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Empleado público de España

El empleado público de España es la categoría que engloba al personal de la Administración Pública de España, sea este personal funcionario de carrera, funcionario interino, personal laboral (fijo o temporal) y personal eventual.

En el desarrollo de las funciones que ostenta la Administración Pública en España (en adelante AP o AAPP) necesita de personas físicas para su ejercicio. Estas conforman hoy en día órganos y unidades al servicio de ella. Dicho personal se caracteriza por su condición heterogénea y por su amplitud, por ello podemos hacer una clasificación y distinción de todos ellos.

Clasificación actual

  • Personal fijo:
    • Funcionario de carrera: Son empleados públicos, lo que en España vulgarmente se denomina funcionario, y poseen un vínculo estatutario hacia la administración de forma permanente. Se rigen por el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP).
    • Personal laboral fijo: Son empleados públicos y poseen un vínculo laboral (contractual) permanente con las AAPP. Se rigen por el Estatuto de los trabajadores (ET), por el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) y convenios propios.
    • Personal Estatutario fijo: Son empleados públicos que tienen un vínculo especial con la Administración, pues se rigen por un Estatuto propio, la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, no por el EBEP ni el ET. La mayoría del Personal Estatutario pertenece al Sistema Nacional de Salud, aunque hay otros (Fuerzas Armadas, parlamentos,...). Se debe destacar que este personal, al igual que el funcionario, está sometido al Derecho Administrativo y no al Derecho Laboral.
  • Personal temporal: Funcionario interino, Personal Estatutario temporal, Personal laboral temporal y Personal laboral indefinido. Son empleados públicos cuyo vínculo con la administración es temporal, en todos los casos hasta que los puestos que ostentan sean ocupados o amortizados por parte de la AP. Distinguir el tipo de vínculo para cada uno de ellos es de vital importancia para su entendimiento. Los funcionarios interinos y estatutario interino poseen un carácter estatutario temporal y el personal laboral temporal uno contractual-laboral. El personal laboral indefinido es un caso muy especial: Este personal es aquel que, mediante sentencia o reconocimiento administrativo, ha conseguido la plaza porque la Administración Pública los contrató con fraude de Ley. Debería ser personal laboral fijo, pero el Tribunal Supremo los ha equiparado a los funcionarios interino porque no han obtenido la plaza respetando los principios de igualdad, mérito y capacidad.
  • Personal político o personal eventual: Son empleados públicos especiales y poseen un vínculo temporal de carácter eventual con la AP. El acceso se realiza por concurso de libre designación. Realizan funciones de asesoramiento y de confianza a un cargo político determinado, que podrá destituirlos libremente. La extensión de su cargo no durará más que el tiempo qué esté en la AP el cargo político al que presten asesoramiento.
  • No son empleados públicos:
    • Políticos o gobernantes: No son empleados públicos dado que su elección la realiza el pueblo español haciendo uso de su poder democrático, pero nos vemos obligados a conocerlos dado que a pesar de no ser empleados públicos sí que realizan una labor para la administración.
    • Personas o empresas que son contratadas por la administración para desempeñar funciones públicas (que se suelen denominar usualmente como asistencias técnicas): No son empleados públicos y su vínculo con la administración es contractual. Realizan labores específicas para las AAPP dado que éstas no disponen de puestos con igual labor que la realizada por alguna de estas personas.
    • Personal directivo: Se trata de personal, que puede ser o no empleado público, cuyas funciones son la alta dirección en unidades más o menos amplias de una administración. Su vínculo con las AAPP estará basado en un Estatuto específico.

Esta clasificación responde a un planteamiento de la función pública sostenida por el autor de la doctrina Parada Vázquez quien la consideraba como el conjunto de personas a disposición de las AAPP que tienen a su cargo las funciones y servicios públicos.

Clasificación según el Estatuto Básico del Empleado Público

El RDL 5/2015 de 30 octubre, del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante EBEP) en su título II establece las clases de personal al servicio de las administraciones públicas.

A) Concepto y clases de empleados públicos.

  1. Son empleados públicos quienes desempeñen funciones retribuidas en las AAPP al servicio de los intereses generales.
  2. Los empleados públicos se clasifican en:
a. Funcionarios de carrera
b. Funcionarios interinos
c. Personal laboral, ya sea fijo, por tiempo indefinido o temporal
d. Personal eventual

B) Personal directivo

  1. Es personal directivo el que desarrolla funciones directivas profesionales en las AAPP, definidas como tales en las normas específicas de cada Administración.

Acceso a la función pública

La condición de funcionario de carrera se adquiere por el cumplimiento sucesivo de los siguientes requisitos:

  1. Superación del proceso selectivo.
  2. Nombramiento por el órgano o autoridad competente, que será publicado en el Diario Oficial correspondiente. No podrán ser funcionarios y quedarán sin efecto las actuaciones relativas a quienes no acrediten, una vez superado el proceso selectivo, que reúnen los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria.
  3. Acto de acatamiento de la Constitución y, en su caso, del Estatuto de Autonomía correspondiente y del resto del Ordenamiento Jurídico.
  4. Toma de posesión dentro del plazo que se establezca.

