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Oficina de Recuperación y Gestión de Activos

La Oficina de Recuperación y Gestión de Activos (ORGA) es el órgano de la Administración General del Estado y auxiliar de la Administración de Justicia, al que le corresponde la localización y recuperación de efectos, bienes, instrumentos y ganancias procedentes de actividades delictivas, su conservación, administración y realización; resolver, conforme a lo previsto legal y reglamentariamente, sobre la adjudicación del uso de los efectos embargados cautelarmente y sobre las medidas de conservación que deban ser adoptadas.

Oficina de Recuperación y Gestión de Activos

Logotipo de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos

Información general
Ámbito España España
Tipo Dirección General
Acrónimo ORGA
Fundación 23 de octubre de 2015 (5 años)
Jurisdicción España
Organización
Dependiente de Ministerio de Justicia
Sitio web

Asimismo, ofrece asesoramiento técnico a los juzgados, tribunales y fiscalías, que lo soliciten en materia de ejecución de embargos y decomisos, a los efectos de evitar actuaciones antieconómicas y garantizar, dentro del respeto a la ley y con el cumplimiento de todas las garantías procesales, el máximo beneficio económico.[1]

La Oficina se encuentra prevista en gran parte de la legislación penal, estando prevista en la Ley de Enjuiciamiento Criminal y en las últimas leyes de reforma del Código Penal y regulada regulada por diversos reales decretos como el Real Decreto 1044/2018, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia y el Real Decreto 948/2015 que regula la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos, y una Orden ministerial, la Orden JUS/188/2016 que determina el ámbito de actuación y la entrada en funcionamiento operativo de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos y la apertura de su cuenta de depósitos y consignaciones.

Desde 2020, la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública actúa como Oficina de Recuperación y Gestión de Activos. [2]

Historia

La creación de esta oficina se previó en la reforma del Código Penal de 2010 bajo la denominación de Oficina de Recuperación de Activos. Esta previsión no se desarrolló hasta la reforma del Código Penal de 2015, cambiando la denominación a Oficina de Recuperación y Gestión de Activos y promulgando el Real Decreto 948/2015 que creaba y desarrollaba esta Oficina.

Hasta la creación de esta oficina en 2015, era el Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado, dependiente de la Secretaría de Estado de Seguridad, con el apoyo operativo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, quien desempeñó dichas funciones de localización de activos procedentes de delitos. No obstante, al no existir órganos especializados en su gestión, una vez decomisados, esos activos quedaban a disposición de los órganos jurisdiccionales, que, por lo general, ordenaban su realización al final del procedimiento, mediante los mecanismos tradicionales de venta por persona especializada o subasta pública. Este mecanismo se mostró altamente ineficaz en los procedimientos de mayor complejidad, en la medida en que las necesidades de la gestión de bienes excedían por lo general de las posibilidades materiales de los órganos judiciales. Estas circunstancias condujeron a reafirmar la necesidad de poner en funcionamiento la mencionada Oficina.

Tres años después, con el cambio de Gobierno en 2018, se creó Dirección General de Modernización de la Justicia, Desarrollo Tecnológico y Recuperación y Gestión de Activos, que asumió las funciones y actuó como ORGA.[3]​ En 2020, estas funciones las asumió la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.[2]

Fines

La Oficina de Recuperación y Gestión de Activos aplicaba el producto de la gestión y realización de los efectos, bienes, instrumentos y ganancias del delito a los fines previstos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal con los siguientes objetivos prioritarios:[1]

