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Subrogación

La subrogación es un término empleado en Derecho relacionado con la delegación o reemplazo de competencias hacia otros; es un tipo de sucesión. Se trata de un negocio jurídico mediante el cual una persona sustituye a otra en una obligación. Por lo tanto, la subrogación puede darse en cualquiera de las dos posiciones de una obligación: posición deudora y acreedora.

  • Subrogación en la posición del acreedor: Mediante un negocio jurídico, ya sea inter vivos (por ejemplo, la compraventa o la donación) o mortis causa (por herencia), una persona adquiere la posición de acreedor en una deuda. Desde su comunicación al deudor, este deberá pagar ahora a la persona que se ha subrogado en la posición de acreedor.
  • Subrogación en la posición del deudor: Dado que el deudor es el obligado al cumplimiento, es necesaria la autorización del acreedor para una subrogación, dado que puede ocurrir que el nuevo deudor no tenga tantos bienes o no esté suficientemente capacitado para cumplir la obligación. No es necesaria dicha autorización en caso de muerte del deudor, si la subrogación es por herencia.

De manera más genérica, pero en el mismo sentido, una persona puede subrogarse en una posición contractual. En ese caso estaría asumiendo, a la vez, las posiciones deudora y acreedora (según cada cual) de todas las obligaciones que nacen de dicho contrato y que son aplicables a su recién adquirida posición en el contrato.

Regulación por país

Chile

El Código Civil de Chile define subrogación en el artículo 1608 como «la transmisión de los derechos del acreedor a un tercero, que le paga». Esta definición es criticada por la doctrina, dado que la transmisión es un concepto referido a la sucesión por causa de muerte.[1]

El mismo código contempla seis casos de subrogación legal en su artículo 1610:

  1. Del acreedor que paga a otro acreedor de mejor derecho en razón de un privilegio o hipoteca;
  2. Del que habiendo comprado un inmueble, es obligado a pagar a los acreedores a quienes el inmueble está hipotecado;
  3. Del que paga una deuda a que se halla obligado solidaria o subsidiariamente;
  4. Del heredero beneficiario que paga con su propio dinero las deudas de la herencia;
  5. Del que paga una deuda ajena, consintiéndolo expresa o tácitamente el deudor;
  6. Del que ha prestado dinero al deudor para el pago; constando así en escritura pública del préstamo, y constando además en escritura pública del pago haberse satisfecho la deuda con el mismo dinero.

Además, en el artículo 1611 se estipula la subrogación convencional, cuando el acreedor «recibiendo de un tercero el pago de la deuda, le subroga voluntariamente en todos los derechos y acciones que le corresponden como tal acreedor».

El Salvador

En El Salvador, la subrogación ―conforme lo dispone el Código Civil―, es el acto mediante el cual una persona adquiere el derecho de acreedor, en vista de haber pagado una deuda en lugar de otra. Ejemplo de ello, es la persona que paga una deuda en vista de ser fiador solidario, y mediante un acta de subrogación adquiere la posición del acreedor, ante la persona que incumplió con la obligación del pago (deudor principal), y puede entonces exigir a éste el pago de la deuda cancelada en su lugar, y ejercer todas las acciones que en su momento pertenecían al acreedor inicial.

El Código Civil establece: "La subrogación es la transmisión de los derechos del acreedor a un tercero, que le paga" (artículo 1478). "Se subroga un tercero en los derechos del acreedor o en virtud de la ley, o en virtud de una convención del acreedor" (artículo 1479).

Existen dos tipos de subrogación, la legal y la convencional. En el caso de la convencional, esta está sujeta a las reglas de la cesión de derechos establecida en el mismo código. En el caso de la legal, conforme lo dispuesto en el artículo 1482, se establece que, "por el hecho del pago, se traspasan al nuevo acreedor todos los derechos, acciones, privilegios y garantías del antiguo, ya sean contra el deudor principal, ya contra terceros obligados solidaria o subsidiariamente a la deuda".

España

La subrogación de empresa está regulada en el artículo 44 del Estatuto de los trabajadores y se establece la obligación de información y consulta a los representantes de los trabajadores y a los trabajadores afectados por la transmisión, además de las obligaciones que correspondan respecto a la comunicación a la Seguridad Social. La empresa subrogada se denomina también empresa anterior o cedente y la subrogante es la empresa nueva o cesionaria.

Por otro lado, la subrogación permite cambiar la hipoteca a otra entidad financiera (subrogación de acreedor) o trasladar la hipoteca de un deudor a otro deudor, al que se le vende la finca (subrogación de deudor).

