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Real Audiencia de Charcas

La Real Audiencia de Charcas oficialmente conocida como Audiencia y Cancillería Real de La Plata de los Charcas era una Real Audiencia de la Corona Española con sede en la ciudad de La Plata, llamada también Chuquisaca y desde 1839 Sucre. La Audiencia de Charcas tuvo un distrito que abarcaba a los actuales países del cono sur de América del Sur dentro de cual se encontraba la explotación de la riquísima mina de plata de Potosí. Desde 1785 su distrito quedó reducido a la provincia de Charcas, llamada luego Alto Perú, y que hoy es el núcleo de Bolivia. Fue parte del Virreinato del Perú hasta 1776, cuando pasó al nuevo Virreinato del Río de la Plata. El virrey del Perú la reanexó provisionalmente a su virreinato en 1810 a causa de la Revolución de Mayo, hasta que fue suprimida definitivamente en 1825 con la independencia de Bolivia.

Audiencia y Cancillería Real de La Plata de los Charcas
'Audiencia y Cancilleria Real de la Plata, Provincia de los Charcas'

En tonalidades verdes, la Real Audiencia de Charcas.
Información general
Ámbito Imperio español: en el Virreinato del Perú y luego en el Virreinato del Río de la Plata
Tipo Tribunal de apelaciones
Sede La Plata (hoy Sucre, en Bolivia)
Fundación 4 de septiembre de 1559
Disolución 27 de abril de 1825
Jurisdicción Provincia de Charcas
División Virreinato del Perú y Virreinato del Río de la Plata
Organización
Dependiente de Consejo de Indias
Empleados Presidente, 5 oidores alcaldes del crimen (luego reducido a 4), un fiscal, un alguacil mayor, y un teniente de gran canciller. Desde 1776 tuvo un regente
Histórico
Real Audiencia de Lima Real Audiencia de Charcas Corte Superior de Chuquisaca

Desde la creación de la intendencia de Chuquisaca en 1782 el presidente de la Real Audiencia era a su vez gobernador intendente de la misma.

Historia

 
Alto Perú en colores rojos, divisiones administrativas durante el Virreinato del Río de la Plata 1783.

Creación y definición de su distrito

Luego de recibir informes sobre la conveniencia de crear una Real Audiencia en la parte sur del Virreinato del Perú, el rey Felipe II dispuso por real provisión del 12 de junio de 1559 encomendar al designado virrey del Perú, Diego López de Zúñiga y Velasco, conde de Nievas, que una vez que llegase al Perú señalara el distrito que habría de tener la Audiencia que el rey mandaba crear en la ciudad de La Plata. De acuerdo a la Recopilación de Leyes de Indias -sancionada el 18 de mayo de 1680- la Audiencia y Cancillería Real de la ciudad de La Plata de la Nueva Toledo, provincia de los Charcas en el Perú fue creada por el rey el 4 de septiembre de 1559, para la cual designó un presidente y 4 oidores. El virrey debía presidirla solo si visitaba la ciudad de La Plata.

Sabed que Nos enviamos a esa Audiencia nuestro Sello Real para que en ella selleis Nuestras provisiones que en ella se despachen...

Los límites del territorio sobre el cual ejercía jurisdicción fueron variando con el tiempo, según la distribución que hizo la Corona española. El 20 de mayo de 1561 se dio a conocer el distrito señalado provisionalmente por el conde de Nievas: "la dicha ciudad de La Plata con más de cien leguas de tierra alrededor por cada parte". En septiembre de 1561 la Audiencia quedó instalada. El distrito original dejaba fuera de la jurisdicción de la Audiencia las partes de la jurisdicción del cabildo de La Plata que estaban a más de 100 leguas de la ciudad, y solo comprendía otra ciudad: La Paz y dos pueblos del distrito de Chucuito.[1]

Luego de recibir quejas de los oidores por el escaso territorio asignado, y escuchar diversos informes, por real provisión del 29 de agosto de 1563 el rey Felipe II fijó nuevos límites al distrito de la Audiencia de Charcas, incorporandole la gobernación del Tucumán, Juríes y Diaguitas, la gobernación de Santa Cruz de la Sierra (esta última formada por las exgobernaciones de Andrés Manso y Ñuflo de Chaves), la provincia de Moxos y Chunchos y las tierras que llegaban hasta la ciudad del Cuzco con sus términos (corregimientos dependientes):[2]

Y porque somos informados que éstos fueron cortos, y que á nuestro servicio y buena governación de aquella tierra combiene que á la dicha Audiencia de los Charcas se le den más límites, y que éstos sean la Governación de Tucumán y Juríes y Diaguitas y la provincia de los Mojos y Chunchos y las tierras y pueblos que tienen poblados Andrés Manso y Nuflo de Chaves, con lo demás que se poblase en aquellas partes, con la tierra que ay desde la dicha ciudad de la Plata hasta la ciudad del Cuzco, la qual quede subjeta á la dicha Audiencia de los Charcas ... Por ende por la presente declaramos y mandamos que la dicha Governación de Tucumán, Juríes y Diaguitas y la provincia de los Mojos y Chunchos y lo que ansí tienen poblado Andrés Manso y Nuflo de Chaves, con lo demás que se poblare en aquellas tierras, y toda la tierra que ay desde la dicha ciudad de la Plata hasta la del Cuzco, con sus términos ynclusive, y la dicha ciudad del Cuzco, con los suyos, y más los límites que el dicho nuestro Visorrey y Comisarios señalaron á la dicha Audiencia, estén subjetos a ella y no á la Audiencia de los Reyes ny al Governador de la dicha provincia de Chile.

