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Capitulaciones de Granada

Las Capitulaciones para la entrega de Granada, conocidas como el Tratado de Granada, fueron los acuerdos firmados y ratificados el 2 de enero de 1492 que pusieron fin a la guerra de Granada librada entre los Reyes Católicos Isabel I de Castilla y Fernando II de Aragón y el sultán de Granada, Boabdil, por los que renunció a la soberanía nazarí del Reino nazarí de Granada a favor de los monarcas cristianos, quienes garantizaron una serie de derechos a los musulmanes, incluida la tolerancia religiosa y su justo tratamiento en compensación por una rendición incondicional y capitulación.

Términos

La capitulación contenía 77 artículos. Entre las condiciones otorgadas por don Fernando y doña Isabel al acordar con los moros granadinos destacan las siguientes:

  • El rey de Granada y los alcaides entregarán la fortaleza de la Alhambra y todas las otras fortalezas, torres y puertas de la ciudad de Granada y del Albayzín.
  • Todos los moros se entregarán libre y espontáneamente, y cumplirán como buenos y leales vasallos con sus reyes y señores naturales. No se les obligará a convertirse al catolicismo ni podrán ser molestados por sus costumbres. No podrán ser enrolados en el ejército contra su voluntad.
  • El día que el rey entregase las fortalezas y torres, sus altezas le devolverían a su hijo con todos los rehenes, y sus mujeres y criados, excepto los que se hubieren vuelto cristianos.
  • Los moros serán juzgados en sus leyes y causas por su derecho tradicional, con parecer de sus cadís y jueces, que permanecerán en su puesto si son respetados por el pueblo y leales. El jurado estará compuesto de un cadí y un juez cristiano. No se permitirá, sin embargo, que las culpas y delitos pasen de padres a hijos.
  • Se permite a los moros llevar armas, excepto pólvora, que deben entregar a las autoridades.
  • Los moros son libres de vender o arrendar sus propiedades y viajar a la Berbería si así lo desean sin que se les confisquen sus bienes, garantizando los cristianos que la travesía sería segura durante tres años. Pasado este tiempo, deben avisar a las autoridades con cincuenta días de antelación y mediante el pago de un ducado. Este derecho es recíproco para los habitantes de la Berbería.
  • Los moros no estaban obligados a llevar marca distintiva alguna, al contrario que los judíos, que deberían llevarla siempre.
  • Los antiguos habitantes de Granada están exentos de impuestos durante tres años. Los tributos serán los habituales según la ley nazarí. Podrán comerciar en todo el reino sin pagar ningún portazgo especial.
  • Todos los cautivos cristianos de la ciudad serán entregados a las autoridades castellanas y liberados, a no ser que fueran vendidos antes de la capitulación, como condición para el vasallaje.
  • Todos los funcionarios y empleados de la administración nazarí, desde el rey hasta los siervos, pasando por los alcaides, cadís, meftís, caudillos, alguaciles y escuderos serán bien tratados y recibirán un sueldo justo por su trabajo. Se respetarán sus libertades y costumbres.
  • Los cristianos tienen prohibido entrar en las mezquitas, y los judíos no pueden ser recaudadores ni tener bajo su mando ni a cristianos ni a moros. Asimismo, se respetan las limosnas de las mezquitas, que serán administradas por los alfaquíes.
  • Se concede una Amnistía e indulto general para todos los prisioneros de Granada, incluidos los que se escaparon de las cárceles cristianas y se refugiaron en la ciudad, excepto si son canarios o negros. Esta amnistía se extiende también a los prisioneros de guerra.

Consecuencias del tratado

Bajo estas condiciones quedaron los reyes Isabel y Fernando dueños de la ciudad de Granada, por cuyas puertas salió para no volver jamás el rey Boabdil el mismo día que entró triunfante el ejército cristiano.

