fbpx
Wikipedia

Administración local (Navarra)

La Administración Local es una de las competencias tradicionales de la Diputación Foral de Navarra, "al amparo de lo establecido en la Ley Paccionada de dieciséis de agosto de mil ochocientos cuarenta y uno, en el Real Decreto-ley Paccionado de cuatro de noviembre de mil novecientos veinticinco y disposiciones complementarias". El Amejoramiento del Fuero en su art. 46 reconoce esas facultades y competencias, junto con las que "siendo compatibles con las anteriores, puedan corresponder a las Comunidades Autónomas o a las Provincial, conforme a la legislación básica del Estado".[1]

Mapa de Navarra, con delimitación de municipios y agrupaciones tradicionales

Historia

Hasta la promulgación de la Ley Paccionada de 1841, en Navarra la administración local se regía por las leyes de las Cortes de Navarra, y las disposiciones de la Diputación del Reino de Navarra. Por lo que respecta a la administración local, en los arts. 5 al 7 de la citada Ley Paccionada se establecía:

"5º. Los Ayuntamientos se elegirán y organizarán por las reglas generales que rigen o se adopten en los sucesivo para toda la Nación.

"6º. Las atribuciones de los Ayuntamientos, relativas a la administración económica interior de los fondos, derechos y propiedades de los pueblos, se ejercerán bajo la dependencia de la Diputación provincial, con arreglo a su legislación especial.

"7º. En todas las demás atribuciones los Ayuntamientos estarán sujetos a la ley general[2]

Tras la promulgación el 8 de marzo de 1924 del Estatuto Municipal, la Diputación Foral de Navarra envió una delegación a Madrid, que se entrevistó con Calvo Sotelo, con Primo de Rivera y con el rey, para advertirles que la Ley Paccionada de 1841 preveía la intervención directa de la Diputación Foral en la administración económica de los municipios navarros; una cuestión que no contemplaba el Estatuto Municipal; una Real Orden de 11 de abril de 1924 reconoció que el Estatuto municipal se aplicaría en Navarra sólo en «lo que no se oponga al régimen establecido por la Ley de 16 de agosto de 1841» y además concedía a la Diputación foral la facultad de «dictar las reglas necesarias para armonizar su régimen privativo con la autonomía que el Estatuto concede a todos los Ayuntamientos de la Nación».[3]​. El 4 de noviembre de 1925 se dictó el Real Decreto[4]​ que establecía las bases para aplicar en Navarra el Estatuto Municipal.

La Diputación Foral de Navarra,[5]​ aprobó el 3 de febrero de 1928 el Reglamento para la Administración Municipal de Navarra,[6]​ con el que armonizó "su régimen administrativo local [con] las directrices y orientaciones recogidas en las Bases para la aplicación en Navarra del Estatuto Municipal de 8 de marzo de 1924, al tiempo que logró la refundición en un cuerpo legal uniforme de las variadas y dispersas normas que regulaban con anterioridad la Administración local de Navarra".[7]

Regulación actual

El 2 de julio de 1990, el Parlamento Foral de Navarra aprobó la Ley Foral 6/1990, de Administración Local de Navarra, que rige y regula las entidades locales de la Comunidad. Desde entonces distintas leyes la han modificado o adaptado, pero de modo puntual, por lo que no ha sido necesaria la elaboración de un texto refundido. La modificación de más entidad ha sido la operada por la Ley Foral 4/2019,[8]​ de 4 de febrero de reforma de la Administración Local de Navarra, que introdujo un último título, el X, dedicado a las Comarcas, en el que se prevé la posible constitución por municipios limítrofes en comarcas.

La Ley Foral 6/1990, en su art. 2 se refiere a los municipios como las entidades locales básicas en que se organiza territorialmente la Comunidad Foral de Navarra; en el art 3. se relacionan los demás entes locales de Navarra:

Municipios

De acuerdo con lo establecido en la Constitución el municipio en la organización y en las atribuciones de gobierno de los municipios navarros se siguen las disposiciones generales del Estado, "sin perjuicio de las especialidades que resulten de la legislación foral de régimen local".[9]​ Entre estas particularidades destacan las siguientes.

"El municipio del Noble Valle y Universidad de Baztán conservará su organización tradicional, integrada por el Ayuntamiento, la Junta General del Valle, y los batzarres de los lugares componentes del mismo, que participarán en el gobierno y administración del municipio de acuerdo con lo que dispongan las Ordenanzas Generales del Valle, aprobadas exclusivamente por la Junta General de conformidad con el marco legal vigente y los principios del Derecho foral navarro".[10]

La posibilidad de delegar en los Concejos de su término municipal o en las Corporaciones de carácter tradicional de las que formen parte, las propias competencias relativas a la prestación de servicios o realización de actividades. La delegación en los concejos requiere la aceptación de estos, y que los servicios u obras que se deleguen "afecten a los intereses propios de tales concejos de forma que se mejore la eficacia de la gestión pública y se alcance una mayor participación ciudadana. En ningún caso serán delegables a los concejos las competencias urbanísticas".[11]

En Navarra existen 272 municipios, de ellos 60 son municipios compuestos por varios Concejos.[12]​ Tradicionalmente los municipios compuestos han recibido el nombre de Valles, excepto en los situados en la Comarca de Pamplona incluidos en la Merindad de la Montaña, también conocida como Merindad de Pamplona que reciben el nombre de Cendeas;[13]​ los municipios compuestos constituidos en el siglo XX reciben el nombre de distritos municipales.[14]

Comarcas

La Ley Foral 4/2019, de reforma de la Administración Local de Navarra, crea la figura de la comarca, introduciendo en la Ley Foral 6/1990, de Administración Local de Navarra el Título X: Comarcas, integrado por los arts. 352 a 384. En el primer artículo de este título se lee:

1. En ejercicio de la competencia histórica reconocida en la letra a) del número 1 del artículo 46 de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra y la base 13.ª del Real Decreto-Ley Paccionado del 4 de noviembre de 1925, los municipios limítrofes vinculados por características e intereses comunes se constituirán en comarcas, que gozarán de la condición de entidades locales.

