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León Viejo

Ruinas de León Viejo, también llamado León Viejo es el lugar donde originalmente se fundó la ciudad de León ubicado en la comarca de Puerto Momotombo (puerto lacustre en el lago de Managua), municipio de La Paz Centro, departamento de León, localizado en Nicaragua, Centroamérica. Por los constantes sismos causados por el volcán Momotombo y dificultades socio económicas, sus pobladores luego de un cabildo, decidieron abandonarla para asentarla en otro sitio cercano al pueblo indígena de Sutiaba, hoy Santiago de los Caballeros de León.[1]

Ruinas de León Viejo

Patrimonio de la Humanidad de la Unesco

Ruinas de León Viejo.
País Nicaragua Nicaragua
Datos generales
Tipo Cultural
Criterios iii, iv
Identificación 613
Región Latinoamérica y Caribe
Inscripción 2000 (XXIV sesión)

Las ruinas de León Viejo fueron descubiertas el 22 de abril de 1931 por don Luis Cuadra Cea.

Fundación

Fue fundada el 15 de junio de 1524 (Domingo de la Santísima Trinidad) por el conquistador español, Francisco Hernández de Córdoba, quien murió decapitado en su Plaza Mayor en 1526 por órdenes de Pedrarias Dávila, de quien era teniente.

Este poblado, en otra época habitado por los primero colonos luego del descubrimiento, al inicio tenía en sus arrabales unos 15,000 vecinos naturales del país. Está ubicado a orillas del Lago Xolotlán o Lago de Managua, frente al volcán Momotombo.

La zona donde se asentó León es muy calurosa y tenía mucha actividad telúrica ocasionada por la continua actividad del volcán Momotombo (en ese tiempo este tenía 5 cráteres), que significaba lanzamiento por los aires de arena, ceniza y lava en estado ígneo, además de temblores violentos y persitentes que culminaron en los terremotos de 1594 y de 1610, este último de mayor intensidad. Se dice que cayó una maldición sobre la ciudad por el asesinato del obispo fray Antonio de Valdivieso, a manos de los hijos de Rodrigo de Contreras y nietos de Pedrarias Dávila, el 26 de febrero de 1550.[2]

La ciudad no fue destruida como comúnmente se cree. Luego del violento terremoto de 1610 que la dañó y dadas las características sísmicas del sitio, sus pobladores reunidos en cabildo deciden trasladarse al actual asentamiento que hoy ocupa, siendo que la ciudad fue paulatinamente sepultada por las continuas expulsiones de ceniza y piedra volcánica y por sedimentos lacustres.

Descubrimiento

La relación del descubrimiento, fue narrada por don Luis Cuadra Cea en "Los Hechos", "El Cronista" y "Diario de Occidente" de 24 y 25 de abril de 1931.

"Descubrí las ruinas de la Catedral de Nuestra Señora de la Asunción de León Viejo, el 22 de abril de 1931, destruyendo la leyenda popular que las consideraba sumergidas en las aguas del Lago Xolotlán –el Xolotlán de los indígenas– lo mismo que el resto de la ciudad, que no pudo ser cubierto por el Lago debido a su distancia de éste, situados como están sus vestigios alrededor de ochocientos metros al occidente de la costa, y ocupando terreno un tanto elevado. Lo probable es que a consecuencia del terremoto de 31 de diciembre de 1609, que destruyó a la ciudad, las parte inundadas hayan sido el desembarcadero, la fortaleza erigida a las orillas del Lago, y los chinamos o barracas de los barrios orientales."

Redescubrimiento

 
Ruinas de la Iglesia La Merced, en la que en el año 2000 se descubrieron los restos de Francisco Hernández de Córdoba y Pedrarias Dávila.

Las Ruinas de León Viejo fueron redescubiertas en 1967 con manifiesto interés público y al año siguiente se iniciaron las excavaciones en busca de vestigios históricos.[2]​ Como resultado de las excavaciones, se sabe que la ciudad tenía un trazado similar a casi todas las ciudades de Hispanoamérica de esa época, en forma de cuadrícula, que es un cuadrado exacto y la plaza se ubicaba en su centro. El centro de León Viejo ocupa un área aproximada de 800 m de largo por 500 m de ancho y en él se yerguen, en torno a su Plaza Mayor y a orillas de sus calles, 16 ruinas rehabilitadas hasta ahora.

La ciudad contaba con tres monasterios: "La Merced", "San Pablo" y "San Francisco" ubicados en las calles principales de la ciudad y que estuvieron en función hasta aproximadamente 1560. De esos monasterios, el de La Merced ya ha sido encontrado en el extremo sur de las ruinas, no así los otros monasterios.

