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Sistema de salud en Colombia

El sistema de salud en Colombia es una parte del Sistema Seguridad social de Colombia regulado por el Gobierno de Colombia, por intermedio del Ministerio de la Salud y Protección Social.

El sistema general de seguridad social de Colombia integral vigente en Colombia está reglamentado por la Ley 100, expedida el 23 de diciembre de 1993.[1]​ Colombia para el año 2000 se encontraba en el puesto 22 de 191 países, por su desempeño general del sistema de salud según un informe de la Organización Mundial de la Salud.[2]

El sistema de salud colombiano tiene la característica de estar formado por dos sistemas coexistentes: el régimen contributivo (privado) y el régimen subsidiado (gratuito) por medio del Sisbén. Ambos regímenes proporcionan cobertura universal, acceso por igual a medicamentos, procedimientos quirúrgicos, servicios médicos y odontológicos.[3]

El Ministerio de Salud y Protección Social es el responsable de desarrollar políticas en materia de salud, así como el encargado de regular la salud en el país. La Entidad promotora de salud (EPS) son empresas regionales de sanidad que se encargan de implementar los objetivos fijados por el Ministerio de Salud, de desarrollar las líneas maestras y sus protocolos, y también de supervisar la actuación de los cuidados en salud. Para cumplir con sus responsabilidades las EPS deben conformar una red de servicios para lo cual cualquier entidad promotora de salud puede contratar a clínicas, hospitales o un Instituto prestador de salud (IPS) de forma independiente y autónoma o pueden garantizar el acceso a los servicios con su propia red. Además deben contratar un porcentaje determinado mínimo con instituciones prestadoras de servicios públicos.[3]

El sistema de salud colombiano es descentralizado, las fuentes de financiación de la salud son principalmente del Sistema General de Participaciones (SGP), los aportes de empleadores y trabajadores al régimen contributivo que se administran por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES),[4]​ y los recursos obtenidos en los juegos de suerte y azar administrados por Coljuegos, también existen otras fuentes de financiación de menor envergadura.[5]

Colombia es el país de América Latina con la cobertura más alta en salud, superando el 95% de su población.[6]

Historia

A grandes rasgos el sistema de salud en Colombia que precedió al actual se puede distribuir en tres etapas.[7]

La primera de ellas vio sus inicios tras la promulgación de la Constitución de 1886 hasta mediados de la década de 1950 y en donde prevaleció lo que se ha denominado «modelo higienista». Bajo este modelo, las acciones de salubridad pública se limitaba a atender aspectos de carácter sanitario, mientras que la atención preventiva y curativa en salud venían a ser financiadas por los usuarios y por algunas instituciones de caridad.[7]​ En 1950 se crea la Caja Nacional de Previsión que se encargaba de atender la salud de los empleados públicos y en 1950, se crea el Instituto Colombiano de Seguros Sociales (después Instituto de Seguros Sociales) que atendía a los empleados del sector privado con empleo formal.[7]

La segunda etapa, que inició en la década de 1970 hasta 1989, se desarrolla bajo la creación del Sistema Nacional de Salud bajo el esquema de «subsidios a la oferta». Bajo este régimen los recursos del gobierno central para salud eran transferidos directamente a la red de hospitales públicos del país. sin embargo, este sistema no era suficiente para proporcionar una atención integral en salud a la población de bajos recursos.[7]

La tercera y última etapa se inicia en 1990, con la expedición de la Ley 10.[8]​ Este periodo se prorrogó hasta 1993 con la expedición de la Ley 100 de 1993, bajo los principios de la Constitución Política de 1991.[7]

Estructura del Sistema

 
Fundación Valle del Lili - Cali
Colombia lidera el ranking anual de las mejores clínicas y hospitales de América Latina.[9]

El sistema en salud está compuesto básicamente por tres entes:

El estado(Gobierno): actúa como ente de coordinación, dirección y control. Sus organismos son: El Ministerio de la Salud y Protección Social (Colombia).

Los aseguradores: Son entidades privadas que aseguran a la población, actúan como intermediarias y administradoras de los recursos que provee el estado en forma de prima anual denominada Unidad de Pago por Capitación -UPC-. Son las entidades promotoras de salud (EPS) y las administradoras de riesgos laborales (ARL).

Los prestadores: son las Instituciones prestadoras de salud (IPS), son los hospitales, clínicas, laboratorios, etc. Que prestan directamente el servicio a los usuarios y aportan todos los recursos necesarios para la recuperación de la salud y la prevención de la enfermedad, los profesionales independientes de salud (médicos, enfermeros, etc.) y los transportadores especializados de pacientes (ambulancias).

Entidades aseguradoras

  • En el Sistema general de Seguridad Social en Salud de Colombia las entidades responsables de administrar los riesgos relacionados con salud por enfermedad general o por enfermedad y accidentes laborales son:
    • Entidad Promotora de Salud Entidades promotoras de salud (EPS): su función es organizar y garantizar, la prestación de los servicios de salud que se encuentran en el POS (Plan Obligatorio de Salud) y son las responsables de la gestión de riesgos derivados de la enfermedad general o no ocupacional. Es posible vincularse a salud por medio de dos modelos de aseguramiento, mediante el sistema del régimen contributivo y el de régimen subsidiado, en el primero están vinculados todos los empleados y empleadores con capacidad de pago quienes hacen un aporte mensual para salud y pensión y el régimen subsidiado cobija a todas las personas pobres y vulnerables en donde los servicios de salud están amparados con los recaudos de solidaridad de los demás entes participantes en el sistema. La EPS contributiva o la EPS subsidiada son las responsables de la afiliación, el registro de los afiliados y el recaudo de sus aportes. Las EPS contratan la prestación de los servicios de salud con las IPS (hospitales, clínicas, laboratorios, etc.). La Superintendencia de Salud define cuales organizaciones privadas califican como empresas promotoras de salud (EPS) basándose en la infraestructura, capital, número de usuarios afiliados, funcionalidad y cubrimiento. Las EPS deben garantizar a sus afiliados el POS y para cumplir con esa obligación deben conformar una red de servicios con sus propias instituciones de salud o contratando servicios con otras empresas prestadoras de salud o IPS.
    • Administradoras de riesgos Laborales (ARL): son las responsables de cubrir los eventos derivados de riesgos ocupacionales o de trabajo y todo empleador tiene la obligación de afiliar a sus empleados a una ARL. El valor total del aporte le corresponde al empleador. Con esa afiliación se cubren todos los gastos de salud que ocasionen los accidentes o enfermedades laborales, así como el pago de los días de incapacidad. La atención de los accidentes o enfermedades será realizada por la EPS a la que se encuentre afiliado quien cobrará los gastos ocasionados a la ARL.

Instituciones prestadoras de servicios

Las Instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS) y las instituciones prestadoras de servicios de salud indígena (IPSI) son los hospitales, clínicas, laboratorios, consultorios, etc. que prestan el servicio de salud. Pueden ser públicas o privadas. Para efectos de clasificación en niveles de complejidad y de atención se caracterizan según el tipo de servicios que habiliten y acreditan, es decir su capacidad instalada, tecnología y personal y según los procedimientos e intervenciones que están en capacidad de realizar. Según estudio del Ministerio de la Protección Social, de las IPS reportantes, el 84,3% corresponden al primer nivel de atención, el 13,4% al segundo nivel y el 2,3% al tercer nivel de atención según sus características:[10]

Niveles de complejidad

Baja complejidad: Son aquellas instituciones que habilitan y acreditan en su mayoría servicios considerados de baja complejidad y se dedican a realizar intervenciones y actividades de promoción de la salud y prevención de la enfermedad, consulta médica y odontológica, internación, atención de urgencias, partos de baja complejidad y servicios de ayuda diagnóstica básicos en lo que se denomina primer nivel de atención.

Mediana complejidad: Son instituciones que cuentan con atención de las especialidades básicas como lo son pediatría, cirugía general, medicina interna, ortopedia y ginecobstetricia con disponibilidad las 24 horas en internación y valoración de urgencias, además ofrecen servicios de consulta externa por especialista y laboratorios de mayor complejidad, en lo que es el segundo nivel de atención.

Alta complejidad: Cuentan con servicios de alta complejidad que incluyen especialidades tales como neurocirugía, cirugía vascular, neumología, nefrología, dermatología, etc. con atención por especialista las 24 horas, consulta, servicio de urgencias, radiología intervencionista, medicina nuclear, unidades especiales como cuidados intensivos y unidad renal. Estas Instituciones con servicios de alta complejidad atienden el tercer nivel de atención, que incluye casos y eventos o tratamientos considerados como de alto costo en el POS.

