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Constitución de Honduras de 1904

La Constitución de Honduras de 1904 fue la séptima constitución vigente del país, promulgada el 2 de septiembre de 1904 en la capital Tegucigalpa. Entró en vigencia el 1 de enero de 1906, derogando la anterior constitución de 1894.

Tras ser escogido Manuel Bonilla como Presidente constitucional en 1903, este disolvió al Congreso en febrero de 1904 y asumió todos los poderes del Estado.[1]​ A su vez se convocó a elecciones para una Asamblea Nacional Constituyente que se instaló el 1 de junio de 1904.

Bonilla fue escogido presidente por la Asamblea. Fue derrocado en 1907 y puesta la presidencia en Miguel R. Dávila, quien convocó a elecciones para una nueva Asamblea Constituyente el 26 de octubre de ese año. La misma se instaló en Tegucigalpa el 1 de enero de 1908 y el 8 de febrero restauró la constitución de 1894.[2]

Asamblea Constituyente

La Asamblea Constituyente de 1904 estuvo compuesta por:

1. F. Dávila Presidente, Diputado por el Departamento de Santa Bárbara.
2. José Manuel Zelaya Vicepresidente. Diputado por el Departamento de Olancho.
3. Rafael Alvarado Diputado por el Departamento de Tegucigalpa.
4. Francisco Escovar Diputado por el Departamento de Tegucigalpa.
5. Manuel Villar Diputado por el Departamento de Tegucigalpa.
6. Jerónimo J. Reina Diputado por el Departamento de Tegucigalpa.
7. Santos Soto Diputado por el Departamento de Tegucigalpa.
8. Basilio Chacón Diputado por el Departamento de Copán.
9. R. Díaz Diputado por el Departamento de Copán.
10. T. Miralda Diputado por el Departamento de Olancho.
11. Juan Ordóñez Diputado por el Departamento de Olancho.
12. José M. Santos Diputado por el Departamento de Gracias.
13. Faustino Molina Diputado por el Departamento de Choluteca.
14. Alfonso Guillén Diputado por el Departamento de Choluteca.
15. Jorge Molina Diputado por el Departamento de Olancho.
16. Vicente Idiaquez Diputado por el Departamento de El Paraíso.
17. Emilio Mazier Diputado por el Departamento de El Paraíso.
18. José Indalecio López Diputado por el Departamento de El Paraíso.
19. Servando Muños Diputado por el Departamento de Santa Bárbara.
20. Augusto C. Coello Diputado por el Departamento de La Paz.
21. Pedro A. Medal Diputado por el Departamento de Comayagua.
22. J. Daniel Boquín Diputado por el Departamento de Comayagua.
23. R. Alvarado Guerrero Diputado por el Departamento de Intibucá.
24. Juan Ramón Girón E. Diputado por el Departamento de Valle.
25. Alejandro Sosa Diputado por el Departamento de Valle.
26. Ángel V. Matute Diputado por el Departamento de Yoro
27. Pilar Martínez Diputado por el Departamento de Yoro.
28. F. Gerardo Dillet Diputado por el Departamento de Colón.
29. Benjamín S. Escobar Diputado por el Departamento de Colón.
30. Francisco Leiva Diputado por el Departamento de Cortés.
31. F. Guerrero Diputado por el Departamento de Atlántida.
32. F. A. Matute Diputado por el Departamento de las islas de la Bahía.
33. J. Bustillo Rivera Diputado por el Departamento de La Paz.
34. Audato Muñoz Secretario, Diputado por el Departamento de Gracias.

Contenido

La constitución consta de 147 artículos y está estructurada de la siguiente manera:

Decreto número 60
La Asamblea Nacional Constituyente decreta la siguiente Constitución Política de la República de Honduras.
Título I
Título II. De los hondureños
Título III. De los extranjeros
Título IV. De los ciudadanos
Título V. De los derechos y garantías
Título VI. De la forma de gobierno
Título VII. Del Poder Legislativo
Título VIII. De las atribuciones del Poder Legislativo
Título IX. De la formación, sanción y promulgación de la ley
Título X. Del Poder Ejecutivo
Título XI. De las atribuciones del Poder Ejecutivo
Título XII. Del Poder Judicial
Título XIII. Del Ejército
Título XIV. Del Presupuesto
Título XV. Del Tesoro Público
Título XVI. Del Gobierno Departamental
Título XVII. Disposiciones complementarias
Disposiciones transitorias
Estructura de gobierno

La constitución es, tanto en estructura como en contenido, similar a la anterior de 1894. Al igual que esta, comienza abogando por la reinstauración de la disuelta República de Centroamérica. pero añade que puede conformarse con uno o más Estados centroamericanos. El gobierno es nuevamente «republicano, democrático y representativo», y «se ejerce por tres Poderes independientes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial» (art. 64).