Lamentablemente, las ruinas no han escapado a los últimos y más recientes desastres naturales En mayo de 1982 la tormenta "Alleta" destruyó los muros de la ciudad, en octubre de 1988 el huracán "Joan" (Juana) ocasionó nuevos daños a las ruinas y el más grave, en octubre de 1998 el huracán Mitch causó daños estimados en un 40%, afectando varias casas, el convento de La Merced y la Fortaleza. Se tuvo que restaurar las ruinas.

León Viejo es la única ciudad colonial del siglo XVI asentada en América, que nunca sufrió alteraciones urbanísticas a través de la historia, siendo este el argumento principal para solicitar a la Unesco que fuese declarado Patrimonio Cultural de la Humanidad, lo cual sucedió en el año 2000. En dicho año se descubrieron los restos de su fundador Francisco Hernández de Córdoba y de Pedrarias Dávila, en la iglesia La Merced, siendo sepultados los dos en el Memorial de los Fundadores; la estatua de Hernández –hecha por el escultor granadino Jorge Navas Cordonero– que estaba en uno de los nichos exteriores de la Antigua Catedral de Managua, la capital del país, fue llevada a León Viejo y colocada encima de dicho monumento.

Actualidad

En la actualidad, León Viejo es administrado por el Instituto Nicaragüense de Cultura (INC) y se brinda el servicio de guías especializados para turistas. Las ruinas también sufrieron daños considerables por el terremoto de Nicaragua del 10 de abril de 2014, de 6.2 grados en la escala Richter, a las 5:27 p. m. hora local con epicentro en el lago Xolotlán, y el siguiente enjambre sísmico cerca del Momotombo.[3]

Declaración de interés nacional de León Viejo

Pocos meses después de su descubrimiento el 26 de abril de 1967, el 5 de agosto del mismo año, siendo Presidente de la República el dictador General Anastasio Somoza Debayle, fue publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 176 el Decreto Legislativo No. 1348 "Declárese de Interés Nacional Exploración Arqueológica y Créase Comisión para Encontrar Sitio de León Viejo", el cual se promulgó el 14 de julio del mismo año. Este estableció una comisión presidida por el entonces rector de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua (UNAN), doctor Carlos Tünnermann Bernheim, futuro Ministro de Educación del gobierno del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN) de 1979-1985.[2]​ Evidentemente el gobierno de Somoza pretendía restar importancia y certeza al descubrimiento de las ruinas de León Viejo porque la UNAN era una universidad calificada de opositora al somocismo;[4]​ este es el texto del citado Decreto Legislativo:[5]

DECLÁRESE DE INTERÉS NACIONAL EXPLORACIÓN ARQUEOLÓGICA Y CRÉASE COMISIÓN PARA ENCONTRAR SITIO DE LEÓN VIEJO

DECRETO No. 1348,

Aprobado el 14 de julio de 1967

Publicado en La Gaceta No. 176 del 5 de agosto de 1967

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

A sus habitantes,

Sabed:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

Decreto No. 1348

La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,

Decretan:

Artículo 1.- Declárase de interés nacional la exploración arqueológica para encontrar el sitio donde fue construida la ciudad de León Viejo, primera capital de Nicaragua.

Artículo 2.- Para dirigir la exploración a que se refiere el Artículo anterior, créase una Comisión Nacional, integrada por:

a) El Rector de la Universidad Nacional Autónoma.

b) Un representante del Ministerio de Educación Pública;

c) Un representante de la Academia de Geografía e Historia de Nicaragua;

d) Un representante de la Municipalidad de la Paz Centro;

e) Un representante de la Municipalidad de León;

f) Un representante del Sindicato de Periodistas de Managua, y

g) Un representante del Partido de la Minoría.

La Comisión será presidida por el Rector de dicha Universidad y asesorada por uno o más arqueólogos responsables y desempeñarán sus cargos ad-honórem.

Artículo 3.- Prohíbese a los particulares realizar exploraciones en el Municipio de La Paz Centro, Departamento de León, que puedan entorpecer las investigaciones señaladas en el Artículo 1, o causar daño a la riqueza arqueológica que pueda descubrirse.

Artículo 4.- Asígnase inicialmente para esta labor la suma de C$ 250.000.00 que deberá ser incluida en el próximo Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República.

Artículo 5.- Esta Ley empezará a regir desde la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. – Managua, D. N., 5 de julio de mil novecientos sesenta y siete. – Orlando Montenegro M., Diputado Presidente. – J. Alej. Romero C., Diputado Secretario. – F. Zelaya Rojas, Diputado Secretario.

Al Poder Ejecutivo. – Cámara del Senado. – Managua, D. N., Julio 12 de 1967. – Gustavo Raskosky, S. P. – Pablo Rener, S. S. – Adán Solórzano C., S. S.

Por Tanto: Ejecútese. – Casa Presidencial, Managua, D. N., 14 de julio de mil novecientos sesenta y siete. – "Año Rubén Darío". – A. SOMOZA D., Presidente de la República. – Vicente Navas A., Ministro de la Gobernación.