Financiación del Sistema

Atención de enfermedad común y accidentes no laborales

Actualmente se usa el sistema para atención de lo relacionado con enfermedad general y, con riesgos no laborales el gobierno destina los recursos en salud los cuales son manejados por la 'Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud' (ADRES) creado a partir del Decreto 1429 del 1 de septiembre de 2016 como una cuenta adscrita al Ministerio de Salud manejada por encargo fiduciario y quien es la encargada de realizar una distribución a cada una de sus subcuentas para cubrir todos los frentes del sistema de seguridad social. El ADRES Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud' entra en reemplazo del antiguo Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSYGA) antiguamente se usaba el sistema para atención de lo relacionado con enfermedad general y, con riesgos no laborales el gobierno destina los recursos en salud los cuales eran manejados por el Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSYGA) creado a partir del artículo 218 de la ley 100 de 1993 y el artículo 1 del Decreto 1283 del 23 de julio de 1996 como una cuenta adscrita al Ministerio de Salud manejada por encargo fiduciario y quien es la encargada de realizar una distribución a cada una de sus subcuentas para cubrir todos los frentes del sistema de seguridad social. A continuación se hace referencia a cada una de las subcuentas que tenía el FOSYGA:

  • Subcuenta ECAT: Esta subcuenta subsana el costo de las atenciones de las víctimas de accidentes de tránsito a través del SOAT y las víctimas de eventos catastróficos y terroristas. El SOAT cubre, la atención integral de hospitalización, suministro de medicamentos, pago de procedimientos, servicios diagnósticos y rehabilitación que requiere el paciente hasta completar un monto de 800 salarios mínimos legales vigentes, si la atención del paciente sobrepasa este monto el sobrecosto estará a cargo de la EPS a la cual se encuentre afiliado el usuario. El médico tratante en el servicio de urgencias debe diligenciar un formulario para este tipo de accidentes el cual debe anexarse junto con la copia del SOAT para el respectivo cobro al Fosyga.
  • Subcuenta compensación: Recauda el valor de la compensación en el régimen contributivo, entendiéndose como compensación el descuento de las cotizaciones recaudadas por las EPS y demás entidades obligadas a compensar derivadas de los descuentos en salud y pensión que se realizan a los empleados y empleadores. La subcuenta de compensación financia el régimen contributivo mediante el pago de UPC (Unidad de pago por capitación), es decir la CRES fija una tarifa fija para la UPC la cual se reconoce por un usuario afiliado, de esta forma el Fosyga con recursos de esta cuenta gira a cada una de las EPS el valor de UPC proporcional a la cantidad de afiliados independientemente si éstos utilizan los servicios o no.
  • Subcuenta solidaridad: Recauda los recursos aportados por todos los actores del sistema con destino al régimen subsidiado (una parte <1,5 de la cotización a EPS> es aportada por todas las personas afiliadas al régimen contributivo). Los recursos que administra la subcuenta tienen por objeto permitir la afiliación de la población pobre y vulnerable a este régimen mediante un subsidio a la demanda consistente en el pago de la prima o UPC a las EPS del Régimen subsidiado. Entre más recursos obtenga ésta cuenta se aumentará la cobertura y universalidad logrando afiliar a la mayor población pobre y vulnerable en el régimen subsidiado.
  • Subcuenta promoción: Financia las actividades de educación, información y fomento de la salud y de prevención de la enfermedad, las cuales se encuentran en el Plan de Atención Básica – PAB.

En los regímenes exceptuados del Sistema General como son los de las Fuerzas Armadas, Fondo Nacional del Magisterio, Ecopetrol y universidades, la financiación no es provista por el Fosyga sino por fondos específicos de cada régimen exceptuado, aunque estos deben aportar recursos para la subcuenta de solidaridad con que se financia el Régimen Subsidiado del Sistema General.

Atención de enfermedad y accidentes laborales

Para atención de riesgos laborales y de eventos, accidentes o enfermedades de origen ocupacional los recursos provienen del Fondo de Riesgos Laborales, alimentado con aportes patronales según la clasificación del riesgo de cada empresa. Este fondo es administrado por el Ministerio de Trabajo.[11][12][13]

Beneficios del Sistema

 
Procedimiento quirúrgico de la especialidad de ortopedia.

Están organizados en planes de beneficios:[14]

  • Plan de Atención Básica: denominado posteriormente Plan Nacional de Salud Pública configurado por acciones gratuitas y primordialmente colectivas de promoción de la salud, prevención de la enfermedad y en algunos casos acciones individuales de diagnóstico y tratamiento de algunas enfermedades de interés en salud pública, provistas por la red pública de prestadores y administrado por las entidades territoriales.
  • Plan Obligatorio de Salud: del régimen contributivo y del régimen subsidiado, compuesto principalmente por acciones individuales de prevención primaria, secundaria y terciaria. Están a cargo de las EPS.
  • Planes Adicionales de Salud: financiados voluntariamente por los usuarios que deben complementar en el POS con prestaciones suntuarias o de mayor tecnología. Son los planes de medicina pre pagada, planes complementarios y pólizas de hospitalización y cirugía, provistos por empresas registradas para ese propósito.
  • Seguro obligatorio de accidentes de tránsito -SOAT-:Cubre eventos de origen en accidentes de tránsito hasta un monto determinado y en forma complementaria al POS. Provistos por compañías de seguros autorizadas hasta un monto definido después del cual son financiados por la subcuenta específica de atención de Eventos Catastróficos y Accidentes de tránsito - ECAT- del Fosyga.
  • Cobertura de riesgos laborales: Cubre todo evento o enfermedad de origen ocupacional sin los límites del POS. Son garantizados por las Administradoras de Riesgos Laborales-ARL-.
  • Atención de eventos catastróficos: cubre eventos definidos como catastróficos (inundaciones, terremotos, etc.) con recursos específicos para tal fin y en forma complementaria al POS. Son financiados por el Fosyga mediante la subcuenta ECAT.
  • Otros:planes de cobertura provistos a la población víctima de desplazamiento forzado y la población internada en establecimientos carcelarios que usualmente son suplementarios al POS. Aquí también se deben considerar las acciones de atención con tecnología en salud no cubierta por el POS y la atención de personas no afiliadas a un régimen de seguridad social en salud, que son provistas en la red pública a cargo de las entidades territoriales (distritos, departamentos y municipios) y financiadas con los denominados recursos de subsidio a la demanda. Actualmente se le conoce como plan de intervenciones colectivas PIC.


Plan Obligatorio de Salud (POS)

El Plan Obligatorio de Salud, es el conjunto de servicios de atención en salud a los que tiene derecho un usuario, cuya finalidad es la protección de la salud, la prevención y curación de enfermedades, incluye el suministro de medicamentos para el afiliado y su grupo familiar junto al reconocimiento de indemnizaciones en caso de incapacidad por enfermedad y maternidad.[15]​ La definición del POS estaba a cargo de la Comisión de Regulación en Salud (CRES) hasta diciembre de 2012 cuando dicha entidad fue liquidada y sus funciones fueron asumidas por el Ministerio de Salud y Protección Social. A partir del 1 de febrero de 2017 el POS pasó a ser un plan de exclusión en el cual no se incluyen:

  1. Tecnologías en salud consideradas como cosméticas, estéticas, suntuarias o de embellecimiento, así como la atención de sus complicaciones, salvo la atención inicial de urgencias.
  2. Tecnologías en salud de carácter experimental o sobre las cuales no exista evidencia científica, de seguridad o efectividad, o que no hayan sido reconocidas por las autoridades nacionales competentes.
  3. Tecnologías en salud que se utilicen con fines educativos, instructivos o de capacitación durante el proceso de rehabilitación social o laboral.
  4. Tecnologías en salud que tengan alertas de seguridad o falta de efectividad que recomienden su retiro del mercado, de acuerdo con la normatividad vigente.
  5. Tecnologías en salud cuya finalidad no sea la promoción de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación o paliación de la enfermedad.
  6. Bienes y servicios que no correspondan al ámbito de la salud.[16]

Plan de Atención Básica

También denominado Plan Nacional de Salud Pública. La Ley 100, a diferencia de la anterior legislación, contempla un cambio de visión en salud, en donde, atendiendo a la política mundial de Atención Primaria enfoca el manejo de las comunidades desde una perspectiva preventiva y se crea el Plan de Atención básica (PAB) como la política de Salud Pública que reúne un conjunto de actividades, intervenciones y procedimientos, de promoción de la salud, prevención de la enfermedad, vigilancia en salud pública y control de factores de riesgo dirigidos a la colectividad el cual se encuentra consignado mediante la resolución 4288 de noviembre de 1996. Este conjunto de actividades se realizan para toda la población de manera gratuita y no está sujeto a ningún tipo de afiliación en salud.

Las actividades de vigilancia en salud pública van encaminadas a la prevención de enfermedades de interés en salud pública como VIH, meningitis bacteriana, tuberculosis, cólera, rabia, hepatitis B, C y D, fiebre reumática, lepra y enfermedades de transmisión sexual, investigación y control de brotes, control de la calidad sanitaria del agua para el consumo humano, de los procesos de producción, transporte y expendio de alimentos para consumo humano, de los establecimientos públicos que impliquen alto riesgo sanitario y de los puertos fluviales, marítimos, aéreos y terrestres.

Acciones de prevención: vacunación según el esquema único nacional del Plan Ampliado de Inmunizaciones (PAI), control del crecimiento y desarrollo en niños y niñas menores de 10 años, fluorización, aplicación de sellantes y detartraje en población de 5 a 14 años, planificación familiar, control prenatal, parto limpio y seguro, citología cérvicouterina en mujeres de 25 a 65 años y examen físico de mama en mujeres mayores de 35 años.