El 1º de octubre de 1566 el rey contestó una carta al presidente de Lima decidiendo incorporar los territorios de la gobernación de Nueva Andalucía del Río de la Plata al distrito de la Real Audiencia de Charcas y al Virreinato del Perú:[3]

Cuanto á lo que decis, que habiendo tenido por nueva cierta que venian 300 hombres del rio del Paraguay del Plata, sin saber cosa cierta si venian á proseguir la conquista de los moros que tenia á su cargo Nuflo de Chaves, ó á esa tierra que pretendian ser en derecha conquista bien armados y sin esperanzas de volver donde salian, procurasteis que cesase su venida, y que así por ahora ha cesado, y el obispo y otros vecinos del Paraguay os han escrito pidiéndoos justicia porque la tienen, y que á causa de se os haber acortado el distrito, que no llega allá con 200 leguas, no habéis proveido nada hasta que por nos os mande lo que debéis hacer; y porque habréis visto por la provisión que se os ha enviado á aquellas provincias las habemos mandado poner debajo del distrito de esa audiencia, vosotros de aqui adelante podréis proveer lo que os pareciere y viereis que mas convenga á nuestro servicio y bien de aquella tierra.

Por real cédula del 30 de noviembre de 1568 Felipe II resolvió restituir a la jurisdicción de la Audiencia de Lima a la ciudad del Cuzco:[4]

Por ende, declaramos y mandamos que la dicha çibdad del Cuzco, con su término y jurisdiçión, aya destar y esté sugeta é devajo de la jurisdiçión de la Audiençia Real de la dicha çibdad de los Reyes, como lo estava antes é al tiempo que se fundase la dicha Audiençia de la Plata, y la apartamos é quitamos de la dicha jurisdiçión della ...

Por real provisión del 26 de mayo de 1573 Felipe II mandó dividir la jurisdicción del Cuzco entre las audiencias de Lima y Charcas:[5]

Por ende, por la presente declaramos y mandamos y es nuestra voluntad que todo lo que está desde el Collao, esclusibe, hazia la ciudad de los Reyes, quede y sea y esté devaxo del distrito y jurisdictión de la dicha nuestra Audiencia Real que rreside en la dicha ciudad de los Reyes; y todo lo que está desde el Collao, inclusive, hacia la dicha ciudad de la Plata, quede y buelva y sea del distrito y límites de la dicha nuestra Audiencia de los Charcas; declarando como declaramos que del dicho Collao hazia la ciudad de la Plata comience desde el pueblo de Ayabire, que es de la encomienda de Juan de Pancorbo por el camino de Urcosuyo; y desde el pueblo de Asillo, que es de la encomienda de Gerónimo Costilla por el camino de Omasuyo; y por el camino de Arequipa, desde Atuncana, que es de la encomienda de Carlos Ynga, hacia la parte de los Charcas. Y ansimismo, a de ser y entrar en el distrito de la dicha Audiencia de los Charcas, la provincia de Sangavana y toda la provincia de Carabaya, ynclusive.

La Recopilación de Leyes de Indias de 1680 en la Ley IX (Audiencia y Chancilleria Real de la Plata, Provincia de los Charcas) del Título XV (De las Audiencias y Chancillerias Reales de las Indias) del Libro II, recoge los límites y los funcionarios de esta Audiencia:[6][7]

En la Ciudad de la Plata de la Nueva Toledo, Provincia de los Charcas, en el Perú, resida otra nuestra Audiencia y Chancilleria Real: con vn Presidente: cinco Oidores, que también sean Alcaldes del Crimen: vn Fiscal: vn Alguazil mayor: vn Teniente de Gran Chanciller, y los demás Ministros y Oficiales necessarios, la qual tenga por distrito la Provincia de los Charcas, y todo el Collao, desde el Pueblo de Ayabiri, por el camino de Hurcosuyo, desde el Pueblo de Assillo por el camino de Humasuyo, desde Atuncana, por el camino de Arequipa, ázia la parte de los Charcas, inclusivé con las Provincias de Sangabana, Carabaya, Iuries y Dieguitas, Moyos y Chunchos, y Santa Cruz de la Sierra, partiendo terminos: por el Septentrion con la Real Audiencia de Lima, y Provincias no descubiertas: por el Mediodia con la Real Audiencia de Chile: y por el Levante y Poniente con los dos Mares del Norte y del Sur, y línea de la demarcacion entre las Coronas de los Reynos de Castilla y de Portugal, por la parte de la Provincia de Santa Cruz del Brasil. Todos los quales dichos terminos sean y se entiendan, conforme á la ley 13 que trata de la fundacion y ereccion de la Real Audiencia de la Trinidad, Puerto de Buenos Ayres, porque nuestra voluntad es, que la dicha ley se guarde, cumpla y execute precisa y puntualmente.

En la Ley XV (Que el Corregidor de Arica, aunque sea del distrito de la Audiencia de Lima, cumpla los mandamientos de la de los Charcas), del Título XV, de la Recopilación de Leyes de Indias, se establece una dependencia especial para el Corregimiento de Arica:

Mandamos, que sin embargo de que la Ciudad y Puerto de Arica sea y esté en el distrito de la Real Audiencia de los Reyes, el Corregidor, que es, ó fuere de ella, cumpla los mandamientos de la Real Audiencia de los Charcas, y reciva y encamine, como se le ordenare, las personas que enviare desterradas. Y ordenamos á nuestra Audiencia de los Charcas, que no cumpliendo el Corregidor lo sobredicho, haga justicia.

Disminución de su distrito

 
La Real Audiencia de Charcas en 1785, tras la separación de la Real Audiencia de Buenos Aires en 1783.

El 6 de diciembre de 1661 sufrió la separación de sus territorios del sur (Río de la Plata, Paraguay y Tucumán) al crearse la Real Audiencia de Buenos Aires, pero de nuevo, el 31 de diciembre de 1671 al ser suprimida esta última, se reincorporaron tales territorios para ser más efectiva la persecución del contrabando, a pesar de los inconvenientes que sufrían aquellos que precisaban la intervención de la Audiencia por las enormes distancias que debían recorrer.

Por real decreto del 11 de marzo de 1776 se mandó que las 10 audiencias indianas entonces existentes estuvieran presididas por un regente, lo cual fue comunicado por real célula del 6 de abril de 1776 y sus funciones fijadas por real instrucción del 20 de junio de 1776. Se dispuso también agregar un oidor a la Audiencia de Charcas.[8]

La creación del Virreinato del Río de la Plata hizo que el territorio jurisdiccional de la audiencia de Charcas pasase a esta nueva zona administrativa en 1776. El 14 de abril de 1783 se creó nuevamente la Real Audiencia de Buenos Aires reemplazando la jurisdicción de Charcas por el sur (Río de la Plata, Paraguay y Tucumán).