Poderes del Estado

Se eleva la edad requerida para ser presidente a 30 años. Se reitera el periodo de 4 años que iniciaba el 1 de febrero, y la prohibición de reelección. En caso de ausencia temporal del presidente, lo reemplazaría ahora el Consejo de Secretarios de Estado o un Secretario que él escogiese (art. 88). Si la ausencia era absoluta, la presidencia quedaba a cargo del Consejo de Secretarios de Estado, quien llamaba inmediatamente a elecciones. La Corte Suprema de Justicia se mantiene de 5 magistrados y 3 suplentes, con un periodo de mandato de 6 años, prorrogable hasta el nombramiento de sus sucesores. Los mismos pasan a ser escogidos por el Congreso, como era antes de la constitución de 1894, y ya no pueden reelegirse. Ahora para ser diputado por un departamento se requería ser natural o vecino del mismo, y se mantiene su posibilidad a reelegirse indefinidamente. Se reitera que el Congreso puede iniciar sesiones con 2 tercios de sus miembros, y sus atribuciones y prerrogativas se mantienen prácticamente inalterables (art. 73).

Ciudadanos

Se mantienen como ciudadanos «los hondureños mayores de veintiún años, y los mayores de dieciocho que sean casados o sepan leer y escribir», manteniendo además los casos de suspensión de la ciudadanía (art. 20-22). La constitución consideraba hondureños naturales a los centroamericanos que se hallasen en cualquier parte del territorio nacional y, al igual que la anterior constitución, exigía un tiempo de residencia de un año a los hispanoamericanos para pedir la naturalización, y de dos para los demás extranjeros (art. 7-8). Los extranjeros domiciliados en Honduras podían desempeñar cargos municipales y de simple administración (art. 13). Se definen nuevamente los casos de prohibición para la entrada al país y de extradición.

Garantías y prohibiciones

Se reitera «la inviolabilidad de la vida humana, la seguridad individual, la libertad, la igualdad y la propiedad» (art. 25), la institución de habeas corpus y el derecho a la defensa y al debido proceso. La detención para inquirir, nuevamente, no podía pasar los 6 días, pero se aumenta el tiempo que un detenido puede pasar incomunicado a 3 días. (art. 30-31). También se reitera el libre ejercicio de todas las religiones, la educación laica y la prohibición de los ministros religiosos de ejercer cargos públicos. Se reitera el servicio militar obligatorio, reduciendo el tiempo como soldado del ejército activo, de los 25 a los 30 años (art. 114). El estado de sitio no podía extenderse por más de 60 días y señalaba 5 artículos que no podían suspenderse (art. 143).

Disposiciones transitorias

Como instrucción final, la constitución indica que para el «primer período constitucional», la Asamblea escogería al Presidente de la República y los Magistrado de la Corte (art. 146).

Véase también


Predecesor:
Constitución de Honduras de 1894
7ma Constitución Política de Honduras
 

1904 - 1908
(4 años)
Sucesor:
Constitución de Honduras de 1894

Referencias

Fuentes

  • Constitución de 1904 en la Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes. Consultado el 7 de octubre de 2018.
  • Lindvall-Larson, Karen. «Elections and Events 1900-1924». Latin American Election Statistics: A Guide to Sources [Estadísticas de elecciones latino americanas: una guía de fuentes]. Librería de la Universidad de California en San Diego. Consultado el 7 de octubre de 2018. 