Este plan, por medio el Decreto número 3039 del 10 de agosto de 2007, fue estructurado por el Ministerio de la Protección Social y actualmente se denomina Plan Nacional de Salud Pública y al Gobierno Nacional, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 33 de la Ley 1122 de 2007, le corresponde definir cada cuatro años este Plan.

El Plan tiene la función de proveer de manera integral, las acciones de salud individuales y colectivas con la participación responsable de todos los sectores de la sociedad, que mejoren las condiciones de salud de la población, incluyendo:

  1. Las prioridades, objetivos, metas y estrategias en salud, en coherencia con los indicadores de situación de salud, las políticas de salud nacionales, los tratados y convenios internacionales suscritos por el país y las políticas sociales transversales de otros sectores.
  2. Define las responsabilidades en salud pública a cargo de la Nación, de las entidades territoriales, y de todos los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud - SGSSS, que se complementarán con las acciones de los actores de otros sectores definidas en el plan nacional de desarrollo y en los planes de desarrollo territorial.

Objetivos

  1. Mejorar el estado de salud de la población Colombiana.
  2. Evitar la progresión y los desenlaces adversos de la enfermedad.
  3. Enfrentar los retos del envejecimiento poblacional y la transición demográfica.
  4. Disminuir las inequidades en salud de la población Colombiana.
  5. Aumentar el tiempo promedio de vida de una persona.
  6. Garantizar la prestación de los servicios de salud en todo el territorio colombiano.

Regímenes del Sistema

Existen dos formas de afiliación al sistema, mediante el régimen contributivo y el régimen subsidiado.

Régimen contributivo

El régimen contributivo es el sistema de salud mediante el que todas las personas vinculadas a través de contrato de trabajo, los servidores públicos, los pensionados y jubilados y los trabajadores independientes con capacidad de pago, hacen un aporte mensual (cotización) al sistema de salud pagando directamente a las EPS lo correspondiente según la Ley para que a su vez éstas contraten los servicios de salud con las IPS o los presten directamente a todas y cada una de las personas afiliadas y sus beneficiarios. Según la Ley 100 de 1993 todos los empleados, trabajadores independientes (con ingresos totales mensuales a un salario mínimo) y los pensionados, deben estar afiliados al Régimen Contributivo. La responsabilidad de la afiliación del empleado es del empleador y del pensionado es del Fondo de Pensiones.

El aporte a salud debe ser el 12,5% del salario base de cotización, porcentaje que asume en su totalidad los trabajadores independientes, y en caso de los empleados este asume el 4% y el empleador el 8,5%. En el caso de los jubilados, estos asumen el 100% del pago de su aporte a pensión, lo que resulta ser en una infamia, dado que sus ingresos por pensión oscilan entre la mitad y una tercera parte de sus ingresos salariales previos.[3][17]

El empleado, escoge la EPS que prefiere y se lo comunica al empleador junto con los datos de su familia. El pensionado, como viene de ser empleado, seguramente se encontrará ya afiliado a una EPS, tal y como debe hacerlo todo empleado; al pasar de empleado a pensionado su afiliación no se verá afectada. En ese caso lo que se hace es informar al Fondo de Pensiones cuál es la EPS a la que este deberá entregar su cotización, que podrá ser la misma a la que venía afiliado o bien en caso de que haya decidido cambiarse. Si por alguna eventualidad al momento de empezar a recibir la pensión no se encuentra afiliado a una EPS, para afiliarse (no importa cuál fue el motivo de su pensión), escoge la EPS que prefiera y se lo comunica al Fondo de Pensiones al que se encuentre afiliado junto con los datos de su familia así el Fondo lo afilia y el pensionado y su familia adquieren el derecho a recibir los beneficios del Plan Obligatorio de Salud (POS) y el respectivo carné. Los Fondos de Pensiones están obligados a afiliar a los pensionados y a sus familias y son responsables de pagar el valor de la cotización mensual a las EPS que los pensionados escojan..

Beneficios en el régimen contributivo

Al afiliarse al régimen contributivo el afiliado (solo el cotizante tiene derecho a prestaciones económicas) y sus beneficiarios tienen derecho a recibir:

  • Los beneficios del Plan Obligatorio de Salud
  • Un subsidio en dinero en caso de incapacidad por enfermedad.
  • Un subsidio en dinero en caso de licencia de maternidad.

Régimen subsidiado

En este régimen el Estado subsidia (gratuito) la afiliación a la población es la que corresponde al Sisbén, los cuales se financian con dos recursos fundamentales: las trasferencias de la nación a los departamentos y municipios y el Fondo de Solidaridad y Garantía, FOSYGA, que a su vez se nutre con una contribución uno punto cinco puntos (1.5) de la cotización de los regímenes especiales y de excepción y hasta uno punto cinco (1.5) puntos de la cotización de los afiliados al Régimen Contributivo, y de aportes de la nación.

Beneficios en el régimen subsidiado

Al afiliarse al régimen subsidiado el usuario tiene derecho a recibir:

Población Vinculada

Se encuentran bajo la denominación de vinculados o población de bajos recursos, no asegurada PPNA aquellas personas que no tienen afiliación alguna al Sistema de Salud en alguno de los dos regímenes subsidiado o contributivo, estas personas pueden o no estar identificadas por el Sisbén y su atención médica se realiza a través de contratos de prestación de servicios entre los entes territoriales y las Empresas Sociales del Estado E.S.E. que pueden ser de baja, mediana y alta complejidad.

Principios del SGSSI

De acuerdo a la ley 100 de 1993, los principios del Sistema de Seguridad Social Integral están relacionados en el artículo 2, así:

Artículo 2 Principios: El servicio público esencial de seguridad social se prestará con sujeción a los principios de eficiencia, universalidad, solidaridad, integralidad, unidad y participación.
  • Eficencia: Es la mejor utilización social y económica de los recursos administrativos, técnicos y financieros disponibles para que los beneficios a que da derecho la seguridad social sean prestados en forma adecuada, oportuna y suficiente;
  • Universalidad: Es la garantía de la protección para todas las personas, sin ninguna discriminación, en todas las etapas de la vida;
  • Solidaridad: Es la práctica de la mutua ayuda entre las personas, las generaciones, los sectores económicos. las regiones y las comunidades bajo el principio del más fuerte hacia el más débil. Es deber del Estado garantizar la solidaridad en el régimen de Seguridad Social mediante su participación, control y dirección del mismo. Los recursos provenientes del erario público en el Sistema de Seguridad se aplicarán siempre a los grupos de población más vulnerables;
  • Integralidad: Es la cobertura de todas las contingencias que afectan la salud, la capacidad económica y en general las condiciones de vida de toda la población. Para este efecto cada quien contribuirá según su capacidad y recibirá lo necesario para atender sus contingencias amparadas por esta Ley.
  • Unidad: Es la articulación de políticas, instituciones, regímenes, procedimientos y prestaciones para alcanzar los fines de la seguridad social, y
  • Participación: Es la intervención de la comunidad a través de los beneficiarios de la seguridad social en la organización, control, gestión y fiscalización de las instituciones y del sistema en su conjunto.
Parrafo. La seguridad social se desarrollará en forma progresiva, con el objeto de amparar a la población y la calidad de vida.

Sisbén

El Sistema de Identificación de Potenciales beneficiarios de Programas Sociales (Sisbén) es una herramienta que clasifica a los individuos de acuerdo con su estándar de vida y permite la selección técnica, objetiva, uniforme y equitativa de beneficiarios de los programas sociales que maneja el Estado, de acuerdo con su condición socioeconómica particular.

Si una persona ha sido identificada como potencial beneficiario de los programas sociales, es decir que el nivel está entre 1 y 3, podrá acceder a los subsidios que otorga el Estado a través de los diferentes programas, de acuerdo con la reglamentación de cada uno de ellos como:

  • Salud: mediante la afiliación al régimen subsidiado (gratuito) por medio de una EPS.
  • Más familias en acción.
  • Jóvenes en acción.
  • Adulto mayor.
  • Descuento en la libreta militar.

Regímenes de excepción

Son los definidos por la Ley 100 de 1993: régimen de seguridad social de las fuerzas militares y de la policía, de los afiliados al Fondo Nacional de prestaciones Sociales del magisterio, de servidores públicos de Ecopetrol así como los servidores públicos de universidades públicas, todos los cuales tiene sus propios regímenes de seguridad social en salud y pensiones que solo participan en el Sistema General mediante aportes de recursos a la subcuenta de solidaridad del Fosyga.

Críticas y dificultades del Sistema

La intermediación y gestión por parte de las EPS es motivo de críticas y denuncias permanentes, que las califican de costosas, ineficientes y de constituir en barrera de acceso entre el usuario y los médicos o los hospitales.[18]

Algunas EPS han presentado insuficiencias e ineficiencias en la red de operaciones y servicio, entre las que se incluyen casos de corrupción y el rechazo de algunos pacientes por no cumplir requisitos financieros o administrativos básicos, obligándolos a acudir a otros centros de atención y a veces a sufrir sucesivos rechazos que pueden culminar con el fallecimiento de la persona sin recibir la atención necesaria, lo que se le llama popularmente en Colombia como el "paseo de la muerte".

