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Bachillerato Laboral o Técnico en España

El bachillerato laboral o técnico (inicialmente bachillerato profesional, diferenciado del Bachillerato universitario) fue un tipo de bachillerato específico establecido en España en 1949 por la dictadura franquista a iniciativa del Ministro de Trabajo, el falangista José Antonio Girón. «Se presentaba como un intento de proporcionar unos conocimientos mínimos a la clase obrera para incorporarla a la producción, aunque su objetivo real debe buscarse en la pugna por el control de un cierto tipo de enseñanza desde la Organización Sindical Española frente al poder de la Iglesia».[1]

Fue creado por la Ley de 16 de julio de 1949 de Bases de Enseñanza Media y Profesional,[BOE 1]​ en cuyo preámbulo se decía que era «una nueva modalidad del Bachillerato que sin perder su carácter esencial de formación humana» la simultanearía «con el adiestramiento de la juventud en las prácticas de la moderna técnica profesional» para asegurar «a los alumnos una preparación suficiente para desenvolverse en la vida y a los mejores dotados el posible acceso a los estudios superiores».

«Aunque no llegó a tener un volumen de alumnos importante, representó el reconocimiento de la conveniencia de abrir vías nuevas en la educación secundaria, pero diferentes del bachillerato universitario tradicional».[2]​ «Un bachillerato que..., en los momentos de mayor expansión sus alumnos llegaran a suponer más allá del 5,9% del bachillerato general».[3]

La ley de 1949

Los centros donde se impartiría el Bachillerato profesional, no serían los Institutos de Enseñanza Media donde se estudiaba el Bachillerato Universitario, sino unos nuevos Centros de Enseñanza Media y Profesional que estarían destinados a tres grupos de alumnos, según el Preámbulo de la ley. «En primer término, aquellos que desean únicamente, sobre la base de una formación general humana de un Bachillerato elemental, instruirse en la práctica de las enseñanzas profesionales modernas. En segundo lugar, los que aspiren a ingresar en otros estudios especiales técnicos, para los que se requieren tan sólo los primeros años del Bachillerato. Por último, el de los mejor dotados, intelectualmente, que, alejados de las grandes poblaciones, podrán cursar los primeros años del Bachillerato en el lugar de su residencia, con ánimo de completar más tarde su formación y alcanzar el grado de Bachiller universitario a través de un sistema progresivo de selección que garantice su acierto vocacional y les encauce hacia la Universidad o los estudios técnicos superiores». Los Centros de Enseñanza Media y Profesional serían masculinos o femeninos, aunque «la labor docente de extensión profesional y de elevación del nivel de cultura podrá abarcar alumnos de uno y de otro sexo» (Base IV).

La duración del Bachillerato profesional sería de cinco años, un primer año de carácter formativo general y cuatro años de especialización profesional (Base VIII). Así constituiría «un bachillerato elemental equiparable a los primeros cursos del Bachillerato universitario en las disciplinas básicas formativas y complementado con la especialización inicial en las prácticas propias de la agricultura, la industria u otras actividades semejantes para aquellos alumnos que no podrían conseguir esta formación por otros medios» (Preámbulo). Se organizaría en «especialidades de tipo agrícola, ganadero, industrial, minero, marítimo y de profesiones femeninas» (Base III). Sus estudios completos abarcarían (Base VIII):

a) Las disciplinas básicas propias de la Enseñanza Media con predominio creciente de las Ciencias de la Naturaleza y de las Lenguas Vivas.
b) Cursos teórico-prácticos de cuatro años de depuración de las enseñanzas técnicas y elementales propias de cada una de las modalidades reseñadas en la Base III. Estas enseñanzas comenzarán a partir del segundo curso.
c) La formación del espíritu nacional, la educación física, y en los Centros femeninos las enseñanzas del hogar.

Para ingresar en estos nuevos Centros de Enseñanza Media y Profesional se requería aprobar un examen al que se podrían presentar los alumnos que cumplieran los diez años en el año natural del mismo (Base XIII). Sin embargo, quedarían exentos los alumnos que hubieran completado los tres primeros periodos de la educación primaria (de seis a doce años) y se dispusieran a comenzar el cuarto periodo, de «iniciación profesional» (Base IX).

