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Tasas universitarias en España

Las tasas universitarias en España corresponden al importe que debe pagar un alumno para poder cursar sus estudios superiores universitarios en el país. Aunque generalmente estas se asocian al gasto derivado de la matriculación (tasas de matriculación), pueden también comprender otros pagos, como la inscripción en pruebas de evaluación o la expedición de documentos académico-administrativos oficiales. Cuando se trata de las tasas en universidades públicas, estas se denominan precios públicos académicos.[1]​ Las universidades privadas, por su parte, tienen la capacidad de autorregular los precios al poseer un sistema de financiación independiente del gobierno, lo cual tiene como habitual consecuencia la existencia de cuotas de matriculación sustancialmente mayores.[2]

Ejemplo de carta de pago para la una matrícula de grado en la Universidad de Granada. El estudiante obtuvo una reducción gracias a haber recibido Matrícula de honor

En España, el importe en las universidades públicas se establece de forma anual a través de leyes promulgadas por los gobiernos de cada comunidad autónoma, siguiendo una serie de criterios de carácter básico dictados por el gobierno central y establecidos en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Esto implica que las tasas pueden variar ampliamente según la comunidad en cuestión. Por ejemplo, para el año académico 2020-2021, las más altas se encontraban en la Comunidad de Madrid y Cataluña, con un precio medio del crédito a 23,46 y 24,02 € respectivamente; mientras que las más bajas se situaban en Canarias, con 11,71 € por crédito.[3]

Proporcionalmente, la mayor parte del coste de los estudios en las universidades públicas en España es sufragado por el estado, siendo el alumno partícipe de aproximadamente un 25 % del gasto total, un número que varía de una comunidad autónoma a otra.[4]​ Sin embargo, este pago puede llegar a alcanzar hasta el 100 % del coste real cuando se trata de estudiantes extranjeros sin la condición de residentes, excluyéndose aquellos provenientes de estados miembros de la Unión Europea.[5]

Dentro del ámbito de la universidad pública, las únicas cuotas fijadas directamente por el gobierno central a través del BOE y no por las comunidades autónomas son las de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED).[1]

Aquellos alumnos que reciben una beca de carácter general del estado español están exentos del pago. En las últimas décadas, aproximadamente entre un 20 y un 30 % de los estudiantes de universidades públicas en España reciben una beca de este tipo ligada a una atribución económica pero que incluye, en cualquier caso, la exención de los precios de matrícula. El número de personas que recibe esta ayuda es sustancialmente menor cuando se trata de estudiantes de máster.[6]​ Cerca de la mitad de los estudiantes de grado la reciben en algún año de sus estudios.[7]

Historia

Edad media

 
Fachada de la Madraza de Granada, considerada como la institución de enseñanza superior más importante en Al-Ándalus

Los primeros centros universitarios que aparecieron en la península en la Edad Media fueron las escuelas islámicas, cuyo mayor representante era la Madraza de Granada.[8]​ Posteriormente comenzarían a surgir las primeras instituciones católicas fundadas en la España de la reconquista, siendo estas las Universidades de Palencia y Universidad de Salamanca.[9]

Es complejo establecer cuál era el régimen de pago para el alumno en las madrazas islámicas por la escasez de datos detallados. Las instituciones de enseñanza de Al-Ándalus carecían de centralización, y su gestión económica era probablemente independiente, pero es plausible que estas fueran de admisión gratuita o, en todo caso, individualizada.[8]​ En cuanto a los centros católicos, la hipótesis predominante describe una enseñanza universitaria muy probablemente gratuita, siguiendo la tradición de las escuelas catedralicias y monásticas que defendían firmemente la idea de que el conocimiento «es don de Dios et por ende non debe ser vendida [sic]».[9]​ Exigir dinero por la educación podía ser, por tanto, considerado como simonía, lo cual obligó a las instituciones a buscar otros caminos de financiación. En sus inicios, las universidades de fundación regia la recibían, en gran parte, del mismo rey, que incluso llegaba a donar propiedades o edificios de la corona. Posteriormente, sin embargo, debido a que estas dotaciones eran insuficientes y se distribuían de forma irregular, se requirió del apoyo de fuentes eclesiásticas, que se solicitaba a través de una petición al papa por parte del rey o de la misma universidad. Asimismo, algunas recibían financiación del tesoro público de la ciudad en la que se encontraban, como en el el caso de la Universidad de Lérida.[9][10][11]

Hacia finales de la Edad Media se comenzaron a introducir los precursores de las tasas tal y como se conciben en la actualidad: los pagos por derecho de matrícula y concesión de grados. Sin embargo, estas eran probablemente de cuantía muy baja, y en ningún momento alcanzarían la importancia suficiente como para solucionar los frecuentes problemas económicos de las instituciones de la época.[9]

Edad moderna

Los textos que describen las finanzas y las diferentes estructuras económicas de las instituciones universitarias en la edad moderna son escasos y varían significativamente dependiendo del centro en cuestión. De estas, la información más detallada es la que relata la situación económica de las universidades de Salamanca, Valladolid y Alcalá.[12]

Los ingresos de las universidades de la época están muy vinculados a los excedentes de producción del entorno agrario en el que se sitúan, y a menudo estas se sufragaban a través del diezmo eclesiástico de sus diócesis. Hacia mediados del siglo XVI, las rentas derivadas de este impuesto suponían, generalmente, una cantidad algo superior al 90% de los ingresos universitarios, porcentaje que se mantendría entre el 70 y el 90% hasta el siglo XVIII. El equivalente al concepto de «tasa», como se concibe en la actualidad, se ve reflejado como «pagos por derecho de secretaría, matrícula y grados», pero este supone un porcentaje muy reducido del total de ingresos en la época moderna: por ejemplo, este era de un 1,9% para la Universidad de Valladolid en los años 1770-1779, y nunca sobrepasó el 1,8% de los totales globales para la Universidad de Salamanca entre los siglos XVI y XVIII.[12][13][14]

No fue hasta 1845 cuando, a través de la implementación del Plan Pidal, precursor de la Ley Moyano, se intentaría dar más protagonismo a las tasas universitarias en las finanzas de esas instituciones.[15]

Desde mediados del siglo XIX hasta el franquismo

 
Retrato de Claudio Moyano

La Ley de Instrucción Pública de 9 de septiembre de 1857, también conocida popularmente como «Ley Moyano», distinguía tres tipos de tasas: derechos de matrícula, exigidas a los estudiantes en los distintos centros de enseñanza; derechos de grados y títulos, representados por pagos a realizar para la obtención de grados académicos y títulos de las carreras superiores y profesionales; y certificados profesionales que cumplian la función de habilitar para el ejercicio profesional. Además, existían los pagos por «derechos de examen», establecidos por esta ley en un importe de 20 reales y destinados en mayor medida a pagar el sueldo de los catedráticos. Los precios concretos a pagar se estipulaban en la sección «Tarifa de los derechos de matrícula, grados, títulos y certificados profesionales» situada en la parte final de la publicación.[16][17]

La cuantía a pagar para la obtención de grados académicos suponía un gasto significativamente elevado para el salario medio de la época: por ejemplo, esta era de 5000 reales para el grado de licenciado o de doctor. Un análisis de la Ley Moyano afirma que las cuotas de la época eran «realmente elevadas, hasta el extremo de que prácticamente cubrían el coste [total] que la enseñanza le ocasionaba al Estado».[16][17]

En el año 1900 se introduciría el pago de derechos por asignaturas prácticas, que consistían en tasas académicas que tenían como objetivo costear la enseñanza de este tipo de clases, que requerían de grupos de asistencia más reducidos y resultaban, por tanto, más costosas para las instituciones.[16]


Las tasas universitarias durante el franquismo

Ley de Ordenación de la Universidad Española

En 1943, el Ministerio de Educación Nacional redactó la Ley de Ordenación de la Universidad Española de 29 de julio, que regularía, entre otros asuntos, la existencia de «un sistema de tasas de distintos tipos, en relación con las posibilidades económicas del alumno». En concreto, este sujeto se abordaba en el artículo 36, el cual establecía la creación del Servicio de Protección Escolar, un organismo encargado de, entre otras cosas, «Fijar las tasas escolares que deba satisfacer cada alumno». Además, posteriormente, en el artículo 86, se fijan «las tasas generales, que serán reducidas y aun suprimidas, habida cuenta de las dotes intelectuales y morales de los escolares y de los medios económicos, debidamente acreditados, de sus padres».[18]

