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Derecho bizantino

El derecho bizantino era esencialmente una continuación del derecho romano con mayor influencia cristiana. La mayoría de las fuentes definen el derecho bizantino como las tradiciones jurídicas romanas que comenzaron después del reinado de Justiniano I en el siglo VI y que terminaron con la caída de Constantinopla en el siglo XV.

Aunque durante y después del Renacimiento europeo las prácticas jurídicas occidentales estuvieron fuertemente influenciadas por el Código de Justiniano el — Corpus iuris civilis— y el derecho romano durante la época clásica,[1]​ la ley bizantina tuvo influencia sustancial en las tradiciones occidentales durante la Edad Media y épocas posteriores.

El texto legal más importante del derecho bizantino fue la Ecloga, emitida por León III, el primer código legal romano-bizantino escrito en griego en lugar del latín. Poco después se estableció la Ley agraria que regulaba las normas legales fuera de las ciudades. Si bien la Ecloga fue influyente en todo el Mediterráneo, y también en Europa, debido a la importancia de Constantinopla como centro comercial, la Ley agraria fue una influencia fundamental en las tradiciones jurídicas eslavas, incluidas las de Rusia.

Influencias y fuentes

Bizancio heredó sus principales instituciones políticas, culturales y sociales de Roma. Del mismo modo, el derecho romano constituyó la base del sistema jurídico bizantino. Durante muchos siglos las dos grandes codificaciones del derecho romano, llevadas a cabo por Teodosio II y Justiniano respectivamente, fueron las piedras angulares de la legislación bizantina. Por supuesto, a lo largo de los años, estos códigos romanos se ajustaron a las circunstancias actuales y luego fueron reemplazados por nuevas codificaciones, escritas en griego. Sin embargo, la influencia del derecho romano persistió, y es obvio en las codificaciones, como los Basílicos, que se basó en el Corpus iuris civilis. En el siglo XI, Miguel Psellos se enorgullece de estar familiarizado con el legado legal romano (Ἰταλῶν σοφία).[2]

De acuerdo con la tradición jurídica tardorromana, la fuente legale principal —fons legum— en Bizancio siguió siendo la puesta en escena de los emperadores. El último inició algunas codificaciones importantes de la ley romana, pero también emitió sus propias «nuevas leyes», las Novelas (latín Novellae, griego Νεαραὶ). En la época bizantina ,la tardorromana, el interés legislativo de los emperadores se intensificó y las leyes regulaban los aspectos principales de la vida pública, privada, económica y social.[3]​ Por ejemplo, Constantino I fue el primero en regular el divorcio y Teodosio I intervino en cuestiones de fe, imponiendo una versión específica del Credo,[4]​ es decir, durante aproximadamente 100 años, se emitieron más de 2000 leyes. Justiniano solo promulgó unas 600 leyes. Poco a poco, el entusiasmo legislativo disminuyó, pero todavía algunas de las leyes de los emperadores posteriores, como las Novelas de León III, son de particular importancia.[5]​ La costumbre siguió desempeñando un papel limitado como fuente secundaria de derecho, pero la legislación escrita tenía precedencia.[6]

Período bizantino temprano

No hay una fecha establecida definitivamente que marque el comienzo el llamado período bizantino de la historia romana. Durante los siglos IV, V y VI, el Imperio se dividió y se unió administrativamente más de una vez. Pero fue durante este período cuando Constantinopla se estableció por primera vez y el Este obtuvo su propia identidad administrativamente; por lo que, a menudo, se considera el inicio del temprano período bizantino. Sin embargo, a pesar de esto, los desarrollos legales durante este período se consideran parte del derecho romano, a diferencia del derecho bizantino, en parte porque los documentos legales durante este período todavía se escribían en latín. Estos desarrollos fueron pasos clave en la formación del derecho bizantino.

Código Teodosiano

En 438, el emperador Teodosio publicó el Código Teodosiano, que constaba de 16 libros y contenía todas las leyes vigentes desde la época de Constantino I hasta entonces.

Corpus iuris civilis

Poco después de su ascension en 527, Justiniano nombró una comisión para recopilar y codificar el derecho romano existente. Una segunda comisión, encabezada por el jurista Triboniano, fue nombrada en 530 para seleccionar las materias de valor permanente de las obras de los juristas, editarla y ordenarla en 50 libros. En 533 esta comisión produjo el Digesto.

Aunque el derecho tal como se practicaba en la antigua Roma había crecido como un derecho casuístico basado en la jurisprudencia, si bien esta no era el llamado «derecho romano postclásico» de las épocas medieval y moderna. Ahora el derecho romano afirma que se basa en principios abstractos de justicia que se convirtieron en normas jurídicas por la autoridad legislativa del emperador o el pueblo romano. Estas ideas se transmitieron a la Edad Media en la gran codificación del derecho romano llevada a cabo por el emperador Justiniano. El Corpus iuris civilis fue emitido en latín en tres partes: las Institutas, el Digesto y el Código. Fue el texto legal más influyente escrito en latín.

El sistema jurídico más extendido del mundo, el derecho continental, se basa en el Corpus en la mayor parte de Europa, Asia, Sudamérica y África, incluso las jurisdicciones de derecho mixto como Filipinas, Sudáfrica, Escocia, Quebec y Luisiana.