 
La Real Audiencia de Charcas en 1810. Se le segregó la intendencia de Puno en 1796 y el partido de Tarija en 1800, concluyendo el segregado en 1807.

Al tiempo de la creación del Virreinato del Río de la Plata en 1776, la jurisdicción de la Audiencia de Charcas abarcaba 26 corregimientos, cada uno de los cuales dependía de las ciudades del Cuzco, La Plata y La Paz, que conformaban la provincia de Charcas. Comprendía también aquellos de las gobernaciones del Río de la Plata, Paraguay, Tucumán y Santa Cruz de la Sierra.

En cuanto a la dependencia eclesiástica:

El 3 de mayo de 1787, a través de una real cédula, se estableció la Real Audiencia del Cuzco con jurisdicción sobre territorios que antes correspondían a las Audiencias de Lima y de Charcas. Posteriormente se incluyó en su territorial jurisdiccional a los partidos de Carabaya, Lampa y Azángaro pertenecientes a la intendencia de Puno, que en 1784 había sido creada dentro del Virreinato del Río de la Plata. El 1 de febrero de 1796 la intendencia de Puno pasó a depender del Virreinato del Perú y los partidos de Paucarcolla y Chucuito, que hasta entonces correspondían a Charcas, pasaron a la Real Audiencia del Cuzco. El 17 de febrero de 1807 se transfirió el partido de Tarija de la intendencia de Potosí a la intendencia de Salta del Tucumán.

Emancipación y supresión

El 25 de mayo de 1809 se produjo la Revolución de Chuquisaca, que fue un levantamiento popular en el que participaron las autoridades de la Real Audiencia de Charcas en la ciudad de Chuquisaca para destituir al presidente Ramón García de León y Pizarro. La Audiencia se arrogó el mando político y militar. El 30 de septiembre de 1809 el virrey Baltasar Hidalgo de Cisneros de Buenos Aires designó nuevo presidente de la Audiencia a Vicente Nieto y lo puso al frente de una expedición militar que el 24 de diciembre de 1809 entró pacíficamente en Chuquisaca, finalizando la rebelión.[10]

Al estallar la Revolución de Chuquisaca la Real Audiencia de Charcas estaba integrada por:[11]

A partir de las sublevaciones independentistas iniciadas en 1809, lo que hasta ese momento era un órgano casi exclusivamente de administración de justicia, pasó a ser un elemento de poder fundamental a controlar dentro de una amplia política de concentración de fuerzas que se inició por orden del rey Fernando VII, para evitar los movimientos sediciosos que se generaban en las propias audiencias.

En 1810, tras la destitución del virrey del Río de la Plata los patriotas tomaron control de Charcas que se unió a la Junta de Buenos Aires como parte de lo que luego se denominó Provincias Unidas del Río de la Plata. El 13 de julio el virrey del Perú José Fernando de Abascal y Sousa anexó provisionalmente el territorio de la Audiencia de Charcas a su virreinato, a petición del presidente de Charcas y otros gobernadores. Aclarando el virrey en el decreto de anexión que lo hacía: hasta que se restablezca en su legítimo mando el Excmo. Señor Virey de Buenos-Ayres, y demás autoridades legalmente constituidas, pues solo la autoridad real podía desmembrar el territorio definitivamente del virreinato de Buenos Aires.[12][13]

El 13 de noviembre de 1810 un cabildo abierto juró obediencia a la Junta de Buenos Aires y declaró nula su adhesión al Virreinato del Perú. El oficio enviado a la junta expresaba:

... en la tarde del propio día se ha jurado la obediencia á su Excelentísima Junta por todas las autoridades y corporaciones, desde la Real Audiencia hasta la ínfima clase...

El 15 de diciembre de 1810 el presidente Nieto fue fusilado en la Plaza Mayor de Potosí. El 27 de diciembre de 1810 el Ejército Auxiliar entró en Chuquisaca y Juan José Castelli ocupó el cargo de presidente, hasta que se lo dejó a Juan Martín de Pueyrredón el 26 de enero de 1811.[14]​ La Audiencia de Charcas permaneció en receso hasta que, tras la batalla de Huaqui, el 20 de septiembre de 1811 el coronel realista Mariano Campero entró en Chuquisaca y restableció solemnemente la Audiencia nombrando a García de León y Pizarro como presidente. Este renunció al día siguiente y lo remplazó Juan Ramírez Orozco por orden de José Manuel de Goyeneche.

Tras la batalla de Salta, el 2 de marzo de 1813 Ramírez Orozco entregó el mando al cabildo y abandonó Chuquisaca, que el 9 de marzo de 1813 volvió a pronunciarse por la revolución quedando Esteban Agustín Gascón como presidente provisional. Un decreto de la Asamblea del Año XIII del 21 de mayo de 1813 dispuso:[15]

... que se extinga el tribunal de la Audiencia de Charcas; subrogándose en su lugar una cámara de apelaciones, que exercerá su jurisdicción en todo el territorio a que extendía aquélla la suya, baxo el reglamento que se formará sobre el particular.

El 12 de junio de 1813 el gobierno de Buenos Aires nombró a Francisco Ortiz de Ocampo como gobernador de Charcas y a Gascón como decano de la Cámara de Apelaciones de La Plata, asumiendo en septiembre de 1813. Ambos abandonaron Chuquisaca el 18 de noviembre de 1813 a causa de la batalla de Ayohúma, recuperando luego Ramírez Orozco la presidencia de Charcas, restaurada como Audiencia. En abril de 1815 Chuquisaca volvió a manos de las tropas revolucionarias hasta diciembre de 1815 cuando fue recuperada por las tropas realistas.

El 22 de febrero de 1818 el general en jefe del ejército realista del Perú nombró al general Rafael Maroto gobernador e intendente interino de la ciudad y provincia de La Plata, además de presidente de la Real Audiencia de Charcas. A causa de la Rebelión de Olañeta Maroto abandonó Chuquisaca, que el 8 de febrero de 1823 fue ocupada por el absolutista Pedro Antonio Olañeta en rebelión contra el virrey del Perú. Recuperada por Gerónimo Valdés el 8 de julio de 1824, nombró a Antonio Vigil como presidente. El 28 de agosto de 1824 Valdés evacuó Chuquisaca, que fue ocupada de nuevo por Olañeta quedando al frente José María Valdez.

