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Organización política de Hispania

La organización política de Hispania se refiere a la ordenación territorial y local de la política durante el dominio romano sobre la península ibérica.

Durante el prolongado periodo de gobierno de Roma en Hispania se produjeron sustanciales cambios en las estructuras de gobierno, así como en las divisiones administrativas del territorio que a continuación se detallarán cronológicamente.

Divisiones provinciales

Todo el imperio romano estaba dividido en provincias. Dentro de estas provincias, se ejercía el gobierno desde una capital. Las provincias eran gobernadas por un pretor, procónsul o cónsul, dependiendo de la importancia estratégica o su conflictividad. En el caso de Hispania y a lo largo de su historia, estas estructuras de gobierno se fueron alternando a medida que la conquista del territorio se hacía efectiva y, posteriormente, en función de la adaptación de cada provincia a las costumbres y modos de vida romanos.

Las provincias romanas se dividían a su vez en «conventus» o partidos jurídicos, con sede en las ciudades más significativas de la zona.

División provincial de la República

 
Primera división de Hispania en dos provincias: Citerior y Ulterior.

Desde los primeros años de presencia romana en Hispania se establecieron dos provincias: la Citerior (cercana), al norte y este, y la Ulterior (lejana), al sur y al oeste peninsular. Aunque técnicamente dividían la península ibérica en dos mitades, en la práctica el dominio romano se centraba en la costa mediterránea, y por tanto la mayor parte de la Península quedaba controlada por los pueblos autóctonos (celtíberos, galaicos, lusitanos, ilergetes y astures). Entre los años 218 a. C. y 205 a. C. en que los cartagineses fueron definitivamente expulsados del territorio hispánico, el poder político era ejercido desde la capital tarraconense, fundada durante la tercera guerra púnica; y posteriormente, al crearse la primera división territorial entre las provincias Citerior y Ulterior, el centro de gobierno de la última pasaría a ser ejercido desde Corduba (la actual Córdoba).

El gobierno de Sertorio

Quinto Sertorio, quien junto a los simpatizantes del llamado «partido popular», alineado con los intereses de las clases bajas y que favorecían a la asamblea de la plebe, se oponía al gobierno oligárquico del partido optimate, del cual era miembro el dictador Sila, se estableció en Hispania. Allí crearon de facto un gobierno republicano paralelo al de Roma, rechazando las incursiones militares que pretendían instaurar el dominio del gobierno silano durante al menos ocho años. En este tiempo, las instituciones republicanas, ya en franca decadencia en el resto del imperio, fueron mantenidas en el territorio peninsular. La vida de Sertorio acabó finalmente a causa de una conjura por parte de Perpenna, en el 72 a. C. Después de su muerte, Pompeyo derrotó al ejército sertoriano, que ya no estaba comandado por su decisivo comandante asesinado, y por ende, con los vestigios que aún quedaban del republicanismo romano.

División provincial de Augusto

 
División provincial de Augusto. Hispania queda dividida en tres provincias: Tarraconensis, Baetica y Lusitania.

En el año 27 a. C., tras la conquista efectiva de la mayor parte de la Península, Octavio Augusto divide Hispania en tres provincias, llamadas Baetica, Lusitania y Tarraconensis.

Mientras las provincias Tarraconensis y Lusitania eran provincias imperiales (lo que suponía que era el propio emperador quien nombraba a sus gobernadores) debido a su mayor conflictividad, la Bética era una provincia senatorial, al ser menos conflictiva, y era el senado el que nombraba los gobernadores de esta última. Con pocos cambios, sería la división provincial de Augusto la que perduraría durante prácticamente todo el periodo imperial, ya que la siguiente gran división, la de Diocleciano, sucedería menos de cien años antes de la invasión de Hispania por las tribus bárbaras.

División de Caracalla

 
División provincial de Diocleciano en 298.

Esta fue una división de la Tarraconensis en las llamadas Provincia Hispania Nova Citerior y Asturiae-Calleciae, y duró muy poco tiempo. En el año 238, la provincia Tarraconensis fue reunificada de nuevo hasta ser dividida definitivamente por la posterior reestructuración de Diocleciano en 298.