2. Las comarcas son entidades locales territoriales, de carácter supramunicipal, que tienen personalidad jurídica propia y gozan de capacidad y autonomía para el cumplimiento de sus fines. 3. Las comarcas tendrán a su cargo la prestación de servicios y la gestión de actividades de ámbito supramunicipal, representando los intereses de la población y territorio comarcales en defensa de una mayor solidaridad y equilibrio territorial en Navarra.

4. Asimismo, las comarcas cooperarán con los municipios que las integren en el cumplimiento de sus fines propios.
Art. 352 de la Ley Foral 6/1990 de la Administración Local de Navarra

El citado Título X, establece las competencia que, al menos, deben asumir las comarcas, su relación con los municipios y mancomunidades que puedan existir en su ámbito, los órganos de gobierno, e incluso -a través disposición transitoria primera de la Ley Foral 4/2019 su delimitación con indicación de los municipios que integran cada una de ellas, y la posibilidad -para algunas de ellas- de establecer en una parte de su ámbitos subcomarcas. No obstante cada una de estas comarcas han de ser creada mediante Ley Foral, a iniciativa de los Ayuntamientos o del Gobierno de Navarra, si transcurrido el plazo de 18 meses a partir de la entrada en vigor de la Ley 4/2019 no se hubiese ejercido la iniciativa municipal.

Los anexos I, II y III a los que remite la citada disposición transitoria primera, prevé las siguientes comarcas: Comarca de Pamplona, Baztán-Bidasoa, Comarca de Sangüesa, Tierra Estella, Larraun, Pirineo, Prepirineo, Ribera, Ribera Alta, Sakana, Valdizarbe-Noverena y Zona Media. Pueden establecerse subcomarcas en la Comarca de Pamplona (Valles y Área Metropolitana), Tierra Estella (Montejurra y Ribera Estellesa)[15]

Concejos

Los concejos son entidades locales de una gran raigambre en Navarra, originariamente correspondían al gobierno y administración de los pequeños núcleos rurales que, se agrupan con los vecinos, constituyendo los municipios de la edad contemporánea. Una gran parte de los municipios navarros están compuestos de varios concejos; sin embargo, no incluyen concejos los municipios de las ciudades y de las villas más pobladas (entre ellas la de la Ribera del Ebro). Entre las competencias de los Concejos se incluye, la administración y gestión de los propios comunales, la conservación de los caminos rurales de su término, y de los demás bienes de uso y servicio público de interés exclusivo del concejo, la concesión de licencias urbanísticas conforme al planeamiento, previo informe preceptivo y vinculante del Ayuntamiento, limpieza de las calles, alumbrado público[16]​ etc.

Entre las facultades del Concejo se encuentra la organización de auzolan[17]​ o artelan para la realización de trabajos en beneficios de la comunidad concejil.

El gobierno del concejo se realiza mediante un Presidente y una Junta o Concejo Abierto. Se constituye el Concejo Abierto, cuando su población sea inferior a 50 habitantes y queda formado por todos los vecinos con derecho a voto en la elecciones municipales. La Junta está formada por el Presidente y 4 o 6 vocales, según la población del concejo sea inferior a 1.000 habitantes o sea igual o mayor a esa cifra; las elecciones para la Junta, convocadas por el Gobierno Foral se realizan en la misma fecha que las elecciones municipales de esa población (art. 38 de la Ley Foral 6/1990).

En los concejos gobernados por una Junta puede adoptarse el sistema de Concejo Abierto, por acuerdo de la Junta adoptado por mayoría absoluta (art. 38.3); así mismo los Concejos de poblaciones de menos de 50 habitantes pueden ser gobernados mediante una Junta, por acuerdo adoptado por acuerdo de la mayoría absoluta del número legal de sus miembros (art. 38.5).

En Navarra existen 346 Concejos,[12]​ distribuidos entre los 60 municipios compuestos.


Coorporaciones de carácter tradicional

Bajo esta denominación se incluyen las siguientes entidades:

Comunidad de las Bardenas Reales de Navarra

La Comunidad es la única entidad local en el área conocida como Bardenas Reales, en la que no se incluyen terrenos de ningún municipio. La explotación y aprovechamiento de estas tierras corresponde a los 22 congozantes quien Felipe V mediante la real Célula del 14 de abril de 1705, concedió esos derechos; de este modo quedó fijado unos derechos que los Reyes de Navarra habían concedido en distintos momentos y con distinta amplitud a esos congozantes, que incluyen municipios, valles y un monasterio.[18]​ Estos son los 22 congozantes: Tudela, Arguedas, Valtierra, Cadreita, Valle de Roncal, Valle de Salazar, Caparroso, Carcastillo, Buñuel, Cabanillas, Mélida, Villafranca, Monasterio de la Oliva, Corella, Milagro, Fustiñana, Santacara, Cortes, Marcilla, Peralta, Funes y Falces.