Superados los cinco años de estudios y un examen final, los alumnos recibirían el título de Bachiller de Enseñanza Media y Profesional. Con ese título podrían acceder al Bachillerato universitario tras superar un examen de admisión sobre «las materias propias de la formación general de dicho Bachillerato universitario que no figuren en el cuadro de estudios del Bachillerato profesional». Superado ese examen «les serán computados sus cinco años de estudios» en el Bachillerato profesional (Base X).

Disposiciones posteriores

El nuevo bachillerato creado por la Ley de 1953 establecía un Bachillerato Elemental, de cuatro cursos, y un Bachillerato Superior, de dos.[4]​ Esta nueva estructura planteó la necesidad de establecer las equivalencias con el Bachillerato profesional de la ley de 1949 y que la nueva ley ya llamaba Bachillerato Laboral. A esto se refería el artículo ciento diez de la Ley que abría la posibilidad de que los que habían aprobado los cinco cursos del Bachillerato laboral pudieran obtener el título de Bachiller elemental, tras superar un examen de grado como el resto de estudiantes, y poder acceder así al Bachillerato superior. El mencionado artículo decía: «La aprobación de los cinco cursos del Bachillerato laboral y de las asignaturas del Bachillerato elemental [de cuatro cursos] que no puedan ser reglamentariamente conmutadas, permitirá obtener el título de Bachiller elemental, sin más que realizar los exámenes de Grado ante los Tribunales designados para los alumnos de los Institutos Nacionales de Enseñanza Media. Los Bachilleres de Grado elemental podrán obtener el título de Bachilleres laborales, aprobando las enseñanzas y prácticas técnicas de la modalidad que elijan».

Las conmutaciones entre el Bachillerato Laboral y el nivel elemental del Bachillerato Preuniversitario fueron reguladas por una Orden de 1 de junio de 1954. En la Orden aparecía un cuadro con las materias que se convalidaban. A continuación se establecía que «las pruebas de grado de Bachiller Elemental para los Bachilleres Laborales se realizarán fundamentalmente sobre aquellas asignaturas que, como la Literatura y el Latín, han sido cursadas con menor extensión por aquellos alumnos. Los Bachilleres Elementales se incorporarán al quinto curso de Bachillerato Laboral, de conformidad con lo establecido en el anterior cuadro para los alumnos que tengan aprobado el cuarto curso de Bachillerato Preuniversitario».[BOE 2]

Un paso importante en la coordinación de ambos bachilleratos se dio con el Decreto de 6 de julio de 1956 en cuyo preámbulo se reconocía la necesidad de «iniciar una coordinación de los estudios de grado medio establecidos por las diversas disposiciones vigentes, extendiendo de esta forma los beneficios de dichos estudios a grandes zonas sociales que hoy no los reciben. Para el logro de tal finalidad se estima aconsejable dictar las normas oportunas para la transformación de Bachilleres elementales en laborales... y también crear, por analogía con los estudios de Enseñanza media,... el Bachillerato Laboral Superior, que sustituirá al ciclo de perfeccionamiento para Bachilleres laborales». Así, en el artículo primero se autorizaba «al Ministerio de Educación Nacional para establecer un curso de adaptación que tenga por objeto transformar Bachilleres elementales en Bachilleres laborales» y en el artículo segundo «el sistema de convalidación de los estudios del Bachillerato Elemental, el Bachillerato Laboral y las distintas enseñanzas que se cursan en los Centros de Formación Profesional e Industrial». En el artículo tercero se establecía «el Bachillerato Laboral Superior, con objeto de que los Bachilleres laborales puedan ampliar su formación dentro de la misma línea profesional que han elegido». Su duración sería la misma que el Bachillerato Superior, dos cursos.[BOE 3]