Subrogación de acreedor

La subrogación de acreedor permite cambiar la hipoteca de la entidad financiera para mejorar las condiciones financieras de la hipoteca. Normalmente la subrogación de acreedor se conoce como subrogación de entidad o subrogación “a secas”.

Es el proceso jurídico para cambiar una hipoteca a otra entidad financiera mejorando las condiciones económicas. Es una opción recomendada cuando no podemos mejorar las condiciones del préstamo hipotecario en nuestra entidad.[2]

  • Permite mejorar las condiciones de la hipoteca en el caso de que las condiciones actuales estén desfasadas con el mercado
  • Es un elemento que puede servir para negociar con el propio banco, ya que el banco (A), en caso de querer retener al cliente, puede mejorar o igualar la oferta del banco (B) al que se subrogue el cliente
  • Implica menos gastos que una cancelación del préstamo actual y la apertura de un nuevo préstamo en la entidad donde se quiera trasladar la hipoteca
    • No se paga IAJD (Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados).
    • Gastos de notaría rebajados
    • Gastos de registro de la propiedad rebajados

Limitaciones

  • No permite realizar ampliaciones de capital
  • No se pueden agregar titulares adicionales
  • Es más cara que una novación.

Costos

  • Comisión de subrogación: Es la comisión que aplica el banco donde se tiene la hipoteca actual por trasladar el préstamo a otra entidad. Para las hipotecas actuales, la comisión máxima que establece la Ley es de 0,50% durante los primeros 5 años y de 0,25% el resto de años. En España, esta comisión es negociable, según el perfil financiero, hasta el 0%.

Subrogación de deudor

La subrogación de deudor, es la forma jurídica para traspasar la hipoteca de un deudor a otro deudor al que se le está vendiendo la propiedad. Cuando se realiza el traspaso a través de una subrogación de deudor no es posible realizar modificaciones sobre el contrato hipotecario original. Se la conoce como subrogación de “promotor” debido a que las operaciones de subrogación de deudor más frecuentes se dan entre promotores inmobiliarios que traspasan sus hipotecas a los particulares que compran sus viviendas.

México

La subrogación en el derecho mexicano está regulada en los diferentes Códigos Civiles de los estados de la República.

El Código Civil de 1928 de ámbito local para el Distrito Federal y el Código Civil Federal publicado en el Diario Oficial de la Federación el primero de septiembre de 1932, establecen en sus artículos 2058 y 2059 la figura de la subrogación, entendiéndola como la sustitución de acreedor "por ministerio de ley y sin necesidad de declaración judicial ni de las partes". Así, la subrogación es el "acto jurídico en virtud del cual hay una sustitución admitida o establecida de pleno derecho en el derecho de un acreedor, por un tercero que paga la deuda, o bien, presta al deudor fondos para pagarla, permaneciendo idéntica e invariable la relación obligatoria"[3]

El artículo 2058 permite los siguientes supuestos de subrogación:

  1. Cuando el que es acreedor paga a otro acreedor preferente: Es decir, cuando existe una pluralidad de acreedores respecto de un mismo deudor, uno de ellos puede pagar la deuda que se tenga respecto a otro con mejor derecho, y de esta manera, subrogarse en sus derechos de cobro (ver prelación de créditos.
  2. Cuando el que paga tiene interés jurídico en el cumplimiento de la obligación: La persona que realiza el pago demuestra que tiene interés en adquirir la deuda, ya sea porque es familiar del deudor, o bien, porque le interesan las prestaciones.
  3. Cuando un heredero paga con sus bienes priopios alguna deuda de la herencia: Aquí hay que distinguir en que momento una persona se convierte en heredero para el Derecho mexicano, pues, de lo contrario, estaríamos admitiendo que existe una confusión de derechos y no una subrogación (si el heredero paga con bienes propios una deuda de la herencia, se convierte en acreedor de la misma; al heredar, puesto que se trasladan también las deudas, tendría el derecho de cobro y la obligación de pagarse a sí mismo), por lo que se apunta que se es heredero al declarársele judicial o notarialmente como tal y no durante la administración de los bienes de la herencia.
  4. Cuando el que adquiere un inmueble paga un crédito hipotecario anterior a la adquisición: Un caso muy parecido al de la primera fracción, sólo que aquí se trata auténticamente de un tercero que pagará un crédito garantizado, adquiriendo, por tanto, un crédito preferente.

