fbpx
Wikipedia

Ley de Costas de España

La Ley de Costas española es la que regula la determinación, protección, utilización y política del dominio público marítimo-terrestre y especialmente de la ribera marítima.

Hotel El Algarrobico en Almería, construcción considerada ilegal, emblema de la lucha por la conservación de la costa en España

Hasta 2013 ha estado vigente la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, que derogaba a la Ley de Costas de 26 de abril de 1969, y estaba desarrollada en el Reglamento de la Ley de Costas, aprobado en Real Decreto 1471/1989 de 1 de diciembre de 1989. Esta ley fue modificada por la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, actualmente en vigor.

La aplicación efectiva de la Ley de 1988, especialmente en su aspecto de protección del litoral, no llegó a producirse en la mayor parte del territorio, como señala la Unión Europea en el Informe Auken.[1]​ La nueva modificación de 2013 suaviza los niveles de protección de la ribera marítima en favor de la ocupación y las actividades económicas, rebajando la servidumbre de protección de 100 a 20 metros.[2]​ Las modificaciones que introduce la nueva Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral, de Costas permitirá la regularización de 12 800 viviendas situadas en dominio público, que la anterior norma consideraba ilegales y debían ser derribadas.[3]​ Además 140 000 viviendas podrán acogerse a la amnistía de obras.[4]

El Parlamento Europeo ha aprobado el 17 de septiembre de 2013 una nueva resolución sobre la Ley de Costas de 1988 y la modificación de la Ley de Costas de 2013 instando al gobierno Español a compensar justamente a los legítimos propietarios expropiados o derribados por la Ley de Costas. El Parlamento Europeo ha aprobado en su resolución que la Concesión no supone ninguna compensación por la pérdida de las propiedades, sino que ha instado a que el Estado imdemnice justamente, pagando a valor de mercado por las expropiaciones realizadas debido a la aplicación de la Ley de Costas. Asimismo declara que no se ha resuelto la inseguridad jurídica y ha solicitado a la Comisión Europea un dictamen sobre las directivas y leyes europeas que vulnera.[5]

Objetivos de la ley

Tras la reunión del Consejo de Ministros presidido por Mariano Rajoy del 5 de octubre de 2012, el ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente Miguel Arias Cañete presentó el proyecto de ley que modifica la Ley de Costas de 1988 y argumentó que era necesario cambiar la ley anterior porque había creado «inseguridad jurídica» y mala imagen de España en el exterior, a causa de que había extranjeros entre los afectados por la norma de 1988, según la cual a partir de 2018 las casas construidas sobre el Dominio Público Marítimo-Terrestre comenzarían a pasar a manos del Estado para ser demolidas.[6][7]

La ley de 1988, modificada por la de 2013, tiene por objeto la determinación, protección, utilización y mantenimiento del dominio público marítimo-terrestre, y especialmente de la ribera del mar. Obliga a la administración pública a perseguir los siguientes fines:

Deslinde del dominio público marítimo-terrestre

La ley establece la necesidad de realizar un deslinde del dominio público marítimo-terrestre, es decir, establecer una línea que determine el límite entre el terreno que pertenece al mar y las playas, y que es de carácter público; y el terreno interior, susceptible de pertenecer y ser gestionado por particulares. La consideración de titularidad pública del mar y las playas no emana de esta ley, sino que está reconocida en la Constitución Española de 1978.

La realización de este deslinde corresponde a las delegaciones provinciales de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, dependiente del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. El deslinde se puede iniciar de oficio o a petición de cualquier parte interesada, pero no tiene por qué realizarse si nadie lo solicita. Ello implica que no todo el litoral se encuentra deslindado, siendo el porcentaje de deslinde completado muy diferente según la zona.[8]​ En ocasiones, el deslinde puede ser actualizado, lo que conlleva la elaboración desde el principio desde el proceso de deslindado.

Como dominio público, el terreno delimitado en el deslinde realizado no puede ser ocupado sin autorización. La ocupación solo se permite para aquellos elementos de interés público que por su naturaleza no puedan tener otra ocupación, como es el caso de los puertos.[8]

Servidumbres

Además de la zona que pertenece al dominio público, la ley establece que el terreno inmediato a la ribera del mar que no es parte de dominio público está afectado por una serie de servidumbres. Normalmente las zonas afectadas a estas servidumbres forman franjas paralelas a la ribera del mar.

Servidumbre de protección

Es la más extensa y su labor es proporcionar protección a la costa. En general, recae sobre una franja de 100 metros medida tierra adentro desde el límite interior de la ribera del mar, aunque esta extensión puede ser ampliada en determinados casos hasta los 200 metros y se reduce a 20 metros en los terrenos ya clasificados como suelo urbano cuando la ley entró en vigor.