Para acceder a la administración se debe pasar una serie de pruebas constitucionales que respeten los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad+ (art.23 y 149.1.18 de la CE). Dichas pruebas se clasifican en:

  • Oposición: pruebas escritas, orales con carácter teórico o práctico sin importar el número que demuestren los conocimientos requeridos para el puesto al que se opta.
  • Concurso: valoración de méritos (formación, experiencia, etc)
  • Concurso-Oposición: se trata de una combinación de ambas, en la que se miden los conocimientos y se valorarán los méritos y el procedimiento por defecto. En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.

Oferta de empleo público (OPE)

Las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de empleo público como instrumento de gestión de la provisión de las necesidades de personal, lo que comportará la obligación de convocar los correspondientes procesos selectivos para las plazas comprometidas y hasta un diez por cien adicional, fijando el plazo máximo para la convocatoria de los mismos. En todo caso, la ejecución de la oferta de empleo público deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años.

La Oferta de empleo público se aprobará anualmente por los órganos de Gobierno de los poderes públicos, deberá ser publicada en el Diario oficial correspondiente. Previamente, debe negociarse con los representantes sindicales en todo lo referente a su preparación y diseño, así como en lo que respecta a sus criterios generales.

Grupos de clasificación

Según el EBEP, en su artículo 76, la clasificación profesional del funcionario de carrera es:

  • Grupo A, dividido en dos subgrupos A1 y A2.
Se exigirá estar en posesión del título de Grado y la clasificación de cada subgrupo estará en función la responsabilidad y características del puesto.
  • Grupo B
Se exigirá el título de Técnico Superior.
  • Grupo C, dividido en dos subgrupos C1 y C2.
C1: Se exigirá el título de Bachillerato o de Técnico.
C2: Se exigirá título de graduado en ESO.

En ésta nueva clasificación se ha eliminado las equivalencias con algunos de los grupos anteriores.

Véase también

Referencias

  • Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP).
  • Constitución Española, 1978.
  • RD 364/1995, 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado (AGE).
  • Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.
  • Administraciones Públicas y su personal