División provincial de Diocleciano

A finales del siglo III, el imperio romano se desmoronaba, al menos su parte occidental. Tras las épocas de anarquía y guerras civiles, el emperador Diocleciano comprende que no es posible mantener cohesionado un imperio de la magnitud del romano, por lo que decide dividirlo por primera vez en dos entidades independientes: el Imperio romano de Occidente y el Imperio romano de Oriente. Diocleciano queda a cargo de este último, mientras Maximiano gobernará el primero. Con todo esto, Diocleciano propone en 298 una nueva división administrativa para todo el imperio, lo cual afectará a Hispania en la creación de dos nuevas provincias: la provincia Cartaginensis y la provincia de Gallaecia.

Otro de los efectos de la reorganización diocleciana es la creación de la Diocesis Hispaniarum, dependiente de la Prefectura de las Galias. La provincia de Mauritania Tingitana, en el norte de África, se incluye también en la diócesis.

A finales del siglo IV, las Islas Baleares se desgajaron administrativamente de la Cartaginense para formar una nueva provincia romana, llamada Balearica.

La organización política local

 
División en "conventus"

En la Hispania romana, cada ciudad y sus habitantes tenían un estatus jurídico diferente: había colonias, municipios y ciudades no romanas.

Para adoptar las instituciones romanas, las ciudades debían recibir antes el estatuto de municipium, lo que permitía a sus ciudadanos notables, tras el ejercicio de alguna magistratura, optar a la ciudadanía romana.

De entre estas, algunas eran declaradas colonias romanas, es decir, parte integrante de la ciudad de Roma, y sus habitantes tenían por sí mismos el reconocimiento y los derechos de ciudadanía romana. Ser ciudadano de una colonia implicaba ser sujeto de derecho romano (con todos los derechos), aunque también había colonias de derecho latino (con algunas restricciones). En las colonias se aplicaban las mismas formas e instituciones de gobierno que en Roma.

 
Lex Coloniae Genetivae Iuliae (M.A.N., Madrid), ley de fundación colonial de Urso (siglo I d. C.)

Las primeras ciudades privilegiadas con el estatuto de colonia romana fueron:

Ya durante el principado de Augusto se crean las colonias de:

Las ciudad de Clunia (Colonia Clunia Sulpicia) fue ascendida al rango colonial durante el corto gobierno de Galba en el año 68 dC., y la ciudad de Italica (Colonia Aelia Augusta Italica) durante el mandato de Adriano

Existen dudas sobre el estatus colonial de la ciudad de Gades (Cádiz). Las ciudades de Lucus Augusti (Lugo), Bracara Augusta (Braga) y Asturica Augusta (Astorga), importantes ciudades romanas y capitales de sus respectivos conventos jurídicos sólo alcanzaron el rango municipal.

Para alcanzar el estatuto municipal, una ciudad debía cumplir una serie de requisitos acerca de su urbanización, como contar con adecuados servicios públicos, adaptados a las costumbres y modo de vida romano. De ello debían encargarse principalmente los notables de dicha ciudad a través de las construcciones de tipo evergético destinadas a tal fin. Una vez alcanzada la consideración de municipio, sus gobernantes debían seguir impulsando y desarrollando la ciudad sufragando obras de este tipo con el fin de obtener más privilegios sociales.

Las magistraturas locales

 
Escultura de Augusto togado que presidía la curia local de Carthago Nova.

La política local tenía su base en las magistraturas. Estas magistraturas, segmentadas en niveles, eran las encargadas del gobierno local. El periodo de vigencia de las magistraturas era de un año. De menor a mayor rango, las magistraturas se dividían en:

  • Cuestores: Los cuestores eran los encargados de la recaudación y formaban el rango inferior de la magistratura. Los cuestores locales estaban en contacto con los provinciales para la administración de los impuestos.
  • Ediles: Encargados de la seguridad pública y de imponer sanciones, así como de la organización de los juegos y la regulación del funcionamiento de los mercados.
  • Duoviros y Quattuorviros: El «duunvirato» era el máximo rango en la magistratura local, los duoviros eran el también el máximo poder ejecutivo del municipio. Se encargaban de elaborar el censo, de la designación de los jueces, la administración de las finanzas y del cumplimiento de los preceptos religiosos en la ciudad.