Las capitulaciones solo fueron cumplidas por la Corona hasta 1499. Ese año los reyes le encargaron al cardenal Cisneros una política más firme para la cristianización de la ciudad. El cardenal impuso unas medidas represivas que causaron una rebelión en el barrio del Albaicín,[1]​ y en 1500 quemó en una hoguera todos los libros en árabe que encontró en la ciudad, salvo los de medicina.[2]​ El año siguiente la Corona decretó, a instancias del mismo cardenal, la conversión forzosa de los musulmanes de Granada al cristianismo, sin opción siquiera a partir al exilio como se le había ofrecido a los judíos en 1492. Las mezquitas fueron convertidas en iglesias, los hammam cerrados y se prohibieron las festividades islámicas. En 1516, Cisneros, ya regente de toda Castilla, publicó una nueva pragmática que obligaba a los descendientes de musulmanes a abandonar su traje, usos y costumbres; pero su aplicación quedó en suspenso unos años.

Tras un periodo de tolerancia bajo el rey Carlos I, su hijo Felipe II de España endureció de nuevo la represión de las costumbres de origen moro, incluyendo la lengua árabe y la música tradicional.[1]​ Esto dio lugar a la rebelión de los moriscos, en la que los descendientes de los moros del reino de Granada se levantaron en armas contra la Corona en 1568 aduciendo el incumplimiento repetido del tratado. La rebelión fue derrotada tras tres años de dura lucha, tras la cual toda la población morisca del reino de Granada fue desterrada a otros puntos de la corona de Castilla.[1]​ Finalmente, el rey Felipe III decretaría la expulsión de los moriscos en 1609.

Documento

 
Privilegio rodado de confirmación de las capitulaciones de Granada, 30 de diciembre de 1491.

El original del Privilegio rodado de Asiento y Capitulación para la entrega de la ciudad de Granada se conserva en el Archivo de los Duques de Frías (depositado en la Sección Nobleza del Archivo Histórico Nacional), bajo la signatura CP. 285, D. 18. Su imagen digital puede verse en Commons. Está fechado a 30 de diciembre de 1491, no 1492 porque en aquella época en España se tomaba el 25 de diciembre como primer día del año. Confirma las Capitulaciones otorgadas en el Real de la Vega de Granada el 25 de noviembre de 1491 entre los reyes Fernando e Isabel y los alcaides Yusuf ibn Comixa y Abu-Casim al Muley en nombre de Boabdil, rey de Granada.

En el documento se enumeran un total de 49 confirmantes de la entrega de Granada, los más altos nobles laicos y eclesiásticos que tomaron parte en la guerra de Granada hasta su capitulación. La lista de los confirmantes va encabezada por los Reyes Católicos, quienes confirman y aprueban el privilegio. Los notarios mayores de Castilla, del reino de Toledo y del reino de León testifican el documento. La lista de confirmantes es la siguiente:

  1. Juan, príncipe, primogénito heredero de los reinos de Castilla, León, Aragón, ...
  2. Isabel, princesa de Portugal, infanta de Castilla y Aragón
  3. Pedro González de Mendoza, cardenal de España, primado de España
  4. Infante Enrique de Aragón, primo del rey y de la reina
  5. Alfonso de Aragón, duque de Villahermosa, sobrino del rey
  6. Álvaro de Zúñiga, duque de Béjar, conde de Bañares, justicia mayor de la casa del rey y de la reina
  7. Pedro Fernández de Velasco, condestable de Castilla, camarero mayor del rey y de la reina
  8. Diego Sarmiento, conde de Salinas, repostero mayor del rey y de la reina
  9. Juan Téllez Girón, conde de Ureña, notario mayor de Castilla
  10. Pedro Enríquez, adelantado mayor de Andalucía, tío del rey
  11. Gutierre de Cárdenas, comendador mayor de la Orden de Santiago
  12. Juan Chacón, adelantado del reino de Murcia, contador mayor del rey y de la reina
  13. Rodrigo de Ulloa, contador mayor del rey y de la reina
  14. Fadrique Enríquez, almirante mayor de Castilla, conde de Melgar y de Rueda, primo del rey
  15. Enrique de Guzmán, duque de Medina Sidonia, conde de Niebla, primo del rey y de la reina
  16. Luis de la Cerda, duque de Medinaceli, conde de Santa María del Puerto, primo del rey y de la reina
  17. Diego López de Mendoza, duque del Infantado, marqués de Santillana
  18. Fadrique de Toledo, duque de Alba, conde de Piedrahíta
  19. Pedro Manrique, duque de Nájera, conde de Treviño
  20. Beltrán de la Cueva, duque de Alburquerque, conde de Ledesma, mayordomo de la casa del rey y de la reina
  21. Rodrigo Ponce de León y Núñez, duque de Cádiz, conde de Arcos
  22. Pedro Osorio, marqués de Astorga
  23. Andrés de Cabrera, marqués de Moya
  24. Garcí Fernández Manrique, marqués de Aguilar
  25. Rodrigo Alonso Pimentel, conde de Benavente
  26. Diego Fernández de Córdova, conde de Cabra, vizconde de Iznájar, mariscal de Castilla
  27. Bernardino de Mendoza, conde de Coruña
  28. Bernardino de Quiñones, conde de Luna
  29. Diego López Pacheco, conde de Santistéban
  30. Juan Manrique, conde de Castañeda
  31. Diego Hurtado de Mendoza, arzobispo de Sevilla
  32. Alfonso de Fonseca, arzobispo de Santiago
  33. Alonso de Cárdenas, maestre de la Orden de Caballería de Santiago
  34. La Orden de Caballería de Calatrava de que el rey y la reina son administradores perpetuos
  35. Juan de Zúñiga, maestre de la Orden de Caballería de Alcántara
  36. Álvaro de Zúñiga, prior de la Orden de San Juan