Con la Orden de 1 de octubre de 1956, «se crean estudios nocturnos para obtener el grado de bachillerato elemental dirigidos a los trabajadores, que por su ocupación no pueden asistir durante la jornada laboral al Instituto».[5][BOE 4]

Hay que esperar a la Ley 16/1967 para ver unificado el primer ciclo de enseñanza media para todos los alumnos en España, desapareciendo el bachillerato elemental técnico y quedando reducido el bachillerato elemental a cuatro cursos. El bachillerato superior, compuestos por dos cursos, se divide en tres modalidades: letras, ciencias y técnico.[BOE 5]​ El plan de estudios, con las materias de cada curso, se recoge en el Real Decreto 1106/1967.[BOE 6]

En el artículo segundo de esta ley se establecía que:

Los alumnos que estén en posesión del título de Bachiller elemental podrán acceder tanto al Bachillerato superior general en cualquiera de sus opciones como al Bachillerato superior técnico, en el que completarán su formación con una iniciación técnica en el orden administrativo, industrial, agrícola, marítimo o en otras modalidades análogas que se establezcan por Decreto, de acuerdo con la vigente Ley de Ordenación de la Enseñanza Media.

Por tanto, una vez aprobada la revalida del Bachillerato elemental,[6]​ que otorgaba el título de Bachiller elemental, se lograba el acceso a la segunda etapa de la enseñanza media en su versión laboral o técnica.

Desaparición: el BUP

Con la Ley General de Educación de 1970 queda firmada la desaparición progresiva del Bachillerato técnico superior que será reemplazado por el BUP.[BOE 7]

Véase también

Referencias

  1. Carbonell Sebarroja , Jaume (1976). «Marco legal y política educativa». Cuadernos de Pedagogía (Suplemento nº 3): 26. 
  2. Tiana Ferrer, Alejandro (2013). «El proceso de universalización de la enseñanza secundaria en España en la segunda mitad del siglo XX una aproximación estadística». Bordón. Revista de pedagogía 65 (4): 149-165. Consultado el 10 de marzo de 2015. 
  3. Viñao Frago, Antonio (2011). Del Bachillerato de elite a la educación secundaria para todos (España, siglo XX). En Vicente y Guerrero, Guillermo (coord. y ed. lit.): Actas del I Congreso sobre Historia de la Enseñanza Media en Aragón, celebrado en el I.E.S. Goya de Zaragoza del 30 de marzo al 2 de abril de 2009. pp. 449-472. ISBN 978-84-9911-112-4. Consultado el 10 de marzo de 2015. 
  4. Utande, Manuel (1975). «Treinta años de enseñanza media (1938-1968)». Revista de educación. Ministerio de Educación,Ciencia y Deporte (240): 73-86. Consultado el 10 de marzo de 2015. 
  5. Díaz Alcaraz, F y Moratalla Isasi, S (2008). «La segunda enseñanza desde la segunda República hasta la Ley Orgánica de Educación». Ensayos: Revista de la Facultad de Educación de Albacete (23): 283-306. ISSN 0214-4842 |issn= incorrecto (ayuda). Consultado el 15 de marzo de 2015. 
  6. Decreto 1106/1967 (1967). «Nuevo Plan de Estudios del Bachillerato Elemental». Revista de educación nº 191 (en pp 118-121). Ministerio de educación, ciencia y deporte. Consultado el 10 de marzo de 2015. 