Las magistraturas locales eran elegidas anualmente por sufragio entre los ciudadanos, y se elegían dos magistrados para cada una de ellas, es decir, dos cuestores, dos ediles y dos duoviros. En algunas ocasiones, los magistrados tenían derecho al veto sobre las decisiones de su colega.

Por otro lado, el acceso a la magistratura se encontraba limitado a aquellos ciudadanos cuya capacidad económica le permitiera hacer frente al pago de la «summa honoraria», una cantidad estipulada por ley de que debía gastarse en la organización de juegos, así como en otras actividades municipales, llamadas «evergéticas». Estas actividades consistían no sólo en la organización de espectáculos lúdicos, sino que incluían además la construcción de todo tipo de infraestructuras necesarias para el progreso urbano así como de templos y otros edificios de uso público. De estas actividades queda una nutrida constancia en la epigrafía repartida por toda Hispania, donde las familias importantes hacían constar su contribución al desarrollo de las ciudades. En el aspecto económico, las actividades desarrolladas por las magistraturas representaban un aporte fundamental para la economía de la zona debido a la redistribución de parte de la riqueza acumulada por estas familias.

La curia

En determinados municipios, y dependiendo de su importancia, podía existir además una curia o senado local. La curia se elegía cada cinco años mediante la «lectio senatus», y estaba formado por aquellos ciudadanos que anteriormente hubieran ejercido las magistraturas locales, que al entrar en la curia recibían el nombre de «decuriones».

La reforma de Vespasiano

 
El emperador Vespasiano.

Cabe destacar dentro de la política local romana la reforma efectuada por Vespasiano en 73 o 74 dC, promulgando en toda la Península el llamado «Edicto de Latinidad». Este edicto supuso que todas las ciudades de Hispania que aún se regían por estatutos «peregrinos» pasaron a convertirse en municipios de derecho latino. Por lo tanto, sus ciudadanos podían acceder a la ciudadanía romana tras el ejercicio de una magistratura.

Esta medida se enmarca dentro de la «Lex Flavia Municipalis», una reorganización general de las estructuras de gobierno local a lo largo y ancho del imperio que otorga las instituciones del derecho latino a todas las ciudades del mismo. Esto, más que una medida de gracia, se considera un intento de integrar a todos los territorios del imperio en una red contributiva más eficiente con el fin de incrementar los impuestos recaudados.

La reforma de Vespasiano tuvo más repercusión en el interior peninsular que en las áreas del levante y la Bética, donde la romanización de las instituciones se había producido en gran medida durante el periodo republicano y el gobierno de Augusto.

