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Palín (municipio)

Palín (del poqomam «Pa'laq ha'» que significa «agua en calma, o quieta» ) es un municipio industrial[4]​ del departamento de Escuintla, en Guatemala. Fue elevado a la categoría de municipio el 16 de octubre de 1836.

Municipio

Condominios en Palín a un costado de la Autopista Palín-Escuintla.
Palín
Localización de en Guatemala
Palín
Localización de en Escuintla

Mapa interactivo de la Ciudad.
Coordenadas 14°24′14″N 90°41′55″O / 14.403888888889, -90.698611111111
Idioma oficial Español[1]
 • Otros idiomas Poqomam.
Entidad Municipio
 • País  Guatemala
 • Departamento  Escuintla
Alcalde (2020-2024) José Ricardo Quezada[2]
Fundación
Admisión
1535[a]
Superficie  
 • Total 88 km²
Altitud  
 • Media 1150 m s. n. m.
Clima Tropical de Sabana (Aw)
Población (2002)  
 • Total 62127 hab.[3]
 • Densidad 705,99 hab/km²
Gentilicio palineco/a
Huso horario UTC−6
Código postal 05011
Prefijo telefónico 502
Patrono(a) Cristóbal de Licia
Sitio web oficial
Miembro de: Asociación Nacional de Municipalidades de Guatemala

Palín es un municipio de múltiples costumbres y tradiciones, y su principal característica es su ceiba. Su fiesta titular es el 30 de julio en honor a San Cristóbal.

Palín se encuentra a 40 km de la Ciudad de Guatemala y de acuerdo al censo de 2002, la población tenía más de 62,000 habitantes. Muchos de los pobladores provienen de municipios cercanos como Escuintla (del departamento homónimo), Santa María de Jesús (del departamento de Sacatepéquez), Amatitlán, Villa Nueva y Guatemala (del departamento de Guatemala) que han emigrado por la sobrepoblación que existe en estos últimos.[3]

Geografía física

Clima

En Palín tiene clima tropical, y de acuerdo con la Clasificación de Köppen, predomina el Clima Tropical de Sabana (Aw). Sus precipitaciones son aproximadamente de 1700 mm anuales, sin embargo, sus precipitaciones son constantes en la mayor parte del año, aunque no son tan comunes en los meses de noviembre a abril.

   Parámetros climáticos promedio de Palin  
Mes Ene. Feb. Mar. Abr. May. Jun. Jul. Ago. Sep. Oct. Nov. Dic. Anual
Temp. máx. media (°C) 26.4 27.0 28.1 28.0 27.5 26.1 26.4 26.5 25.8 25.8 25.9 25.9 26.6
Temp. media (°C) 20.7 21.0 22.0 22.4 22.3 21.7 21.7 21.7 21.3 21.1 20.8 20.5 21.4
Temp. mín. media (°C) 15.0 15.1 15.9 16.8 17.2 17.4 17.1 17.0 16.9 16.5 15.8 15.1 16.3
Precipitación total (mm) 2 5 10 40 159 327 249 247 329 196 32 7 1603
Fuente: Climate-Data.org[5]

Ubicación geográfica

Palín se encuentra en el departamento de Escuintla, y sus colidancias son:

Norte: Villa Canales
Oeste: Escuintla   Este: San Vicente Pacaya[6]
Suroeste: Escuintla Sur: Escuintla
San Vicente Pacaya
Sureste: San Vicente Pacaya[6]


Gobierno municipal

Los municipios se encuentran regulados en diversas leyes de la República, que establecen su forma de organización, lo relativo a la conformación de sus órganos administrativos y los tributos destinados para los mismos. Aunque se trata de entidades autónomas, se encuentran sujetas a la legislación nacional. Las principales leyes que rigen a los municipios en Guatemala desde 1985 son:

Principales leyes que rigen a los municipios de Guatemala
N.º Ley Descripción
1 Constitución Política de la República de Guatemala Tiene una regulación legal específica para los municipios en los artículos 253 al 262.
2 Ley Electoral y de Partidos Políticos Ley de carácter constitucional aplicable a los municipios en el tema de la conformación de sus autoridades electas.
3 Código Municipal Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala. Tiene la categoría de ley ordinaria y contiene preceptos generales aplicables a todos los municipios, e inclusive contiene legislación referente a la creación de los municipios.
4 Ley de Servicio Municipal Decreto 1-87 del Congreso de la República de Guatemala. Regula las relaciones entra la municipalidad y los servidores públicos en materia laboral. Tiene su base constitucional en el artículo 262 de la constitución que ordena la emisión de la misma.
5 Ley General de Descentralización Decreto 14-2002 del Congreso de la República de Guatemala. Regula el deber constitucional del Estado, y por ende del municipio, de promover y aplicar la descentralización y desconcentración económica y administrativa.