Existía en la teoría una individualización del sistema de pago de tasas, pero su definición concreta se encontraba en cierto limbo legal. Este era en gran medida decidido por el rector, figura nombrada unilateralmente por el gobierno, lo cual implicaba la existencia de cierta variabilidad en el precio de la matrícula en cada universidad española. Un Proyecto de Ley emitido por el ministerio en 1944 declaraba el pago de derecho de matrícula en 60 pesetas por cada asignatura; y de 75 a 150 pesetas para el pago de derecho de prácticas, que variaba según la carrera cursada. Se garantizaba, además, la matrícula gratuita a alumnos que por motivos económicos la necesitasen, pero esta se limitaba al 10 % del total de matriculados.[19]​ Como referencia, según los presupuestos oficiales de la Universidad de Madrid, esta ingresó, en el año 1945, un total de 3 164 500 pesetas. Teniendo en cuenta que el número de alumnos matriculados en esa universidad para ese año rondaba los 6000-7000, podemos establecer que cada uno de ellos pagó entre 500 y 700 pesetas de media por un curso completo, cantidad que variaba según la carrera cursada y según la cantidad de ayuda que recibieran si podían acogerse a esa opción.[20][21][16]

En el año 1959 se dicta el Decreto 639/1959 de 26 de septiembre de convalidación de la tasa por expedición de títulos, certificaciones y diplomas académicos, docentes y profesionales. La firma de este decreto pone de manifiesto la caída de las tasas académicas en el limbo legal mencionado anteriormente y la existencia de una parafiscalidad de las mismas. El decreto no solo no consigue solucionar estos problemas, sino que también conlleva un incremento general de la cuantía de las mismas.[16]

Ley General de Educación de 1970

Posteriormente, en 1970 se aprobaría la que sería la última ley de reforma educativa dentro de la dictadura franquista: la Ley General de Educación. En el artículo 7.1 de la misma quedan especificadas restricciones de los costes de las tasas universitarias:[22]

En niveles educativos no gratuitos las tasas de los Centros estatales no excederán de los costes reales por puesto escolar. Dentro de estos límites, el Gobierno fijará su importe, que podrá ser diversificado de acuerdo con criterios que ponderen el rendimiento de los alumnos y su situación económica.

Este no tuvo una repercusión inmediata en las tasas, que permanecieron estables entre los años 1964 y 1976. Fue en este último cuando se promulgó el Decreto 1888/1976, de 30 de julio, pensado para las tasas del curso 1976-1977. La aprobación del decreto supuso, en la práctica, un incremento aproximado del 300 % en el precio medio de la matrícula.[16]

Período 1983-2001

En 1983 se aprobaría la Ley orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, a menudo abreviada como «LRU». Según esta ley las universidades públicas se regirían por un nuevo sistema jurídico-administrativo. Bajo la LRU, se establecería que los precios públicos para estudios que supusieran la emisión de títulos oficiales debían fijarse por la administración general del estado, dentro de los límites establecidos en el Consejo de Universidades. Este régimen de precios públicos establecidos por el estado solo se aplicaría en las llamadas «Comunidades Autónomas de territorio MEC», compuestas por Aragón, Asturias, Baleares, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Madrid, Murcia y La Rioja. El resto de comunidades ya habían asumido competencias en materia de educación superior que les permitía la modificación de los precios públicos.[5][23]

Posteriormente, la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, que otorga la condición de «precios públicos» a las tasas de matrícula, afirma que estas deben fijarse mediante Orden Ministerial. También se introduce la distinción entre enseñanzas «experimentales» (que englobaba la mayoría de las carreras de ciencias) y «no experimentales» (al que pertenecían el resto), que se mantendría hasta el curso 1991-1992.[5]

En 1992, bajo el denominado «Modelo 92», se expandió el modelo de clasificación de estudios entre enseñanzas experimentales y no experimentales para distinguir hasta siete grados de experimentalidad en función de la rama del conocimiento al que pertenecían. Esto afectaría, igualmente, la cantidad a sufragar según cada titulación.[5]

El traspaso progresivo de competencias en educación a las comunidades autónomas culminó en el año 1997, siendo las Islas Baleares la última comunidad en adquirirlas. Esto marcó un punto de inflexión ya que el traspaso de competencias se tradujo en una tendencia significativa hacia el encarecimiento del precio de las matrículas.[5]

Ley Orgánica 6/2001 y Plan Bolonia

Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, más conocida simplemente como «LOU», introdujo una amplia reforma que afectaría a todos los aspectos de la universidad española. En cuanto a los precios públicos, supuso la consolidación de la administración de las autonomías de los mismos, al otorgarles una significativa independencia económica. Esto se fijó en el artículo 81. 3 (b):[2]

b) Los ingresos por los precios públicos por servicios académicos y demás derechos que legalmente se establezcan. En el caso de estudios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, los precios públicos y derechos los fijará la Comunidad Autónoma, dentro de los límites que establezca el Consejo de Coordinación Universitaria que estarán relacionados con los costes de prestación del servicio.[2]

Bajo el contexto de la firma de la Declaración de Bolonia de 1999, firmado por los Ministros de Educación de los 29 países europeos, y la adaptación del sistema educativo español a los márgenes comunes del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), en un proceso conocido como «Plan Bolonia»[24]​ en 2007 se introdujo un sistema de modificación de las cuotas transitorio, con la implantación de títulos adaptados al EEES que se realizó de forma progresiva por todo el territorio español, dando lugar al establecimiento de precios públicos por crédito ECTS. A rasgos generales, la adopción de este sistema supuso una ruptura con la estructura de precios vigentes hasta la fecha y un encarecimiento del crédito.[5][25]

Real Decreto-ley 14/2012

En el año 2012 y en contexto de la crisis económica derivada de la Gran Recesión de 2008, el gobierno del Partido Popular aprobó el Real Decreto 14/2012, el cual incluía «medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo». La ley, promovida por el ex ministro de Educación, Cultura y Deporte, José Ignacio Wert, permitió a las comunidades aumentar el precio de las tasas universitarias hasta un 25 % por encima del coste real con el objetivo de, según el gobierno, compensar la reducción de la financiación en los centros públicos.[26]

Además, el decreto añadía un sistema de horquillas fijas (distinto al sistema de horquillas variables ligadas al IPC empleado hasta la fecha) los precios públicos en proporción a los costes reales según el número de matriculaciones del alumno para una asignatura específica:[27]

1.º Enseñanzas de Grado: los precios públicos cubrirán entre el 15 por 100 y el 25 por 100 de los costes en primera matrícula; entre el 30 por 100 y el 40 por 100 de los costes en segunda matrícula; entre el 65 por 100 y el 75 por 100 de los costes en la tercera matrícula; y entre el 90 por 100 y el 100 por 100 de los costes a partir de la cuarta matrícula.

2.º Enseñanzas de Máster que habiliten para el ejercicio de actividades profesionales reguladas en España: los precios públicos cubrirán entre el 15 por 100 y el 25 por 100 de los costes en primera matrícula; entre el 30 por 100 y el 40 por 100 de los costes en segunda matrícula; entre el 65 por 100 y el 75 por 100 de los costes en la tercera matrícula; y entre el 90 por 100 y el 100 por 100 de los costes a partir de la cuarta matrícula.

3.º Enseñanzas de Máster no comprendidas en el número anterior: los precios públicos cubrirán entre el 40 por 100 y el 50 por 100 de los costes en primera matrícula; y entre el 65 por 100 y el 75 por 100 de los costes a partir de la segunda matrícula.

Los precios públicos podrán cubrir hasta el 100 por 100 de los costes de las enseñanzas universitarias de Grado y Máster cuando se trate de estudiantes extranjeros mayores de dieciocho años que no tengan la condición de residentes, excluidos los nacionales de Estados miembros de la Unión Europea y aquéllos a quienes sea de aplicación el régimen comunitario, sin perjuicio del principio de reciprocidad.