Véase también

Bibliografía relacionada

Biblioteca virtual Miguel de Cervantes
  • Los Celtíberos - Alberto J. Lorrio (Universidad de Alicante)
  • Las relaciones entre Hispania y el norte de África durante el gobierno bárquida y la conquista romana (237-19 a. J.C.) - José María Blázquez Martínez
  • El impacto de la conquista de Hispania en Roma (154-83 a. C.) - José María Blázquez Martínez
  • Veinticinco años de estudios sobre la ciudad hispanorromana - Juan Manuel Abascal Palazón (Universidad de Alicante)
  • Segobriga y la religión en la Meseta sur durante el Principado - Juan Manuel Abascal Palazón (Universidad de Alicante)
  • Notas a la contribución de la península ibérica al erario de la República romana - José María Blázquez Martínez
  • Prácticas ilegítimas contra las propiedades rústicas en época romana (II): "Immitere in alienum, furtum, damnum iniuria datum" - M.ª Carmen Santapau Pastor
  • La exportación del aceite hispano en el Imperio romano: estado de la cuestión - José María Blázquez Martínez
  • Administración de las minas en época romana. Su evolución - José María Blázquez Martínez
  • Fuentes literarias griegas y romanas referentes a las explotaciones mineras de la Hispania romana - José María Blázquez Martínez
  • Panorama general de la escultura romana en Cataluña - José María Blázquez Martínez
  • Destrucción de los mosaicos mitológicos por los cristianos - José María Blázquez Martínez
Otras publicaciones en línea
  • - Las magistraturas locales en las ciudades romanas del área septentrional del Conventus Carthaginensis, por Julián Hurtado Aguña - ISSN 0213-2338
  • . Universitat de Valencia - Servei de publicacions. Nuria Lledó Cardona - ISBN 84-370-5470-2
  • (catalán). Tesis doctoral, Universitat Autònoma de Barcelona. Isaías Arrayás Morales (páginas 200 en adelante) - ISBN 84-688-1008-8
  • . Archivo CEIPAC. Fernando Martín
  • . Archivos CEIPAC. Victor Revilla Calvo (Dept. Prehistoria, Historia Antigua y Arqueología. Universidad de Barcelona)
  • . Archivos CEIPAC. Lázaro Lagóstena Barrios (Universidad de Cádiz)
  • . Archivos de la Universidad de Lieja (Bélgica). Rosalía Rodríguez López (Universidad de Almería)
  • . Archivos de la Universidad de Lieja (Bélgica). Elena Quintana Orive (Universidad Autónoma de Madrid)
Bibliografía impresa
  • España y los españoles hace dos mil años (según la Geografía de Estrabón) de Antonio G.ª y Bellido. Colección Austral de Espasa Calpe S.A., Madrid 1945. ISBN 84-239-7203-8
  • Las artes y los pueblos de la España primitiva de José Camón Aznar (catedrático de la Universidad de Madrid. Editorial Espasa Calpe, S.A. Madrid, 1954
  • El trabajo en la Hispania Romana. VVAA. Ed. Sílex, 1999.
  • Diccionario de los Íberos. Pellón Olagorta, Ramón. Espasa Calpe S.A. Madrid 2001. ISBN 84-239-2290-1
  • Geografía histórica española de Amando Melón. Editorial Volvntad, S.A., Tomo primero, Vol. I-Serie E. Madrid 1928
  • Historia de España y de la civilización española. Rafael Altamira y Crevea. Tomo I. Barcelona, 1900. ISBN 84-8432-245-9
  • Historia ilustrada de España. Antonio Urbieto Arteta. Volumen II. Editorial Debate, Madrid 1994. ISBN 84-8306-008-6
  • Historia de España. España romana, I. Bosch Gimpera, Aguado Bleye, José Ferrandis. Obra dirigida por Ramón Menéndez Pidal. Editorial Espasa-Calpe S.A., Madrid 1935
  • Arte Hispalense, nº21: Pinturas romanas en Sevilla. Abad Casal, Lorenzo. Publicaciones de la Exma. Diputación Provincial de Sevilla. ISBN 84-500-3309-8
  • El mosaico romano en Hispania : crónica ilustrada de una sociedad. Tarrats Bou, F. Alfafar : Global Edition - Contents, S.A. ISBN 978-84-933702-1-3. Libro declarado «de interés turístico nacional», [1] (enlace a BOE n.º 44, 21 de febrero de 2005, formato PDF)

Enlaces externos

  •   Wikimedia Commons alberga una categoría multimedia sobre Organización política de Hispania.
Biblioteca virtual Miguel de Cervantes
  • Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes: La Hispania prerromana
  • Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes: Hispania Romana
Recursos universitarios
  • - Centro para el estudio de la interdependencia provincial en la antigüedad clásica (CEIPAC)
  • - Una exposición en profundidad sobre el monte Testaccio y su importancia en la comprensión de la economía romana.
  • Universitat de les Illes Balears (pdf) - Documento con bibliografía relacionada
Otros enlaces
  • Simulacra Romae - Las capitales provinciales romanas
  • La construcción de los puentes romanos
  • Augusta Emerita
  • - El «Garum Gaditanum»
  • - Las explotaciones mineras de Lapis Specularis en Hispania
  • Tesorillo.com - Algunas cecas provinciales romanas
  • Tesorillo.com - Algunas cecas imperiales romanas
  • - El alma de la pintura en Roma
  • ArteEspaña.com - Escultura romana: el retrato
  • En torno al "ius Latii" Flavio en Hispania: a propósito de una nueva publicación sobre latinidad (enlace roto disponible en Internet Archive; véase el historial, la primera versión y la última).
  •   Datos: Q6052738