El plan de beneficios, sobre todo el definido hasta el 2009, era confuso, impreciso y con limitaciones que han causado que los usuarios tengan que acudir ante los estrados judiciales para demandar por medio de tutelas su derecho a la salud y el acceso a los servicios de salud,[19]​ lo cual ha causado congestión en estas instancias, obligando a la Corte Constitucional a expedir un fallo(Sentencia T-760 de julio de 2008) conminando al gobierno a solucionar los problemas del sistema.[20]

En un análisis publicado en el 2009, titulado "Diez años de la expansión del aseguramiento en salud en Colombia"[21]​ financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, los expertos que lo hicieron concluyen que:

"La composición del financiamiento en Colombia se asemeja actualmente a la de los países integrantes de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE); el gasto público, que incluye seguridad social, representa más del 80% del gasto total en salud, mientras que la proporción de desembolsos directos es una de las más bajas mundo. Los resultados ratifican que, gracias a las reformas, los subsidios del gobierno con destino a la salud sean el subsidio público más eficiente del país. Los subsidios también han tenido un importante efecto redistributivo. A pesar de estos importantes logros, el sistema enfrenta grandes desafíos para poder lograr una cobertura universal financieramente sostenible."
"A pesar de los resultados alentadores, queda mucho por hacer y mejorar. Diez años después de la reforma, el 15% de la población aún carece de seguro; los planes de beneficios en el régimen contributivo y en el subsidiado aún difieren. Hay deficiencias en la calidad de la atención y no todos los hospitales públicos se han modernizado. Es preciso fortalecer la función de supervisión; la sostenibilidad financiera del sistema está constantemente en riesgo. Sin embargo, el sistema de salud colombiano experimentó cambios radicales que han redundado en beneficio de la salud de la población del país."

En 2011 el gobierno denuncia fraudes en el Sistema relacionados con pagos por prestaciones de servicios no cubiertos en el POS y ordenados por fallos judiciales para ser financiados por el Fosyga y la existencia de una red de corrupción alrededor de los recobros de las EPS al Fosyga.[22]

La facultad de Medicina de la Universidad de Antioquia se pronunció el 2012 al respecto:

"Comencemos por mencionar que el problema del sistema no es de plata, aunque frecuentemente se presente de esa manera y a pesar de la disminución del esfuerzo fiscal del país en los últimos 10 años para financiar la salud. El gasto total en salud se ha incrementado de forma importante desde la entrada en vigencia de la Ley 100, se pasó de $9,49 billones en 1993 a un aproximado de $32 billones en 2011, según cifras del Ministerio de Salud, o de $40 billones, si se consultan fuentes independientes. Además, si se analizan las ganancias de las EPS, queda en evidencia que los recursos del sistema de salud son suficientes incluso para asegurar importantes tasas de ganancia a los accionistas de las EPS. Un caso que permite describir este negocio, es el de SaludCoop. El Periódico El Tiempo bien describe como SaludCoop que arrancó con un patrimonio de $2.500 millones, hoy tiene un patrimonio equivalente a 170 veces el inicial. Tiene inversiones en más de cinco países, participa en 24 sociedades comerciales, tiene seis organismos cooperativos, dos corporaciones, una fundación, y es la primera en número de afiliados. Esta empresa que inició operaciones en los 90, en 1998 estaba inaugurando la primera clínica y en el 2010, tenía 37 en todo el país. Para El Tiempo: “El crecimiento descomunal que logró la EPS Saludcoop en 17 años ha sido calificado por algunos como un verdadero milagro económico y por otros -especialmente por organismos de control-, como un sospechoso negocio. Lo que es claro es que los frecuentes escándalos de corrupción protagonizados por la EPS ponen de manifiesto que han existido hasta confabulaciones de las EPS agrupadas en ACEMI para negar sistemáticamente servicios contenidos en el POS, denuncia hecha en el Senado de la República producto de las investigaciones en las actas y correos electrónicos entre los directivos de las EPS. En la Fiscalía están en curso numerosos procesos por delitos contra la salud pública, peculado por apropiación, enriquecimiento ilícito y celebración indebida de contratos en el sistema de salud. En la procuraduría se adelanta varias investigaciones a EPS debidas a incumplimiento relativos a fallos de tutela, en pagos a IPS y en conciliaciones de mesas de trabajo, además de investigaciones por omisiones en tratamientos, facturas ilícitas remitidas al fosyga, omisiones en ejecución de acciones de salud pública, falta de contratación con la red pública hospitalaria, multiafiliación deliberada y retiros unilaterales de usuarios de las EPS. Es imperativo que los excedentes del manejo de los recursos de la salud se apliquen a necesidades del sistema y no se queden como ganancias de las EPS, que existan tarifas justas del plan de beneficios para no cargar en los hospitales y clínicas, quienes real y efectivamente hacen la atención en salud, los efectos de las reglas de competencia impuestas por las EPS. Se hace necesaria una reforma integral al sistema, en lógica a los derechos fundamentales y no a la eficiencia económica puesto que en la actualidad no existen políticas públicas en salud que materialicen el goce efectivo de ésta.”

En 2013 el sistema presentó el más grande colapso debido a la corrupción y debido a la negativa de las EPS a prestar servicios reglamentarios (citas médicas, medicamentos, etc.), y negar también el pago a hospitales públicos y privados a pesar de las demandas y tutelas. Según los analistas, las EPS deben a los hospitales alrededor de 38 billones de pesos.[23][24]

El gobierno del presidente Juan Manuel Santos propuso nueva ley para reglamentar el actual sistema de salud debido al colapso. No obstante, dicha reforma generó rechazo por parte de pacientes y médicos y no fue aprobada en el congreso.[25]

El gobierno también presentó un proyecto de Ley de una Ley estatutaria del sector salud que sí fue aprobada por el Congreso y declarada constitucional por la Corte Constitucional, en dicha ley se legisló la salud como un derecho fundamental en el país por lo tanto el estado tiene la obligación de garantizar los servicios de salud a toda la población.[26][27]

Algunos analistas atribuyen la inoperancia del sistema a la falta de recursos; otros, a la corrupción. Pero sin duda, uno de los mayores obstáculos para que los recursos lleguen a los destinatarios -que son los prestadores del servicio, llámense hospitales o clínicas- es la intermediación por parte de las EPS y las barreras administrativas puestas por estas.[28]

Al 2017 la deuda de las EPS con Hospitales y clínicas asciende, aproximadamente, a los 10 billones de pesos, y ese dinero es requerido para seguir funcionando.[29]


Véase también

Referencias

  1. Congreso de Colombia, , consultado el 3 de noviembre de 2010
  2. Organización Mundial de la Salud. «The world health report 2000» (PDF) (en inglés). p. 152. Consultado el 13 de septiembre de 2018. 
  3. Plantilla:Cita (No en todo el país cabe aclarar)publicación
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Enlaces externos

  • Portal oficial de la Administradora de los Recursos del Sistema
  •   Datos: Q5690846
  •   Multimedia: Healthcare in Colombia

