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Asistencia jurídica gratuita

La asistencia jurídica gratuita, asesoría jurídica gratuita o justicia gratuita, se refiere al servicio prestado por el Estado o por las Organizaciones No Gubernamentales que a ello se dedican, a los ciudadanos el objetivo de satisfacer el derecho de este a tutela judicial y a un proceso con las máximas garantías de igualdad e independencia y respetando el Derecho a la defensa de todo acusado. De esta manera se cubren las necesidades del ciudadano sin recursos económicos, bajo tutela policial o penitenciaria o en un proceso penal de recibir una tutela judicial efectiva. Así pues, se establece el turno de oficio o se declaran execepciones al pago de tasas, por ejemplo. Sin embargo existe gran diferencia en el alcance de estos servicios dependiendo del país e incluso la región.

Internacional

La asistencia jurídica gratuita es un sistema necesario para respetar el derecho a la defensa de los ciudadanos. A nivel internacional, el derecho a la defensa se recoge en los siguientes textos, que vinculan a los Estados que los hayan suscrito, salvo la Declaración Universal de Derechos Humanos que vincula a todos como un «Derecho Superior»:

En concreto refiriéndonos a los derechos del menor de edad:

Artículo 40. »2. Con ese fin, y habida cuenta de las disposiciones pertinentes de los instrumentos internacionales, los Estados partes garantizarán, en particular:

a.   (...)
b.   Que todo niño del que se alegue que ha infringido las leyes penales o a quien se acuse de haber infringido esas leyes se le garantice, por lo menos, lo siguiente:
I.   (...)
II.   Que será informado sin demora y directamente o, cuando sea procedente, por intermedio de sus padres o sus representantes legales, de los cargos que pesan contra el y que dispondrá de asistencia jurídica u otra asistencia apropiada en la preparación y presentación de su defensa;

III.   Que la causa será dirimida sin demora por una autoridad u órgano judicial competente, independiente e imparcial en una audiencia equitativa conforme a la Ley, en presencia de un asesor jurídico u otro tipo de asesor adecuado y, a menos que se considerare que ello fuere contrario al interés superior del niño, teniendo en cuenta en particular su edad o situación y a sus padres o representantes legales;

Chile

En la Constitución chilena de 1980 se dice que:

La ley arbitrará los medios para otorgar asesoramiento y defensa jurídica a quienes no puedan procurárselos por sí mismos[6]

De esta manera se establece el acceso a las Corporaciones de Asistencia Judicial y al Abogado de turno.[7]​ En materia penal, existe la Defensoría Penal Pública.

España

La Constitución española de 1978 establece, al objeto de asegurar a todas las personas el acceso a la tutela judicial efectiva que:

La justicia será gratuita cuando así lo disponga la Ley, y en todo caso, respecto de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar.[8]

Así se motiva la existencia del Turno de oficio[9]​ y del Servicio de Orientación Jurídica,[9]​ así como la excepción al pago de determinadas tasas.[9]​ La resolución que concede o deniega la justicia gratuita a un justiciable proviene normalmente de la Comisión de Justicia Gratuita que opera en el territorio donde se solicita.

Ordenamiento y Administración

Desde el punto de vista legislativo, se diseña de esta forma un marco constitucional regulador del derecho a la tutela judicial que incluye la prestación de servicios encaminados a la provisión de los medios necesarios para hacer que este derecho sea real y efectivo; incluso cuando quien desea ejercerlo carezca de recursos económicos. El ordenamiento legislativo de dichos servicios se enmarca siempre bajo la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita;[9]​ mas debido a la existencia de tranferencias de competencias a las comunidades autónomas la administración de justicia recae en diferentes órganos dependiendo de cada comunidad autónoma.

