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Instituto Federal Electoral

El Instituto Federal Electoral (IFE) fue el organismo responsable de cumplir con la función de organizar las elecciones federales de México, es decir, las relacionadas con la elección del Presidente de México, Diputados Federales y Senadores que integran el Congreso de la Unión. Fue la máxima autoridad administrativa en materia electoral en los Estados Unidos Mexicanos en el periodo 1990-2014.

IFE
Instituto Federal Electoral


Información general
Acrónimo IFE
Tipo Organismo autónomo
Fundación 11 de octubre de 1990
Disolución 4 de abril de 2014
País México México
Sede Ciudad de México
Organización
Consejero Presidente María Marván Laborde
Entidad superior Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Histórico
Sitio web

Técnicamente era un órgano constitucional pues, al igual que los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, nace directamente de los Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (fracción V del artículo 41). Inició sus operaciones el 11 de octubre de 1990 y las finalizó el 4 de abril de 2014.

En agosto del 2007 los diputados acordaron remover a los consejeros del IFE (consejeros electorales) y ampliar las facultades de fiscalización, así como nuevas atribuciones en materia de radio y televisión, respecto a la propaganda electoral.

Tras la reforma político electoral impulsada por el presidente de México, Enrique Peña Nieto, se acordó la disolución del IFE para dar paso a la nueva institución que se encargará de los asuntos electorales a nivel federal, creando así al nuevo Instituto Nacional Electoral (INE) que entró en funciones a partir del 4 de abril de 2014.

Antecedentes

 
Escaneo del anverso y reverso de una credencial para votar, emitida en 1967 y que lleva en el reverso los sellos de los votos emitidos en 1967, 1970, 1973 y 1976.

El Instituto Federal Electoral sustituyó a la Comisión Federal Electoral. Nació como resultado de los conflictos postelectorales del año 1988, que provocaron una serie de reformas a la Constitución Política aprobadas el 4 de abril de 1990, publicadas el 6 de abril de 1990, y de la expedición de una nueva legislación reglamentaria en materia electoral federal: el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE), el 15 de agosto de 1990. Este instituto inició sus actividades el 11 de octubre de 1990, con la primera sesión de su máximo órgano de dirección: El Consejo General, y su primer presidente fue Fernando Gutiérrez Barrios, quien fungía como titular de la Secretaría de Gobernación.

Desde la fecha de creación del Instituto Federal Electoral la normatividad constitucional y legal en la materia ha experimentado cuatro importantes procesos de reforma en 1993, 1994, 1996 y 2007, que han impactado de manera significativa la integración y atributos del organismo depositario de la autoridad electoral.

En su primera integración en 1990 se constituyó como un órgano de Estado con una concurrencia de los poderes: Ejecutivo, en la figura del Secretario de Gobernación, y Legislativo, en la de los Consejeros del Poder Legislativo, en tanto que, al buscar una representación del Poder Judicial, se creó la figura del consejero magistrado, en número de seis, cuyos requisitos resultaron ser los mismos que los que permiten elegir al Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, razón por la cual se les asignó por disposición constitucional una remuneración equivalente al de dichos Ministros.

Los Magistrados fundadores fueron los juristas siguientes: el licenciado Luis Tirado Ledesma, el licenciado Manuel Barquín Álvarez, el licenciado Luis Espinosa Gorozpe, el licenciado Germán Pérez Fernández del Castillo, la doctora Olga Hernández Espíndola y la licenciada Sonia Alcántara Magos, quienes fungieron como tales desde el 11 de octubre de 1990 hasta el 18 de mayo de 1994 y colaboraron ampliamente en el proceso de democratización de México.

El Registro Federal de Electores y el Registro Nacional de Ciudadanos

En el decreto de creación del Cofipe, publicado el 15 de agosto de 1990, en su artículo tercero transitorio se estableció: "Los archivos, bienes y recursos de la Comisión Federal Electoral y de sus órganos técnicos, el Registro Nacional de Electores y la Comisión de Radiodifusión, pasarán al Instituto Federal Electoral. El Registro Nacional de Electores se integrará a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores prevista en los artículos 85 y 92 de este Código. En tanto se instala el Instituto Federal Electoral, el Registro Nacional de Electores seguirá realizando las funciones que le atribuye el Código Federal Electoral y cumplirá los acuerdos tomados por la Comisión Federal Electoral". Cabe destacar que en la reforma constitucional del artículo 36 publicado el 6 de abril de 1990 se establece entre las obligaciones de los ciudadanos de la República la de inscribirse en el Registro Nacional de Ciudadanos. Sin embargo en el mismo Decreto se establece en el segundo de sus Tránsitorios, que en tanto no se establezca el Servicio del Registro Nacional Ciudadano, los ciudadanos deberán inscribirse en los Padrones Electorales. De hecho en las iniciativas de diferentes partidos políticos de Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales se denomina a una de las Direcciones Ejecutivas del IFE como la Dirección Ejecutiva del Registro Nacional Ciudadano, sin embargo, el consenso final en el Poder Legislativo fue denominarla como Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores; ello fue debido a que líderes de la oposición exigían un padrón electoral nuevo para elecciones de 1991 y ello no era posible con la Cédula de Identidad Ciudadana que requería un tiempo importante de transición para que los registros civiles del país se homogeneizaran. Esta situación ha quedado en el mismo estado de cosas desde aquella época, con algunos intentos del Poder Ejecutivo de ejercer esa función y hacer convivir dos documentos de identificación, lo cual ha sido fuente de polémicas.