Legislación

  1. LEY DE 16 DE JULIO DE 1949 de Bases de Enseñanza Media y Profesional (BOE, 17 de julio de 1949)
  2. ORDEN de 1 de junio de 1954 (rectificado) por la que se aprueban provisionalmente las conmutaciones entre el Bachillerato Laboral y el Preuniversitario
  3. DECRETO de 6 de julio de 1956 sobre coordinación de las Enseñanzas medias y creación del Bachillerato Laboral Superior
  4. «Orden de 1 de octubre de 1956 por la que se desarrolla el Decreto de 26 de julio de 1956 sobre establecimiento de Secciones filiales y la organización de estudios nocturnos en los Institutos de Enseñanza Media». Boletín Oficial del Estado (302): 6829-6831. 28 de octubre de 1956. ISSN 0212-033X. BOE-A-1956-15182. 
  5. «Ley 16/1967, de 8 de abril, sobre unificación del primer ciclo de la Enseñanza Media.». Boletín Oficial del Estado (86): 4805-4806. 11 de abril de 1967. ISSN 0212-033X. BOE-A-1967-5591. 
  6. «Decreto 1106/1967, de 31 de mayo, para el establecimiento de un nuevo plan de estudios del Bachillerato Elemental». Boletín Oficial del Estado (131): 7524-7526. 2 de junio de 1967. ISSN 0212-033X. BOE-A-1967-9637. 
  7. «Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa». Boletín Oficial del Estado (187): 12525-12546. 6 de agosto de 1970. ISSN 0212-033X. BOE-A-1970-852. 

Bibliografía

  • Lorenzo Vicente, Juan Antonio (2003). La enseñanza media en la España franquista (1936-1975). Editorial Complutense. ISBN 9788474917277
  • «Ley 24/1963, de 2 de marzo, sobre modificación de la Ley de Ordenación de la Enseñanza Media en cuanto a las pruebas de grado y de madurez». Boletín Oficial del Estado (55): 3747. 5 de marzo de 1963. ISSN 0212-033X. BOE-A-1963-4978. 
  • «Decreto de 6 de julio de 1956 sobre coordinación de las Enseñanzas medias y creación del Bachillerato Laboral Superior». Boletín Oficial del Estado (224): 5242-5243. 11 de agosto de 1956. ISSN 0212-033X. BOE-A-1956-11282. 

Enlaces externos

  • LOS PLANES DE ESTUDIO EN LOS INSTITUTOS DE BACHILLERATO DEL SIGLO XX el 4 de marzo de 2016 en Wayback Machine.
  • HISTORIA DE LA EDUCACIÓN EN ESPAÑA (1953-1970)
  •   Datos: Q20013322

