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Demarcaciones territoriales de la Ciudad de México

Las demarcaciones territoriales son la unidad básica de la división territorial y organización administrativa de la capital de México, la Ciudad de México. Junto con los municipios de los estados libres y soberanos, constituyen los dos tipos de organización de segundo nivel en México.

Demarcaciones territoriales de Ciudad de México
Alcaldías

Demarcaciones territoriales de Ciudad de México.
País México México
Localizados en  Ciudad de México
Creados por Constitución Política de la Ciudad de México
Fecha de creación 2016
Datos estadísticos
Número actual 16
Gobierno Alcaldía

Sustituyeron las antiguas delegaciones desde la aprobación de la Constitución Política de la Ciudad de México en 2016. Están compuestas por el territorio designado por el marco legal, sus habitantes y autoridades.[1][2]

La Ciudad de México se subdivide en dieciséis demarcaciones territoriales, cuyo gobierno recae en los órganos denominados Alcaldías, conformados por un alcalde o alcaldesa y un consejo.

Historia editar

El Distrito Federal se creó en 1824 con el territorio correspondiente a un círculo cuyo centro era el Zócalo y tenía un radio de 8.38 kilómetros.

En la Constitución Federal de 1857 con ese mismo territorio se le identificó como sinónimo de la Ciudad de México, y entre 1853 y 1898 se fijaron nuevos límites, los cuales no fueron plenamente oficializados sino hasta 1898, durante el gobierno de Porfirio Díaz.

El 1 de diciembre de 1930 se eliminó el carácter de municipio a las unidades territoriales del Distrito Federal y pasaron a denominarse delegación cada una de ellas por excepción del Departamento Central, conformado por tres demarcaciones territoriales ubicadas en el centro-norte de la entidad.

Entre 1940 y 1970 se realizaron, entre los estados vecinos y el Distrito Federal, tratados de límites, sobre todo en lo que fue el lecho del lago de Texcoco y la zona sudoriental, por los cuales poblaciones limítrofes pasaron a pertenecer a la entidad federativa vecina.

Hasta 1970 se produjeron diversos cambios legales. Ese año se eliminó el departamento central (que había sido el Municipio de México), mismo que ese año fue desmembrado para crear las delegaciones Miguel Hidalgo, Cuauhtémoc y Venustiano Carranza, obteniendo la división territorial que actualmente tiene.

En 2016 debido a una reforma política se transformaron las delegaciones en demarcaciones territoriales.

Alcaldías editar

El gobierno dentro de las demarcaciones territoriales se llama alcaldía. A diferencia de los municipios del resto de las entidades federativas de México, donde existe presidente municipal, (conocidos coloquial pero no oficialmente como alcaldes o alcaldesas), una alcaldía es dirigida por un alcalde o alcaldesa (antes del 2016, cuando eran delegaciones, era llamado jefe delegacional), que es la máxima autoridad dentro de los órganos político-administrativos en los que se divide la Ciudad de México.

Cada tres años, en el primer domingo de junio, los habitantes de la Ciudad de México salen a depositar su voto libre y directo a un candidato a Alcalde o Alcaldesa que cubrirá el mismo período. Cada seis años, la elección para este cargo coincidirá con la de Jefe de Gobierno de Ciudad de México.[3][4]

Antecedentes editar

Los Alcaldes/Alcaldesas se eligen por sufragio universal a partir del año 2000. Anteriormente eran designados por el Jefe del Departamento del Distrito Federal, nombrados Delegados, figuras que fueron sustituidas en 1997 por el Jefe del Gobierno del Distrito Federal, denominados en ese momento Jefe Delegacional. [cita requerida]