  •   Datos: Q2879479

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El empleado publico de Espana es la categoria que engloba al personal de la Administracion Publica de Espana sea este personal funcionario de carrera funcionario interino personal laboral fijo o temporal y personal eventual En el desarrollo de las funciones que ostenta la Administracion Publica en Espana en adelante AP o AAPP necesita de personas fisicas para su ejercicio Estas conforman hoy en dia organos y unidades al servicio de ella Dicho personal se caracteriza por su condicion heterogenea y por su amplitud por ello podemos hacer una clasificacion y distincion de todos ellos Indice 1 Clasificacion actual 2 Clasificacion segun el Estatuto Basico del Empleado Publico 3 Acceso a la funcion publica 4 Oferta de empleo publico OPE 5 Grupos de clasificacion 6 Vease tambien 7 ReferenciasClasificacion actual EditarPersonal fijo Funcionario de carrera Son empleados publicos lo que en Espana vulgarmente se denomina funcionario y poseen un vinculo estatutario hacia la administracion de forma permanente Se rigen por el Estatuto Basico del Empleado Publico EBEP Personal laboral fijo Son empleados publicos y poseen un vinculo laboral contractual permanente con las AAPP Se rigen por el Estatuto de los trabajadores ET por el Estatuto Basico del Empleado Publico EBEP y convenios propios Personal Estatutario fijo Son empleados publicos que tienen un vinculo especial con la Administracion pues se rigen por un Estatuto propio la Ley 55 2003 de 16 de diciembre no por el EBEP ni el ET La mayoria del Personal Estatutario pertenece al Sistema Nacional de Salud aunque hay otros Fuerzas Armadas parlamentos Se debe destacar que este personal al igual que el funcionario esta sometido al Derecho Administrativo y no al Derecho Laboral Personal temporal Funcionario interino Personal Estatutario temporal Personal laboral temporal y Personal laboral indefinido Son empleados publicos cuyo vinculo con la administracion es temporal en todos los casos hasta que los puestos que ostentan sean ocupados o amortizados por parte de la AP Distinguir el tipo de vinculo para cada uno de ellos es de vital importancia para su entendimiento Los funcionarios interinos y estatutario interino poseen un caracter estatutario temporal y el personal laboral temporal uno contractual laboral El personal laboral indefinido es un caso muy especial Este personal es aquel que mediante sentencia o reconocimiento administrativo ha conseguido la plaza porque la Administracion Publica los contrato con fraude de Ley Deberia ser personal laboral fijo pero el Tribunal Supremo los ha equiparado a los funcionarios interino porque no han obtenido la plaza respetando los principios de igualdad merito y capacidad Personal politico o personal eventual Son empleados publicos especiales y poseen un vinculo temporal de caracter eventual con la AP El acceso se realiza por concurso de libre designacion Realizan funciones de asesoramiento y de confianza a un cargo politico determinado que podra destituirlos libremente La extension de su cargo no durara mas que el tiempo que este en la AP el cargo politico al que presten asesoramiento No son empleados publicos Politicos o gobernantes No son empleados publicos dado que su eleccion la realiza el pueblo espanol haciendo uso de su poder democratico pero nos vemos obligados a conocerlos dado que a pesar de no ser empleados publicos si que realizan una labor para la administracion Personas o empresas que son contratadas por la administracion para desempenar funciones publicas que se suelen denominar usualmente como asistencias tecnicas No son empleados publicos y su vinculo con la administracion es contractual Realizan labores especificas para las AAPP dado que estas no disponen de puestos con igual labor que la realizada por alguna de estas personas Personal directivo Se trata de personal que puede ser o no empleado publico cuyas funciones son la alta direccion en unidades mas o menos amplias de una administracion Su vinculo con las AAPP estara basado en un Estatuto especifico Esta clasificacion responde a un planteamiento de la funcion publica sostenida por el autor de la doctrina Parada Vazquez quien la consideraba como el conjunto de personas a disposicion de las AAPP que tienen a su cargo las funciones y servicios publicos Clasificacion segun el Estatuto Basico del Empleado Publico EditarEl RDL 5 2015 de 30 octubre del Estatuto Basico del Empleado Publico en adelante EBEP en su titulo II establece las clases de personal al servicio de las administraciones publicas A Concepto y clases de empleados publicos Son empleados publicos quienes desempenen funciones retribuidas en las AAPP al servicio de los intereses generales Los empleados publicos se clasifican en a Funcionarios de carrera b Funcionarios interinos c Personal laboral ya sea fijo por tiempo indefinido o temporal d Personal eventual dd B Personal directivo Es personal directivo el que desarrolla funciones directivas profesionales en las AAPP definidas como tales en las normas especificas de cada Administracion Acceso a la funcion publica EditarLa condicion de funcionario de carrera se adquiere por el cumplimiento sucesivo de los siguientes requisitos Superacion del proceso selectivo Nombramiento por el organo o autoridad competente que sera publicado en el Diario Oficial correspondiente No podran ser funcionarios y quedaran sin efecto las actuaciones relativas a quienes no acrediten una vez superado el proceso selectivo que reunen los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria Acto de acatamiento de la Constitucion y en su caso del Estatuto de Autonomia correspondiente y del resto del Ordenamiento Juridico Toma de posesion dentro del plazo que se establezca Para acceder a la administracion se debe pasar una serie de pruebas constitucionales que respeten los principios de igualdad merito capacidad y publicidad art 23 y 149 1 18 de la CE Dichas pruebas se clasifican en Oposicion pruebas escritas orales con caracter teorico o practico sin importar el numero que demuestren los conocimientos requeridos para el puesto al que se opta Concurso valoracion de meritos formacion experiencia etc Concurso Oposicion se trata de una combinacion de ambas en la que se miden los conocimientos y se valoraran los meritos y el procedimiento por defecto En ningun caso la puntuacion obtenida en la fase de concurso podra aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposicion Oferta de empleo publico OPE EditarLas necesidades de recursos humanos con asignacion presupuestaria que deban proveerse mediante la incorporacion de personal de nuevo ingreso seran objeto de la Oferta de empleo publico como instrumento de gestion de la provision de las necesidades de personal lo que comportara la obligacion de convocar los correspondientes procesos selectivos para las plazas comprometidas y hasta un diez por cien adicional fijando el plazo maximo para la convocatoria de los mismos En todo caso la ejecucion de la oferta de empleo publico debera desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres anos La Oferta de empleo publico se aprobara anualmente por los organos de Gobierno de los poderes publicos debera ser publicada en el Diario oficial correspondiente Previamente debe negociarse con los representantes sindicales en todo lo referente a su preparacion y diseno asi como en lo que respecta a sus criterios generales Grupos de clasificacion EditarSegun el EBEP en su articulo 76 la clasificacion profesional del funcionario de carrera es Grupo A dividido en dos subgrupos A1 y A2 Se exigira estar en posesion del titulo de Grado y la clasificacion de cada subgrupo estara en funcion la responsabilidad y caracteristicas del puesto Grupo BSe exigira el titulo de Tecnico Superior Grupo C dividido en dos subgrupos C1 y C2 C1 Se exigira el titulo de Bachillerato o de Tecnico C2 Se exigira titulo de graduado en ESO En esta nueva clasificacion se ha eliminado las equivalencias con algunos de los grupos anteriores Vease tambien EditarAdministracion Publica de Espana Empleado publico Principios de la Administracion Publica de Espana Referencias EditarReal Decreto Legislativo 5 2015 de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Basico del Empleado Publico EBEP Constitucion Espanola 1978 RD 364 1995 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administracion General del Estado y de provision de puestos de trabajo y promocion profesional de los funcionarios civiles de la Administracion General del Estado AGE Ley 55 2003 de 16 de diciembre del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud Administraciones Publicas y su personal Datos Q2879479 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Empleado publico de Espana amp oldid 139146781, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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