El 22 de febrero de 1825 el coronel Francisco López se pronunció en Chuquisaca contra el gobierno español, y el 25 de abril de 1825 ingresó en ella el Ejército Unido Libertador del Perú. El 27 de abril de 1825 Antonio José de Sucre dictó el decreto que creó la Corte Superior de Chuquisaca que sustituyó a la Real Audiencia de Charcas, y señaló el 25 de mayo de 1825 como la fecha de su instalación.

1°. Se establece en Chuquisaca la corte superior de justicia de las provincias del Alto Perú que sustituye a la antigua Audiencia española.

Presidentes de la Audiencia subordinada a la de Lima

(El presidente de la Real Audiencia de Charcas, que estaba subordinada —junto con la gobernación de Nueva Andalucía desde 1566— a la de Lima, no tuvo funciones de gobierno sobre la provincia homónima, ni ninguna otra, la cual permaneció dividida en corregimientos bajo la directa jurisdicción del virrey del Perú, hasta 1776.)

Presidentes de la Audiencia pretorial de Charcas

(La nominal provincia de Charcas —con sus corregimientos y su real audiencia homónima, la cual se convertía en pretorial— en 1776 pasó a depender directamente del incipiente Virreinato del Río de la Plata.)

Presidentes-gobernadores de la intendencia de Chuquisaca

(Desde 1782 la Audiencia de Charcas adquirió funciones gubernamentales al crearse el cargo de gobernador intendente de Chuquisaca pero perdió la jurisdicción de varios territorios rioplatenses que se subordinaban a la recién creada Real Audiencia de Buenos Aires que recién sería instalada en 1785)

Véase también

Notas y referencias

  1. Carta de los oidores de La Plata al rey, 22 de octubre de 1561. Archivo de Indias, Est. 74, Caj. 4 Leg. 1
  2. Real provisión del 29 de agosto de 1563. Archivo de Indias, Est. 120, Caj. 4 Leg. 4
  3. Historia colonial del Paraguay y Río de la Plata. Autor: Cecilio Báez. Publicado por: C. Schauman Editor, 1926
  4. Real cédula del 30 de noviembre de 1568. Archivo de Indias, Est. 109, Caj. 7 Leg. 14
  5. Real provisión del 26 de mayo de 1573. Archivo de Indias, Est. 109, Caj. 7 Leg. 14-20
  6. Recopilación de las Leyes de Indias (1680). Titulo Quince. De las Audiencias y Chancillerias Reales de las Indias. [1]. 
  7. Enrique Gandía (1935). «La anexión de Santa Cruz a la República de Bolivia». Historia de Santa Cruz de la Sierra una nueva república en Sud América. Buenos Aires: Talleres gráficos argentinos de L. J. Rosso Doblas. [2]. 
  8. Antecedentes Coloniales. Por José Luis Soberanes Fernández. Pág. 33
  9. Miguel LUQUE TALAVÁN (1999). «La Intendencia de Puno: de circunscripción colonial a departamento de la República del Perú (1784-1824)». Revista Complutense de Historia de América (Universidad Complutense de Madrid). ISSN 1132-8312. [3]. 
  10. Levantamiento de Chuquisaca (1809), Emilio Bidondo, Gobierno de Salta
  11. Últimos días coloniales en el Alto-Perú: Documentos inéditos de 1808 y 1809. Pág. 339. Autor: Gabriel René Moreno. Editor: Imprenta, litografia i encuadernación Barcelona, 1901
  12. Historia de España en sus documentos: siglo XIX, Volumen 5, pág. 80. Historia. Serie Mayo Series. Historia (Cátedra).: Serie mayor. Autor: Fernando Díaz-Plaja. Editor: Fernando Díaz-Plaja. Compilado por Fernando Díaz-Plaja. Editor: Cátedra, 1983. ISBN 8437603900, 9788437603902
  13. Documentos para la historia argentina, Volúmenes 39-41, pág. 182. Autor: Universidad de Buenos Aires. Instituto de Investigaciones Históricas. Publicado en 1965
  14. Historia de Juan Martín de Pueyrredón. Pág. 130. Autor: Julio César Raffo de la Reta. Editor: Espasa-Calpe Argentina, 1948
  15. La Asamblea del Año XIII y la organización judicial. El Reglamento de Administración de Justicia de 6 de septiembre de 1813. Por Roberto Daniel Nuñez

Enlaces externos

  • Lanic.UTexas.edu (intendencias y división de la Real Audiencia de Charcas; en la Universidad de Texas).
  •   Datos: Q1432160