Período bizantino medio

Tras el reinado de Justiniano, el Imperio entró en un período de rápido declive que permitió parcialmente las conquistas árabes, lo que debilitó aún más al Imperio. El conocimiento del latín, que había estado en declive desde la caída de Occidente, virtualmente desapareció, haciendo que muchos de los antiguos códices legales fueran casi inaccesibles. Estos acontecimientos contribuyeron a un debilitamiento dramático de los estándares jurídicos en el Imperio y una caída sustancial en los estándares de la erudición jurídica.[7]​ La práctica del derecho era mucho más pragmática y, a medida que el conocimiento del latín en el Imperio decaía, el uso directo del «Corpus Juris Civilis» de Justiniano era abandonado a favor de resúmenes, comentarios y nuevas compilaciones escritas en griego.

Ecloga

Los cambios en la vida interna del imperio que ocurrieron en los años posteriores a la publicación del código de Justiniano exigían una revisión de la legislación de modo que se cumplieran los requisitos de los tiempos. En el marco de las reformas introducidas por León III el Isaurio, (el primer emperador isaúrico), coadyuvó a la modificación de las leyes actuales. En 726 emitió la Ecloga, que llevaba su nombre, así como el nombre de su hijo Constantino. Ecloga, al referirse tanto al derecho civil como al penal, constituía, como se declaraba en el título, una «rectificación de la legislación de Justiniano hacia una versión más filantrópica». Se desconoce la membresía del comité de edición, pero su misión principal, sin embargo, fue, por un lado, modificar aquellas disposiciones que no estaban de acuerdo con los tiempos y, por el otro, proporcionar a los jueces un manual de derecho conciso para ayudarles a dispensar la justicia apropiadamente.

Las disposiciones de la Ecloga influenciadas por el espíritu cristiano así como por el derecho común, protegían y apoyaban la institución del matrimonio, aumentaban los derechos de las esposas y los hijos legales e introducían la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley. Por otro lado se introdujeron las penas de amputación y ceguera, lo que refleja el concepto bizantino en este período de cambios. Por medio de su Ecloga, León III también se dirigió a los jueces, invitándolos ni a los pobres a despreciar ni a los injustos a dejarlos sin control. Además, en su esfuerzo por disuadir el soborno en el cumplimiento de sus deberes, hizo su pago local y pagadero por el tesoro imperial. Ecloga constituyó el manual básico de la administración de la justicia hasta los días de los emperadores macedonios, que también asumió la actividad legislativa, mientras que más tarde influyó en el derecho eclesiástico de la Iglesia ortodoxa rusa. Anteriormente, los investigadores atribuyeron las colecciones jurídicas la Ley agraria, el Nomos Rhodion Nautikos y el Nomos Stratiotikos a León III. Sin embargo, estas puntos de vista ya no son válidos.

Ley agraria

Con la excepción de algunas ciudades, y especialmente Constantinopla, donde también se desarrollaron otros tipos de actividades económicas urbanas, la sociedad bizantina se mantuvo en su corazón agrícola. Una importante fuente del derecho, que refleja de manera particularmente característica la vida interna de las aldeas bizantinas durante la época bizantina media —desde el siglo VII hasta finales del siglo XII— es el Nomos Georgikos, también conocido como la Ley agraria (o Lex rustica). Debido a su importancia, la Ley agraria despertó el interés de los investigadores desde una etapa muy temprana. Desde entonces ha sido uno de los textos más discutidos sobre la historia interna de Bizancio. Se ha sugerido que, debido a las principales influencias causadas por la afluencia de eslavos al Imperio en el momento en que se estableció la Ley agraria, las tradiciones eslavas fueron de hecho una influencia importante para dicha ley, tanto en términos de por qué se desarrolló y su contenido.[8]

Es una colección privada, continuamente enriquecida, y se refiere a casos específicos relevantes para la propiedad rural dentro del marco de la comunidad bizantina rural. Como es evidente por las disposiciones de la «Ley», los campesinos se organizaron en «comunidades» y colectivamente fueron responsables del pago del impuesto total del que era responsable la comunidad, y se les obligó a pagar también los montos correspondientes a los miembros endeudados de la ella. En cuanto a la cronología de su escritura, ya que el texto en sí no tiene una fecha específica, se sitúa entre la segunda mitad del siglo VI y mediados del siglo XIV. Muy pronto se reconoció como un manual de derecho de gran importancia que influyó en gran parte de la ley de los países eslavos y especialmente de Serbia y Rusia.

Nomos Rhodion Nautikos

Los problemas de citas, similares a los de la Ley agraria, presentan un código de igual carácter, la «ley marítima de Rodas» —Nómos Rhodíon Nautikós—. Escrito probablemente entre los años 600 y 800, es una colección de regulaciones de derecho marítimo divididas en tres partes. La primera parte se refiere a la ratificación de la «Ley naval» por parte de los emperadores romanos. El segundo especifica la participación de la tripulación en los beneficios marítimos y las regulaciones válidas en el barco, mientras que el tercero y más grande se refiere al derecho marítimo, como por ejemplo a la distribución de responsabilidad en caso de robo o daño a la carga o el barco. La Ley Naval se incluyó en los Basílicos de León VI el Sabio como complemento del libro 53.

Derecho eclesiástico

De acuerdo con el modelo de las asociaciones jurídicas seculares, los cánones de los concilios eclesiásticos se referían a cuestiones eclesiásticas y regulaban la conducta del clero, tanto en lo secular como en asuntos de fe o convicción. El Concilio Quinisexto, conocido por sus cánones, fue convocado en los años de Justiniano II (691-692) y se ocupó exclusivamente de asuntos de disciplina. El objetivo del sínodo era cubrir las lagunas dejadas en el derecho canónico por los Segundo y Tercer Concilios de Constantinopla.