Comunidad del Valle de Aezkoa

Situado en el valle del río Irati, ocupa la mayor parte de la Selva de Irati, exténdiéndose después de norte a sur. Está integrada por nueve municipios: Abaurrea Alta, Abaurrea Baja, Aria, Arive, Garayoa, Garralda, Villanueva de Aézcoa, Orbara y Orbaiceta, la mayor parte de los términos municipales se apoyan en el Irate, con la excepción de las dos Aburreas situadas al oeste del río y separadas de él por el territorio de Garayoa y Villanueva de Aezcoa y A la Comunidad le corresponde la administración de los comunales del Valle, lo que realiza a través de la Junta General del Valle de Aezcoa,[19]​ con sede en Arive. De acuerdo con sus Ordenanzas la Junta del Valle queda constituida por un mínimo de 7 miembros y un máximo de 9,[20]​ elegidos por el conjunto del Valle mediante el sistema de listas cerradas, atribuyéndose las vocalías de acuerdo con las reglas establecidas en el Régimen Electoral General[21]

Comunidad del Valle del Roncal

Queda formado por siete: Burgui, Garde, Isaba, Roncal, Urzainqui, Uztárroz y Vidángoz. Ocupa por completo el valle transversal del Pirineo Navarro situado entre el Valle de Salazar al oeste y el Valle de Ansó (Huesca). Corresponde a la Comunidad la explotación y uso de los comunales del Valle. En los documentos de 1305, se incluía otra villa, Navarzato, que quedó despoblada, y sus tierras incluidas en el comunal del valle. La Comunidad es administrada por la Junta del Valle del Roncal, formada por tres miembros de cada uno de los siete ayuntamientos.[22]

Universidad del Valle de Salazar

El Valle de Salazar ocupa la parte norte del valle transversal del Pirineo Navarro, entre el valle de Aezcoa al oeste y el de Roncal al este; al sur, formando parte del valle geográfico se encuentra el almiradio de Navascués.

Administrativamente, de acuerdo con sus Ordenanzas el Valle[23]​ está formada por las villas que se agrupan en tres quiñones:

Las villas de Uscarrez, Izic, Izal y Gallués se agrupan en el municipio de Gallués, formando cada una de ellas un concejo. Las de Igal y Guesa, con sus correspondientes conejos, integran el municipio de Güesa donde también se sitúa Ripalda, un lugar habitado que no tiene el carácter de una entidad local. Finalmente, las villas de Ibilcieta y Sarries se agrupan en el municipio de Saries, formando cada una de ellas un concejo

Cada una de las restantes villas tienen el carácter de municipios

Unión de Aralar

A la Unión de Aralar, le corresponde los derechos sobre el antiguo Real Monte de Aralar, también llamado Realengo de Aralar, y actualmente denominado simplemente Monte de Aralar, identificado como el n. 8 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de Navarra. Su titularidad le corresponde a la Comunidad Foral de Navarra, a quien fue traspasado desde el Estado por el Real Decreto 334/1987.[24]​ Su terreno no queda incluido en ningún municipio.

La Unión integra a los siguientes concejos: Arribe-Atallo, Azcarate, Gaintza, Intza e Uztegi, del municipio de Araitz; Hiriberri/Villanueva, Ihabar, de Arakil; Errazkin, de Larraun; Dorrao/Torrano, Lizarraga, Unanu, de Ergoiena; Lizarraga-Bengoa de Etxarri-Aranatz; y los municipios de Arbizu, Arruazu, Betelu, Irañeta y Lakuntza.

Los derechos de estos pueblos vienen reconocidos desde 1312. Actualmente la Unión se rige por sus propias Ordenanzas, que toman como base el Convenio y Transacción establecido por los apoderados de los 19 pueblos y el Subdelegado del Real PAtronato en Navarra, que fue elevado a escritura pública, el 10 de julio de 1862.[25]

Resto de corporaciones tradicionales

A ellas se refiere el art. 3 de la Ley Foral 6/1990, añadiendo que son titulares o administradoras de bienes comunales. La Comunidad Foral de Navarra, por Ley Foral 8/1991[26]​ cedió el dominio -no la propiedad- de diversos montes que le habían sido traspasado por el Estado, a determinadas entidades locales; una de ellas es la Unión de Aralar, las restantes recogidas en la ley son las siguientes:

  • Comunidad formada por los Ayuntamientos del Valle de Erro y del Valle del Baztán, reciben el dominio del monte de Quinto Real, inscrito con el n. 2 en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de Navarra.
  • Comunidad formada por los Ayuntamientos del Valle de Baztan y del concejo de Eugi, reciben el dominio del monte Erreguerena, inscrito con el n. 2 en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de Navarra.
  • Comunidad formada por los Concejos de Erro, Eugi y Zilbeti, reciben el dominio del monte Legua Acotada, inscrito con el n. 4 en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de Navarra.

Mancomunidades de ayuntamientos

Las Mancomunidades quedan reguladas en los arts. 47 a 50 de la Ley Foral 6/1990, de la Administración Local de Navarra, sus previsiones no supone un régimen distintos del previsto en la Ley de Bases del Régimen Local vigente en España. Hasta la entrada en vigor de la Ley Foral 4/2019, de reforma de la Administración Local de Navarra,[27]​ que suprimió el art. 46, la "Comunidad Foral de Navarra podía crear entidades que agrupasen varios municipios cuyas características determinen la prestación de servicios comunes a todos ellos". Se diferenciaban de las Mancomunidades en que la creación de estas entidades no exigían el acuerdo de los Ayuntamientos.

Actualmente existen 61 mancomunidades, un buen número de ellas solo atienden el servicio de residuos sólidos urbanos o de abastecimiento de agua, pero otras unen a estos servicios al menos, el de saneamiento (Mairaga, Comarca de Sanguesa, Malerreka, Montejurrra, Comarca de Pamplona, Sakana y Valdizarbe), por último varias mancomunidades prestan servicios administrativos.[28]

Aunque la supresión del art. 46 de la Ley Foral 6/1990[27]​ eliminó la figura de las agrupaciones de municipios, en el registro de entidades locales se mantienen 12 agrupaciones que, en su mayoría prestan servicios administrativos.[12]

Mancomunidades de planificación general

A iniciativa del Gobierno de Navarra las entidades locales navarras y la Administración de la Comunidad Foral podrán constituirse este tipo de mancomunidades para la prestación de servicios de competencia local que legalmente deban ser atendidos por los Ayuntamientos.[29]​ Esta posibilidad, aún no llevada a la práctica fue introducida por la Ley Foral 4/2019,[27]​ al mismo tiempo que establecía como entidad local la Comarca;