León Viejo Patrimonio Histórico Cultural de la Nación

El 31 de mayo de 1994, siendo Presidenta de la República doña Violeta Barrios de Chamorro, se publicó en La Gaceta No. 100 la siguiente Ley No. 167 “Ley que declara el Sitio Histórico Ruinas de León Viejo Patrimonio Histórico Cultural de la Nación”, la cual se promulgó el 17 de diciembre del año anterior de 1993:[6]

LEY QUE DECLARA EL SITIO HISTÓRICO RUINAS DE LEÓN VIEJO PATRIMONIO HISTÓRICO CULTURAL DE LA NACIÓN

LEY No. 167, Aprobada el 17 de diciembre de 1993

Publicada en La Gaceta No. 100 del 31 de mayo de 1994

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua

Considerando

I

Que el Sitio Histórico Ruinas de León Viejo constituye un ejemplo de nuestra historia colonial, siendo la ciudad de León Viejo, durante el período colonial, capital de la provincia de Nicaragua.

II

Que el Sitio Histórico Ruinas de León Viejo, está vinculado directamente a la historia política, económica y social de Nicaragua, siendo por su naturaleza de gran trascendencia para el desarrollo y afianzamiento de nuestra cultura e identidad nacional.

III

Que la ciudad de León Viejo fue unos de los pocos ejemplos de fundaciones tempranas en Hispanoamérica, expresando su conjunto de ruinas, su trazado urbano y su tipología arquitectónica, auténticos valores de la identidad cultural y nacional que es necesario poner bajo la protección del Estado para su restauración y conservación.

En uso de sus facultades;

Ha dictado

La siguiente:

LEY QUE DECLARA EL SITIO HISTÓRICO RUINAS DE LEÓN VIEJO PATRIMONIO HISTÓRICO CULTURAL DE LA NACIÓN.

Artículo 1.- Se declara el “Sitio Histórico Ruinas de León Viejo Patrimonio Histórico Cultural de la Nación”.

Artículo 2.- Esta declaración comprende los bienes inmuebles, o parte de ellos, y los muebles contenidos en el conjunto urbanístico de las ruinas de la antigua ciudad de León Viejo que están vinculados directamente a la historia política, económica y social de Nicaragua.

Artículo 3.- La presente Ley entrará en vigencia desde su publicación por cualquier medio de comunicación social escrito, sin perjuicio de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional al primer día del mes de diciembre de mil novecientos noventa y tres. Gustavo Tablada Zelaya, Presidente de la Asamblea Nacional. Francisco Duarte Tapia, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por Tanto: Téngase como Ley de la República, publíquese y ejecútese. Managua, diecisiete de Diciembre de mil novecientos noventa y tres. Violeta Barrios de Chamorro, Presidente de la República de Nicaragua.

Esta ley fue reformada por la Ley No. 385 “Ley de reforma a la ley que declara el Sitio Histórico Ruinas de León Viejo Patrimonio Histórico Cultural de la nación”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, No. 71 del 17 de abril de 2001, siendo Presidente de la República el Doctor Arnoldo Alemán Lacayo. Este es su texto:[7]

LEY DE REFORMA A LA LEY QUE DECLARA EL SITIO HISTÓRICO RUINAS DE LEÓN VIEJO PATRIMONIO HISTÓRICO CULTURAL DE LA NACIÓN

LEY No. 385, aprobada el 27 de febrero del 2001

Publicado en La Gaceta No. 71 del 17 de abril del 2001

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace Saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

La siguiente:

LEY DE REFORMA A LA LEY QUE DECLARA EL SITIO HISTÓRICO RUINAS DE LEÓN VIEJO PATRIMONIO HISTÓRICO CULTURAL DE LA NACIÓN

Artículo 1.- Se reforma el Artículo 1 el que se leerá así:

"Artículo 1. Se declara "El Sitio Histórico Colonial Ruinas de León Viejo" Patrimonio Histórico Cultural de la nación".

Artículo 2.- Se agregan los siguientes artículos:

"Artículo 3. El área que comprenderá el Sitio Histórico Colonial "Ruinas de León" estará delimitada por los linderos que se señalan en los folios 44-11-12 y 15, número 364, asiento 17, tomo 828B y 918 del Registro Público de la Propiedad Inmueble del Departamento de León y cuyas medidas y rumbos se detallan a continuación:

a) Teniendo como punto inicial el número 1, situado en la esquina este del portón de acceso a las Ruinas, al número 2, rumbo No. 29°1;31´13"E, 94.29 m
b) Del punto 2 al 3, rumbo N75°29"40>>W, distancia 233.06 m
c) Del punto 3 al 4, rumbo SO7°46¨39"W, distancia 95.51 m
d) Del punto 4 al 5 N74°40¨48"W, distancia 54.38 m
e) Del punto 5 al 6, rumbos S11°36¨19"W, distancia 52.23 m
f) Del punto 6 al 7, rumbo N89°39´17"W, distancia 65.69 m
g) Del punto 7 al8, rumbo S15°27¨10"W, distancia 155.15 m
h) Del punto 8 al 9, rumbo S63°28´10"E, distancia 130.95 m
i) Del punto 9 al 10, rumbo S63°52´20"W, distancia 47.88 m
j) Del punto 10 al 11, rumbo S13°14´45" W, distancia 215.74 m
k) Del punto 11 al 12, rumbo S83°17´55"E, distancia 145 m
l) Del punto 12 al 13 rumbo N12° 34´53"E, distancia 90.38 m
m) Del punto 13 al 14, rumbo N12° 46´09" E, distancia 74.73 m
n) Del punto 14 al 15, rumbo S63°18´15"E, distancia 138.80 m
n) Del punto 15 al 16, rumbo N25°20´32"E, distancia 51.28 m
p) Del punto 16 al 17, rumbo S63° 11´24" E, distancia 41.43 m
q) Del punto 17 al 18, rumbo N21°24¨34"E, distancia 50.28 m
r) Del punto 18 al 19, rumbo N62°07´12W, distancia 15.57 m
s) Del punto 19 al 20, rumbo N28°13´36"E, distancia 18.94 m
t) Del punto 20 al 21, rumbo N29°07´39"E, distancia 37.92 m
u) Del punto 21 al 22, rumbo N54°33´38"W, distancia 30.88 m
v) Del punto 22 al 23, rumbo S30°33´57"W, distancia 41.1 m
w) Del punto 23 al 24, rumbo N62°54´21" W, distancia 38.25 m
x) Del punto 24 al 25, rumbo N20°04´39" E, distancia 46.5 m
y) Del punto 25 al 26, rumbo N64°46´W, distancia 45.82 m
z) Del punto 26 al 27, rumbo N15°21´35E, distancia 17.6 m
aa) Del punto 27 al 28 N30°37´59"E, distancia 86.74 m
bb) Del punto 28 al 29, rumbo N52°34´25"W, distancia 60.62 m
cc) Del punto 29 al 1, rumbo N61°23´23"W, distancia 45.7 m

Para garantizar una adecuada protección al área establecida en el presente artículo, se establecerá además una zona de amortiguamiento cuya comprensión será determinada sobre la base de los estudios técnicos que para tal efecto lleve a cabo el Instituto Nicaragüense de Cultura con respaldo del Consejo Nacional Asesor del Plan Maestro del Sitio Histórico Colonial Ruinas León Viejo".

"Artículo 4. Se delega en el Instituto Nicaragüense de Cultura la actualización del Plan Maestro de Administración del Sitio Histórico Colonial Ruinas de León Viejo en coordinación con el Consejo Nacional Asesor".

"Artículo 5. El Gobierno de la República de Nicaragua establecerá una partida especial en el Presupuesto General de la República, para la protección, mantenimiento y preservación del Sitio Histórico Colonial "Ruinas de León Viejo".

Artículo 3.- La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dada en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintisiete días del mes de febrero del dos mil uno. Óscar Moncada Reyes, Presidente de la Asamblea Nacional. Pedro Joaquin Ríos Castellón, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por tanto: Téngase como Ley de la República. Publíquese y Ejecútese. Managua, diecinueve de Marzo del año dos mil uno. , Arnoldo Alemán Lacayo, Presidente de la República de Nicaragua.

Enlaces externos y referencias

  1. «León Viejo, el hallazgo de una ciudad». La Prensa. 2 de abril de 2017. 
  2. «Por qué Nicaragua es la "tierra de lagos y volcanes" si no es el país de América Latina con mayor actividad volcánica». BBC News. 15 de noviembre de 2019. 
  3. «Ruinas de León Viejo afectadas por terremoto del 10 de abril». El 19 Digital. Consultado el 19 de abril de 2014. 
  4. Patrimonio cultural para jóvenes. Clemente Guido Martínez, página 32
  5. La Gaceta No. 176 del 5 de agosto de 1967
  6. La Gaceta No. 100 del 31 de mayo de 1994
  7. La Gaceta No. 71 del 17 de abril de 2001
  • Sitio Arqueológico de León Viejo el 4 de marzo de 2016 en Wayback Machine.
  • «León Viejo, Nicaragua». Consultado el 30 de julio de 2008. 
  • «Visitando Las Ruinas de León Viejo». Consultado el 30 de julio de 2008. 


