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Junta de gobierno

Una Junta es un tipo de institución característica de la administración de la Monarquía Hispánica del Antiguo Régimen, y que se siguió aplicando a otras de la Administración en la España de la Edad Contemporánea que tuvieron un relevante papel en la Independencia de la América Hispana.

Aunque su origen es medieval, desde los Reyes Católicos su importancia irá en aumento, siendo el reinado de Felipe II el que más proliferación constata. Su importancia en la administración es inversamente proporcional a la de los Consejos y los Validos, de forma que ante situaciones de debilidad de estos la importancia del gobierno mediante juntas irá creciendo paulatinamente.

  • Juntas Extraordinarias. convocadas de forma provisional, se reúnen por indicación del monarca para deliberar sobre un determinado tema y finalizada su misión se disuelven. En sus orígenes con los reyes Católicos dieron entrada a especialistas (teólogos o marinos) que se reunían con juristas para tratar ciertos temas (p. ej. las Juntas que debatieron sobre la viabilidad del proyecto colombino del viaje a América, o las juntas de Indias). Desde Felipe II solían estar formadas por consejeres de los diferentes consejos implicados en la resolución del problema para evitar la lentitud en el despacho.
  • Juntas Ordinarias. La reiteración de problemas y la necesidad de una tramitación rápida ocasionó la creación de una serie de tribunales al margen de los Consejos que funcionaban de forma continuada.[1]​ Estas Juntas Ordinarias en ocasiones tuvieron competencias judiciales como ocurrió con la Junta del Bureo o la Real Junta de Correos y Postas de España y de las Indias.[2]
  • Juntas de Gobierno. Por este nombre se conocen en la España de los Austrias unos órganos especiales por cuanto sin ser tribunales permenentes, auxiliaron al monarca con la gobernación del estado ocupándose de todas las materias del mismo. Por tanto las juntas de gobierno tienen a la vez características de las dos anteriores.[3]

Por Junta de Gobierno o Consejo Directivo se entiende que es la instancia encargada de la dirección colegial de una organización pública o privada. Está compuesta por un sinnúmero de personas, electas para tal fin por un periodo determinado. En su interior elige un Presidente de la Junta; en algunos casos ex oficio el cargo ya lo ostenta otra persona.

Juntas y consejos editar

Junta es el nombre que reciben varias comisiones “informales”, llevadas a cabo durante el periodo de Felipe II, se lleva a cabo a través de un personaje principal, el cardenal Diego de Espinosa, que trató los asuntos reales a través de ellas.

Supusieron un nuevo sistema de gobierno basado en las reuniones de especialistas en una materia para la adopción de resoluciones de esa misma materia en concreto, y representaron el triunfo de las relaciones personales sobre el sistema plural de los Consejos, ya que estaban convocadas a voluntad del rey o del “favorito” de turno (valido). Tras la muerte de Espinosa en 1572 las juntas dejaron de estar presididas por hombres letrados y especialistas en la materia, para paulatinamente ser sustituidos por nobles.

Es en esta nueva fórmula de gobierno donde radica la efectividad atribuida normalmente a Felipe II. En un principio se creó la Junta de Noche en 1585, posteriormente se formalizó la Junta de Gobierno en 1588, y finalmente se constituyó la Junta Grande.

Enmarcadas dentro del complejo polisinodial, en el que los Consejos, de vocación más permanente, eran la cúspide, las juntas atendían a un asunto particular que requería la coordinación de varios consejos, como una comisión monográfica o comité especial. Las relativas a la Hacienda recibían la calificación genérica de junta de medios. Una de ellas fue la Junta de Comercio y Moneda (1679). Hubo una Junta de Sanidad desde 1720 (con motivo de la peste de Marsella). Entre 1787 y 1792 funcionó una Junta Suprema de Estado.

