo estos requisitos los rectores de la Universidad Diego Portales y de la Universidad Alberto Hurtado fueron aceptados como miembros titulares siendo los primeros privados no tradicionales en hacerlo Estructura EditarEl Consejo de Rectores es una persona juridica de derecho publico de administracion autonoma con domicilio en la ciudad de Santiago Su representante legal es su presidente esto es el ministro de Educacion 13 14 Posee una Secretaria General cuya organizacion esta establecida en el reglamento interno dictador por el Consejo El Secretario General es el jefe administrativo del Consejo con las atribuciones que fija el reglamento interno 13 y su ministro de fe 14 El Consejo de Rectores puede hacerse asesorar por Comisiones permanentes o especiales en la forma que establece su reglamento interno 13 Funcionamiento Editar El Consejo de Rectores celebra sesiones ordinarias por lo menos una vez al mes en las oportunidades que el mismo acuerde o que establezca en su reglamento interno Celebra ademas sesiones extraordinarias cada vez que sea convocado por su Presidente por propia iniciativa o a peticion de por lo menos dos de sus miembros 13 El quorum para sesionar y adoptar acuerdos es de tres quintas partes de los miembros en ejercicio 14 Sin perjuicio de lo anterior para adoptar acuerdos para emitir pronunciamientos y declaraciones es necesario el voto unanime de los miembros del Consejo y para dictar y modificar los reglamentos internos se requiere el voto conforme de los dos tercios de los miembros en ejercicio 14 A las sesiones deben asistir los rectores o sus subrogantes excepcionalmente puede asistir en representacion de una universidad la persona que designe el rector respectivo 14 Financiamiento Editar Las entidades cuyos rectores componen el Consejo deben establecer anualmente en sus presupuestos las sumas que aportaran para los gastos de este Para este efecto el Consejo debe fijar con la anticipacion suficiente las sumas que necesite cada ano para el cumplimiento de sus fines 13 El patrimonio del Consejo estara formado por 13 Los aportes de las entidades que lo componen Los bienes que el Consejo adquiera a cualquier titulo gratuito u oneroso y sus rentas Los fondos que la ley general de presupuestos u otras leyes especiales le otorguen Atribuciones EditarDe acuerdo a su estatuto organico 13 corresponde al Consejo de Rectores proponer a las entidades que lo integran las iniciativas y soluciones destinadas a coordinar sus actividades en todos sus aspectos para procurar un mejor rendimiento y calidad de la ensenanza superior Asimismo ha de preocuparse especialmente de confeccionar anualmente planes de coordinacion de las investigaciones cientificas y tecnologicas dentro de los presupuestos que para este fin hayan aprobado las respectivas entidades El Consejo de Rectores debe dar especial preferencia a los siguientes estudios tecnicos los cuales debe revisar anualmente 13 La estadistica universitaria nacional y de las demas entidades de Educacion Superior que lo integran la cual debe contener los detalles relativos a alumnos en general asi como de cada escuela en particular y comprendera la informacion relativa a alumnos edades matriculas por escuelas permanencia escolar fracasos graduaciones por escuelas personal docente titular contratado y auxiliar personal de dedicacion exclusiva por escuela relacion alumno docente en cada escuela en cada facultad y en cada entidad La determinacion de las necesidades nacionales de profesionales y de tecnicos para lo cual el Consejo de Rectores puede asesorarse de las asociaciones gremiales respectivas asi como de organismos tecnicos oficiales o privados Igualmente corresponde al Consejo de Rectores 13 Emitir pronunciamientos y declaraciones destinadas a hacer presente el criterio con que los rectores enfocan los principales problemas de la ensenanza cada vez que las circunstancias lo requieran Proporcionar los antecedentes e informes que le sean requeridos por el Ministerio de Educacion Publica y que