Finalmente, el artículo 2059 establece que "Cuando la deuda fuere pagada por el deudor con dinero que un tercero le prestare con ese objeto, el prestamista quedará subrogado por ministerio de la ley en los derechos del acreedor, si el préstamo constare en título auténtico en que se declare que el dinero fue prestado para el pago de la misma deuda. Por falta de esta circunstancia, el que prestó el dinero sólo tendrá los derechos que expresa su respectivo contrato"; es decir, debe existir forzosamente un documento auténtico (ya sea un contrato o un convenio) donde conste que se prestó el dinero para realizar el pago de la deuda, y de esta manera operar la subrogación; la falta de este hecho (una solemnidad) supondrá que se realizó cualquier otro acto jurídico, menos la subrogación.

Panamá

Subrogación de derecho (seguros).

La compañía tendrá el derecho de hacerse cargo de cualquiera reclamación hecha contra el asegurado, podrá también hacerse cargo durante el tiempo que estima conveniente de atender y dirigir en nombre del asegurado y en su representación, o para arreglar cualquiera cuestión relacionada con el mismo asegurado, y este no podrá sin el consentimiento por escrito de la compañía reconocer responsabilidad alguna, hace ningún pago o liquidación ni arreglo con respecto a dicha reclamación. El asegurado tendrá la obligación de subrogar a la compañía en todos sus derechos, cuando esta lo pida, a fin de que la compañía tenga absoluta libertad para actuar persiguiendo ampliamente las responsabilidades del caso. Si por alguna circunstancia la compañía recibiese una suma mayor que la desembolsada por pago de indemnización y por gastos, devolverá la diferencia al asegurado.

El asegurado no hará ni permitirá que se haga acto alguno que menoscabe los derechos que pueda adquirir la compañía por subrogación, o que imposibilite el poder recibirlos. El asegurado prestará a la compañía todos los auxilios y le proporcionará todos los informes que pueda, sin costo alguno para la compañía; y le suministrará con razonable aquellos informes que la compañía pueda exigirla, a fin de que éste tome la medidas que estime convenientes.

Véase también

Referencias

  1. Ramos Pazos, René (2004). De las obligaciones (1 edición) (LexisNexis): 374. 
  2. «¿Qué es la subrogación de deudor?», artículo del 17 de septiembre de 2009, en el sitio web HelpMycash.
  3. Ernesto Gutiérrez y González: Derecho de las obligaciones (págs. 874 a 887). México: Porrúa, 2006.

Enlaces externos

  • Subrogación - Cambiar de banco la hipoteca ¿Qué es la subrogación de entidad? ¿Cuánto cuesta?
  • Subrogación. ¿Qué es? ¿Qué gastos implica? ¿Cuándo interesa?
  •   Datos: Q322768

