fbpx
Wikipedia

Política Común de Seguridad y Defensa de la Unión Europea

La Política Común de Seguridad y Defensa (PCSD, anteriormente Política Europea de Seguridad y Defensa, PESD) es la actuación planificada en el seno del Consejo, así como su diseño estratégico, que la Unión Europea despliega de manera autónoma en el ámbito militar y de la defensa. La PCSD forma parte de la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC), en cuya estructura jurídica, administrativa, estratégica y política se integra. Asume sus mismos principios y objetivos (aplicados al terreno político específico de la defensa), y se sitúa bajo la misma autoridad jerárquica y operativa superior, la del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad. Como tal rama de la PESC, la PCSD es parte asimismo de la acción exterior de la Unión (AE).

La PCSD forma parte integrante de la política exterior y de seguridad común de la Unión Europea.

Historia

La historia de la integración europea en asuntos de la defensa y coordinación militar se remonta a los padres fundadores mismos, cuyo principal afán era entonces redimir la voluntad autodestructiva que Europa había llevado hasta sus últimas consecuencias con la Segunda Guerra Mundial; el primer objetivo de la Europa unida debía ser la paz. El gran simbolismo de que se dotó al primer paso sectorial (la Comunidad Europea del Carbón y del Acero) dado en pro de este proyecto resultaba muy significativo, pues el carbón y el acero eran los dos recursos cuya poderosa industria en Alsacia y Lorena, y en menor medida en Luxemburgo, había despertado los apetitos anexionistas de dos viejos enemigos, Francia y Alemania. De la posesión de estos territorios habían hecho ambos países una cuestión de orgullo nacional que había servido en numerosas ocasiones de estandarte reivindicativo para las tres grandes guerras que asolaron a estos dos países, y con ellos al mundo entero: la Guerra franco-prusiana, la Primera Guerra Mundial, y, finalmente, la Segunda. El carbón era fuente de energía fundamental para el desarrollo de la industria, en especial cuando el desarrollo y expansión del ferrocarril por Europa, con su trascendencia estratégica y militar, lo requería especialmente; el acero, resistente aleación de hierro y carbono, era un valiosísimo material para la industria militar, que se retroalimentaba precisamente al calor de esta mala vecindad. La CECA buscaba poner bajo una autoridad supranacional la gestión en común de estos dos recursos.

La Comunidad Europea de Defensa

Prueba de las nítidas intenciones de estos pioneros europeístas fue el segundo gran proyecto comunitario a escala continental, la fracasada Comunidad Europea de Defensa (CED), cuyo Tratado constitutivo llegó a ser firmado por todos los gobiernos, pero que no superó la ratificación parlamentaria en la Asamblea Nacional francesa, ya entonces poblada de los nacionalistas seguidores del general De Gaulle. El fracaso de este tratado causó gran conmoción entre muchos de sus promotores y condicionó gravemente la cooperación militar en Europa, que no volvería a ver la luz, mucho más tímidamente, hasta la entrada en vigor del Tratado de Ámsterdam en 1999. Cundió la sensación de que Europa avanzaba demasiado deprisa y que el nacionalismo en el continente seguía demasiado vivo como para ser ignorado o esquivado por medio de tratados internacionales. Tuvo que esperarse al empuje que se le propinó en la Conferencia de Messina para que el proyecto de integración europea volviera a encarrilarse, si bien por caminos distintos y quizá más realistas, cristalizándose en la firma, en 1957, del Tratado de Roma que creó las otras dos Comunidades Europeas: la Económica y la de la Energía Atómica. Una vez más, se veía en esta última la preocupación política existente por los asuntos militares en un continente todavía fragmentado y doliente, donde la irrupción de las nuevas armas basadas en la desintegración atómica podría hacer estragos.

Misiones Petersberg

Si bien no sería hasta 1999, con la entrada en vigor del Tratado de Ámsterdam, que en Europa volvería a plantearse abiertamente en los Tratados la articulación de una política común de defensa (si bien muy tímidamente), lo cierto es que ya la CPE (Cooperación Política Europea) contemplada en el Acta Única y, sobre todo, la perspectiva de la adopción de una Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) con la firma del Tratado de Maastricht, abrieron ya las puertas a los primeros albores de la cooperación militar autónoma a escala europea. Así, en 1992 los ministros de defensa de las entonces Comunidades se reunieron en la ciudad alemana de Petersberg y acordaron la creación de un marco de cooperación militar autónomo de la OTAN, si bien muy coordinado con esta, para el desarrollo de determinadas misiones de paz o humanitarias en terceros países. Estas operaciones, que en algunos casos y particularmente en los Balcanes mostraron su utilidad, fueron bautizadas con el nombre de aquella localidad como "Misiones Petersberg". Con el Tratado de Ámsterdam se dispuso su institucionalización en el marco de una Política Europea de Seguridad y Defensa (PESD).

El nombramiento del ex-secretario general de la OTAN y antiguo ministro de exteriores español Javier Solana como Alto Representante para la Política Exterior y de Seguridad Común del Consejo supuso un cambio notable para la neonata PESD. El empeño personal de Solana por garantizar la paz en la antigua Yugoslavia, azotada por dos guerras civiles que incluyeron un genocidio, y con las que Solana lidió arduamente desde la OTAN, transfirió su influencia sobre la nueva política, con la implicación continuada de los europeos en la posguerra de la región a través de misiones civiles, militares y combinadas, de mantenimiento de la paz y ayuda humanitaria. Las numerosas operaciones y dispositivos combinados que allí desplegó la Unión Europea fue muy vasta, y su continuidad (todavía perviven algunas de estas misiones) inédita.

La crisis interna provocada entre los europeos por la Guerra de Irak dificultó ciertamente el desarrollo de la PESD, con fuertes divergencias entre los Estados miembros que resultaron evidentes al mundo. Se pudo comprobar la inoperancia de la PESC y de la PESD en situaciones controvertidas o susceptibles de enfoques diametralmente opuestos, así como la incapacidad de sus dirigentes para contenerlas. También se puso de relieve la insuficiencia de una cultura militar común entre sus miembros. Sin embargo, y si bien discretamente en conflictos o regiones menos publicitados, Europa siguió desplegando sus capacidades operativas en el exterior: así, envió misiones combinadas a la Congo, a Franja de Gaza, Georgia, Guinea-Bissau y, más recientemente, en las costas de Somalia. Diez de estas y otras misiones permanecen funcionando a día de hoy.

Los acuerdos de Saint-Malo

Estrategia de Seguridad de 2003

 
Javier Solana, exAR y artífice de la EES

Un paso importante para la Política Europea de Seguridad y Defensa (PESD)supuso la adopción en 2003 -en paralelo a la escalada bélica en Irak- de la primera Estrategia Europea de Seguridad. El documento, presentado al Consejo Europeo para su aprobación por el Alto Representante Solana, contenía por vez primera una visión de conjunto común sobre la defensa y la seguridad de Europa en el mundo. La Estrategia se ideó a semejanza de las estrategias nacionales de seguridad o de defensa que elaboran muchos países en el mundo, particularmente relevantes en el caso de los Estados Unidos, y se redactó con el concurso de los estados mayores y los ministerios de defensa de los Estados miembros, tardándose bastante tiempo en alumbrarlo finalmente.

Tras evaluar la situación internacional imperante en el mundo y analizar los principales retos y amenazas que se enfrentan a los intereses europeos en el mundo (el terrorismo, la proliferación nuclear, los conflictos regionales, el debilitamiento de los Estados y la criminalidad organizada), el documento señala un elenco de objetivos estratégicos que debe perseguir y alcanzar Europa para abordarlos y, finalmente, designa los medios e instrumentos adecuados a tal fin, de los que Europa debe dotarse y desarrollar conforme evolucionan los acontecimientos.