Ciudadanización y profesionalización

Desde su creación, una de sus características fundamentales fue la profesionalización de la función ejecutiva y técnica electoral, de manera que desde el artículo 41 de la Constitución del 6 de abril de 1990 se estableció que los órganos ejecutivos y técnicos dispondrán del personal calificado necesario para prestar el servicio profesional electoral, que se trata del único servicio civil de carrera reconocido constitucionalmente en México. Este elemento fundamental de la composición del Instituto Federal Electoral le dio un sentido de permanencia y especialización a la función electoral, de manera que a diferencia de los modelos de organización electoral previas al Instituto Federal Electoral, en donde los órganos electorales se integraban cada que había elecciones con personal improvisado y sin la adecuada experiencia, lo que podía implicar parcialidad en la función electoral, fue transformado en un servicio profesional electoral que fortalece la actuación imparcial, más allá inclusive de los cambios que se puedan dar en el máximo órgano de dirección.

En 1994 se llevó a cabo un proceso de ciudadanización de los Consejeros, que forman parte del máximo órgano de dirección, de manera que ya no fuera requisito ser abogado para ser Consejero, lo que tuvo como consecuencia el cambio de nombre del cargo de Consejero Magistrado por el de Consejero Ciudadano.

En 1996 se discutió si los Consejeros representaban a la ciudadanía y a cuál ciudadanía, puesto que los partidos políticos son representantes de diversos sectores de la ciudadanía, por lo que se llegó a la conclusión de que se buscaba la profesionalización de la función directiva electoral, de manera que se reemplazó la denominación de

Independencia del Poder Ejecutivo

El Instituto Federal Electoral tuvo la función constitucional de organizar las elecciones; sin embargo, la opinión pública mexicana lo consideró un árbitro de las elecciones, función que pudo desempeñar, de manera tácita, mientras el secretario de Gobernación fue su presidente, es decir, de 1990 a 1996. Al alcanzar su independencia plena respecto al Poder Ejecutivo y ser el Consejero Presidente un ciudadano elegido por las dos terceras partes de la Cámara de Diputados, no contaba con los instrumentos para el arbitraje electoral, y se limitaba a procedimientos administrativos sancionadores dirigidos a los partidos políticos pero que resultaron ineficaces ante los múltiples actores del proceso electoral. Por ello, en el 2007 se le otorgaron instrumentos para sancionar no solo a los partidos políticos sino también a los ciudadanos, militantes y candidatos de los partidos políticos, así como a concesionarios y permisionarios de los medios electrónicos de comunicación (radio y televisión).

Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos

El Instituto Federal Electoral tuvo la facultad de atender lo relativo a los derechos y prerrogativas de los partidos políticos.

En 1993, la recaudación de fondos ("pase de charola") del Partido Revolucionario Institucional generó discusión en el seno del Consejo General, en las sesiones del 12 de marzo y 8 de junio, determinándose de que no había facultades para revisar el asunto y reconociendo las diferentes fuerzas políticas que no había disposiciones legales en la materia.

El 27 de enero de 1994, el Presidente del Consejo General, Dr. Jorge Carpizo dio lectura a un acuerdo suscrito por 8 partidos políticos para contribuir al proceso de paz, luego del alzamiento armado del Ejército Zapatista de Liberación Nacional, el 1 de enero de 1994. En dicho Acuerdo se establecen entre otros, el siguiente punto: "5. Realizar, una vez concluido el proceso electoral en curso, una revisión del sistema de financiamiento para los partidos políticos a fin de incorporar, en su caso, las precisiones que se estimen conducentes".

El 22 de noviembre de 1996 se publican en el Diario Oficial de la Federación reformas al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, en las cuales se establece en el Artículo 80 de ese entonces, entre otras, la Comisión de Fiscalización de los Recursos de los Partidos y Agrupaciones Políticas, a la cual se le establecen atribuciones en el Artículo 49 del mismo ordenamiento vigente en ese entonces para la revisión de los informes de los partidos políticos y agrupaciones políticas sobre el origen y destino de sus recursos anuales y de campaña.

Inmediatamente el 29 de noviembre de 1996 se integró la comisión con la Presidencia del Mtro Alonso Lujambio y la integración de los Consejeros Electorales José Barragan Barragan, Jaime Cárdenas Gracia, Mauiricio Merino y Jacqueline Peschard. En todo que el secretario Técnico de la comisión sería el director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos.