Esta colección de cánones se dividió en cuatro partes:

a) Los cánones que ratifican las decisiones doctrinales de los primeros seis concilios ecuménicos junto con las enseñanzas de los Padres de la Iglesia.

b) Los cánones que especifican las obligaciones del clero ministerial.

c) Los cánones que se refieren a los monjes.

d) Los cánones que se refieren a lo secular. La influencia de estos cánones continuó en el futuro y fueron ampliamente anotados por Balsamon, Zonaras y Aristenos, los tres grandes juristas eclesiásticos del siglo XII.

Ediciones

También hubo otras órdenes de la iglesia antigua que ya no existen en griego. Más tarde, surgieron colecciones más científicas, que incluyen:

  • El Nomokanon de John Scholasticus, del siglo VI
  • El Nomocanon en 14 títulos de Heraclio, del siglo VII
  • El Nomocanon de Photios , del siglo IX
  • El Sintagma de Theodore Balsamon y su Scholia al Nomocanon de Photios, del siglo XII
  • La Sinopsis Canonum de Alexio Aristeno, del siglo XII

Todos estos libros fueron compilados más tarde por el monje athonita San Nicodemo el Hagiorite y se convirtió en la base de la moderna ley ortodoxa oriental, su Pedalion.

Derecho bizantino posterior

Los siguientes textos jurídicos fueron preparados en el Imperio bizantino posterior:

  • El Prochiron o Procheiros Nomos, nueva edición enriquecida de la Ecloga, publicada entre el 870[10]​ y el 879[11]​ bajo el nombre del emperador Basilio I el Macedonio y sus hijos Constantino y León; invalida partes de la Ecloga y restaura el derecho romano justinianeo, así como también las expresiones greco-latinas arcanas.
  • La Epanagoge (repetita proelectio legis),[10]​ también de Basilio I y sus hijos León y Alejandro, compilación de carácter general publicada entre el 879 (hecha de la muerte de Constantino) y el 886;[10]​ presenta un ideal jurídico que se aproxima al espíritu clasicista y formalista del Corpus; incluye (1) una parte teórica y general sobre las leyes y la justicia; (2) una serie de títulos sobre el derecho público, la organización del imperio y sus funcionarios y la organización de la Iglesia; (3) el derecho procesal; (4) el derecho de familia.
  • La Eisagoge del patriarca Focio, que incluye la ley novela, c.880[12]
    • la Eisagoge aucta - compendio jurídico en 54 títulos basado en la Eisagoge en los 16 primeros y a partir de este en el Prochiron, aunque incorporando materiales de los Basílicos y las Novelas de León VI
    • la Eisagoge cum Prochiron composita - compendio jurídico en 42 títulos que combina normas de la Eisagoge y del Prochiron junto con otras sacadas de los Basílicos
  • Los Basílicos (o la Basiliká o Basilicae (repurgatio veterum legum) o Res regiae o imperatoriae), se divide en 60 libros publicados bajo el emperador León VI y sus hermanos Alejandro y Constantino VII, c. 900[12]​ o 906-11[10]​, ordenados según el sistema del Código de Justiniano y cada título recoge los materiales correspondientes de las 4 partes del Corpus junto con las compilaciones griegas anteriores, aunque parcialmente; intenta sintetizar comentarios y índices del siglo VI (para el Digesto, preferentemente el del segundo anónimo, y, para el Código, el de Taleleo; para las Novellae se aprovechó el Epítome de Teodoro)[11]​ sobre las leyes de Justiniano por encabezados, y eliminar contradicciones. En el siglo XI, los Basílicos habían reemplazado el Corpus como la principal fuente del derecho bizantino.
    • La Synopsis (magna) Basilicorum, resumen de los Basílicos ordenado alfabéticamente por materias; a finales del siglo IX[13]
    • El Tipukeitos o Tipucitos, índice indicando los pasajes paralelos en los Basílicos; realizado por un autor anónimo en el siglo siglo XI.[14]
  • El Epitome legum, más tarde conocido como el Epitome ad Prochiron mutata, una síntesis del derecho romano justinianeo y de la Epanagoge, c. 920-1[10][12]
  • La Epanagoge aucta, una revisión en el siglo XI de la Epanagoge del siglo IX.[10]
  • La Peira, colección de disposiciones administrativas, fisicales y agrarias; realizada por el eminente juez Eustacio Romano aprox. en el año 1034.[14]
  • El Prochiron aucta, una revisión en el siglo XIII del Prochiron del siglo IX.[10]
  • El Hexabiblos o Manuale legum, compilación en seis libros, publicada por el juez (nomophilax) de Tesalónica, Constantino Harmenópulos, en 1435; incluye el derecho civil y penal.
  • El Hexabiblos aucta, una revisión del trabajo de Harmenopoulos de finales del siglo XIV por Ioannes Holobolos

Otros juristas (incluyendo al menos un emperador) prepararon colecciones privadas de casos y comentarios,[10]​ pero estos no formaron el cuerpo de leyes utilizado por los juristas en general. Se sostiene que las 113 Novelas de León VI el Sabio caen en esta categoría.[12]​ Lokin[12]​ argumenta que, aunque los textos legales posteriores tendieron a reordenar o explicar la obra de Justiniano del siglo VI, en lugar de crear una nueva ley, sí alteraron el lugar de autoridad para la ley (legis vigor) del emperador a Dios. En el trabajo de Justiniano, la ley mosaica y la autoridad de Dios apoyan al emperador, y son consultivas, pero no atemperan su absoluta autoridad. Este proceso ya ha comenzado en la Ecloga, que establece que la ley es dada por Dios por medio de Isaías 8:20, y se hace explícita primero en el Prochiron.[15]​ Hubo, sin embargo, un "avance legislativo" durante este período, donde la redacción de las leyes antiguas y la jurisprudencia crearon nuevas leyes vigentes, aunque no se citaron explícitamente como tales.[16]

Legado

Durante la Alta Edad Media, la Ley Romana / Bizantina jugó un papel importante en toda la región del Mediterráneo y gran parte de Europa debido a la importancia económica y militar del Imperio.