El 28 de junio de 2016 veía la luz la nueva Estrategia Europea de Seguridad denominada «Estrategia Global para la Política Exterior y de Seguridad de la Unión» (EGUE) a la que se añadía como título «Una visión compartida, acción común: una Europa más fuerte».[1]

Tratado de Lisboa

El Tratado de Lisboa ha supuesto una nueva configuración normativa para la política de defensa comunitaria. El texto, en vigor desde el 1 de diciembre de 2009, abre la puerta a un nuevo mecanismo de "cooperación estructurada permanente" (CEP) a través del cual los Estados miembros con capacidades militares más avanzadas están llamados a establecer entre sí un marco institucionalizado y regular de cooperación y coordinación de aquellas, y de toda su industria militar, en el seno de la Unión. Esta es quizá la innovación más relevante que introduce Lisboa en la defensa europea común. Además, y junto a esta "integración avanzada" en asuntos de la defensa que supone la CEP, Lisboa abre por vez primera la posibilidad de establecer las conocidas como cooperaciones avanzadas, esto es, operaciones o compromisos regulados a nivel comunitario de los que participen tan solo aquellos Estados que manifiesten su voluntad, siempre que sean por lo menos nueve.

 

Además, el nuevo Tratado rebautiza la PESD (Política Europea de Seguridad y Defensa) sustituyendo, de manera significativa, el adjetivo "europea" por "común", por lo que la nueva política defensiva de la Unión Europea ha pasado a denominarse Política Común de Seguridad y Defensa (PCSD).

Finalmente, el Tratado de Lisboa lleva hasta sus últimas consecuencias la pertenencia de la PCSD a la PESC e incluye a aquella entre las competencias del nuevo Servicio Europeo de Acción Exterior, que administra la acción exterior europea en todas sus dimensiones, bajo la autoridad del reforzado Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad.

Lo que no altera Lisboa, como era de esperar, es la regla de la unanimidad por la que se rige la PCSD y, ahora ya en menor medida o con algunas salvedades, toda la PESC. Por lo tanto, la aplicación y efectividad de todos estos mecanismos e instrumentos dependerá en la práctica, en gran medida, de la voluntad política de los dirigentes europeos, especialmente de los gobiernos nacionales, pues la PCSD sigue siendo un ámbito (el que más) de funcionamiento plenamente intergubernamental.

Principios y objetivos PESC-PCSD

Los principios y objetivos por los que se rige y que persigue la Política Común de Seguridad y Defensa (PCSD) son los mismos que se aplican a la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) en la que aquella se engloba y, en más en general, a toda la acción exterior de la Unión Europea.

De acuerdo con el artículo 21 del Tratado de la Unión[2]​ (en adelante TUE), la acción de la Unión en la escena internacional se fundamenta en el respeto a un conjunto de principios y la ordenación a un conjunto de objetivos que se enumeran en ese mismo precepto. Los principios fundamentadores de la acción exterior de la Unión, que pueden clasificarse, sin menoscabo de su igual categoría constitucional, en materiales (una suerte de principios-valores) y funcionales, son los siguientes: la dignidad humana (principio material); la universalidad e indivisibilidad de los derechos humanos y de las libertades fundamentales (principio material); la democracia y el Estado de Derecho (principio material); los principios de igualdad y solidaridad entre los hombres y los pueblos y naciones del mundo (principio material); el respeto del Derecho internacional, y en particular de los principios contenidos en la Carta de las Naciones Unidas (principio funcional); la cooperación (principio funcional); el multilateralismo, en especial en el marco de las Naciones Unidas (principio funcional).

Asimismo, y dentro del respeto de los principios anteriores, son objetivos que la Unión ha de perseguir (se observa una cierta reiteración, en algunos casos literal, entre los principios y los objetivos) en la definición y ejecución de sus políticas comunes y acciones en todos los ámbitos de las relaciones internacionales: la defensa de sus valores e intereses fundamentales, su seguridad, su independencia y su integridad; la promoción y consolidación de la democracia, el Estado de Derecho, los derechos humanos y el Derecho internacional; el mantenimiento de la paz y la prevención de conflictos, buscando una mayor seguridad internacional y en el marco de la Carta de la ONU, el Acta final de Helsinki y la Carta de París; el apoyo al desarrollo sostenible, incluyendo la protección del medio ambiente y la erradicación de la pobreza; la ayuda en situaciones de crisis o catástrofe natural o humana; la evolución del sistema internacional sobre las bases de una cooperación multilateral estable y una mejor gobernanza mundial. También son objetivos los llamados objetivos estratégicos que vienen enunciados en la Estrategia Europea de Seguridad, y que son tres: garantizar la seguridad interior, contribuir a la creación de un entorno de seguridad para Europa y, finalmente, la integración y promoción de la defensa europea en una cooperación institucionalizada internacional a través del llamado "multilateralismo eficaz", conceptos todos que vienen definidos en el mencionado documento.

Deben tenerse en cuenta, asimismo, los denominados valores de la Unión, contenidos en el artículo 2 TUE, y de los cuales los principios de la acción exterior no son sino un específico desarrollo y adaptación al ámbito de las relaciones internacionales; de igual forma, debe valorarse el artículo 3.5 TUE, que establece como uno de los objetivos generales de la Unión una acción exterior cohesionada y coherente a sus valores.

La cláusula de defensa común

A todo esto, en general aplicable a toda la acción exterior, la Política Común de Seguridad y Defensa (PCSD) añade un objetivo autónomo de gran trascendencia simbólica y potencial. De acuerdo con los Tratados:

La PCSD incluirá la definición progresiva de una política común de defensa de la Unión. Ésta conducirá a una defensa común una vez que el Consejo Europeo lo haya decidido por unanimidad. En este caso, el Consejo Europeo recomendará a los Estados miembros que adopten una decisión en este sentido de conformidad con sus respectivas normas constitucionales.[3]

Si bien no se trata de algo necesariamente pacífico, ni desde luego viene especificado en ningún otro texto de rango legal o normativo, la idea de una defensa común parece querer recuperar la idea de un ejército común continental al servicio de un estado mayor propio y unificado; de igual manera, la política común de defensa sería una fase transitoria, parece apuntar el espíritu del artículo, durante la cual los distintos ejércitos europeos se hallarían subordinados únicamente a la política de defensa acordada en Bruselas por los gobiernos nacionales.

Marco político e institucional

Si la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) se encuentra ya sujeta a procedimientos y mecanismos que, sin romper la apariencia formal de un marco institucional único para toda la Unión y sus políticas, resultan a todas luces muy específicos, estas diferenciaciones se revelan en toda su intensidad en el ámbito concreto de la Política Común de Seguridad y Defensa (PCSD) de la Unión. Ya su misma ubicación, dentro del Tratado de la Unión Europea y extraído por tanto del Tratado de Funcionamiento, donde se encuentran todas las demás políticas comunes excepto la PESC-PCSD, apunta en dirección de una voluntad netamente diferenciadora del resto de políticas. Si bien el Tratado, en su Capítulo 2º del Título V, dedicado a la PESC, llama sucesivamente a las cuatro principales instituciones de la Unión -el Parlamento Europeo, el Consejo Europeo, el Consejo y la Comisión Europea- y al Alto Representante para que participen de dicha política -incluyendo, por tanto, los asuntos de seguridad y de defensa-, el papel específico que sus preceptos atribuyen a las mismas se aparta a todas luces del que ordinariamente les corresponde en las políticas comunitarias. De este modo, resaltan con fuerza las funciones decisorias y de ejecución que en este ámbito político corresponden al Consejo y al Alto Representante, el papel de supervisión e instancia permanente que ejerce, a cierta distancia, el Consejo Europeo sobre ambos, y finalmente la presencia residual y casi testimonial que se concede al Parlamento y a la Comisión como tales.

Con respecto a las instituciones y órganos principales en materia de PCSD (y de PESC en general), podría resumirse, generalizando y en términos muy latos, lo siguiente:

  • el Consejo Europeo define las líneas y objetivos estratégicos,
  • el Consejo aplica mediante decisiones dicha estrategia y supervisa su ejecución,
  • el Alto Representante propone decisiones y dirige y ejecuta la política y las decisiones adoptadas,
  • la Comisión participa y expresa sus posiciones en todas las fases,
  • el Parlamento controla políticamente y delibera.