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La organizacion politica de Hispania se refiere a la ordenacion territorial y local de la politica durante el dominio romano sobre la peninsula iberica Durante el prolongado periodo de gobierno de Roma en Hispania se produjeron sustanciales cambios en las estructuras de gobierno asi como en las divisiones administrativas del territorio que a continuacion se detallaran cronologicamente Indice 1 Divisiones provinciales 1 1 Division provincial de la Republica 1 1 1 El gobierno de Sertorio 1 2 Division provincial de Augusto 1 2 1 Division de Caracalla 1 3 Division provincial de Diocleciano 1 4 La organizacion politica local 1 5 Las magistraturas locales 1 6 La curia 1 7 La reforma de Vespasiano 2 Vease tambien 3 Bibliografia relacionada 4 Enlaces externosDivisiones provinciales EditarTodo el imperio romano estaba dividido en provincias Dentro de estas provincias se ejercia el gobierno desde una capital Las provincias eran gobernadas por un pretor proconsul o consul dependiendo de la importancia estrategica o su conflictividad En el caso de Hispania y a lo largo de su historia estas estructuras de gobierno se fueron alternando a medida que la conquista del territorio se hacia efectiva y posteriormente en funcion de la adaptacion de cada provincia a las costumbres y modos de vida romanos Las provincias romanas se dividian a su vez en conventus o partidos juridicos con sede en las ciudades mas significativas de la zona Division provincial de la Republica Editar Primera division de Hispania en dos provincias Citerior y Ulterior Desde los primeros anos de presencia romana en Hispania se establecieron dos provincias la Citerior cercana al norte y este y la Ulterior lejana al sur y al oeste peninsular Aunque tecnicamente dividian la peninsula iberica en dos mitades en la practica el dominio romano se centraba en la costa mediterranea y por tanto la mayor parte de la Peninsula quedaba controlada por los pueblos autoctonos celtiberos galaicos lusitanos ilergetes y astures Entre los anos 218 a C y 205 a C en que los cartagineses fueron definitivamente expulsados del territorio hispanico el poder politico era ejercido desde la capital tarraconense fundada durante la tercera guerra punica y posteriormente al crearse la primera division territorial entre las provincias Citerior y Ulterior el centro de gobierno de la ultima pasaria a ser ejercido desde Corduba la actual Cordoba El gobierno de Sertorio Editar Quinto Sertorio quien junto a los simpatizantes del llamado partido popular alineado con los intereses de las clases bajas y que favorecian a la asamblea de la plebe se oponia al gobierno oligarquico del partido optimate del cual era miembro el dictador Sila se establecio en Hispania Alli crearon de facto un gobierno republicano paralelo al de Roma rechazando las incursiones militares que pretendian instaurar el dominio del gobierno silano durante al menos ocho anos En este tiempo las instituciones republicanas ya en franca decadencia en el resto del imperio fueron mantenidas en el territorio peninsular La vida de Sertorio acabo finalmente a causa de una conjura por parte de Perpenna en el 72 a C Despues de su muerte Pompeyo derroto al ejercito sertoriano que ya no estaba comandado por su decisivo comandante asesinado y por ende con los vestigios que aun quedaban del republicanismo romano Division provincial de Augusto Editar Division provincial de Augusto Hispania queda dividida en tres provincias Tarraconensis Baetica y Lusitania En el ano 27 a C tras la conquista efectiva de la mayor parte de la Peninsula Octavio Augusto divide Hispania en tres provincias llamadas Baetica Lusitania y Tarraconensis Mientras las provincias Tarraconensis y Lusitania eran provincias imperiales lo que suponia que era el propio emperador quien nombraba a sus gobernadores debido a su mayor conflictividad la Betica era una provincia senatorial al ser menos conflictiva y era el senado el que nombraba los gobernadores de esta ultima Con pocos cambios seria la division provincial de Augusto la que perduraria durante practicamente todo el periodo imperial ya que la siguiente gran division la de Diocleciano sucederia menos de cien anos antes de la invasion de Hispania por