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Para la division territorial vease Provincia de Charcas La Real Audiencia de Charcas oficialmente conocida como Audiencia y Cancilleria Real de La Plata de los Charcas era una Real Audiencia de la Corona Espanola con sede en la ciudad de La Plata llamada tambien Chuquisaca y desde 1839 Sucre La Audiencia de Charcas tuvo un distrito que abarcaba a los actuales paises del cono sur de America del Sur dentro de cual se encontraba la explotacion de la riquisima mina de plata de Potosi Desde 1785 su distrito quedo reducido a la provincia de Charcas llamada luego Alto Peru y que hoy es el nucleo de Bolivia Fue parte del Virreinato del Peru hasta 1776 cuando paso al nuevo Virreinato del Rio de la Plata El virrey del Peru la reanexo provisionalmente a su virreinato en 1810 a causa de la Revolucion de Mayo hasta que fue suprimida definitivamente en 1825 con la independencia de Bolivia Audiencia y Cancilleria Real de La Plata de los Charcas Audiencia y Cancilleria Real de la Plata Provincia de los Charcas En tonalidades verdes la Real Audiencia de Charcas Informacion generalAmbitoImperio espanol en el Virreinato del Peru y luego en el Virreinato del Rio de la PlataTipoTribunal de apelacionesSedeLa Plata hoy Sucre en Bolivia Fundacion4 de septiembre de 1559Disolucion27 de abril de 1825JurisdiccionProvincia de CharcasDivisionVirreinato del Peru y Virreinato del Rio de la PlataOrganizacionDependiente deConsejo de IndiasEmpleadosPresidente 5 oidores alcaldes del crimen luego reducido a 4 un fiscal un alguacil mayor y un teniente de gran canciller Desde 1776 tuvo un regenteHistoricoReal Audiencia de Lima Real Audiencia de Charcas Corte Superior de Chuquisaca editar datos en Wikidata Desde la creacion de la intendencia de Chuquisaca en 1782 el presidente de la Real Audiencia era a su vez gobernador intendente de la misma Indice 1 Historia 1 1 Creacion y definicion de su distrito 1 2 Disminucion de su distrito 1 3 Emancipacion y supresion 2 Presidentes de la Audiencia subordinada a la de Lima 3 Presidentes de la Audiencia pretorial de Charcas 4 Presidentes gobernadores de la intendencia de Chuquisaca 5 Vease tambien 6 Notas y referencias 7 Enlaces externosHistoria Editar Alto Peru en colores rojos divisiones administrativas durante el Virreinato del Rio de la Plata 1783 Creacion y definicion de su distrito Editar Luego de recibir informes sobre la conveniencia de crear una Real Audiencia en la parte sur del Virreinato del Peru el rey Felipe II dispuso por real provision del 12 de junio de 1559 encomendar al designado virrey del Peru Diego Lopez de Zuniga y Velasco conde de Nievas que una vez que llegase al Peru senalara el distrito que habria de tener la Audiencia que el rey mandaba crear en la ciudad de La Plata De acuerdo a la Recopilacion de Leyes de Indias sancionada el 18 de mayo de 1680 la Audiencia y Cancilleria Real de la ciudad de La Plata de la Nueva Toledo provincia de los Charcas en el Peru fue creada por el rey el 4 de septiembre de 1559 para la cual designo un presidente y 4 oidores El virrey debia presidirla solo si visitaba la ciudad de La Plata Sabed que Nos enviamos a esa Audiencia nuestro Sello Real para que en ella selleis Nuestras provisiones que en ella se despachen Los limites del territorio sobre el cual ejercia jurisdiccion fueron variando con el tiempo segun la distribucion que hizo la Corona espanola El 20 de mayo de 1561 se dio a conocer el distrito senalado provisionalmente por el conde de Nievas la dicha ciudad de La Plata con mas de cien leguas de tierra alrededor por cada parte En septiembre de 1561 la Audiencia quedo instalada El distrito original dejaba fuera de la jurisdiccion de la Audiencia las partes de la jurisdiccion del cabildo de La Plata que estaban a mas de 100 leguas de la ciudad y solo comprendia otra ciudad La Paz y dos pueblos del distrito de Chucuito 1 Luego de recibir quejas de los oidores por el escaso territorio asignado y escuchar diversos informes por real provision del 29 de agosto de 1563 el rey Felipe II fijo nuevos limites al distrito de la Audiencia de Charcas incorporandole la gobernacion del Tucuman Juries y Diaguitas la gobernacion de Santa Cruz de la Sierra esta ultima formada por las exgobernaciones de Andres Manso y Nuflo de Chaves la provincia de Moxos y Chunchos y las tierras que llegaban hasta la ciudad del Cuzco con sus terminos corregimientos dependientes 2 Y porque somos informados que estos fueron cortos y que a nuestro servicio y buena governacion de aquella tierra combiene que a la dicha Audiencia de los Charcas se le den mas limites y que estos sean la Governacion de Tucuman y Juries y Diaguitas y la provincia de los Mojos y Chunchos y las tierras y pueblos que tienen poblados Andres Manso y Nuflo de Chaves con lo demas que se poblase en aquellas partes con la tierra que ay desde la dicha ciudad de la Plata hasta la ciudad del Cuzco la qual quede subjeta a la dicha Audiencia de los Charcas Por ende por la presente declaramos y mandamos que la dicha Governacion de Tucuman Juries y Diaguitas y la provincia de los Mojos y Chunchos y lo que ansi tienen poblado Andres Manso y Nuflo de Chaves con lo demas que se poblare en aquellas tierras y toda la tierra que ay desde la dicha ciudad de la Plata hasta la del Cuzco con sus terminos ynclusive y la dicha ciudad del Cuzco con los suyos y mas los limites que el dicho nuestro Visorrey y Comisarios senalaron a la dicha Audiencia esten subjetos a ella y no a la Audiencia de los Reyes ny al Governador de la dicha provincia de Chile El 1º de octubre de 1566 el rey contesto una carta al presidente de Lima decidiendo incorporar los territorios de la gobernacion de Nueva Andalucia del Rio de la Plata al distrito de la Real Audiencia de Charcas y al Virreinato del Peru 3 Cuanto a lo que decis que habiendo tenido por nueva cierta que venian 300 hombres del rio del Paraguay del Plata sin saber cosa cierta si venian a proseguir la conquista de los