El Tribunal de Justicia, el Tribunal de Cuentas y el Banco Central Europeo, las otras tres instituciones de la Unión, están completamente excluidos del ámbito de la PCSD, salvo en lo que toca al primero para comprobar la legalidad formal de los actos adoptados en materia PESC-PCSD.[4]​ No existe, pues, en el ámbito de la PCSD, método comunitario alguno. Consecuencia de todas estas peculiaridades es la proliferación de órganos y organismos suplementarios con funciones específicas en materia de seguridad y defensa.

Debe finalmente recordarse que, de acuerdo con el Tratado, la PCSD "será ejecutada por el Alto Representante y por los Estados miembros, utilizando los medios nacionales y los de la Unión".

El Consejo Europeo y el Consejo

 
Sala de reuniones del Consejo.

El Consejo Europeo y el Consejo definen y aplican, por unanimidad en principio, la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) en su conjunto, a tenor del artículo 24 TUE. Sin embargo, lo cierto es que, como a su vez afirman otros preceptos del mismo tratado,[5]​ al primero corresponde tan solo la definición, por medio de decisiones adoptadas por unanimidad -previa recomendación del Consejo-, de los intereses y objetivos estratégicos de la acción exterior europea, incluida su política de defensa,[6]​ así como una peculiar función de instancia política máxima, en los casos en que de ordinario correspondería la competencia al Consejo pero este encuentra dificultades para llegar a un acuerdo. Por lo demás, sin embargo, la definición concreta de la PCSD corresponde de hecho al Consejo con el Alto Representante, y su ejecución, al Alto Representante con la supervisión del Consejo, o a ciertos órganos dependientes de uno o de otro. Podemos decir por tanto, en lo referente al Consejo Europeo, que sus atribuciones en política de seguridad y defensa son de incuestionable importancia política real, dado además que sus decisiones estratégicas, que son vinculantes, pueden en la práctica referirse a cualquier asunto de la misma, y entrar en cualesquiera detalles que considere oportuno; ello todo a pesar de que constitucionalmente se enuncien con especial parquedad, pudiendo enmascarar su verdadera relevancia. Finalmente, no debe olvidarse que será el Consejo Europeo quien, en su caso, adoptará la decisión de transformar la política de defensa común en una única defensa común europea.

Las funciones del Consejo están, sin embargo, mucho más definidas en relación con la PESC, en su conjunto, y en particular, en la PCSD, por lo que son muy poderosas. Si bien en el derecho constitucional y la política general comunitaria esta institución aparece principalmente como un colegislador junto con el Parlamento Europeo, en materia PESC-PCSD -de donde se haya excluida la adopción de actos legislativos a escala europea- se convierte en una instancia política omnipresente, con verdadera capacidad de decisión y gestión operativa, y con un control casi absoluto sobre los recursos empleados. En términos generales, el Consejo, que en este marco funciona en su formación de Asuntos Exteriores -presidida por el Alto Representante-, elabora la acción exterior de la Unión, incluida la PESC-PCSD, atendiendo a los objetivos y líneas estratégicas definidos por el Consejo Europeo, velando asimismo, junto con la Comisión y el Alto Representante, por su coherencia general.[7]

El Alto Representante

El Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (AR) está al frente de la Política Común de Seguridad y Defensa (PCSD), contribuye con sus propuestas a la elaboración de dicha política y es, junto con los Estados miembros en lo que a estos concierna, el responsable de su ejecución, como mandatario del Consejo.[8]​ A este respecto es importante resaltar que el Alto Representante participa con carácter nato, y sin perjuicio de sus atribuciones específicas, en las tres instituciones que contribuyen en mayor medida a la acción exterior de la Unión Europea, incluida su política de defensa: así, el AR preside el Consejo de Asuntos Exteriores (la formación del Consejo encargada de despachar los asuntos relativos a la PCSD), es uno de los vicepresidentes de la Comisión, y participa en los trabajos y en las reuniones del Consejo Europeo. Finalmente, el AR dirige la principal infraestructura permanente de que dispone la Unión en sus relaciones internacionales: el Servicio Europeo de Acción Exterior, que integra casi todos los mecanismos orgánicos permanentes de la política defensiva de la Unión (el Comité Político y de Seguridad, el Comité Militar, el Estado Mayor de la Unión Europea, etc...). En particular:

  • El AR puede plantear al Consejo, en solitario o junto con la Comisión, cualquier cuestión relacionada con la PCSD y presentar propuestas al respecto.
  • Asimismo, puede convocar con carácter urgente una reunión del Consejo de Asuntos Exteriores si la situación internacional requiere una decisión rápida.
  • Es al AR a quien los Tratados asignan la función de mediación en los casos en que un Estado miembro manifieste dificultades severas para asumir un compromiso a escala europea, antes de remitir la situación, en su caso, al Consejo Europeo.
  • Es también el responsable de coordinar a los ministros de exteriores y de defensa, en el seno del Consejo de Asuntos Exteriores, para la adopción o ejecución de las decisiones adoptadas.
  • Asimismo, corresponde al AR la propuesta de designación y nombramiento de representantes especiales por el Consejo, encargados de misiones diplomáticas y políticas concretas que pueden tener asuntos de defensa en su cometido.
  • Del mismo modo, y de acuerdo con su calidad de presidente del Consejo de Asuntos Exteriores y vicepresidente de la Comisión, es obligación del AR consultar periódicamente al Parlamento Europeo sobre los aspectos principales y opciones fundamentales de la PCSD, respondiendo a sus preguntas y recomendaciones y velando porque sus posiciones sean debidamente tenidas en cuenta.[9]
  • También es el AR quien propone la modalidad de financiación de las distintas misiones europeas en el ámbito de la PCSD.[10]

Por otra parte, en el ámbito externo de sus facultades:

  • Es el AR el encargado de dirigir en el nombre de la Unión las negociaciones y el diálogo con terceros países u organizaciones internacionales en el ámbito defensivo, incluido el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, y el que expresa ante los mismos la posición europea.
  • Es el responsable de coordinar las posiciones de los Estados miembros[11]​ y de negociar y concluir, en su caso, los acuerdos internacionales que comprometan a la Unión, en nombre y previo mandato del Consejo.
  • En las conferencias o reuniones internacionales a las que no concurra, el AR deberá ser informado por los Estados miembros que participen de la misma.

El Tratado de la Unión, finalmente, atribuye al AR y al Consejo la función de velar por la correcta aplicación de los principios de solidaridad, lealtad, especificidad, convergencia e interés común en el ámbito de toda la política exterior y de seguridad común, incluida la PCSD, velando además por la unidad coherencia y eficacia de la acción de la Unión.[12]

El Comité Político y de Seguridad

Con la entrada en vigor del Tratado de Lisboa emerge con fuerza un nuevo órgano de comitología especial -en el ámbito PESC y PCSD- que tiene como misión el continuo seguimiento de la situación internacional y de su evolución en los ámbitos relacionados con la PESC, y por tanto también de la PCSD.

Además de esta función genérica, el Comité tiene encomendada una función y una potestad suplementarias: la emisión de dictámenes dirigidos al Consejo o al Alto Representante y el rol de supervisar la ejecución de la política exterior, incluida la de seguridad y defensa, e informar de su evolución al Consejo de Asuntos Exteriores, sin perjuicio de la labor de dirección de la misma que corresponde al Alto Representante.

La Agencia Europea de Defensa

La Agencia Europea de Defensa (EDA) es un organismo de la Unión que fue creado en 2004 con el fin de promover una cooperación permanente e institucionalizada entre los Estados miembros de la Unión Europea, a nivel comunitario, en todos los asuntos relativos a la capacidad defensiva de los mismos, incluidos su nivel de desarrollo tecnológico, la investigación científica y técnica en el ámbito de la defensa, la provisión y seguridad del armamento, etc...