  1. El apoyo a programas de atención a víctimas del delito, tanto de las Administraciones Públicas, como de organizaciones no gubernamentales o entidades privadas sin ánimo de lucro, con especial atención a las víctimas de terrorismo, a las de violencia de género, trata de seres humanos, delitos violentos y contra la libertad sexual, así como a las víctimas con discapacidad necesitadas de especial protección y a las víctimas menores de edad.
  2. El impulso y dotación de medios de las Oficinas de Asistencia a las Víctimas.
  3. El apoyo a programas sociales orientados a la prevención del delito y el tratamiento del delincuente.
  4. La intensificación y mejora de las actuaciones de prevención, investigación, persecución y represión de los delitos, incluyendo:
    1. Los gastos necesarios para la obtención de pruebas en la investigación, comprendiendo el coste de las pericias del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses y de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
    2. La adquisición de medios materiales para los órganos competentes en la represión, investigación y realización de las pruebas periciales.
    3. La formación y capacitación especializada de los órganos encargados de la prevención y represión de la criminalidad organizada.
    4. El reembolso de los gastos en que lícitamente hayan podido incurrir los particulares o los servicios de las Administraciones Públicas que hubiesen colaborado con los órganos competentes en la investigación.
  5. La cooperación internacional en la lucha contra las formas graves de criminalidad.
  6. La satisfacción de los propios gastos de funcionamiento y gestión de la oficina.

Director general de la ORGA

El Director General de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos es elegido de entre funcionarios de carrera del Estado, de las comunidades autónomas o de las entidades locales, pertenecientes a Cuerpos o Escalas clasificados en el subgrupo A1, o bien entre miembros de las Carreras Judicial o Fiscal o del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.

El Director general es nombrado y separado por real decreto del Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Justicia.

Corresponde al director general planificar la actuación de la Oficina y aprobar un plan de acción; dirigir la actividad de la Oficina; representar a ésta y, en concreto, en sus relaciones institucionales tanto nacionales como internacionales, y con los juzgados, tribunales y fiscalías que hagan uso de sus servicios, así como con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad encargadas de la lucha contra la delincuencia organizada; coordinar los trabajos preparatorios de la Comisión de Adjudicación de bienes producto del delito; favorecer la coordinación de la Oficina con el Poder Judicial, la Fiscalía General del Estado, con la policía judicial y los Ministerios afectados, así como con otras instituciones públicas o privadas, en el ejercicio de sus funciones; coordinar la labor de la Oficina con otros departamentos, organismos e instituciones públicas, en el ámbito de sus competencias, cuando sea necesario; elevar al Ministro de Justicia la memoria anual de su actividad; elaborar estadísticas de la actividad de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos y resolver sobre la adjudicación de bienes, como resultado de su realización, y sobre la adjudicación del uso provisional de bienes intervenidos o embargados judicialmente.[1]

Estructura

La Oficina se estructura internamente en dos órganos:

  • La Subdirección General de Conservación, Administración y Realización de Bienes, que se encarga de:[1]
    El mantenimiento y gestión de los efectos, bienes, instrumentos y ganancias provenientes del delito, cuando hayan sido intervenidos o embargados judicialmente, cualquiera que sea la naturaleza de los mismos, así como de los beneficios, frutos y rentas de tales bienes. Podrá comprender también la destrucción de los bienes cuando sea acordada por la autoridad competente, en los términos previstos legalmente.
    La elaboración de informes sobre el estado y circunstancias de los bienes gestionados, que remitirá a la autoridad competente, de oficio o cuando ésta lo solicite, a los efectos de evitar las actuaciones antieconómicas y garantizar, dentro del respeto a la ley y con el cumplimiento de todas las garantías procesales, el máximo beneficio económico.
    La realización de los bienes, que comprenderá la actividad tendente a la venta de los bienes, efectos, ganancias e instrumentos cuya gestión se le haya encomendado judicialmente a la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos, tras el decomiso de los mismos. Asimismo, por encomienda del órgano judicial, le corresponderá la realización de los bienes decomisados adjudicados al Estado, salvo que se hayan inscrito a nombre del Estado en el correspondiente Registro de la Propiedad o Registro de Bienes Muebles. Esta función comprenderá también la venta anticipada de bienes intervenidos o embargados, cuando ésta haya sido autorizada judicialmente en el ámbito de actuación de la Oficina.
    La adjudicación del uso de los bienes o efectos incautados o embargados, siempre que el órgano judicial haya autorizado su utilización provisional.
    La función derivada del soporte necesario para el desarrollo de la actividad propia de la Comisión de Adjudicación de bienes producto del delito.
    La gestión de la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos.
  • La Subdirección General de Localización y Recuperación de Bienes, que ostenta las funciones de identificación y búsqueda de los efectos, bienes, instrumentos y ganancias provenientes del delito radicados dentro o fuera del territorio nacional, así como su puesta a disposición judicial. En el ejercicio de estas funciones, y dentro del marco de la encomienda judicial o del Ministerio Fiscal, se coordinará con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y podrá recabar la colaboración de otras entidades públicas o privadas. Asimismo le corresponde el intercambio de información patrimonial con oficinas análogas en el ámbito internacional.