digan relacion con la situacion general de la ensenanza superior del pais Hacerse representar cuando las circunstancias lo requieran por las personas que designe ante los organismos que tienen a su cargo la educacion nacional Divulgar los resultados de las Investigaciones y trabajos realizados a iniciativa del Consejo de las entidades que lo integran en los casos y forma que estime conveniente Pronunciarse sobre la memoria que debe presentar el Presidente acerca de la labor realizada por el Consejo en el ano anterior y sobre la cuenta que anualmente debe rendir el Secretario General relativa a su gestion administrativa y financiera Dictar los reglamentos internos que estime convenientes para el mejor cumplimiento de sus finalidades Designar y poner termino a los servicios del personal de las oficinas del Consejo y sus dependencias salvo aquel que ocupe cargos que de acuerdo a la ley sean de la exclusiva confianza del Presidente de la Republica pudiendo delegar estas facultades en la o las personas que estime conveniente Administrar el patrimonio del Consejo y los bienes que reciba con destinos especiales Celebrar los actos contratar y ejecutar las diligencias o gestiones que crea necesarias para el mejor cumplimiento de esos fines El ejercicio de las atribuciones del Consejo de Rectores no puede en caso alguno menoscabar o supeditar la autonomia e independencia de las entidades que lo integran ni las funciones o derechos que en conformidad con la tradicion y la legislacion vigente corresponden a las entidades de educacion superior del Estado y a las reconocidas por este en consecuencia los acuerdos que el Consejo de Rectores tienen solo el caracter de recomendacion y no obligan a las entidades a las cuales vayan dirigidos las que conservan su plena autonomia para resolver acerca de ellos 13 Publicaciones Editar Anualmente el Consejo de Rectores debe efectuar las siguientes publicaciones 13 La estadistica universitaria nacional y de las demas entidades de educacion superior que lo integran Un catalogo de las carreras cursos asi como de otras actividades docentes de cada una de las universidades y demas entidades Una nomina con los titulos del personal docente de cada universidad y demas entidades agrupadas por facultades El costo por alumno en cada curso y el costo de cada escuela considerado en total Estas publicaciones pueden ser adquiridas por el publico en cada universidad Composicion EditarEl Consejo de Rectores esta integrado por los veintisiete rectores de las universidades chilenas estatales y particulares reconocidas por el Estado existentes al 31 de diciembre de 1980 de las instituciones universitarias que de ellas se derivaron y por las universidades creadas por ley con posterioridad a 1981 Las instituciones de educacion superior que lo integran suelen ser denominadas en Chile como universidades tradicionales Esquema de la creacion de universidades regionales a partir de las sedes de la U de Chile y la UTE Las universidades estatales o publicas son creadas por ley como corporaciones de derecho publico que poseen sus propios estatutos y son parte del Estado en donde este ultimo tiene participacion en su establecimiento o administracion 16 Este grupo esta conformado por 18 universidades La Universidad Tecnica del Estado UTE creada en 1947 17 pertenecio al Consejo de Rectores hasta su transformacion en la Universidad de Santiago de Chile en 1981 La Universidad de Bio Bio creada a partir de la Universidad Tecnica del Estado sede Concepcion 18 integro el Consejo entre 1981 y 1988 hasta que fue suprimida por la creacion de la Universidad del Bio Bio a partir de la anterior y el Instituto Profesional de Chillan Asimismo entre 1981 y 1993 formaron parte del Consejo de Rectores los institutos profesionales y academias superiores de ciencias pedagogicas ASCP del Estado Las universidades particulares 19 20 privadas tradicionales o tradicionales no estatales 16 estan constituidas como personas juridicas de derecho privado o bien pertenecen a la