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Derechos del niño

Los derechos del niño es un conjunto de normas jurídicas que protegen a los niños. Todos y cada uno de los derechos de la infancia son inalienables e irrenunciables.

Activistas jóvenes pidiendo la abolición de la esclavitud infantil en Estados Unidos a principios de 1900

Antecedentes

En Estados Unidos, los movimientos por los derechos del niño surgieron durante el siglo XIX con el Train (un experimento social que buscaba fomentar el transporte de niños de las grandes ciudades del Este, como Nueva York y Boston, hacia el Oeste, para crear casas por todo el país). En las grandes ciudades, cuando los padres de niños morían o eran extremadamente pobres, el niño se veía obligado a trabajar para mantenerse o mantener a su familia. Los niños se convertían en trabajadores en fábricas y minas de carbón, las niñas se convertían en prostitutas o chicas de salón o terminaban en talleres de trabajo esclavo. Todos estos trabajos solo pagaban los gastos de alimentación, es decir, que no pagaban tributos como en el antiguo Egipto. La idea de crear los derechos del niño circuló en algunos medios intelectuales durante el siglo XIX. Un ejemplo de ello fue la referencia que hizo el escritor francés Jules Vallès en su obra El niño (1879), y más claramente la reflexión sobre los derechos del niño que realizó Kate D. Wiggin en "Children's Rights"(1892).

En 1874 el caso Mary Ellen, una niña estadounidense de 9 años marcó un precedente. Ella era víctima de maltrato por parte de sus cuidadores. Una vecina alarmó a una trabajadora social de las condiciones deplorables en las que la niña vivía, recibía castigo físicos y presentaba un cuadro de desnutrición por abandono. Los juzgados de Nueva York de la época no tomaban la denuncia de la mujer, dado que no existían leyes que protejan a los niños y se los consideraba propiedad de los padres. La trabajadora social presentó el caso ante la Sociedad Protectora de Animales argumentando que la niña pertenecía al reino animal, apelando a la ley que protegía a los animales contra la crueldad. La trabajadora gana el juicio, sus cuidadores fueron condenados y Mary Ellen fue a un centro de protección donde posteriormente sería adoptada por la misma trabajadora social,

La primera declaración de derechos del niño, de carácter sistemática, fue la Declaración de Ginebra del 26 de diciembre de 1924, redactada por Eglantyne Jebb fundadora de Save the Children.

Las Naciones Unidas aprobaron en 1948 la Declaración Universal de los Derechos Humanos que, implícitamente, incluía los derechos del niño, sin embargo, posteriormente se llegó al convencimiento que las necesidades particulares de los niños y niñas debían estar especialmente enunciados. Antes había decidido que el Fondo Internacional de Emergencia de las Naciones Unidas para los niños (UNICEF) continuara sus labores como organismo especializado y permanente para la protección de la infancia (denominándose oficialmente Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia).

El 20 de noviembre de 1959 las Naciones Unidas aprobó la Declaración de los Derechos del Niño.

A partir de 1975, con ocasión del Año Internacional del Niño, se comenzó a discutir una nueva declaración de derechos del niño, fundada en nuevos principios. A consecuencias de este debate, en 1989 se firmó en la ONU la Convención sobre los Derechos del Niño y dos protocolos facultativos que la desarrollan, actualizados en 2000:[1]

  • Proporcionar a la infancia protección jurídica contra las peores formas de explotación.
  • Utilizar los protocolos facultativos para aumentar los instrumentos de derechos humanos.


Derechos de los niños

 
Placa grabada con los Derechos del Niño en Santiago de Chile

A partir de la promulgación de la Convención en 1989 se ha ido adecuando la legislación interna a los principios contemplados en la Declaración. Aunque la legislación y el sistema jurídico de cada país suele ser diferente, 194 países han ido consagrando medidas especiales para su protección, a nivel legislativo e incluso derechos constitucionales.