Las diferentes horquillas serían posteriormente modificadas en las leyes de Presupuestos Generales del Estado de 2017 y 2018.[28][29]

En la práctica, la aplicación de esta ley supuso el aumento del 17 % del precio medio de la matrícula de grado entre el período 2012-2019.[30]

Real Decreto-ley 17/2020 (de apoyo al sector cultural COVID-19)

El 5 de mayo de 2020 y bajo contexto de crisis causada por la COVID-19, el gobierno de coalición entre PSOE y Unidas Podemos introdujo un paquete de medidas de apoyo al sector cultural, en el que se incluían modificaciones al sistema de regulación de precios públicos.[31][32]

Este decreto, en su disposición final séptima, elimina el sistema de horquillas establecido por Wert en 2012, citando que este había conllevado «no solo un incremento de [las tasas] en términos generales, sino un aumento notable de la disparidad en dichos precios en función de la Comunidad Autónoma donde se preste dicho servicio, afectando de forma grave al acceso a la educación universitaria pública y al principio de igualdad de derechos y deberes de los españoles».[31][33]

Tasas en la universidad pública en la actualidad

 
Mapa del precio del crédito ECTS en euros para cada comunidad autónoma (año 2019-2020). Precio medio para la primera matrícula de grado en euros.[34][35][nota 1]

El apartado b) del artículo 81.3 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades establece que «en caso de estudios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, los precios públicos y derechos los fijará la Comunidad Autónoma, dentro de los límites máximos que establezca la Conferencia General de Política Universitaria».[36]

A efectos prácticos, esto implica que los precios públicos están determinados en gran medida por los gobiernos de cada comunidad autónoma. En este sentido, el gobierno central ha actuado históricamente como un estabilizador de los precios.[37]

De forma general y, siguiendo la tendencia global en ese sentido, el precio de una primera matrícula universitaria es habitualmente menor al de la segunda, tercera o cuarta matrículas. Además, existe con frecuencia una variación importante entre el precio de las diferentes titulaciones según la disciplina académica a la que pertenezcan. Así, las matrículas en estudios de la rama de humanidades suelen tener los precios más bajos, y los de ciencias de la salud los más altos.[38][39]

Además, el precio de los másteres es habitualmente más alto respecto al de los grados. Se trata de una característica común en España que no se da frecuentemente en el resto de países de Europa, donde existe una tendencia a establecer una igualdad de precios. En ese sentido, los másteres no habilitantes poseen habitualmente una tasa de matriculación más alta respecto a los habilitantes.[40]

Existen excepciones a estas tendencias: Castilla-La Mancha representa la única región en la que los precios de los grados igualan a los del máster;[41]​ y Andalucía ha mantenido tradicionalmente un precio común para todos sus grados, independientemente de la rama de conocimiento a la que estos pertenezcan.[42]

Variación entre comunidades

Desde el traslado de competencias en educación y, más concretamente, el de las relativas a la regulación de precios públicos en la universidad a finales de la década de los 90, ha habido un aumento progresivo de la disparidad de precios entre las comunidades autónomas. Esta se acentuó notablemente entre los años 2009 y 2013, caracterizada por una tendencia al aumento de las tasas como consecuencia de las políticas implementadas por el ex ministro de Educación, José Ignacio Wert y la aplicación del Plan Bolonia. Este incremento fue especialmente acusado en la Comunidad de Madrid y en Cataluña, con una diferencia de precios hasta tres veces mayor entre las matrículas públicas más altas y las más bajas. La disparidad de precios se da en matrículas de grado, de máster y de doctorado por igual.[39][43]

Comunidad Autónoma Precio medio de una primera matrícula de grado en euros (€) por año académico [44][34][35][nota 2]
2009-10 2010-11 2011-12 2012-13 2013-14 2014-15 2015-16 2016-17 2017-18 2018-19 2019-20
Cataluña 1044,0 1122,0 1206,0 2010,0 2010,0 2010,0 2010,0 2010,0 2010,0 2010,0 2011,2
Comunidad de Madrid 1002,0 1044,0 1098,0 1512,0 1818,0 1818,0 1620,0 1554,0 1478,4 1441,8 1441,8
Andalucía 690,0 702,0 732,0 749,4 757,2 757,2 757,2 757,2 757,2 757,2 757,2
Aragón 1045,2 1066,2 1104,6 1144,2 1185,0 1209,0 1209,0 1209,0 1124,4 1124,4 1124,4
Asturias 928,2 979,2 1027,8 1027,8 1027,8 1027,8 1027,8 1027,8 1027,8 976,8 732,6
Islas Baleares 879,0 904,8 937,8 1024,2 1075,2 1075,2 1075,2 1075,2 1075,2 967,8 967,8
Islas Canarias 610,8 619,8 642,6 912,6 912,6 912,6 912,6 912,6 840,0 756,0 702,6
Cantabria 719,4 730,2 756,6 783,6 810,0 810,0 810,0 810,0 780,0 780,0 781,8
Castilla La-Mancha 735,6 747,0 774,0 931,2 914,4 948,6 948,6 948,6 948,6 948,6 948,6
Castilla y León 971,4 903,6 964,2 1367,4 1386,6 1400,4 1400,4 1400,4 1400,4 1306,8 1042,8
Comunidad Valenciana 812,4 844,8 908,4 1211,4 1223,4 1223,4 1223,4 1223,4 1137,6 1039,8 1039,8
Extremadura N/A 817,8 847,2 863,4 884,4 884,4 884,4 884,4 884,4 884,4 884,4
Galicia 678,6 688,8 713,4 713,4 713,4 713,4 713,4 713,4 713,4 713,4 713,4
Comunidad de Murcia 743,4 780,0 819,0 915,6 934,8 934,8 934,8 934,8 934,8 934,8 934,8
Comunidad Foral de Navarra 846,0 1052,4 1094,4 1138,2 1153,2 1153,2 1153,2 1153,2 1179,6 1179,0 1179,0
País Vasco N/A 931,8 965,4 984,6 1008,6 1012,8 1012,8 1012,8 1012,8 1012,8 1012,8
La Rioja 811,8 1026,0 1063,2 1085,4 1102,2 1102,2 1102,2 1102,2 1186,2 1186,2 1186,2

Evolución del precio medio (en euros) por crédito ECTS matriculado por primera vez en titulaciones de grado en cada comunidad desde el curso 2009-2010 hasta 2019-2020[44][34][35][nota 3]

La disparidad de precios no solo se da en el precio base de sus titulaciones académicas. Existen variaciones en el encarecimiento del precio del crédito en las sucesivas matrículas, así como diferentes filtros aplicables según la procedencia del estudiante (comunitario, extracomunitario, residente o no residente) que afectan de forma muy diversa al precio y que varían ampliamente según la regulación propia de la comunidad. Asimismo, estas diferencias se dan en cuestiones periacadémicas como el precio de las tasas de expedición de títulos, las tasas relativas al pago de la Prueba de Acceso a la Universidad o las tasas de gestión.[39]

Un informe realizado en 2016 sobre la variación de precios entre cada comunidad autónoma concluía que «En general, los precios y los criterios para su establecimiento no son coherentes entre comunidades autónomas, no tienen justificación aparente –explicitada en los decretos de precios– y, en algunos casos, no se atienen a las normas dictadas en la ley.»[45]

Acuerdo del 27 de mayo de 2020

 
Manuel Castells, ministro de Universidades encargado de impulsar la propuesta de reducción de precios públicos.