Iglesia Catolica en Chile que fueron reconocidas por el Estado con anterioridad a 1981 o derivaron de estas Este grupo esta conformada por 6 universidades catolicas y 3 privadas no confesionales 16 Universidades estatales Editar Universidad de Chile UCh 1842 21 Universidad de Santiago de Chile USACH 1981 22 ex Universidad Tecnica del Estado 1947 17 Universidades estatales derivadas Editar Las universidades estatales derivadas se crearon durante el ano 1981 mediante decretos con fuerza de ley 23 24 a partir de sedes institutos o facultades de la Universidad de Chile y la Universidad Tecnica del Estado y excepcionalmente de otras instituciones Universidad de Valparaiso UV 1981 25 a partir de la sede de Valparaiso de la Universidad de Chile Universidad de Antofagasta UA 1981 26 a partir de las sedes de Antofagasta de la Universidad de Chile y de la Universidad Tecnica del Estado Universidad de La Serena ULS 1981 27 a partir de las sedes de La Serena de la Universidad de Chile y de la Universidad Tecnica del Estado Universidad de La Frontera UFRO 1981 28 a partir de las sedes de Temuco de la Universidad de Chile y de la Universidad Tecnica del Estado Universidad de Magallanes UMAG 1981 29 a partir del Instituto Profesional de Magallanes sucesor y continuador legal de la Universidad Tecnica del Estado sede Punta Arenas 30 Universidad de Talca UTalca 1981 31 a partir del Instituto Profesional de Talca sucesor y continuador legal de las sedes de Talca de la Universidad Tecnica del Estado y de la Universidad de Chile 32 Universidad de Atacama UDA 1981 33 a partir del Instituto Profesional de Copiapo sucesor y continuador legal de la sede de Copiapo de Universidad Tecnica del Estado 34 Universidad de Tarapaca UTA 1982 35 a partir del Instituto Profesional de Arica sucesor y continuador legal de la sede de Arica de la Universidad de Chile 36 y de la Universidad del Norte sede Arica Universidades estatales creadas con posterioridad a 1981 Editar Las universidades estatales creadas con posterioridad a 1981 lo han sido mediante leyes especiales dictadas en 1984 1985 1988 1993 y 2015 Universidad Arturo Prat UNAP 1984 37 a partir del Instituto Profesional de Iquique sucesor y continuador legal de la sede de Iquique de la Universidad de Chile 38 Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educacion UMCE 1985 39 a partir de la Academia Superior de Ciencias Pedagogicas de Santiago creada en 1981 sucesora y continuadora legal de la Academia Superior de Estudios Pedagogicos de la Universidad de Chile en Santiago o Instituto Pedagogico de la Universidad de Chile 40 Universidad de Playa Ancha UPLA 1985 41 a partir de la Academia Superior de Ciencias Pedagogicas de Valparaiso creada en 1981 sucesora y continuadora legal de la Facultad de Educacion y Letras de la Universidad de Valparaiso anteriormente Instituto Pedagogico de la Universidad de Chile sede Valparaiso 42 Universidad del Bio Bio UBB 1988 43 a partir del Instituto Profesional de Chillan creado en 1981 sucesor y continuador legal de la sede de Chillan de la Universidad de Chile 44 y de la Universidad de Bio Bio creada en 1981 sucesora y continuadora legal de la sede de Concepcion de la Universidad Tecnica del Estado 18 Universidad de Los Lagos ULA 1993 45 a partir del Instituto Profesional de Osorno creado en 1981 sucesor y continuador legal de la sede de Osorno de la Universidad de Chile y de la sede de Puerto Montt de la Universidad Tecnica del Estado 46 Universidad Tecnologica Metropolitana UTEM 1993 47 a partir del Instituto Profesional de Santiago creado en 1981 sucesor y continuador legal de la Academia de Estudios Tecnologicos de la Universidad de Chile en Santiago o Instituto Politecnico de la Universidad de Chile 48 Universidad de O Higgins 2015 15 Universidad de Aysen 2015 15 Universidades particulares Editar Pontificia Universidad Catolica de Chile PUC 1888 reconocida por el Estado como universidad particular en 1928 49 50 Universidad de Concepcion UdeC 1919 51 reconocida por el Estado como