Después de las conquistas islámicas del Mediterráneo oriental, los califas islámicos gradualmente codificaron sus sistemas jurídicos utilizando la ley romana / bizantina como un modelo importante. De hecho, se ha sugerido que fue la publicación de la Ecloga lo que estimuló la primera codificación importante de la ley imperial islámica.[17]​ Las tradiciones legales eslavas, incluidos los países que van desde Bulgaria hasta Rusia , se vieron sustancialmente influenciados por la Ley agraria. En menor medida, la Ecloga y otros códices bizantinos también influyeron en estas áreas. Durante los siglos XVIII y XIX, a medida que Rusia aumentaba su contacto con Occidente, comenzó a estudiarse el Código de Justiniano, lo que le dio esa influencia.

En Europa Occidental, después de la caída del Imperio Romano, la influencia de la ley romana / bizantina se hizo más indirecta, aunque siempre significativa durante gran parte de la Edad Media. Durante el Renacimiento europeo, los estudiosos occidentales adoptaron el Código de Justiniano como una base para la jurisprudencia, evitando muchos de los desarrollos legales posteriores del Imperio bizantino como la Ecloga. Esto fue en gran medida afectado por la división Este / Oeste ( Católico Romano vs. Ortodoxo Oriental ) en la Iglesia. La percepción en Occidente era que la ley romana que se registró en latín era verdaderamente romana, mientras que las leyes posteriores escritas en griego eran distintas y extranjeras.

Referencias

  1. . Archivado desde el original el 4 de abril de 2018. Consultado el 7 de abril de 2018. 
  2. A. Cameron, The Byzantines, p. 153; G. Mousourakis, Context of Roman Law, p. 397.
  3. M.T. Fögen, "Legislation in Byzantium", pp. 53–54; R. Morris, "Dispute Settlement", 126; G. Mousourakis, Context of Roman Law, pp. 399–400.
  4. M.T. Fögen, "Legislation in Byzantium", pp. 56, 59.
  5. A. Cameron, The Byzantines, p. 153; M.T. Fögen, "Legislation in Byzantium", pp. 53–54.
  6. R. Morris, "Dispute Settlement", 126; G. Mousourakis, Context of Roman Law, pp. 401–402.
  7. Mousourakis, George. The Historical and Institutional Context of Roman Law. pp. 402-403. ISBN 0-7546-2108-1. 
  8. J. Fine, The Early Medieval Balkans: A Critical Survey from the Sixth to the Late Twelfth Century, pp. 90-91
  9. Pitra, Jean Baptiste Francois (1864). Juris ecc. Græcorum historia et monumenta. I. Rome.
  10. Lambert Mears, Analysis of M. Ortolan's Institutes of Justinian, p. 64-6.
  11. F. Betancourt, Derecho romano clásico, p. 121.
  12. Laiou y Simon (coord.), Law and Society in Byzantium: Ninth-twelfth Centuries, p. 71
  13. G. Mousourakis, Roman Law and the Origins of the Civil Law Tradition, p. 226.
  14. F. Betancourt, Derecho romano clásico, p. 122.
  15. Laiou y Simon (coord.), Law and Society in Byzantium: Ninth-twelfth Centuries, p. 77
  16. Laiou y Simon (coord.), Law and Society in Byzantium: Ninth-twelfth Centuries, p. 85
  17. B. Jokisch, Islamic Imperial Law: Harun-Al-Rashid's Codification Project, pp. 484-485.