En mayo de 2020, el Ministerio de Universidades estableció un mecanismo mediante el cual los precios públicos máximos serían fijados por el estado. [46]​ Esta limitación del precio afectaría exclusivamente al precio de las primeras matrículas de asignaturas de grado y las comunidades tendrían de plazo para aplicar la reducción hasta el curso 2022-2023. En cuanto a las matrículas de máster y doctorado, el mecanismo no establece limitaciones para el precio máximo, pero establece que las comunidades no podrán aumentar el precio.[36]​ La medida no estableció un precio mínimo, y el precio máximo no se halla especificado en el documento, sino que este se basaría en el precio de la media nacional, con un límite a la variación al alza respecto a esta calculado mediante un índice de 100.[47]​ En la práctica, esto supondría que el precio medio quedaría establecido en 16,05 euros por crédito ECTS de grado en España, al que se le añade un 15 % como valor máximo del coste.[48]

La propuesta fue presentada a los representantes de cada comunidad autónoma por el ministro de universidades, Manuel Castells, en una reunión el 27 de mayo de 2020, y fue aprobada el 7 de julio de ese mismo año.[47]​ En la reunión no hubo unanimidad respecto a la aplicación de la propuesta, y un número de gobiernos autonómicos (Andalucía, Madrid, Castilla y León, Murcia y Euskadi), la mayoría entonces gobernados por el Partido Popular, se mostraron reticentes.[48]

La reducción de los precios públicos no afectaría a las comunidades con las matrículas menos caras: Andalucía, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Galicia y Murcia. En cambio, otras ocho comunidades (Aragón, Baleares, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Extremadura, Navarra, País Vasco y La Rioja) tendrían que tendrían que realizar un ajuste moderado, mientras que en el caso de Cataluña y Madrid el ajuste sería más significativo.[47]

Variación estimada del precio medio de la primera matrícula de grado antes y después de la aplicación del acuerdo del 27 de mayo[49]

Las mayor reducción se darían, por tanto, en las universidades de Cataluña, debiendo reducir el coste de matriculación medio en un 43 % a lo largo de tres años, que se encontraba más inflado respecto a la media nacional por una serie de subidas introducidas durante el gobierno de Convergència i Unió, que supusieron un aumento del 66 % entre el año 2010 y el 2015. Madrid sería la segunda que tendría que implementar una mayor reducción, con un descenso previsto del 20,7 %. La bajada sería menor en La Comunidad Valenciana (-12,62 %), Navarra (-7,14 %), País Vasco (-4,71 %), Extremadura (-4,19 %), Aragón (-4,1 %), La Rioja (-3,52 %), Baleares (-3 %) y Castilla y León (-2,68 %).[48]​ Para el año 2020-2021, solo cinco comunidades (Aragón, Cataluña, Comunidad Valenciana, Navarra y La Rioja) aplicaron una reducción de las tasas, y todas, exceptuando Aragón y La Rioja que realizaron la reducción ese mismo año, tendrían los dos años académicos siguientes para alcanzar el límite establecido por el acuerdo. La Comunidad de Madrid, a pesar de ser la segunda con la mayor reducción a aplicar, mantuvo los mismos precios públicos respecto al año 2019-2020. La mayor rebaja se dio en Cataluña, cuyas matrículas para ese año fueron 720 euros de media más baratas, aunque permaneció como la comunidad donde resulta más caro entrar a la universidad.[50]

Acuerdo del 29 de marzo de 2021

En marzo de 2021, la Conferencia General de Política Universitaria (CGPU) acordó la equiparación de las tasas de matrícula de los másteres habilitantes a las del grado.[51]​ Los másteres habilitantes, que en muchas escuelas son herederos de los Proyectos Fin de Carrera (PFC) previos al Plan Bolonia, eran requisito obligatorio para el pleno ejercicio de las actividades profesionales reguladas, pero sus tasas son típicamente más elevadas que las del grado. Esto implicaba una inversión grande por parte de los estudiantes, dificultando económicamente el acceso a estas profesiones.[52]​ Su equiparación, que había sido una de las mayores reclamaciones de los colectivos de estudiantes y que ya había sido implantada en algunas comunidades,[53][54]​ fue llevada a la CGPU el 29 de marzo de 2021 a propuesta del Ministerio de Universidades, y fue aprobada por mayoría absoluta con el único voto en contra de la Comunidad de Madrid. Esta bajada efectiva de las tasas de los másteres habilitantes tendrá que hacerse efectiva en todas las comunidades antes del curso 2022-2023 y supondrá una reducción de 10,5 millones de euros en los ingresos por tasas universitarias, que habrá de ser compensado por las comunidades autónomas.[55]

Becas y subvenciones

El objetivo de las becas, según está establecido en el BOE, es el de proporcionar acceso a la educación superior a todo aquel que lo necesite, dotando de igualdad de oportunidades a todos los estudiantes, independientemente de cuál sea su lugar de residencia o la condición socioeconómica. En este sentido, todo aquel que por motivos económicos no tenga la capacidad de acceder a la educación pública puede optar a recibir una ayuda para este fin, y se le aplicará una exención total o parcial del pago de los precios públicos:[56]

Con objeto de que nadie quede excluido del estudio en la universidad por razones económicas, el Gobierno y las Comunidades Autónomas, así como las propias universidades, instrumentarán una política de becas, ayudas y créditos para el alumnado y, en el caso de las universidades públicas, establecerán, asimismo, modalidades de exención parcial o total del pago de los precios públicos por prestación de servicios académicos. En todos los casos, se prestará especial atención a las personas con cargas familiares, víctimas de la violencia de género y personas con dependencia y discapacidad, garantizando así su acceso y permanencia a los estudios universitarios.[56]

En el curso 2018-2019 el 29,9 % de los alumnos matriculados en una universidad pública española obtuvieron la condición de becario. Según los datos del Ministerio de Universidades, la convocatoria de becas de carácter general (a menudo conocidas como «becas MEC»)[57]​ es la que aglutina el mayor número de beneficiarios. Esta corresponde a aproximadamente un 80 % (con variaciones anuales) del total del importe destinado a becas.[58]​ El importe de la beca general, cuya cuantía puede variar según, entre otros, las condiciones económicas del solicitante o de la familia del mismo, siempre va ligado a un derecho de exención del pago de los precios de matrícula, por lo que los estudiantes que la reciben no deben realizar el pago de tasas universitarias.[59]

La proporción de estudiantes que reciben la beca general, sin embargo, varía ampliamente de una comunidad autónoma a otra. Por ejemplo, para el año académico 2016-2017, uno de cada cuatro estudiantes de grado que recibían beca en España estudiaba en una universidad andaluza, mientras que solo un 19 % del total de matriculados cursan sus estudios allí.[7]

Proporción respecto al total del número de estudiantes beneficiarios de becas generales de la AGE y del número de matriculados en Grado en universidades públicas presenciales por comunidad autónoma. Curso 2016-2017.[7]

Tasas universitarias en la universidad privada

La universidad privada es una institución relativamente reciente en la historia española. La ley que permitió su introducción data de 1993 y fue impulsada por el gobierno del PSOE de la época.[60][61]

A fecha de 2020, existían un total de 36 universidades privadas en el territorio español.[62]​ El régimen de financiación de las universidades privadas es totalmente independiente del estado, por lo que los alumnos a menudo soportan el 100 % del coste de su educación. Debido a esto, las universidades privadas poseen, por regla general, unas tasas de matrícula significativamente más altas que las de la universidad pública en España. Además, al no estar sometidas a un sistema de regulación de precios homogéneo, las tasas entre cada universidad pueden variar ampliamente: por ejemplo, en el año 2013-2014, el precio medio de un año de grado en una universidad privada en Madrid era de 8150 euros;[63]​ en el año académico 2017-2018, costaba una media de 16 894 euros al año estudiar el grado en medicina en una universidad privada en el país.[64]

Notas

  1. En el mapa aparece el precio para las ciudades autónomas de Melilla y Ceuta. No obstante, este se muestra igual al precio en Andalucía, ya que ambos campus universitarios pertenecen al de la Universidad de Granada y, por tanto, siguen la misma política de precios públicos.
  2. Gráfico calculado utilizando datos expresados en precio por crédito ECTS proporcionados por el Ministerio de Universidades español. Para calcular el precio de una matrícula de grado, se ha multiplicado este dato por 60 en cada caso, ya que una matrícula habitual en España equivale a 60 créditos ECTS.
  3. El gráfico no tiene en cuenta posibles reducciones o bonificaciones aplicadas a través de políticas específicas de la comunidad autónoma. Ejs.: el filtro por renta en Cataluña o la bonificación al 99 % en Andalucía.