universidad particular en 1928 49 50 Universidad Tecnica Federico Santa Maria UTFSM 1926 52 reconocida por el Estado como universidad particular en 1929 49 50 Pontificia Universidad Catolica de Valparaiso PUCV 1928 reconocida por el Estado como universidad particular en 1929 49 Universidad Austral de Chile UACh 1954 53 reconocida por el Estado en 1954 1 Universidad Catolica del Norte UCN anteriormente Universidad del Norte 1956 reconocida por el Estado como universidad particular en 1964 5 Universidad Diego Portales UDP 1982 54 Universidad Alberto Hurtado UAH 1997 54 Universidad de los Andes UAndes 1989 55 Universidades particulares derivadas Editar Las universidades particulares derivadas se crearon con posterioridad a 1981 a partir de antiguas sedes de la Pontificia Universidad Catolica de Chile Universidad Catolica de la Santisima Concepcion UCSC 1991 a partir de sede regional de Talcahuano Universidad Catolica del Maule UCM 1991 a partir de la sede regional del Maule Universidad Catolica de Temuco UCT 1991 a partir de la sede regional de Temuco Listado de miembros EditarA continuacion se listan los actuales miembros del Consejo de Rectores ordenados segun fecha de creacion de la respectiva universidad Nombre Casa central Tipo Rector1 Universidad de Chile Santiago Estatal Ennio Vivaldi2 Pontificia Universidad Catolica de Chile Santiago Privada Ignacio Sanchez Diaz3 Universidad de Concepcion Concepcion Privada Carlos Saavedra Rubilar4 Pontificia Universidad Catolica de Valparaiso Valparaiso Privada Claudio Elortegui Raffo5 Universidad Tecnica Federico Santa Maria Valparaiso Privada Darcy Fuenzalida O Shee6 Universidad de Santiago de Chile Santiago Estatal Juan Manuel Zolezzi7 Universidad Austral de Chile Valdivia Publica no Estatal Hans Richter Becerra8 Universidad Catolica del Norte Antofagasta Privada Jorge Tabilo Alvarez9 Universidad de Valparaiso Valparaiso Estatal Aldo Valle Acevedo10 Universidad de Antofagasta Antofagasta Estatal Luis Alberto Loyola11 Universidad de La Serena La Serena Estatal Nibaldo Aviles Pizarro12 Universidad de La Frontera Temuco Estatal Eduardo Hebel Weiss13 Universidad de Magallanes Punta Arenas Estatal Juan Oyarzo Perez14 Universidad de Talca Talca Estatal Alvaro Rojas Marin15 Universidad de Atacama Copiapo Estatal Celso Arias Mora16 Universidad de Tarapaca Arica Estatal Arturo Flores Franuliĉ17 Universidad Diego Portales Santiago Privada Carlos Pena Gonzalez18 Universidad Arturo Prat Iquique Estatal Alberto Martinez Quezada19 Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educacion Santiago Estatal Jaime Espinosa Araya20 Universidad de Playa Ancha Valparaiso Estatal Patricio Sanhueza Vivanco21 Universidad del Bio Bio Concepcion Estatal Mauricio Cataldo Monsalves22 Universidad de Los Lagos Osorno Estatal oscar Garrido Alvarez23 Universidad Tecnologica Metropolitana Santiago Estatal Luis Pinto Faverio24 Universidad Catolica del Maule Talca Privada Diego Duran Jara25 Universidad Catolica de la Santisima Concepcion Concepcion Privada Christian Schmitz Vaccaro26 Universidad Catolica de Temuco Temuco Privada Aliro Borquez Ramirez27 Universidad Alberto Hurtado Santiago Privada Eduardo Silva28 Universidad de O Higgins Rancagua Estatal Rafael Correa Fontecilla29 Universidad de Aysen Coyhaique Estatal Natacha Pino Acuna30 56 Universidad de los Andes Santiago Privada Jose Antonio Guzman CruzatVease tambien EditarEducacion superior en Chile Superintendencia de Educacion Superior Chile Consejo Nacional de Educacion de Chile Credito con Garantia del Estado Sistema Unico de Admision SUA Agrupacion de Universidades Regionales de Chile Consorcio de Universidades del Estado de Chile Red Universitaria Cruz del Sur Red Universitaria G9 Red de Centros de Formacion Tecnica del CRUCH Corporacion de Universidades Privadas Chile Anexo Universidades de ChileReferencias Editar a b c d Ministerio de Hacienda de Chile 14 de agosto de 1954 Ley N º 11575 Introduce modificaciones a la ley sobre impuesto a la renta contenidas en el D S N 2106 