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Ley de Orden Público de 1933

La Ley de Orden Público de 1933 fue la ley aprobada por las Cortes de la Segunda República Española el 28 de julio de 1933 que sustituyó a la Ley de Defensa de la República, norma de excepción que había regulado el orden público durante el primer bienio republicano (1931-1933). Fue profusamente utilizada por el gobierno de Manuel Azaña hasta su caída en octubre de 1933, por los gobiernos radical-cedistas del segundo bienio (1933-1935), y por el gobierno del Frente Popular, por lo que las garantías constitucionales estuvieron suspendidas prácticamente durante todo ese tiempo (desde julio de 1933 al inicio de la guerra civil española). También fue aplicada por la dictadura franquista hasta la promulgación por el general Franco de la Ley de Orden Público de 1959.

El contenido de la ley

La ley fue redactada por Oriol Anguera de Sojo, entonces colaborador de Azaña y posteriormente ministro de la CEDA, que tomó como referencia el anteproyecto de Ley de Orden Público elaborado por la Asamblea Nacional de la Dictadura de Primo de Rivera, del que copió, entre otras cosas, los tres tipos de estado de excepción (prevención, alarma y guerra).[1]

La Ley de Orden Público facultaba al gobierno para establecer tres estados de excepción por Decreto, sin necesidad de que las Cortes suspendieran previamente las garantías constitucionales (así lo afirmó el miembro de la Comisión José Sánchez-Covisa de Acción Republicana frente a algunos diputados de la oposición que decían que la Ley Orden Público sólo podía regir en el supuesto de previa suspensión de las garantías constitucionales: «la Constitución dice que cuando estén suspendidas las garantías constitucionales regirá la Ley de Orden Público, que no es lo mismo. La diferencia esencial entre la Ley de Orden Público de 1870 -creo que lo ha dicho el ministro de la Gobernación y se consigna en el preámbulo del Proyecto de Ley-, la diferencia esencial está en que aquélla necesitaba previamente la suspensión de las garantías, y ésta no la precisa»).:[2]

  • El estado de prevención facultaba al Gobierno, que era quien lo declaraba, para tomar «medidas no aplicables en régimen normal» durante dos meses, que podían ser prorrogados.[3]​ Estas medidas gubernativas afectaban al derecho de “libre de circulación por el territorio nacional, facultaban la intervención en industrias y comercios que pudieran motivar alteraciones del orden público, con la posibilidad de suspenderlos temporalmente, obligaban a la presentación previa de publicaciones y atribuían competencias preventivas sobre reuniones y asociaciones”.[4]
  • El estado de alarma podía ser declarado por el Gobierno «cuando así lo exija la seguridad del Estado, en casos de notoria e inminente gravedad». Facultaba a las autoridades gubernativas para practicar registros de domicilios, detenciones preventivas, imponer penas de destierro hasta 250 kilómetros (que era el límite establecido en la Constitución), «compeler» a presuntos alteradores al cambio de residencia, prohibir actos públicos y disolver asociaciones consideradas peligrosas.[5]​ José Sánchez Covisa, presidente de la Comisión y defensor del dictamen, reconoció que el estado «de alarma es un estado de suspensión absoluta de garantías. De modo que del estado de alarma al de guerra no hay más que un paso: la resignación de los poderes de la autoridad civil y la entrega del mando a la autoridad militar».[2]
  • El estado de guerra también era declarado por el Gobierno si la autoridad civil no pudiera «dominar en breve término la agitación y restablecer el orden». Bajo el estado de guerra asume el mando supremo la autoridad militar.[6]

En los estados de prevención y de alarma los presuntos delitos contra el orden público no eran juzgados por los tribunales ordinarios sino por unos “tribunales de urgencia” creados por la ley e integrados por magistrados de la correspondiente Audiencia Nacional, y en los que los sumarios y causas se tramitarían perentoriamente. “Lo paradójico es que la Constitución republicana, en su artículo 105, había previsto que mediante Ley se organizasen «tribunales de urgencia para hacer efectivo el derecho de amparo de las garantías individuales», pero éstos nunca llegaron a constituirse". En el estado de guerra, los acusados eran juzgados por consejos de guerra integrados únicamente por militares, a diferencia de la anterior Ley de Orden Público de 1870 y del anteproyecto de Ley de Orden Público de Primo de Rivera de 1929 en las que los consejos de guerra estaban compuestos por civiles y militares, “norma, a todas luces menos militarista y que hubiera aportado unas mayores garantías al proceso militar”.[7]