Comisión de Adjudicación de bienes producto del delito

La Comisión, al igual que la Oficina, se creó en 2015.[1]

La Comisión de Adjudicación de bienes producto del delito es un órgano colegiado adscrito orgánicamente al Ministerio de Justicia a través de la Secretaría de Estado de Justicia, al que corresponden las funciones de distribución de los recursos económicos obtenidos por la Oficina.

La Comisión de Adjudicación de bienes producto del delito se compone de:

Actuará como secretario, con voz pero sin voto, un funcionario de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos.

Véase también

Referencias

  1. «Real Decreto 948/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos.». www.boe.es. Consultado el 5 de septiembre de 2017. 
  2. «Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia, y se modifica el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, aprobado por el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio.». boe.es. Consultado el 13 de marzo de 2020. 
  3. «Real Decreto 1044/2018, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia.». www.boe.es. Consultado el 22 de marzo de 2019. 
  •   Datos: Q38707332

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La Oficina de Recuperacion y Gestion de Activos ORGA es el organo de la Administracion General del Estado y auxiliar de la Administracion de Justicia al que le corresponde la localizacion y recuperacion de efectos bienes instrumentos y ganancias procedentes de actividades delictivas su conservacion administracion y realizacion resolver conforme a lo previsto legal y reglamentariamente sobre la adjudicacion del uso de los efectos embargados cautelarmente y sobre las medidas de conservacion que deban ser adoptadas Oficina de Recuperacion y Gestion de ActivosLogotipo de la Oficina de Recuperacion y Gestion de ActivosInformacion generalAmbitoEspana EspanaTipoDireccion GeneralAcronimoORGAFundacion23 de octubre de 2015 5 anos JurisdiccionEspanaOrganizacionDependiente deMinisterio de JusticiaSitio web editar datos en Wikidata Asimismo ofrece asesoramiento tecnico a los juzgados tribunales y fiscalias que lo soliciten en materia de ejecucion de embargos y decomisos a los efectos de evitar actuaciones antieconomicas y garantizar dentro del respeto a la ley y con el cumplimiento de todas las garantias procesales el maximo beneficio economico 1 La Oficina se encuentra prevista en gran parte de la legislacion penal estando prevista en la Ley de Enjuiciamiento Criminal y en las ultimas leyes de reforma del Codigo Penal y regulada regulada por diversos reales decretos como el Real Decreto 1044 2018 de 24 de agosto por el que se desarrolla la estructura organica basica del Ministerio de Justicia y el Real Decreto 948 2015 que regula la Oficina de Recuperacion y Gestion de Activos y una Orden ministerial la Orden JUS 188 2016 que determina el ambito de actuacion y la entrada en funcionamiento operativo de la Oficina de Recuperacion y Gestion de Activos y la apertura de su cuenta de depositos y consignaciones Desde 2020 la Direccion General de Seguridad Juridica y Fe Publica actua como Oficina de Recuperacion y Gestion de Activos 2 Indice 1 Historia 2 Fines 3 Director general de la ORGA 4 Estructura 5 Comision de Adjudicacion de bienes producto del delito 6 Vease tambien 7 ReferenciasHistoria EditarLa creacion de esta oficina se previo en la reforma del Codigo Penal de 2010 bajo la denominacion de Oficina de Recuperacion de Activos Esta prevision no se desarrollo hasta la reforma del Codigo Penal de 2015 cambiando la denominacion a Oficina de Recuperacion y Gestion de Activos y promulgando el Real Decreto 948 2015 que creaba y desarrollaba esta Oficina Hasta la creacion de esta oficina en 2015 era el Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado dependiente de la Secretaria de Estado de Seguridad con el apoyo operativo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado quien desempeno dichas funciones de localizacion de activos procedentes de delitos No obstante al no existir organos especializados en su gestion una vez decomisados esos activos quedaban a disposicion de los organos jurisdiccionales que por lo general ordenaban su realizacion al final del procedimiento mediante los mecanismos tradicionales de venta por persona especializada o subasta publica Este mecanismo se mostro altamente ineficaz en