Bibliografía

Fuentes
  • Fernando Betancourt, Derecho romano clásico, 3.ª edición revisada y aumentada, Sevilla, Universidad de Sevilla, 2007.
  • Cameron, Averil (2009). The Byzantines (Giorgos Tzimas, trad.) (en griego). Atenas: Editions Psychogios. ISBN 978-960-453-529-3. 
  • Chitwood, Zachary (2017). Byzantine Legal Culture and the Roman Legal Tradition, 867-1056. Cambridge: Cambridge University Press.
  • Fine, John V. A. (1991). The Early Medieval Balkans: A Critical Survey from the Sixth to the Late Twelfth Century. Michigan University Press. ISBN 978-0-472-08149-3. 
  • Fögen, Marie Theres (1994). «Legislation in Byzantium: A Political and a Bureaucratic Technique». En Laiou, Angeliki E., ed. Law and Society in Byzantium. Dumbarton Oaks. ISBN 0-88402-222-6. 
  • Humphreys, M. T. G. (2015). Law, Power, and Imperial Ideology in the Iconoclast Era, c.680-850. Oxford: Oxford University Press.
  • Jokisch, Benjamin (2007). Islamic Imperial Law: Harun-Al-Rashid's Codification Project. Walter de Gruyter GmbH. ISBN 9783110924343. 
  • Morris, Rosemary (1992). «Dispute Settlement in the Byzantine Provinces in the Tenth Century». En Davies, Wendy; Fouracre, Paul, eds. The Settlement of Disputes in Early Medieval Europe. Cambridge University Press. ISBN 0-521-42895-5. 
  • Mousourakis, George (2003). The Historical and Institutional Context of Roman Law. Ashgate Publishing. ISBN 0-7546-2108-1. 
Traducciones
  • The Codex of Justinian: A New Annotated Translation, with Parallel Latin and Greek Text. Annotated and translated by Fred H. Blume. Edited by Bruce W. Frier. Cambridge: Cambridge University Press, 2016.
  • The Digest of Justinian, revised edn. Edited by Alan Watson. 2 vols. Philadelphia: University of Pennsylvania Press, 1998.
  • The Novels of Justinian: A Complete Annotated English Translation. Trad. por David Miller. Redactado por Peter Sarris. Cambridge: Cambridge University Press, 2018.
  • The Syro-Roman Lawbook: The Syriac text of the recently discovered manuscripts accompanied by a facsimile edition and furnished with an introduction and translation. Redactado y trad. por Arthur Võõbus, 2 vols., Estocolmo, ETSE, 1982–3.
  • Ecloga: das Gesetzbuch Leons III. und Konstantinos’ V. Redactado y trad. por Ludwig Burgmann, Fráncfort del Meno, Löwenklau-Gesellschaft, 1983.
  • The Rhodian Sea-Law. Redactado y trad. por Walter Ashburner, Oxford, Clarendon Press, 1909; reprint: Aalen: Scientia Verlag, 1976.
  • Eisagoge = La «Introducción al derecho (Eisagoge)» del patriarca Focio. Redactado y trad. por Juan Signes Codoñer y Francisco Javier Andrés Santos, Madrid, Consejo Superior de Investigaciones Científicas, 2007.
  • Basílicos = Basilicorum libri LX. Redactado por H.J. Scheltema y N. van der Wal, 17 vols., Groninga, J.B. Wolters, 1953–88.
  • Nomos Stratiotikos = Le leggi penali militari dell’impero bizantino nell’alto Medioevo. Redactado y trad. por Pietro Verri, Roma, Scuola ufficiali carabinieri, 1978.