Requisitos para ser alcalde editar

Para aspirar a ser electo como alcalde o Alcaldesa, el candidato requiere ser propuesto por un partido político, legalmente instituido con presencia nacional, aunque existen partidos u organizaciones políticas locales.[5]​ Además, debe ser ciudadano(a) mexicano(a) por nacimiento y no tener otra nacionalidad, en pleno goce de sus derechos; tener por lo menos veinticinco años cumplidos el día de la elección; ser originario(a) de Ciudad de México con dos años de residencia efectiva inmediatamente anteriores al día de la elección, o vecino(a) de él con residencia efectiva no menor de tres años inmediatamente anteriores al día de la elección, no haber desempeñado el cargo de Jefe de Gobierno de Ciudad de México con cualquier denominación, y no ser ministro de ningún culto religioso, a no ser que hubiere dejado de serlo con la anticipación y en la forma que establezca la ley. Los Alcaldes o Alcaldesas por elección popular y los designados por el Congreso de la Ciudad de México no podrán ser reelectos para el periodo inmediato. Su encargo durará tres años iniciando el primero de octubre del año de la elección, por medio de toma de protesta ante ese congreso.[4]

Conformación editar

Para la determinación de las demarcaciones territoriales, el Congreso de la Ciudad de México deberá formular los estudios para establecer, modificar o reordenar la división territorial de Ciudad de México; para esto, constituirá un comité de trabajo integrado por servidores públicos de la administración pública de la Ciudad de México y por una comisión de diputados al Congreso de la Ciudad de México, electos por su pleno, en el número que determine la ley. Este comité deberá realizar los trabajos necesarios, con los apoyos técnicos que requiera, con cargo a la administración pública de la Ciudad de México.[4]

Para esto, deberá tomar como base:

  • la población;
  • la configuración geográfica;
  • la infraestructura y el equipamiento urbano;
  • el número y extensión de colonias, barrios, pueblos o unidades habitacionales de las alcaldías;
  • las directrices de conformación o reclasificación de asentamientos humanos con categoría de colonias;
  • la previsión de los redimensionamientos estructurales y funcionales de las alcaldías;
  • el presupuesto de egresos y previsiones de ingresos de la entidad.

Las alcaldías no poseen cabildos, a diferencia de otras entidades federativas. En su lugar, existen Concejos de 10 integrantes, elegidos por circunscripciones, el partido ganador de la elección obtiene 6 concejales y por representación proporcional los partidos que no ganan obtienen hasta 4 concejales.

Demarcaciones territoriales editar

Demarcaciones territoriales de la Ciudad de México[1]
 
Alcaldías Población (2020)[6] Superficie (km²) Densidad de habitantes (km²) Código postal
Álvaro Obregón 759 137 96.17 7 894 01000 - 01999
Azcapotzalco 432 205 33.66 12 840 02000 - 02999
Benito Juárez 434 153 26.63 16 303 03000 - 03999
Coyoacán 614 447 54.4 11 295 04000 - 04999
Cuajimalpa de Morelos 217 686 80.95 2 689 05000 - 05999
Cuauhtémoc 545 884 32.4 16 848 06000 - 06999
Gustavo A. Madero 1 173 351 94.07 12 473 07000 - 07999
Iztacalco 404 695 23.3 17 369 08000 - 08999
Iztapalapa 1 835 486 117 15 687 09000 - 09999
Magdalena Contreras 247 622 74.58 3 320 10000 - 10999
Miguel Hidalgo 414 470 46.99 8 820 11000 - 11999
Milpa Alta 152 685 228.41 668 12000 - 12999
Tláhuac 392 313 85.34 4 597 13000 - 13999
Tlalpan 699 928 312 2 243 14000 - 14999
Venustiano Carranza 443 704 33.4 13 284 15000 - 15999
Xochimilco 442 178 122 3 624 16000 - 16999

Véase también editar

Referencias editar

  1. «Artículo 52 — Apartado 4 de la Constitución Política de la Ciudad de México». Congreso de la Ciudad de México. Consultado el 3 de octubre de 2022. «Texto vigente a la última reforma del 2 de junio de 2022 ». 
  2. Georgina Olson (11 de noviembre de 2018). «¿Cómo referirse a las alcaldías?». Excélsior. Consultado el 12 de julio de 2020. «La unidad territorial administrativa se llama "demarcación" (equivalente a municipio), el órgano administrativo se llama "Alcaldía" (el equivalente a "Ayuntamiento). » 
  3. «Título III, Capítulo VI de la Constitución Política de la Ciudad de México». Congreso de la Ciudad de México. Consultado el 3 de octubre de 2022. «Texto vigente a la última reforma del 2 de junio de 2022 ». 
  4. «Ley Orgánica de las Alcaldías de la Ciudad de México». Consultado el 3 de octubre de 2022. «Texto vigente a la última reforma del 27 de mayo de 2022 ». 
  5. Página web del Instituto Electoral de la Ciudad de México (antes Instituto Electoral del Distrito Federal)
  6. «Instituto Nacional de Estadística y Geografía (2020).». 
  •   Datos: Q2734310