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deudor es el obligado al cumplimiento es necesaria la autorizacion del acreedor para una subrogacion dado que puede ocurrir que el nuevo deudor no tenga tantos bienes o no este suficientemente capacitado para cumplir la obligacion No es necesaria dicha autorizacion en caso de muerte del deudor si la subrogacion es por herencia De manera mas generica pero en el mismo sentido una persona puede subrogarse en una posicion contractual En ese caso estaria asumiendo a la vez las posiciones deudora y acreedora segun cada cual de todas las obligaciones que nacen de dicho contrato y que son aplicables a su recien adquirida posicion en el contrato Indice 1 Regulacion por pais 1 1 Chile 1 2 El Salvador 1 3 Espana 1 3 1 Subrogacion de acreedor 1 3 2 Limitaciones 1 3 3 Costos 1 3 4 Subrogacion de deudor 1 4 Mexico 1 5 Panama 2 Vease tambien 3 Referencias 4 Enlaces externosRegulacion por pais EditarChile Editar El Codigo Civil de Chile define subrogacion en el articulo 1608 como la transmision de los derechos del acreedor a un tercero que le paga Esta definicion es criticada por la doctrina dado que la transmision es un concepto referido a la sucesion por causa de muerte 1 El mismo codigo contempla seis casos de subrogacion legal en su articulo 1610 Del acreedor que paga a otro acreedor de mejor derecho en razon de un privilegio o hipoteca Del que habiendo comprado un inmueble es obligado a pagar a los acreedores a quienes el inmueble esta hipotecado Del que paga una deuda a que se halla obligado solidaria o subsidiariamente Del heredero beneficiario que paga con su propio dinero las deudas de la herencia Del que paga una deuda ajena consintiendolo expresa o tacitamente el deudor Del que ha prestado dinero al deudor para el pago constando asi en escritura publica del prestamo y constando ademas en escritura publica del pago haberse satisfecho la deuda con el mismo dinero Ademas en el articulo 1611 se estipula la subrogacion convencional cuando el acreedor recibiendo de un tercero el pago de la deuda le subroga voluntariamente en todos los derechos y acciones que le corresponden como tal acreedor El Salvador Editar En El Salvador la subrogacion conforme lo dispone el Codigo Civil es el acto mediante el cual una persona adquiere el derecho de acreedor en vista de haber pagado una deuda en lugar de otra Ejemplo de ello es la persona que paga una deuda en vista de ser fiador solidario y mediante un acta de subrogacion adquiere la posicion del acreedor ante la persona que incumplio con la obligacion del pago deudor principal y puede entonces exigir a este el pago de la deuda cancelada en su lugar y ejercer todas las acciones que en su momento pertenecian al acreedor inicial El Codigo Civil establece La subrogacion es la transmision de los derechos del acreedor a un tercero que le paga articulo 1478 Se subroga un tercero en los derechos del acreedor o en virtud de la ley o en virtud de una convencion del acreedor articulo 1479 Existen dos tipos de subrogacion la legal y la convencional En el caso de la convencional esta esta sujeta a las reglas de la cesion de derechos establecida en el mismo codigo En el caso de la legal conforme lo dispuesto en el articulo 1482 se establece que por el hecho del pago se traspasan al nuevo acreedor todos los derechos acciones privilegios y garantias del antiguo ya sean contra el deudor principal ya contra terceros obligados solidaria o subsidiariamente a la deuda Espana Editar La subrogacion de empresa esta regulada en el articulo 44 del Estatuto de los trabajadores y se establece la obligacion de informacion y consulta a los representantes de los trabajadores y a los trabajadores afectados por la transmision ademas de las obligaciones que correspondan respecto a la comunicacion a la Seguridad Social La empresa subrogada se denomina tambien empresa anterior o cedente y la subrogante es la empresa nueva o cesionaria Por otro lado la subrogacion permite cambiar la hipoteca a otra entidad financiera subrogacion de acreedor o trasladar la hipoteca de un deudor a otro deudor al que se le vende la finca subrogacion de deudor Subrogacion de acreedor Editar La subrogacion de acreedor permite cambiar la hipoteca de la entidad financiera para mejorar las condiciones financieras de la hipoteca Normalmente la subrogacion de acreedor se conoce como subrogacion de entidad o subrogacion a secas Es el proceso juridico para cambiar una hipoteca a otra entidad financiera mejorando las condiciones economicas Es una opcion recomendada cuando no podemos mejorar las condiciones del prestamo hipotecario en nuestra entidad 2 Permite mejorar las condiciones de la hipoteca en el caso de que las condiciones actuales esten desfasadas con el mercado Es un elemento que puede servir para negociar con el propio banco ya que el banco A en caso de querer retener al cliente puede mejorar o igualar la oferta del banco B al que se subrogue el cliente Implica menos gastos que una cancelacion del prestamo actual y la apertura de un nuevo prestamo en la entidad donde se quiera trasladar la hipoteca No se paga IAJD Impuesto sobre Actos Juridicos Documentados Gastos de notaria rebajados Gastos de registro de la propiedad rebajadosLimitaciones Editar No permite realizar ampliaciones de capital No se pueden agregar titulares adicionales Es mas cara que una novacion Costos Editar Comision de subrogacion Es la comision que aplica el banco donde se tiene la hipoteca actual por trasladar el prestamo a otra entidad Para las hipotecas actuales la comision maxima que establece la Ley es de 0 50 durante los primeros 5 anos y de 0 25 el resto de anos En Espana esta comision