El gobierno de los municipios de Guatemala está a cargo de un Concejo Municipal[1]​ mientras que el código municipal —que tiene carácter de ley ordinaria y contiene disposiciones que se aplican a todos los municipios de Guatemala— establece que «el concejo municipal es el órgano colegiado superior de deliberación y de decisión de los asuntos municipales […] y tiene su sede en la circunscripción de la cabecera municipal». Por último, el artículo 33 del mencionado código establece que «[le] corresponde con exclusividad al concejo municipal el ejercicio del gobierno del municipio».[7]

El concejo municipal se integra con el alcalde, los síndicos y concejales, electos directamente por sufragio universal y secreto para un período de cuatro años, pudiendo ser reelectos.[1][7]

Historia

Fundación de la encomienda

 
Códice Kingsborough: un encomendero abusa de un indígena. Copia del italiano Agostino Aglio 1825-1826, para Lord Kingsborough.

Después de la conquista del altiplano guatemalteco en 1524, se inició la etapa de fundación de encomiendas, para lo que se aglutinaban a las personas que acompañaban a los españoles con encomiendas o a algunas poblaciones dispersas que habían huido de la ocupación.[8]​ En algunas ocasiones se aglutinaban a personas hablantes de un mismo idioma o simplemente eran traídos de otros lugares para formar los nuevos poblados. Las fundaciones fueron ordenadas en 1538 a instancias del Obispo Francisco Marroquín por cédula que tuvo que reiterarse en 1541. El Oidor Juan Rogel Vásquez fue enviado por la Audiencia para hacer realidad la fundación de pueblos, encomendando éste a los religiosos de las órdenes regulares conocedores de los idiomas indígenas para dirigir la reducción, centrando su atención en las cabeceras de los señoríos.

Las encomiendas no solamente organizaban a la población indígena como mano de obra forzada sino que era una manera de recompensar a aquellos españoles que se habían distinguido por sus servicios y de asegurar el establecimiento de una población española en las tierras recién descubiertas y conquistadas. También servían como centro de culturización y de evangelización obligatoria pues los indígenas eran reagrupados por los encomenderos en pueblos llamados «Doctrinas», donde debían trabajar y recibir la enseñanza de la doctrina cristiana a cargo de religiosos de las órdenes regulares, y encargarse también de la manutención de los frailes.[9][10]

Por su parte, los frailes dirigían toda la operación de la fundación de un poblado, incluyendo el diseño de calles, templos, escuelas, casas consistoriales, y el cabildo.[8]​ El mecanismo que seguían los religiosos era que, en compañía de los caciques conquistado, ubicaban el antiguo o nuevo lugar -preferiblemente en valles-, luego los indígenas sembraban las milpas, y luego se diseñaban las calles bajo el sistema de cuadrícula partiendo de la cruz mojonera situada al centro de la plaza; las manzanas tenían cien varas por lado, las calles entre diez a ocho varas de ancho, con dirección hacia los puntos cardinales con leve desviación del norte magnético. Cada manzana albergaba a varias familias con tierras para sus cultivos, hornos, temascal y animales domésticos, dejando en el centro el lugar para edificar el templo con la fachada hacia el este, la casa de cabildo, escuelas y mercados.[8]

En la tradición oral de Palín se refiere que la fundación de la encomienda local habría ocurrido el 30 de julio de 1535, día de San Cristóbal bajo cuya protección fue puesto el poblado: «Cuenta que cuando vinieron las personas a este pueblo hubo mucha fiesta, venían con tambores, se hubicarón donde hoy es el mercado y sembraron ese día la Ceiba que hoy está frente a la iglesia. A cada persona le dieron sus terrenos, los Cojones en San Lucas, los López en San José, los Pirique en San Pedro y los Rancho en San Antonio».[8]