moros que tenia a su cargo Nuflo de Chaves o a esa tierra que pretendian ser en derecha conquista bien armados y sin esperanzas de volver donde salian procurasteis que cesase su venida y que asi por ahora ha cesado y el obispo y otros vecinos del Paraguay os han escrito pidiendoos justicia porque la tienen y que a causa de se os haber acortado el distrito que no llega alla con 200 leguas no habeis proveido nada hasta que por nos os mande lo que debeis hacer y porque habreis visto por la provision que se os ha enviado a aquellas provincias las habemos mandado poner debajo del distrito de esa audiencia vosotros de aqui adelante podreis proveer lo que os pareciere y viereis que mas convenga a nuestro servicio y bien de aquella tierra Por real cedula del 30 de noviembre de 1568 Felipe II resolvio restituir a la jurisdiccion de la Audiencia de Lima a la ciudad del Cuzco 4 Por ende declaramos y mandamos que la dicha cibdad del Cuzco con su termino y jurisdicion aya destar y este sugeta e devajo de la jurisdicion de la Audiencia Real de la dicha cibdad de los Reyes como lo estava antes e al tiempo que se fundase la dicha Audiencia de la Plata y la apartamos e quitamos de la dicha jurisdicion della Por real provision del 26 de mayo de 1573 Felipe II mando dividir la jurisdiccion del Cuzco entre las audiencias de Lima y Charcas 5 Por ende por la presente declaramos y mandamos y es nuestra voluntad que todo lo que esta desde el Collao esclusibe hazia la ciudad de los Reyes quede y sea y este devaxo del distrito y jurisdiction de la dicha nuestra Audiencia Real que rreside en la dicha ciudad de los Reyes y todo lo que esta desde el Collao inclusive hacia la dicha ciudad de la Plata quede y buelva y sea del distrito y limites de la dicha nuestra Audiencia de los Charcas declarando como declaramos que del dicho Collao hazia la ciudad de la Plata comience desde el pueblo de Ayabire que es de la encomienda de Juan de Pancorbo por el camino de Urcosuyo y desde el pueblo de Asillo que es de la encomienda de Geronimo Costilla por el camino de Omasuyo y por el camino de Arequipa desde Atuncana que es de la encomienda de Carlos Ynga hacia la parte de los Charcas Y ansimismo a de ser y entrar en el distrito de la dicha Audiencia de los Charcas la provincia de Sangavana y toda la provincia de Carabaya ynclusive La Recopilacion de Leyes de Indias de 1680 en la Ley IX Audiencia y Chancilleria Real de la Plata Provincia de los Charcas del Titulo XV De las Audiencias y Chancillerias Reales de las Indias del Libro II recoge los limites y los funcionarios de esta Audiencia 6 7 En la Ciudad de la Plata de la Nueva Toledo Provincia de los Charcas en el Peru resida otra nuestra Audiencia y Chancilleria Real con vn Presidente cinco Oidores que tambien sean Alcaldes del Crimen vn Fiscal vn Alguazil mayor vn Teniente de Gran Chanciller y los demas Ministros y Oficiales necessarios la qual tenga por distrito la Provincia de los Charcas y todo el Collao desde el Pueblo de Ayabiri por el camino de Hurcosuyo desde el Pueblo de Assillo por el camino de Humasuyo desde Atuncana por el camino de Arequipa azia la parte de los Charcas inclusive con las Provincias de Sangabana Carabaya Iuries y Dieguitas Moyos y Chunchos y Santa Cruz de la Sierra partiendo terminos por el Septentrion con la Real Audiencia de Lima y Provincias no descubiertas por el Mediodia con la Real Audiencia de Chile y por el Levante y Poniente con los dos Mares del Norte y del Sur y linea de la demarcacion entre las Coronas de los Reynos de Castilla y de Portugal por la parte de la Provincia de Santa Cruz del Brasil Todos los quales dichos terminos sean y se entiendan conforme a la ley 13 que trata de la fundacion y ereccion de la Real Audiencia de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres porque nuestra voluntad es que la dicha ley se guarde cumpla y execute precisa y puntualmente En la Ley XV Que el Corregidor de Arica aunque sea del distrito de la Audiencia de Lima cumpla los mandamientos de la de los Charcas del Titulo XV de la Recopilacion de Leyes de Indias se establece una dependencia especial para el Corregimiento de Arica Mandamos que sin embargo de que la Ciudad y Puerto de Arica sea y este en el distrito de la Real Audiencia de los Reyes el Corregidor que es o fuere de ella cumpla los mandamientos de la Real Audiencia de los Charcas y reciva y encamine como se le ordenare las personas que enviare desterradas Y ordenamos a nuestra Audiencia de los Charcas que no cumpliendo el Corregidor lo sobredicho haga justicia Disminucion de su distrito Editar La Real Audiencia de Charcas en 1785 tras la separacion de la Real Audiencia de Buenos Aires en 1783 El 6 de diciembre de 1661 sufrio la separacion de sus territorios del sur Rio de la Plata Paraguay y Tucuman al crearse la Real Audiencia de Buenos Aires pero de nuevo el 31 de diciembre de 1671 al ser suprimida esta ultima se reincorporaron tales territorios para ser mas efectiva la persecucion del contrabando a pesar de los inconvenientes que sufrian aquellos que precisaban la intervencion de la Audiencia por las enormes distancias que debian recorrer Por real decreto del 11 de marzo de 1776 se mando que las 10 audiencias indianas entonces existentes estuvieran presididas por un regente lo cual fue comunicado por real celula del 6 de abril de 1776 y sus funciones fijadas por real instruccion del 20 de junio de 1776 Se dispuso tambien agregar un oidor a la Audiencia de Charcas 8 La creacion del Virreinato del Rio de la Plata hizo que el territorio jurisdiccional de la audiencia de Charcas pasase a esta nueva zona administrativa en 1776 El 14 de abril de 1783 se creo nuevamente la Real Audiencia de Buenos Aires reemplazando la jurisdiccion de Charcas por el sur Rio de la Plata Paraguay y Tucuman La Real Audiencia de Charcas en 1810 Se le segrego la intendencia de Puno en 1796 y el partido de Tarija en 1800 concluyendo el segregado en 1807 Al tiempo de la creacion del Virreinato del Rio de la Plata