Referencias

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  •   Datos: Q105959141

tasas, universitarias, españa, tasas, universitarias, españa, corresponden, importe, debe, pagar, alumno, para, poder, cursar, estudios, superiores, universitarios, país, aunque, generalmente, estas, asocian, gasto, derivado, matriculación, tasas, matriculació. Las tasas universitarias en Espana corresponden al importe que debe pagar un alumno para poder cursar sus estudios superiores universitarios en el pais Aunque generalmente estas se asocian al gasto derivado de la matriculacion tasas de matriculacion pueden tambien comprender otros pagos como la inscripcion en pruebas de evaluacion o la expedicion de documentos academico administrativos oficiales Cuando se trata de las tasas en universidades publicas estas se denominan precios publicos academicos 1 Las universidades privadas por su parte tienen la capacidad de autorregular los precios al poseer un sistema de financiacion independiente del gobierno lo cual tiene como habitual consecuencia la existencia de cuotas de matriculacion sustancialmente mayores 2 Ejemplo de carta de pago para la una matricula de grado en la Universidad de Granada El estudiante obtuvo una reduccion gracias a haber recibido Matricula de honor En Espana el importe en las universidades publicas se establece de forma anual a traves de leyes promulgadas por los gobiernos de cada comunidad autonoma siguiendo una serie de criterios de caracter basico dictados por el gobierno central y establecidos en el Boletin Oficial del Estado BOE Esto implica que las tasas pueden variar ampliamente segun la comunidad en cuestion Por ejemplo para el ano academico 2020 2021 las mas altas se encontraban en la Comunidad de Madrid y Cataluna con un precio medio del credito a 23 46 y 24 02 respectivamente mientras que las mas bajas se situaban en Canarias con 11 71 por credito 3 Proporcionalmente la mayor parte del coste de los estudios en las universidades publicas en Espana es sufragado por el estado siendo el alumno participe de aproximadamente un 25 del gasto total un numero que varia de una comunidad autonoma a otra 4 Sin embargo este pago puede llegar a alcanzar hasta el 100 del coste real cuando se trata de estudiantes extranjeros sin la condicion de residentes excluyendose aquellos provenientes de estados miembros de la Union Europea 5 Dentro del ambito de la universidad publica las unicas cuotas fijadas directamente por el gobierno central a traves del BOE y no por las comunidades autonomas son las de la Universidad Nacional de Educacion a Distancia UNED 1 Aquellos alumnos que reciben una beca de caracter general del estado espanol estan exentos del pago En las ultimas decadas aproximadamente entre un 20 y un 30 de los estudiantes de universidades publicas en Espana reciben una beca de este tipo ligada a una atribucion economica pero que incluye en cualquier caso la exencion de los precios de matricula El numero de personas que recibe esta ayuda es sustancialmente menor cuando se trata de estudiantes de master 6 Cerca de la mitad de los estudiantes de grado la reciben en algun ano de sus estudios 7 Indice 1 Historia 1 1 Edad media 1 2 Edad moderna 1 3 Desde mediados del siglo XIX hasta el franquismo 1 4 Las tasas universitarias durante el franquismo 1 4 1 Ley de Ordenacion de la Universidad Espanola 1 4 2 Ley General de Educacion de 1970 1 5 Periodo 1983 2001 1 6 Ley Organica 6 2001 y Plan Bolonia 1 7 Real Decreto ley 14 2012 1 8 Real Decreto ley 17 2020 de apoyo al sector cultural COVID 19 2 Tasas en la universidad publica en la actualidad 2 1 Variacion entre comunidades 2 2 Acuerdo del 27 de mayo de 2020 2 3 Acuerdo del 29 de marzo de 2021 2 4 Becas y subvenciones 3 Tasas universitarias en la universidad privada 4 Notas 5 ReferenciasHistoria EditarEdad media Editar Fachada de la Madraza de Granada considerada como la institucion de ensenanza superior mas importante en Al Andalus Los primeros centros universitarios que aparecieron en la peninsula en la Edad Media fueron las escuelas islamicas cuyo mayor representante era la Madraza de Granada 8 Posteriormente comenzarian a surgir las primeras instituciones catolicas fundadas en la Espana de la reconquista siendo estas las Universidades de Palencia y Universidad de Salamanca 9 Es complejo establecer cual era el regimen de pago para el alumno en las madrazas islamicas por la escasez de datos detallados Las instituciones de ensenanza de Al Andalus carecian de centralizacion y su gestion economica era probablemente independiente pero es plausible que estas fueran de admision gratuita o en todo caso individualizada 8 En cuanto a los centros catolicos la hipotesis predominante describe una ensenanza universitaria muy probablemente gratuita siguiendo la tradicion de las escuelas catedralicias y monasticas que defendian firmemente la idea de que el conocimiento es don de Dios et por ende non debe ser vendida sic 9 Exigir dinero por la educacion podia ser por tanto considerado como simonia lo cual obligo a las instituciones a buscar otros caminos de financiacion En sus inicios las universidades de fundacion regia la recibian en gran parte del mismo rey que incluso llegaba a donar propiedades o edificios de la corona Posteriormente sin embargo debido a que estas dotaciones eran insuficientes y se distribuian de forma irregular se requirio del apoyo de fuentes eclesiasticas que se solicitaba a traves de una peticion al papa por parte del rey o de la misma universidad Asimismo algunas recibian financiacion del tesoro publico de la ciudad en la que se encontraban como en el el caso de la Universidad de Lerida 9 10 11 Hacia finales de la Edad Media se comenzaron a introducir los precursores de las tasas tal y como se conciben en la actualidad los pagos por derecho de matricula y concesion de grados Sin embargo estas eran probablemente de cuantia muy baja y en ningun momento alcanzarian la importancia suficiente como para solucionar los frecuentes problemas economicos de las instituciones de la epoca 9 Edad moderna Editar Los textos que describen las finanzas y las diferentes estructuras economicas de las instituciones universitarias en la edad moderna son escasos y varian significativamente dependiendo del centro en cuestion De estas la informacion mas detallada es la que relata la situacion economica de las universidades de Salamanca Valladolid y Alcala 12 Los ingresos de las universidades de la epoca estan muy vinculados a los excedentes de produccion del entorno agrario en el que se situan y a menudo estas se sufragaban a traves del diezmo eclesiastico de sus diocesis Hacia mediados del siglo XVI las rentas derivadas de este impuesto suponian generalmente una cantidad algo superior al 90 de los ingresos universitarios porcentaje que se mantendria entre el 70 y el 90 hasta el siglo XVIII El equivalente al concepto de tasa como se concibe en la actualidad se ve reflejado como pagos por derecho de secretaria matricula y grados pero este supone un porcentaje muy reducido del total de ingresos en la epoca moderna por ejemplo este era de un 1 9 para la Universidad de Valladolid en los anos 1770 1779 y nunca sobrepaso el 1 8 de los totales globales para la Universidad de Salamanca entre los siglos XVI y XVIII 12 13 14 No fue hasta 1845 cuando a traves de la implementacion del Plan Pidal precursor de la Ley Moyano se intentaria dar mas protagonismo a las tasas universitarias en las finanzas de esas instituciones 15 Desde mediados del siglo XIX hasta el franquismo Editar Retrato de Claudio Moyano La Ley de Instruccion Publica de 9 de septiembre de 1857 tambien conocida popularmente como Ley Moyano distinguia tres tipos de tasas derechos de matricula exigidas a los estudiantes en los distintos centros de ensenanza derechos de grados y titulos representados por pagos a realizar para la obtencion de grados academicos y titulos de las carreras superiores y profesionales y certificados profesionales que cumplian la funcion de habilitar para el ejercicio profesional Ademas existian los pagos por derechos de examen establecidos por esta ley en un importe de 20 reales y destinados en mayor medida a pagar el sueldo de los catedraticos Los precios concretos a pagar se estipulaban en la seccion Tarifa de los derechos de matricula grados titulos y certificados profesionales situada en la parte final de la publicacion 16 17 La cuantia a pagar para la obtencion de grados academicos suponia un gasto significativamente elevado para el salario medio de la epoca por ejemplo esta era de 5000 reales para