Juntas de teólogos y juristas editar

También recibían el nombre de junta las reuniones de teólogos y juristas que debatían una cuestión concreta, con el fin de emitir un dictamen o asesorar la toma de decisiones complejas, siendo famosas las que debatieron cuestiones trascendentales para la colonización de América: la Junta de Burgos (1512) y la Junta de Valladolid (1550-1551); o la Junta de Valencia (1528, véase Pragmática de conversión forzosa) que justificó la política hacia los moriscos.

Instituciones locales editar

Como instituciones locales, existían juntas para los territorios del norte de la Corona de Castilla que, al pertenecer a demarcaciones administrativas mayores y con capitalidad externa a ellos, no tenían representación directa en las Cortes de Castilla: las Juntas Generales de las Provincias Vascongadas (Juntas Generales de Vizcaya, Juntas Generales de Guipúzcoa y Juntas Generales de Álava, que siguen existiendo en la organización del actual País Vasco), la Junta del Reino de Galicia y la Junta General del Principado de Asturias.

En Cantabria existieron, asimismo, distintas juntas correspondientes a las Asturias de Santillana, Liébana, Trasmiera y Campoo, comarcas que iniciaron un proceso de integración conjunta a lo largo del siglo XVIII hasta la conformación de la Provincia de Cantabria en 1778, en oposición de estas comarcas al control administrativo, fiscal o jurisdiccional de Burgos. El antecedente más importante se encuentra en la Provincia de los Nueve Valles de las Asturias de Santillana, constituida en 1589 tras el Pleito de los Nueve Valles.

La Real Junta Particular de Comercio de Barcelona, entre 1758 y 1847 funcionó como una institución económica de orden local.[4]

Juntas soberanas provisionales editar

El nombre de junta se empleó también para designar a una institución de gobierno provisional o de emergencia, resultado de una situación excepcional: durante la Guerra de las Comunidades en el bando sublevado se creó la Junta de Comunidades (en la configuración del actual estado autonómico se ha conservado en nombre en las comunidades de Castilla y León, Castilla-La Mancha y en el nombre institucional de la Junta de Extremadura).

En la Guerra de Independencia Española y la Independencia de la América Hispana, las instituciones de emergencia que se crearon con el nombre de juntas fueron muy abundantes: en la península múltiples juntas provinciales y una Junta Central o Junta Central Suprema que las coordinó; en la Argentina la Primera Junta y la Junta Grande; la Primera Junta Nacional de Gobierno de Chile; en México la Junta de Zitácuaro; en Perú la Junta gubernativa; en Venezuela la Junta Suprema de Caracas. Con posterioridad a la independencia, fue usual en los países hispanoamericanos recurrir a instituciones provisionales con el nombre de junta (particularmente Junta militar en golpes de estado).

En las colonias empezarán a formarse Juntas con carácter independentista que ya no reconocerán a la Junta Suprema. En lugar de actuar con diplomacia, Fernando VII opta por mandar el ejército. Primeramente se independizan Argentina y Paraguay. Más tarde lo harán Bolivia, Chile, Colombia, Perú, etc.

Juntas de gobierno revolucionarias en América editar

Fueron la primera organización del poder ejecutivo de carácter colegiado en la Independencia de la América Hispana. Se instalaron entre 1810 y 1830 en las capitales de virreinatos o capitanías, como juntas revolucionarias, para exigir la independencia de España, pero en general, siguiendo el modelo del liberalismo gaditano, conservado transitoriamente al monarca, sometido al gobierno y congreso de cada país independiente, lo que se ha venido a llamar la máscara de Fernando VII. Posteriormente, el establecimiento de repúblicas prescinde de la figura del rey.

Edad Contemporánea en España editar

Ya en la Edad Contemporánea en España, el nombre de junta se ha dado a muchas otras instituciones, como la Junta para Ampliación de Estudios (1907, precedente de la Residencia de Estudiantes y el CSIC).