  •   Datos: Q1422898
  •   Multimedia: León Viejo

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Ruinas de Leon Viejo tambien llamado Leon Viejo es el lugar donde originalmente se fundo la ciudad de Leon ubicado en la comarca de Puerto Momotombo puerto lacustre en el lago de Managua municipio de La Paz Centro departamento de Leon localizado en Nicaragua Centroamerica Por los constantes sismos causados por el volcan Momotombo y dificultades socio economicas sus pobladores luego de un cabildo decidieron abandonarla para asentarla en otro sitio cercano al pueblo indigena de Sutiaba hoy Santiago de los Caballeros de Leon 1 Ruinas de Leon ViejoPatrimonio de la Humanidad de la UnescoRuinas de Leon Viejo PaisNicaragua NicaraguaDatos generalesTipoCulturalCriteriosiii ivIdentificacion613RegionLatinoamerica y CaribeInscripcion2000 XXIV sesion editar datos en Wikidata Las ruinas de Leon Viejo fueron descubiertas el 22 de abril de 1931 por don Luis Cuadra Cea Indice 1 Fundacion 2 Descubrimiento 2 1 Redescubrimiento 3 Actualidad 4 Declaracion de interes nacional de Leon Viejo 5 Leon Viejo Patrimonio Historico Cultural de la Nacion 6 Enlaces externos y referenciasFundacion EditarFue fundada el 15 de junio de 1524 Domingo de la Santisima Trinidad por el conquistador espanol Francisco Hernandez de Cordoba quien murio decapitado en su Plaza Mayor en 1526 por ordenes de Pedrarias Davila de quien era teniente Este poblado en otra epoca habitado por los primero colonos luego del descubrimiento al inicio tenia en sus arrabales unos 15 000 vecinos naturales del pais Esta ubicado a orillas del Lago Xolotlan o Lago de Managua frente al volcan Momotombo La zona donde se asento Leon es muy calurosa y tenia mucha actividad telurica ocasionada por la continua actividad del volcan Momotombo en ese tiempo este tenia 5 crateres que significaba lanzamiento por los aires de arena ceniza y lava en estado igneo ademas de temblores violentos y persitentes que culminaron en los terremotos de 1594 y de 1610 este ultimo de mayor intensidad Se dice que cayo una maldicion sobre la ciudad por el asesinato del obispo fray Antonio de Valdivieso a manos de los hijos de Rodrigo de Contreras y nietos de Pedrarias Davila el 26 de febrero de 1550 2 La ciudad no fue destruida como comunmente se cree Luego del violento terremoto de 1610 que la dano y dadas las caracteristicas sismicas del sitio sus pobladores reunidos en cabildo deciden trasladarse al actual asentamiento que hoy ocupa siendo que la ciudad fue paulatinamente sepultada por las continuas expulsiones de ceniza y piedra volcanica y por sedimentos lacustres Descubrimiento EditarLa relacion del descubrimiento fue narrada por don Luis Cuadra Cea en Los Hechos El Cronista y Diario de Occidente de 24 y 25 de abril de 1931 Descubri las ruinas de la Catedral de Nuestra Senora de la Asuncion de Leon Viejo el 22 de abril de 1931 destruyendo la leyenda popular que las consideraba sumergidas en las aguas del Lago Xolotlan el Xolotlan de los indigenas lo mismo que el resto de la ciudad que no pudo ser cubierto por el Lago debido a su distancia de este situados como estan sus vestigios alrededor de ochocientos metros al occidente de la costa y ocupando terreno un tanto elevado Lo probable es que a consecuencia del terremoto de 31 de diciembre de 1609 que destruyo a la ciudad las parte inundadas hayan sido el desembarcadero la fortaleza erigida a las orillas del Lago y los chinamos o barracas de los barrios orientales Redescubrimiento Editar Ruinas de la Iglesia La Merced en la que en el ano 2000 se descubrieron los restos de Francisco Hernandez de Cordoba y Pedrarias Davila Las Ruinas de Leon Viejo fueron redescubiertas en 1967 con manifiesto interes publico y al ano siguiente se iniciaron las excavaciones en busca de vestigios historicos 2 Como resultado de las excavaciones se sabe que la ciudad tenia un trazado similar a casi todas las ciudades de Hispanoamerica de esa epoca en forma de cuadricula que es un cuadrado exacto y la plaza se ubicaba en su centro El centro de Leon Viejo ocupa un area aproximada de 800 m de largo por 500 m de ancho y en el se yerguen en torno a su Plaza Mayor y a orillas de sus calles 16 ruinas rehabilitadas hasta ahora La ciudad contaba con tres monasterios La Merced San Pablo y San Francisco ubicados en las calles principales de la ciudad y que