es negociable segun el perfil financiero hasta el 0 Subrogacion de deudor Editar La subrogacion de deudor es la forma juridica para traspasar la hipoteca de un deudor a otro deudor al que se le esta vendiendo la propiedad Cuando se realiza el traspaso a traves de una subrogacion de deudor no es posible realizar modificaciones sobre el contrato hipotecario original Se la conoce como subrogacion de promotor debido a que las operaciones de subrogacion de deudor mas frecuentes se dan entre promotores inmobiliarios que traspasan sus hipotecas a los particulares que compran sus viviendas Mexico Editar La subrogacion en el derecho mexicano esta regulada en los diferentes Codigos Civiles de los estados de la Republica El Codigo Civil de 1928 de ambito local para el Distrito Federal y el Codigo Civil Federal publicado en el Diario Oficial de la Federacion el primero de septiembre de 1932 establecen en sus articulos 2058 y 2059 la figura de la subrogacion entendiendola como la sustitucion de acreedor por ministerio de ley y sin necesidad de declaracion judicial ni de las partes Asi la subrogacion es el acto juridico en virtud del cual hay una sustitucion admitida o establecida de pleno derecho en el derecho de un acreedor por un tercero que paga la deuda o bien presta al deudor fondos para pagarla permaneciendo identica e invariable la relacion obligatoria 3 El articulo 2058 permite los siguientes supuestos de subrogacion Cuando el que es acreedor paga a otro acreedor preferente Es decir cuando existe una pluralidad de acreedores respecto de un mismo deudor uno de ellos puede pagar la deuda que se tenga respecto a otro con mejor derecho y de esta manera subrogarse en sus derechos de cobro ver prelacion de creditos Cuando el que paga tiene interes juridico en el cumplimiento de la obligacion La persona que realiza el pago demuestra que tiene interes en adquirir la deuda ya sea porque es familiar del deudor o bien porque le interesan las prestaciones Cuando un heredero paga con sus bienes priopios alguna deuda de la herencia Aqui hay que distinguir en que momento una persona se convierte en heredero para el Derecho mexicano pues de lo contrario estariamos admitiendo que existe una confusion de derechos y no una subrogacion si el heredero paga con bienes propios una deuda de la herencia se convierte en acreedor de la misma al heredar puesto que se trasladan tambien las deudas tendria el derecho de cobro y la obligacion de pagarse a si mismo por lo que se apunta que se es heredero al declararsele judicial o notarialmente como tal y no durante la administracion de los bienes de la herencia Cuando el que adquiere un inmueble paga un credito hipotecario anterior a la adquisicion Un caso muy parecido al de la primera fraccion solo que aqui se trata autenticamente de un tercero que pagara un credito garantizado adquiriendo por tanto un credito preferente Finalmente el articulo 2059 establece que Cuando la deuda fuere pagada por el deudor con dinero que un tercero le prestare con ese objeto el prestamista quedara subrogado por ministerio de la ley en los derechos del acreedor si el prestamo constare en titulo autentico en que se declare que el dinero fue prestado para el pago de la misma deuda Por falta de esta circunstancia el que presto el dinero solo tendra los derechos que expresa su respectivo contrato es decir debe existir forzosamente un documento autentico ya sea un contrato o un convenio donde conste que se presto el dinero para realizar el pago de la deuda y de esta manera operar la subrogacion la falta de este hecho una solemnidad supondra que se realizo cualquier otro acto juridico menos la subrogacion Panama Editar Subrogacion de derecho seguros La compania tendra el derecho de hacerse cargo de cualquiera reclamacion hecha contra el asegurado podra tambien hacerse cargo durante el tiempo que estima conveniente de atender y dirigir en nombre del asegurado y en su representacion o para arreglar cualquiera cuestion relacionada con el mismo asegurado y este no podra sin el consentimiento por escrito de la compania reconocer responsabilidad alguna hace ningun pago o liquidacion ni arreglo con respecto a dicha reclamacion El asegurado tendra la obligacion de subrogar a la compania en todos sus derechos cuando esta lo pida a fin de que la compania tenga absoluta libertad para actuar persiguiendo ampliamente las responsabilidades del caso Si por alguna circunstancia la compania recibiese una suma mayor que la desembolsada por pago de indemnizacion y por gastos devolvera la diferencia al asegurado El asegurado no hara ni permitira que se haga acto alguno que menoscabe los derechos que pueda adquirir la compania por subrogacion o que imposibilite el poder recibirlos El asegurado prestara a la compania todos los auxilios y le proporcionara todos los informes que pueda sin costo alguno para la compania y le suministrara con razonable aquellos informes que la compania pueda exigirla a fin de que este tome la medidas que estime convenientes Vease tambien EditarDacion en pagoReferencias Editar Ramos Pazos Rene 2004 De las obligaciones 1 edicion LexisNexis 374 Que es la subrogacion de deudor articulo del 17 de septiembre de 2009 en el sitio web HelpMycash Ernesto Gutierrez y Gonzalez Derecho de las obligaciones pags 874 a 887 Mexico Porrua 2006 Enlaces externos EditarSubrogacion Cambiar de banco la hipoteca Que es la subrogacion de entidad Cuanto cuesta Subrogacion Que es Que gastos implica Cuando interesa Datos Q322768 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Subrogacion amp oldid 129920153, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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