Los principios fundamentales de los Derechos del niño son:[2]

  • Derecho a la no discriminación: todo niño tiene derecho a no ser discriminado por ningún motivo como su color de piel.
  • Derecho al interés superior del niño: cualquier decisión, ley o política que pueda afectar a la infancia tiene que tener en cuenta qué es lo mejor para el niño
  • Derecho a la educación: todo niño tiene derecho a recibir una educación adecuada.
  • Derecho a opinión: todo niño tiene derecho a expresar su opinión y que esta se tenga en cuenta en cualquier asunto que le afecte.
  • Derecho a una vivienda digna: todo niño tiene derecho a vivir en un espacio adecuado para su desarrollo.
  • Derecho a la alimentación: todo niño tiene derecho a recibir alimentación, y será competencia del Estado garantizarla en ausencia de padres o tutores que puedan proporcionársela.
  • Derecho a la expresión: todo niño tiene derecho a solicitar, recibir y difundir cualquier información e idea a menos que vulnere el derecho de otros.
  • Derecho a la salud: todo niño tiene derecho a recibir atención sanitaria.
  • Derecho a nombre y nacionalidad: todo niño tiene derecho un nombre desde su nacimiento y a obtener una nacionalidad.

La Convención sobre los derechos del niño recoge 54 artículos.[3]

Convención sobre los Derechos del Niño y protocolos facultativos

Las Naciones Unidas en la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) ha indicado los estándares precedentes a los derechos del niño y estos han sido ratificados por todos los países menos los Estados Unidos y Sudán del Sur.[4]​ La administración de los Estados Unidos bajo el gobierno de George W. Bush se opuso a ratificar la Convención y las condiciones legales porque «crean conflicto con las políticas de Estados Unidos en el rol de los padres, soberanía, estado y leyes locales».[5]​ Y si bien en 2008 el nuevo presidente Barack Obama dijo que su gobierno revisaría la posición, el tema no ha cambiado.[4]

Por otra parte, en mayo del 2000 la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó dos Protocolos facultativos de la CDN:[6]

  • El Protocolo facultativo a la Convención concerniente a la implicación de los niños en los conflictos armados, que entró en vigor el 12 de febrero de 2002. Hasta el 30 de junio de 2006, ha sido ratificado por 107 Estados y firmado por 122.
  • El Protocolo facultativo a la Convención concerniente a la venta de niños, la prostitución y a la pornografía poniendo en escena a niños, entró en vigor el 18 de enero de 2002. Hasta el 30 de junio de 2006, fue ratificado por 107 Estados y firmado por 115.

Reglas mínimas para la administración de justicia de menores (Beijing 1985 - Res. 40/33 ONU)

Las Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la administración de la justicia de menores de edad son un “piso” básico de condiciones y prácticas aceptadas internacionalmente por el derecho humanitario para los menores de edad que tienen problemas con la ley. Los países que son parte de las Naciones Unidas, como Argentina, deben hacer leyes de acuerdo a estas Reglas, deben ser aplicadas según el principio de imparcialidad y no discriminación y tienen como objetivos promover el bienestar del menor de edad y garantizar que la sanción tenga una relación justa y humanitaria entre el delito, las circunstancias en las que el menor de edad cometió el delito y las condiciones personales del menor de edad, lo que implica aplicar el principio de proporcionalidad de la pena.

Las reglas de Naciones Unidas establecen que los países no deben fijar la edad mínima de responsabilidad penal en un número demasiado bajo por la inmadurez emocional, mental e intelectual que es propia de los niños y al hacer leyes sobre justicia de menores de edad no pueden considerar la pena de muerte ni los castigos corporales como una pena posible, el ingreso en las instituciones debe ser la última alternativa y por el menor tiempo posible, el castigo por cometer un delito debe ser distinto al de los adultos, se debe asegurar la protección de los derechos fundamentales del menor de edad y se debe lograr una formación permanente y especializada de todas las personas que se dediquen a la prevención de la delincuencia de menores de edad o traten con delincuentes menores de edad (policías, jueces, asistentes, funcionarios en general).

Además, es fundamental que los Estados tengan un procedimiento penal para los menores de edad distinto al de los adultos porque el procedimiento penal afecta seriamente el futuro y la formación de la personalidad de los menores de edad, entendiendo que cuanto más tiempo pase encerrado el niño o adolescente, mayores serán los problemas intelectuales y psicológicos que tendrá y más difícil será la posibilidad de reingresar bien a la sociedad.