Enlaces externos


    •   Datos: Q166834

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El derecho bizantino era esencialmente una continuacion del derecho romano con mayor influencia cristiana La mayoria de las fuentes definen el derecho bizantino como las tradiciones juridicas romanas que comenzaron despues del reinado de Justiniano I en el siglo VI y que terminaron con la caida de Constantinopla en el siglo XV Aunque durante y despues del Renacimiento europeo las practicas juridicas occidentales estuvieron fuertemente influenciadas por el Codigo de Justiniano el Corpus iuris civilis y el derecho romano durante la epoca clasica 1 la ley bizantina tuvo influencia sustancial en las tradiciones occidentales durante la Edad Media y epocas posteriores El texto legal mas importante del derecho bizantino fue la Ecloga emitida por Leon III el primer codigo legal romano bizantino escrito en griego en lugar del latin Poco despues se establecio la Ley agraria que regulaba las normas legales fuera de las ciudades Si bien la Ecloga fue influyente en todo el Mediterraneo y tambien en Europa debido a la importancia de Constantinopla como centro comercial la Ley agraria fue una influencia fundamental en las tradiciones juridicas eslavas incluidas las de Rusia Indice 1 Influencias y fuentes 2 Periodo bizantino temprano 2 1 Codigo Teodosiano 2 2 Corpus iuris civilis 3 Periodo bizantino medio 3 1 Ecloga 3 2 Ley agraria 3 3 Nomos Rhodion Nautikos 3 4 Derecho eclesiastico 3 4 1 Ediciones 4 Derecho bizantino posterior 5 Legado 6 Referencias 7 Bibliografia 8 Enlaces externosInfluencias y fuentes EditarBizancio heredo sus principales instituciones politicas culturales y sociales de Roma Del mismo modo el derecho romano constituyo la base del sistema juridico bizantino Durante muchos siglos las dos grandes codificaciones del derecho romano llevadas a cabo por Teodosio II y Justiniano respectivamente fueron las piedras angulares de la legislacion bizantina Por supuesto a lo largo de los anos estos codigos romanos se ajustaron a las circunstancias actuales y luego fueron reemplazados por nuevas codificaciones escritas en griego Sin embargo la influencia del derecho romano persistio y es obvio en las codificaciones como los Basilicos que se baso en el Corpus iuris civilis En el siglo XI Miguel Psellos se enorgullece de estar familiarizado con el legado legal romano Ἰtalῶn sofia 2 De acuerdo con la tradicion juridica tardorromana la fuente legale principal fons legum en Bizancio siguio siendo la puesta en escena de los emperadores El ultimo inicio algunas codificaciones importantes de la ley romana pero tambien emitio sus propias nuevas leyes las Novelas latin Novellae griego Nearaὶ En la epoca bizantina la tardorromana el interes legislativo de los emperadores se intensifico y las leyes regulaban los aspectos principales de la vida publica privada economica y social 3 Por ejemplo Constantino I fue el primero en regular el divorcio y Teodosio I intervino en cuestiones de fe imponiendo una version especifica del Credo 4 es decir durante aproximadamente 100 anos se emitieron mas de 2000 leyes Justiniano solo promulgo unas 600 leyes Poco a poco el entusiasmo legislativo disminuyo pero todavia algunas de las leyes de los emperadores posteriores como las Novelas de Leon III son de particular importancia 5 La costumbre siguio desempenando un papel limitado como fuente secundaria de derecho pero la legislacion escrita tenia precedencia 6 Periodo bizantino temprano EditarNo hay una fecha establecida definitivamente que marque el comienzo el llamado periodo bizantino de la historia romana Durante los siglos IV V y VI el Imperio se dividio y se unio administrativamente mas de una vez Pero fue durante este periodo cuando Constantinopla se establecio por primera vez y el Este obtuvo su propia identidad administrativamente por lo que a menudo se considera el inicio del temprano periodo bizantino Sin embargo a pesar de esto los desarrollos legales durante este periodo se consideran parte del derecho romano a diferencia del derecho bizantino en parte porque los documentos legales durante este periodo todavia se escribian en latin Estos desarrollos fueron pasos clave en la formacion del derecho bizantino Codigo Teodosiano Editar Articulo principal Codigo Teodosiano En 438 el emperador Teodosio publico el Codigo Teodosiano que constaba de 16 libros y contenia todas las leyes vigentes desde la epoca de Constantino I hasta entonces Corpus iuris civilis Editar Articulo principal Corpus iuris civilis Poco despues de su ascension en 527 Justiniano nombro una comision para recopilar y codificar el derecho romano existente Una segunda comision encabezada por el jurista Triboniano fue nombrada en 530 para seleccionar las materias de valor permanente de las obras de los juristas editarla y ordenarla en 50 libros En 533 esta comision produjo el Digesto Aunque el derecho tal como se practicaba en la antigua Roma habia crecido como un derecho casuistico basado en la jurisprudencia si bien esta no era el llamado derecho romano postclasico de las epocas medieval y moderna Ahora el derecho romano afirma que se basa en principios abstractos de justicia que se convirtieron en normas juridicas por la autoridad legislativa del emperador o el pueblo romano Estas ideas se transmitieron a la Edad Media en la gran codificacion del derecho romano llevada a cabo por el emperador Justiniano El Corpus iuris civilis fue emitido en latin en tres partes las Institutas el Digesto y el Codigo Fue el texto legal mas influyente escrito en latin El sistema juridico mas extendido del mundo el derecho continental se basa en el Corpus en la mayor parte de Europa Asia Sudamerica y Africa incluso las jurisdicciones de derecho mixto como Filipinas Sudafrica Escocia Quebec y Luisiana Periodo bizantino medio EditarTras el reinado de Justiniano el Imperio entro en un periodo de rapido declive que permitio parcialmente las conquistas arabes lo que debilito aun mas al Imperio El conocimiento del latin que habia estado en declive desde la caida de Occidente virtualmente desaparecio haciendo que muchos de los antiguos codices legales fueran casi inaccesibles Estos acontecimientos contribuyeron a un debilitamiento dramatico de los estandares juridicos en el Imperio y una caida sustancial en los estandares de la erudicion juridica 7 La practica del derecho era mucho mas pragmatica y a medida que el conocimiento del latin en el Imperio decaia el uso directo del Corpus Juris Civilis de Justiniano era abandonado a favor de resumenes comentarios y nuevas compilaciones escritas en griego Ecloga Editar Los cambios en la vida interna del imperio que ocurrieron en los anos posteriores a la publicacion del codigo de Justiniano exigian una revision