el grado de licenciado o de doctor Un analisis de la Ley Moyano afirma que las cuotas de la epoca eran realmente elevadas hasta el extremo de que practicamente cubrian el coste total que la ensenanza le ocasionaba al Estado 16 17 En el ano 1900 se introduciria el pago de derechos por asignaturas practicas que consistian en tasas academicas que tenian como objetivo costear la ensenanza de este tipo de clases que requerian de grupos de asistencia mas reducidos y resultaban por tanto mas costosas para las instituciones 16 Las tasas universitarias durante el franquismo Editar Ley de Ordenacion de la Universidad Espanola Editar En 1943 el Ministerio de Educacion Nacional redacto la Ley de Ordenacion de la Universidad Espanola de 29 de julio que regularia entre otros asuntos la existencia de un sistema de tasas de distintos tipos en relacion con las posibilidades economicas del alumno En concreto este sujeto se abordaba en el articulo 36 el cual establecia la creacion del Servicio de Proteccion Escolar un organismo encargado de entre otras cosas Fijar las tasas escolares que deba satisfacer cada alumno Ademas posteriormente en el articulo 86 se fijan las tasas generales que seran reducidas y aun suprimidas habida cuenta de las dotes intelectuales y morales de los escolares y de los medios economicos debidamente acreditados de sus padres 18 Existia en la teoria una individualizacion del sistema de pago de tasas pero su definicion concreta se encontraba en cierto limbo legal Este era en gran medida decidido por el rector figura nombrada unilateralmente por el gobierno lo cual implicaba la existencia de cierta variabilidad en el precio de la matricula en cada universidad espanola Un Proyecto de Ley emitido por el ministerio en 1944 declaraba el pago de derecho de matricula en 60 pesetas por cada asignatura y de 75 a 150 pesetas para el pago de derecho de practicas que variaba segun la carrera cursada Se garantizaba ademas la matricula gratuita a alumnos que por motivos economicos la necesitasen pero esta se limitaba al 10 del total de matriculados 19 Como referencia segun los presupuestos oficiales de la Universidad de Madrid esta ingreso en el ano 1945 un total de 3 164 500 pesetas Teniendo en cuenta que el numero de alumnos matriculados en esa universidad para ese ano rondaba los 6000 7000 podemos establecer que cada uno de ellos pago entre 500 y 700 pesetas de media por un curso completo cantidad que variaba segun la carrera cursada y segun la cantidad de ayuda que recibieran si podian acogerse a esa opcion 20 21 16 En el ano 1959 se dicta el Decreto 639 1959 de 26 de septiembre de convalidacion de la tasa por expedicion de titulos certificaciones y diplomas academicos docentes y profesionales La firma de este decreto pone de manifiesto la caida de las tasas academicas en el limbo legal mencionado anteriormente y la existencia de una parafiscalidad de las mismas El decreto no solo no consigue solucionar estos problemas sino que tambien conlleva un incremento general de la cuantia de las mismas 16 Ley General de Educacion de 1970 Editar Posteriormente en 1970 se aprobaria la que seria la ultima ley de reforma educativa dentro de la dictadura franquista la Ley General de Educacion En el articulo 7 1 de la misma quedan especificadas restricciones de los costes de las tasas universitarias 22 En niveles educativos no gratuitos las tasas de los Centros estatales no excederan de los costes reales por puesto escolar Dentro de estos limites el Gobierno fijara su importe que podra ser diversificado de acuerdo con criterios que ponderen el rendimiento de los alumnos y su situacion economica Este no tuvo una repercusion inmediata en las tasas que permanecieron estables entre los anos 1964 y 1976 Fue en este ultimo cuando se promulgo el Decreto 1888 1976 de 30 de julio pensado para las tasas del curso 1976 1977 La aprobacion del decreto supuso en la practica un incremento aproximado del 300 en el precio medio de la matricula 16 Periodo 1983 2001 Editar Primera pagina de la Ley organica 11 1983 de 25 de agosto de Reforma Universitaria En 1983 se aprobaria la Ley organica 11 1983 de 25 de agosto de Reforma Universitaria a menudo abreviada como LRU Segun esta ley las universidades publicas se regirian por un nuevo sistema juridico administrativo Bajo la LRU se estableceria que los precios publicos para estudios que supusieran la emision de titulos oficiales debian fijarse por la administracion general del estado dentro de los limites establecidos en el Consejo de Universidades Este regimen de precios publicos establecidos por el estado solo se aplicaria en las llamadas Comunidades Autonomas de territorio MEC compuestas por Aragon Asturias Baleares Cantabria Castilla La Mancha Castilla y Leon Extremadura Madrid Murcia y La Rioja El resto de comunidades ya habian asumido competencias en materia de educacion superior que les permitia la modificacion de los precios publicos 5 23 Posteriormente la Ley 8 1989 de 13 de abril de Tasas y Precios Publicos que otorga la condicion de precios publicos a las tasas de matricula afirma que estas deben fijarse mediante Orden Ministerial Tambien se introduce la distincion entre ensenanzas experimentales que englobaba la mayoria de las carreras de ciencias y no experimentales al que pertenecian el resto que se mantendria hasta el curso 1991 1992 5 En 1992 bajo el denominado Modelo 92 se expandio el modelo de clasificacion de estudios entre ensenanzas experimentales y no experimentales para distinguir hasta siete grados de experimentalidad en funcion de la rama del conocimiento al que pertenecian Esto afectaria igualmente la cantidad a sufragar segun cada titulacion 5 El traspaso progresivo de competencias en educacion a las comunidades autonomas culmino en el ano 1997 siendo las Islas Baleares la ultima comunidad en adquirirlas Esto marco un punto de inflexion ya que el traspaso de competencias se tradujo en una tendencia significativa hacia el encarecimiento del precio de las matriculas 5 Ley Organica 6 2001 y Plan Bolonia Editar Ley Organica 6 2001 de 21 de diciembre de Universidades mas conocida simplemente como LOU introdujo una amplia reforma que afectaria a todos los aspectos de la universidad espanola En cuanto a los precios publicos supuso la consolidacion de la administracion de las autonomias de los mismos al otorgarles una significativa independencia economica Esto se fijo en el articulo 81 3 b 2 b Los ingresos por los precios publicos por servicios academicos y demas derechos que legalmente se establezcan En el caso de estudios conducentes a la obtencion de titulos de caracter oficial y validez en todo el territorio nacional los precios publicos y derechos los fijara la Comunidad Autonoma dentro de los limites que establezca el Consejo de Coordinacion Universitaria que estaran relacionados con los costes de prestacion del servicio 2 Bajo el contexto de la firma de la Declaracion de Bolonia de 1999 firmado por los Ministros de Educacion de los 29 paises europeos y la adaptacion del sistema educativo espanol a los margenes comunes del Espacio Europeo de Educacion Superior EEES en un proceso conocido como Plan Bolonia 24 en 2007 se introdujo un sistema de modificacion de las cuotas transitorio con la implantacion de titulos adaptados al EEES que se realizo de forma progresiva por todo el territorio espanol dando lugar al establecimiento de precios publicos por credito ECTS A rasgos generales la adopcion de este sistema supuso una ruptura con la estructura de precios vigentes hasta la fecha y un encarecimiento del credito 5 25 Real Decreto ley 14 2012 Editar En el ano 2012 y en contexto de la crisis economica derivada de la Gran Recesion de 2008 el gobierno del Partido Popular aprobo el Real Decreto 14 2012 el cual incluia medidas urgentes de racionalizacion del gasto publico en el ambito educativo La ley promovida por el ex ministro de Educacion Cultura y Deporte Jose Ignacio Wert permitio a las comunidades aumentar el precio de las tasas universitarias hasta un 25 por encima del coste real con el objetivo de segun el gobierno compensar la reduccion de la financiacion en los centros publicos 26 Ademas el decreto anadia un sistema de horquillas fijas distinto al sistema de horquillas variables ligadas al IPC empleado hasta la fecha los precios publicos en proporcion a los costes reales segun el numero de matriculaciones del alumno para una asignatura especifica 27 1 º Ensenanzas de Grado los precios publicos cubriran entre el 15 por 100 y el 25 por 100 de los costes en primera matricula entre el 30 