Ajenas al gobierno, las Juntas de Defensa se crearon de forma asamblearia en el seno del ejército, descontento por el Desastre de 1898 y cuestiones corporativas, entre 1916 y 1922 y fueron uno de los principales protagonistas en la crisis de 1917.

Asimismo, existe una Junta de gobierno en algunos ayuntamientos. La Junta de Gobierno Local existe en todos los municipios con población de Derecho superior a 5000 habitantes y en los de menos, cuando así lo disponga su Reglamento orgánico y así lo acuerde el Pleno de la Corporación. Es un órgano colegiado que dirige la administración del Ayuntamiento, reuniéndose habitualmente una vez a la semana. Está compuesta por el alcalde y los Concejales designados y cesados libremente por el alcalde, con un número de concejales que no supere a un tercio del total legal de cada ayuntamiento.

Véase también editar

Notas editar

  1. Sánchez González, Dolores del Mar (1995). Las Juntas ordinarias. Tribunales permanentes en la Corte de los Austrias. Madrid: UNED. ISBN 84-362-3313-1. 
  2. Sánchez González, Dolores del Mr (2008). «La real junta de correos y postas de España y de las Indias (1776-1820)». Actas del XV Congreso del Instituto Internacional de Historia del Derecho Indiano:. Diputación de Córdoba. p. 1663-1686. ISBN 978-84-8154-260-8. 
  3. Sánchez González, Dolores del Mar (2012). «Las Juntas en la Edad Moderna ¿uso o abuso de la práctica consultiva?». Actas de la XI reunión cientÍfica de la Fundación Española de Historia Moderna. Universidad de Granada. p. 864-874. ISBN 978-84-338-5385-1. 
  4. Ruiz y Pablo, Ángel (1919) Historia de la Real Junta Particular de Comercio de Barcelona (1758-1847). Barcelona: Heinrich.
  •   Datos: Q239463