Por otra parte, documentos encontrados en el Archivo General de Centro América en la Ciudad de Guatemala sobre Mercedes y Ordenanzas describen el nombramiento como encomendero de San Cristóbal Amatitlán al señor Francisco Lobos de Vargas en 1594; Lobos de Vargas era un conquistador que estaba casado con una hermana de Diego de Paz Molina quien era el encargado original de la encomienda del lugar, y quien había fallecido.[8]

Extravío del título original de Palín

La tradición oral también refiere que existía un título del pueblo en manos de los principales, el cual señalaba los mojones antiguos; sin embargo, al parecer un presidente se llevó los papeles de todos los pueblos, y como no existía copia, se perdió.[8]​ De los documentos encontrados posteriormente ninguno indica la fecha exacta de la fundación de Palín.[8]

La copia del título N.º 158 de fundación de San Cristóbal Palín y San Pedro Mártir del Valle, de fecha febrero de 1751 indica que habiéndose extraviado en Amatitlán el documento original de fundación, se hizo necesario realizar una nueva copia y remedición de las tierras.[8]​ La copia del título N.°158 dice textualmente:

Juan Antonio del Bosque, Juez Subdelegado de tierras, los testigos de asistencia Manuel Gonzáles y Miguel Cirilo peritos nombrados, Josef de Anís, defensor; Antonio Cirilo de la Concha, Diego García y Manuel Caracas, además: Cristóbal Sol, Alcalde de Primero Voto; Bernabé Supe, Alcalde y Escribano; Juan Son, Gaspar Chacón, Nicolás Marqués, Gaspar Saguache, Agustín Saguache, Agustín Quispal, Matías Antonio y otros naturales y principales de este pueblo.

Adjudícase a los naturales de San Cristóbal Palín y San Pedro Mártir del Valle de esta ciudad de las doscientas ocho caballerías de tierra contenidas en estos autos, setenta y dos para sus ejidos, labranzas y siembras que hacen dos leguas en cuadro de a cinco mil varas castellanas que se compone cada legua de treinta y seis caballerías y cada caballería de veintidós cuerdas, treinta y seis varas y media de largo y su mitad de ancho, habiendo componer con su Majestad dichos naturales de las ciento treinta y seis caballerías restantes a razón de siete tostones por cada caballería que es le mitad de su verdadero precio. Ordeno y mando al Alcalde Mayor de dichas tierras, para sus montes, aguas pastos, nacederos, de ellas ni parte alguna pueda ser desprendido sin antes ser primero oídos por fuero y derecho vencidos. Y así se guarde y cumpla sin hacer en contrario con ningún pretexto.
16 de marzo de 1793.

—Francisco Robledo,
por mandato de su señoría, Ignacio Guerra.
Es copia de su original.»[8]

Tras la Independencia de Centroamérica

La constitución del Estado de Guatemala promulgada el 11 de octubre de 1825 estableció los circuitos para la administración de justicia en el territorio del Estado y menciona que el poblado de Palín era parte del Circuito Escuintla en el Distrito N.º 2 del mismo nombre, junto con Escuintla, San Pedro Mártir, Chahuite, Masagua, Guanagazapa, los dos Mixtanes, Don García, Tecuaco, La Gomera, Chipilapa, Siquinalá y Cotzumalguapa.[11]

Fundación del municipio

 
Ceiba de Palín alrededor de 1900.

Tras la Independencia de Centroamérica y durante el gobierno de Mariano Rivera Paz, por decreto del 6 de noviembre de 1839, Palín formó un distrito independiente junto con Amatitlán y Villa Nueva para su gobierno político.[8][b]​ El distrito cambió su nombre y categoría a departamento, pasando a ser el departamento de Amatitlán conforme acuerdo del Ejecutivo del 8 de mayo de 1866 del gobierno del mariscal Vicente Cerna y Cerna.[8]​ Finalmente, el departamento de Amatitlán fue suprimido por decreto legislativo 2081 del 29 de abril e 1935 durante el gobierno del general Jorge Ubico y Palín pasó a la jurisdicción del departamento de Escuintla.[8][c]