El procedimiento penal debe cumplir ciertos requisitos: considerar en primer lugar el interés del menor, tener un trámite rápido y sin demoras de ningún tipo, cumplirse en un ambiente de comprensión del menor de edad y de su situación, darle participación al menor de edad y la posibilidad de expresarse con la mayor libertad posible, respetar el derecho de sus padres o del adulto que esté a su cargo de participar en las distintas partes que tiene el procedimiento, salvo que esa participación pueda perjudicar al niño o adolescente, adaptarse al sexo, la edad, madurez, capacidad mental, emocional y física del menor de edad, proteger la intimidad del niño o adolescente y evitar las publicaciones que lo identifiquen, no pueden quedar “antecedentes penales del menor de edad”, es decir los registros de todo el procedimiento no pueden darse a conocer ni pueden ser usados en el futuro para dictar una sentencia ni en procesos de adultos que tengan relación con el niño o adolescente, ni en procesos futuros en los que pueda participar el niño o adolescente y si no se puede evitar el encarcelamiento del niño o adolescente, se lo debe ubicar en lugar separado de los adultos, en establecimientos distintos o en partes separadas del mismo establecimiento.

Regulación Comparada

Argentina

En Argentina, la Ley 26.061 protege a los niños, niñas y adolescentes hasta los 18 años de edad para que puedan disfrutar y ejercer en forma plena y permanente todos los derechos reconocidos por las normas nacionales y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos.[1]

Los derechos de los niños, niñas y adolescentes son a que se proteja su vida y se respete su intimidad, a la salud, a hacer deporte, a jugar y disfrutar de un ambiente sano, a no sufrir humillaciones ni abusos de ningún tipo, a que se respete su honor y se proteja su imagen, a tener su documento, su nombre, su nacionalidad y su propio idioma, a que se respete la forma de ser de su lugar de origen, a conocer a sus padres biológicos y mantener un vínculo con ellos aunque estén separados o alguno se encuentre en prisión, salvo que ese vínculo pueda provocarle daño, a tener una familia alternativa o adoptiva que los críe cuando no puedan tener contacto directo con sus padres, a recibir educación pública y gratuita en todos los niveles, respetando su derecho a ingresar y permanecer en una escuela cerca del lugar donde viven, a gozar de los beneficios de la seguridad social, a expresar sus opiniones en la familia y que sean tenidas en cuenta tanto en la familia como en la escuela, considerando su grado de madurez y a asociarse con fines culturales, deportivos o políticos siempre y cuando esas asociaciones o grupos estén sólo integradas por niños, niñas o adolescentes. Ante la Justicia tienen ciertos derechos especiales: a participar en todos los procesos que lo incluyan, a ser escuchados y a que su opinión sea tenida en cuenta al momento de tomar la decisión referida a ellos y a tener un abogado que lo represente, preferentemente especializado en niñez y adolescencia, aunque no puedan pagarlo.

La Ley N.° 26.061 de Protección Integral de niños, niñas y adolescentes establece: “DEBER DE COMUNICAR. Los miembros de los establecimientos educativos y de salud, públicos o privados y todo agente o funcionario público que tuviere conocimiento de la vulneración de derechos de las niñas, niños o adolescentes, deberá comunicar dicha circunstancia ante la autoridad administrativa de protección de derechos en el ámbito local, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad por dicha omisión” (Art 30)

“DEBER DEL FUNCIONARIO DE RECEPCIONAR DENUNCIAS" El agente público que sea requerido para recibir una denuncia de vulneración de derechos de los sujetos protegidos por esta ley, ya sea por la misma niño, niña o adolescente, o por cualquier otra persona, se encuentra obligado a recibir y tramitar tal denuncia en forma gratuita, a fin de garantizar el respeto, la prevención y la reparación del daño sufrido, bajo apercibimiento de considerarlo incurso en la figura de grave incumplimiento de los Deberes del Funcionario Público” (Art 31)