37. al 49 los obispos de Burgos, Palencia, Ávila, Coria, Córdoba, León, Oviedo, Astorga, Segovia, Zamora, Mondoñedo, Lugo y Orense.

Referencias

  1. Martínez Peñas, L. y Herreros Cepeda, A.; García-Cano Torrico, María; Marín Parra, Vicenta (1 de enero de 1997). «El desplazamiento de los moriscos tras la rebelión de las Alpujarras: contexto político, estratégico y militar de una migración forzosa». En Antolín Granados Martínez, ed. Educación, integración o exclusión de la diversidad cultural?. Laboratorio de Estudios Interculturales Facultad de Ciencias de la Educación, Universidad de Granada. ISBN 9788492139033. OCLC 40667507. 
  2. Eisenberg, Daniel (1992). . Journal of Hispanic Philology (16): 107-124. Archivado desde el original el 6 de abril de 2016. Consultado el 31 de enero de 2017. 

Enlaces externos

  •   Wikisource contiene obras originales de o sobre Capitulaciones de Granada.
  • Imágenes del privilegio de confirmación en PARES
  •   Datos: Q2467248

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Las Capitulaciones para la entrega de Granada conocidas como el Tratado de Granada fueron los acuerdos firmados y ratificados el 2 de enero de 1492 que pusieron fin a la guerra de Granada librada entre los Reyes Catolicos Isabel I de Castilla y Fernando II de Aragon y el sultan de Granada Boabdil por los que renuncio a la soberania nazari del Reino nazari de Granada a favor de los monarcas cristianos quienes garantizaron una serie de derechos a los musulmanes incluida la tolerancia religiosa y su justo tratamiento en compensacion por una rendicion incondicional y capitulacion La rendicion de Granada por Francisco Pradilla y Ortiz El sultan Boabdil entrega Granada a los reyes Fernando II de Aragon e Isabel I de Castilla Indice 1 Terminos 2 Consecuencias del tratado 3 Documento 4 Referencias 5 Enlaces externosTerminos EditarLa capitulacion contenia 77 articulos Entre las condiciones otorgadas por don Fernando y dona Isabel al acordar con los moros granadinos destacan las siguientes El rey de Granada y los alcaides entregaran la fortaleza de la Alhambra y todas las otras fortalezas torres y puertas de la ciudad de Granada y del Albayzin Todos los moros se entregaran libre y espontaneamente y cumpliran como buenos y leales vasallos con sus reyes y senores naturales No se les obligara a convertirse al catolicismo ni podran ser molestados por sus costumbres No podran ser enrolados en el ejercito contra su voluntad El dia que el rey entregase las fortalezas y torres sus altezas le devolverian a su hijo con todos los rehenes y sus mujeres y criados excepto los que se hubieren vuelto cristianos Los moros seran juzgados en sus leyes y causas por su derecho tradicional con parecer de sus cadis y jueces que permaneceran en su puesto si son respetados por el pueblo y leales El jurado estara compuesto de un cadi y un juez cristiano No se permitira sin embargo que las culpas y delitos pasen de padres a hijos Se permite a los moros llevar armas excepto polvora que deben entregar a las autoridades Los moros son libres de vender o arrendar sus propiedades y viajar a la Berberia si asi lo desean sin que se les confisquen sus bienes garantizando los cristianos que la travesia seria segura durante tres anos Pasado este tiempo deben avisar a las autoridades con cincuenta dias de antelacion y mediante el pago de un ducado Este derecho es reciproco para los habitantes de la Berberia Los moros no estaban obligados a llevar marca distintiva alguna al contrario que los judios que deberian llevarla siempre Los antiguos habitantes de Granada estan exentos de impuestos durante tres anos Los tributos seran los habituales segun la ley nazari