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Para la lista vease Anexo Demarcaciones territoriales de la Ciudad de Mexico Las demarcaciones territoriales son la unidad basica de la division territorial y organizacion administrativa de la capital de Mexico la Ciudad de Mexico Junto con los municipios de los estados libres y soberanos constituyen los dos tipos de organizacion de segundo nivel en Mexico Demarcaciones territoriales de Ciudad de MexicoAlcaldiasDemarcaciones territoriales de Ciudad de Mexico PaisMexico MexicoLocalizados en Ciudad de MexicoCreados porConstitucion Politica de la Ciudad de MexicoFecha de creacion2016Datos estadisticosNumero actual16GobiernoAlcaldia editar datos en Wikidata Sustituyeron las antiguas delegaciones desde la aprobacion de la Constitucion Politica de la Ciudad de Mexico en 2016 Estan compuestas por el territorio designado por el marco legal sus habitantes y autoridades 1 2 La Ciudad de Mexico se subdivide en dieciseis demarcaciones territoriales cuyo gobierno recae en los organos denominados Alcaldias conformados por un alcalde o alcaldesa y un consejo Indice 1 Historia 2 Alcaldias 2 1 Antecedentes 2 2 Requisitos para ser alcalde 2 3 Conformacion 3 Demarcaciones territoriales 4 Vease tambien 5 ReferenciasHistoria editarArticulo principal Historia territorial de la Ciudad de Mexico El Distrito Federal se creo en 1824 con el territorio correspondiente a un circulo cuyo centro era el Zocalo y tenia un radio de 8 38 kilometros En la Constitucion Federal de 1857 con ese mismo territorio se le identifico como sinonimo de la Ciudad de Mexico y entre 1853 y 1898 se fijaron nuevos limites los cuales no fueron plenamente oficializados sino hasta 1898 durante el gobierno de Porfirio Diaz El 1 de diciembre de 1930 se elimino el caracter de municipio a las unidades territoriales del Distrito Federal y pasaron a denominarse delegacion cada una de ellas por excepcion del Departamento Central conformado por tres demarcaciones territoriales ubicadas en el centro norte de la entidad Entre 1940 y 1970 se realizaron entre los estados vecinos y el Distrito Federal tratados de limites sobre todo en lo que fue el lecho del lago de Texcoco y la zona sudoriental por los cuales poblaciones limitrofes pasaron a pertenecer a la entidad federativa vecina Hasta 1970 se produjeron diversos cambios legales Ese ano se elimino el departamento central que habia sido el Municipio de Mexico mismo que ese ano fue desmembrado para crear las delegaciones Miguel Hidalgo Cuauhtemoc y Venustiano Carranza obteniendo la division territorial que actualmente tiene En 2016 debido a una reforma politica se transformaron las delegaciones en demarcaciones territoriales Alcaldias editarEl gobierno dentro de las demarcaciones territoriales se llama alcaldia A diferencia de los municipios del resto de las entidades federativas de Mexico donde existe presidente municipal conocidos coloquial pero no oficialmente como alcaldes o alcaldesas una alcaldia es dirigida por un alcalde o alcaldesa antes del 2016 cuando eran delegaciones era llamado jefe delegacional que es la maxima autoridad dentro de los organos politico administrativos en los que se divide la Ciudad de Mexico Cada tres anos en el primer domingo de junio los habitantes de la Ciudad de Mexico salen a depositar su voto libre y directo a un candidato a Alcalde o Alcaldesa que cubrira el mismo periodo Cada seis anos la eleccion para este cargo coincidira con la de Jefe de Gobierno de Ciudad de Mexico 3 4 Antecedentes editar Los Alcaldes Alcaldesas se eligen por sufragio universal a partir del ano 2000 Anteriormente eran designados por el Jefe del Departamento del Distrito Federal nombrados Delegados figuras que fueron sustituidas en 1997 por el Jefe del Gobierno del Distrito Federal denominados en ese momento Jefe Delegacional cita requerida Requisitos para ser alcalde editar Para