por 100 y el 40 por 100 de los costes en segunda matricula entre el 65 por 100 y el 75 por 100 de los costes en la tercera matricula y entre el 90 por 100 y el 100 por 100 de los costes a partir de la cuarta matricula 2 º Ensenanzas de Master que habiliten para el ejercicio de actividades profesionales reguladas en Espana los precios publicos cubriran entre el 15 por 100 y el 25 por 100 de los costes en primera matricula entre el 30 por 100 y el 40 por 100 de los costes en segunda matricula entre el 65 por 100 y el 75 por 100 de los costes en la tercera matricula y entre el 90 por 100 y el 100 por 100 de los costes a partir de la cuarta matricula 3 º Ensenanzas de Master no comprendidas en el numero anterior los precios publicos cubriran entre el 40 por 100 y el 50 por 100 de los costes en primera matricula y entre el 65 por 100 y el 75 por 100 de los costes a partir de la segunda matricula Los precios publicos podran cubrir hasta el 100 por 100 de los costes de las ensenanzas universitarias de Grado y Master cuando se trate de estudiantes extranjeros mayores de dieciocho anos que no tengan la condicion de residentes excluidos los nacionales de Estados miembros de la Union Europea y aquellos a quienes sea de aplicacion el regimen comunitario sin perjuicio del principio de reciprocidad Las diferentes horquillas serian posteriormente modificadas en las leyes de Presupuestos Generales del Estado de 2017 y 2018 28 29 En la practica la aplicacion de esta ley supuso el aumento del 17 del precio medio de la matricula de grado entre el periodo 2012 2019 30 Real Decreto ley 17 2020 de apoyo al sector cultural COVID 19 Editar El 5 de mayo de 2020 y bajo contexto de crisis causada por la COVID 19 el gobierno de coalicion entre PSOE y Unidas Podemos introdujo un paquete de medidas de apoyo al sector cultural en el que se incluian modificaciones al sistema de regulacion de precios publicos 31 32 Este decreto en su disposicion final septima elimina el sistema de horquillas establecido por Wert en 2012 citando que este habia conllevado no solo un incremento de las tasas en terminos generales sino un aumento notable de la disparidad en dichos precios en funcion de la Comunidad Autonoma donde se preste dicho servicio afectando de forma grave al acceso a la educacion universitaria publica y al principio de igualdad de derechos y deberes de los espanoles 31 33 Tasas en la universidad publica en la actualidad Editar Mapa del precio del credito ECTS en euros para cada comunidad autonoma ano 2019 2020 Precio medio para la primera matricula de grado en euros 34 35 nota 1 El apartado b del articulo 81 3 de la Ley Organica 6 2001 de 21 de diciembre de Universidades establece que en caso de estudios conducentes a la obtencion de titulos de caracter oficial y validez en todo el territorio nacional los precios publicos y derechos los fijara la Comunidad Autonoma dentro de los limites maximos que establezca la Conferencia General de Politica Universitaria 36 A efectos practicos esto implica que los precios publicos estan determinados en gran medida por los gobiernos de cada comunidad autonoma En este sentido el gobierno central ha actuado historicamente como un estabilizador de los precios 37 De forma general y siguiendo la tendencia global en ese sentido el precio de una primera matricula universitaria es habitualmente menor al de la segunda tercera o cuarta matriculas Ademas existe con frecuencia una variacion importante entre el precio de las diferentes titulaciones segun la disciplina academica a la que pertenezcan Asi las matriculas en estudios de la rama de humanidades suelen tener los precios mas bajos y los de ciencias de la salud los mas altos 38 39 Ademas el precio de los masteres es habitualmente mas alto respecto al de los grados Se trata de una caracteristica comun en Espana que no se da frecuentemente en el resto de paises de Europa donde existe una tendencia a establecer una igualdad de precios En ese sentido los masteres no habilitantes poseen habitualmente una tasa de matriculacion mas alta respecto a los habilitantes 40 Existen excepciones a estas tendencias Castilla La Mancha representa la unica region en la que los precios de los grados igualan a los del master 41 y Andalucia ha mantenido tradicionalmente un precio comun para todos sus grados independientemente de la rama de conocimiento a la que estos pertenezcan 42 Variacion entre comunidades Editar Desde el traslado de competencias en educacion y mas concretamente el de las relativas a la regulacion de precios publicos en la universidad a finales de la decada de los 90 ha habido un aumento progresivo de la disparidad de precios entre las comunidades autonomas Esta se acentuo notablemente entre los anos 2009 y 2013 caracterizada por una tendencia al aumento de las tasas como consecuencia de las politicas implementadas por el ex ministro de Educacion Jose Ignacio Wert y la aplicacion del Plan Bolonia Este incremento fue especialmente acusado en la Comunidad de Madrid y en Cataluna con una diferencia de precios hasta tres veces mayor entre las matriculas publicas mas altas y las mas bajas La disparidad de precios se da en matriculas de grado de master y de doctorado por igual 39 43 Comunidad Autonoma Precio medio de una primera matricula de grado en euros por ano academico 44 34 35 nota 2 2009 10 2010 11 2011 12 2012 13 2013 14 2014 15 2015 16 2016 17 2017 18 2018 19 2019 20Cataluna 1044 0 1122 0 1206 0 2010 0 2010 0 2010 0 2010 0 2010 0 2010 0 2010 0 2011 2Comunidad de Madrid 1002 0 1044 0 1098 0 1512 0 1818 0 1818 0 1620 0 1554 0 1478 4 1441 8 1441 8Andalucia 690 0 702 0 732 0 749 4 757 2 757 2 757 2 757 2 757 2 757 2 757 2Aragon 1045 2 1066 2 1104 6 1144 2 1185 0 1209 0 1209 0 1209 0 1124 4 1124 4 1124 4Asturias 928 2 979 2 1027 8 1027 8 1027 8 1027 8 1027 8 1027 8 1027 8 976 8 732 6Islas Baleares 879 0 904 8 937 8 1024 2 1075 2 1075 2 1075 2 1075 2 1075 2 967 8 967 8Islas Canarias 610 8 619 8 642 6 912 6 912 6 912 6 912 6 912 6 840 0 756 0 702 6Cantabria 719 4 730 2 756 6 783 6 810 0 810 0 810 0 810 0 780 0 780 0 781 8Castilla La Mancha 735 6 747 0 774 0 931 2 914 4 948 6 948 6 948 6 948 6 948 6 948 6Castilla y Leon 971 4 903 6 964 2 1367 4 1386 6 1400 4 1400 4 1400 4 1400 4 1306 8 1042 8Comunidad Valenciana 812 4 844 8 908 4 1211 4 1223 4 1223 4 1223 4 1223 4 1137 6 1039 8 1039 8Extremadura N A 817 8 847 2 863 4 884 4 884 4 884 4 884 4 884 4 884 4 884 4Galicia 678 6 688 8 713 4 713 4 713 4 713 4 713 4 713 4 713 4 713 4 713 4Comunidad de Murcia 743 4 780 0 819 0 915 6 934 8 934 8 934 8 934 8 934 8 934 8 934 8Comunidad Foral de Navarra 846 0 1052 4 1094 4 1138 2 1153 2 1153 2 1153 2 1153 2 1179 6 1179 0 1179 0Pais Vasco N A 931 8 965 4 984 6 1008 6 1012 8 1012 8 1012 8 1012 8 1012 8 1012 8La Rioja 811 8 1026 0 1063 2 1085 4 1102 2 1102 2 1102 2 1102 2 1186 2 1186 2 1186 2 Evolucion del precio medio en euros por credito ECTS matriculado por primera vez en titulaciones de grado en cada comunidad desde el curso 2009 2010 hasta 2019 2020 44 34 35 nota 3 La disparidad de precios no solo se da en el precio base de sus titulaciones academicas Existen variaciones en el encarecimiento del precio del credito en las sucesivas matriculas asi como diferentes filtros aplicables segun la procedencia del estudiante comunitario extracomunitario residente o no residente que afectan de forma muy diversa al precio y que varian ampliamente segun la regulacion propia de la comunidad Asimismo estas diferencias se dan en cuestiones periacademicas como el precio de las tasas de expedicion de titulos las tasas relativas al pago de la Prueba de Acceso a la Universidad o las tasas de gestion 39 Un informe realizado en 2016 sobre la variacion de precios entre cada comunidad autonoma concluia que En general los precios y los criterios para su establecimiento no son coherentes entre comunidades autonomas no tienen justificacion aparente explicitada en los decretos de precios y en algunos casos no se atienen a las normas dictadas en la ley 45 Acuerdo del 27 de mayo de 2020 Editar Manuel Castells ministro de Universidades encargado de impulsar la propuesta de reduccion de precios publicos En mayo de 2020 el Ministerio de Universidades establecio un mecanismo mediante el cual los precios publicos maximos serian fijados por el estado 46 Esta limitacion del precio afectaria exclusivamente al precio de las primeras matriculas de asignaturas de grado y las comunidades tendrian de plazo para aplicar la reduccion hasta el curso 2022 2023 En cuanto a las matriculas de master y doctorado el mecanismo no establece