Podran comerciar en todo el reino sin pagar ningun portazgo especial Todos los cautivos cristianos de la ciudad seran entregados a las autoridades castellanas y liberados a no ser que fueran vendidos antes de la capitulacion como condicion para el vasallaje Todos los funcionarios y empleados de la administracion nazari desde el rey hasta los siervos pasando por los alcaides cadis meftis caudillos alguaciles y escuderos seran bien tratados y recibiran un sueldo justo por su trabajo Se respetaran sus libertades y costumbres Los cristianos tienen prohibido entrar en las mezquitas y los judios no pueden ser recaudadores ni tener bajo su mando ni a cristianos ni a moros Asimismo se respetan las limosnas de las mezquitas que seran administradas por los alfaquies Se concede una Amnistia e indulto general para todos los prisioneros de Granada incluidos los que se escaparon de las carceles cristianas y se refugiaron en la ciudad excepto si son canarios o negros Esta amnistia se extiende tambien a los prisioneros de guerra Consecuencias del tratado EditarBajo estas condiciones quedaron los reyes Isabel y Fernando duenos de la ciudad de Granada por cuyas puertas salio para no volver jamas el rey Boabdil el mismo dia que entro triunfante el ejercito cristiano Las capitulaciones solo fueron cumplidas por la Corona hasta 1499 Ese ano los reyes le encargaron al cardenal Cisneros una politica mas firme para la cristianizacion de la ciudad El cardenal impuso unas medidas represivas que causaron una rebelion en el barrio del Albaicin 1 y en 1500 quemo en una hoguera todos los libros en arabe que encontro en la ciudad salvo los de medicina 2 El ano siguiente la Corona decreto a instancias del mismo cardenal la conversion forzosa de los musulmanes de Granada al cristianismo sin opcion siquiera a partir al exilio como se le habia ofrecido a los judios en 1492 Las mezquitas fueron convertidas en iglesias los hammam cerrados y se prohibieron las festividades islamicas En 1516 Cisneros ya regente de toda Castilla publico una nueva pragmatica que obligaba a los descendientes de musulmanes a abandonar su traje usos y costumbres pero su aplicacion quedo en suspenso unos anos Tras un periodo de tolerancia bajo el rey Carlos I su hijo Felipe II de Espana endurecio de nuevo la represion de las costumbres de origen moro incluyendo la lengua arabe y la musica tradicional 1 Esto dio lugar a la rebelion de los moriscos en la que los descendientes de los moros del reino de Granada se levantaron en armas contra la Corona en 1568 aduciendo el incumplimiento repetido del tratado La rebelion fue derrotada tras tres anos de dura lucha tras la cual toda la poblacion morisca del reino de Granada fue desterrada a otros puntos de la corona de Castilla 1 Finalmente el rey Felipe III decretaria la expulsion de los moriscos en 1609 Documento Editar Privilegio rodado de confirmacion de las capitulaciones de Granada 30 de diciembre de 1491 El original del Privilegio rodado de Asiento y Capitulacion para la entrega de la ciudad de Granada se conserva en el Archivo de los Duques de Frias depositado en la Seccion Nobleza del Archivo Historico Nacional bajo la signatura CP 285 D 18 Su imagen digital puede verse en Commons Esta fechado a 30 de diciembre de 1491 no 1492 porque en aquella epoca en Espana se tomaba el 25 de diciembre como primer dia del ano Confirma las Capitulaciones otorgadas en el Real de la Vega de Granada el 25 de noviembre de 1491 entre los reyes Fernando e Isabel y los alcaides Yusuf ibn Comixa y Abu Casim al Muley en nombre de Boabdil rey de Granada En el documento se enumeran un total de 49 confirmantes de la entrega de Granada los mas altos nobles