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El sistema de salud en Colombia es una parte del Sistema Seguridad social de Colombia regulado por el Gobierno de Colombia por intermedio del Ministerio de la Salud y Proteccion Social El sistema general de seguridad social de Colombia integral vigente en Colombia esta reglamentado por la Ley 100 expedida el 23 de diciembre de 1993 1 Colombia para el ano 2000 se encontraba en el puesto 22 de 191 paises por su desempeno general del sistema de salud segun un informe de la Organizacion Mundial de la Salud 2 El sistema de salud colombiano tiene la caracteristica de estar formado por dos sistemas coexistentes el regimen contributivo privado y el regimen subsidiado gratuito por medio del Sisben Ambos regimenes proporcionan cobertura universal acceso por igual a medicamentos procedimientos quirurgicos servicios medicos y odontologicos 3 El Ministerio de Salud y Proteccion Social es el responsable de desarrollar politicas en materia de salud asi como el encargado de regular la salud en el pais La Entidad promotora de salud EPS son empresas regionales de sanidad que se encargan de implementar los objetivos fijados por el Ministerio de Salud de desarrollar las lineas maestras y sus protocolos y tambien de supervisar la actuacion de los cuidados en salud Para cumplir con sus responsabilidades las EPS deben conformar una red de servicios para lo cual cualquier entidad promotora de salud puede contratar a clinicas hospitales o un Instituto prestador de salud IPS de forma independiente y autonoma o pueden garantizar el acceso a los servicios con su propia red Ademas deben contratar un porcentaje determinado minimo con instituciones prestadoras de servicios publicos 3 El sistema de salud colombiano es descentralizado las fuentes de financiacion de la salud son principalmente del Sistema General de Participaciones SGP los aportes de empleadores y trabajadores al regimen contributivo que se administran por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud ADRES 4 y los recursos obtenidos en los juegos de suerte y azar administrados por Coljuegos tambien existen otras fuentes de financiacion de menor envergadura 5 Colombia es el pais de America Latina con la cobertura mas alta en salud superando el 95 de su poblacion 6 Indice 1 Historia 2 Estructura del Sistema 3 Entidades aseguradoras 4 Instituciones prestadoras de servicios 4 1 Niveles de complejidad 5 Financiacion del Sistema 5 1 Atencion de enfermedad comun y accidentes no laborales 5 2 Atencion de enfermedad y accidentes laborales 6 Beneficios del Sistema 7 Plan Obligatorio de Salud POS 8 Plan de Atencion Basica 8 1 Objetivos 9 Regimenes del Sistema 9 1 Regimen contributivo 9 1 1 Beneficios en el regimen contributivo 9 2 Regimen subsidiado 9 2 1 Beneficios en el regimen subsidiado 10 Poblacion Vinculada 11 Principios del SGSSI 11 1 Sisben 12 Regimenes de excepcion 13 Criticas y dificultades del Sistema 14 Vease tambien 15 Referencias 16 Enlaces externosHistoria EditarA grandes rasgos el sistema de salud en Colombia que precedio al actual se puede distribuir en tres etapas 7 La primera de ellas vio sus inicios tras la promulgacion de la Constitucion de 1886 hasta mediados de la decada de 1950 y en donde prevalecio lo que se ha denominado modelo higienista Bajo este modelo las acciones de salubridad publica se limitaba a atender aspectos de caracter sanitario mientras que la atencion preventiva y curativa en salud venian a ser financiadas por los usuarios y por algunas instituciones de caridad 7 En 1950 se crea la Caja Nacional de Prevision que se encargaba de atender la salud de los empleados publicos y en 1950 se crea el Instituto Colombiano de Seguros Sociales despues Instituto de Seguros Sociales que atendia a los empleados del sector privado con empleo formal 7 La segunda etapa que inicio en la decada de 1970 hasta 1989 se desarrolla bajo la creacion del Sistema Nacional de Salud bajo el esquema de subsidios a la oferta Bajo este regimen los recursos del gobierno central para salud eran transferidos directamente a la red de hospitales publicos del pais sin embargo este sistema no era suficiente para proporcionar una atencion integral en salud a la poblacion de bajos recursos 7 La tercera y ultima etapa se inicia en 1990 con la expedicion de la Ley 10 8 Este periodo se prorrogo hasta 1993 con la expedicion de la Ley 100 de 1993 bajo los principios de la Constitucion Politica de 1991 7 Estructura del Sistema Editar Instituto del Corazon Fundacion Valle del Lili CaliColombia lidera el ranking anual de las mejores clinicas y hospitales de America Latina 9 El sistema en salud esta compuesto basicamente por tres entes El estado Gobierno actua como ente de coordinacion direccion y control Sus organismos son El Ministerio de la Salud y Proteccion Social Colombia Los aseguradores Son entidades privadas que aseguran a la poblacion actuan como intermediarias y administradoras de los recursos que provee el estado en forma de prima anual denominada Unidad de Pago por Capitacion UPC Son las entidades promotoras de salud EPS y las administradoras de riesgos laborales ARL Los prestadores son las Instituciones prestadoras de salud IPS son los hospitales clinicas laboratorios etc Que prestan directamente el servicio a los usuarios y aportan todos los recursos necesarios para la recuperacion de la salud y la prevencion de la enfermedad los profesionales independientes de salud medicos enfermeros etc y los transportadores especializados de pacientes ambulancias Entidades aseguradoras EditarEn el Sistema general de Seguridad Social en Salud de Colombia las entidades responsables de administrar los riesgos relacionados con salud por enfermedad general o por enfermedad y accidentes laborales son Entidad Promotora de Salud Entidades promotoras de salud EPS su funcion es organizar y garantizar la prestacion de los servicios de salud que se encuentran en el POS Plan Obligatorio de Salud y son las responsables de la gestion de riesgos derivados de la enfermedad general o no ocupacional Es posible vincularse a salud por medio de dos modelos de aseguramiento mediante el sistema del regimen contributivo y el de regimen subsidiado en el primero estan vinculados todos los empleados y empleadores con capacidad de pago quienes hacen un aporte mensual para salud y pension y el regimen subsidiado cobija a todas las personas pobres y vulnerables en donde los servicios de salud estan amparados con los recaudos de solidaridad de los demas entes participantes en el sistema La EPS contributiva o la EPS subsidiada son las responsables de la afiliacion el registro de los afiliados y el recaudo de sus aportes Las EPS contratan la prestacion de los servicios de salud con las IPS hospitales clinicas laboratorios etc La Superintendencia de Salud define cuales organizaciones privadas califican como empresas promotoras de salud EPS basandose en la infraestructura capital numero de usuarios afiliados funcionalidad y cubrimiento Las EPS deben garantizar a sus afiliados el POS y para cumplir con esa obligacion deben conformar una red de servicios con sus propias instituciones de salud o contratando servicios con otras empresas prestadoras de salud o IPS Administradoras de riesgos Laborales ARL son las responsables de cubrir los eventos derivados de riesgos ocupacionales o de trabajo y todo empleador tiene la obligacion de afiliar a sus empleados a una ARL El valor total del aporte le corresponde al empleador Con esa afiliacion se cubren todos los gastos de salud que ocasionen los accidentes o enfermedades laborales asi como el pago de los dias de incapacidad La atencion de los accidentes o enfermedades sera realizada por la EPS a la que se encuentre afiliado quien cobrara los gastos ocasionados a la ARL Instituciones prestadoras de servicios EditarLas Instituciones prestadoras de servicios de salud IPS y las instituciones prestadoras de servicios de salud indigena IPSI son los hospitales clinicas laboratorios consultorios etc que prestan el servicio de salud Pueden ser publicas o privadas Para efectos de clasificacion en niveles de complejidad y de atencion se caracterizan segun el tipo de servicios que habiliten y acreditan es decir su capacidad instalada tecnologia y personal y segun los procedimientos e intervenciones que estan en capacidad de realizar Segun estudio del Ministerio de la Proteccion Social de las IPS reportantes el 84 3 corresponden al primer nivel de atencion el 13 4 al segundo nivel y el 2 3 al tercer nivel de atencion segun sus caracteristicas 10 Niveles de complejidad Editar Baja complejidad Son aquellas instituciones que habilitan y acreditan en su mayoria servicios considerados de baja complejidad y se dedican a realizar intervenciones y actividades de promocion de la salud y prevencion de la enfermedad consulta medica y odontologica internacion atencion de urgencias partos de baja complejidad y servicios de ayuda diagnostica basicos en lo que se denomina primer nivel de atencion Mediana complejidad Son instituciones que cuentan con atencion de las especialidades basicas como lo son pediatria cirugia general medicina interna ortopedia y ginecobstetricia con disponibilidad las 24 horas en internacion y valoracion de urgencias ademas ofrecen servicios de consulta externa por especialista y laboratorios de mayor complejidad en lo que es el segundo nivel de atencion Alta complejidad Cuentan con servicios de alta complejidad que incluyen especialidades tales como neurocirugia cirugia vascular neumologia nefrologia dermatologia etc con atencion por especialista las 24 horas consulta servicio de urgencias radiologia intervencionista medicina nuclear unidades especiales como cuidados intensivos y unidad renal Estas Instituciones con servicios de alta complejidad atienden el tercer nivel de atencion que incluye casos y eventos o tratamientos considerados como de alto costo en el POS Financiacion del Sistema Editar Este articulo o seccion se encuentra desactualizado La informacion suministrada ha quedado obsoleta o es insuficiente Uso de esta plantilla sust Desactualizado tema del articulo