de la legislacion de modo que se cumplieran los requisitos de los tiempos En el marco de las reformas introducidas por Leon III el Isaurio el primer emperador isaurico coadyuvo a la modificacion de las leyes actuales En 726 emitio la Ecloga que llevaba su nombre asi como el nombre de su hijo Constantino Ecloga al referirse tanto al derecho civil como al penal constituia como se declaraba en el titulo una rectificacion de la legislacion de Justiniano hacia una version mas filantropica Se desconoce la membresia del comite de edicion pero su mision principal sin embargo fue por un lado modificar aquellas disposiciones que no estaban de acuerdo con los tiempos y por el otro proporcionar a los jueces un manual de derecho conciso para ayudarles a dispensar la justicia apropiadamente Las disposiciones de la Ecloga influenciadas por el espiritu cristiano asi como por el derecho comun protegian y apoyaban la institucion del matrimonio aumentaban los derechos de las esposas y los hijos legales e introducian la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley Por otro lado se introdujeron las penas de amputacion y ceguera lo que refleja el concepto bizantino en este periodo de cambios Por medio de su Ecloga Leon III tambien se dirigio a los jueces invitandolos ni a los pobres a despreciar ni a los injustos a dejarlos sin control Ademas en su esfuerzo por disuadir el soborno en el cumplimiento de sus deberes hizo su pago local y pagadero por el tesoro imperial Ecloga constituyo el manual basico de la administracion de la justicia hasta los dias de los emperadores macedonios que tambien asumio la actividad legislativa mientras que mas tarde influyo en el derecho eclesiastico de la Iglesia ortodoxa rusa Anteriormente los investigadores atribuyeron las colecciones juridicas la Ley agraria el Nomos Rhodion Nautikos y el Nomos Stratiotikos a Leon III Sin embargo estas puntos de vista ya no son validos Ley agraria Editar Con la excepcion de algunas ciudades y especialmente Constantinopla donde tambien se desarrollaron otros tipos de actividades economicas urbanas la sociedad bizantina se mantuvo en su corazon agricola Una importante fuente del derecho que refleja de manera particularmente caracteristica la vida interna de las aldeas bizantinas durante la epoca bizantina media desde el siglo VII hasta finales del siglo XII es el Nomos Georgikos tambien conocido como la Ley agraria o Lex rustica Debido a su importancia la Ley agraria desperto el interes de los investigadores desde una etapa muy temprana Desde entonces ha sido uno de los textos mas discutidos sobre la historia interna de Bizancio Se ha sugerido que debido a las principales influencias causadas por la afluencia de eslavos al Imperio en el momento en que se establecio la Ley agraria las tradiciones eslavas fueron de hecho una influencia importante para dicha ley tanto en terminos de por que se desarrollo y su contenido 8 Es una coleccion privada continuamente enriquecida y se refiere a casos especificos relevantes para la propiedad rural dentro del marco de la comunidad bizantina rural Como es evidente por las disposiciones de la Ley los campesinos se organizaron en comunidades y colectivamente fueron responsables del pago del impuesto total del que era responsable la comunidad y se les obligo a pagar tambien los montos correspondientes a los miembros endeudados de la ella En cuanto a la cronologia de su escritura ya que el texto en si no tiene una fecha especifica se situa entre la segunda mitad del siglo VI y mediados del siglo XIV Muy pronto se reconocio como un manual de derecho de gran importancia que influyo en gran parte de la ley de los paises eslavos y especialmente de Serbia y Rusia Nomos Rhodion Nautikos Editar Los problemas de citas similares a los de la Ley agraria presentan un codigo de igual caracter la ley maritima de Rodas Nomos Rhodion Nautikos Escrito probablemente entre los anos 600 y 800 es una coleccion de regulaciones de derecho maritimo divididas en tres partes La primera parte se refiere a la ratificacion de la Ley naval por parte de los emperadores romanos El segundo especifica la participacion de la tripulacion en los beneficios maritimos y las regulaciones validas en el barco mientras que el tercero y mas grande se refiere al derecho maritimo como por ejemplo a la distribucion de responsabilidad en caso de robo o dano a la carga o el barco La Ley Naval se incluyo en los Basilicos de Leon VI el Sabio como complemento del libro 53 Derecho eclesiastico Editar De acuerdo con el modelo de las asociaciones juridicas seculares los canones de los concilios eclesiasticos se referian a cuestiones eclesiasticas y regulaban la conducta del clero tanto en lo secular como en asuntos de fe o conviccion El Concilio Quinisexto conocido por sus canones fue convocado en los anos de Justiniano II 691 692 y se ocupo exclusivamente de asuntos de disciplina El objetivo del sinodo era cubrir las lagunas dejadas en el derecho canonico por los Segundo y Tercer Concilios de Constantinopla Esta coleccion de canones se dividio en cuatro partes a Los canones que ratifican las decisiones doctrinales de los primeros seis concilios ecumenicos junto con las ensenanzas de los Padres de la Iglesia b Los canones que especifican las obligaciones del clero ministerial c Los canones que se refieren a los monjes d Los canones que se refieren a lo secular La influencia de estos canones continuo en el futuro y fueron ampliamente anotados por Balsamon Zonaras y Aristenos los tres grandes juristas eclesiasticos del siglo XII Ediciones Editar La Didache del siglo II La Ordenanza de la Iglesia Apostolica del siglo III Las Constituciones Apostolicas desde 375 hasta 380 d C Los Canones apostolicos 9 Tambien hubo otras ordenes de la iglesia antigua que ya no existen en griego Mas tarde surgieron colecciones mas cientificas que incluyen El Nomokanon de John Scholasticus del siglo VI El Nomocanon en 14 titulos de Heraclio del siglo VII El Nomocanon de Photios del siglo IX El Sintagma de Theodore Balsamon y su Scholia al Nomocanon de Photios del siglo XII La Sinopsis Canonum de Alexio Aristeno del siglo XIITodos estos libros fueron compilados mas tarde por el monje athonita San Nicodemo el Hagiorite y se convirtio en la base de la moderna ley ortodoxa oriental su Pedalion Derecho bizantino posterior EditarLos siguientes textos juridicos fueron preparados en el Imperio bizantino posterior El Prochiron o Procheiros Nomos nueva edicion enriquecida de la Ecloga publicada entre el 870 10 y el 879 11 bajo el nombre del emperador Basilio I el Macedonio y sus hijos Constantino y Leon invalida partes de la Ecloga y restaura el derecho romano justinianeo asi como tambien las expresiones greco latinas arcanas La Epanagoge repetita proelectio