estuvieron en funcion hasta aproximadamente 1560 De esos monasterios el de La Merced ya ha sido encontrado en el extremo sur de las ruinas no asi los otros monasterios Lamentablemente las ruinas no han escapado a los ultimos y mas recientes desastres naturales En mayo de 1982 la tormenta Alleta destruyo los muros de la ciudad en octubre de 1988 el huracan Joan Juana ocasiono nuevos danos a las ruinas y el mas grave en octubre de 1998 el huracan Mitch causo danos estimados en un 40 afectando varias casas el convento de La Merced y la Fortaleza Se tuvo que restaurar las ruinas Leon Viejo es la unica ciudad colonial del siglo XVI asentada en America que nunca sufrio alteraciones urbanisticas a traves de la historia siendo este el argumento principal para solicitar a la Unesco que fuese declarado Patrimonio Cultural de la Humanidad lo cual sucedio en el ano 2000 En dicho ano se descubrieron los restos de su fundador Francisco Hernandez de Cordoba y de Pedrarias Davila en la iglesia La Merced siendo sepultados los dos en el Memorial de los Fundadores la estatua de Hernandez hecha por el escultor granadino Jorge Navas Cordonero que estaba en uno de los nichos exteriores de la Antigua Catedral de Managua la capital del pais fue llevada a Leon Viejo y colocada encima de dicho monumento Actualidad EditarEn la actualidad Leon Viejo es administrado por el Instituto Nicaraguense de Cultura INC y se brinda el servicio de guias especializados para turistas Las ruinas tambien sufrieron danos considerables por el terremoto de Nicaragua del 10 de abril de 2014 de 6 2 grados en la escala Richter a las 5 27 p m hora local con epicentro en el lago Xolotlan y el siguiente enjambre sismico cerca del Momotombo 3 Declaracion de interes nacional de Leon Viejo EditarPocos meses despues de su descubrimiento el 26 de abril de 1967 el 5 de agosto del mismo ano siendo Presidente de la Republica el dictador General Anastasio Somoza Debayle fue publicado en La Gaceta Diario Oficial No 176 el Decreto Legislativo No 1348 Declarese de Interes Nacional Exploracion Arqueologica y Crease Comision para Encontrar Sitio de Leon Viejo el cual se promulgo el 14 de julio del mismo ano Este establecio una comision presidida por el entonces rector de la Universidad Nacional Autonoma de Nicaragua UNAN doctor Carlos Tunnermann Bernheim futuro Ministro de Educacion del gobierno del Frente Sandinista de Liberacion Nacional FSLN de 1979 1985 2 Evidentemente el gobierno de Somoza pretendia restar importancia y certeza al descubrimiento de las ruinas de Leon Viejo porque la UNAN era una universidad calificada de opositora al somocismo 4 este es el texto del citado Decreto Legislativo 5 DECLARESE DE INTERES NACIONAL EXPLORACIoN ARQUEOLoGICA Y CREASE COMISIoN PARA ENCONTRAR SITIO DE LEoN VIEJO DECRETO No 1348 Aprobado el 14 de julio de 1967Publicado en La Gaceta No 176 del 5 de agosto de 1967EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA A sus habitantes Sabed Que el Congreso ha ordenado lo siguiente Decreto No 1348La Camara de Diputados y la Camara del Senado de la Republica de Nicaragua Decretan Articulo 1 Declarase de interes nacional la exploracion arqueologica para encontrar el sitio donde fue construida la ciudad de Leon Viejo primera capital de Nicaragua Articulo 2 Para dirigir la exploracion a que se refiere el Articulo anterior crease una Comision Nacional integrada por a El Rector de la Universidad Nacional Autonoma b Un representante del Ministerio de Educacion Publica c Un representante de la Academia de Geografia e Historia de Nicaragua d Un representante de la Municipalidad de la Paz Centro e Un representante de la Municipalidad de Leon f Un representante del Sindicato de Periodistas de Managua yg Un representante del Partido de la Minoria La Comision sera presidida por el Rector de dicha Universidad y asesorada por uno o mas arqueologos responsables y desempenaran sus cargos ad honorem Articulo 3 Prohibese a los particulares realizar exploraciones en el Municipio de La Paz Centro Departamento de Leon que puedan entorpecer las investigaciones senaladas en el Articulo 1 o causar dano a la riqueza arqueologica que pueda descubrirse Articulo 4 Asignase inicialmente para esta labor la suma de C 250 000 00 que debera ser incluida en el proximo Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Republica Articulo 5 Esta