laicos y eclesiasticos que tomaron parte en la guerra de Granada hasta su capitulacion La lista de los confirmantes va encabezada por los Reyes Catolicos quienes confirman y aprueban el privilegio Los notarios mayores de Castilla del reino de Toledo y del reino de Leon testifican el documento La lista de confirmantes es la siguiente Juan principe primogenito heredero de los reinos de Castilla Leon Aragon Isabel princesa de Portugal infanta de Castilla y Aragon Pedro Gonzalez de Mendoza cardenal de Espana primado de Espana Infante Enrique de Aragon primo del rey y de la reina Alfonso de Aragon duque de Villahermosa sobrino del rey Alvaro de Zuniga duque de Bejar conde de Banares justicia mayor de la casa del rey y de la reina Pedro Fernandez de Velasco condestable de Castilla camarero mayor del rey y de la reina Diego Sarmiento conde de Salinas repostero mayor del rey y de la reina Juan Tellez Giron conde de Urena notario mayor de Castilla Pedro Enriquez adelantado mayor de Andalucia tio del rey Gutierre de Cardenas comendador mayor de la Orden de Santiago Juan Chacon adelantado del reino de Murcia contador mayor del rey y de la reina Rodrigo de Ulloa contador mayor del rey y de la reina Fadrique Enriquez almirante mayor de Castilla conde de Melgar y de Rueda primo del rey Enrique de Guzman duque de Medina Sidonia conde de Niebla primo del rey y de la reina Luis de la Cerda duque de Medinaceli conde de Santa Maria del Puerto primo del rey y de la reina Diego Lopez de Mendoza duque del Infantado marques de Santillana Fadrique de Toledo duque de Alba conde de Piedrahita Pedro Manrique duque de Najera conde de Trevino Beltran de la Cueva duque de Alburquerque conde de Ledesma mayordomo de la casa del rey y de la reina Rodrigo Ponce de Leon y Nunez duque de Cadiz conde de Arcos Pedro Osorio marques de Astorga Andres de Cabrera marques de Moya Garci Fernandez Manrique marques de Aguilar Rodrigo Alonso Pimentel conde de Benavente Diego Fernandez de Cordova conde de Cabra vizconde de Iznajar mariscal de Castilla Bernardino de Mendoza conde de Coruna Bernardino de Quinones conde de Luna Diego Lopez Pacheco conde de Santisteban Juan Manrique conde de Castaneda Diego Hurtado de Mendoza arzobispo de Sevilla Alfonso de Fonseca arzobispo de Santiago Alonso de Cardenas maestre de la Orden de Caballeria de Santiago La Orden de Caballeria de Calatrava de que el rey y la reina son administradores perpetuos Juan de Zuniga maestre de la Orden de Caballeria de Alcantara Alvaro de Zuniga prior de la Orden de San Juan37 al 49 los obispos de Burgos Palencia Avila Coria Cordoba Leon Oviedo Astorga Segovia Zamora Mondonedo Lugo y Orense Referencias Editar a b c Martinez Penas L y Herreros Cepeda A Garcia Cano Torrico Maria Marin Parra Vicenta 1 de enero de 1997 El desplazamiento de los moriscos tras la rebelion de las Alpujarras contexto politico estrategico y militar de una migracion forzosa En Antolin Granados Martinez ed Educacion integracion o exclusion de la diversidad cultural Laboratorio de Estudios Interculturales Facultad de Ciencias de la Educacion Universidad de Granada ISBN 9788492139033 OCLC 40667507 Eisenberg Daniel 1992 Cisneros y la quema de los manuscritos granadinos Journal of Hispanic Philology 16 107 124 Archivado desde el original el 6 de abril de 2016 Consultado el 31 de enero de 2017 Enlaces externos Editar Wikisource contiene obras originales de o sobre Capitulaciones de Granada Imagenes del privilegio de confirmacion en PARES Datos Q2467248Obtenido de https es wikipedia org w index php title Capitulaciones de Granada amp oldid 134191611, wikipedia, wiki, leyendo, leer, 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