bachillerato, laboral, técnico, españa, bachillerato, laboral, técnico, inicialmente, bachillerato, profesional, diferenciado, bachillerato, universitario, tipo, bachillerato, específico, establecido, españa, 1949, dictadura, franquista, iniciativa, ministro, . El bachillerato laboral o tecnico inicialmente bachillerato profesional diferenciado del Bachillerato universitario fue un tipo de bachillerato especifico establecido en Espana en 1949 por la dictadura franquista a iniciativa del Ministro de Trabajo el falangista Jose Antonio Giron Se presentaba como un intento de proporcionar unos conocimientos minimos a la clase obrera para incorporarla a la produccion aunque su objetivo real debe buscarse en la pugna por el control de un cierto tipo de ensenanza desde la Organizacion Sindical Espanola frente al poder de la Iglesia 1 Fue creado por la Ley de 16 de julio de 1949 de Bases de Ensenanza Media y Profesional BOE 1 en cuyo preambulo se decia que era una nueva modalidad del Bachillerato que sin perder su caracter esencial de formacion humana la simultanearia con el adiestramiento de la juventud en las practicas de la moderna tecnica profesional para asegurar a los alumnos una preparacion suficiente para desenvolverse en la vida y a los mejores dotados el posible acceso a los estudios superiores Aunque no llego a tener un volumen de alumnos importante represento el reconocimiento de la conveniencia de abrir vias nuevas en la educacion secundaria pero diferentes del bachillerato universitario tradicional 2 Un bachillerato que en los momentos de mayor expansion sus alumnos llegaran a suponer mas alla del 5 9 del bachillerato general 3 Indice 1 La ley de 1949 2 Disposiciones posteriores 3 Desaparicion el BUP 4 Vease tambien 5 Referencias 5 1 Legislacion 6 Bibliografia 7 Enlaces externosLa ley de 1949 EditarLos centros donde se impartiria el Bachillerato profesional no serian los Institutos de Ensenanza Media donde se estudiaba el Bachillerato Universitario sino unos nuevos Centros de Ensenanza Media y Profesional que estarian destinados a tres grupos de alumnos segun el Preambulo de la ley En primer termino aquellos que desean unicamente sobre la base de una formacion general humana de un Bachillerato elemental instruirse en la practica de las ensenanzas profesionales modernas En segundo lugar los que aspiren a ingresar en otros estudios especiales tecnicos para los que se requieren tan solo los primeros anos del Bachillerato Por ultimo el de los mejor dotados intelectualmente que alejados de las grandes poblaciones podran cursar los primeros anos del Bachillerato en el lugar de su residencia con animo de completar mas tarde su formacion y alcanzar el grado de Bachiller universitario a traves de un sistema progresivo de seleccion que garantice su acierto vocacional y les encauce hacia la Universidad o los estudios tecnicos superiores Los Centros de Ensenanza Media y Profesional serian masculinos o femeninos aunque la labor docente de extension profesional y de elevacion del nivel de cultura podra abarcar alumnos de uno y de otro sexo Base IV La duracion del Bachillerato profesional seria de cinco anos un primer ano de caracter formativo general y cuatro anos de especializacion profesional Base VIII Asi constituiria un bachillerato elemental equiparable a los primeros cursos del Bachillerato universitario en las disciplinas basicas formativas y complementado con la especializacion inicial en las practicas propias de la agricultura la industria u otras actividades semejantes para aquellos alumnos que no podrian conseguir esta formacion por otros medios Preambulo Se organizaria en especialidades de tipo agricola ganadero industrial minero maritimo y de profesiones femeninas Base III Sus estudios completos abarcarian Base VIII a Las disciplinas basicas propias de la Ensenanza Media con predominio creciente de las Ciencias de la Naturaleza y de las Lenguas Vivas b Cursos teorico practicos de cuatro anos de depuracion de las ensenanzas tecnicas y elementales propias de cada una de las modalidades resenadas en la Base III Estas ensenanzas comenzaran a partir del segundo curso c La formacion del espiritu nacional la educacion fisica y en los Centros femeninos las ensenanzas del hogar Para ingresar en estos nuevos Centros de Ensenanza Media y Profesional se requeria aprobar un examen al que se podrian presentar los alumnos que cumplieran los diez anos en el ano natural del mismo Base XIII Sin embargo quedarian exentos los alumnos que hubieran completado los tres primeros periodos de la educacion