las tribus barbaras Division de Caracalla Editar Division provincial de Diocleciano en 298 Esta fue una division de la Tarraconensis en las llamadas Provincia Hispania Nova Citerior y Asturiae Calleciae y duro muy poco tiempo En el ano 238 la provincia Tarraconensis fue reunificada de nuevo hasta ser dividida definitivamente por la posterior reestructuracion de Diocleciano en 298 Division provincial de Diocleciano Editar A finales del siglo III el imperio romano se desmoronaba al menos su parte occidental Tras las epocas de anarquia y guerras civiles el emperador Diocleciano comprende que no es posible mantener cohesionado un imperio de la magnitud del romano por lo que decide dividirlo por primera vez en dos entidades independientes el Imperio romano de Occidente y el Imperio romano de Oriente Diocleciano queda a cargo de este ultimo mientras Maximiano gobernara el primero Con todo esto Diocleciano propone en 298 una nueva division administrativa para todo el imperio lo cual afectara a Hispania en la creacion de dos nuevas provincias la provincia Cartaginensis y la provincia de Gallaecia Otro de los efectos de la reorganizacion diocleciana es la creacion de la Diocesis Hispaniarum dependiente de la Prefectura de las Galias La provincia de Mauritania Tingitana en el norte de Africa se incluye tambien en la diocesis A finales del siglo IV las Islas Baleares se desgajaron administrativamente de la Cartaginense para formar una nueva provincia romana llamada Balearica La organizacion politica local Editar Division en conventus En la Hispania romana cada ciudad y sus habitantes tenian un estatus juridico diferente habia colonias municipios y ciudades no romanas Para adoptar las instituciones romanas las ciudades debian recibir antes el estatuto de municipium lo que permitia a sus ciudadanos notables tras el ejercicio de alguna magistratura optar a la ciudadania romana De entre estas algunas eran declaradas colonias romanas es decir parte integrante de la ciudad de Roma y sus habitantes tenian por si mismos el reconocimiento y los derechos de ciudadania romana Ser ciudadano de una colonia implicaba ser sujeto de derecho romano con todos los derechos aunque tambien habia colonias de derecho latino con algunas restricciones En las colonias se aplicaban las mismas formas e instituciones de gobierno que en Roma Lex Coloniae Genetivae Iuliae M A N Madrid ley de fundacion colonial de Urso siglo I d C Las primeras ciudades privilegiadas con el estatuto de colonia romana fueron Corduba Corduba Colonia Patricia actual Cordoba en el 46 a C Tarraco Colonia Iulia Vrbs Triumphalis Tarraconensis actual Tarragona en el 45 a C Carthago Nova Colonia Vrbs Iulia Nova Carthago actual Cartagena en el 44 a C Hispalis Colonia Iulia Romula Hispalis actual Sevilla en el 45 a C Ya durante el principado de Augusto se crean las colonias de Emerita Colonia Iulia Augusta Emerita actual Merida en el 25 a C Cesaraugusta Colonia Caesar Augusta actual Zaragoza en el 14 a C Astigi Colonia Augusta Firma Astigi actual Ecija en el 14 a C Illici Colonia Iulia Ilici August actual Elche Tucci Colonia Augusta Tuccitana actual Martos Acci Colonia Iulia Gemela Acci actual Guadix Las ciudad de Clunia Colonia Clunia Sulpicia fue ascendida al rango colonial durante el corto gobierno de Galba en el ano 68 dC y la ciudad de Italica Colonia Aelia Augusta Italica durante el mandato de AdrianoExisten dudas sobre el estatus colonial de la ciudad de Gades Cadiz Las ciudades de Lucus Augusti Lugo Bracara Augusta Braga y Asturica Augusta Astorga importantes ciudades romanas y capitales de sus respectivos conventos juridicos solo alcanzaron el rango municipal Para alcanzar el estatuto municipal una ciudad debia cumplir una serie de requisitos acerca de su urbanizacion como contar con adecuados servicios publicos adaptados a las costumbres y modo de vida romano De ello debian encargarse principalmente los notables de dicha ciudad a traves de las construcciones de tipo evergetico destinadas a tal fin Una vez alcanzada la consideracion de municipio sus gobernantes debian seguir impulsando y desarrollando la ciudad sufragando obras de este tipo con el fin de obtener mas privilegios sociales Las magistraturas locales Editar Escultura de Augusto togado