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Este articulo o seccion tiene referencias pero necesita mas para complementar su verificabilidad Este aviso fue puesto el 19 de enero de 2019 Una Junta es un tipo de institucion caracteristica de la administracion de la Monarquia Hispanica del Antiguo Regimen y que se siguio aplicando a otras de la Administracion en la Espana de la Edad Contemporanea que tuvieron un relevante papel en la Independencia de la America Hispana Aunque su origen es medieval desde los Reyes Catolicos su importancia ira en aumento siendo el reinado de Felipe II el que mas proliferacion constata Su importancia en la administracion es inversamente proporcional a la de los Consejos y los Validos de forma que ante situaciones de debilidad de estos la importancia del gobierno mediante juntas ira creciendo paulatinamente Juntas Extraordinarias convocadas de forma provisional se reunen por indicacion del monarca para deliberar sobre un determinado tema y finalizada su mision se disuelven En sus origenes con los reyes Catolicos dieron entrada a especialistas teologos o marinos que se reunian con juristas para tratar ciertos temas p ej las Juntas que debatieron sobre la viabilidad del proyecto colombino del viaje a America o las juntas de Indias Desde Felipe II solian estar formadas por consejeres de los diferentes consejos implicados en la resolucion del problema para evitar la lentitud en el despacho Juntas Ordinarias La reiteracion de problemas y la necesidad de una tramitacion rapida ocasiono la creacion de una serie de tribunales al margen de los Consejos que funcionaban de forma continuada 1 Estas Juntas Ordinarias en ocasiones tuvieron competencias judiciales como ocurrio con la Junta del Bureo o la Real Junta de Correos y Postas de Espana y de las Indias 2 Juntas de Gobierno Por este nombre se conocen en la Espana de los Austrias unos organos especiales por cuanto sin ser tribunales permenentes auxiliaron al monarca con la gobernacion del estado ocupandose de todas las materias del mismo Por tanto las juntas de gobierno tienen a la vez caracteristicas de las dos anteriores 3 Por Junta de Gobierno o Consejo Directivo se entiende que es la instancia encargada de la direccion colegial de una organizacion publica o privada Esta compuesta por un sinnumero de personas electas para tal fin por un periodo determinado En su interior elige un Presidente de la Junta en algunos casos ex oficio el cargo ya lo ostenta otra persona Indice 1 Juntas y consejos 2 Juntas de teologos y juristas 3 Instituciones locales 4 Juntas soberanas provisionales 5 Juntas de gobierno revolucionarias en America 6 Edad Contemporanea en Espana 7 Vease tambien 8 NotasJuntas y consejos editarJunta es el nombre que reciben varias comisiones informales llevadas a cabo durante el periodo de Felipe II se lleva a cabo a traves de un personaje principal el cardenal Diego de Espinosa que trato los asuntos reales a traves de ellas Supusieron un nuevo sistema de gobierno basado en las reuniones de especialistas en una materia para la adopcion de resoluciones de esa misma materia en concreto y representaron el triunfo de las relaciones personales sobre el sistema plural de los Consejos ya que estaban convocadas a voluntad del rey o del favorito de turno valido Tras la muerte de Espinosa en 1572 las juntas dejaron de estar presididas por hombres letrados y especialistas en la materia para paulatinamente ser sustituidos por nobles Es en esta nueva formula de gobierno donde radica la efectividad atribuida normalmente a Felipe II En un principio se creo la Junta de Noche en 1585 posteriormente se formalizo la Junta de Gobierno en 1588 y finalmente se constituyo la Junta Grande Enmarcadas dentro del complejo polisinodial en el que los Consejos de vocacion mas permanente eran la cuspide las juntas atendian a un asunto particular que requeria la coordinacion de varios consejos como una comision monografica o comite especial Las relativas a la Hacienda recibian la calificacion generica de junta de medios Una de ellas fue la Junta de Comercio y Moneda 1679 Hubo una Junta de Sanidad desde 1720 con motivo de la peste de Marsella Entre 1787 y 1792 funciono una Junta Suprema de Estado Juntas de teologos y juristas editarTambien recibian el nombre de junta las reuniones de teologos y juristas que debatian una cuestion concreta con el fin de emitir un dictamen o asesorar la toma de decisiones complejas siendo famosas las que debatieron cuestiones trascendentales para la colonizacion de America la Junta de Burgos 1512 y la Junta de Valladolid 1550 1551 o la Junta de Valencia 1528 vease Pragmatica de conversion forzosa que justifico la politica hacia los moriscos Instituciones locales editarComo instituciones locales existian juntas para los territorios del norte de la Corona de Castilla que al pertenecer a demarcaciones administrativas mayores y con capitalidad externa a ellos no tenian representacion directa en las Cortes de Castilla las Juntas Generales de las Provincias Vascongadas Juntas Generales de Vizcaya Juntas Generales de