primaria de seis a doce anos y se dispusieran a comenzar el cuarto periodo de iniciacion profesional Base IX Superados los cinco anos de estudios y un examen final los alumnos recibirian el titulo de Bachiller de Ensenanza Media y Profesional Con ese titulo podrian acceder al Bachillerato universitario tras superar un examen de admision sobre las materias propias de la formacion general de dicho Bachillerato universitario que no figuren en el cuadro de estudios del Bachillerato profesional Superado ese examen les seran computados sus cinco anos de estudios en el Bachillerato profesional Base X Disposiciones posteriores EditarEl nuevo bachillerato creado por la Ley de 1953 establecia un Bachillerato Elemental de cuatro cursos y un Bachillerato Superior de dos 4 Esta nueva estructura planteo la necesidad de establecer las equivalencias con el Bachillerato profesional de la ley de 1949 y que la nueva ley ya llamaba Bachillerato Laboral A esto se referia el articulo ciento diez de la Ley que abria la posibilidad de que los que habian aprobado los cinco cursos del Bachillerato laboral pudieran obtener el titulo de Bachiller elemental tras superar un examen de grado como el resto de estudiantes y poder acceder asi al Bachillerato superior El mencionado articulo decia La aprobacion de los cinco cursos del Bachillerato laboral y de las asignaturas del Bachillerato elemental de cuatro cursos que no puedan ser reglamentariamente conmutadas permitira obtener el titulo de Bachiller elemental sin mas que realizar los examenes de Grado ante los Tribunales designados para los alumnos de los Institutos Nacionales de Ensenanza Media Los Bachilleres de Grado elemental podran obtener el titulo de Bachilleres laborales aprobando las ensenanzas y practicas tecnicas de la modalidad que elijan Las conmutaciones entre el Bachillerato Laboral y el nivel elemental del Bachillerato Preuniversitario fueron reguladas por una Orden de 1 de junio de 1954 En la Orden aparecia un cuadro con las materias que se convalidaban A continuacion se establecia que las pruebas de grado de Bachiller Elemental para los Bachilleres Laborales se realizaran fundamentalmente sobre aquellas asignaturas que como la Literatura y el Latin han sido cursadas con menor extension por aquellos alumnos Los Bachilleres Elementales se incorporaran al quinto curso de Bachillerato Laboral de conformidad con lo establecido en el anterior cuadro para los alumnos que tengan aprobado el cuarto curso de Bachillerato Preuniversitario BOE 2 Un paso importante en la coordinacion de ambos bachilleratos se dio con el Decreto de 6 de julio de 1956 en cuyo preambulo se reconocia la necesidad de iniciar una coordinacion de los estudios de grado medio establecidos por las diversas disposiciones vigentes extendiendo de esta forma los beneficios de dichos estudios a grandes zonas sociales que hoy no los reciben Para el logro de tal finalidad se estima aconsejable dictar las normas oportunas para la transformacion de Bachilleres elementales en laborales y tambien crear por analogia con los estudios de Ensenanza media el Bachillerato Laboral Superior que sustituira al ciclo de perfeccionamiento para Bachilleres laborales Asi en el articulo primero se autorizaba al Ministerio de Educacion Nacional para establecer un curso de adaptacion que tenga por objeto transformar Bachilleres elementales en Bachilleres laborales y en el articulo segundo el sistema de convalidacion de los estudios del Bachillerato Elemental el Bachillerato Laboral y las distintas ensenanzas que se cursan en los Centros de Formacion Profesional e Industrial En el articulo tercero se establecia el Bachillerato Laboral Superior con objeto de que los Bachilleres laborales puedan ampliar su formacion dentro de la misma linea profesional que han elegido Su duracion seria la misma que el Bachillerato Superior dos cursos BOE 3 Con la Orden de 1 de octubre de 1956 se crean estudios nocturnos para obtener el grado de bachillerato elemental dirigidos a los trabajadores que por su ocupacion no pueden asistir durante la jornada laboral al Instituto 5 BOE 4 Hay que esperar a la Ley 16 1967 para ver unificado el primer ciclo de ensenanza media para todos los alumnos en Espana desapareciendo el bachillerato elemental tecnico y quedando reducido el bachillerato elemental a cuatro cursos El bachillerato superior compuestos por dos cursos se divide en tres modalidades letras ciencias y tecnico BOE 5 El plan de estudios con las materias de cada curso se recoge en el Real Decreto 1106 1967 BOE 6 En el articulo segundo de