Véase también

Notas y referencias

  1. Art. 46.1 de la Ley Organica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra
  2. Arts. 5-7 de la Ley Paccionada de 16 de agosto de 1841
  3. González Calleja, 2005, p. 134.
  4. Real Decreto-Ley con las bases para la aplicación del Estatuto Municipal en la provincia de Navarra, 4 de noviembre de 1925, Gaceta de Madrid, n. 309, 5.11.1925
  5. Desde 1867 la Diputación Provincial de Navarra, se autodenominó Diputación Foral: cfr. Díaz Acosta, José Manuel (1993). «La Identidad de Navarra». Historia Ilustrada de Navarra. Diario de Navarra. ISBN 84-604-7413-5.
  6. Reglamento para la Administración Municipal de Navarra, con arreglo a las bases aprobadas por Decreto-Ley de 4 de noviembre de 1925, Diputación Foral y Provincial de Navarra, Imprenta Provincial, Pamplona, 1928, 226 p; 22 cm. En 1950, 1959 y 1970 se publicó el un texto refundido del Reglamento, con las modificaciones introducidas hasta esos años.
  7. Preámbulo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.
  8. La Ley Foral 4/2019, ha sido posteriormente modificada por la Ley Foral 20/2019, de 4 de abril
  9. Art. 8 de la Ley Foral 6/1990, de Administración Local de Navarra
  10. Art. 9 de la Ley Foral 6/1990, de Administración Local de Navarra. Hay que tener en cuenta que en el Baztan está compuesto de 15 pueblos o lugares, sin que ninguno ellos constituya un concejo.
  11. Art. 30.1 de la Ley Foral 6/1990, de Administración Local de Navarra.
  12. «Registro de entidades locales de la Comunidad Foral de Navarra». 
  13. «CENDEA». Gran enciclopedia de Navarra. Consultado el 20 de enero de 2021. 
  14. «DISTRITO». Gran enciclopedia de Navarra. Consultado el 20 de enero de 2021. 
  15. La denominación de algunas de las Comarcas en los Anexos de la Ley Foral 4/2019 Ley Foral 4/2019, fueron ligeramente modificados mediante la Ley Foral 20/2019. En este artículo se utilizan -siguiendo el criterio fijado en Wikipedia- solo los términos en castellano.
  16. Art. 39.1 de la Ley Foral 6/1900, de Administración Local de Navarra
  17. El auzolan, escrito también como auzalan, es el trabjao colectivo o vecinal, gratuito, realizado por los vecinos de un pueblo en beneficio de la colectividad; es palabra vasca, de auza (vecino) y lan (trabajo). Aunque es regulado por la costumbre local, es frecuente que casa debe enviar una persona o pagar el jornal que le sustituya (Voz Auzalán en la Gran Enciclopedia de Navarra)
  18. Una amplia información sobre la Comunidad de las Bardenas puede consultarse en su página web: Comunidad de las Bardenas
  19. . Archivado desde el original el 2 de octubre de 2019. Consultado el 5 de octubre de 2019. 
  20. Modificación de las Ordenanza General del Valle (BON n. 81 de 27 de abril de 2018; hasta esa fecha la Junta estaba constituida por máximo de 15 y un mínimo de 9 vocales.
  21. Art. 163 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General
  22. «Página web de la Junta del Valle del Roncal». 
  23. Las Ordenanzas de la Junta del Valle de Salazar fueron modificadas por la Junta General en su sesión de 25 de abril de 2016; el texto completo de la ordenanzas se publicó en el BON n. 156 de 12.08.2016.
  24. Real Decreto 334/1987, de 27 de febrero, de Transmisión a la Comunidad Foral de Navarra, del dominio de los montes de titularidad del Estado
  25. Informe de gestión (año 2017) del Monte Aralar, nº 8 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de Navarra, y propiedad de la Comunidad Foral de Navarra. Consulado el 5.10.2019.
  26. Ley Foral 8/1991, de 16 de marzo, por la que se cede el dominio de diversos montes, propiedad de la Comunidad Foral de Navarra, a determinadas entidades locales.
  27. Ley Foral 4/2019, de 4 de febrero, de reforma de la Administración Local de Navarra
  28. «Guía de Entidades Toki entitateen gida». Federación Navarra de Municipios y Concejos. Consultado el 11 de octubre de 2019. 
  29. Art. 213 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra

Enlaces externos

  • Nuevas Ordenanzas, Cotos y Paramentos del Noble Valle y Universidad del Baztán
  • Junta General del Valle de Salazar Ordenanzas de la Junta del Valle de Salazar (BON n. 156 de 12.08.2016)
  • Junta General del Valle de Roncal Ordenanzas para el régimen de la Mancomunidad del Valle de Ronca l (BON n. 17 de 24.01.2018)
  • Federación Navarra de Municipios y Concejos
  •   Datos: Q85864645

