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Abogacía General del Estado

La Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado es un órgano de la Administración General del Estado integrado en el Ministerio de Justicia de España, con nivel orgánico de Subsecretaría. Es el órgano directivo de los servicios que prestan asistencia jurídica al Estado y a otras instituciones públicas.

Abogada General del Estado

Escudo de la Abogacía del Estado

Actualmente en el cargo
Consuelo Castro Rey
Desde el 29 de junio de 2018
Sede Calle San Bernardo 45, Madrid
Tratamiento Ilustrísima señora
Salario 110.169,80 [1]
Designado por Ministro de Justicia
Nombrado por Consejo de Ministros
Suplente Subdirector General de los Servicios Consultivos
Creación 28 de diciembre de 1849
Cargo anterior Dirección General de lo Contencioso del Estado
Sitio web Abogacía General del Estado

Está integrado por los miembros del Cuerpo Superior de Abogados del Estado, funcionarios de carrera de la Administración, y dirigido por el/la Abogado/a General del Estado, con nombramiento en Consejo de Ministros.

Desde junio de 2018 la Abogada General del Estado-Directora del Servicio Jurídico del Estado es Consuelo Castro.[2]

Descripción

El Servicio Jurídico del Estado, dirigido por la Abogacía General del Estado, tiene como funciones:[3]

  • El asesoramiento jurídico a la Administración General del Estado y a sus organismos autónomos.
  • El asesoramiento, cuando lo solicite el Gobierno o cualquiera de sus miembros, sobre la constitucionalidad de los anteproyectos y proyectos de disposiciones de cualquier rango que hayan de someterse a la aprobación de aquel y de las disposiciones o resoluciones de las comunidades autónomas que sean susceptibles de impugnación ante el Tribunal Constitucional.
  • El informe de los expedientes que se incoen para declarar lesivos a los intereses públicos los actos de la Administración General del Estado, de sus organismos autónomos o de los demás organismos y entidades públicos a las que asista, para que en su caso, se interponga el correspondiente recurso contencioso-administrativo.
  • La representación y defensa en juicio, ante cualesquiera jurisdicciones y órdenes jurisdiccionales, del Estado y de sus organismos autónomos, organismos y entidades públicos, sociedades mercantiles estatales y fundaciones con participación estatal, y de los órganos constitucionales en los términos previstos en la legislación vigente, así como en los conflictos de jurisdicción y cuestiones de competencia y en los procedimientos prejudiciales y extrajudiciales en que esté interesado el Estado, organismos públicos, sociedades mercantiles estatales, fundaciones y demás órganos mencionados. Le corresponde igualmente el informe de las reclamaciones previas a la vía judicial civil y laboral, en los casos en que se le solicite el dictamen, así como de los expedientes para el pago de costas a que fuera condenado el Estado cuando se suscite controversia.
  • El asesoramiento, así como la representación y defensa en juicio, de las comunidades autónomas y de las corporaciones locales, cuando se haya celebrado convenio de asistencia jurídica con ese objeto.
  • El mantenimiento del principio de unidad de doctrina, formulando criterios generales de asistencia jurídica para las Abogacías del Estado y los Abogados del Estado.
  • El informe en derecho de los anteproyectos y proyectos de disposiciones cuando sean sometidos a su consulta, o cuando afecten o puedan afectar al Servicio Jurídico del Estado, su organización, funcionamiento y régimen de actuaciones, la elaboración de los anteproyectos normativos que le sean encargados o que promueva, así como la asistencia a los correspondientes órganos superiores o directivos del departamento, cuando así lo requieran, para la preparación de la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios.
  • La promoción de trabajos de investigación y la organización de actividades que tengan por finalidad el conocimiento y difusión de materias y cuestiones jurídicas de ámbito nacional o internacional, así como la organización de actividades de formación y perfeccionamiento del personal del Servicio Jurídico del Estado, en coordinación con el Centro de Estudios Jurídicos, el Instituto Nacional de Administración Pública y otros centros de formación de funcionarios.
  • La asistencia jurídica en materia de Derecho de la Unión Europea, así como la representación y defensa del Reino de España ante los órganos jurisdiccionales de la Unión Europea.
  • Cuanto se relacione con la representación y defensa del Estado, organismos autónomos, restantes organismos y entidades públicos, sociedades mercantiles estatales o fundaciones con participación estatal, cuando así corresponda legal o convencionalmente, y órganos constitucionales ante cualesquiera jurisdicciones o procedimientos prejudiciales o extrajudiciales en el extranjero.
  • La representación y defensa jurídica del Reino de España ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, correspondiéndole el estudio y preparación de informes, observaciones y memorias que hayan de presentarse ante aquel, de conformidad con el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales y sus Protocolos. Le corresponden también las mismas funciones ante cualesquiera órganos internacionales competentes en materia de salvaguarda de los derechos humanos, de conformidad con lo establecido en los tratados internacionales vigentes en España.
  • La asistencia jurídica del Reino de España en otros organismos internacionales.
  • La gestión de los servicios de registro, archivo y estadística; la gestión económica, financiera y presupuestaria del Servicio Jurídico del Estado, así como la administración y gestión del Cuerpo de Abogados del Estado, la publicación periódica del escalafón de dicho Cuerpo y cualesquiera otras funciones dentro del ámbito económico-financiero y de personal que no estén atribuidas a otros órganos superiores por el ordenamiento jurídico.
  • La propuesta de resolución de los distintos procedimientos para la provisión de puestos de trabajo adscritos al Servicio Jurídico del Estado y reservados en exclusiva al Cuerpo de Abogados del Estado.
  • La inspección de los servicios dependientes de la Abogacía General del Estado-Dirección General del Servicio Jurídico del Estado y, en su caso, el ejercicio de la potestad disciplinaria.