Existen medidas de protección integral para las niñas, niños y adolescentes, que son decisiones para protegerlos cuando sus derechos son amenazados o violados, sea que la amenaza o violación al derecho venga del Estado, de cualquier persona o del propio menor. Algunas medidas de protección son mantenerlos con su familia, incluirlos en programas que busquen fortalecer y apoyar a las familias, darles ayuda económica si hay necesidades básicas insatisfechas, falta de vivienda o dificultades económicas, para mantener los vínculos familiares y lazos afectivos, incluirlos en programas de asistencia integral a la embarazada y darles tratamientos médicos, psicológicos o psiquiátricos a cualquier menor que lo necesite o a sus padres.

Véase también

Referencias

  1. http://www.unicef.org/spanish/crc/index_protocols.html
  2. «Convención sobre los Derechos del Niño». UNICEF. Consultado el 30 de abril de 2021. 
  3. . Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los derechos Humanos. Archivado desde el original el 12 de julio de 2014. Consultado el 18 de agosto de 2014. 
  4. Sparrow, Thomas (20 de noviembre de 2013). «Por qué EE.UU. se niega a ratificar la Convención de los Derechos del Niño». BBC. Consultado el 16 de noviembre de 2014. 
  5. Report by the Secretary of State to the Congress. II. (octubre de 2003).
  6. «La Représentante spéciale du Secrétaire général pour les enfants et les conflits armés» (en francés). Consultado el 11 de noviembre de 2014. 

Enlaces externos

  •   Wikisource contiene obras originales de o sobre Derechos del niño.
  • Derechos del niño en UNICEF
  • Derechos del niño adaptado por grupos de edad
  • Contra la Alienación parental #Alienación=Maltrato
  • Derechos de la infancia
  • Global Movement for Children el 5 de julio de 2020 en Wayback Machine.
  • Red Latino-americana y Caribeña por la defensa de los derechos de los niños y niñas y adolescentes | REDLAMYC
  • Save the Children España
  •   Datos: Q8354948
  •   Multimedia: Children's rights