De forma general dichos servicios suelen ser prestados directamente por la Abogacía y la Procuraduría a través de los diferentes Colegios de abogados, financiado con fondos igualmente públicos.[10]​ Todos ellos se encuentran coordinados por el Consejo General de la Abogacía Española, que se presta como intermediario inicial entre el ciudadano y la administración que le corresponda.[11]

Beneficios

La Ley de Asistencia Jurídica Gratuita establece en su artículo 6:[12]

El derecho a la asistencia jurídica gratuita comprende las siguientes prestaciones:
  1. Asesoramiento y orientación gratuitos previos al proceso a quienes pretendan reclamar la tutela judicial de sus derechos e intereses, cuando tengan por objeto evitar el conflicto procesal, o analizar la viabilidad de la pretensión.
  2. Asistencia de abogado al detenido o preso que no lo hubiera designado, para cualquier diligencia policial que no sea consecuencia de un procedimiento penal en curso o en su primera comparecencia ante un órgano jurisdiccional, o cuando ésta se lleve a cabo por medio de auxilio judicial y el detenido o preso no hubiere designado Letrado en el lugar donde se preste.
  3. Defensa y representación gratuitas por abogado y procurador en el procedimiento judicial, cuando la intervención de estos profesionales sea legalmente preceptiva o, cuando no siéndolo, sea expresamente requerida por el Juzgado o Tribunal mediante auto motivado para garantizar la igualdad de las partes en el proceso.
  4. Inserción gratuita de anuncios o edictos, en el curso del proceso, que preceptivamente deban publicarse en periódicos oficiales.
  5. Exención del pago de depósitos necesarios para la interposición de recursos.
  6. Asistencia pericial gratuita en el proceso a cargo del personal técnico adscrito a los órganos jurisdiccionales, o, en su defecto, a cargo de funcionarios, organismos o servicios técnicos dependientes de las Administraciones públicas. Excepcionalmente y cuando por inexistencia de técnicos en la materia de que se trate, no fuere posible la asistencia pericial de peritos dependientes de los órganos jurisdiccionales o de las Administraciones públicas, ésta se llevará a cabo, si el Juez o el Tribunal lo estima pertinente, en resolución motivada, a cargo de peritos designados de acuerdo a lo que se establece en las leyes procesales, entre los técnicos privados que correspondan.
  7. Obtención gratuita de copias, testimonios, instrumentos y actas notariales, en los términos previstos en el artículo 130 del Reglamento Notarial.
  8. Reducción del 80 % de los derechos arancelarios que correspondan por el otorgamiento de escrituras públicas y por la obtención de copias y testimonios notariales no contemplados en el número anterior, cuando tengan relación directa con el proceso y sean requeridos por el órgano judicial en el curso del mismo, o sirvan para la fundamentación de la pretensión del beneficiario de la justicia gratuita.
  9. Reducción del 80 % de los derechos arancelarios que correspondan por la obtención de notas, certificaciones, anotaciones, asientos e inscripciones en los Registros de la Propiedad y Mercantil, cuando tengan relación directa con el proceso y sean requeridos por el órgano judicial en el curso del mismo, o sirvan para la fundamentación de la pretensión del beneficiario de la justicia gratuita.
  10. Los derechos arancelarios a que se refieren los apartados 8 y 9 de este artículo no se percibirán cuando el interesado acredite ingresos por debajo del salario mínimo interprofesional.

Como el turno de oficio está pagado mediante subvenciones deberán ser declarados en los impuestos correspondientes en la Declaración de la Renta como un ingreso.

Alcance

Es otra vez la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita la que designa quiénes gozan directamente del derecho a la asistencia jurídica gratuita, y cómo lo pueden obtener quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar.[9]​ Así, en el Artículo 3[13]​ se recoge que los requisitos para el acceso a la Justicia Gratuita son:[14]

  • Personas físicas:
    • Que los recursos e ingresos económicos computados anualmente por todos los conceptos y por unidad familiar no superen el doble del IPREM vigente en el momento de efectuar la solicitud.
    • Que, aun superando el doble del IPREM, los recursos no excedan del cuádruplo del IPREM y la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita, atendiendo a las circunstancias de familia del solicitante, número de hijos o familiares a su cargo, estado de salud, minusvalía, obligaciones económicas, costes derivados de la iniciación del proceso u otras circunstancias y, en todo caso, cuando el solicitante ostente la condición de ascendiente de una familia numerosa de categoría especial, decida conceder excepcionalmente el derecho a la asistencia jurídica gratuita.
    • Que se litigue en defensa de derechos e intereses propios.
  • Personas jurídicas:
    • Que se trate de Asociaciones declaradas de Utilidad Pública o de Fundaciones inscritas en el Registro Administrativo correspondiente.
    • Que su base imponible en el Impuesto sobre Sociedades sea inferior a la cantidad equivalente al triple del IPREM en cómputo anual.