En el cine

La ceiba centenaria de Palín fue la locación de la escena de la película La gitana y el charro (1963), quizá mejor comedia del productor guatemalteco Manuel Zeceña Diéguez, que se inicia con la canción El dicharachero entre un charro terrateniente (Antonio Aguilar) y la lideresa de un grupo de gitanos (Lola Flores).[12]

Véase también

Notas y referencias

  1. Según la tradición oral Palín fue fundado por los españoles en el año 1535, y en documentos escritos no consta la fecha exacta de este acontecimiento. Sin embargo existe un título datado en 1751, que se hace referencia al extravío del documento original de fundación de San Cristóbal Palín, que durante los primeros años de la colonia se le conoció como San Cristóbal Amatitlán, y pertenecía a la región de Amatitlán y ésta a Sacatepéquez.
  2. El decreto del 6 de noviembre de 1839 textualmente dice: «La ciudad de Amatitlán, San Cristóbal Palín, Villa Nueva, San Miguel y Santa Inés Petapa y todos los lugares anexos a estas poblaciones compondrán un distrito independiente para el gobierno político y será a cargo de un teniente corregidor, que ejercerá sus funciones con arreglo a la ley de 2 de octubre de este año y gozará la dotación de mil pesos anuales. 2do. en el mismo distrito se establecerá un Juez de primera instancia para la administración de Justicia.»[8]
  3. El decreto legislativo 2081 textualmente dice: «Considerando que es conveniente para los intereses del país la supresión del departamento de Amatitlán por tanto decreta:
    Articulo 1.°: Se suprime el departamento de Amatitlán
    Artículo 2.°: Los municipios de Amatitlán, Villa Nueva, San Miguel Petapa y Villa Canales quedan incorporados al de Guatemala y los de Palín y San Vicente Pacaya al de Escuintla.
    Artículo 3.°: El Ejecutivo dictará las medidas del caso para el cumplimiento, del presente decreto que entrara en vigor el 1ro. de julio del corriente año».[8]

Referencias

  1. Asamblea Constituyente, 1985
  2. Municipalidades de Guatemala, 10 de septiembre de 2015
  3. Instituto Nacional de Estadística (INE), 2002
  4. Municipalidad de Palín (diciembre de 2010). «PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL DE PALÍN, DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA». Consultado el 12 de julio de 2020. 
  5. «Climate: Palin». Climate-Data.org (en inglés). Consultado el 21 de septiembre de 2015. 
  6. SEGEPLAN, s.f.
  7. Congreso de Guatemala, 2012
  8. Municipalidad de Palín, 2007
  9. García de Valdeavellano, 1992.
  10. Arranz Márquez, 1991.
  11. Pineda de Mont, 1869, p. 467.
  12. Barillas, 2013.

Bibliografía

  • Arranz Márquez, Luis A. (1991). «El Repartimiento de Alburquerque de 1514». En Arranz Márquez, Luis, ed. Repartimientos y encomiendas en la Isla Española. Madrid. ISBN 9788460402381. 
  • Asamblea Constituyente (1985). . Guatemala: Gobierno de Guatemala. Archivado desde el original el 2 de febrero de 2016. 
  • Barillas, Edgar (2013). . Revista Historia de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Guatemala. Archivado desde el original el 22 de octubre de 2015. Consultado el 22 de octubre de 2015. 
  • Belaubre, Christopohe (2001). . Mesoamérica 41. Archivado desde el original el 21 de enero de 2015. 
  • Congreso de Guatemala (2012). . Guatemala: Gobierno de Guatemala. Archivado desde el original el 7 de agosto de 2015. 
  • Fuentes y Guzmán, Francisco Antonio de (1883) [1690]. Zaragoza, Justo; Navarro, Luis, ed. Recordación Florida. Discurso historial y demostración natural, material, militar y política del Reyno de Guatemala II. Madrid, España: Central. 
  • García de Valdeavellano, Luis (1992). Curso de historia de las Instituciones españolas (4.ª edición). Madrid: Alianza. ISBN 9788420680538. 
  • Instituto Nacional de Estadística (INE) (2002). . Ine.gob.gt. Guatemala. Archivado desde el original el 24 de agosto de 2008. Consultado el 2008. 
  • Juarros, Domingo (1818). Compendio de la historia de la Ciudad de Guatemala. Guatemala: Ignacio Beteta. 
  • Municipalidad de Palín (2007). . Municipalidad de Palín. Archivado desde el original el 9 de diciembre de 2007. Consultado el 15 de julio de 2015. 
  • Municipalidades de Guatemala (10 de septiembre de 2015). . Municipalidades de Guatemala. Guatemala. Archivado desde el original el 7 de octubre de 2015. Consultado el 7 de octubre de 2015. 
  • SEGEPLAN (s.f.). . Secretaría General de Planificación y Programación de la Presidencia de la República. Guatemala. Archivado desde el original el 13 de julio de 2015. Consultado el 13 de julio de 2015. 
  • van Oss, Adriaan C. (1986). Catholic Colonialism: A Parish History of Guatemala, 1524-1821 (en inglés). Cambridge, Inglaterra: Cambridge University Press. 