esta ley se establecia que Los alumnos que esten en posesion del titulo de Bachiller elemental podran acceder tanto al Bachillerato superior general en cualquiera de sus opciones como al Bachillerato superior tecnico en el que completaran su formacion con una iniciacion tecnica en el orden administrativo industrial agricola maritimo o en otras modalidades analogas que se establezcan por Decreto de acuerdo con la vigente Ley de Ordenacion de la Ensenanza Media Por tanto una vez aprobada la revalida del Bachillerato elemental 6 que otorgaba el titulo de Bachiller elemental se lograba el acceso a la segunda etapa de la ensenanza media en su version laboral o tecnica Desaparicion el BUP EditarCon la Ley General de Educacion de 1970 queda firmada la desaparicion progresiva del Bachillerato tecnico superior que sera reemplazado por el BUP BOE 7 Vease tambien EditarSistema educativo franquista Bachillerato en Espana Educacion en Espana Historia de la educacion en EspanaReferencias Editar Carbonell Sebarroja Jaume 1976 Marco legal y politica educativa Cuadernos de Pedagogia Suplemento nº 3 26 Tiana Ferrer Alejandro 2013 El proceso de universalizacion de la ensenanza secundaria en Espana en la segunda mitad del siglo XX una aproximacion estadistica Bordon Revista de pedagogia 65 4 149 165 Consultado el 10 de marzo de 2015 Vinao Frago Antonio 2011 Del Bachillerato de elite a la educacion secundaria para todos Espana siglo XX En Vicente y Guerrero Guillermo coord y ed lit Actas del I Congreso sobre Historia de la Ensenanza Media en Aragon celebrado en el I E S Goya de Zaragoza del 30 de marzo al 2 de abril de 2009 pp 449 472 ISBN 978 84 9911 112 4 Consultado el 10 de marzo de 2015 Utande Manuel 1975 Treinta anos de ensenanza media 1938 1968 Revista de educacion Ministerio de Educacion Ciencia y Deporte 240 73 86 Consultado el 10 de marzo de 2015 Diaz Alcaraz F y Moratalla Isasi S 2008 La segunda ensenanza desde la segunda Republica hasta la Ley Organica de Educacion Ensayos Revista de la Facultad de Educacion de Albacete 23 283 306 ISSN 0214 4842 issn incorrecto ayuda Consultado el 15 de marzo de 2015 Decreto 1106 1967 1967 Nuevo Plan de Estudios del Bachillerato Elemental Revista de educacion nº 191 en pp 118 121 Ministerio de educacion ciencia y deporte Consultado el 10 de marzo de 2015 Legislacion Editar LEY DE 16 DE JULIO DE 1949 de Bases de Ensenanza Media y Profesional BOE 17 de julio de 1949 ORDEN de 1 de junio de 1954 rectificado por la que se aprueban provisionalmente las conmutaciones entre el Bachillerato Laboral y el Preuniversitario DECRETO de 6 de julio de 1956 sobre coordinacion de las Ensenanzas medias y creacion del Bachillerato Laboral Superior Orden de 1 de octubre de 1956 por la que se desarrolla el Decreto de 26 de julio de 1956 sobre establecimiento de Secciones filiales y la organizacion de estudios nocturnos en los Institutos de Ensenanza Media Boletin Oficial del Estado 302 6829 6831 28 de octubre de 1956 ISSN 0212 033X BOE A 1956 15182 Ley 16 1967 de 8 de abril sobre unificacion del primer ciclo de la Ensenanza Media Boletin Oficial del Estado 86 4805 4806 11 de abril de 1967 ISSN 0212 033X BOE A 1967 5591 Decreto 1106 1967 de 31 de mayo para el establecimiento de un nuevo plan de estudios del Bachillerato Elemental Boletin Oficial del Estado 131 7524 7526 2 de junio de 1967 ISSN 0212 033X BOE A 1967 9637 Ley 14 1970 de 4 de agosto General de Educacion y Financiamiento de la Reforma Educativa Boletin Oficial del Estado 187 12525 12546 6 de agosto de 1970 ISSN 0212 033X BOE A 1970 852 Bibliografia EditarLorenzo Vicente Juan Antonio 2003 La ensenanza media en la Espana franquista 1936 1975 Editorial Complutense ISBN 9788474917277 Ley 24 1963 de 2 de marzo sobre modificacion de la Ley de Ordenacion de la Ensenanza Media en cuanto a las pruebas de grado y de madurez Boletin Oficial del Estado 55 3747 5 de marzo de 1963 ISSN 0212 033X BOE A 1963 4978 Decreto de 6 de julio de 1956 sobre coordinacion de las Ensenanzas medias y creacion del Bachillerato Laboral Superior Boletin Oficial del Estado 224 5242 5243 11 de agosto de 1956 ISSN 0212 033X BOE A 1956 11282 Enlaces externos EditarLOS PLANES DE ESTUDIO EN LOS INSTITUTOS DE BACHILLERATO DEL SIGLO XX Archivado el 4 de marzo de 2016 en Wayback Machine HISTORIA DE LA EDUCACIoN EN ESPANA 1953 1970 Datos Q20013322 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Bachillerato Laboral o Tecnico en Espana amp oldid 141186525, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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