limitaciones para el precio maximo pero establece que las comunidades no podran aumentar el precio 36 La medida no establecio un precio minimo y el precio maximo no se halla especificado en el documento sino que este se basaria en el precio de la media nacional con un limite a la variacion al alza respecto a esta calculado mediante un indice de 100 47 En la practica esto supondria que el precio medio quedaria establecido en 16 05 euros por credito ECTS de grado en Espana al que se le anade un 15 como valor maximo del coste 48 La propuesta fue presentada a los representantes de cada comunidad autonoma por el ministro de universidades Manuel Castells en una reunion el 27 de mayo de 2020 y fue aprobada el 7 de julio de ese mismo ano 47 En la reunion no hubo unanimidad respecto a la aplicacion de la propuesta y un numero de gobiernos autonomicos Andalucia Madrid Castilla y Leon Murcia y Euskadi la mayoria entonces gobernados por el Partido Popular se mostraron reticentes 48 La reduccion de los precios publicos no afectaria a las comunidades con las matriculas menos caras Andalucia Asturias Canarias Cantabria Castilla La Mancha Galicia y Murcia En cambio otras ocho comunidades Aragon Baleares Castilla y Leon Comunidad Valenciana Extremadura Navarra Pais Vasco y La Rioja tendrian que tendrian que realizar un ajuste moderado mientras que en el caso de Cataluna y Madrid el ajuste seria mas significativo 47 Variacion estimada del precio medio de la primera matricula de grado antes y despues de la aplicacion del acuerdo del 27 de mayo 49 Las mayor reduccion se darian por tanto en las universidades de Cataluna debiendo reducir el coste de matriculacion medio en un 43 a lo largo de tres anos que se encontraba mas inflado respecto a la media nacional por una serie de subidas introducidas durante el gobierno de Convergencia i Unio que supusieron un aumento del 66 entre el ano 2010 y el 2015 Madrid seria la segunda que tendria que implementar una mayor reduccion con un descenso previsto del 20 7 La bajada seria menor en La Comunidad Valenciana 12 62 Navarra 7 14 Pais Vasco 4 71 Extremadura 4 19 Aragon 4 1 La Rioja 3 52 Baleares 3 y Castilla y Leon 2 68 48 Para el ano 2020 2021 solo cinco comunidades Aragon Cataluna Comunidad Valenciana Navarra y La Rioja aplicaron una reduccion de las tasas y todas exceptuando Aragon y La Rioja que realizaron la reduccion ese mismo ano tendrian los dos anos academicos siguientes para alcanzar el limite establecido por el acuerdo La Comunidad de Madrid a pesar de ser la segunda con la mayor reduccion a aplicar mantuvo los mismos precios publicos respecto al ano 2019 2020 La mayor rebaja se dio en Cataluna cuyas matriculas para ese ano fueron 720 euros de media mas baratas aunque permanecio como la comunidad donde resulta mas caro entrar a la universidad 50 Acuerdo del 29 de marzo de 2021 Editar En marzo de 2021 la Conferencia General de Politica Universitaria CGPU acordo la equiparacion de las tasas de matricula de los masteres habilitantes a las del grado 51 Los masteres habilitantes que en muchas escuelas son herederos de los Proyectos Fin de Carrera PFC previos al Plan Bolonia eran requisito obligatorio para el pleno ejercicio de las actividades profesionales reguladas pero sus tasas son tipicamente mas elevadas que las del grado Esto implicaba una inversion grande por parte de los estudiantes dificultando economicamente el acceso a estas profesiones 52 Su equiparacion que habia sido una de las mayores reclamaciones de los colectivos de estudiantes y que ya habia sido implantada en algunas comunidades 53 54 fue llevada a la CGPU el 29 de marzo de 2021 a propuesta del Ministerio de Universidades y fue aprobada por mayoria absoluta con el unico voto en contra de la Comunidad de Madrid Esta bajada efectiva de las tasas de los masteres habilitantes tendra que hacerse efectiva en todas las comunidades antes del curso 2022 2023 y supondra una reduccion de 10 5 millones de euros en los ingresos por tasas universitarias que habra de ser compensado por las comunidades autonomas 55 Becas y subvenciones Editar El objetivo de las becas segun esta establecido en el BOE es el de proporcionar acceso a la educacion superior a todo aquel que lo necesite dotando de igualdad de oportunidades a todos los estudiantes independientemente de cual sea su lugar de residencia o la condicion socioeconomica En este sentido todo aquel que por motivos economicos no tenga la capacidad de acceder a la educacion publica puede optar a recibir una ayuda para este fin y se le aplicara una exencion total o parcial del pago de los precios publicos 56 Con objeto de que nadie quede excluido del estudio en la universidad por razones economicas el Gobierno y las Comunidades Autonomas asi como las propias universidades instrumentaran una politica de becas ayudas y creditos para el alumnado y en el caso de las universidades publicas estableceran asimismo modalidades de exencion parcial o total del pago de los precios publicos por prestacion de servicios academicos En todos los casos se prestara especial atencion a las personas con cargas familiares victimas de la violencia de genero y personas con dependencia y discapacidad garantizando asi su acceso y permanencia a los estudios universitarios 56 En el curso 2018 2019 el 29 9 de los alumnos matriculados en una universidad publica espanola obtuvieron la condicion de becario Segun los datos del Ministerio de Universidades la convocatoria de becas de caracter general a menudo conocidas como becas MEC 57 es la que aglutina el mayor numero de beneficiarios Esta corresponde a aproximadamente un 80 con variaciones anuales del total del importe destinado a becas 58 El importe de la beca general cuya cuantia puede variar segun entre otros las condiciones economicas del solicitante o de la familia del mismo siempre va ligado a un derecho de exencion del pago de los precios de matricula por lo que los estudiantes que la reciben no deben realizar el pago de tasas universitarias 59 La proporcion de estudiantes que reciben la beca general sin embargo varia ampliamente de una comunidad autonoma a otra Por ejemplo para el ano academico 2016 2017 uno de cada cuatro estudiantes de grado que recibian beca en Espana estudiaba en una universidad andaluza mientras que solo un 19 del total de matriculados cursan sus estudios alli 7 Proporcion respecto al total del numero de estudiantes beneficiarios de becas generales de la AGE y del numero de matriculados en Grado en universidades publicas presenciales por comunidad autonoma Curso 2016 2017 7 Tasas universitarias en la universidad privada EditarLa universidad privada es una institucion relativamente reciente en la historia espanola La ley que permitio su introduccion data de 1993 y fue impulsada por el gobierno del PSOE de la epoca 60 61 A fecha de 2020 existian un total de 36 universidades privadas en el territorio espanol 62 El regimen de financiacion de las universidades privadas es totalmente independiente del estado por lo que los alumnos a menudo soportan el 100 del coste de su educacion Debido a esto las universidades privadas poseen por regla general unas tasas de matricula significativamente mas altas que las de la universidad publica en Espana Ademas al no estar sometidas a un sistema de regulacion de precios homogeneo las tasas entre cada universidad pueden variar ampliamente por ejemplo en el ano 2013 2014 el precio medio de un ano de grado en una universidad privada en Madrid era de 8150 euros 63 en el ano academico 2017 2018 costaba una media de 16 894 euros al ano estudiar el grado en medicina en una universidad privada en el pais 64 Notas Editar En el mapa aparece el precio para las ciudades autonomas de Melilla y Ceuta No obstante este se muestra igual al precio en Andalucia ya que ambos campus universitarios pertenecen al de la Universidad de Granada y por tanto siguen la misma politica de precios publicos Grafico calculado utilizando datos expresados en precio por credito ECTS proporcionados por el Ministerio de Universidades espanol Para calcular el precio de una matricula de grado se ha multiplicado este dato por 60 en cada caso ya que una matricula habitual en Espana equivale a 60 creditos ECTS El grafico no tiene en cuenta posibles reducciones o bonificaciones aplicadas a traves de politicas especificas de la comunidad autonoma Ejs el filtro por renta en Cataluna o la bonificacion al 99 en Andalucia Referencias Editar a b BOE es BOE A 2020 7705 Orden UNI 635 2020 de 7 de julio por la que se 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