Las sanciones impuestas por los “tribunales de urgencia” podían ser recurridas ante el Tribunal de Garantías Constitucionales, pero se presentaron muy pocos recursos, lo que sería una prueba de su ineficacia.[8]

El debate parlamentario

Según Manuel Ballbé, “el motivo de supresión de la Ley de Defensa de la República y la creación de una Ley de Orden Público no venía determinado por la voluntad gubernamental de poner fin al sistema excepcional vigente, sino que se explica porque los federales de José Franchy Roca para su entrada en el Gobierno -que ampliaba la base de apoyo parlamentario- pusieron como condición la derogación de la Ley de Defensa de la República”.[9]​ Sin embargo Gabriel Jackson afirma que fueron los socialistas los que obligaron a Azaña a derogar la Ley de Defensa de la República a cambio de su continuidad en el gobierno.[10]

El proyecto de Ley de Orden Público fue presentado a las Cortes en abril de 1933 y el debate parlamentario tuvo lugar en junio, siendo aprobada, no sin fuerte oposición, en el mes de julio.[3]

Intervinieron en contra de la aprobación de la ley Antonio Royo Villanova de la Minoría Agraria que dijo que con ella «el ciudadano... está entregado a la arbitrariedad de la autoridad gubernativa»; Eduardo Ortega y Gasset que advirtió de la imprecisión de los conceptos que contenía que podían volverse contra los mismos que la apoyaban (“Creo que esta Ley debiera ser considerada, reflexionada y meditada. Por el contrario, vamos a ella de una manera improvisada, de una manera temeraria, ofreciendo un instrumento de tortura en el porvenir a los elementos de reacción que un día puedan triunfar”) y concluyó “el defecto cardinal de esta Ley es el de querer hacer compatible un estado de excepción con el estado normal”; José María Gil Robles pidió al Gobierno y a la mayoría parlamentaria que lo apoyaba “que no piensen desde el punto de vista de los que se encuentran en el poder, porque torres más altas han caído y los que hoy se hallan arriba, mañana pueden estar abajo»; José Antonio Balbontín del grupo llamado de los jabalíes señaló que la nueva ley era como la Ley de Defensa de la República, sólo que con otro nombre, ya que el estado de prevención o alarma previsto «será poco menos que perpetuo. Los preceptos señalados aquí para regular el estado de alarma son los que vienen rigiendo desde que se implantó la República... Habéis deportado ya a obreros sin necesidad de esta Ley a más de 250 kilómetros que establecía la Constitución. Ahora habéis deportado 36 obreros en Sevilla sin que hubieran cometido ninguna infracción, sólo como medida preventiva». Por último Angel Ossorio y Gallardo, que había sido el presidente de la Comisión Jurídica Asesora que redactó el anteproyecto de Constitución de 1931, planteó la anticonstitucionalidad de algunos artículos, entre ellos el 18 que permitía a la autoridad la prohibición preventiva de cualquier reunión.[11]​ Como ha señalado el historiador Manuel Ballbé:

Los acontecimientos posteriores demostraron cuán acertadas eran las críticas… y que en realidad esta Ley completaba las bases de un Estado autoritario. Otra paradoja de la Historia ha sido que los autores de la misma -principalmente los socialistas- serían sus primeras víctimas[2]

La aplicación de la ley: el estado de excepción como regla

Poco tiempo después de la entrada en vigor de la Ley, ya fue utilizada. El 18 de agosto de 1933 se declara el estado de prevención en Sevilla, que permanecerá hasta el 18 de octubre. Pero el gobierno republicano-socialista de Manuel Azaña no tuvo prácticamente tiempo para aplicarla pues cayó tres meses después. Los gobiernos radical-cedistas del segundo bienio recurrirán de forma sistemática a la Ley de Orden Público, por lo que “el estado de excepción pasará a ser la regla, siendo verdaderamente excepcionales los períodos en que rige la normalidad constitucional. Durante prácticamente los cuatro últimos meses de 1933 -es decir, desde el mismo momento de aprobación de la Ley de Orden Público- y los dos años siguientes, está permanentemente declarado el estado de prevención, de alarma o de guerra”.[12]

Durante los seis meses de gobierno del Frente Popular hasta el inicio de la guerra civil española tampoco se volvió a la normalidad constitucional, pues el estado de alarma declarado por el gobierno de Portela Valladares el 17 de febrero fue prorrogado mes a mes por los gobiernos de Manuel Azaña y de Santigo Casares Quiroga, y eso a pesar de que en el programa de la coalición se incluía el restablecimiento de las garantías constitucionales y la revisión de la Ley de Orden Público para que «sin perder nada de su eficacia defensiva garantice mejor al ciudadano contra la arbitrariedad del poder; adoptándose también las medidas necesarias para evitar las prórrogas abusivas de los estados de excepción».[13]​ Durante la Guerra Civil Española, el estado de alarma fue prorrogado mensualmente por los gobiernos de José Giral, Largo Caballero y Negrín, hasta que un Decreto de 23 de enero de 1939 declaró el estado de guerra en la zona republicana.