Enlaces externos

  •   Datos: Q19422981
  •   Textos: Constitución de Honduras de 1904

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La Constitucion de Honduras de 1904 fue la septima constitucion vigente del pais promulgada el 2 de septiembre de 1904 en la capital Tegucigalpa Entro en vigencia el 1 de enero de 1906 derogando la anterior constitucion de 1894 Tras ser escogido Manuel Bonilla como Presidente constitucional en 1903 este disolvio al Congreso en febrero de 1904 y asumio todos los poderes del Estado 1 A su vez se convoco a elecciones para una Asamblea Nacional Constituyente que se instalo el 1 de junio de 1904 Bonilla fue escogido presidente por la Asamblea Fue derrocado en 1907 y puesta la presidencia en Miguel R Davila quien convoco a elecciones para una nueva Asamblea Constituyente el 26 de octubre de ese ano La misma se instalo en Tegucigalpa el 1 de enero de 1908 y el 8 de febrero restauro la constitucion de 1894 2 Indice 1 Asamblea Constituyente 2 Contenido 3 Vease tambien 4 Referencias 5 Fuentes 6 Enlaces externosAsamblea Constituyente EditarLa Asamblea Constituyente de 1904 estuvo compuesta por 1 F Davila Presidente Diputado por el Departamento de Santa Barbara 2 Jose Manuel Zelaya Vicepresidente Diputado por el Departamento de Olancho 3 Rafael Alvarado Diputado por el Departamento de Tegucigalpa 4 Francisco Escovar Diputado por el Departamento de Tegucigalpa 5 Manuel Villar Diputado por el Departamento de Tegucigalpa 6 Jeronimo J Reina Diputado por el Departamento de Tegucigalpa 7 Santos Soto Diputado por el Departamento de Tegucigalpa 8 Basilio Chacon Diputado por el Departamento de Copan 9 R Diaz Diputado por el Departamento de Copan 10 T Miralda Diputado por el Departamento de Olancho 11 Juan Ordonez Diputado por el Departamento de Olancho 12 Jose M Santos Diputado por el Departamento de Gracias 13 Faustino Molina Diputado por el Departamento de Choluteca 14 Alfonso Guillen Diputado por el Departamento de Choluteca 15 Jorge Molina Diputado por el Departamento de Olancho 16 Vicente Idiaquez Diputado por el Departamento de El Paraiso 17 Emilio Mazier Diputado por el Departamento de El Paraiso 18 Jose Indalecio Lopez Diputado por el Departamento de El Paraiso 19 Servando Munos Diputado por el Departamento de Santa Barbara 20 Augusto C Coello Diputado por el Departamento de La Paz 21 Pedro A Medal Diputado por el Departamento de Comayagua 22 J Daniel Boquin Diputado por el Departamento de Comayagua 23 R Alvarado Guerrero Diputado por el Departamento de Intibuca 24 Juan Ramon Giron E Diputado por el Departamento de Valle 25 Alejandro Sosa Diputado por el Departamento de Valle 26 Angel V Matute Diputado por el Departamento de Yoro27 Pilar Martinez Diputado por el Departamento de Yoro 28 F Gerardo Dillet Diputado por el Departamento de Colon 29 Benjamin S Escobar Diputado por el Departamento de Colon 30 Francisco Leiva Diputado por el Departamento de Cortes 31 F Guerrero Diputado por el Departamento de Atlantida 32 F A Matute Diputado por el Departamento de las islas de la Bahia 33 J Bustillo Rivera Diputado por el Departamento de La Paz 34 Audato Munoz Secretario Diputado por el Departamento de Gracias Contenido EditarLa constitucion consta de 147 articulos y esta estructurada de la siguiente manera Decreto numero 60La Asamblea Nacional Constituyente decreta la siguiente Constitucion Politica de la Republica de Honduras dd Titulo I Titulo II De los hondurenos Titulo III De los extranjeros Titulo IV De los ciudadanos Titulo V De los derechos y garantias Titulo VI De la forma de gobierno Titulo VII Del Poder Legislativo Titulo VIII De las atribuciones del Poder Legislativo Titulo IX De la formacion sancion y promulgacion de la ley Titulo X Del Poder Ejecutivo Titulo XI De las atribuciones del Poder Ejecutivo Titulo XII Del Poder Judicial Titulo XIII Del Ejercito Titulo XIV Del Presupuesto Titulo XV Del Tesoro Publico Titulo XVI Del Gobierno Departamental Titulo XVII Disposiciones complementarias Disposiciones transitoriasEstructura de gobiernoLa constitucion es tanto en estructura como en