La Agencia desarrolla estas tareas mediante métodos intergubernamentales de cooperación, por medio fundamentalmente de un creciente aprovechamiento de las llamadas sinergias en la industria militar de los Estados participantes (todos los de la Unión menos Dinamarca, que se encuentra acogida a una excepción), esto es, la puesta en común de los medios productivos y tecnologías nacionales junto con un reparto funcional y más sistemático de la producción, que eviten las duplicidades productivas y la descoordinación de las inversiones públicas y privadas en la industria militar y faciliten las economías de escala.

El Servicio Exterior

De acuerdo con lo dispuesto por el Tratado de Lisboa, la Unión debe dotarse de un servicio diplomático unificado que será responsable de la llevanza general de los asuntos exteriores relativos a cualesquiera de las políticas comunitarias con una dimensión exterior, si bien la dirección de estas seguirá perteneciendo a las instituciones correspondientes. Dicho departamento se hallará situado bajo la dependencia jerárquica y orgánica del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, actualmente la socialista italiana Federica Mogherini. La anterior AR, lady Catherine Ashton, fue responsable de presentar una propuesta de Decisión reguladora del servicio, que fue aprobada por el Consejo y la Comisión, consultado el Parlamento, en 2010. Esta Decisión contiene las funciones que se atribuyen al Servicio.

El Servicio Exterior estará integrado por funcionarios provenientes de la Comisión Europea, de la Secretaría General del Consejo y de los servicios diplomáticos nacionales de los Estados miembros, y se espera que se convierta en uno de los más numerosos del mundo, además de ser el primero de su especie de naturaleza multinacional. Dispondrá de embajadas o legaciones diplomáticas por todo el mundo.

El Servicio Exterior integra, entre otros órganos, un Estado Mayor de la Unión Europea y un centro de análisis de inteligencia, el SitCen, ambos con gran relevancia orgánica en el ámbito de la PCSD.

El Estado Mayor

El Estado Mayor es el órgano de la Unión que, situado funcionalmente en la órbita del Consejo a través de su Secretaría General, y bajo la autoridad del Alto Representante, tiene encomendadas funciones de planificación estratégica, evaluación y seguimiento de situaciones y emisión de alertas tempranas en el ámbito militar y defensivo. Gestiona, en las mismas condiciones, la supervisión de los aspectos militares de las misiones exteriores de la Unión en materia de seguridad y defensa, las llamadas misiones Petersberg (misiones humanitarias, de mantenimiento de la paz y de gestión de crisis).

Su núcleo está compuesto por una célula mixta, civil y militar, que integra a expertos y representantes nacionales del ejército y de las administraciones de defensa en misión especial y a funcionarios especialistas del Consejo, y dirigido por un militar del máximo rango (general o almirante) designado por el Consejo a propuesta del Alto Representante. Se trata de un órgano permanente con rango departamental y sus trabajos se reparten entre sus distintas secciones y direcciones.

El SitCen

El Centro Conjunto de Situaciones para el Análisis de Inteligencia (SitCen) es el centro o cuerpo conjunto de análisis de inteligencia de la Unión Europea en cuyo seno cooperan las agencias y servicios de inteligencia de sus Estados miembros que participan, y que constituye el servicio de información central del Alto Representante de la Unión. Se encuentra orgánicamente integrado en la estructura del Servicio Europeo de Acción Exterior, y sus funciones se encuadran esencialmente en el ámbito de la PESC, en particular en los asuntos de la defensa.

El SitCen, que se sitúa al servicio del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, está encabezado por un director nombrado por aquel. En la actualidad se trata del diplomático francés Patrice Bergamini. Su sede provisional se sitúa en el edificio Justus Lipsius, sede del Consejo en Bruselas.

El Instituto de Estudios de Seguridad

El Instituto de Estudios de Seguridad (ISS, por sus siglas en inglés), es una agencia de la Unión Europea ubicada en París y que funciona en el marco de la Política Europea de Seguridad Común (PESC). Su objetivo es ayudar a crear una cultura europea común de seguridad y contribuir al debate estratégico. Su objetivo es ayudar a crear una cultura europea común de seguridad y contribuir al debate estratégico ofreciendo la mejor interfaz posible entre responsables europeos y los diversos círculos de especialistas no oficiales. Las actividades del Instituto se orientan al análisis de datos y la formulación de las recomendaciones necesarias para la aplicación de las políticas de la UE.

El Instituto tiene carácter autónomo y libertad intelectual, lo que significa que no representa ni defiende ningún interés nacional particular. Sus actividades, planteadas de manera colectiva y con una "orientación europea", atañen al estudio de asuntos que cada Estado miembro suele abordar por separado; esto permite ejercer una crítica constructiva a la actual Política Común de Seguridad y Defensa (PCSD).

El portugués Álvaro de Vasconcelos es el director del instituto desde el 1 de mayo de 2007.

La Escuela de Seguridad y Defensa

La Escuela Europea de Seguridad y Defensa (EESD) es una red de instituciones académicas conformada en 2008 en el ámbito de la PCSD de la Unión Europea con el fin de poner en común las prácticas de enseñanza y formación civil y militar de los Estados miembros, facilitando de este modo la interconexión y la mutua comprensión entre las diferentes instancias nacionales de aprendizaje en el ámbito de la defensa, y su progresiva aproximación.

Financiación

Situación actual

 
Helicóptero de la Eufor en la misión del Chad

Cuerpos y fuerzas militares

Misiones en ejecución

Relaciones con la UEO y con la OTAN

Referencias

  1. Infodefensa.com (26 de septiembre de 2016). «El largo camino hacia el mercado interior de defensa de la UE - Opinión Infodefensa España». Infodefensa.com. Consultado el 22 de mayo de 2017. 
  2. Artículo 21 del Tratado de la Unión Europea
  3. Artículo 42.2 del Tratado de la Unión (cursiva propia)
  4. Artículo 24.1 del Tratado de la Unión Europea
  5. Artículo 18 del Tratado de la Unión Europea
  6. Artículo 22 del Tratado de la Unión Europea
  7. Artículos 16.6 y 21.3 del Tratado de la Unión Europea
  8. Artículos 18, 24.1 y 26.3 del Tratado de la Unión Europea
  9. Artículo 36 del Tratado de la Unión Europea
  10. Artículo 41.3 del Tratado de la Unión Europea
  11. Artículo 27.2 del Tratado de la Unión Europea
  12. Artículos 25.3 y 26.2 del Tratado de la Unión Europea

Véase también

Enlaces externos

  • Tratado de la Unión Europea
  • web del Consejo sobre la Política Común de Seguridad y Defensa (en inglés)
  • web del Consejo de Asuntos Exteriores
  • web del Servicio Europeo de Acción Exterior (en inglés)
  •   Datos: Q511733
  •   Multimedia: Military of the European Union