Véase también

Referencias

  1. Ballbé, 1983, pp. 359; 362.
  2. Ballbé, 1983, p. 360.
  3. Gil Pecharromán, 1997, p. 70.
  4. Ballbé, 1983, p. 361.
  5. Gil Pecharromán, 1997, pp. 70-71.
  6. Gil Pecharromán, 1997, p. 71.
  7. Ballbé, 1983, p. 362.
  8. Ballbé, 1983, pp. 362-363.
  9. Ballbé, 1983, p. 359.
  10. Jackson, 1976, p. 113.
  11. Ballbé, 1983, pp. 359-360.
  12. Ballbé, 1983, p. 363.
  13. Ballbé, 1983, p. 387. «Durante los cinco meses de gobierno del Frente Popular, antes de la sublevación del 18 de julio, el estado de excepción fue permanente»

Bibliografía

  • Ballbé, Manuel (1983). Orden público y militarismo en la España constitucional (1812-1983). Madrid: Alianza Editorial. ISBN 84-206-2378-4. 
  • Jackson, Gabriel (1976). La República Española y la Guerra Civil, 1931-1939. (The Spanish Republic and the Civil War, 1931-1939. Princeton, 1965) (2ª edición). Barcelona: Crítica. ISBN 84-7423-006-3. 
  • Payá Poveda, José Miguel (2017). Justicia, Orden Público y Tribunales de Urgencia en la II República (1ª edición). Pamplona: Aranzadi. ISBN 978-84-9135-742-1. 

Enlaces externos

  • Página del diario ABC de abril de 1933 con la noticia de la presentación del proyecto de la Ley de Orden Público
  • Ley 45/1959, de 30 de julio, de Orden Público.
  •   Datos: Q963958