legis 10 tambien de Basilio I y sus hijos Leon y Alejandro compilacion de caracter general publicada entre el 879 hecha de la muerte de Constantino y el 886 10 presenta un ideal juridico que se aproxima al espiritu clasicista y formalista del Corpus incluye 1 una parte teorica y general sobre las leyes y la justicia 2 una serie de titulos sobre el derecho publico la organizacion del imperio y sus funcionarios y la organizacion de la Iglesia 3 el derecho procesal 4 el derecho de familia La Eisagoge del patriarca Focio que incluye la ley novela c 880 12 la Eisagoge aucta compendio juridico en 54 titulos basado en la Eisagoge en los 16 primeros y a partir de este en el Prochiron aunque incorporando materiales de los Basilicos y las Novelas de Leon VI la Eisagoge cum Prochiron composita compendio juridico en 42 titulos que combina normas de la Eisagoge y del Prochiron junto con otras sacadas de los Basilicos Los Basilicos o la Basilika o Basilicae repurgatio veterum legum o Res regiae o imperatoriae se divide en 60 libros publicados bajo el emperador Leon VI y sus hermanos Alejandro y Constantino VII c 900 12 o 906 11 10 ordenados segun el sistema del Codigo de Justiniano y cada titulo recoge los materiales correspondientes de las 4 partes del Corpus junto con las compilaciones griegas anteriores aunque parcialmente intenta sintetizar comentarios y indices del siglo VI para el Digesto preferentemente el del segundo anonimo y para el Codigo el de Taleleo para las Novellae se aprovecho el Epitome de Teodoro 11 sobre las leyes de Justiniano por encabezados y eliminar contradicciones En el siglo XI los Basilicos habian reemplazado el Corpus como la principal fuente del derecho bizantino La Synopsis magna Basilicorum resumen de los Basilicos ordenado alfabeticamente por materias a finales del siglo IX 13 El Tipukeitos o Tipucitos indice indicando los pasajes paralelos en los Basilicos realizado por un autor anonimo en el siglo siglo XI 14 El Epitome legum mas tarde conocido como el Epitome ad Prochiron mutata una sintesis del derecho romano justinianeo y de la Epanagoge c 920 1 10 12 La Epanagoge aucta una revision en el siglo XI de la Epanagoge del siglo IX 10 La Peira coleccion de disposiciones administrativas fisicales y agrarias realizada por el eminente juez Eustacio Romano aprox en el ano 1034 14 El Prochiron aucta una revision en el siglo XIII del Prochiron del siglo IX 10 El Hexabiblos o Manuale legum compilacion en seis libros publicada por el juez nomophilax de Tesalonica Constantino Harmenopulos en 1435 incluye el derecho civil y penal El Hexabiblos aucta una revision del trabajo de Harmenopoulos de finales del siglo XIV por Ioannes HolobolosOtros juristas incluyendo al menos un emperador prepararon colecciones privadas de casos y comentarios 10 pero estos no formaron el cuerpo de leyes utilizado por los juristas en general Se sostiene que las 113 Novelas de Leon VI el Sabio caen en esta categoria 12 Lokin 12 argumenta que aunque los textos legales posteriores tendieron a reordenar o explicar la obra de Justiniano del siglo VI en lugar de crear una nueva ley si alteraron el lugar de autoridad para la ley legis vigor del emperador a Dios En el trabajo de Justiniano la ley mosaica y la autoridad de Dios apoyan al emperador y son consultivas pero no atemperan su absoluta autoridad Este proceso ya ha comenzado en la Ecloga que establece que la ley es dada por Dios por medio de Isaias 8 20 y se hace explicita primero en el Prochiron 15 Hubo sin embargo un avance legislativo durante este periodo donde la redaccion de las leyes antiguas y la jurisprudencia crearon nuevas leyes vigentes aunque no se citaron explicitamente como tales 16 Legado EditarDurante la Alta Edad Media la Ley Romana Bizantina jugo un papel importante en toda la region del Mediterraneo y gran parte de Europa debido a la importancia economica y militar del Imperio Despues de las conquistas islamicas del Mediterraneo oriental los califas islamicos gradualmente codificaron sus sistemas juridicos utilizando la ley romana bizantina como un modelo importante De hecho se ha sugerido que fue la publicacion de la Ecloga lo que estimulo la primera codificacion importante de la ley imperial islamica 17 Las tradiciones legales eslavas incluidos los paises que van desde Bulgaria hasta Rusia se vieron sustancialmente influenciados por la Ley agraria En menor medida la Ecloga y otros codices bizantinos tambien influyeron en estas areas Durante los siglos XVIII y XIX a medida que Rusia aumentaba su contacto con Occidente comenzo a estudiarse el Codigo de Justiniano lo que le dio esa influencia En Europa Occidental despues de la caida del Imperio Romano la influencia de la ley romana bizantina se hizo mas indirecta aunque siempre significativa durante gran parte de la Edad Media Durante el Renacimiento europeo los estudiosos occidentales adoptaron el Codigo de Justiniano como una base para la jurisprudencia evitando muchos de los desarrollos legales posteriores del Imperio bizantino como la Ecloga Esto fue en gran medida afectado por la division Este Oeste Catolico Romano vs Ortodoxo Oriental en la Iglesia La percepcion en Occidente era que la ley romana que se registro en latin era verdaderamente romana mientras que las leyes posteriores escritas en griego eran distintas y extranjeras Referencias Editar Copia archivada Archivado desde el original el 4 de abril de 2018 Consultado el 7 de abril de 2018 A Cameron The Byzantines p 153 G Mousourakis Context of Roman Law p 397 M T Fogen Legislation in Byzantium pp 53 54 R Morris Dispute Settlement 126 G Mousourakis Context of Roman Law pp 399 400 M T Fogen Legislation in Byzantium pp 56 59 A Cameron The Byzantines p 153 M T Fogen Legislation in Byzantium pp 53 54 R Morris Dispute Settlement 126 G Mousourakis Context of Roman Law pp 401 402 Mousourakis George The Historical and Institutional Context of Roman Law pp 402 403 ISBN 0 7546 2108 1 J Fine The Early Medieval Balkans A Critical Survey from the Sixth to the Late Twelfth Century pp 90 91 Pitra Jean Baptiste Francois 1864 Juris ecc Graecorum historia et monumenta I Rome a b c d e f g h Lambert Mears Analysis of M Ortolan s Institutes of Justinian p 64 6 a b F Betancourt Derecho romano clasico p 121 a b c d e Laiou y Simon coord Law and Society in Byzantium Ninth twelfth Centuries p 71 G Mousourakis Roman Law and the Origins of the Civil Law Tradition p 226 a b F Betancourt Derecho romano clasico p 122 Laiou y Simon 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Lassard and Alexandr Koptev Datos Q166834Obtenido de https es wikipedia org w index php title Derecho bizantino amp oldid 135293151, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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