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Los derechos del nino es un conjunto de normas juridicas que protegen a los ninos Todos y cada uno de los derechos de la infancia son inalienables e irrenunciables Activistas jovenes pidiendo la abolicion de la esclavitud infantil en Estados Unidos a principios de 1900 Indice 1 Antecedentes 2 Derechos de los ninos 3 Convencion sobre los Derechos del Nino y protocolos facultativos 4 Reglas minimas para la administracion de justicia de menores Beijing 1985 Res 40 33 ONU 5 Regulacion Comparada 5 1 Argentina 6 Vease tambien 7 Referencias 8 Enlaces externosAntecedentes EditarEn Estados Unidos los movimientos por los derechos del nino surgieron durante el siglo XIX con el Train un experimento social que buscaba fomentar el transporte de ninos de las grandes ciudades del Este como Nueva York y Boston hacia el Oeste para crear casas por todo el pais En las grandes ciudades cuando los padres de ninos morian o eran extremadamente pobres el nino se veia obligado a trabajar para mantenerse o mantener a su familia Los ninos se convertian en trabajadores en fabricas y minas de carbon las ninas se convertian en prostitutas o chicas de salon o terminaban en talleres de trabajo esclavo Todos estos trabajos solo pagaban los gastos de alimentacion es decir que no pagaban tributos como en el antiguo Egipto La idea de crear los derechos del nino circulo en algunos medios intelectuales durante el siglo XIX Un ejemplo de ello fue la referencia que hizo el escritor frances Jules Valles en su obra El nino 1879 y mas claramente la reflexion sobre los derechos del nino que realizo Kate D Wiggin en Children s Rights 1892 En 1874 el caso Mary Ellen una nina estadounidense de 9 anos marco un precedente Ella era victima de maltrato por parte de sus cuidadores Una vecina alarmo a una trabajadora social de las condiciones deplorables en las que la nina vivia recibia castigo fisicos y presentaba un cuadro de desnutricion por abandono Los juzgados de Nueva York de la epoca no tomaban la denuncia de la mujer dado que no existian leyes que protejan a los ninos y se los consideraba propiedad de los padres La trabajadora social presento el caso ante la Sociedad Protectora de Animales argumentando que la nina pertenecia al reino animal apelando a la ley que protegia a los animales contra la crueldad La trabajadora gana el juicio sus cuidadores fueron condenados y Mary Ellen fue a un centro de proteccion donde posteriormente seria adoptada por la misma trabajadora social La primera declaracion de derechos del nino de caracter sistematica fue la Declaracion de Ginebra del 26 de diciembre de 1924 redactada por Eglantyne Jebb fundadora de Save the Children Las Naciones Unidas aprobaron en 1948 la Declaracion Universal de los Derechos Humanos que implicitamente incluia los derechos del nino sin embargo posteriormente se llego al convencimiento que las necesidades particulares de los ninos y ninas debian estar especialmente enunciados Antes habia decidido que el Fondo Internacional de Emergencia de las Naciones Unidas para los ninos UNICEF continuara sus labores como organismo especializado y permanente para la proteccion de la infancia denominandose oficialmente Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia El 20 de noviembre de 1959 las Naciones Unidas aprobo la Declaracion de los Derechos del Nino A partir de 1975 con ocasion del Ano Internacional del Nino se comenzo a discutir una nueva declaracion de derechos del nino fundada en nuevos principios A consecuencias de este debate en 1989 se firmo en la ONU la Convencion sobre los Derechos del Nino y dos protocolos facultativos que la desarrollan actualizados en 2000 1 Proporcionar a la infancia proteccion juridica contra las peores formas de explotacion Utilizar los protocolos facultativos para aumentar los instrumentos de derechos humanos Derechos de los ninos Editar Placa grabada con los Derechos del Nino en Santiago de Chile A partir de la promulgacion de la Convencion en 1989 se ha ido adecuando la legislacion interna a los principios contemplados en la Declaracion Aunque la legislacion y el sistema juridico de cada pais suele ser diferente 194 paises han ido consagrando medidas especiales para su proteccion a nivel legislativo e incluso derechos constitucionales Los principios fundamentales de los Derechos del nino son 2 Derecho a la no discriminacion todo nino tiene derecho a no ser discriminado por ningun motivo como su color de piel Derecho al interes superior del nino cualquier decision ley o politica que pueda afectar a la infancia tiene que tener en cuenta que es lo mejor para el nino Derecho a la educacion todo nino tiene derecho a recibir una educacion adecuada Derecho a opinion todo nino tiene derecho a expresar su opinion y que esta se tenga en cuenta en cualquier asunto que le afecte Derecho a una vivienda digna todo nino tiene derecho a vivir en un espacio adecuado para su desarrollo Derecho a la alimentacion todo nino tiene derecho a recibir alimentacion