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La Ley de Orden Publico de 1933 fue la ley aprobada por las Cortes de la Segunda Republica Espanola el 28 de julio de 1933 que sustituyo a la Ley de Defensa de la Republica norma de excepcion que habia regulado el orden publico durante el primer bienio republicano 1931 1933 Fue profusamente utilizada por el gobierno de Manuel Azana hasta su caida en octubre de 1933 por los gobiernos radical cedistas del segundo bienio 1933 1935 y por el gobierno del Frente Popular por lo que las garantias constitucionales estuvieron suspendidas practicamente durante todo ese tiempo desde julio de 1933 al inicio de la guerra civil espanola Tambien fue aplicada por la dictadura franquista hasta la promulgacion por el general Franco de la Ley de Orden Publico de 1959 Indice 1 El contenido de la ley 2 El debate parlamentario 3 La aplicacion de la ley el estado de excepcion como regla 4 Vease tambien 5 Referencias 6 Bibliografia 7 Enlaces externosEl contenido de la ley EditarLa ley fue redactada por Oriol Anguera de Sojo entonces colaborador de Azana y posteriormente ministro de la CEDA que tomo como referencia el anteproyecto de Ley de Orden Publico elaborado por la Asamblea Nacional de la Dictadura de Primo de Rivera del que copio entre otras cosas los tres tipos de estado de excepcion prevencion alarma y guerra 1 La Ley de Orden Publico facultaba al gobierno para establecer tres estados de excepcion por Decreto sin necesidad de que las Cortes suspendieran previamente las garantias constitucionales asi lo afirmo el miembro de la Comision Jose Sanchez Covisa de Accion Republicana frente a algunos diputados de la oposicion que decian que la Ley Orden Publico solo podia regir en el supuesto de previa suspension de las garantias constitucionales la Constitucion dice que cuando esten suspendidas las garantias constitucionales regira la Ley de Orden Publico que no es lo mismo La diferencia esencial entre la Ley de Orden Publico de 1870 creo que lo ha dicho el ministro de la Gobernacion y se consigna en el preambulo del Proyecto de Ley la diferencia esencial esta en que aquella necesitaba previamente la suspension de las garantias y esta no la precisa 2 El estado de prevencion facultaba al Gobierno que era quien lo declaraba para tomar medidas no aplicables en regimen normal durante dos meses que podian ser prorrogados 3 Estas medidas gubernativas afectaban al derecho de libre de circulacion por el territorio nacional facultaban la intervencion en industrias y comercios que pudieran motivar alteraciones del orden publico con la posibilidad de suspenderlos temporalmente obligaban a la presentacion previa de publicaciones y atribuian competencias preventivas sobre reuniones y asociaciones 4 El estado de alarma podia ser declarado por el Gobierno cuando asi lo exija la seguridad del Estado en casos de notoria e inminente gravedad Facultaba a las autoridades gubernativas para practicar registros de domicilios detenciones preventivas imponer penas de destierro hasta 250 kilometros que era el limite establecido en la Constitucion compeler a presuntos alteradores al cambio de residencia prohibir actos publicos y disolver asociaciones consideradas peligrosas 5 Jose Sanchez Covisa presidente de la Comision y defensor del dictamen reconocio que el estado de alarma es un estado de suspension absoluta de garantias De modo que del estado de alarma al de guerra no hay mas que un paso la resignacion de los poderes de la autoridad civil y la entrega del mando a la autoridad militar 2 El estado de guerra tambien era declarado por el Gobierno si la autoridad civil no pudiera dominar en breve termino la agitacion y restablecer el orden Bajo el estado de guerra asume el mando supremo la autoridad militar 6 En los estados de prevencion y de alarma los presuntos delitos contra el orden publico no eran juzgados por los tribunales ordinarios sino por unos tribunales de urgencia creados por la ley e integrados por magistrados de la correspondiente Audiencia Nacional y en los que los sumarios y causas se tramitarian perentoriamente Lo paradojico es que la Constitucion republicana en su articulo 105 habia previsto que mediante Ley se organizasen tribunales de urgencia para hacer efectivo el derecho de amparo de las garantias individuales pero estos nunca llegaron a constituirse En el estado de guerra los acusados eran juzgados por consejos de guerra integrados unicamente por militares a diferencia de la anterior Ley de Orden Publico de 1870 y del anteproyecto de Ley de Orden Publico de Primo de Rivera de 1929 en las que los consejos de guerra estaban compuestos por civiles y militares norma a todas luces menos militarista y que hubiera aportado unas mayores garantias al proceso militar 7 Las sanciones impuestas por los tribunales de urgencia podian ser recurridas ante el Tribunal de Garantias Constitucionales pero se presentaron muy pocos recursos lo que seria una prueba de su ineficacia 8 El debate parlamentario EditarSegun Manuel Ballbe el motivo de supresion de la Ley de Defensa de la Republica y la creacion de una Ley de Orden Publico no venia determinado por la voluntad gubernamental de poner fin al sistema excepcional vigente sino que se explica porque los federales de Jose Franchy Roca para su entrada en el Gobierno que ampliaba la base de apoyo parlamentario pusieron como condicion la derogacion de la Ley de Defensa de la Republica 9 Sin embargo Gabriel Jackson afirma que fueron los socialistas los que obligaron a Azana a derogar la Ley de Defensa de la Republica a cambio de su continuidad en el gobierno 10 