Atencion de enfermedad comun y accidentes no laborales Editar Actualmente se usa el sistema para atencion de lo relacionado con enfermedad general y con riesgos no laborales el gobierno destina los recursos en salud los cuales son manejados por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud ADRES creado a partir del Decreto 1429 del 1 de septiembre de 2016 como una cuenta adscrita al Ministerio de Salud manejada por encargo fiduciario y quien es la encargada de realizar una distribucion a cada una de sus subcuentas para cubrir todos los frentes del sistema de seguridad social El ADRES Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud entra en reemplazo del antiguo Fondo de Solidaridad y Garantia FOSYGA antiguamente se usaba el sistema para atencion de lo relacionado con enfermedad general y con riesgos no laborales el gobierno destina los recursos en salud los cuales eran manejados por el Fondo de Solidaridad y Garantia FOSYGA creado a partir del articulo 218 de la ley 100 de 1993 y el articulo 1 del Decreto 1283 del 23 de julio de 1996 como una cuenta adscrita al Ministerio de Salud manejada por encargo fiduciario y quien es la encargada de realizar una distribucion a cada una de sus subcuentas para cubrir todos los frentes del sistema de seguridad social A continuacion se hace referencia a cada una de las subcuentas que tenia el FOSYGA Subcuenta ECAT Esta subcuenta subsana el costo de las atenciones de las victimas de accidentes de transito a traves del SOAT y las victimas de eventos catastroficos y terroristas El SOAT cubre la atencion integral de hospitalizacion suministro de medicamentos pago de procedimientos servicios diagnosticos y rehabilitacion que requiere el paciente hasta completar un monto de 800 salarios minimos legales vigentes si la atencion del paciente sobrepasa este monto el sobrecosto estara a cargo de la EPS a la cual se encuentre afiliado el usuario El medico tratante en el servicio de urgencias debe diligenciar un formulario para este tipo de accidentes el cual debe anexarse junto con la copia del SOAT para el respectivo cobro al Fosyga Subcuenta compensacion Recauda el valor de la compensacion en el regimen contributivo entendiendose como compensacion el descuento de las cotizaciones recaudadas por las EPS y demas entidades obligadas a compensar derivadas de los descuentos en salud y pension que se realizan a los empleados y empleadores La subcuenta de compensacion financia el regimen contributivo mediante el pago de UPC Unidad de pago por capitacion es decir la CRES fija una tarifa fija para la UPC la cual se reconoce por un usuario afiliado de esta forma el Fosyga con recursos de esta cuenta gira a cada una de las EPS el valor de UPC proporcional a la cantidad de afiliados independientemente si estos utilizan los servicios o no Subcuenta solidaridad Recauda los recursos aportados por todos los actores del sistema con destino al regimen subsidiado una parte lt 1 5 de la cotizacion a EPS gt es aportada por todas las personas afiliadas al regimen contributivo Los recursos que administra la subcuenta tienen por objeto permitir la afiliacion de la poblacion pobre y vulnerable a este regimen mediante un subsidio a la demanda consistente en el pago de la prima o UPC a las EPS del Regimen subsidiado Entre mas recursos obtenga esta cuenta se aumentara la cobertura y universalidad logrando afiliar a la mayor poblacion pobre y vulnerable en el regimen subsidiado Subcuenta promocion Financia las actividades de educacion informacion y fomento de la salud y de prevencion de la enfermedad las cuales se encuentran en el Plan de Atencion Basica PAB En los regimenes exceptuados del Sistema General como son los de las Fuerzas Armadas Fondo Nacional del Magisterio Ecopetrol y universidades la financiacion no es provista por el Fosyga sino por fondos especificos de cada regimen exceptuado aunque estos deben aportar recursos para la subcuenta de solidaridad con que se financia el Regimen Subsidiado del Sistema General Atencion de enfermedad y accidentes laborales Editar Articulo principal Sistema General de Riesgos Laborales Colombia Para atencion de riesgos laborales y de eventos accidentes o enfermedades de origen ocupacional los recursos provienen del Fondo de Riesgos Laborales alimentado con aportes patronales segun la clasificacion del riesgo de cada empresa Este fondo es administrado por el Ministerio de Trabajo 11 12 13 Beneficios del Sistema Editar Este articulo o seccion se encuentra desactualizado La informacion suministrada ha quedado obsoleta o es insuficiente Uso de esta plantilla sust Desactualizado tema del articulo Procedimiento quirurgico de la especialidad de ortopedia Estan organizados en planes de beneficios 14 Plan de Atencion Basica denominado posteriormente Plan Nacional de Salud Publica configurado por acciones gratuitas y primordialmente colectivas de promocion de la salud prevencion de la enfermedad y en algunos casos acciones individuales de diagnostico y tratamiento de algunas enfermedades de interes en salud publica provistas por la red publica de prestadores y administrado por las entidades territoriales Plan Obligatorio de Salud del regimen contributivo y del regimen subsidiado compuesto principalmente por acciones individuales de prevencion primaria secundaria y terciaria Estan a cargo de las EPS Planes Adicionales de Salud financiados voluntariamente por los usuarios que deben complementar en el POS con prestaciones suntuarias o de mayor tecnologia Son los planes de medicina pre pagada planes complementarios y polizas de hospitalizacion y cirugia provistos por empresas registradas para ese proposito Seguro obligatorio de accidentes de transito SOAT Cubre eventos de origen en accidentes de transito hasta un monto determinado y en forma complementaria al POS Provistos por companias de seguros autorizadas hasta un monto definido despues del cual son financiados por la subcuenta especifica de atencion de Eventos Catastroficos y Accidentes de transito ECAT del Fosyga Cobertura de riesgos laborales Cubre todo evento o enfermedad de origen ocupacional sin los limites del POS Son garantizados por las Administradoras de Riesgos Laborales ARL Atencion de eventos catastroficos cubre eventos definidos como catastroficos inundaciones terremotos etc con recursos especificos para tal fin y en forma complementaria al POS Son financiados por el Fosyga mediante la subcuenta ECAT Otros planes de cobertura provistos a la poblacion victima de desplazamiento forzado y la poblacion internada en establecimientos carcelarios que usualmente son suplementarios al POS Aqui tambien se deben considerar las acciones de atencion con tecnologia en salud no cubierta por el POS y la atencion de personas no afiliadas a un regimen de seguridad social en salud que son provistas en la red publica a cargo de las entidades territoriales distritos departamentos y municipios y financiadas con los denominados recursos de subsidio a la demanda Actualmente se le conoce como plan de intervenciones colectivas PIC Plan Obligatorio de Salud POS EditarArticulo principal Plan Obligatorio de Salud Este articulo o seccion se encuentra desactualizado La informacion suministrada ha quedado obsoleta o es insuficiente Uso de esta plantilla sust Desactualizado tema del articulo El Plan Obligatorio de Salud es el conjunto de servicios de atencion en salud a los que tiene derecho un usuario cuya finalidad es la proteccion de la salud la prevencion y curacion de enfermedades incluye el suministro de medicamentos para el afiliado y su grupo familiar junto al reconocimiento de indemnizaciones en caso de incapacidad por enfermedad y maternidad 15 La definicion del POS estaba a cargo de la Comision de Regulacion en Salud CRES hasta diciembre de 2012 cuando dicha entidad fue liquidada y sus funciones fueron asumidas por el Ministerio de Salud y Proteccion Social A partir del 1 de febrero de 2017 el POS paso a ser un plan de exclusion en el cual no se incluyen Tecnologias en salud consideradas como cosmeticas esteticas suntuarias o de embellecimiento asi como la atencion de sus complicaciones salvo la atencion inicial de urgencias Tecnologias en salud de caracter experimental o sobre las cuales no exista evidencia cientifica de seguridad o efectividad o que no hayan sido reconocidas por las autoridades nacionales competentes Tecnologias en salud que se utilicen con fines educativos instructivos o de capacitacion durante el proceso de rehabilitacion social o laboral Tecnologias en salud que tengan alertas de seguridad o falta de efectividad que recomienden su retiro del mercado de acuerdo con la normatividad vigente Tecnologias en salud cuya finalidad no sea la promocion de la salud prevencion diagnostico tratamiento rehabilitacion o paliacion de la enfermedad Bienes y servicios que no correspondan al ambito de la salud 16 Plan de Atencion Basica Editar Este articulo o seccion se encuentra desactualizado La informacion suministrada ha quedado obsoleta o es insuficiente Uso de esta plantilla sust Desactualizado tema del articulo Tambien denominado Plan Nacional de Salud Publica La Ley 100 a diferencia de la anterior legislacion contempla un cambio de vision en salud en donde atendiendo a la politica mundial de Atencion Primaria enfoca el manejo de las comunidades desde una perspectiva preventiva y se crea el Plan de Atencion basica PAB como la politica de Salud Publica que reune un conjunto de actividades intervenciones y procedimientos de promocion de la salud prevencion de la enfermedad vigilancia en salud publica y control de factores de riesgo dirigidos a la colectividad el cual se encuentra consignado mediante la resolucion 4288 de noviembre de 1996 Este conjunto de actividades se realizan para toda la poblacion de manera gratuita y no esta sujeto a ningun tipo de afiliacion en salud Las actividades de vigilancia en salud publica van encaminadas a la prevencion de enfermedades de interes en salud publica como VIH meningitis bacteriana tuberculosis colera rabia hepatitis B C y D fiebre reumatica lepra y enfermedades de transmision sexual investigacion y control