que presidia la curia local de Carthago Nova La politica local tenia su base en las magistraturas Estas magistraturas segmentadas en niveles eran las encargadas del gobierno local El periodo de vigencia de las magistraturas era de un ano De menor a mayor rango las magistraturas se dividian en Cuestores Los cuestores eran los encargados de la recaudacion y formaban el rango inferior de la magistratura Los cuestores locales estaban en contacto con los provinciales para la administracion de los impuestos Ediles Encargados de la seguridad publica y de imponer sanciones asi como de la organizacion de los juegos y la regulacion del funcionamiento de los mercados Duoviros y Quattuorviros El duunvirato era el maximo rango en la magistratura local los duoviros eran el tambien el maximo poder ejecutivo del municipio Se encargaban de elaborar el censo de la designacion de los jueces la administracion de las finanzas y del cumplimiento de los preceptos religiosos en la ciudad Las magistraturas locales eran elegidas anualmente por sufragio entre los ciudadanos y se elegian dos magistrados para cada una de ellas es decir dos cuestores dos ediles y dos duoviros En algunas ocasiones los magistrados tenian derecho al veto sobre las decisiones de su colega Por otro lado el acceso a la magistratura se encontraba limitado a aquellos ciudadanos cuya capacidad economica le permitiera hacer frente al pago de la summa honoraria una cantidad estipulada por ley de que debia gastarse en la organizacion de juegos asi como en otras actividades municipales llamadas evergeticas Estas actividades consistian no solo en la organizacion de espectaculos ludicos sino que incluian ademas la construccion de todo tipo de infraestructuras necesarias para el progreso urbano asi como de templos y otros edificios de uso publico De estas actividades queda una nutrida constancia en la epigrafia repartida por toda Hispania donde las familias importantes hacian constar su contribucion al desarrollo de las ciudades En el aspecto economico las actividades desarrolladas por las magistraturas representaban un aporte fundamental para la economia de la zona debido a la redistribucion de parte de la riqueza acumulada por estas familias La curia Editar En determinados municipios y dependiendo de su importancia podia existir ademas una curia o senado local La curia se elegia cada cinco anos mediante la lectio senatus y estaba formado por aquellos ciudadanos que anteriormente hubieran ejercido las magistraturas locales que al entrar en la curia recibian el nombre de decuriones La reforma de Vespasiano Editar El emperador Vespasiano Cabe destacar dentro de la politica local romana la reforma efectuada por Vespasiano en 73 o 74 dC promulgando en toda la Peninsula el llamado Edicto de Latinidad Este edicto supuso que todas las ciudades de Hispania que aun se regian por estatutos peregrinos pasaron a convertirse en municipios de derecho latino Por lo tanto sus ciudadanos podian acceder a la ciudadania romana tras el ejercicio de una magistratura Esta medida se enmarca dentro de la Lex Flavia Municipalis una reorganizacion general de las estructuras de gobierno local a lo largo y ancho del imperio que otorga las instituciones del derecho latino a todas las ciudades del mismo Esto mas que una medida de gracia se considera un intento de integrar a todos los territorios del imperio en una red contributiva mas eficiente con el fin de incrementar los impuestos recaudados La reforma de Vespasiano tuvo mas repercusion en el interior peninsular que en las areas del levante y la Betica donde la romanizacion de las instituciones se habia producido en gran medida durante el periodo republicano y el gobierno de Augusto Vease tambien EditarHispania Municipium Conquista de Hispania Romanizacion de Hispania Economia en la Hispania romana Arte romano en Hispania Colonia romana Invasiones germanicas en la peninsula iberica Anexo Gobernadores romanos de HispaniaBibliografia relacionada EditarBiblioteca virtual Miguel de CervantesLos Celtiberos Alberto J Lorrio Universidad de Alicante Las relaciones entre Hispania y el norte de Africa durante el gobierno barquida y la conquista romana 237 19 a J C Jose Maria Blazquez Martinez El impacto de la conquista de Hispania