Enlaces externos

  • Web Oficial de La Municipalidad de Palín, Escuintla
  • Sitio web sobre la cultura y el arte de Palín, Escuintla
  • El dicharachero en YouTube.


  •   Datos: Q523244
  •   Multimedia: Palín, Escuintla

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Palin del poqomam Pa laq ha que significa agua en calma o quieta es un municipio industrial 4 del departamento de Escuintla en Guatemala Fue elevado a la categoria de municipio el 16 de octubre de 1836 MunicipioCondominios en Palin a un costado de la Autopista Palin Escuintla PalinLocalizacion de en GuatemalaPalinLocalizacion de en EscuintlaMapa interactivo de la Ciudad Coordenadas14 24 14 N 90 41 55 O 14 403888888889 90 698611111111Idioma oficialEspanol 1 Otros idiomasPoqomam EntidadMunicipio Pais Guatemala Departamento EscuintlaAlcalde 2020 2024 Jose Ricardo Quezada 2 FundacionAdmision1535 a Superficie Total88 km Altitud Media1150 m s n m ClimaTropical de Sabana Aw Poblacion 2002 Total62127 hab 3 Densidad705 99 hab km Gentiliciopalineco aHuso horarioUTC 6Codigo postal05011Prefijo telefonico502Patrono a Cristobal de LiciaSitio web oficialMiembro de Asociacion Nacional de Municipalidades de Guatemala editar datos en Wikidata Palin es un municipio de multiples costumbres y tradiciones y su principal caracteristica es su ceiba Su fiesta titular es el 30 de julio en honor a San Cristobal Palin se encuentra a 40 km de la Ciudad de Guatemala y de acuerdo al censo de 2002 la poblacion tenia mas de 62 000 habitantes Muchos de los pobladores provienen de municipios cercanos como Escuintla del departamento homonimo Santa Maria de Jesus del departamento de Sacatepequez Amatitlan Villa Nueva y Guatemala del departamento de Guatemala que han emigrado por la sobrepoblacion que existe en estos ultimos 3 Indice 1 Geografia fisica 1 1 Clima 1 2 Ubicacion geografica 2 Gobierno municipal 3 Historia 3 1 Fundacion de la encomienda 3 2 Extravio del titulo original de Palin 3 3 Tras la Independencia de Centroamerica 3 4 Fundacion del municipio 4 En el cine 5 Vease tambien 6 Notas y referencias 6 1 Referencias 6 2 Bibliografia 7 Enlaces externosGeografia fisica EditarClima Editar En Palin tiene clima tropical y de acuerdo con la Clasificacion de Koppen predomina el Clima Tropical de Sabana Aw Sus precipitaciones son aproximadamente de 1700 mm anuales sin embargo sus precipitaciones son constantes en la mayor parte del ano aunque no son tan comunes en los meses de noviembre a abril Parametros climaticos promedio de Palin Mes Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Dic AnualTemp max media C 26 4 27 0 28 1 28 0 27 5 26 1 26 4 26 5 25 8 25 8 25 9 25 9 26 6Temp media C 20 7 21 0 22 0 22 4 22 3 21 7 21 7 21 7 21 3 21 1 20 8 20 5 21 4Temp min media C 15 0 15 1 15 9 16 8 17 2 17 4 17 1 17 0 16 9 16 5 15 8 15 1 16 3Precipitacion total mm 2 5 10 40 159 327 249 247 329 196 32 7 1603Fuente Climate Data org 5 Ubicacion geografica Editar Palin se encuentra en el departamento de Escuintla y sus colidancias son Norte Villa Canales municipio del departamento de Guatemala Sur Escuintla y San Vicente Pacaya municipios del departamento de Escuintla Este y sureste San Vicente Pacaya municipio del departamento de Escuintla 6 Oeste y suroeste Escuintla municipio del departamento homonimo 6 Norte Villa CanalesOeste Escuintla Este San Vicente Pacaya 6 Suroeste Escuintla Sur EscuintlaSan Vicente Pacaya Sureste San Vicente Pacaya 6 Gobierno municipal EditarArticulo principal Municipios de Guatemala Los municipios se encuentran regulados en diversas leyes de la Republica que establecen su forma de organizacion lo relativo a la conformacion de sus organos administrativos y los tributos destinados para los mismos Aunque se trata de entidades autonomas se encuentran sujetas a la legislacion nacional Las principales leyes que rigen a los municipios