en 1776 la jurisdiccion de la Audiencia de Charcas abarcaba 26 corregimientos cada uno de los cuales dependia de las ciudades del Cuzco La Plata y La Paz que conformaban la provincia de Charcas Comprendia tambien aquellos de las gobernaciones del Rio de la Plata Paraguay Tucuman y Santa Cruz de la Sierra En cuanto a la dependencia eclesiastica Dependian del obispado del Cuzco los corregimientos de Lampa Azangaro y Carabaya Dependian del arzobispado de La Plata los corregimientos de La Plata Potosi Oruro Parma Carangas Chayanta Cochabamba Porco Tarija Tomina Yamparaes Lipes Atacama Apolobamba Pilaya y Paspaya y Pomabamba Dependian del obispado de La Paz los corregimientos de La Paz Larecaja Sicasica Pacajes o Berenguela Omasuyos Chucuito y Paucarcolla Dependia del obispado de Santa Cruz de la Sierra el corregimiento de Mizque 9 El 3 de mayo de 1787 a traves de una real cedula se establecio la Real Audiencia del Cuzco con jurisdiccion sobre territorios que antes correspondian a las Audiencias de Lima y de Charcas Posteriormente se incluyo en su territorial jurisdiccional a los partidos de Carabaya Lampa y Azangaro pertenecientes a la intendencia de Puno que en 1784 habia sido creada dentro del Virreinato del Rio de la Plata El 1 de febrero de 1796 la intendencia de Puno paso a depender del Virreinato del Peru y los partidos de Paucarcolla y Chucuito que hasta entonces correspondian a Charcas pasaron a la Real Audiencia del Cuzco El 17 de febrero de 1807 se transfirio el partido de Tarija de la intendencia de Potosi a la intendencia de Salta del Tucuman Emancipacion y supresion Editar El 25 de mayo de 1809 se produjo la Revolucion de Chuquisaca que fue un levantamiento popular en el que participaron las autoridades de la Real Audiencia de Charcas en la ciudad de Chuquisaca para destituir al presidente Ramon Garcia de Leon y Pizarro La Audiencia se arrogo el mando politico y militar El 30 de septiembre de 1809 el virrey Baltasar Hidalgo de Cisneros de Buenos Aires designo nuevo presidente de la Audiencia a Vicente Nieto y lo puso al frente de una expedicion militar que el 24 de diciembre de 1809 entro pacificamente en Chuquisaca finalizando la rebelion 10 Al estallar la Revolucion de Chuquisaca la Real Audiencia de Charcas estaba integrada por 11 Presidente Ramon Garcia de Leon y Pizarro fue el ultimo nombrado por el rey Regente vacante por fallecimiento de Antonio Boeto Decano Jose de Laiglesia Oidores Jose Agustin de Useoz y Mozi Jose Vazquez Ballesteros Gaspar Remirez de Laredo y Encalada Fiscal Miguel Lopez AndreuA partir de las sublevaciones independentistas iniciadas en 1809 lo que hasta ese momento era un organo casi exclusivamente de administracion de justicia paso a ser un elemento de poder fundamental a controlar dentro de una amplia politica de concentracion de fuerzas que se inicio por orden del rey Fernando VII para evitar los movimientos sediciosos que se generaban en las propias audiencias En 1810 tras la destitucion del virrey del Rio de la Plata los patriotas tomaron control de Charcas que se unio a la Junta de Buenos Aires como parte de lo que luego se denomino Provincias Unidas del Rio de la Plata El 13 de julio el virrey del Peru Jose Fernando de Abascal y Sousa anexo provisionalmente el territorio de la Audiencia de Charcas a su virreinato a peticion del presidente de Charcas y otros gobernadores Aclarando el virrey en el decreto de anexion que lo hacia hasta que se restablezca en su legitimo mando el Excmo Senor Virey de Buenos Ayres y demas autoridades legalmente constituidas pues solo la autoridad real podia desmembrar el territorio definitivamente del virreinato de Buenos Aires 12 13 El 13 de noviembre de 1810 un cabildo abierto juro obediencia a la Junta de Buenos Aires y declaro nula su adhesion al Virreinato del Peru El oficio enviado a la junta expresaba en la tarde del propio dia se ha jurado la obediencia a su Excelentisima Junta por todas las autoridades y corporaciones desde la Real Audiencia hasta la infima clase El 15 de diciembre de 1810 el presidente Nieto fue fusilado en la Plaza Mayor de Potosi El 27 de diciembre de 1810 el Ejercito Auxiliar entro en Chuquisaca y Juan Jose Castelli ocupo el cargo de presidente hasta que se lo dejo a Juan Martin de Pueyrredon el 26 de enero de 1811 14 La Audiencia de Charcas permanecio en receso hasta que tras la batalla de Huaqui el 20 de septiembre de 1811 el coronel realista Mariano Campero entro en Chuquisaca y restablecio solemnemente la Audiencia nombrando a Garcia de Leon y Pizarro como presidente Este renuncio al dia siguiente y lo remplazo Juan Ramirez Orozco por orden de Jose Manuel de Goyeneche Tras la batalla de Salta el 2 de marzo de 1813 Ramirez Orozco entrego el mando al cabildo y abandono Chuquisaca que el 9 de marzo de 1813 volvio a pronunciarse por la revolucion quedando Esteban Agustin Gascon como presidente provisional Un decreto de la Asamblea del Ano XIII del 21 de mayo de 1813 dispuso 15 que se extinga el tribunal de la Audiencia de Charcas subrogandose en su lugar una camara de apelaciones que exercera su jurisdiccion en todo el territorio a que extendia aquella la suya baxo el reglamento que se formara sobre el particular El 12 de junio de 1813 el gobierno de Buenos Aires nombro a Francisco Ortiz de Ocampo como gobernador de Charcas y a Gascon como decano de la Camara de Apelaciones de La Plata asumiendo en septiembre de 1813 Ambos abandonaron Chuquisaca el 18 de noviembre de 1813 a causa de la batalla de Ayohuma recuperando luego Ramirez Orozco la presidencia de Charcas restaurada como Audiencia En abril de 1815 Chuquisaca volvio a manos de las tropas revolucionarias hasta diciembre de 1815 cuando fue recuperada por las tropas realistas El 22 de febrero de 1818 el general en jefe del ejercito realista del Peru nombro al general Rafael Maroto gobernador e intendente interino de la ciudad y provincia de La Plata ademas de presidente de la Real Audiencia de Charcas A causa de la Rebelion de