en Roma 154 83 a C Jose Maria Blazquez Martinez Veinticinco anos de estudios sobre la ciudad hispanorromana Juan Manuel Abascal Palazon Universidad de Alicante Segobriga y la religion en la Meseta sur durante el Principado Juan Manuel Abascal Palazon Universidad de Alicante Notas a la contribucion de la peninsula iberica al erario de la Republica romana Jose Maria Blazquez Martinez Practicas ilegitimas contra las propiedades rusticas en epoca romana II Immitere in alienum furtum damnum iniuria datum M ª Carmen Santapau Pastor La exportacion del aceite hispano en el Imperio romano estado de la cuestion Jose Maria Blazquez Martinez Administracion de las minas en epoca romana Su evolucion Jose Maria Blazquez Martinez Fuentes literarias griegas y romanas referentes a las explotaciones mineras de la Hispania romana Jose Maria Blazquez Martinez Panorama general de la escultura romana en Cataluna Jose Maria Blazquez Martinez Destruccion de los mosaicos mitologicos por los cristianos Jose Maria Blazquez MartinezOtras publicaciones en lineaRevista Lucentum XIX XX 2000 2001 formato PDF Las magistraturas locales en las ciudades romanas del area septentrional del Conventus Carthaginensis por Julian Hurtado Aguna ISSN 0213 2338 El uso de la moneda en las ciudades romanas de Hispania en epoca imperial el area mediterranea PDF Universitat de Valencia Servei de publicacions Nuria Lledo Cardona ISBN 84 370 5470 2 Morfologia historica del territorium de Tarraco en epoca tardo republicana romana o iberica final catalan Tesis doctoral Universitat Autonoma de Barcelona Isaias Arrayas Morales paginas 200 en adelante ISBN 84 688 1008 8 Las constituciones imperiales de Hispania PDF Archivo CEIPAC Fernando Martin Produccion artesanal viticultura y propiedad rural en la Hispania Tarraconense PDF Archivos CEIPAC Victor Revilla Calvo Dept Prehistoria Historia Antigua y Arqueologia Universidad de Barcelona Explotacion del salazon en la Bahia de Cadiz en la Antiguedad Aportacion al conocimiento de su evolucion a traves de la produccion de las anforas Mana C PDF Archivos CEIPAC Lazaro Lagostena Barrios Universidad de Cadiz La agricultura como officium en el mundo romano PDF Archivos de la Universidad de Lieja Belgica Rosalia Rodriguez Lopez Universidad de Almeria Observaciones sobre el deposito de la cosa debida en caso de mora creditoris PDF Archivos de la Universidad de Lieja Belgica Elena Quintana Orive Universidad Autonoma de Madrid Bibliografia impresaEspana y los espanoles hace dos mil anos segun la Geografia de Estrabon de Antonio G ª y Bellido Coleccion Austral de Espasa Calpe S A Madrid 1945 ISBN 84 239 7203 8 Las artes y los pueblos de la Espana primitiva de Jose Camon Aznar catedratico de la Universidad de Madrid Editorial Espasa Calpe S A Madrid 1954 El trabajo en la Hispania Romana VVAA Ed Silex 1999 Diccionario de los Iberos Pellon Olagorta Ramon Espasa Calpe S A Madrid 2001 ISBN 84 239 2290 1 Geografia historica espanola de Amando Melon Editorial Volvntad S A Tomo primero Vol I Serie E Madrid 1928 Historia de Espana y de la civilizacion espanola Rafael Altamira y Crevea Tomo I Barcelona 1900 ISBN 84 8432 245 9 Historia ilustrada de Espana Antonio Urbieto Arteta Volumen II Editorial Debate Madrid 1994 ISBN 84 8306 008 6 Historia de Espana Espana romana I Bosch Gimpera Aguado Bleye Jose Ferrandis Obra dirigida por Ramon Menendez Pidal Editorial Espasa Calpe S A Madrid 1935 Arte Hispalense nº21 Pinturas romanas en Sevilla Abad Casal Lorenzo Publicaciones de la Exma Diputacion Provincial de Sevilla ISBN 84 500 3309 8 El mosaico romano en Hispania cronica ilustrada de una sociedad Tarrats Bou F Alfafar Global Edition Contents S A ISBN 978 84 933702 1 3 Libro declarado de interes turistico nacional 1 enlace a BOE n º 44 21 de febrero de 2005 formato PDF Enlaces externos Editar Wikimedia Commons alberga una categoria multimedia sobre Organizacion politica de Hispania Biblioteca virtual Miguel de CervantesBiblioteca Virtual Miguel de Cervantes La Hispania prerromana Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes Hispania RomanaRecursos universitariosUniversidad de Zaragoza Historia antigua Hispania Universidad de Zaragoza departamento de Historia 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