de 15 de marzo del presente ano Biblioteca del Congreso Nacional de Chile consultado el 12 de septiembre de 2011 a b c Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas Autoridades del CRUCH Archivado desde el original el 19 de junio de 2017 Consultado el 20 de febrero de 2017 Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas Secretaria General Consultado el 20 de febrero de 2017 a b Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas Nuestra 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Congreso Nacional de Chile consultado el 31 de octubre de 2015 Ministerio de Educacion Publica de Chile 4 de septiembre de 1985 Ley N º 18 434 Crea la Universidad de Playa Ancha Biblioteca del Congreso Nacional de Chile consultado el 31 de octubre de 2015 Ministerio de Educacion Publica de Chile 20 de marzo de 1981 D F L N 13 Crea Instituto Profesional denominado Academia Superior de Ciencias Pedagogicas de Valparaiso Biblioteca del Congreso Nacional de Chile consultado el 31 de octubre de 2015 Ministerio de Educacion Publica de Chile 29 de septiembre de 1988 Ley N º 18 744 Creacion integracion y autorizacion de universidades que indica Biblioteca del Congreso Nacional de Chile consultado el 31 de octubre de 2015 Ministerio de Educacion Publica de Chile 20 de marzo de 1981 D F L N 15 Crea Instituto Profesional de Chillan Biblioteca del Congreso Nacional de Chile consultado el 31 de octubre de 2015 Ministerio de Educacion Publica de Chile 30 de agosto de 1993 Ley N º 19 238 Crea la Universidad de Los Lagos Biblioteca del Congreso Nacional de Chile consultado el 31 de octubre de 2015 Ministerio de Educacion Publica de Chile 20 de marzo de 1981 D F L N 19 Crea Instituto Profesional de Osorno Biblioteca del Congreso Nacional de Chile consultado el 31 de octubre de 2015 Ministerio de Educacion Publica de Chile 30 de agosto de 1993 Ley N º 19 239 Crea la Universidad Tecnologica Metropolitana Biblioteca del Congreso Nacional de Chile consultado el 31 de octubre de 2015 Ministerio de Educacion Publica de Chile 20 de marzo de 1981 D F L N 8 Crea Instituto Profesional de Santiago Biblioteca del Congreso Nacional de Chile consultado el 31 de octubre de 2015 a b c d Campos Harriet Fernando 1960 Desarrollo educacional 1810 1960 Santiago de Chile Editorial Andres Bello pp 190 194 a b c Ministerio de Educacion de Chile 6 de diciembre de 1929 Decreto N º 5469 Biblioteca del Congreso Nacional de Chile consultado el 31 de octubre de 2015 Ministerio de Justicia de Chile 14 de mayo de 1920 Decreto 1038 Personalidad juridica Se concede a la corporacion denominada Universidad de Concepcion del departamento del mismo nombre Biblioteca del Congreso Nacional de Chile consultado el 31 de octubre de 2015 Ministerio de Justicia de Chile 27 de abril de 1926 Decreto 996 Personalidad juridica Se concede a la fundacion Federico Santa Maria Biblioteca del Congreso Nacional de Chile consultado el 31 de octubre de 2015 Ministerio de Justicia de Chile 24 de septiembre de 1954 Decreto 3757 Concede personalidad juridica y aprueba los estatutos a la corporacion denominada Universidad Austral de Chile de Valdivia Biblioteca del Congreso Nacional de Chile consultado el 31 de octubre de 2015 a b Pineda Patricia El Cruch suma dos nuevos miembros Universidad Diego Portales y Universidad Alberto Hurtado www ahoranoticias cl Consultado el 19 de marzo de 2019 Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas www consejoderectores cl Consultado el 6 de enero de 2020 CRUCH da la bienvenida al rector de la Universidad de los Andes 2019 Bibliografia EditarConsejo de Rectores de las Universidades Chilenas 2014 60 anos Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas 1954 2014 Santiago Enlaces externos EditarSitio web del Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas en Twitter Datos Q5098757 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas amp oldid 139347626, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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