política, común, seguridad, defensa, unión, europea, pesd, redirige, aquí, para, distrito, escolar, estadounidense, véase, distrito, escolar, primario, phoenix, política, común, seguridad, defensa, pcsd, anteriormente, política, europea, seguridad, defensa, pe. PESD redirige aqui Para el distrito escolar estadounidense vease Distrito Escolar Primario 1 de Phoenix La Politica Comun de Seguridad y Defensa PCSD anteriormente Politica Europea de Seguridad y Defensa PESD es la actuacion planificada en el seno del Consejo asi como su diseno estrategico que la Union Europea despliega de manera autonoma en el ambito militar y de la defensa La PCSD forma parte de la Politica Exterior y de Seguridad Comun PESC en cuya estructura juridica administrativa estrategica y politica se integra Asume sus mismos principios y objetivos aplicados al terreno politico especifico de la defensa y se situa bajo la misma autoridad jerarquica y operativa superior la del Alto Representante de la Union para Asuntos Exteriores y Politica de Seguridad Como tal rama de la PESC la PCSD es parte asimismo de la accion exterior de la Union AE La PCSD forma parte integrante de la politica exterior y de seguridad comun de la Union Europea Indice 1 Historia 1 1 La Comunidad Europea de Defensa 1 2 Misiones Petersberg 1 3 Los acuerdos de Saint Malo 1 4 Estrategia de Seguridad de 2003 1 5 Tratado de Lisboa 2 Principios y objetivos PESC PCSD 2 1 La clausula de defensa comun 3 Marco politico e institucional 3 1 El Consejo Europeo y el Consejo 3 2 El Alto Representante 3 3 El Comite Politico y de Seguridad 3 4 La Agencia Europea de Defensa 3 5 El Servicio Exterior 3 5 1 El Estado Mayor 3 5 2 El SitCen 3 6 El Instituto de Estudios de Seguridad 3 7 La Escuela de Seguridad y Defensa 4 Financiacion 5 Situacion actual 5 1 Cuerpos y fuerzas militares 5 2 Misiones en ejecucion 6 Relaciones con la UEO y con la OTAN 7 Referencias 8 Vease tambien 9 Enlaces externosHistoria EditarLa historia de la integracion europea en asuntos de la defensa y coordinacion militar se remonta a los padres fundadores mismos cuyo principal afan era entonces redimir la voluntad autodestructiva que Europa habia llevado hasta sus ultimas consecuencias con la Segunda Guerra Mundial el primer objetivo de la Europa unida debia ser la paz El gran simbolismo de que se doto al primer paso sectorial la Comunidad Europea del Carbon y del Acero dado en pro de este proyecto resultaba muy significativo pues el carbon y el acero eran los dos recursos cuya poderosa industria en Alsacia y Lorena y en menor medida en Luxemburgo habia despertado los apetitos anexionistas de dos viejos enemigos Francia y Alemania De la posesion de estos territorios habian hecho ambos paises una cuestion de orgullo nacional que habia servido en numerosas ocasiones de estandarte reivindicativo para las tres grandes guerras que asolaron a estos dos paises y con ellos al mundo entero la Guerra franco prusiana la Primera Guerra Mundial y finalmente la Segunda El carbon era fuente de energia fundamental para el desarrollo de la industria en especial cuando el desarrollo y expansion del ferrocarril por Europa con su trascendencia estrategica y militar lo requeria especialmente el acero resistente aleacion de hierro y carbono era un valiosisimo material para la industria militar que se retroalimentaba precisamente al calor de esta mala vecindad La CECA buscaba poner bajo una autoridad supranacional la gestion en comun de estos dos recursos La Comunidad Europea de Defensa Editar Articulo principal Comunidad Europea de Defensa Prueba de las nitidas intenciones de estos pioneros europeistas fue el segundo gran proyecto comunitario a escala continental la fracasada Comunidad Europea de Defensa CED cuyo Tratado constitutivo llego a ser firmado por todos los gobiernos pero que no supero la ratificacion parlamentaria en la Asamblea Nacional francesa ya entonces poblada de los nacionalistas seguidores del general De Gaulle El fracaso de este tratado causo gran conmocion entre muchos de sus promotores y condiciono gravemente la cooperacion militar en Europa que no volveria a ver la luz mucho mas timidamente hasta la entrada en vigor del Tratado de Amsterdam en 1999 Cundio la sensacion de que Europa avanzaba demasiado deprisa y que el nacionalismo en el continente seguia demasiado vivo como para ser ignorado o esquivado por medio de tratados internacionales Tuvo que esperarse al empuje que se le propino en la Conferencia de Messina para que el proyecto de integracion europea volviera a encarrilarse si bien por caminos distintos y quiza mas realistas cristalizandose en la firma en 1957 del Tratado de Roma que creo las otras dos Comunidades Europeas la Economica y la de la Energia Atomica Una vez mas se veia en esta ultima la preocupacion politica existente por los asuntos militares en un continente todavia fragmentado y doliente donde la irrupcion de las nuevas armas basadas en la desintegracion atomica podria hacer estragos Misiones Petersberg Editar Articulo principal Misiones Petersberg Si bien no seria hasta 1999 con la entrada en vigor del Tratado de Amsterdam que en Europa volveria a plantearse abiertamente en los Tratados la articulacion de una politica comun de defensa si bien muy timidamente lo cierto es que ya la CPE Cooperacion Politica Europea contemplada en el Acta Unica y sobre todo la perspectiva de la adopcion de una Politica Exterior y de Seguridad Comun PESC con la firma del Tratado de Maastricht abrieron ya las puertas a los primeros albores de la cooperacion militar autonoma a escala europea Asi en 1992 los ministros de defensa de las entonces Comunidades se reunieron en la ciudad alemana de Petersberg y acordaron la creacion de un marco de cooperacion militar autonomo de la OTAN si bien muy coordinado con esta para el desarrollo de determinadas misiones de paz o humanitarias en terceros paises Estas operaciones que en algunos casos y particularmente en los Balcanes mostraron su utilidad fueron bautizadas con el nombre de aquella localidad como Misiones Petersberg Con el Tratado de Amsterdam se dispuso su institucionalizacion en el marco de una Politica Europea de Seguridad y Defensa PESD El nombramiento del ex secretario general de la OTAN y antiguo ministro de exteriores espanol Javier Solana como Alto Representante para la Politica Exterior y de Seguridad Comun del Consejo supuso un cambio notable para la neonata PESD El empeno personal de Solana por garantizar la paz en la antigua Yugoslavia azotada por dos guerras civiles que incluyeron un genocidio y con las que Solana lidio arduamente desde la OTAN transfirio su influencia sobre la nueva politica con la implicacion continuada de los europeos en la posguerra de la region a traves de misiones civiles militares y combinadas de mantenimiento de la paz y ayuda humanitaria Las numerosas operaciones y dispositivos combinados que alli desplego la Union Europea fue muy vasta y su continuidad todavia perviven algunas de estas misiones inedita La crisis interna provocada entre los europeos por la Guerra de Irak dificulto ciertamente el desarrollo de la PESD con fuertes divergencias entre los Estados miembros que resultaron evidentes al mundo Se pudo comprobar la inoperancia de la PESC y de la PESD en situaciones controvertidas o susceptibles de enfoques diametralmente opuestos asi como la incapacidad de sus dirigentes para contenerlas Tambien se puso de relieve la insuficiencia de una cultura militar comun entre sus miembros Sin embargo y si bien discretamente en conflictos o regiones menos publicitados Europa siguio desplegando sus capacidades operativas en el exterior asi envio misiones combinadas a la Congo a Franja de Gaza Georgia Guinea Bissau y mas recientemente en las costas de Somalia Diez de estas y otras misiones permanecen funcionando a dia de hoy Los acuerdos de Saint Malo Editar Articulo principal Cumbre de Saint Malo Estrategia de Seguridad de 2003 Editar Javier Solana exAR y artifice de la EES Articulo principal Estrategia Europea de Seguridad Un paso importante para la Politica Europea de Seguridad y Defensa PESD supuso la adopcion en 2003 en paralelo a la escalada belica en Irak de la primera Estrategia Europea de Seguridad El documento presentado al Consejo Europeo para su aprobacion por el Alto Representante Solana contenia por vez primera una vision de conjunto comun sobre la defensa y la seguridad de Europa en el mundo La Estrategia se ideo a semejanza de las estrategias nacionales de seguridad o de defensa que elaboran muchos paises en el mundo particularmente relevantes en el caso de los Estados Unidos y se redacto con el concurso de los estados mayores y los ministerios de