Véase también

Referencias

  1. Artículos 10 y 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, formulada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948.
  2. Artículo 6, en especial el párrafo 3, del Convención Europea de Derechos Humanos hecho en Roma el 4 de noviembre de 1950.
  3. Artículo 14 párrafo 3 secciones b, c y f del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos hecho en Nueva York el 16 de diciembre de 1966.
  4. Artículos 47, párrafos 2º y 3º; y 48, párrafo 2º, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea Incorporada al art. 6.1 del Tratado de la Unión Europea, por el Tratado de Lisboa que entró en vigor el 1 de diciembre de 2009.
  5. Artículos 47, párrafos 2º sección b.II y III, de la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989. El instrumento de ratificación en España se halla publicado en el BOE nº 313, de 31 de diciembre de 1990, en materia penal de menores.
  6. Artículo 19.3 de la Constitución Política de la República de Chile de 1980
  7. Artículo 595 del Código Orgánico de Tribunales
  8. Artículo 119 de la Constitución española de 1978 en su Título VI. Del Poder Judicial.
  9. Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita.
  10. del Consejo General de la Abogacía Española
  11. del CGAE explicándo su función.
  12. Artículo 6 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita.
  13. Artículo 3 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita.
  14. Sitio Web del Ministerio de Justicia con información útil y actualizada.