El proyecto de Ley de Orden Publico fue presentado a las Cortes en abril de 1933 y el debate parlamentario tuvo lugar en junio siendo aprobada no sin fuerte oposicion en el mes de julio 3 Intervinieron en contra de la aprobacion de la ley Antonio Royo Villanova de la Minoria Agraria que dijo que con ella el ciudadano esta entregado a la arbitrariedad de la autoridad gubernativa Eduardo Ortega y Gasset que advirtio de la imprecision de los conceptos que contenia que podian volverse contra los mismos que la apoyaban Creo que esta Ley debiera ser considerada reflexionada y meditada Por el contrario vamos a ella de una manera improvisada de una manera temeraria ofreciendo un instrumento de tortura en el porvenir a los elementos de reaccion que un dia puedan triunfar y concluyo el defecto cardinal de esta Ley es el de querer hacer compatible un estado de excepcion con el estado normal Jose Maria Gil Robles pidio al Gobierno y a la mayoria parlamentaria que lo apoyaba que no piensen desde el punto de vista de los que se encuentran en el poder porque torres mas altas han caido y los que hoy se hallan arriba manana pueden estar abajo Jose Antonio Balbontin del grupo llamado de los jabalies senalo que la nueva ley era como la Ley de Defensa de la Republica solo que con otro nombre ya que el estado de prevencion o alarma previsto sera poco menos que perpetuo Los preceptos senalados aqui para regular el estado de alarma son los que vienen rigiendo desde que se implanto la Republica Habeis deportado ya a obreros sin necesidad de esta Ley a mas de 250 kilometros que establecia la Constitucion Ahora habeis deportado 36 obreros en Sevilla sin que hubieran cometido ninguna infraccion solo como medida preventiva Por ultimo Angel Ossorio y Gallardo que habia sido el presidente de la Comision Juridica Asesora que redacto el anteproyecto de Constitucion de 1931 planteo la anticonstitucionalidad de algunos articulos entre ellos el 18 que permitia a la autoridad la prohibicion preventiva de cualquier reunion 11 Como ha senalado el historiador Manuel Ballbe Los acontecimientos posteriores demostraron cuan acertadas eran las criticas y que en realidad esta Ley completaba las bases de un Estado autoritario Otra paradoja de la Historia ha sido que los autores de la misma principalmente los socialistas serian sus primeras victimas 2 La aplicacion de la ley el estado de excepcion como regla EditarPoco tiempo despues de la entrada en vigor de la Ley ya fue utilizada El 18 de agosto de 1933 se declara el estado de prevencion en Sevilla que permanecera hasta el 18 de octubre Pero el gobierno republicano socialista de Manuel Azana no tuvo practicamente tiempo para aplicarla pues cayo tres meses despues Los gobiernos radical cedistas del segundo bienio recurriran de forma sistematica a la Ley de Orden Publico por lo que el estado de excepcion pasara a ser la regla siendo verdaderamente excepcionales los periodos en que rige la normalidad constitucional Durante practicamente los cuatro ultimos meses de 1933 es decir desde el mismo momento de aprobacion de la Ley de Orden Publico y los dos anos siguientes esta permanentemente declarado el estado de prevencion de alarma o de guerra 12 Durante los seis meses de gobierno del Frente Popular hasta el inicio de la guerra civil espanola tampoco se volvio a la normalidad constitucional pues el estado de alarma declarado por el gobierno de Portela Valladares el 17 de febrero fue prorrogado mes a mes por los gobiernos de Manuel Azana y de Santigo Casares Quiroga y eso a pesar de que en el programa de la coalicion se incluia el restablecimiento de las garantias constitucionales y la revision de la Ley de Orden Publico para que sin perder nada de su eficacia defensiva garantice mejor al ciudadano contra la arbitrariedad del poder adoptandose tambien las medidas necesarias para evitar las prorrogas abusivas de los estados de excepcion 13 Durante la Guerra Civil Espanola el estado de alarma fue prorrogado mensualmente por los gobiernos de Jose Giral Largo Caballero y Negrin hasta que un Decreto de 23 de enero de 1939 declaro el estado de guerra en la zona republicana Vease tambien EditarLey de vagos y maleantesReferencias Editar Ballbe 1983 pp 359 362 a b c Ballbe 1983 p 360 a b Gil Pecharroman 1997 p 70 Ballbe 1983 p 361 Gil Pecharroman 1997 pp 70 71 Gil Pecharroman 1997 p 71 Ballbe 1983 p 362 Ballbe 1983 pp 362 363 Ballbe 1983 p 359 Jackson 1976 p 113 Ballbe 1983 pp 359 360 Ballbe 1983 p 363 Ballbe 1983 p 387 Durante los cinco meses de gobierno del Frente Popular antes de la sublevacion del 18 de julio el estado de excepcion fue permanente Bibliografia EditarBallbe Manuel 1983 Orden publico y militarismo en la Espana constitucional 1812 1983 Madrid Alianza Editorial ISBN 84 206 2378 4 Gil Pecharroman Julio 1997 La Segunda Republica Esperanzas y frustraciones Madrid Historia 16 ISBN 84 7679 319 7 Jackson Gabriel 1976 La Republica Espanola y la Guerra Civil 1931 1939 The Spanish Republic and the Civil War 1931 1939 Princeton 1965 2ª edicion Barcelona Critica ISBN 84 7423 006 3 Paya Poveda Jose Miguel 2017 Justicia Orden Publico y Tribunales de Urgencia en la II Republica 1ª edicion Pamplona Aranzadi ISBN 978 84 9135 742 1 Enlaces externos EditarPagina del diario ABC de abril de 1933 con la noticia de la presentacion del proyecto de la Ley de Orden Publico Ley 45 1959 de 30 de julio de Orden Publico Datos Q963958Obtenido de https es wikipedia org w index php title Ley de Orden Publico de 1933 amp oldid 135257678, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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