Son numerosas las acciones prohibidas en esta zona: levantar un cercado o cualquier tipo de cerramiento, construir edificaciones destinadas a residencia o habitación, construir o modificar vías interurbanas, tender líneas de alta tensión, verter residuos, la publicidad, o las actividades que impliquen la explotación de yacimientos de áridos. Algunas actividades pueden ser autorizadas por razones de utilidad públicas debidamente acreditadas.

Se admiten sin autorización algunos usos, como el cultivo o las instalaciones deportivas descubiertas.

Servidumbre de tránsito

Tiene como objetivo permitir la libre circulación de los ciudadanos a lo largo de la costa. Recae sobre una franja de 6 metros, medidos tierra adentro a partir del límite interior de la ribera del mar, aunque en lugares de tránsito difícil o peligroso dicha anchura podrá ampliarse en lo que resulte necesario, hasta un máximo de 20 metros.

Esta zona deberá dejarse permanentemente expedita para el paso público peatonal y para los vehículos de vigilancia y salvamento, salvo en espacios especialmente protegidos.

Servidumbre de acceso al mar

A diferencia de las anteriores no se configura como una franja paralela al mar, sino que se establece un varios puntos a lo largo de la costa para garantizar el acceso público y gratuito al mar. En zonas urbanas y urbanizables los accesos peatonales deben distanciarse entre sí un máximo de 200 metros, y los rodados, un máximo de 500.

La servidumbre recae sobre los terrenos colindantes o contiguos al dominio público marítimo-terrestre, en la longitud y anchura que demanden la naturaleza y finalidad del acceso. Su tamaño debe ser el necesario para garantizar su función, y no se permitire interrumpir el acceso al mar si no se proporciona un acceso alternativo con la misma eficacia. Cuando se elaboran los planes y normas de ordenación territorial y urbanística se debe considerar suficientes accesos al mar y aparcamientos, fuera del dominio público marítimo-terrestre.

Controversias al respecto de su aplicación

La aplicación de la ley de costas ha sido controvertida desde su entrada en vigor, en especial con respecto a la construcción en la costa, tanto en lo referente a las construcciones existentes en la costa antes de su entrada en vigor como a las realizadas posteriormente.

Construcciones ya existentes y acusaciones de retroactividad

En el caso de las construcciones ya existentes, si el dominio público marítimo-terrestre no se encontraba anteriormente señalado de forma clara puede ocurrir que una construcción que anteriormente se consideraba privada pase a estar en dominio público al realizar el deslinde. El criterio aplicado tanto por la ley como por la administración pública al aplicarla es que esto no supone una expropiación o confiscación, ya que siempre se ha considerado al mar y las playas como parte del dominio público, y la realización del deslinde tan solo supone el descubrimiento de que las construcciones se encontraban en dominio público desde el momento en que fueron realizadas.[9]​ Al haber sido construidas en dominio público, sus dueños no tienen derecho a compensación, aunque sí se les da un plazo de 30 años, prorrogables otros 30, para disfrutar de la construcción.

Esta interpretación ha sido calificada en muchas ocasiones como retroactiva, ya que propietarios que tenían registradas propiedades a su nombre descubrieron que su posesión estaba en dominio público con motivo de la aplicación de la ley. En 1991 el Tribunal Supremo consideró correcta la interpretación de que no existe retroactividad,[9]​ y que las construcciones afectadas deben pasar a dominio público.

Debido al gran perjuicio económico que supone la pérdida de una posesión en favor del dominio público, un número bastante importante de afectados ha realizado acciones legales defendiendo su derecho a la titularidad de su posesión. En un litigio de este tipo, además de la interpretación de la ley, se suele entrar a valorar si el deslinde ha sido correctamente realizado, o si se debería haber realizado dejando la posesión afectada fuera del dominio público. Por lo general las acciones legales de los afectados tienen un éxito muy escaso, resolviéndose a favor de la administración pública en el 98% de las ocasiones.[9]

Efectividad tras su aprobación

También presenta un gran nivel de controversia la aplicación de la ley sobre las construcciones realizadas posteriormente a su entrada en vigor, y sobre su aplicación en la protección de las costas.