administración, local, navarra, administración, local, competencias, tradicionales, diputación, foral, navarra, amparo, establecido, paccionada, dieciséis, agosto, ochocientos, cuarenta, real, decreto, paccionado, cuatro, noviembre, novecientos, veinticinco, d. La Administracion Local es una de las competencias tradicionales de la Diputacion Foral de Navarra al amparo de lo establecido en la Ley Paccionada de dieciseis de agosto de mil ochocientos cuarenta y uno en el Real Decreto ley Paccionado de cuatro de noviembre de mil novecientos veinticinco y disposiciones complementarias El Amejoramiento del Fuero en su art 46 reconoce esas facultades y competencias junto con las que siendo compatibles con las anteriores puedan corresponder a las Comunidades Autonomas o a las Provincial conforme a la legislacion basica del Estado 1 Mapa de Navarra con delimitacion de municipios y agrupaciones tradicionales Indice 1 Historia 2 Regulacion actual 3 Municipios 4 Comarcas 5 Concejos 6 Coorporaciones de caracter tradicional 6 1 Comunidad de las Bardenas Reales de Navarra 6 2 Comunidad del Valle de Aezkoa 6 3 Comunidad del Valle del Roncal 6 4 Universidad del Valle de Salazar 6 5 Union de Aralar 6 6 Resto de corporaciones tradicionales 7 Mancomunidades de ayuntamientos 8 Mancomunidades de planificacion general 9 Vease tambien 10 Notas y referencias 11 Enlaces externosHistoria EditarHasta la promulgacion de la Ley Paccionada de 1841 en Navarra la administracion local se regia por las leyes de las Cortes de Navarra y las disposiciones de la Diputacion del Reino de Navarra Por lo que respecta a la administracion local en los arts 5 al 7 de la citada Ley Paccionada se establecia 5º Los Ayuntamientos se elegiran y organizaran por las reglas generales que rigen o se adopten en los sucesivo para toda la Nacion 6º Las atribuciones de los Ayuntamientos relativas a la administracion economica interior de los fondos derechos y propiedades de los pueblos se ejerceran bajo la dependencia de la Diputacion provincial con arreglo a su legislacion especial 7º En todas las demas atribuciones los Ayuntamientos estaran sujetos a la ley general 2 Tras la promulgacion el 8 de marzo de 1924 del Estatuto Municipal la Diputacion Foral de Navarra envio una delegacion a Madrid que se entrevisto con Calvo Sotelo con Primo de Rivera y con el rey para advertirles que la Ley Paccionada de 1841 preveia la intervencion directa de la Diputacion Foral en la administracion economica de los municipios navarros una cuestion que no contemplaba el Estatuto Municipal una Real Orden de 11 de abril de 1924 reconocio que el Estatuto municipal se aplicaria en Navarra solo en lo que no se oponga al regimen establecido por la Ley de 16 de agosto de 1841 y ademas concedia a la Diputacion foral la facultad de dictar las reglas necesarias para armonizar su regimen privativo con la autonomia que el Estatuto concede a todos los Ayuntamientos de la Nacion 3 El 4 de noviembre de 1925 se dicto el Real Decreto 4 que establecia las bases para aplicar en Navarra el Estatuto Municipal La Diputacion Foral de Navarra 5 aprobo el 3 de febrero de 1928 el Reglamento para la Administracion Municipal de Navarra 6 con el que armonizo su regimen administrativo local con las directrices y orientaciones recogidas en las Bases para la aplicacion en Navarra del Estatuto Municipal de 8 de marzo de 1924 al tiempo que logro la refundicion en un cuerpo legal uniforme de las variadas y dispersas normas que regulaban con anterioridad la Administracion local de Navarra 7 Regulacion actual EditarEl 2 de julio de 1990 el Parlamento Foral de Navarra aprobo la Ley Foral 6 1990 de Administracion Local de Navarra que rige y regula las entidades locales de la Comunidad Desde entonces distintas leyes la han modificado o adaptado pero de modo puntual por lo que no ha sido necesaria la elaboracion de un texto refundido La modificacion de mas entidad ha sido la operada por la Ley Foral 4 2019 8 de 4 de febrero de reforma de la Administracion Local de Navarra que introdujo un ultimo titulo el X dedicado a las Comarcas en el que se preve la posible constitucion por municipios limitrofes en comarcas La Ley Foral 6 1990 en su art 2 se refiere a los municipios como las entidades locales basicas en que se organiza territorialmente la Comunidad Foral de Navarra en el art 3 se relacionan los demas entes locales de Navarra a Las comarcas b Los concejos c La Comunidad de Bardenas Reales de Navarra la Comunidad del Valle de Aezkoa la Mancomunidad del Valle de Roncal la Universidad del Valle de Salazar la Union de Aralar y el resto de corporaciones de caracter tradicional titulares o administradoras de bienes comunales existentes a la entrada en vigor de esta ley foral d Las mancomunidades de ayuntamientos e Las mancomunidades de planificacion general Municipios EditarDe acuerdo con lo establecido en la Constitucion el municipio en la organizacion y en las atribuciones de gobierno de los municipios navarros se siguen las disposiciones generales del Estado sin perjuicio de las especialidades que resulten de la legislacion foral de regimen local 9 Entre estas particularidades destacan las siguientes El municipio del Noble Valle y Universidad de Baztan conservara su organizacion tradicional integrada por el Ayuntamiento la Junta General del Valle y los batzarres de los lugares componentes del mismo que participaran en el gobierno y administracion del municipio de acuerdo con lo que dispongan las Ordenanzas Generales del Valle aprobadas exclusivamente por la Junta General de conformidad con el marco legal vigente y los principios del Derecho foral navarro 10 La posibilidad de delegar en los Concejos de su termino municipal o en las Corporaciones de caracter tradicional de las que formen parte las propias competencias relativas a la prestacion de servicios o realizacion de actividades La delegacion