y sera competencia del Estado garantizarla en ausencia de padres o tutores que puedan proporcionarsela Derecho a la expresion todo nino tiene derecho a solicitar recibir y difundir cualquier informacion e idea a menos que vulnere el derecho de otros Derecho a la salud todo nino tiene derecho a recibir atencion sanitaria Derecho a nombre y nacionalidad todo nino tiene derecho un nombre desde su nacimiento y a obtener una nacionalidad La Convencion sobre los derechos del nino recoge 54 articulos 3 Convencion sobre los Derechos del Nino y protocolos facultativos EditarArticulo principal Convencion sobre los Derechos del Nino Las Naciones Unidas en la Convencion sobre los Derechos del Nino CDN ha indicado los estandares precedentes a los derechos del nino y estos han sido ratificados por todos los paises menos los Estados Unidos y Sudan del Sur 4 La administracion de los Estados Unidos bajo el gobierno de George W Bush se opuso a ratificar la Convencion y las condiciones legales porque crean conflicto con las politicas de Estados Unidos en el rol de los padres soberania estado y leyes locales 5 Y si bien en 2008 el nuevo presidente Barack Obama dijo que su gobierno revisaria la posicion el tema no ha cambiado 4 Por otra parte en mayo del 2000 la Asamblea General de las Naciones Unidas adopto dos Protocolos facultativos de la CDN 6 El Protocolo facultativo a la Convencion concerniente a la implicacion de los ninos en los conflictos armados que entro en vigor el 12 de febrero de 2002 Hasta el 30 de junio de 2006 ha sido ratificado por 107 Estados y firmado por 122 El Protocolo facultativo a la Convencion concerniente a la venta de ninos la prostitucion y a la pornografia poniendo en escena a ninos entro en vigor el 18 de enero de 2002 Hasta el 30 de junio de 2006 fue ratificado por 107 Estados y firmado por 115 Reglas minimas para la administracion de justicia de menores Beijing 1985 Res 40 33 ONU EditarLas Reglas minimas de las Naciones Unidas para la administracion de la justicia de menores de edad son un piso basico de condiciones y practicas aceptadas internacionalmente por el derecho humanitario para los menores de edad que tienen problemas con la ley Los paises que son parte de las Naciones Unidas como Argentina deben hacer leyes de acuerdo a estas Reglas deben ser aplicadas segun el principio de imparcialidad y no discriminacion y tienen como objetivos promover el bienestar del menor de edad y garantizar que la sancion tenga una relacion justa y humanitaria entre el delito las circunstancias en las que el menor de edad cometio el delito y las condiciones personales del menor de edad lo que implica aplicar el principio de proporcionalidad de la pena Las reglas de Naciones Unidas establecen que los paises no deben fijar la edad minima de responsabilidad penal en un numero demasiado bajo por la inmadurez emocional mental e intelectual que es propia de los ninos y al hacer leyes sobre justicia de menores de edad no pueden considerar la pena de muerte ni los castigos corporales como una pena posible el ingreso en las instituciones debe ser la ultima alternativa y por el menor tiempo posible el castigo por cometer un delito debe ser distinto al de los adultos se debe asegurar la proteccion de los derechos fundamentales del menor de edad y se debe lograr una formacion permanente y especializada de todas las personas que se dediquen a la prevencion de la delincuencia de menores de edad o traten con delincuentes menores de edad policias jueces asistentes funcionarios en general Ademas es fundamental que los Estados tengan un procedimiento penal para los menores de edad distinto al de los adultos porque el procedimiento penal afecta seriamente el futuro y la formacion de la personalidad de los menores de edad entendiendo que cuanto mas tiempo pase encerrado el nino o adolescente mayores seran los problemas intelectuales y psicologicos que tendra y mas dificil sera la posibilidad de reingresar bien a la sociedad El procedimiento penal debe cumplir ciertos requisitos considerar en primer lugar el interes del menor tener un tramite rapido y sin demoras de ningun tipo cumplirse en un ambiente de comprension del menor de edad y de su situacion darle participacion al menor de edad y la posibilidad de expresarse con la mayor libertad posible respetar el derecho de sus padres o del adulto que este a su cargo de participar en las distintas partes que tiene el procedimiento salvo que esa participacion pueda perjudicar al nino o adolescente adaptarse al sexo la edad madurez capacidad mental emocional y fisica del menor de edad proteger la intimidad del nino o adolescente y evitar las publicaciones que lo identifiquen no pueden quedar antecedentes penales del menor de edad es decir los registros de todo el procedimiento no pueden darse a conocer ni pueden ser usados en el futuro para dictar una sentencia ni en procesos de adultos que tengan relacion con el nino o adolescente ni en procesos futuros en los que pueda participar el nino o adolescente y si