aspirar a ser electo como alcalde o Alcaldesa el candidato requiere ser propuesto por un partido politico legalmente instituido con presencia nacional aunque existen partidos u organizaciones politicas locales 5 Ademas debe ser ciudadano a mexicano a por nacimiento y no tener otra nacionalidad en pleno goce de sus derechos tener por lo menos veinticinco anos cumplidos el dia de la eleccion ser originario a de Ciudad de Mexico con dos anos de residencia efectiva inmediatamente anteriores al dia de la eleccion o vecino a de el con residencia efectiva no menor de tres anos inmediatamente anteriores al dia de la eleccion no haber desempenado el cargo de Jefe de Gobierno de Ciudad de Mexico con cualquier denominacion y no ser ministro de ningun culto religioso a no ser que hubiere dejado de serlo con la anticipacion y en la forma que establezca la ley Los Alcaldes o Alcaldesas por eleccion popular y los designados por el Congreso de la Ciudad de Mexico no podran ser reelectos para el periodo inmediato Su encargo durara tres anos iniciando el primero de octubre del ano de la eleccion por medio de toma de protesta ante ese congreso 4 Conformacion editar Para la determinacion de las demarcaciones territoriales el Congreso de la Ciudad de Mexico debera formular los estudios para establecer modificar o reordenar la division territorial de Ciudad de Mexico para esto constituira un comite de trabajo integrado por servidores publicos de la administracion publica de la Ciudad de Mexico y por una comision de diputados al Congreso de la Ciudad de Mexico electos por su pleno en el numero que determine la ley Este comite debera realizar los trabajos necesarios con los apoyos tecnicos que requiera con cargo a la administracion publica de la Ciudad de Mexico 4 Para esto debera tomar como base la poblacion la configuracion geografica la infraestructura y el equipamiento urbano el numero y extension de colonias barrios pueblos o unidades habitacionales de las alcaldias las directrices de conformacion o reclasificacion de asentamientos humanos con categoria de colonias la prevision de los redimensionamientos estructurales y funcionales de las alcaldias el presupuesto de egresos y previsiones de ingresos de la entidad Las alcaldias no poseen cabildos a diferencia de otras entidades federativas En su lugar existen Concejos de 10 integrantes elegidos por circunscripciones el partido ganador de la eleccion obtiene 6 concejales y por representacion proporcional los partidos que no ganan obtienen hasta 4 concejales Demarcaciones territoriales editarDemarcaciones territoriales de la Ciudad de Mexico 1 nbsp Alcaldias Poblacion 2020 6 Superficie km Densidad de habitantes km Codigo postalAlvaro Obregon 759 137 96 17 7 894 01000 01999Azcapotzalco 432 205 33 66 12 840 02000 02999Benito Juarez 434 153 26 63 16 303 03000 03999Coyoacan 614 447 54 4 11 295 04000 04999Cuajimalpa de Morelos 217 686 80 95 2 689 05000 05999Cuauhtemoc 545 884 32 4 16 848 06000 06999Gustavo A Madero 1 173 351 94 07 12 473 07000 07999Iztacalco 404 695 23 3 17 369 08000 08999Iztapalapa 1 835 486 117 15 687 09000 09999Magdalena Contreras 247 622 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Politica de la Ciudad de Mexico Congreso de la Ciudad de Mexico Consultado el 3 de octubre de 2022 Texto vigente a la ultima reforma del 2 de junio de 2022 a b c Ley Organica de las Alcaldias de la Ciudad de Mexico Consultado el 3 de octubre de 2022 Texto vigente a la ultima reforma del 27 de mayo de 2022 Pagina web del Instituto Electoral de la Ciudad de Mexico antes Instituto Electoral del Distrito Federal Instituto Nacional de Estadistica y Geografia 2020 nbsp Datos Q2734310 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Demarcaciones territoriales de la Ciudad de Mexico amp oldid 154593488, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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