de brotes control de la calidad sanitaria del agua para el consumo humano de los procesos de produccion transporte y expendio de alimentos para consumo humano de los establecimientos publicos que impliquen alto riesgo sanitario y de los puertos fluviales maritimos aereos y terrestres Acciones de prevencion vacunacion segun el esquema unico nacional del Plan Ampliado de Inmunizaciones PAI control del crecimiento y desarrollo en ninos y ninas menores de 10 anos fluorizacion aplicacion de sellantes y detartraje en poblacion de 5 a 14 anos planificacion familiar control prenatal parto limpio y seguro citologia cervicouterina en mujeres de 25 a 65 anos y examen fisico de mama en mujeres mayores de 35 anos Este plan por medio el Decreto numero 3039 del 10 de agosto de 2007 fue estructurado por el Ministerio de la Proteccion Social y actualmente se denomina Plan Nacional de Salud Publica y al Gobierno Nacional de acuerdo con lo establecido en el Articulo 33 de la Ley 1122 de 2007 le corresponde definir cada cuatro anos este Plan El Plan tiene la funcion de proveer de manera integral las acciones de salud individuales y colectivas con la participacion responsable de todos los sectores de la sociedad que mejoren las condiciones de salud de la poblacion incluyendo Las prioridades objetivos metas y estrategias en salud en coherencia con los indicadores de situacion de salud las politicas de salud nacionales los tratados y convenios internacionales suscritos por el pais y las politicas sociales transversales de otros sectores Define las responsabilidades en salud publica a cargo de la Nacion de las entidades territoriales y de todos los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud SGSSS que se complementaran con las acciones de los actores de otros sectores definidas en el plan nacional de desarrollo y en los planes de desarrollo territorial Objetivos Editar Mejorar el estado de salud de la poblacion Colombiana Evitar la progresion y los desenlaces adversos de la enfermedad Enfrentar los retos del envejecimiento poblacional y la transicion demografica Disminuir las inequidades en salud de la poblacion Colombiana Aumentar el tiempo promedio de vida de una persona Garantizar la prestacion de los servicios de salud en todo el territorio colombiano Regimenes del Sistema EditarExisten dos formas de afiliacion al sistema mediante el regimen contributivo y el regimen subsidiado Regimen contributivo Editar El regimen contributivo es el sistema de salud mediante el que todas las personas vinculadas a traves de contrato de trabajo los servidores publicos los pensionados y jubilados y los trabajadores independientes con capacidad de pago hacen un aporte mensual cotizacion al sistema de salud pagando directamente a las EPS lo correspondiente segun la Ley para que a su vez estas contraten los servicios de salud con las IPS o los presten directamente a todas y cada una de las personas afiliadas y sus beneficiarios Segun la Ley 100 de 1993 todos los empleados trabajadores independientes con ingresos totales mensuales a un salario minimo y los pensionados deben estar afiliados al Regimen Contributivo La responsabilidad de la afiliacion del empleado es del empleador y del pensionado es del Fondo de Pensiones El aporte a salud debe ser el 12 5 del salario base de cotizacion porcentaje que asume en su totalidad los trabajadores independientes y en caso de los empleados este asume el 4 y el empleador el 8 5 En el caso de los jubilados estos asumen el 100 del pago de su aporte a pension lo que resulta ser en una infamia dado que sus ingresos por pension oscilan entre la mitad y una tercera parte de sus ingresos salariales previos 3 17 El empleado escoge la EPS que prefiere y se lo comunica al empleador junto con los datos de su familia El pensionado como viene de ser empleado seguramente se encontrara ya afiliado a una EPS tal y como debe hacerlo todo empleado al pasar de empleado a pensionado su afiliacion no se vera afectada En ese caso lo que se hace es informar al Fondo de Pensiones cual es la EPS a la que este debera entregar su cotizacion que podra ser la misma a la que venia afiliado o bien en caso de que haya decidido cambiarse Si por alguna eventualidad al momento de empezar a recibir la pension no se encuentra afiliado a una EPS para afiliarse no importa cual fue el motivo de su pension escoge la EPS que prefiera y se lo comunica al Fondo de Pensiones al que se encuentre afiliado junto con los datos de su familia asi el Fondo lo afilia y el pensionado y su familia adquieren el derecho a recibir los beneficios del Plan Obligatorio de Salud POS y el respectivo carne Los Fondos de Pensiones estan obligados a afiliar a los pensionados y a sus familias y son responsables de pagar el valor de la cotizacion mensual a las EPS que los pensionados escojan Beneficios en el regimen contributivo Editar Al afiliarse al regimen contributivo el afiliado solo el cotizante tiene derecho a prestaciones economicas y sus beneficiarios tienen derecho a recibir Los beneficios del Plan Obligatorio de Salud Un subsidio en dinero en caso de incapacidad por enfermedad Un subsidio en dinero en caso de licencia de maternidad Regimen subsidiado Editar En este regimen el Estado subsidia gratuito la afiliacion a la poblacion es la que corresponde al Sisben los cuales se financian con dos recursos fundamentales las trasferencias de la nacion a los departamentos y municipios y el Fondo de Solidaridad y Garantia FOSYGA que a su vez se nutre con una contribucion uno punto cinco puntos 1 5 de la cotizacion de los regimenes especiales y de excepcion y hasta uno punto cinco 1 5 puntos de la cotizacion de los afiliados al Regimen Contributivo y de aportes de la nacion Beneficios en el regimen subsidiado Editar Al afiliarse al regimen subsidiado el usuario tiene derecho a recibir Los beneficios del POS que a partir del 1 de julio de 2012 son los mismos que en el Regimen Contributivo Ver Unificacion del POS del regimen subsidiado con el del regimen contributivo Exencion de copagos si esta clasificado en el nivel I del Sisben Poblacion Vinculada EditarSe encuentran bajo la denominacion de vinculados o poblacion de bajos recursos no asegurada PPNA aquellas personas que no tienen afiliacion alguna al Sistema de Salud en alguno de los dos regimenes subsidiado o contributivo estas personas pueden o no estar identificadas por el Sisben y su atencion medica se realiza a traves de contratos de prestacion de servicios entre los entes territoriales y las Empresas Sociales del Estado E S E que pueden ser de baja mediana y alta complejidad Principios del SGSSI EditarDe acuerdo a la ley 100 de 1993 los principios del Sistema de Seguridad Social Integral estan relacionados en el articulo 2 asi Articulo 2 Principios El servicio publico esencial de seguridad social se prestara con sujecion a los principios de eficiencia universalidad solidaridad integralidad unidad y participacion Eficencia Es la mejor utilizacion social y economica de los recursos administrativos tecnicos y financieros disponibles para que los beneficios a que da derecho la seguridad social sean prestados en forma adecuada oportuna y suficiente Universalidad Es la garantia de la proteccion para todas las personas sin ninguna discriminacion en todas las etapas de la vida Solidaridad Es la practica de la mutua ayuda entre las personas las generaciones los sectores economicos las regiones y las comunidades bajo el principio del mas fuerte hacia el mas debil Es deber del Estado garantizar la solidaridad en el regimen de Seguridad Social mediante su participacion control y direccion del mismo Los recursos provenientes del erario publico en el Sistema de Seguridad se aplicaran siempre a los grupos de poblacion mas vulnerables Integralidad Es la cobertura de todas las contingencias que afectan la salud la capacidad economica y en general las condiciones de vida de toda la poblacion Para este efecto cada quien contribuira segun su capacidad y recibira lo necesario para atender sus contingencias amparadas por esta Ley Unidad Es la articulacion de politicas instituciones regimenes procedimientos y prestaciones para alcanzar los fines de la seguridad social y Participacion Es la intervencion de la comunidad a traves de los beneficiarios de la seguridad social en la organizacion control gestion y fiscalizacion de las instituciones y del sistema en su conjunto Parrafo La seguridad social se desarrollara en forma progresiva con el objeto de amparar a la poblacion y la calidad de vida Sisben Editar El Sistema de Identificacion de Potenciales beneficiarios de Programas Sociales Sisben es una herramienta que clasifica a los individuos de acuerdo con su estandar de vida y permite la seleccion tecnica objetiva uniforme y equitativa de beneficiarios de los programas sociales que maneja el Estado de acuerdo con su condicion socioeconomica particular Si una persona ha sido identificada como potencial beneficiario de los programas sociales es decir que el nivel esta entre 1 y 3 podra acceder a los subsidios que otorga el Estado a traves de los diferentes programas de acuerdo con la reglamentacion de cada uno de ellos como Salud mediante la afiliacion al regimen subsidiado gratuito por medio de una EPS Mas familias en accion Jovenes en accion Adulto mayor Descuento en la libreta militar Regimenes de excepcion EditarSon los definidos por la Ley 100 de 1993 regimen de seguridad social de las fuerzas militares y de la policia de los afiliados al Fondo Nacional de prestaciones Sociales del magisterio de servidores publicos de Ecopetrol asi como los servidores publicos de universidades publicas todos los cuales tiene sus propios regimenes de seguridad social en salud y pensiones que solo participan en el Sistema General mediante aportes de recursos a la subcuenta de solidaridad del Fosyga Criticas y dificultades del Sistema EditarLa intermediacion y gestion por parte de las EPS es motivo de criticas y denuncias permanentes que las califican de costosas ineficientes y de constituir en barrera de acceso entre el usuario y los medicos o los hospitales 18 Algunas EPS han presentado