Enlaces externos

España

  •   Datos: Q707748

asistencia, jurídica, gratuita, asistencia, jurídica, gratuita, asesoría, jurídica, gratuita, justicia, gratuita, refiere, servicio, prestado, estado, organizaciones, gubernamentales, ello, dedican, ciudadanos, objetivo, satisfacer, derecho, este, tutela, judi. La asistencia juridica gratuita asesoria juridica gratuita o justicia gratuita se refiere al servicio prestado por el Estado o por las Organizaciones No Gubernamentales que a ello se dedican a los ciudadanos el objetivo de satisfacer el derecho de este a tutela judicial y a un proceso con las maximas garantias de igualdad e independencia y respetando el Derecho a la defensa de todo acusado De esta manera se cubren las necesidades del ciudadano sin recursos economicos bajo tutela policial o penitenciaria o en un proceso penal de recibir una tutela judicial efectiva Asi pues se establece el turno de oficio o se declaran execepciones al pago de tasas por ejemplo Sin embargo existe gran diferencia en el alcance de estos servicios dependiendo del pais e incluso la region Indice 1 Internacional 2 Chile 3 Espana 3 1 Ordenamiento y Administracion 3 2 Beneficios 3 3 Alcance 4 Vease tambien 5 Referencias 6 Enlaces externos 6 1 EspanaInternacional EditarLa asistencia juridica gratuita es un sistema necesario para respetar el derecho a la defensa de los ciudadanos A nivel internacional el derecho a la defensa se recoge en los siguientes textos que vinculan a los Estados que los hayan suscrito salvo la Declaracion Universal de Derechos Humanos que vincula a todos como un Derecho Superior Declaracion Universal de los Derechos Humanos formulada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948 1 Convencion Europea de Derechos Humanos firmada en Roma el 4 de noviembre de 1950 2 Pacto Internacional de Derechos Civiles y Politicos hecho en Nueva York del 16 de diciembre de 1966 3 Carta de los Derechos Fundamentales de la Union Europea redactada en Niza el 7 de diciembre de 2000 4 En concreto refiriendonos a los derechos del menor de edad Convencion sobre los Derechos del Nino aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 5 Articulo que dice asi Articulo 40 2 Con ese fin y habida cuenta de las disposiciones pertinentes de los instrumentos internacionales los Estados partes garantizaran en particular a b Que todo nino del que se alegue que ha infringido las leyes penales o a quien se acuse de haber infringido esas leyes se le garantice por lo menos lo siguiente I II Que sera informado sin demora y directamente o cuando sea procedente por intermedio de sus padres o sus representantes legales de los cargos que pesan contra el y que dispondra de asistencia juridica u otra asistencia apropiada en la preparacion y presentacion de su defensa III Que la causa sera dirimida sin demora por una autoridad u organo judicial competente independiente e imparcial en una audiencia equitativa conforme a la Ley en presencia de un asesor juridico u otro tipo de asesor adecuado y a menos que se considerare que ello fuere contrario al interes superior del nino teniendo en cuenta en particular su edad o situacion y a sus padres o representantes legales Chile EditarEn la Constitucion chilena de 1980 se dice que La ley arbitrara los medios para otorgar asesoramiento y defensa juridica a quienes no puedan procurarselos por si mismos 6 De esta manera se establece el acceso a las Corporaciones de Asistencia Judicial y al Abogado de turno 7 En materia penal existe la Defensoria Penal Publica Espana EditarLa Constitucion espanola de 1978 establece al objeto de asegurar a todas las personas el acceso a la tutela judicial efectiva que La justicia sera gratuita cuando asi lo disponga la Ley y en todo caso respecto de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar 8 Asi se motiva la existencia del Turno de oficio 9 y del Servicio de Orientacion Juridica 9 asi como la excepcion al pago de determinadas tasas 9 La resolucion que concede o deniega la justicia gratuita a un justiciable proviene normalmente de la Comision de Justicia Gratuita que opera en el territorio donde se solicita Ordenamiento y Administracion Editar Desde el punto de vista legislativo se disena de esta forma un marco constitucional regulador del derecho a la tutela judicial que incluye la prestacion de servicios encaminados a la provision de los medios necesarios para hacer que este derecho sea real y efectivo incluso cuando quien desea ejercerlo carezca de recursos economicos El ordenamiento legislativo de dichos servicios se enmarca siempre bajo la Ley de Asistencia Juridica Gratuita 9 mas debido a la existencia de tranferencias de competencias a las comunidades autonomas la administracion de justicia recae en diferentes organos dependiendo de cada comunidad autonoma De forma general dichos servicios suelen ser prestados directamente por la Abogacia y la Procuraduria a traves de los diferentes Colegios de abogados financiado con fondos igualmente publicos 10 Todos ellos se encuentran coordinados por el Consejo General de la Abogacia Espanola que se presta como intermediario inicial entre el ciudadano y la administracion que le corresponda 11 Beneficios Editar La Ley de Asistencia Juridica Gratuita establece en su articulo 6 12 El derecho a la asistencia juridica gratuita comprende las siguientes prestaciones Asesoramiento y orientacion gratuitos previos al proceso a quienes pretendan reclamar la tutela judicial de sus derechos e intereses cuando tengan por objeto evitar el conflicto procesal o analizar la viabilidad de la pretension Asistencia de abogado al detenido o preso que no lo hubiera designado para cualquier diligencia policial que no sea consecuencia de un procedimiento penal en curso o en su primera comparecencia ante un organo jurisdiccional o cuando esta se lleve a cabo por medio de auxilio judicial y el detenido o preso no hubiere designado Letrado en el lugar donde se preste Defensa y