los procedimientos de mayor complejidad en la medida en que las necesidades de la gestion de bienes excedian por lo general de las posibilidades materiales de los organos judiciales Estas circunstancias condujeron a reafirmar la necesidad de poner en funcionamiento la mencionada Oficina Tres anos despues con el cambio de Gobierno en 2018 se creo Direccion General de Modernizacion de la Justicia Desarrollo Tecnologico y Recuperacion y Gestion de Activos que asumio las funciones y actuo como ORGA 3 En 2020 estas funciones las asumio la Direccion General de Seguridad Juridica y Fe Publica 2 Fines EditarLa Oficina de Recuperacion y Gestion de Activos aplicaba el producto de la gestion y realizacion de los efectos bienes instrumentos y ganancias del delito a los fines previstos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal con los siguientes objetivos prioritarios 1 El apoyo a programas de atencion a victimas del delito tanto de las Administraciones Publicas como de organizaciones no gubernamentales o entidades privadas sin animo de lucro con especial atencion a las victimas de terrorismo a las de violencia de genero trata de seres humanos delitos violentos y contra la libertad sexual asi como a las victimas con discapacidad necesitadas de especial proteccion y a las victimas menores de edad El impulso y dotacion de medios de las Oficinas de Asistencia a las Victimas El apoyo a programas sociales orientados a la prevencion del delito y el tratamiento del delincuente La intensificacion y mejora de las actuaciones de prevencion investigacion persecucion y represion de los delitos incluyendo Los gastos necesarios para la obtencion de pruebas en la investigacion comprendiendo el coste de las pericias del Instituto Nacional de Toxicologia y Ciencias Forenses y de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses La adquisicion de medios materiales para los organos competentes en la represion investigacion y realizacion de las pruebas periciales La formacion y capacitacion especializada de los organos encargados de la prevencion y represion de la criminalidad organizada El reembolso de los gastos en que licitamente hayan podido incurrir los particulares o los servicios de las Administraciones Publicas que hubiesen colaborado con los organos competentes en la investigacion La cooperacion internacional en la lucha contra las formas graves de criminalidad La satisfaccion de los propios gastos de funcionamiento y gestion de la oficina Director general de la ORGA EditarEl Director General de la Oficina de Recuperacion y Gestion de Activos es elegido de entre funcionarios de carrera del Estado de las comunidades autonomas o de las entidades locales pertenecientes a Cuerpos o Escalas clasificados en el subgrupo A1 o bien entre miembros de las Carreras Judicial o Fiscal o del Cuerpo de Letrados de la Administracion de Justicia El Director general es nombrado y separado por real decreto del Consejo de Ministros a propuesta del Ministro de Justicia Corresponde al director general planificar la actuacion de la Oficina y aprobar un plan de accion dirigir la actividad de la Oficina representar a esta y en concreto en sus relaciones institucionales tanto nacionales como internacionales y con los juzgados tribunales y fiscalias que hagan uso de sus servicios asi como con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad encargadas de la lucha contra la delincuencia organizada coordinar los trabajos preparatorios de la Comision de Adjudicacion de bienes producto del delito favorecer la coordinacion de la Oficina con el Poder Judicial la Fiscalia General del Estado con la policia judicial y los Ministerios afectados asi como con otras instituciones publicas o privadas en el ejercicio de sus funciones coordinar la labor de la Oficina con otros departamentos organismos e instituciones publicas en el ambito de sus competencias cuando sea necesario elevar al Ministro de Justicia la memoria anual de su actividad elaborar estadisticas de la actividad de la Oficina de Recuperacion y Gestion de Activos y resolver sobre la adjudicacion de bienes como resultado de su realizacion y sobre la adjudicacion del uso provisional de bienes intervenidos o embargados judicialmente 1 Estructura EditarLa Oficina se estructura internamente en dos organos La Subdireccion General de Conservacion Administracion y Realizacion de Bienes