en Guatemala desde 1985 son Principales leyes que rigen a los municipios de Guatemala N º Ley Descripcion1 Constitucion Politica de la Republica de Guatemala Tiene una regulacion legal especifica para los municipios en los articulos 253 al 262 2 Ley Electoral y de Partidos Politicos Ley de caracter constitucional aplicable a los municipios en el tema de la conformacion de sus autoridades electas 3 Codigo Municipal Decreto 12 2002 del Congreso de la Republica de Guatemala Tiene la categoria de ley ordinaria y contiene preceptos generales aplicables a todos los municipios e inclusive contiene legislacion referente a la creacion de los municipios 4 Ley de Servicio Municipal Decreto 1 87 del Congreso de la Republica de Guatemala Regula las relaciones entra la municipalidad y los servidores publicos en materia laboral Tiene su base constitucional en el articulo 262 de la constitucion que ordena la emision de la misma 5 Ley General de Descentralizacion Decreto 14 2002 del Congreso de la Republica de Guatemala Regula el deber constitucional del Estado y por ende del municipio de promover y aplicar la descentralizacion y desconcentracion economica y administrativa El gobierno de los municipios de Guatemala esta a cargo de un Concejo Municipal 1 mientras que el codigo municipal que tiene caracter de ley ordinaria y contiene disposiciones que se aplican a todos los municipios de Guatemala establece que el concejo municipal es el organo colegiado superior de deliberacion y de decision de los asuntos municipales y tiene su sede en la circunscripcion de la cabecera municipal Por ultimo el articulo 33 del mencionado codigo establece que le corresponde con exclusividad al concejo municipal el ejercicio del gobierno del municipio 7 El concejo municipal se integra con el alcalde los sindicos y concejales electos directamente por sufragio universal y secreto para un periodo de cuatro anos pudiendo ser reelectos 1 7 Historia EditarArticulo principal Historia de Guatemala Fundacion de la encomienda Editar Vease tambien Encomienda Codice Kingsborough un encomendero abusa de un indigena Copia del italiano Agostino Aglio 1825 1826 para Lord Kingsborough Despues de la conquista del altiplano guatemalteco en 1524 se inicio la etapa de fundacion de encomiendas para lo que se aglutinaban a las personas que acompanaban a los espanoles con encomiendas o a algunas poblaciones dispersas que habian huido de la ocupacion 8 En algunas ocasiones se aglutinaban a personas hablantes de un mismo idioma o simplemente eran traidos de otros lugares para formar los nuevos poblados Las fundaciones fueron ordenadas en 1538 a instancias del Obispo Francisco Marroquin por cedula que tuvo que reiterarse en 1541 El Oidor Juan Rogel Vasquez fue enviado por la Audiencia para hacer realidad la fundacion de pueblos encomendando este a los religiosos de las ordenes regulares conocedores de los idiomas indigenas para dirigir la reduccion centrando su atencion en las cabeceras de los senorios Las encomiendas no solamente organizaban a la poblacion indigena como mano de obra forzada sino que era una manera de recompensar a aquellos espanoles que se habian distinguido por sus servicios y de asegurar el establecimiento de una poblacion espanola en las tierras recien descubiertas y conquistadas Tambien servian como centro de culturizacion y de evangelizacion obligatoria pues los indigenas eran reagrupados por los encomenderos en pueblos llamados Doctrinas donde debian trabajar y recibir la ensenanza de la doctrina cristiana a cargo de religiosos de las ordenes regulares y encargarse tambien de la manutencion de los frailes 9 10 Por su parte los frailes dirigian toda la operacion de la fundacion de un poblado incluyendo el diseno de calles templos escuelas casas consistoriales y el cabildo 8 El mecanismo que seguian los religiosos