no se puede evitar el encarcelamiento del nino o adolescente se lo debe ubicar en lugar separado de los adultos en establecimientos distintos o en partes separadas del mismo establecimiento Regulacion Comparada EditarArgentina Editar En Argentina la Ley 26 061 protege a los ninos ninas y adolescentes hasta los 18 anos de edad para que puedan disfrutar y ejercer en forma plena y permanente todos los derechos reconocidos por las normas nacionales y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos 1 Los derechos de los ninos ninas y adolescentes son a que se proteja su vida y se respete su intimidad a la salud a hacer deporte a jugar y disfrutar de un ambiente sano a no sufrir humillaciones ni abusos de ningun tipo a que se respete su honor y se proteja su imagen a tener su documento su nombre su nacionalidad y su propio idioma a que se respete la forma de ser de su lugar de origen a conocer a sus padres biologicos y mantener un vinculo con ellos aunque esten separados o alguno se encuentre en prision salvo que ese vinculo pueda provocarle dano a tener una familia alternativa o adoptiva que los crie cuando no puedan tener contacto directo con sus padres a recibir educacion publica y gratuita en todos los niveles respetando su derecho a ingresar y permanecer en una escuela cerca del lugar donde viven a gozar de los beneficios de la seguridad social a expresar sus opiniones en la familia y que sean tenidas en cuenta tanto en la familia como en la escuela considerando su grado de madurez y a asociarse con fines culturales deportivos o politicos siempre y cuando esas asociaciones o grupos esten solo integradas por ninos ninas o adolescentes Ante la Justicia tienen ciertos derechos especiales a participar en todos los procesos que lo incluyan a ser escuchados y a que su opinion sea tenida en cuenta al momento de tomar la decision referida a ellos y a tener un abogado que lo represente preferentemente especializado en ninez y adolescencia aunque no puedan pagarlo La Ley N 26 061 de Proteccion Integral de ninos ninas y adolescentes establece DEBER DE COMUNICAR Los miembros de los establecimientos educativos y de salud publicos o privados y todo agente o funcionario publico que tuviere conocimiento de la vulneracion de derechos de las ninas ninos o adolescentes debera comunicar dicha circunstancia ante la autoridad administrativa de proteccion de derechos en el ambito local bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad por dicha omision Art 30 DEBER DEL FUNCIONARIO DE RECEPCIONAR DENUNCIAS El agente publico que sea requerido para recibir una denuncia de vulneracion de derechos de los sujetos protegidos por esta ley ya sea por la misma nino nina o adolescente o por cualquier otra persona se encuentra obligado a recibir y tramitar tal denuncia en forma gratuita a fin de garantizar el respeto la prevencion y la reparacion del dano sufrido bajo apercibimiento de considerarlo incurso en la figura de grave incumplimiento de los Deberes del Funcionario Publico Art 31 Existen medidas de proteccion integral para las ninas ninos y adolescentes que son decisiones para protegerlos cuando sus derechos son amenazados o violados sea que la amenaza o violacion al derecho venga del Estado de cualquier persona o del propio menor Algunas medidas de proteccion son mantenerlos con su familia incluirlos en programas que busquen fortalecer y apoyar a las familias darles ayuda economica si hay necesidades basicas insatisfechas falta de vivienda o dificultades economicas para mantener los vinculos familiares y lazos afectivos incluirlos en programas de asistencia integral a la embarazada y darles tratamientos medicos psicologicos o psiquiatricos a cualquier menor que lo necesite o a sus padres Vease tambien Editar Portal Derecho Contenido relacionado con Derecho Explotacion infantil Educacion infantil Unicef Movimiento de los derechos de los ninos Dia del NinoReferencias Editar http www unicef org spanish crc index protocols html Convencion sobre los Derechos del Nino UNICEF Consultado el 30 de abril de 2021 Convencion sobre los Derechos del Nino Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los derechos Humanos Archivado desde el original el 12 de julio de 2014 Consultado el 18 de agosto de 2014 a b Sparrow Thomas 20 de noviembre de 2013 Por que EE UU se niega a ratificar la Convencion de los Derechos del Nino BBC Consultado el 16 de noviembre de 2014 Report by the Secretary of State to the Congress II octubre de 2003 La Representante speciale du Secretaire general pour les enfants et les conflits armes en frances Consultado el 11 de noviembre de 2014 Enlaces externos Editar Wikisource contiene obras originales de o sobre Derechos del nino Derechos del nino en UNICEF Derechos del nino adaptado por grupos de edad Contra la Alienacion parental Alienacion Maltrato Por los Derechos de la ninez y la familia Derechos de la infancia Global Movement for Children Archivado el 5 de julio de 2020 en Wayback 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