La aplicación de la ley ha sido criticada tanto por organizaciones ecologistas[10]​ y la Unión Europea por ejemplo en el informe Informe Auken, por la falta de efectividad en su aplicación.[1]​ La acusación más frecuente es que la ley ha demostrado ser insuficiente a la hora de proteger la costa de la urbanización masiva.[10]​ También ha sido acusada de ser excesivamente complicada y de falta de coordinación entre las administraciones que tienen que aplicarla.[1]

Véase también

Referencias

  1. Comisión de peticiones del Parlamento Europeo. «Informe sobre el impacto de la urbanización extensiva en España». 
  2. «El PP rebaja la zona de protección de la costa de 100 a 20 metros». El País. 8 de mayo de 2013. 
  3. «Más de 500 000 personas sacarán partido de la nueva Ley de Costas». El País. 10 de mayo de 2013. 
  4. «140 000 casas podrán acogerse a la amnistía de obras de la Ley de Costas». El País. 26 de octubre de 2013. 
  5. [1]
  6. «La Ley de Costas amnistía 10.000 viviendas construidas en la playa». El País. 6 de octubre de 2012. 
  7. «Una Ley de Costas a la carta». El País. 14 de julio de 2012. 
  8. Demarcación de Costas Andalucía Atlántico Cádiz. «Memoria 2008». 
  9. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. «Preguntas frecuentes sobre la Ley de Costas». 
  10. Ecologistas en Acción. «Informe sobre las Infracciones en la Ley de Costas». 

Enlaces externos

  • Texto de la ley y el reglamento
  • Plataforma Nacional de Afectados por la Ley de Costas (PNLAC)
  • «La desprotección de la costa ya es legal». Diagonal. 9 de mayo de 2013. 
  •   Datos: Q2306811