Guipuzcoa y Juntas Generales de Alava que siguen existiendo en la organizacion del actual Pais Vasco la Junta del Reino de Galicia y la Junta General del Principado de Asturias En Cantabria existieron asimismo distintas juntas correspondientes a las Asturias de Santillana Liebana Trasmiera y Campoo comarcas que iniciaron un proceso de integracion conjunta a lo largo del siglo XVIII hasta la conformacion de la Provincia de Cantabria en 1778 en oposicion de estas comarcas al control administrativo fiscal o jurisdiccional de Burgos El antecedente mas importante se encuentra en la Provincia de los Nueve Valles de las Asturias de Santillana constituida en 1589 tras el Pleito de los Nueve Valles La Real Junta Particular de Comercio de Barcelona entre 1758 y 1847 funciono como una institucion economica de orden local 4 Juntas soberanas provisionales editarEl nombre de junta se empleo tambien para designar a una institucion de gobierno provisional o de emergencia resultado de una situacion excepcional durante la Guerra de las Comunidades en el bando sublevado se creo la Junta de Comunidades en la configuracion del actual estado autonomico se ha conservado en nombre en las comunidades de Castilla y Leon Castilla La Mancha y en el nombre institucional de la Junta de Extremadura En la Guerra de Independencia Espanola y la Independencia de la America Hispana las instituciones de emergencia que se crearon con el nombre de juntas fueron muy abundantes en la peninsula multiples juntas provinciales y una Junta Central o Junta Central Suprema que las coordino en la Argentina la Primera Junta y la Junta Grande la Primera Junta Nacional de Gobierno de Chile en Mexico la Junta de Zitacuaro en Peru la Junta gubernativa en Venezuela la Junta Suprema de Caracas Con posterioridad a la independencia fue usual en los paises hispanoamericanos recurrir a instituciones provisionales con el nombre de junta particularmente Junta militar en golpes de estado En las colonias empezaran a formarse Juntas con caracter independentista que ya no reconoceran a la Junta Suprema En lugar de actuar con diplomacia Fernando VII opta por mandar el ejercito Primeramente se independizan Argentina y Paraguay Mas tarde lo haran Bolivia Chile Colombia Peru etc Juntas de gobierno revolucionarias en America editarArticulo principal Juntas de Gobierno de America Fueron la primera organizacion del poder ejecutivo de caracter colegiado en la Independencia de la America Hispana Se instalaron entre 1810 y 1830 en las capitales de virreinatos o capitanias como juntas revolucionarias para exigir la independencia de Espana pero en general siguiendo el modelo del liberalismo gaditano conservado transitoriamente al monarca sometido al gobierno y congreso de cada pais independiente lo que se ha venido a llamar la mascara de Fernando VII Posteriormente el establecimiento de republicas prescinde de la figura del rey Edad Contemporanea en Espana editarYa en la Edad Contemporanea en Espana el nombre de junta se ha dado a muchas otras instituciones como la Junta para Ampliacion de Estudios 1907 precedente de la Residencia de Estudiantes y el CSIC Ajenas al gobierno las Juntas de Defensa se crearon de forma asamblearia en el seno del ejercito descontento por el Desastre de 1898 y cuestiones corporativas entre 1916 y 1922 y fueron uno de los principales protagonistas en la crisis de 1917 Asimismo existe una Junta de gobierno en algunos ayuntamientos La Junta de Gobierno Local existe en todos los municipios con poblacion de Derecho superior a 5000 habitantes y en los de menos cuando asi lo disponga su Reglamento organico y asi lo acuerde el Pleno de la Corporacion Es un organo colegiado que dirige la administracion del Ayuntamiento reuniendose habitualmente una vez a la semana Esta compuesta por el alcalde y los Concejales designados y cesados libremente por el alcalde con un numero de concejales que no supere a un tercio del total legal de cada ayuntamiento Vease tambien editarInstituciones espanolas del Antiguo Regimen Antecedentes de la independencia de la America Hispana Junta de Gobierno de Chile PlatajuntaNotas editar Sanchez Gonzalez Dolores del Mar 1995 Las Juntas ordinarias Tribunales permanentes en la Corte de los Austrias Madrid UNED ISBN 84 362 3313 1 Sanchez Gonzalez Dolores del Mr 2008 La real junta de correos y postas de Espana y de las Indias 1776 1820 Actas del XV Congreso del Instituto Internacional de Historia del Derecho Indiano Diputacion de Cordoba p 1663 1686 ISBN 978 84 8154 260 8 Sanchez Gonzalez Dolores del Mar 2012 Las Juntas en la Edad Moderna uso o abuso de la practica consultiva Actas de la XI reunion cientIfica de la Fundacion Espanola de Historia Moderna Universidad de Granada p 864 874 ISBN 978 84 338 5385 1 Ruiz y Pablo Angel 1919 Historia de la Real Junta Particular de Comercio de Barcelona 1758 1847 Barcelona Heinrich nbsp Datos Q239463 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Junta de gobierno amp oldid 158936307, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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