defensa de los Estados miembros tardandose bastante tiempo en alumbrarlo finalmente Tras evaluar la situacion internacional imperante en el mundo y analizar los principales retos y amenazas que se enfrentan a los intereses europeos en el mundo el terrorismo la proliferacion nuclear los conflictos regionales el debilitamiento de los Estados y la criminalidad organizada el documento senala un elenco de objetivos estrategicos que debe perseguir y alcanzar Europa para abordarlos y finalmente designa los medios e instrumentos adecuados a tal fin de los que Europa debe dotarse y desarrollar conforme evolucionan los acontecimientos El 28 de junio de 2016 veia la luz la nueva Estrategia Europea de Seguridad denominada Estrategia Global para la Politica Exterior y de Seguridad de la Union EGUE a la que se anadia como titulo Una vision compartida accion comun una Europa mas fuerte 1 Tratado de Lisboa Editar Vease tambien La Defensa en el Tratado de Lisboa El Tratado de Lisboa ha supuesto una nueva configuracion normativa para la politica de defensa comunitaria El texto en vigor desde el 1 de diciembre de 2009 abre la puerta a un nuevo mecanismo de cooperacion estructurada permanente CEP a traves del cual los Estados miembros con capacidades militares mas avanzadas estan llamados a establecer entre si un marco institucionalizado y regular de cooperacion y coordinacion de aquellas y de toda su industria militar en el seno de la Union Esta es quiza la innovacion mas relevante que introduce Lisboa en la defensa europea comun Ademas y junto a esta integracion avanzada en asuntos de la defensa que supone la CEP Lisboa abre por vez primera la posibilidad de establecer las conocidas como cooperaciones avanzadas esto es operaciones o compromisos regulados a nivel comunitario de los que participen tan solo aquellos Estados que manifiesten su voluntad siempre que sean por lo menos nueve Firma del Tratado de Lisboa Ademas el nuevo Tratado rebautiza la PESD Politica Europea de Seguridad y Defensa sustituyendo de manera significativa el adjetivo europea por comun por lo que la nueva politica defensiva de la Union Europea ha pasado a denominarse Politica Comun de Seguridad y Defensa PCSD Finalmente el Tratado de Lisboa lleva hasta sus ultimas consecuencias la pertenencia de la PCSD a la PESC e incluye a aquella entre las competencias del nuevo Servicio Europeo de Accion Exterior que administra la accion exterior europea en todas sus dimensiones bajo la autoridad del reforzado Alto Representante de la Union para Asuntos Exteriores y Politica de Seguridad Lo que no altera Lisboa como era de esperar es la regla de la unanimidad por la que se rige la PCSD y ahora ya en menor medida o con algunas salvedades toda la PESC Por lo tanto la aplicacion y efectividad de todos estos mecanismos e instrumentos dependera en la practica en gran medida de la voluntad politica de los dirigentes europeos especialmente de los gobiernos nacionales pues la PCSD sigue siendo un ambito el que mas de funcionamiento plenamente intergubernamental Principios y objetivos PESC PCSD EditarLos principios y objetivos por los que se rige y que persigue la Politica Comun de Seguridad y Defensa PCSD son los mismos que se aplican a la Politica Exterior y de Seguridad Comun PESC en la que aquella se engloba y en mas en general a toda la accion exterior de la Union Europea De acuerdo con el articulo 21 del Tratado de la Union 2 en adelante TUE la accion de la Union en la escena internacional se fundamenta en el respeto a un conjunto de principios y la ordenacion a un conjunto de objetivos que se enumeran en ese mismo precepto Los principios fundamentadores de la accion exterior de la Union que pueden clasificarse sin menoscabo de su igual categoria constitucional en materiales una suerte de principios valores y funcionales son los siguientes la dignidad humana principio material la universalidad e indivisibilidad de los derechos humanos y de las libertades fundamentales principio material la democracia y el Estado de Derecho principio material los principios de igualdad y solidaridad entre los hombres y los pueblos y naciones del mundo principio material el respeto del Derecho internacional y en particular de los principios contenidos en la Carta de las Naciones Unidas principio funcional la cooperacion principio funcional el multilateralismo en especial en el marco de las Naciones Unidas principio funcional Asimismo y dentro del respeto de los principios anteriores son objetivos que la Union ha de perseguir se observa una cierta reiteracion en algunos casos literal entre los principios y los objetivos en la definicion y ejecucion de sus politicas comunes y acciones en todos los ambitos de las relaciones internacionales la defensa de sus valores e intereses fundamentales su seguridad su independencia y su integridad la promocion y consolidacion de la democracia el Estado de Derecho los derechos humanos y el Derecho internacional el mantenimiento de la paz y la prevencion de conflictos buscando una mayor seguridad internacional y en el marco de la Carta de la ONU el Acta final de Helsinki y la Carta de Paris el apoyo al desarrollo sostenible incluyendo la proteccion del medio ambiente y la erradicacion de la pobreza la ayuda en situaciones de crisis o catastrofe natural o humana la evolucion del sistema internacional sobre las bases de una cooperacion multilateral estable y una mejor gobernanza mundial Tambien son objetivos los llamados objetivos estrategicos que vienen enunciados en la Estrategia Europea de Seguridad y que son tres garantizar la seguridad interior contribuir a la creacion de un entorno de seguridad para Europa y finalmente la integracion y promocion de la defensa europea en una cooperacion institucionalizada internacional a traves del llamado multilateralismo eficaz conceptos todos que vienen definidos en el mencionado documento Deben tenerse en cuenta asimismo los denominados valores de la Union contenidos en el articulo 2 TUE y de los cuales los principios de la accion exterior no son sino un especifico desarrollo y adaptacion al ambito de las relaciones internacionales de igual forma debe valorarse el articulo 3 5 TUE que establece como uno de los objetivos generales de la Union una accion exterior cohesionada y coherente a sus valores La clausula de defensa comun Editar A todo esto en general aplicable a toda la accion exterior la Politica Comun de Seguridad y Defensa PCSD anade un objetivo autonomo de gran trascendencia simbolica y potencial De acuerdo con los Tratados La PCSD incluira la definicion progresiva de una politica comun de defensa de la Union Esta conducira a una defensa comun una vez que el Consejo Europeo lo haya decidido por unanimidad En este caso el Consejo Europeo recomendara a los Estados miembros que adopten una decision en este sentido de conformidad con sus respectivas normas constitucionales 3 Si bien no se trata de algo necesariamente pacifico ni desde luego viene especificado en ningun otro texto de rango legal o normativo la idea de una defensa comun parece querer recuperar la idea de un ejercito comun continental al servicio de un estado mayor propio y unificado de igual manera la politica comun de defensa seria una fase transitoria parece apuntar el espiritu del articulo durante la cual los distintos ejercitos europeos se hallarian subordinados unicamente a la politica de defensa acordada en Bruselas por los gobiernos nacionales Marco politico e institucional EditarSi la Politica Exterior y de Seguridad Comun PESC se encuentra ya sujeta a procedimientos y mecanismos que sin romper la apariencia formal de un marco institucional unico para toda la Union y sus politicas resultan a todas luces muy especificos estas diferenciaciones se revelan en toda su intensidad en el ambito concreto de la Politica Comun de Seguridad y Defensa PCSD de la Union Ya su misma ubicacion dentro del Tratado de la Union Europea y extraido por tanto del Tratado de Funcionamiento donde se encuentran todas las demas politicas comunes excepto la PESC PCSD apunta en direccion de una voluntad netamente diferenciadora del resto de politicas Si bien el Tratado en su Capitulo 2º del Titulo V dedicado a la PESC llama sucesivamente a las cuatro principales instituciones de la Union el Parlamento Europeo el Consejo Europeo el Consejo y la Comision Europea y al Alto Representante para que participen de dicha politica incluyendo por tanto los asuntos de seguridad y de defensa el papel especifico que sus preceptos atribuyen a las mismas se aparta a todas luces del que ordinariamente les corresponde en las politicas comunitarias De este modo resaltan con fuerza las funciones decisorias y de