en los concejos requiere la aceptacion de estos y que los servicios u obras que se deleguen afecten a los intereses propios de tales concejos de forma que se mejore la eficacia de la gestion publica y se alcance una mayor participacion ciudadana En ningun caso seran delegables a los concejos las competencias urbanisticas 11 En Navarra existen 272 municipios de ellos 60 son municipios compuestos por varios Concejos 12 Tradicionalmente los municipios compuestos han recibido el nombre de Valles excepto en los situados en la Comarca de Pamplona incluidos en la Merindad de la Montana tambien conocida como Merindad de Pamplona que reciben el nombre de Cendeas 13 los municipios compuestos constituidos en el siglo XX reciben el nombre de distritos municipales 14 Comarcas EditarLa Ley Foral 4 2019 de reforma de la Administracion Local de Navarra crea la figura de la comarca introduciendo en la Ley Foral 6 1990 de Administracion Local de Navarra el Titulo X Comarcas integrado por los arts 352 a 384 En el primer articulo de este titulo se lee 1 En ejercicio de la competencia historica reconocida en la letra a del numero 1 del articulo 46 de la Ley Organica 13 1982 de 10 de agosto de Reintegracion y Amejoramiento del Regimen Foral de Navarra y la base 13 ª del Real Decreto Ley Paccionado del 4 de noviembre de 1925 los municipios limitrofes vinculados por caracteristicas e intereses comunes se constituiran en comarcas que gozaran de la condicion de entidades locales 2 Las comarcas son entidades locales territoriales de caracter supramunicipal que tienen personalidad juridica propia y gozan de capacidad y autonomia para el cumplimiento de sus fines 3 Las comarcas tendran a su cargo la prestacion de servicios y la gestion de actividades de ambito supramunicipal representando los intereses de la poblacion y territorio comarcales en defensa de una mayor solidaridad y equilibrio territorial en Navarra 4 Asimismo las comarcas cooperaran con los municipios que las integren en el cumplimiento de sus fines propios Art 352 de la Ley Foral 6 1990 de la Administracion Local de Navarra El citado Titulo X establece las competencia que al menos deben asumir las comarcas su relacion con los municipios y mancomunidades que puedan existir en su ambito los organos de gobierno e incluso a traves disposicion transitoria primera de la Ley Foral 4 2019 su delimitacion con indicacion de los municipios que integran cada una de ellas y la posibilidad para algunas de ellas de establecer en una parte de su ambitos subcomarcas No obstante cada una de estas comarcas han de ser creada mediante Ley Foral a iniciativa de los Ayuntamientos o del Gobierno de Navarra si transcurrido el plazo de 18 meses a partir de la entrada en vigor de la Ley 4 2019 no se hubiese ejercido la iniciativa municipal Los anexos I II y III a los que remite la citada disposicion transitoria primera preve las siguientes comarcas Comarca de Pamplona Baztan Bidasoa Comarca de Sanguesa Tierra Estella Larraun Pirineo Prepirineo Ribera Ribera Alta Sakana Valdizarbe Noverena y Zona Media Pueden establecerse subcomarcas en la Comarca de Pamplona Valles y Area Metropolitana Tierra Estella Montejurra y Ribera Estellesa 15 Concejos EditarArticulo principal Concejos de Navarra Los concejos son entidades locales de una gran raigambre en Navarra originariamente correspondian al gobierno y administracion de los pequenos nucleos rurales que se agrupan con los vecinos constituyendo los municipios de la edad contemporanea Una gran parte de los municipios navarros estan compuestos de varios concejos sin embargo no incluyen concejos los municipios de las ciudades y de las villas mas pobladas entre ellas la de la Ribera del Ebro Entre las competencias de los Concejos se incluye la administracion y gestion de los propios comunales la conservacion de los caminos rurales de su termino y de los demas bienes de uso y servicio publico de interes exclusivo del concejo la concesion de licencias urbanisticas conforme al planeamiento previo informe preceptivo y vinculante del Ayuntamiento limpieza de las calles alumbrado publico 16 etc Entre las facultades del Concejo se encuentra la organizacion de auzolan 17 o artelan para la realizacion de trabajos en beneficios de la comunidad concejil El gobierno del concejo se realiza mediante un Presidente y una Junta o Concejo Abierto Se constituye el Concejo Abierto cuando su poblacion sea inferior a 50 habitantes y queda formado por todos los vecinos con derecho a voto en la elecciones municipales La Junta esta formada por el Presidente y 4 o 6 vocales segun la poblacion del concejo sea inferior a 1 000 habitantes o sea igual o mayor a esa cifra las elecciones para la Junta convocadas por el Gobierno Foral se realizan en la misma fecha que las elecciones municipales de esa poblacion art 38 de la Ley Foral 6 1990 En los concejos gobernados por una Junta puede adoptarse el sistema de Concejo Abierto por acuerdo de la Junta adoptado por mayoria absoluta art 38 3 asi mismo los Concejos de poblaciones de menos de 50 habitantes pueden ser gobernados mediante una Junta por acuerdo adoptado por acuerdo de la mayoria absoluta del numero legal de sus miembros art 38 5 En Navarra existen 346 Concejos 12 distribuidos entre los 60 municipios compuestos Coorporaciones de caracter tradicional EditarBajo esta denominacion se incluyen las siguientes entidades Comunidad de las Bardenas Reales de Navarra Editar Articulo principal La Comunidad de Bardenas La Comunidad es la unica entidad local en el area conocida como Bardenas Reales en la que no se incluyen terrenos de ningun municipio La explotacion y aprovechamiento de estas tierras corresponde a los 22 congozantes quien Felipe V mediante la real Celula del 14 de abril de 1705 concedio esos derechos de este modo quedo fijado unos derechos que los Reyes de Navarra habian concedido en distintos momentos