costas, españa, costas, española, regula, determinación, protección, utilización, política, dominio, público, marítimo, terrestre, especialmente, ribera, marítima, hotel, algarrobico, almería, construcción, considerada, ilegal, emblema, lucha, conservación, co. La Ley de Costas espanola es la que regula la determinacion proteccion utilizacion y politica del dominio publico maritimo terrestre y especialmente de la ribera maritima Hotel El Algarrobico en Almeria construccion considerada ilegal emblema de la lucha por la conservacion de la costa en Espana Hasta 2013 ha estado vigente la Ley 22 1988 de 28 de julio de Costas que derogaba a la Ley de Costas de 26 de abril de 1969 y estaba desarrollada en el Reglamento de la Ley de Costas aprobado en Real Decreto 1471 1989 de 1 de diciembre de 1989 Esta ley fue modificada por la Ley 2 2013 de 29 de mayo de proteccion y uso sostenible del litoral y de modificacion de la Ley 22 1988 de 28 de julio de Costas actualmente en vigor La aplicacion efectiva de la Ley de 1988 especialmente en su aspecto de proteccion del litoral no llego a producirse en la mayor parte del territorio como senala la Union Europea en el Informe Auken 1 La nueva modificacion de 2013 suaviza los niveles de proteccion de la ribera maritima en favor de la ocupacion y las actividades economicas rebajando la servidumbre de proteccion de 100 a 20 metros 2 Las modificaciones que introduce la nueva Ley 2 2013 de 29 de mayo de proteccion y uso sostenible del litoral de Costas permitira la regularizacion de 12 800 viviendas situadas en dominio publico que la anterior norma consideraba ilegales y debian ser derribadas 3 Ademas 140 000 viviendas podran acogerse a la amnistia de obras 4 El Parlamento Europeo ha aprobado el 17 de septiembre de 2013 una nueva resolucion sobre la Ley de Costas de 1988 y la modificacion de la Ley de Costas de 2013 instando al gobierno Espanol a compensar justamente a los legitimos propietarios expropiados o derribados por la Ley de Costas El Parlamento Europeo ha aprobado en su resolucion que la Concesion no supone ninguna compensacion por la perdida de las propiedades sino que ha instado a que el Estado imdemnice justamente pagando a valor de mercado por las expropiaciones realizadas debido a la aplicacion de la Ley de Costas Asimismo declara que no se ha resuelto la inseguridad juridica y ha solicitado a la Comision Europea un dictamen sobre las directivas y leyes europeas que vulnera 5 Indice 1 Objetivos de la ley 2 Deslinde del dominio publico maritimo terrestre 3 Servidumbres 3 1 Servidumbre de proteccion 3 2 Servidumbre de transito 3 3 Servidumbre de acceso al mar 4 Controversias al respecto de su aplicacion 4 1 Construcciones ya existentes y acusaciones de retroactividad 4 2 Efectividad tras su aprobacion 5 Vease tambien 6 Referencias 7 Enlaces externosObjetivos de la ley EditarTras la reunion del Consejo de Ministros presidido por Mariano Rajoy del 5 de octubre de 2012 el ministro de Agricultura Alimentacion y Medio Ambiente Miguel Arias Canete presento el proyecto de ley que modifica la Ley de Costas de 1988 y argumento que era necesario cambiar la ley anterior porque habia creado inseguridad juridica y mala imagen de Espana en el exterior a causa de que habia extranjeros entre los afectados por la norma de 1988 segun la cual a partir de 2018 las casas construidas sobre el Dominio Publico Maritimo Terrestre comenzarian a pasar a manos del Estado para ser demolidas 6 7 La ley de 1988 modificada por la de 2013 tiene por objeto la determinacion proteccion utilizacion y mantenimiento del dominio publico maritimo terrestre y especialmente de la ribera del mar Obliga a la administracion publica a perseguir los siguientes fines Realizar el deslinde el dominio publico maritimo terrestre y asegurar la integridad y adecuada conservacion de este adoptando en su caso las medidas de proteccion y restauracion necesarias Garantizar el uso publico del mar de su ribera y del resto del dominio publico maritimo terrestre sin mas excepciones que las derivadas de razones de interes publico debidamente justificadas Regular la utilizacion racional de estos bienes en terminos acordes con su naturaleza sus fines y con el respeto al paisaje al medio ambiente y al patrimonio historico Conseguir y mantener un adecuado nivel de calidad de las aguas y de la ribera del mar Deslinde del dominio publico maritimo terrestre EditarVease tambien Dominio publico maritimo terrestre La ley establece la necesidad de realizar un deslinde del dominio publico maritimo terrestre es decir establecer una linea que determine el limite entre el terreno que pertenece al mar y las playas y que es de caracter publico y el terreno interior susceptible de pertenecer y ser gestionado por particulares La consideracion de titularidad publica del mar y las playas no emana de esta ley sino que esta reconocida en la Constitucion Espanola de 1978 La realizacion de este deslinde corresponde a las delegaciones provinciales de la Direccion General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar dependiente del Ministerio de Agricultura Alimentacion y Medio Ambiente El deslinde se puede iniciar de oficio o a peticion de cualquier parte interesada pero no tiene por que realizarse si nadie lo solicita Ello implica que no todo el litoral se encuentra deslindado siendo el porcentaje de deslinde completado muy diferente segun la zona 8 En ocasiones el deslinde puede ser actualizado lo que conlleva la elaboracion desde el principio desde el proceso de deslindado Como dominio publico el terreno delimitado en el deslinde realizado no puede ser ocupado sin autorizacion La ocupacion solo se permite para aquellos elementos de interes publico que por su naturaleza no puedan tener otra ocupacion como es el caso de los puertos 8 Servidumbres EditarAdemas de la zona que pertenece al dominio publico la ley establece que el terreno inmediato a la ribera del mar que no es parte de dominio publico esta afectado por una serie de servidumbres Normalmente las zonas afectadas a estas servidumbres forman franjas paralelas a la ribera del mar Servidumbre de proteccion Editar Es la mas extensa y su labor es proporcionar proteccion a la costa En general recae sobre una franja de 100 metros medida tierra adentro desde el limite interior de la ribera del mar aunque esta extension puede ser ampliada en determinados casos hasta los 200 metros