ejecucion que en este ambito politico corresponden al Consejo y al Alto Representante el papel de supervision e instancia permanente que ejerce a cierta distancia el Consejo Europeo sobre ambos y finalmente la presencia residual y casi testimonial que se concede al Parlamento y a la Comision como tales Con respecto a las instituciones y organos principales en materia de PCSD y de PESC en general podria resumirse generalizando y en terminos muy latos lo siguiente el Consejo Europeo define las lineas y objetivos estrategicos el Consejo aplica mediante decisiones dicha estrategia y supervisa su ejecucion el Alto Representante propone decisiones y dirige y ejecuta la politica y las decisiones adoptadas la Comision participa y expresa sus posiciones en todas las fases el Parlamento controla politicamente y delibera El Tribunal de Justicia el Tribunal de Cuentas y el Banco Central Europeo las otras tres instituciones de la Union estan completamente excluidos del ambito de la PCSD salvo en lo que toca al primero para comprobar la legalidad formal de los actos adoptados en materia PESC PCSD 4 No existe pues en el ambito de la PCSD metodo comunitario alguno Consecuencia de todas estas peculiaridades es la proliferacion de organos y organismos suplementarios con funciones especificas en materia de seguridad y defensa Debe finalmente recordarse que de acuerdo con el Tratado la PCSD sera ejecutada por el Alto Representante y por los Estados miembros utilizando los medios nacionales y los de la Union El Consejo Europeo y el Consejo Editar Veanse tambien Consejo Europeoy Consejo de la Union Sala de reuniones del Consejo El Consejo Europeo y el Consejo definen y aplican por unanimidad en principio la Politica Exterior y de Seguridad Comun PESC en su conjunto a tenor del articulo 24 TUE Sin embargo lo cierto es que como a su vez afirman otros preceptos del mismo tratado 5 al primero corresponde tan solo la definicion por medio de decisiones adoptadas por unanimidad previa recomendacion del Consejo de los intereses y objetivos estrategicos de la accion exterior europea incluida su politica de defensa 6 asi como una peculiar funcion de instancia politica maxima en los casos en que de ordinario corresponderia la competencia al Consejo pero este encuentra dificultades para llegar a un acuerdo Por lo demas sin embargo la definicion concreta de la PCSD corresponde de hecho al Consejo con el Alto Representante y su ejecucion al Alto Representante con la supervision del Consejo o a ciertos organos dependientes de uno o de otro Podemos decir por tanto en lo referente al Consejo Europeo que sus atribuciones en politica de seguridad y defensa son de incuestionable importancia politica real dado ademas que sus decisiones estrategicas que son vinculantes pueden en la practica referirse a cualquier asunto de la misma y entrar en cualesquiera detalles que considere oportuno ello todo a pesar de que constitucionalmente se enuncien con especial parquedad pudiendo enmascarar su verdadera relevancia Finalmente no debe olvidarse que sera el Consejo Europeo quien en su caso adoptara la decision de transformar la politica de defensa comun en una unica defensa comun europea Las funciones del Consejo estan sin embargo mucho mas definidas en relacion con la PESC en su conjunto y en particular en la PCSD por lo que son muy poderosas Si bien en el derecho constitucional y la politica general comunitaria esta institucion aparece principalmente como un colegislador junto con el Parlamento Europeo en materia PESC PCSD de donde se haya excluida la adopcion de actos legislativos a escala europea se convierte en una instancia politica omnipresente con verdadera capacidad de decision y gestion operativa y con un control casi absoluto sobre los recursos empleados En terminos generales el Consejo que en este marco funciona en su formacion de Asuntos Exteriores presidida por el Alto Representante elabora la accion exterior de la Union incluida la PESC PCSD atendiendo a los objetivos y lineas estrategicas definidos por el Consejo Europeo velando asimismo junto con la Comision y el Alto Representante por su coherencia general 7 El Alto Representante Editar Articulo principal Alto Representante de la Union para Asuntos Exteriores y Politica de Seguridad El Alto Representante de la Union para Asuntos Exteriores y Politica de Seguridad AR esta al frente de la Politica Comun de Seguridad y Defensa PCSD contribuye con sus propuestas a la elaboracion de dicha politica y es junto con los Estados miembros en lo que a estos concierna el responsable de su ejecucion como mandatario del Consejo 8 A este respecto es importante resaltar que el Alto Representante participa con caracter nato y sin perjuicio de sus atribuciones especificas en las tres instituciones que contribuyen en mayor medida a la accion exterior de la Union Europea incluida su politica de defensa asi el AR preside el Consejo de Asuntos Exteriores la formacion del Consejo encargada de despachar los asuntos relativos a la PCSD es uno de los vicepresidentes de la Comision y participa en los trabajos y en las reuniones del Consejo Europeo Finalmente el AR dirige la principal infraestructura permanente de que dispone la Union en sus relaciones internacionales el Servicio Europeo de Accion Exterior que integra casi todos los mecanismos organicos permanentes de la politica defensiva de la Union el Comite Politico y de Seguridad el Comite Militar el Estado Mayor de la Union Europea etc En particular El AR puede plantear al Consejo en solitario o junto con la Comision cualquier cuestion relacionada con la PCSD y presentar propuestas al respecto Asimismo puede convocar con caracter urgente una reunion del Consejo de Asuntos Exteriores si la situacion internacional requiere una decision rapida Es al AR a quien los Tratados asignan la funcion de mediacion en los casos en que un Estado miembro manifieste dificultades severas para asumir un compromiso a escala europea antes de remitir la situacion en su caso al Consejo Europeo Es tambien el responsable de coordinar a los ministros de exteriores y de defensa en el seno del Consejo de Asuntos Exteriores para la adopcion o ejecucion de las decisiones adoptadas Asimismo corresponde al AR la propuesta de designacion y nombramiento de representantes especiales por el Consejo encargados de misiones diplomaticas y politicas concretas que pueden tener asuntos de defensa en su cometido Del mismo modo y de acuerdo con su calidad de presidente del Consejo de Asuntos Exteriores y vicepresidente de la Comision es obligacion del AR consultar periodicamente al Parlamento Europeo sobre los aspectos principales y opciones fundamentales de la PCSD respondiendo a sus preguntas y recomendaciones y velando porque sus posiciones sean debidamente tenidas en cuenta 9 La AR Federica Mogherini Tambien es el AR quien propone la modalidad de financiacion de las distintas misiones europeas en el ambito de la PCSD 10 Por otra parte en el ambito externo de sus facultades Es el AR el encargado de dirigir en el nombre de la Union las negociaciones y el dialogo con terceros paises u organizaciones internacionales en el ambito defensivo incluido el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y el que expresa ante los mismos la posicion europea Es el responsable de coordinar las posiciones de los Estados miembros 11 y de negociar y concluir en su caso los acuerdos internacionales que comprometan a la Union en nombre y previo mandato del Consejo En las conferencias o reuniones internacionales a las que no concurra el AR debera ser informado por los Estados miembros que participen de la misma El Tratado de la Union finalmente atribuye al AR y al Consejo la funcion de velar por la correcta aplicacion de los principios de solidaridad lealtad especificidad convergencia e interes comun en el ambito de toda la politica exterior y de seguridad comun incluida la PCSD velando ademas por la unidad coherencia y eficacia de la accion de la Union 12 El Comite Politico y de Seguridad Editar Articulo principal Comite Politico y de Seguridad Con la entrada en vigor del Tratado de Lisboa emerge con fuerza un nuevo organo de comitologia especial en el ambito PESC y PCSD que tiene como mision el continuo seguimiento de la situacion internacional y de su evolucion en los ambitos relacionados con la PESC y por tanto tambien de la PCSD Ademas de esta funcion generica el Comite tiene encomendada una funcion y una potestad suplementarias la emision de dictamenes dirigidos al Consejo o al Alto Representante y el rol de supervisar la ejecucion de la politica exterior incluida la de seguridad y defensa e informar de su evolucion al Consejo de Asuntos Exteriores