y con distinta amplitud a esos congozantes que incluyen municipios valles y un monasterio 18 Estos son los 22 congozantes Tudela Arguedas Valtierra Cadreita Valle de Roncal Valle de Salazar Caparroso Carcastillo Bunuel Cabanillas Melida Villafranca Monasterio de la Oliva Corella Milagro Fustinana Santacara Cortes Marcilla Peralta Funes y Falces Comunidad del Valle de Aezkoa Editar Articulo principal Valle de Aezkoa Situado en el valle del rio Irati ocupa la mayor parte de la Selva de Irati extendiendose despues de norte a sur Esta integrada por nueve municipios Abaurrea Alta Abaurrea Baja Aria Arive Garayoa Garralda Villanueva de Aezcoa Orbara y Orbaiceta la mayor parte de los terminos municipales se apoyan en el Irate con la excepcion de las dos Aburreas situadas al oeste del rio y separadas de el por el territorio de Garayoa y Villanueva de Aezcoa y A la Comunidad le corresponde la administracion de los comunales del Valle lo que realiza a traves de la Junta General del Valle de Aezcoa 19 con sede en Arive De acuerdo con sus Ordenanzas la Junta del Valle queda constituida por un minimo de 7 miembros y un maximo de 9 20 elegidos por el conjunto del Valle mediante el sistema de listas cerradas atribuyendose las vocalias de acuerdo con las reglas establecidas en el Regimen Electoral General 21 Comunidad del Valle del Roncal Editar Articulo principal Valle de Roncal Queda formado por siete Burgui Garde Isaba Roncal Urzainqui Uztarroz y Vidangoz Ocupa por completo el valle transversal del Pirineo Navarro situado entre el Valle de Salazar al oeste y el Valle de Anso Huesca Corresponde a la Comunidad la explotacion y uso de los comunales del Valle En los documentos de 1305 se incluia otra villa Navarzato que quedo despoblada y sus tierras incluidas en el comunal del valle La Comunidad es administrada por la Junta del Valle del Roncal formada por tres miembros de cada uno de los siete ayuntamientos 22 Universidad del Valle de Salazar Editar Articulo principal Valle de Salazar El Valle de Salazar ocupa la parte norte del valle transversal del Pirineo Navarro entre el valle de Aezcoa al oeste y el de Roncal al este al sur formando parte del valle geografico se encuentra el almiradio de Navascues Administrativamente de acuerdo con sus Ordenanzas el Valle 23 esta formada por las villas que se agrupan en tres quinones Quinon de Aldagana integrado por las villas de Ochagavia e Izalzu Quinon de Erratea integrado por las villas de Jaurrieta Ezcaroz y Oronz Qui Quinon de Atabea con las villas de Uscarres Iciz Gallues Izal Guesa Ripalda Sarries Ibilcieta Esparza de Salazar e Igal Las villas de Uscarrez Izic Izal y Gallues se agrupan en el municipio de Gallues formando cada una de ellas un concejo Las de Igal y Guesa con sus correspondientes conejos integran el municipio de Guesa donde tambien se situa Ripalda un lugar habitado que no tiene el caracter de una entidad local Finalmente las villas de Ibilcieta y Sarries se agrupan en el municipio de Saries formando cada una de ellas un concejoCada una de las restantes villas tienen el caracter de municipios Union de Aralar Editar A la Union de Aralar le corresponde los derechos sobre el antiguo Real Monte de Aralar tambien llamado Realengo de Aralar y actualmente denominado simplemente Monte de Aralar identificado como el n 8 del Catalogo de Montes de Utilidad Publica de Navarra Su titularidad le corresponde a la Comunidad Foral de Navarra a quien fue traspasado desde el Estado por el Real Decreto 334 1987 24 Su terreno no queda incluido en ningun municipio La Union integra a los siguientes concejos Arribe Atallo Azcarate Gaintza Intza e Uztegi del municipio de Araitz Hiriberri Villanueva Ihabar de Arakil Errazkin de Larraun Dorrao Torrano Lizarraga Unanu de Ergoiena Lizarraga Bengoa de Etxarri Aranatz y los municipios de Arbizu Arruazu Betelu Iraneta y Lakuntza Los derechos de estos pueblos vienen reconocidos desde 1312 Actualmente la Union se rige por sus propias Ordenanzas que toman como base el Convenio y Transaccion establecido por los apoderados de los 19 pueblos y el Subdelegado del Real PAtronato en Navarra que fue elevado a escritura publica el 10 de julio de 1862 25 Resto de corporaciones tradicionales Editar A ellas se refiere el art 3 de la Ley Foral 6 1990 anadiendo que son titulares o administradoras de bienes comunales La Comunidad Foral de Navarra por Ley Foral 8 1991 26 cedio el dominio no la propiedad de diversos montes que le habian sido traspasado por el Estado a determinadas entidades locales una de ellas es la Union de Aralar las restantes recogidas en la ley son las siguientes Comunidad formada por los Ayuntamientos del Valle de Erro y del Valle del Baztan reciben el dominio del monte de Quinto Real inscrito con el n 2 en el Catalogo de Montes de Utilidad Publica de Navarra Comunidad formada por los Ayuntamientos del Valle de Baztan y del concejo de Eugi reciben el dominio del monte Erreguerena inscrito con el n 2 en el Catalogo de Montes de Utilidad Publica de Navarra Comunidad formada por los Concejos de Erro Eugi y Zilbeti reciben el dominio del monte Legua Acotada inscrito con el n 4 en el Catalogo de Montes de Utilidad Publica de Navarra Mancomunidades de ayuntamientos EditarLas Mancomunidades quedan reguladas en los arts 47 a 50 de la Ley Foral 6 1990 de la Administracion Local de Navarra sus previsiones no supone un regimen distintos del previsto en la Ley de Bases del Regimen Local vigente en Espana Hasta la entrada en vigor de la Ley Foral 4 2019 de reforma de la Administracion Local de Navarra 27 que suprimio el art 46 la Comunidad Foral de Navarra podia crear entidades que agrupasen varios municipios cuyas caracteristicas determinen la prestacion de servicios comunes a todos ellos Se diferenciaban de las Mancomunidades en que la creacion de estas entidades no exigian el acuerdo de los Ayuntamientos Actualmente