era que en compania de los caciques conquistado ubicaban el antiguo o nuevo lugar preferiblemente en valles luego los indigenas sembraban las milpas y luego se disenaban las calles bajo el sistema de cuadricula partiendo de la cruz mojonera situada al centro de la plaza las manzanas tenian cien varas por lado las calles entre diez a ocho varas de ancho con direccion hacia los puntos cardinales con leve desviacion del norte magnetico Cada manzana albergaba a varias familias con tierras para sus cultivos hornos temascal y animales domesticos dejando en el centro el lugar para edificar el templo con la fachada hacia el este la casa de cabildo escuelas y mercados 8 En la tradicion oral de Palin se refiere que la fundacion de la encomienda local habria ocurrido el 30 de julio de 1535 dia de San Cristobal bajo cuya proteccion fue puesto el poblado Cuenta que cuando vinieron las personas a este pueblo hubo mucha fiesta venian con tambores se hubicaron donde hoy es el mercado y sembraron ese dia la Ceiba que hoy esta frente a la iglesia A cada persona le dieron sus terrenos los Cojones en San Lucas los Lopez en San Jose los Pirique en San Pedro y los Rancho en San Antonio 8 Por otra parte documentos encontrados en el Archivo General de Centro America en la Ciudad de Guatemala sobre Mercedes y Ordenanzas describen el nombramiento como encomendero de San Cristobal Amatitlan al senor Francisco Lobos de Vargas en 1594 Lobos de Vargas era un conquistador que estaba casado con una hermana de Diego de Paz Molina quien era el encargado original de la encomienda del lugar y quien habia fallecido 8 Extravio del titulo original de Palin Editar La tradicion oral tambien refiere que existia un titulo del pueblo en manos de los principales el cual senalaba los mojones antiguos sin embargo al parecer un presidente se llevo los papeles de todos los pueblos y como no existia copia se perdio 8 De los documentos encontrados posteriormente ninguno indica la fecha exacta de la fundacion de Palin 8 La copia del titulo N º 158 de fundacion de San Cristobal Palin y San Pedro Martir del Valle de fecha febrero de 1751 indica que habiendose extraviado en Amatitlan el documento original de fundacion se hizo necesario realizar una nueva copia y remedicion de las tierras 8 La copia del titulo N 158 dice textualmente Juan Antonio del Bosque Juez Subdelegado de tierras los testigos de asistencia Manuel Gonzales y Miguel Cirilo peritos nombrados Josef de Anis defensor Antonio Cirilo de la Concha Diego Garcia y Manuel Caracas ademas Cristobal Sol Alcalde de Primero Voto Bernabe Supe Alcalde y Escribano Juan Son Gaspar Chacon Nicolas Marques Gaspar Saguache Agustin Saguache Agustin Quispal Matias Antonio y otros naturales y principales de este pueblo Adjudicase a los naturales de San Cristobal Palin y San Pedro Martir del Valle de esta ciudad de las doscientas ocho caballerias de tierra contenidas en estos autos setenta y dos para sus ejidos labranzas y siembras que hacen dos leguas en cuadro de a cinco mil varas castellanas que se compone cada legua de treinta y seis caballerias y cada caballeria de veintidos cuerdas treinta y seis varas y media de largo y su mitad de ancho habiendo componer con su Majestad dichos naturales de las ciento treinta y seis caballerias restantes a razon de siete tostones por cada caballeria que es le mitad de su verdadero precio Ordeno y mando al Alcalde Mayor de dichas tierras para sus montes aguas pastos nacederos de ellas ni parte alguna pueda ser desprendido sin antes ser primero oidos por fuero y derecho vencidos Y asi se guarde y cumpla sin hacer en contrario con ningun pretexto 16 de marzo de 1793 Francisco Robledo por mandato de su senoria Ignacio Guerra Es copia de su original 8 Tras la Independencia de Centroamerica Editar Articulo principal Independencia de Centroamerica La