y se reduce a 20 metros en los terrenos ya clasificados como suelo urbano cuando la ley entro en vigor Son numerosas las acciones prohibidas en esta zona levantar un cercado o cualquier tipo de cerramiento construir edificaciones destinadas a residencia o habitacion construir o modificar vias interurbanas tender lineas de alta tension verter residuos la publicidad o las actividades que impliquen la explotacion de yacimientos de aridos Algunas actividades pueden ser autorizadas por razones de utilidad publicas debidamente acreditadas Se admiten sin autorizacion algunos usos como el cultivo o las instalaciones deportivas descubiertas Servidumbre de transito Editar Tiene como objetivo permitir la libre circulacion de los ciudadanos a lo largo de la costa Recae sobre una franja de 6 metros medidos tierra adentro a partir del limite interior de la ribera del mar aunque en lugares de transito dificil o peligroso dicha anchura podra ampliarse en lo que resulte necesario hasta un maximo de 20 metros Esta zona debera dejarse permanentemente expedita para el paso publico peatonal y para los vehiculos de vigilancia y salvamento salvo en espacios especialmente protegidos Servidumbre de acceso al mar Editar A diferencia de las anteriores no se configura como una franja paralela al mar sino que se establece un varios puntos a lo largo de la costa para garantizar el acceso publico y gratuito al mar En zonas urbanas y urbanizables los accesos peatonales deben distanciarse entre si un maximo de 200 metros y los rodados un maximo de 500 La servidumbre recae sobre los terrenos colindantes o contiguos al dominio publico maritimo terrestre en la longitud y anchura que demanden la naturaleza y finalidad del acceso Su tamano debe ser el necesario para garantizar su funcion y no se permitire interrumpir el acceso al mar si no se proporciona un acceso alternativo con la misma eficacia Cuando se elaboran los planes y normas de ordenacion territorial y urbanistica se debe considerar suficientes accesos al mar y aparcamientos fuera del dominio publico maritimo terrestre Controversias al respecto de su aplicacion EditarLa aplicacion de la ley de costas ha sido controvertida desde su entrada en vigor en especial con respecto a la construccion en la costa tanto en lo referente a las construcciones existentes en la costa antes de su entrada en vigor como a las realizadas posteriormente Construcciones ya existentes y acusaciones de retroactividad Editar En el caso de las construcciones ya existentes si el dominio publico maritimo terrestre no se encontraba anteriormente senalado de forma clara puede ocurrir que una construccion que anteriormente se consideraba privada pase a estar en dominio publico al realizar el deslinde El criterio aplicado tanto por la ley como por la administracion publica al aplicarla es que esto no supone una expropiacion o confiscacion ya que siempre se ha considerado al mar y las playas como parte del dominio publico y la realizacion del deslinde tan solo supone el descubrimiento de que las construcciones se encontraban en dominio publico desde el momento en que fueron realizadas 9 Al haber sido construidas en dominio publico sus duenos no tienen derecho a compensacion aunque si se les da un plazo de 30 anos prorrogables otros 30 para disfrutar de la construccion Esta interpretacion ha sido calificada en muchas ocasiones como retroactiva ya que propietarios que tenian registradas propiedades a su nombre descubrieron que su posesion estaba en dominio publico con motivo de la aplicacion de la ley En 1991 el Tribunal Supremo considero correcta la interpretacion de que no existe retroactividad 9 y que las construcciones afectadas deben pasar a dominio publico Debido al gran perjuicio economico que supone la perdida de una posesion en favor del dominio publico un numero bastante importante de afectados ha realizado acciones legales defendiendo su derecho a la titularidad de su posesion En un litigio de este tipo ademas de la interpretacion de la ley se suele entrar a valorar si el deslinde ha sido correctamente realizado o si se deberia haber realizado dejando la posesion afectada fuera del dominio publico Por lo general las acciones legales de los afectados tienen un exito muy escaso resolviendose a favor de la administracion publica en el 98 de las ocasiones 9 Efectividad tras su aprobacion Editar Tambien presenta un gran nivel de controversia la aplicacion de la ley sobre las construcciones realizadas posteriormente a su entrada en vigor y sobre su aplicacion en la proteccion de las costas La aplicacion de la ley ha sido criticada tanto por organizaciones ecologistas 10 y la Union Europea por ejemplo en el informe Informe Auken por la falta de efectividad en su aplicacion 1 La acusacion mas frecuente es que la ley ha demostrado ser insuficiente a la hora de proteger la costa de la urbanizacion masiva 10 Tambien ha sido acusada de ser excesivamente complicada y de falta de coordinacion entre las administraciones que tienen que aplicarla 1 Vease tambien EditarDominio publico maritimo terrestreReferencias Editar a b c Comision de peticiones del Parlamento Europeo Informe sobre el impacto de la urbanizacion extensiva en Espana El PP rebaja la zona de proteccion de la costa de 100 a 20 metros El Pais 8 de mayo de 2013 Mas de 500 000 personas sacaran partido de la nueva Ley de Costas El Pais 10 de mayo de 2013 140 000 casas podran acogerse a la amnistia de obras de la Ley de Costas El Pais 26 de octubre de 2013 1 La Ley de Costas amnistia 10 000 viviendas construidas en la playa El Pais 6 de octubre de 2012 Una Ley de Costas a la carta El Pais 14 de julio de 2012 a b Demarcacion de Costas Andalucia Atlantico Cadiz Memoria 2008 a b c Ministerio de Agricultura Alimentacion y Medio Ambiente Preguntas frecuentes sobre la Ley de Costas a b Ecologistas en Accion Informe sobre las Infracciones en la Ley de Costas Enlaces externos EditarTexto de la ley y el reglamento Plataforma Nacional de Afectados por la Ley de Costas PNLAC La desproteccion de la costa ya es legal Diagonal 9 de mayo de 2013 Datos Q2306811 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Ley de Costas de Espana amp oldid 132138896, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

español

, española, descargar, gratis, descargar gratis, mp3, video, mp4, 3gp, jpg, jpeg, gif, png, imagen, música, canción, película, libro, juego, juegos