que se encarga de 1 El mantenimiento y gestion de los efectos bienes instrumentos y ganancias provenientes del delito cuando hayan sido intervenidos o embargados judicialmente cualquiera que sea la naturaleza de los mismos asi como de los beneficios frutos y rentas de tales bienes Podra comprender tambien la destruccion de los bienes cuando sea acordada por la autoridad competente en los terminos previstos legalmente La elaboracion de informes sobre el estado y circunstancias de los bienes gestionados que remitira a la autoridad competente de oficio o cuando esta lo solicite a los efectos de evitar las actuaciones antieconomicas y garantizar dentro del respeto a la ley y con el cumplimiento de todas las garantias procesales el maximo beneficio economico La realizacion de los bienes que comprendera la actividad tendente a la venta de los bienes efectos ganancias e instrumentos cuya gestion se le haya encomendado judicialmente a la Oficina de Recuperacion y Gestion de Activos tras el decomiso de los mismos Asimismo por encomienda del organo judicial le correspondera la realizacion de los bienes decomisados adjudicados al Estado salvo que se hayan inscrito a nombre del Estado en el correspondiente Registro de la Propiedad o Registro de Bienes Muebles Esta funcion comprendera tambien la venta anticipada de bienes intervenidos o embargados cuando esta haya sido autorizada judicialmente en el ambito de actuacion de la Oficina La adjudicacion del uso de los bienes o efectos incautados o embargados siempre que el organo judicial haya autorizado su utilizacion provisional La funcion derivada del soporte necesario para el desarrollo de la actividad propia de la Comision de Adjudicacion de bienes producto del delito La gestion de la Cuenta de Depositos y Consignaciones de la Oficina de Recuperacion y Gestion de Activos La Subdireccion General de Localizacion y Recuperacion de Bienes que ostenta las funciones de identificacion y busqueda de los efectos bienes instrumentos y ganancias provenientes del delito radicados dentro o fuera del territorio nacional asi como su puesta a disposicion judicial En el ejercicio de estas funciones y dentro del marco de la encomienda judicial o del Ministerio Fiscal se coordinara con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y podra recabar la colaboracion de otras entidades publicas o privadas Asimismo le corresponde el intercambio de informacion patrimonial con oficinas analogas en el ambito internacional Comision de Adjudicacion de bienes producto del delito EditarLa Comision al igual que la Oficina se creo en 2015 1 La Comision de Adjudicacion de bienes producto del delito es un organo colegiado adscrito organicamente al Ministerio de Justicia a traves de la Secretaria de Estado de Justicia al que corresponden las funciones de distribucion de los recursos economicos obtenidos por la Oficina La Comision de Adjudicacion de bienes producto del delito se compone de El Secretario de Estado de Justicia que la preside El Director General de la Oficina de Recuperacion y Gestion de Activos que actua como vicepresidente Seis vocales que seran designados respectivamente por el Ministro de Justicia el Ministro del Interior el Ministro de Hacienda y el Ministro de Sanidad Consejo General del Poder Judicial y la Fiscalia General del Estado Actuara como secretario con voz pero sin voto un funcionario de la Oficina de Recuperacion y Gestion de Activos Vease tambien EditarAdministracion Publica de Espana Ministerio Fiscal de EspanaReferencias Editar a b c d e Real Decreto 948 2015 de 23 de octubre por el que se regula la Oficina de Recuperacion y Gestion de Activos www boe es Consultado el 5 de septiembre de 2017 a b Real Decreto 453 2020 de 10 de marzo por el que se desarrolla la estructura organica basica del Ministerio de Justicia y se modifica el Reglamento del Servicio Juridico del Estado aprobado por el Real Decreto 997 2003 de 25 de julio boe es Consultado el 13 de marzo de 2020 Real Decreto 1044 2018 de 24 de agosto por el que se desarrolla la estructura organica basica del Ministerio de Justicia www boe es Consultado el 22 de marzo de 2019 Datos Q38707332Obtenido de https es wikipedia org w index php title Oficina de Recuperacion y Gestion de Activos amp oldid 125078557, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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