constitucion del Estado de Guatemala promulgada el 11 de octubre de 1825 establecio los circuitos para la administracion de justicia en el territorio del Estado y menciona que el poblado de Palin era parte del Circuito Escuintla en el Distrito N º 2 del mismo nombre junto con Escuintla San Pedro Martir Chahuite Masagua Guanagazapa los dos Mixtanes Don Garcia Tecuaco La Gomera Chipilapa Siquinala y Cotzumalguapa 11 Fundacion del municipio Editar Articulo principal Mariano Rivera Paz Ceiba de Palin alrededor de 1900 Tras la Independencia de Centroamerica y durante el gobierno de Mariano Rivera Paz por decreto del 6 de noviembre de 1839 Palin formo un distrito independiente junto con Amatitlan y Villa Nueva para su gobierno politico 8 b El distrito cambio su nombre y categoria a departamento pasando a ser el departamento de Amatitlan conforme acuerdo del Ejecutivo del 8 de mayo de 1866 del gobierno del mariscal Vicente Cerna y Cerna 8 Finalmente el departamento de Amatitlan fue suprimido por decreto legislativo 2081 del 29 de abril e 1935 durante el gobierno del general Jorge Ubico y Palin paso a la jurisdiccion del departamento de Escuintla 8 c En el cine EditarVease tambien Manuel Zecena Dieguez La ceiba centenaria de Palin fue la locacion de la escena de la pelicula La gitana y el charro 1963 quiza mejor comedia del productor guatemalteco Manuel Zecena Dieguez que se inicia con la cancion El dicharachero entre un charro terrateniente Antonio Aguilar y la lideresa de un grupo de gitanos Lola Flores 12 Vease tambien Editar Portal Guatemala Contenido relacionado con Geografia Iglesia catolica en Guatemala Elecciones municipales de Guatemala de 2015 Encomienda Encomendero Escuintla Historia Territorial de Guatemala Organizacion territorial de GuatemalaNotas y referencias Editar Segun la tradicion oral Palin fue fundado por los espanoles en el ano 1535 y en documentos escritos no consta la fecha exacta de este acontecimiento Sin embargo existe un titulo datado en 1751 que se hace referencia al extravio del documento original de fundacion de San Cristobal Palin que durante los primeros anos de la colonia se le conocio como San Cristobal Amatitlan y pertenecia a la region de Amatitlan y esta a Sacatepequez El decreto del 6 de noviembre de 1839 textualmente dice La ciudad de Amatitlan San Cristobal Palin Villa Nueva San Miguel y Santa Ines Petapa y todos los lugares anexos a estas poblaciones compondran un distrito independiente para el gobierno politico y sera a cargo de un teniente corregidor que ejercera sus funciones con arreglo a la ley de 2 de octubre de este ano y gozara la dotacion de mil pesos anuales 2do en el mismo distrito se establecera un Juez de primera instancia para la administracion de Justicia 8 El decreto legislativo 2081 textualmente dice Considerando que es conveniente para los intereses del pais la supresion del departamento de Amatitlan por tanto decreta Articulo 1 Se suprime el departamento de Amatitlan Articulo 2 Los municipios de Amatitlan Villa Nueva San Miguel Petapa y Villa Canales quedan incorporados al de Guatemala y los de Palin y San Vicente Pacaya al de Escuintla Articulo 3 El Ejecutivo dictara las medidas del caso para el cumplimiento del presente decreto que entrara en vigor el 1ro de julio del corriente ano 8 Referencias Editar a b c Asamblea Constituyente 1985 Municipalidades de Guatemala 10 de septiembre de 2015 a b Instituto Nacional de Estadistica INE 2002 Municipalidad de Palin diciembre de 2010 PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL DE PALIN DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA Consultado el 12 de julio de 2020 Climate Palin Climate Data org en ingles Consultado el 21 de septiembre de 2015 a b c d SEGEPLAN s f a b Congreso de Guatemala 2012 a b c d e f g h i 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