Olaneta Maroto abandono Chuquisaca que el 8 de febrero de 1823 fue ocupada por el absolutista Pedro Antonio Olaneta en rebelion contra el virrey del Peru Recuperada por Geronimo Valdes el 8 de julio de 1824 nombro a Antonio Vigil como presidente El 28 de agosto de 1824 Valdes evacuo Chuquisaca que fue ocupada de nuevo por Olaneta quedando al frente Jose Maria Valdez El 22 de febrero de 1825 el coronel Francisco Lopez se pronuncio en Chuquisaca contra el gobierno espanol y el 25 de abril de 1825 ingreso en ella el Ejercito Unido Libertador del Peru El 27 de abril de 1825 Antonio Jose de Sucre dicto el decreto que creo la Corte Superior de Chuquisaca que sustituyo a la Real Audiencia de Charcas y senalo el 25 de mayo de 1825 como la fecha de su instalacion 1 Se establece en Chuquisaca la corte superior de justicia de las provincias del Alto Peru que sustituye a la antigua Audiencia espanola Presidentes de la Audiencia subordinada a la de Lima Editar El presidente de laReal Audiencia de Charcas que estaba subordinada junto con la gobernacion de Nueva Andalucia desde 1566 a la de Lima no tuvo funciones de gobierno sobre la provincia homonima ni ninguna otra la cual permanecio dividida en corregimientos bajo la directa jurisdiccion del virrey del Peru hasta 1776 Pedro Ramirez de Quinones 1559 1561 1572 Lope Diez Aux de Armendariz 1573 1577 Antonio Gonzalez 1578 1580 Juan de Matienzo 1580 Juan Lopez de Cepeda 1580 1602 Alonso Maldonado de Torres 1602 1610 Diego de Portugal 1610 1627 Martin de Egues 1627 1632 Juan de Carabajal y Sande mayo de 1632 1635 Juan de Lizarazu marzo de 1635 1642 Dionisio Perez Manrique de Lara marques de Santiago 1642 1647 Francisco de Nestares Marin 1647 1656 Bartolome de Salazar 1661 1663 Pedro Vazquez de Velasco 1663 1670 Bartolome Gonzalez de Poveda 1673 1685 Diego de Mejia 1685 Francisco Dominguez 1695 1698 Jose Boneu 1702 Jose Antonio de la Rocha y Carranza marques de Villarocha 1704 Francisco Pimentel y Sotomayor 1706 Jorge Manrique de Lara 1723 Gabriel Antonio Matienzo 1723 1725 Francisco de Herboso y Luza 1725 1732 Jose Francisco de Herrera 1728 Antonio de Querejazu y Mollinedo 1730 Jose Gabriel de Jauregui y Aguirre 1738 Nicolas Jimenez de Lobaton y Azana 1746 1757 Juan Francisco Pestana y Chumacero 1757 1766 Juan Victorino Martinez de Tineo 1767 1769 Ambrosio de Benavides Medina 1769 1776 Presidentes de la Audiencia pretorial de Charcas Editar La nominal provincia de Charcas con sus corregimientos y su real audiencia homonima la cual se convertia en pretorial en 1776 paso a depender directamente del incipiente Virreinato del Rio de la Plata Ambrosio de Benavides continua como presidente pretorial 1776 1777 Agustin Fernando de Pinedo 1777 1780 Ignacio Flores 1781 1782 Presidentes gobernadores de la intendencia de Chuquisaca Editar Desde 1782 la Audiencia de Charcas adquirio funciones gubernamentales al crearse el cargo de gobernador intendente de Chuquisaca pero perdio la jurisdiccion de varios territorios rioplatenses que se subordinaban a la recien creada Real Audiencia de Buenos Aires que recien seria instalada en 1785 Ignacio Flores continua como presidente gobernador 1782 1785 Vicente de Galvez y Valenzuela 1786 1790 Joaquin del Pino y Rosas Romero Negrete 1790 1797 Ramon Garcia de Leon y Pizarro 1797 12 de julio de 1809 Vicente Nieto 30 de septiembre de 1809 13 de noviembre de 1810 Jose Pascual de Vivero y Salaverria 1816 1818 Rafael Maroto e Ysern 1818 1824 Pedro Antonio de Olaneta 1824 1825 Antonio Vigil 1825 Vease tambien EditarVirreinato del Peru Virreinato del Rio de la PlataNotas y referencias Editar Carta de los oidores de La Plata al rey 22 de octubre de 1561 Archivo de Indias Est 74 Caj 4 Leg 1 Real provision del 29 de agosto de 1563 Archivo de Indias Est 120 Caj 4 Leg 4 Historia colonial del Paraguay y Rio de la Plata Autor Cecilio Baez Publicado por C Schauman Editor 1926 Real cedula del 30 de noviembre de 1568 Archivo de Indias Est 109 Caj 7 Leg 14 Real provision del 26 de mayo de 1573 Archivo de Indias Est 109 Caj 7 Leg 14 20 Recopilacion de las Leyes de Indias 1680 Titulo Quince De las Audiencias y Chancillerias Reales de las Indias 1 Enrique Gandia 1935 La anexion de Santa Cruz a la Republica de Bolivia Historia de Santa Cruz de la Sierra una nueva republica en Sud America Buenos Aires Talleres graficos argentinos de L J Rosso Doblas 2 Antecedentes Coloniales Por Jose Luis Soberanes Fernandez Pag 33 Miguel LUQUE TALAVAN 1999 La Intendencia de Puno de circunscripcion colonial a departamento de la Republica del Peru 1784 1824 Revista Complutense de Historia de America Universidad Complutense de Madrid ISSN 1132 8312 3 Levantamiento de Chuquisaca 1809 Emilio Bidondo Gobierno de Salta Ultimos dias coloniales en el Alto Peru Documentos ineditos de 1808 y 1809 Pag 339 Autor Gabriel Rene Moreno Editor Imprenta litografia i encuadernacion Barcelona 1901 Historia de Espana en sus documentos siglo XIX Volumen 5 pag 80 Historia Serie Mayo Series Historia Catedra Serie mayor Autor Fernando Diaz Plaja Editor Fernando Diaz Plaja Compilado por Fernando Diaz Plaja Editor Catedra 1983 ISBN 8437603900 9788437603902 Documentos para la historia argentina Volumenes 39 41 pag 182 Autor Universidad de Buenos Aires Instituto de Investigaciones Historicas Publicado en 1965 Historia de Juan Martin de Pueyrredon Pag 130 Autor Julio Cesar Raffo de la Reta Editor Espasa Calpe Argentina 1948 La Asamblea del Ano XIII y la organizacion judicial El Reglamento de Administracion de Justicia de 6 de septiembre de 1813 Por Roberto Daniel NunezEnlaces externos EditarLanic UTexas edu intendencias y division de la Real Audiencia de Charcas en la Universidad de Texas Datos Q1432160 Esta pagina contiene de forma consciente fallos ortograficos los bots no deben intentar corregirlos Obtenido de https es wikipedia org w index php title Real Audiencia de Charcas amp oldid 137686535, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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