representacion gratuitas por abogado y procurador en el procedimiento judicial cuando la intervencion de estos profesionales sea legalmente preceptiva o cuando no siendolo sea expresamente requerida por el Juzgado o Tribunal mediante auto motivado para garantizar la igualdad de las partes en el proceso Insercion gratuita de anuncios o edictos en el curso del proceso que preceptivamente deban publicarse en periodicos oficiales Exencion del pago de depositos necesarios para la interposicion de recursos Asistencia pericial gratuita en el proceso a cargo del personal tecnico adscrito a los organos jurisdiccionales o en su defecto a cargo de funcionarios organismos o servicios tecnicos dependientes de las Administraciones publicas Excepcionalmente y cuando por inexistencia de tecnicos en la materia de que se trate no fuere posible la asistencia pericial de peritos dependientes de los organos jurisdiccionales o de las Administraciones publicas esta se llevara a cabo si el Juez o el Tribunal lo estima pertinente en resolucion motivada a cargo de peritos designados de acuerdo a lo que se establece en las leyes procesales entre los tecnicos privados que correspondan Obtencion gratuita de copias testimonios instrumentos y actas notariales en los terminos previstos en el articulo 130 del Reglamento Notarial Reduccion del 80 de los derechos arancelarios que correspondan por el otorgamiento de escrituras publicas y por la obtencion de copias y testimonios notariales no contemplados en el numero anterior cuando tengan relacion directa con el proceso y sean requeridos por el organo judicial en el curso del mismo o sirvan para la fundamentacion de la pretension del beneficiario de la justicia gratuita Reduccion del 80 de los derechos arancelarios que correspondan por la obtencion de notas certificaciones anotaciones asientos e inscripciones en los Registros de la Propiedad y Mercantil cuando tengan relacion directa con el proceso y sean requeridos por el organo judicial en el curso del mismo o sirvan para la fundamentacion de la pretension del beneficiario de la justicia gratuita Los derechos arancelarios a que se refieren los apartados 8 y 9 de este articulo no se percibiran cuando el interesado acredite ingresos por debajo del salario minimo interprofesional Como el turno de oficio esta pagado mediante subvenciones deberan ser declarados en los impuestos correspondientes en la Declaracion de la Renta como un ingreso Alcance Editar Es otra vez la Ley de Asistencia Juridica Gratuita la que designa quienes gozan directamente del derecho a la asistencia juridica gratuita y como lo pueden obtener quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar 9 Asi en el Articulo 3 13 se recoge que los requisitos para el acceso a la Justicia Gratuita son 14 Personas fisicas Que los recursos e ingresos economicos computados anualmente por todos los conceptos y por unidad familiar no superen el doble del IPREM vigente en el momento de efectuar la solicitud Que aun superando el doble del IPREM los recursos no excedan del cuadruplo del IPREM y la Comision de Asistencia Juridica Gratuita atendiendo a las circunstancias de familia del solicitante numero de hijos o familiares a su cargo estado de salud minusvalia obligaciones economicas costes derivados de la iniciacion del proceso u otras circunstancias y en todo caso cuando el solicitante ostente la condicion de ascendiente de una familia numerosa de categoria especial decida conceder excepcionalmente el derecho a la asistencia juridica gratuita Que se litigue en defensa de derechos e intereses propios Personas juridicas Que se trate de Asociaciones declaradas de Utilidad Publica o de Fundaciones inscritas en el Registro Administrativo correspondiente Que su base imponible en el Impuesto sobre Sociedades sea inferior a la cantidad equivalente al triple del IPREM en computo anual Vease tambien Editar Portal Derecho Contenido relacionado con Derecho Pro bono publico Turno de oficio Derecho a la defensa Debido procesoReferencias Editar Articulos 10 y 11 de la Declaracion Universal de los Derechos Humanos formulada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948 Articulo 6 en especial el parrafo 3 del Convencion Europea de Derechos Humanos hecho en Roma el 4 de noviembre de 1950 Articulo 14 parrafo 3 secciones b c y f del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Politicos hecho en Nueva York el 16 de diciembre de 1966 Articulos 47 parrafos 2º y 3º y 48 parrafo 2º de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Union Europea Incorporada al art 6 1 del Tratado de la Union Europea por el Tratado de Lisboa que entro en vigor el 1 de diciembre de 2009 Articulos 47 parrafos 2º seccion b II y III de la Convencion sobre los Derechos del Nino aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 El instrumento de ratificacion en Espana se halla publicado en el BOE nº 313 de 31 de diciembre de 1990 en materia penal de menores Articulo 19 3 de la Constitucion Politica de la Republica de Chile de 1980 Articulo 595 del Codigo Organico de Tribunales Articulo 119 de la Constitucion espanola de 1978 en su Titulo VI Del Poder Judicial a b c d e Ley 1 1996 de 10 de enero de Asistencia Juridica Gratuita Sitio Web del Consejo General de la Abogacia Espanola Sitio Web del CGAE explicando su funcion Articulo 6 de la Ley 1 1996 de 10 de enero de Asistencia Juridica Gratuita Articulo 3 de la Ley 1 1996 de 10 de enero de Asistencia Juridica Gratuita Sitio Web del Ministerio de Justicia con informacion util y actualizada Enlaces externos EditarEspana Editar Justicia gratuita Pagina del Consejo General de la Abogacia Espanola donde acudir a buscar informacion Ministerio de Justicia con informacion util y actualizada Datos Q707748 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Asistencia juridica gratuita amp oldid 130704499, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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