sin perjuicio de la labor de direccion de la misma que corresponde al Alto Representante La Agencia Europea de Defensa Editar Articulo principal Agencia Europea de Defensa La Agencia Europea de Defensa EDA es un organismo de la Union que fue creado en 2004 con el fin de promover una cooperacion permanente e institucionalizada entre los Estados miembros de la Union Europea a nivel comunitario en todos los asuntos relativos a la capacidad defensiva de los mismos incluidos su nivel de desarrollo tecnologico la investigacion cientifica y tecnica en el ambito de la defensa la provision y seguridad del armamento etc La Agencia desarrolla estas tareas mediante metodos intergubernamentales de cooperacion por medio fundamentalmente de un creciente aprovechamiento de las llamadas sinergias en la industria militar de los Estados participantes todos los de la Union menos Dinamarca que se encuentra acogida a una excepcion esto es la puesta en comun de los medios productivos y tecnologias nacionales junto con un reparto funcional y mas sistematico de la produccion que eviten las duplicidades productivas y la descoordinacion de las inversiones publicas y privadas en la industria militar y faciliten las economias de escala El Servicio Exterior Editar Articulo principal Servicio europeo de accion exterior De acuerdo con lo dispuesto por el Tratado de Lisboa la Union debe dotarse de un servicio diplomatico unificado que sera responsable de la llevanza general de los asuntos exteriores relativos a cualesquiera de las politicas comunitarias con una dimension exterior si bien la direccion de estas seguira perteneciendo a las instituciones correspondientes Dicho departamento se hallara situado bajo la dependencia jerarquica y organica del Alto Representante de la Union para Asuntos Exteriores y Politica de Seguridad actualmente la socialista italiana Federica Mogherini La anterior AR lady Catherine Ashton fue responsable de presentar una propuesta de Decision reguladora del servicio que fue aprobada por el Consejo y la Comision consultado el Parlamento en 2010 Esta Decision contiene las funciones que se atribuyen al Servicio El Servicio Exterior estara integrado por funcionarios provenientes de la Comision Europea de la Secretaria General del Consejo y de los servicios diplomaticos nacionales de los Estados miembros y se espera que se convierta en uno de los mas numerosos del mundo ademas de ser el primero de su especie de naturaleza multinacional Dispondra de embajadas o legaciones diplomaticas por todo el mundo El Servicio Exterior integra entre otros organos un Estado Mayor de la Union Europea y un centro de analisis de inteligencia el SitCen ambos con gran relevancia organica en el ambito de la PCSD El Estado Mayor Editar Articulo principal Estado Mayor de la Union Europea El Estado Mayor es el organo de la Union que situado funcionalmente en la orbita del Consejo a traves de su Secretaria General y bajo la autoridad del Alto Representante tiene encomendadas funciones de planificacion estrategica evaluacion y seguimiento de situaciones y emision de alertas tempranas en el ambito militar y defensivo Gestiona en las mismas condiciones la supervision de los aspectos militares de las misiones exteriores de la Union en materia de seguridad y defensa las llamadas misiones Petersberg misiones humanitarias de mantenimiento de la paz y de gestion de crisis Su nucleo esta compuesto por una celula mixta civil y militar que integra a expertos y representantes nacionales del ejercito y de las administraciones de defensa en mision especial y a funcionarios especialistas del Consejo y dirigido por un militar del maximo rango general o almirante designado por el Consejo a propuesta del Alto Representante Se trata de un organo permanente con rango departamental y sus trabajos se reparten entre sus distintas secciones y direcciones El SitCen Editar Articulo principal Centro Conjunto de Situaciones El Centro Conjunto de Situaciones para el Analisis de Inteligencia SitCen es el centro o cuerpo conjunto de analisis de inteligencia de la Union Europea en cuyo seno cooperan las agencias y servicios de inteligencia de sus Estados miembros que participan y que constituye el servicio de informacion central del Alto Representante de la Union Se encuentra organicamente integrado en la estructura del Servicio Europeo de Accion Exterior y sus funciones se encuadran esencialmente en el ambito de la PESC en particular en los asuntos de la defensa El SitCen que se situa al servicio del Alto Representante de la Union para Asuntos Exteriores y Politica de Seguridad esta encabezado por un director nombrado por aquel En la actualidad se trata del diplomatico frances Patrice Bergamini Su sede provisional se situa en el edificio Justus Lipsius sede del Consejo en Bruselas El Instituto de Estudios de Seguridad Editar Articulo principal Instituto de Estudios de Seguridad de la Union Europea El Instituto de Estudios de Seguridad ISS por sus siglas en ingles es una agencia de la Union Europea ubicada en Paris y que funciona en el marco de la Politica Europea de Seguridad Comun PESC Su objetivo es ayudar a crear una cultura europea comun de seguridad y contribuir al debate estrategico Su objetivo es ayudar a crear una cultura europea comun de seguridad y contribuir al debate estrategico ofreciendo la mejor interfaz posible entre responsables europeos y los diversos circulos de especialistas no oficiales Las actividades del Instituto se orientan al analisis de datos y la formulacion de las recomendaciones necesarias para la aplicacion de las politicas de la UE El Instituto tiene caracter autonomo y libertad intelectual lo que significa que no representa ni defiende ningun interes nacional particular Sus actividades planteadas de manera colectiva y con una orientacion europea atanen al estudio de asuntos que cada Estado miembro suele abordar por separado esto permite ejercer una critica constructiva a la actual Politica Comun de Seguridad y Defensa PCSD El portugues Alvaro de Vasconcelos es el director del instituto desde el 1 de mayo de 2007 La Escuela de Seguridad y Defensa Editar Articulo principal Escuela Europea de Seguridad y Defensa La Escuela Europea de Seguridad y Defensa EESD es una red de instituciones academicas conformada en 2008 en el ambito de la PCSD de la Union Europea con el fin de poner en comun las practicas de ensenanza y formacion civil y militar de los Estados miembros facilitando de este modo la interconexion y la mutua comprension entre las diferentes instancias nacionales de aprendizaje en el ambito de la defensa y su progresiva aproximacion Financiacion EditarVeanse tambien Presupuesto de la Union Europeay Fondo Europeo de Defensa Situacion actual Editar Helicoptero de la Eufor en la mision del Chad Cuerpos y fuerzas militares Editar Veanse tambien Eufory Eurocuerpo Misiones en ejecucion EditarRelaciones con la UEO y con la OTAN EditarVeanse tambien Union Europea Occidentaly Organizacion del Tratado del Atlantico Norte Referencias Editar Infodefensa com 26 de septiembre de 2016 El largo camino hacia el mercado interior de defensa de la UE Opinion Infodefensa Espana Infodefensa com Consultado el 22 de mayo de 2017 Articulo 21 del Tratado de la Union Europea Articulo 42 2 del Tratado de la Union cursiva propia Articulo 24 1 del Tratado de la Union Europea Articulo 18 del Tratado de la Union Europea Articulo 22 del Tratado de la Union Europea Articulos 16 6 y 21 3 del Tratado de la Union Europea Articulos 18 24 1 y 26 3 del Tratado de la Union Europea Articulo 36 del Tratado de la Union Europea Articulo 41 3 del Tratado de la Union Europea Articulo 27 2 del Tratado de la Union Europea Articulos 25 3 y 26 2 del Tratado de la Union EuropeaVease tambien EditarPolitica Exterior y de Seguridad Comun Estrategia Europea de Seguridad Relaciones internacionales de la Union Europea Alto Representante de la Union para Asuntos Exteriores y Politica de Seguridad Comite Politico y de Seguridad Union Europea Agencia Europea de Defensa Estado Mayor de la Union Europea Eurocuerpo EuforEnlaces externos EditarTratado de la Union Europea web del Consejo sobre la Politica Comun de Seguridad y Defensa en ingles web del Consejo de Asuntos Exteriores web del Servicio Europeo de Accion Exterior en ingles Datos Q511733 Multimedia Military of the European UnionObtenido de https es wikipedia org w index php title Politica Comun de Seguridad y Defensa de la Union Europea amp oldid 132834769, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

español

, española, descargar, gratis, descargar gratis, mp3, video, mp4, 3gp, jpg, jpeg, gif, png, imagen, música, canción, película, libro, juego, juegos