existen 61 mancomunidades un buen numero de ellas solo atienden el servicio de residuos solidos urbanos o de abastecimiento de agua pero otras unen a estos servicios al menos el de saneamiento Mairaga Comarca de Sanguesa Malerreka Montejurrra Comarca de Pamplona Sakana y Valdizarbe por ultimo varias mancomunidades prestan servicios administrativos 28 Aunque la supresion del art 46 de la Ley Foral 6 1990 27 elimino la figura de las agrupaciones de municipios en el registro de entidades locales se mantienen 12 agrupaciones que en su mayoria prestan servicios administrativos 12 Mancomunidades de planificacion general EditarA iniciativa del Gobierno de Navarra las entidades locales navarras y la Administracion de la Comunidad Foral podran constituirse este tipo de mancomunidades para la prestacion de servicios de competencia local que legalmente deban ser atendidos por los Ayuntamientos 29 Esta posibilidad aun no llevada a la practica fue introducida por la Ley Foral 4 2019 27 al mismo tiempo que establecia como entidad local la Comarca Vease tambien EditarDiputacion del Reino de NavarraLey Paccionada de 16 de agosto de 1841Diputacion Foral de NavarraEstatuto Municipal de 1924 Amejoramiento del Fuero Listado de municipios de Navarra Listado de concejos de Navarra Portal Navarra Contenido relacionado con Navarra Notas y referencias Editar Art 46 1 de la Ley Organica 13 1982 de 10 de agosto de Reintegracion y Amejoramiento del Regimen Foral de Navarra Arts 5 7 de la Ley Paccionada de 16 de agosto de 1841 Gonzalez Calleja 2005 p 134 Real Decreto Ley con las bases para la aplicacion del Estatuto Municipal en la provincia de Navarra 4 de noviembre de 1925 Gaceta de Madrid n 309 5 11 1925 Desde 1867 la Diputacion Provincial de Navarra se autodenomino Diputacion Foral cfr Diaz Acosta Jose Manuel 1993 La Identidad de Navarra Historia Ilustrada de Navarra Diario de Navarra ISBN 84 604 7413 5 Reglamento para la Administracion Municipal de Navarra con arreglo a las bases aprobadas por Decreto Ley de 4 de noviembre de 1925 Diputacion Foral y Provincial de Navarra Imprenta Provincial Pamplona 1928 226 p 22 cm En 1950 1959 y 1970 se publico el un texto refundido del Reglamento con las modificaciones introducidas hasta esos anos Preambulo de la Ley Foral 6 1990 de 2 de julio de la Administracion Local de Navarra La Ley Foral 4 2019 ha sido posteriormente modificada por la Ley Foral 20 2019 de 4 de abril Art 8 de la Ley Foral 6 1990 de Administracion Local de Navarra Art 9 de la Ley Foral 6 1990 de Administracion Local de Navarra Hay que tener en cuenta que en el Baztan esta compuesto de 15 pueblos o lugares sin que ninguno ellos constituya un concejo Art 30 1 de la Ley Foral 6 1990 de Administracion Local de Navarra a b c Registro de entidades locales de la Comunidad Foral de Navarra CENDEA Gran enciclopedia de Navarra Consultado el 20 de enero de 2021 DISTRITO Gran enciclopedia de Navarra Consultado el 20 de enero de 2021 La denominacion de algunas de las Comarcas en los Anexos de la Ley Foral 4 2019 Ley Foral 4 2019 fueron ligeramente modificados mediante la Ley Foral 20 2019 En este articulo se utilizan siguiendo el criterio fijado en Wikipedia solo los terminos en castellano Art 39 1 de la Ley Foral 6 1900 de Administracion Local de Navarra El auzolan escrito tambien como auzalan es el trabjao colectivo o vecinal gratuito realizado por los vecinos de un pueblo en beneficio de la colectividad es palabra vasca de auza vecino y lan trabajo Aunque es regulado por la costumbre local es frecuente que casa debe enviar una persona o pagar el jornal que le sustituya Voz Auzalan en la Gran Enciclopedia de Navarra Una amplia informacion sobre la Comunidad de las Bardenas puede consultarse en su pagina web Comunidad de las Bardenas Pagina web de la Junta General del Valle de Aezkoa Archivado desde el original el 2 de octubre de 2019 Consultado el 5 de octubre de 2019 Modificacion de las Ordenanza General del Valle BON n 81 de 27 de abril de 2018 hasta esa fecha la Junta estaba constituida por maximo de 15 y un minimo de 9 vocales Art 163 de la Ley Organica 5 1985 de 19 de junio del Regimen Electoral General Pagina web de la Junta del Valle del Roncal Las Ordenanzas de la Junta del Valle de Salazar fueron modificadas por la Junta General en su sesion de 25 de abril de 2016 el texto completo de la ordenanzas se publico en el BON n 156 de 12 08 2016 Real Decreto 334 1987 de 27 de febrero de Transmision a la Comunidad Foral de Navarra del dominio de los montes de titularidad del Estado Informe de gestion ano 2017 del Monte Aralar nº 8 del Catalogo de Montes de Utilidad Publica de Navarra y propiedad de la Comunidad Foral de Navarra Consulado el 5 10 2019 Ley Foral 8 1991 de 16 de marzo por la que se cede el dominio de diversos montes propiedad de la Comunidad Foral de Navarra a determinadas entidades locales a b c Ley Foral 4 2019 de 4 de febrero de reforma de la Administracion Local de Navarra Guia de Entidades Toki entitateen gida Federacion Navarra de Municipios y Concejos Consultado el 11 de octubre de 2019 Art 213 de la Ley Foral 6 1990 de 2 de julio de la Administracion Local de NavarraEnlaces externos EditarNuevas Ordenanzas Cotos y Paramentos del Noble Valle y Universidad del BaztanJunta General del Valle de Aezkoa Junta General del Valle de Salazar Ordenanzas de la Junta del Valle de Salazar BON n 156 de 12 08 2016 Junta General del Valle de Roncal Ordenanzas para el regimen de la Mancomunidad del Valle de Ronca l BON n 17 de 24 01 2018 Federacion Navarra de Municipios y Concejos Datos Q85864645 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Administracion local Navarra amp oldid 132635322, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

español

, española, descargar, gratis, descargar gratis, mp3, video, mp4, 3gp, jpg, jpeg, gif, png, imagen, música, canción, película, libro, juego, juegos