Estructura de la Abogacía General

Dependen de la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado los siguientes órganos:[3]

  • La Subdirección General de los Servicios Consultivos.
  • La Subdirección General de los Servicios Contenciosos.
  • La Abogacía del Estado en el Ministerio de Justicia-Gabinete del Abogado General del Estado
  • La Subdirección General de Asuntos de la Unión Europea e Internacionales.
  • La Subdirección General de Coordinación, Auditoría y de Gestión del Conocimiento.
  • La Subdirección General de Constitucional y Derechos Humanos.
  • La Secretaría General de la Abogacía General del Estado.
  • La Abogacía del Estado ante el Tribunal Supremo.
  • La Abogacía del Estado ante la Audiencia Nacional.
  • La Abogacía del Estado ante el Tribunal de Cuentas.
  • Las Abogacías del Estado de los departamentos ministeriales.
  • Las Abogacías del Estado en la Administración periférica del Estado.
  • Las Abogacías del Estado en los diferentes organismos y entes públicos.
  • Los Servicios de informática de la Abogacía General del Estado.

Referencias

  1. «Retribuciones para el año 2017 para el organismo Ministerio de Justicia». transparencia.gob.es. Consultado el 16 de agosto de 2018. 
  2. «BOE.es - Documento BOE-A-2018-9044». www.boe.es. Consultado el 30 de junio de 2018. 
  3. «Real Decreto 997/2003, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado.». www.boe.es. Consultado el 16 de agosto de 2018. 