insuficiencias e ineficiencias en la red de operaciones y servicio entre las que se incluyen casos de corrupcion y el rechazo de algunos pacientes por no cumplir requisitos financieros o administrativos basicos obligandolos a acudir a otros centros de atencion y a veces a sufrir sucesivos rechazos que pueden culminar con el fallecimiento de la persona sin recibir la atencion necesaria lo que se le llama popularmente en Colombia como el paseo de la muerte El plan de beneficios sobre todo el definido hasta el 2009 era confuso impreciso y con limitaciones que han causado que los usuarios tengan que acudir ante los estrados judiciales para demandar por medio de tutelas su derecho a la salud y el acceso a los servicios de salud 19 lo cual ha causado congestion en estas instancias obligando a la Corte Constitucional a expedir un fallo Sentencia T 760 de julio de 2008 conminando al gobierno a solucionar los problemas del sistema 20 En un analisis publicado en el 2009 titulado Diez anos de la expansion del aseguramiento en salud en Colombia 21 financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo BID los expertos que lo hicieron concluyen que La composicion del financiamiento en Colombia se asemeja actualmente a la de los paises integrantes de la Organizacion para la Cooperacion y el Desarrollo Economico OCDE el gasto publico que incluye seguridad social representa mas del 80 del gasto total en salud mientras que la proporcion de desembolsos directos es una de las mas bajas mundo Los resultados ratifican que gracias a las reformas los subsidios del gobierno con destino a la salud sean el subsidio publico mas eficiente del pais Los subsidios tambien han tenido un importante efecto redistributivo A pesar de estos importantes logros el sistema enfrenta grandes desafios para poder lograr una cobertura universal financieramente sostenible A pesar de los resultados alentadores queda mucho por hacer y mejorar Diez anos despues de la reforma el 15 de la poblacion aun carece de seguro los planes de beneficios en el regimen contributivo y en el subsidiado aun difieren Hay deficiencias en la calidad de la atencion y no todos los hospitales publicos se han modernizado Es preciso fortalecer la funcion de supervision la sostenibilidad financiera del sistema esta constantemente en riesgo Sin embargo el sistema de salud colombiano experimento cambios radicales que han redundado en beneficio de la salud de la poblacion del pais En 2011 el gobierno denuncia fraudes en el Sistema relacionados con pagos por prestaciones de servicios no cubiertos en el POS y ordenados por fallos judiciales para ser financiados por el Fosyga y la existencia de una red de corrupcion alrededor de los recobros de las EPS al Fosyga 22 La facultad de Medicina de la Universidad de Antioquia se pronuncio el 2012 al respecto Comencemos por mencionar que el problema del sistema no es de plata aunque frecuentemente se presente de esa manera y a pesar de la disminucion del esfuerzo fiscal del pais en los ultimos 10 anos para financiar la salud El gasto total en salud se ha incrementado de forma importante desde la entrada en vigencia de la Ley 100 se paso de 9 49 billones en 1993 a un aproximado de 32 billones en 2011 segun cifras del Ministerio de Salud o de 40 billones si se consultan fuentes independientes Ademas si se analizan las ganancias de las EPS queda en evidencia que los recursos del sistema de salud son suficientes incluso para asegurar importantes tasas de ganancia a los accionistas de las EPS Un caso que permite describir este negocio es el de SaludCoop El Periodico El Tiempo bien describe como SaludCoop que arranco con un patrimonio de 2 500 millones hoy tiene un patrimonio equivalente a 170 veces el inicial Tiene inversiones en mas de cinco paises participa en 24 sociedades comerciales tiene seis organismos cooperativos dos corporaciones una fundacion y es la primera en numero de afiliados Esta empresa que inicio operaciones en los 90 en 1998 estaba inaugurando la primera clinica y en el 2010 tenia 37 en todo el pais Para El Tiempo El crecimiento descomunal que logro la EPS Saludcoop en 17 anos ha sido calificado por algunos como un verdadero milagro economico y por otros especialmente por organismos de control como un sospechoso negocio Lo que es claro es que los frecuentes escandalos de corrupcion protagonizados por la EPS ponen de manifiesto que han existido hasta confabulaciones de las EPS agrupadas en ACEMI para negar sistematicamente servicios contenidos en el POS denuncia hecha en el Senado de la Republica producto de las investigaciones en las actas y correos electronicos entre los directivos de las EPS En la Fiscalia estan en curso numerosos procesos por delitos contra la salud publica peculado por apropiacion enriquecimiento ilicito y celebracion indebida de contratos en el sistema de salud En la procuraduria se adelanta varias investigaciones a EPS debidas a incumplimiento relativos a fallos de tutela en pagos a IPS y en conciliaciones de mesas de trabajo ademas de investigaciones por omisiones en tratamientos facturas ilicitas remitidas al fosyga omisiones en ejecucion de acciones de salud publica falta de contratacion con la red publica hospitalaria multiafiliacion deliberada y retiros unilaterales de usuarios de las EPS Es imperativo que los excedentes del manejo de los recursos de la salud se apliquen a necesidades del sistema y no se queden como ganancias de las EPS que existan tarifas justas del plan de beneficios para no cargar en los hospitales y clinicas quienes real y efectivamente hacen la atencion en salud los efectos de las reglas de competencia impuestas por las EPS Se hace necesaria una reforma integral al sistema en logica a los derechos fundamentales y no a la eficiencia economica puesto que en la actualidad no existen politicas publicas en salud que materialicen el goce efectivo de esta En 2013 el sistema presento el mas grande colapso debido a la corrupcion y debido a la negativa de las EPS a prestar servicios reglamentarios citas medicas medicamentos etc y negar tambien el pago a hospitales publicos y privados a pesar de las demandas y tutelas Segun los analistas las EPS deben a los hospitales alrededor de 38 billones de pesos 23 24 El gobierno del presidente Juan Manuel Santos propuso nueva ley para reglamentar el actual sistema de salud debido al colapso No obstante dicha reforma genero rechazo por parte de pacientes y medicos y no fue aprobada en el congreso 25 El gobierno tambien presento un proyecto de Ley de una Ley estatutaria del sector salud que si fue aprobada por el Congreso y declarada constitucional por la Corte Constitucional en dicha ley se legislo la salud como un derecho fundamental en el pais por lo tanto el estado tiene la obligacion de garantizar los servicios de salud a toda la poblacion 26 27 Algunos analistas atribuyen la inoperancia del sistema a la falta de recursos otros a la corrupcion Pero sin duda uno de los mayores obstaculos para que los recursos lleguen a los destinatarios que son los prestadores del servicio llamense hospitales o clinicas es la intermediacion por parte de las EPS y las barreras administrativas puestas por estas 28 Al 2017 la deuda de las EPS con Hospitales y clinicas asciende aproximadamente a los 10 billones de pesos y ese dinero es requerido para seguir funcionando 29 Vease tambien EditarDemografia de Colombia Anexo Hospitales en ColombiaReferencias Editar Congreso de Colombia Ley 100 de 1993 consultado el 3 de noviembre de 2010 Organizacion Mundial de la Salud The world health report 2000 PDF en ingles p 152 Consultado el 13 de septiembre de 2018 a b Plantilla Cita No en todo el pais cabe aclarar publicacion Decreto 546 del 30 de marzo de 2017 Presidencia de la Republica de Colombia 30 de marzo de 2017 Consultado el 28 de noviembre de 2017 Perfil Sistema de Salud en Colombia Organizacion Panamericana de la Salud septiembre de 2009 Consultado el 12 de julio de 2013 Que pasa con la calidad del sistema de salud en Colombia Dinero 11 de enero de 2018 Consultado el 7 de mayo de 2019 a b c d e Julio Mario Orozco Africano Biblioteca Virtual de Derecho Economia y Ciencias Sociales Antecedentes del Sistema General de Seguridad Social en Salud pp Capitulo 2 Consultado el 3 de noviembre de 2010 Congreso de la Republica de Colombia enero de 1990 Ley No 10 de 1990 Consultado el 3 de noviembre de 2010 Ranking Clinicas y Hospitales 2016 Politica Nacional de Prestacion de Servicios de Salud Ministerio de la Proteccion Social Bogota D C noviembre 2005 ISBN 958 97166 4 4 1 Decreto Ley 1295 de 1994 Fondo de riesgos laborales Decreto 4108 de 2011 Por el cual se determinan los objetivos y estructura del Ministerio del Trabajo y se integra el Sector Administrativo del Trabajo de Colombia Ley 100 de 1993 Comision de Regulacion en Salud Acuerdo 008 de 2009 Consultado el 3 de noviembre de 2010 Congreso de Colombia 2007 Ley 1122 Art 7 Consultado el 3 de noviembre de 2010 gerencie com 1 de agosto de 2016 asi se liquida la pension en el regimen de prima media http www gerencie com asi se liquida la pension en el regimen de prima media rpm html una de las guias a tener en cuenta en materia de pensiones en colombia Consultado el 1 de agosto de 2016 Ronderos Maria Teresa Lo mejor y lo mas debil del sistema de salud colombiano Entrevista a expertos internacionales Revista Semana 2 Perez Volmar Antonio La tutela y el derecho a la salud Informe periodo 2006 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borde de la quiebra Portafolio marzo 16 de 2017 Adres Consulta de procesos Archivado desde el original el 2 de julio de 2017 Consultado el 23 de julio de 2019 Ley 100 ano 1993 Enlaces externos EditarPortal oficial de la Administradora de los Recursos del Sistema Ministerio de Proteccion Social Comision de Regulacion de Salud de Colombia Portal oficial del Plan Obligatorio de Salud Datos Q5690846 Multimedia Healthcare in ColombiaObtenido de https es wikipedia org w index php title Sistema de salud en Colombia amp oldid 136407926, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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