contenido similar a la anterior de 1894 Al igual que esta comienza abogando por la reinstauracion de la disuelta Republica de Centroamerica pero anade que puede conformarse con uno o mas Estados centroamericanos El gobierno es nuevamente republicano democratico y representativo y se ejerce por tres Poderes independientes Legislativo Ejecutivo y Judicial art 64 Poderes del EstadoSe eleva la edad requerida para ser presidente a 30 anos Se reitera el periodo de 4 anos que iniciaba el 1 de febrero y la prohibicion de reeleccion En caso de ausencia temporal del presidente lo reemplazaria ahora el Consejo de Secretarios de Estado o un Secretario que el escogiese art 88 Si la ausencia era absoluta la presidencia quedaba a cargo del Consejo de Secretarios de Estado quien llamaba inmediatamente a elecciones La Corte Suprema de Justicia se mantiene de 5 magistrados y 3 suplentes con un periodo de mandato de 6 anos prorrogable hasta el nombramiento de sus sucesores Los mismos pasan a ser escogidos por el Congreso como era antes de la constitucion de 1894 y ya no pueden reelegirse Ahora para ser diputado por un departamento se requeria ser natural o vecino del mismo y se mantiene su posibilidad a reelegirse indefinidamente Se reitera que el Congreso puede iniciar sesiones con 2 tercios de sus miembros y sus atribuciones y prerrogativas se mantienen practicamente inalterables art 73 CiudadanosSe mantienen como ciudadanos los hondurenos mayores de veintiun anos y los mayores de dieciocho que sean casados o sepan leer y escribir manteniendo ademas los casos de suspension de la ciudadania art 20 22 La constitucion consideraba hondurenos naturales a los centroamericanos que se hallasen en cualquier parte del territorio nacional y al igual que la anterior constitucion exigia un tiempo de residencia de un ano a los hispanoamericanos para pedir la naturalizacion y de dos para los demas extranjeros art 7 8 Los extranjeros domiciliados en Honduras podian desempenar cargos municipales y de simple administracion art 13 Se definen nuevamente los casos de prohibicion para la entrada al pais y de extradicion Garantias y prohibicionesSe reitera la inviolabilidad de la vida humana la seguridad individual la libertad la igualdad y la propiedad art 25 la institucion de habeas corpus y el derecho a la defensa y al debido proceso La detencion para inquirir nuevamente no podia pasar los 6 dias pero se aumenta el tiempo que un detenido puede pasar incomunicado a 3 dias art 30 31 Tambien se reitera el libre ejercicio de todas las religiones la educacion laica y la prohibicion de los ministros religiosos de ejercer cargos publicos Se reitera el servicio militar obligatorio reduciendo el tiempo como soldado del ejercito activo de los 25 a los 30 anos art 114 El estado de sitio no podia extenderse por mas de 60 dias y senalaba 5 articulos que no podian suspenderse art 143 Disposiciones transitoriasComo instruccion final la constitucion indica que para el primer periodo constitucional la Asamblea escogeria al Presidente de la Republica y los Magistrado de la Corte art 146 Vease tambien EditarConstitucion de Honduras Historia del Derecho en Honduras Gobernantes de Honduras Predecesor Constitucion de Honduras de 1894 7ma Constitucion Politica de Honduras 1904 1908 4 anos Sucesor Constitucion de Honduras de 1894Referencias Editar Stokes 1950 p 56 Zuniga Huete 1987 Vol 2 p 140 Fuentes EditarConstitucion de 1904 en la Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes Consultado el 7 de octubre de 2018 Lindvall Larson Karen Elections and Events 1900 1924 Latin American Election Statistics A Guide to Sources Estadisticas de elecciones latino americanas una guia de fuentes Libreria de la Universidad de California en San Diego Consultado el 7 de octubre de 2018 Enlaces externos EditarConstitucion de Honduras de 1904 en Wikisource Datos Q19422981 Textos Constitucion de Honduras de 1904Obtenido de https es wikipedia org w index php title Constitucion de Honduras de 1904 amp oldid 130566739, wikipedia, wiki, 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