Ley empezara a regir desde la fecha de su publicacion en La Gaceta Diario Oficial Dado en el Salon de Sesiones de la Camara de Diputados Managua D N 5 de julio de mil novecientos sesenta y siete Orlando Montenegro M Diputado Presidente J Alej Romero C Diputado Secretario F Zelaya Rojas Diputado Secretario Al Poder Ejecutivo Camara del Senado Managua D N Julio 12 de 1967 Gustavo Raskosky S P Pablo Rener S S Adan Solorzano C S S Por Tanto Ejecutese Casa Presidencial Managua D N 14 de julio de mil novecientos sesenta y siete Ano Ruben Dario A SOMOZA D Presidente de la Republica Vicente Navas A Ministro de la Gobernacion Leon Viejo Patrimonio Historico Cultural de la Nacion EditarEl 31 de mayo de 1994 siendo Presidenta de la Republica dona Violeta Barrios de Chamorro se publico en La Gaceta No 100 la siguiente Ley No 167 Ley que declara el Sitio Historico Ruinas de Leon Viejo Patrimonio Historico Cultural de la Nacion la cual se promulgo el 17 de diciembre del ano anterior de 1993 6 LEY QUE DECLARA EL SITIO HISToRICO RUINAS DE LEoN VIEJO PATRIMONIO HISToRICO CULTURAL DE LA NACIoN LEY No 167 Aprobada el 17 de diciembre de 1993Publicada en La Gaceta No 100 del 31 de mayo de 1994EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUAHace saber al pueblo nicaraguense que La Asamblea Nacional de la Republica de NicaraguaConsiderandoIQue el Sitio Historico Ruinas de Leon Viejo constituye un ejemplo de nuestra historia colonial siendo la ciudad de Leon Viejo durante el periodo colonial capital de la provincia de Nicaragua IIQue el Sitio Historico Ruinas de Leon Viejo esta vinculado directamente a la historia politica economica y social de Nicaragua siendo por su naturaleza de gran trascendencia para el desarrollo y afianzamiento de nuestra cultura e identidad nacional IIIQue la ciudad de Leon Viejo fue unos de los pocos ejemplos de fundaciones tempranas en Hispanoamerica expresando su conjunto de ruinas su trazado urbano y su tipologia arquitectonica autenticos valores de la identidad cultural y nacional que es necesario poner bajo la proteccion del Estado para su restauracion y conservacion En uso de sus facultades Ha dictadoLa siguiente LEY QUE DECLARA EL SITIO HISToRICO RUINAS DE LEoN VIEJO PATRIMONIO HISToRICO CULTURAL DE LA NACIoN Articulo 1 Se declara el Sitio Historico Ruinas de Leon Viejo Patrimonio Historico Cultural de la Nacion Articulo 2 Esta declaracion comprende los bienes inmuebles o parte de ellos y los muebles contenidos en el conjunto urbanistico de las ruinas de la antigua ciudad de Leon Viejo que estan vinculados directamente a la historia politica economica y social de Nicaragua Articulo 3 La presente Ley entrara en vigencia desde su publicacion por cualquier medio de comunicacion social escrito sin perjuicio de su publicacion en La Gaceta Diario Oficial Dado en la ciudad de Managua en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional al primer dia del mes de diciembre de mil novecientos noventa y tres Gustavo Tablada Zelaya Presidente de la Asamblea Nacional Francisco Duarte Tapia Secretario de la Asamblea Nacional Por Tanto Tengase como Ley de la Republica publiquese y ejecutese Managua diecisiete de Diciembre de mil novecientos noventa y tres Violeta Barrios de Chamorro Presidente de la Republica de Nicaragua Esta ley fue reformada por la Ley No 385 Ley de reforma a la ley que declara el Sitio Historico Ruinas de Leon Viejo Patrimonio Historico Cultural de la nacion publicada en La Gaceta Diario Oficial No 71 del 17 de abril de 2001 siendo Presidente de la Republica el Doctor Arnoldo Aleman Lacayo Este es su texto 7 LEY DE REFORMA A LA LEY QUE DECLARA EL SITIO HISToRICO RUINAS DE LEoN VIEJO PATRIMONIO HISToRICO CULTURAL DE LA NACIoN LEY No 385 aprobada el 27 de febrero del 2001Publicado en La Gaceta No 71 del 17 de abril del 2001EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUAHace Saber al pueblo nicaraguense que LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUAEn uso de sus facultades HA DICTADOLa siguiente LEY DE REFORMA A LA LEY QUE DECLARA EL SITIO HISToRICO RUINAS DE LEoN VIEJO PATRIMONIO HISToRICO CULTURAL DE LA NACIoNArticulo 1 Se reforma el Articulo 1 el que se leera asi Articulo 1 Se declara El Sitio Historico Colonial Ruinas de Leon Viejo Patrimonio Historico Cultural de la nacion Articulo 2 Se agregan los siguientes articulos Articulo 3 