Enlaces externos

  • Página web oficial
  •   Datos: Q529901

abogacía, general, estado, dirección, servicio, jurídico, estado, órgano, administración, general, estado, integrado, ministerio, justicia, españa, nivel, orgánico, subsecretaría, órgano, directivo, servicios, prestan, asistencia, jurídica, estado, otras, inst. La Abogacia General del Estado Direccion del Servicio Juridico del Estado es un organo de la Administracion General del Estado integrado en el Ministerio de Justicia de Espana con nivel organico de Subsecretaria Es el organo directivo de los servicios que prestan asistencia juridica al Estado y a otras instituciones publicas Abogada General del EstadoEscudo de la Abogacia del EstadoActualmente en el cargoConsuelo Castro ReyDesde el 29 de junio de 2018SedeCalle San Bernardo 45 MadridTratamientoIlustrisima senoraSalario110 169 80 1 Designado porMinistro de JusticiaNombrado porConsejo de MinistrosSuplenteSubdirector General de los Servicios ConsultivosCreacion28 de diciembre de 1849Cargo anteriorDireccion General de lo Contencioso del EstadoSitio webAbogacia General del Estado editar datos en Wikidata Esta integrado por los miembros del Cuerpo Superior de Abogados del Estado funcionarios de carrera de la Administracion y dirigido por el la Abogado a General del Estado con nombramiento en Consejo de Ministros Desde junio de 2018 la Abogada General del Estado Directora del Servicio Juridico del Estado es Consuelo Castro 2 Indice 1 Descripcion 2 Estructura de la Abogacia General 3 Referencias 4 Enlaces externosDescripcion EditarEl Servicio Juridico del Estado dirigido por la Abogacia General del Estado tiene como funciones 3 El asesoramiento juridico a la Administracion General del Estado y a sus organismos autonomos El asesoramiento cuando lo solicite el Gobierno o cualquiera de sus miembros sobre la constitucionalidad de los anteproyectos y proyectos de disposiciones de cualquier rango que hayan de someterse a la aprobacion de aquel y de las disposiciones o resoluciones de las comunidades autonomas que sean susceptibles de impugnacion ante el Tribunal Constitucional El informe de los expedientes que se incoen para declarar lesivos a los intereses publicos los actos de la Administracion General del Estado de sus organismos autonomos o de los demas organismos y entidades publicos a las que asista para que en su caso se interponga el correspondiente recurso contencioso administrativo La representacion y defensa en juicio ante cualesquiera jurisdicciones y ordenes jurisdiccionales del Estado y de sus organismos autonomos organismos y entidades publicos sociedades mercantiles estatales y fundaciones con participacion estatal y de los organos constitucionales en los terminos previstos en la legislacion vigente asi como en los conflictos de jurisdiccion y cuestiones de competencia y en los procedimientos prejudiciales y extrajudiciales en que este interesado el Estado organismos publicos sociedades mercantiles estatales fundaciones y demas organos mencionados Le corresponde igualmente el informe de las reclamaciones previas a la via judicial civil y laboral en los casos en que se le solicite el dictamen asi como de los expedientes para el pago de costas a que fuera condenado el Estado cuando se suscite controversia El asesoramiento asi como la representacion y defensa en juicio de las comunidades autonomas y de las corporaciones locales cuando se haya celebrado convenio de asistencia juridica con ese objeto El mantenimiento del principio de unidad de doctrina formulando criterios generales de asistencia juridica para las Abogacias del Estado y los Abogados del Estado El informe en derecho de los anteproyectos y proyectos de disposiciones cuando sean sometidos a su consulta o cuando afecten o puedan afectar al Servicio Juridico del Estado su organizacion funcionamiento y regimen de actuaciones la elaboracion de los anteproyectos normativos que le sean encargados o que promueva asi como la asistencia a los correspondientes organos superiores o directivos del departamento cuando asi lo requieran para la preparacion de la Comision General de Secretarios de Estado y Subsecretarios La promocion de trabajos de investigacion y la organizacion de actividades que tengan por finalidad el conocimiento y difusion de materias y cuestiones juridicas de ambito nacional o internacional asi como la organizacion de actividades de formacion y perfeccionamiento del personal del Servicio Juridico del Estado en coordinacion con el Centro de Estudios Juridicos el Instituto Nacional de Administracion Publica y otros centros de formacion de funcionarios La asistencia juridica en materia de Derecho de la Union Europea asi como la representacion y defensa del Reino de Espana ante los organos jurisdiccionales de la Union Europea Cuanto se relacione con la representacion y defensa del Estado organismos autonomos restantes organismos y entidades publicos sociedades mercantiles estatales o fundaciones con participacion estatal cuando asi corresponda legal o convencionalmente y organos constitucionales ante cualesquiera jurisdicciones o procedimientos prejudiciales o extrajudiciales en el extranjero La representacion y defensa juridica del Reino de Espana ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos correspondiendole el estudio y preparacion de informes observaciones y memorias que hayan de presentarse ante aquel de conformidad con el Convenio Europeo para la Proteccion de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales y sus Protocolos Le corresponden tambien las mismas funciones ante cualesquiera organos internacionales competentes en materia de salvaguarda de los derechos humanos de conformidad con lo establecido en los tratados internacionales vigentes en Espana La asistencia juridica del Reino de Espana en otros organismos internacionales La gestion de los servicios de registro archivo y estadistica la gestion economica financiera y presupuestaria del Servicio Juridico del Estado asi como la administracion y gestion del Cuerpo de Abogados del Estado la publicacion periodica del escalafon de dicho Cuerpo y cualesquiera otras funciones dentro del ambito economico financiero y de personal que no esten atribuidas a otros organos superiores por el ordenamiento juridico La propuesta de resolucion de los distintos procedimientos para la provision de puestos de trabajo adscritos al Servicio Juridico del Estado y reservados en exclusiva al Cuerpo de Abogados del Estado La inspeccion de los servicios dependientes de la Abogacia General del Estado Direccion General del Servicio Juridico del Estado y en su caso el ejercicio de la potestad disciplinaria Estructura de la Abogacia General EditarDependen de la Abogacia General del Estado Direccion del Servicio Juridico del Estado los siguientes organos 3 La Subdireccion General de los Servicios Consultivos La Subdireccion General de los Servicios Contenciosos La Abogacia del Estado en el Ministerio de Justicia Gabinete del Abogado General del Estado La Subdireccion General de Asuntos de la Union Europea e Internacionales La Subdireccion General de Coordinacion Auditoria y de Gestion del Conocimiento La Subdireccion General de Constitucional y Derechos Humanos La Secretaria General de la Abogacia General del Estado La Abogacia del Estado ante el Tribunal Supremo La Abogacia del Estado ante la Audiencia Nacional La Abogacia del Estado ante el Tribunal de Cuentas Las Abogacias del Estado de los departamentos ministeriales Las Abogacias del Estado en la Administracion periferica del Estado Las Abogacias del Estado en los diferentes organismos y entes publicos Los Servicios de informatica de la Abogacia General del Estado Referencias Editar Retribuciones para el ano 2017 para el organismo Ministerio de Justicia transparencia gob es Consultado el 16 de agosto de 2018 BOE es Documento BOE A 2018 9044 www boe es Consultado el 30 de junio de 2018 a b Real Decreto 997 2003 de 25 de julio por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Juridico del Estado www boe es Consultado el 16 de agosto de 2018 Enlaces externos EditarPagina web oficial Datos Q529901 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Abogacia General del Estado amp oldid 140724211, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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