El area que comprendera el Sitio Historico Colonial Ruinas de Leon estara delimitada por los linderos que se senalan en los folios 44 11 12 y 15 numero 364 asiento 17 tomo 828B y 918 del Registro Publico de la Propiedad Inmueble del Departamento de Leon y cuyas medidas y rumbos se detallan a continuacion a Teniendo como punto inicial el numero 1 situado en la esquina este del porton de acceso a las Ruinas al numero 2 rumbo No 29 1 31 13 E 94 29 m b Del punto 2 al 3 rumbo N75 29 40 gt gt W distancia 233 06 m c Del punto 3 al 4 rumbo SO7 46 39 W distancia 95 51 m d Del punto 4 al 5 N74 40 48 W distancia 54 38 m e Del punto 5 al 6 rumbos S11 36 19 W distancia 52 23 m f Del punto 6 al 7 rumbo N89 39 17 W distancia 65 69 m g Del punto 7 al8 rumbo S15 27 10 W distancia 155 15 m h Del punto 8 al 9 rumbo S63 28 10 E distancia 130 95 m i Del punto 9 al 10 rumbo S63 52 20 W distancia 47 88 m j Del punto 10 al 11 rumbo S13 14 45 W distancia 215 74 m k Del punto 11 al 12 rumbo S83 17 55 E distancia 145 m l Del punto 12 al 13 rumbo N12 34 53 E distancia 90 38 m m Del punto 13 al 14 rumbo N12 46 09 E distancia 74 73 m n Del punto 14 al 15 rumbo S63 18 15 E distancia 138 80 m n Del punto 15 al 16 rumbo N25 20 32 E distancia 51 28 m p Del punto 16 al 17 rumbo S63 11 24 E distancia 41 43 m q Del punto 17 al 18 rumbo N21 24 34 E distancia 50 28 m r Del punto 18 al 19 rumbo N62 07 12W distancia 15 57 m s Del punto 19 al 20 rumbo N28 13 36 E distancia 18 94 m t Del punto 20 al 21 rumbo N29 07 39 E distancia 37 92 m u Del punto 21 al 22 rumbo N54 33 38 W distancia 30 88 m v Del punto 22 al 23 rumbo S30 33 57 W distancia 41 1 m w Del punto 23 al 24 rumbo N62 54 21 W distancia 38 25 m x Del punto 24 al 25 rumbo N20 04 39 E distancia 46 5 m y Del punto 25 al 26 rumbo N64 46 W distancia 45 82 m z Del punto 26 al 27 rumbo N15 21 35E distancia 17 6 m aa Del punto 27 al 28 N30 37 59 E distancia 86 74 m bb Del punto 28 al 29 rumbo N52 34 25 W distancia 60 62 m cc Del punto 29 al 1 rumbo N61 23 23 W distancia 45 7 mPara garantizar una adecuada proteccion al area establecida en el presente articulo se establecera ademas una zona de amortiguamiento cuya comprension sera determinada sobre la base de los estudios tecnicos que para tal efecto lleve a cabo el Instituto Nicaraguense de Cultura con respaldo del Consejo Nacional Asesor del Plan Maestro del Sitio Historico Colonial Ruinas Leon Viejo Articulo 4 Se delega en el Instituto Nicaraguense de Cultura la actualizacion del Plan Maestro de Administracion del Sitio Historico Colonial Ruinas de Leon Viejo en coordinacion con el Consejo Nacional Asesor Articulo 5 El Gobierno de la Republica de Nicaragua establecera una partida especial en el Presupuesto General de la Republica para la proteccion mantenimiento y preservacion del Sitio Historico Colonial Ruinas de Leon Viejo Articulo 3 La presente Ley entrara en vigencia a partir de su publicacion en La Gaceta Diario Oficial Dada en la Ciudad de Managua en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los veintisiete dias del mes de febrero del dos mil uno oscar Moncada Reyes Presidente de la Asamblea Nacional Pedro Joaquin Rios Castellon Secretario de la Asamblea Nacional Por tanto Tengase como Ley de la Republica Publiquese y Ejecutese Managua diecinueve de Marzo del ano dos mil uno Arnoldo Aleman Lacayo Presidente de la Republica de Nicaragua Enlaces externos y referencias Editar Leon Viejo el hallazgo de una ciudad La Prensa 2 de abril de 2017 a b c Por que Nicaragua es la tierra de lagos y volcanes si no es el pais de America Latina con mayor actividad volcanica BBC News 15 de noviembre de 2019 Ruinas de Leon Viejo afectadas por terremoto del 10 de abril El 19 Digital Consultado el 19 de abril de 2014 Patrimonio cultural para jovenes Clemente Guido Martinez pagina 32 La Gaceta No 176 del 5 de agosto de 1967 La Gaceta No 100 del 31 de mayo de 1994 La Gaceta No 71 del 17 de abril de 2001 Sitio Arqueologico de Leon Viejo Archivado el 4 de marzo de 2016 en Wayback Machine Leon Viejo Nicaragua Consultado el 30 de julio de 2008 Visitando Las Ruinas de Leon Viejo Consultado el 30 de julio de 2008 Datos Q1422898 Multimedia Leon Viejo Obtenido de https es wikipedia org w index php title Leon Viejo amp oldid 142664664, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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