El 13 de noviembre de 2007 se publica en el Diario Oficial de la Federación reformas al 41 Constitucional en donde se estableció que "la fiscalización de las finanzas de los partidos políticos estará a cargo de un órgano técnico del Consejo general del Instituto Federal Electoral, dotado de autonomía de gestión, cuyo titular será designado por el voto de las dos terceras partes del propio Consejo a propuesta del Consejero Presidente".

El 14 de enero de 2008 fue publicado un nuevo Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales en donde se define en el artículo 79 la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos, y se le definen sus atribuciones en el artículo 81.

Tanto en 2006 como en 2012, acentuada en esta última elección, el rebase de topes de gastos de campaña han sido motivo de atención del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en la calificación de la elección de Presidente Electo, pero en ambos casos la máxima autoridad judicial electoral ha determinado que de conformidad con la legislación, la revisión de los informes de gastos de campaña es un paso posterior a la calificación de la elección.

El TEPJF y FEPADE

Aunque el IFE era la máxima autoridad administrativa electoral, sus actos y resoluciones podían ser impugnadas ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que es el encargado de resolver diferencias en los asuntos electorales del país tanto en elecciones locales como en federales. De igual forma, los delitos penales en materia electoral son procesados por la Fiscalía Especializada para la Atención de los Delitos Electorales. Ambas instancias son entidades que no formaban parte del Instituto Federal Electoral.

Conformación y organización

El Instituto Federal Electoral tenía competencia en toda la federación, por lo que cuenta con órganos centrales ubicados en la capital federal; órganos locales, uno en cada entidad federativa y órganos distritales, uno en cada distrito electoral federal uninominal.

En cada nivel cuenta con órganos de dirección (Consejos), órganos ejecutivos (Juntas) y los órganos de vigilancia (Comisiones), además en el nivel central cuenta con órganos técnicos.

Adicionalmente, formaba parte del Instituto la Contraloría General.

Órganos centrales

Su máximo órgano de dirección fue un Consejo General, constituido por nueve Consejeros Electorales con voz y voto, designados en mayoría calificada por la Cámara de Diputados, de los cuales uno es nombrado Consejero Presidente. Su renovación era escalonada cada 3 años y duran en su ejercicio 9 años, salvo el Consejero Presidente que es nombrado por 6 años pudiendo ser reelegido. También lo integraban solo con voz pero sin voto, un representante por cada fracción parlamentaria y uno por cada partido político nacional con registro. Por último, el Secretario Ejecutivo era parte integrante del Consejo General, como su Secretario General.

La Junta General Ejecutiva del Instituto de conformidad con el artículo 121 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales era presidida por el Presidente del Consejo y se integraba por un Secretario Ejecutivo y con los Directores Ejecutivos del Registro Federal de Electores, de Prerrogativas y Partidos Políticos, de Organización Electoral, del Servicio Profesional Electoral, de Capacitación Electoral y Educación Cívica, y de Administración.

La Comisión Nacional de Vigilancia era el órgano de vigilancia conformado por el director Ejecutivo del registro Federal de Electores que la preside, los representantes de los partidos políticos nacionales, un Secretario designado por el presidente de la Comisión de entre los miembros del servicio profesional electoral con funciones en el área registral y un representante del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática.

Los órganos técnicos fueron los siguientes:

  1. Coordinación Nacional de Comunicación Social
  2. Coordinación de Asuntos Internacionales
  3. Unidad de Servicios de Informática (Unicom)
  4. Dirección Jurídica
  5. Dirección del Secretariado
  6. Centro para el Desarrollo Democrático
  7. Unidad Técnica de Planeación
  8. Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos
  9. Comité de Radio y Televisión
  10. Órgano Garante de la Transparencia y el Acceso a la Información
  11. Comité de Gestión y Publicación Electrónica
  12. Unidad Técnica de Servicios de información y Documentación
  13. Unidad de Enlace (en materia de transparencia)
  14. Unidad Editorial

Órganos locales

En cada entidad federativa el Instituto contaba con un consejo local y una junta local ejecutiva. Existían en el país 32 Consejos Distritales y 32 Juntas Distritales Ejecutivas, es decir, una Junta y Consejo por cada entidad federativa, incluida la Ciudad de México.

Los Consejos Locales son órganos temporales que solo funcionaban durante el Proceso Electoral Federal y eran presididos por el Consejero Presidente, que era a la vez, el Vocal Ejecutivo de la Junta Local, el Secretario es el Vocal Secretario, 6 Consejeros Electorales y un representante de los partidos políticos. Solamente el Consejero Presidente y los Consejeros Electorales participaban con voz y con voto; concurren con voz pero sin voto el resto de los Vocales de la Junta Local correspondiente.

De conformidad con lo preceptuado por el artículo 135 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), las Juntas Locales Ejecutivas, se encontraban integradas de la siguiente manera:

  1. Las juntas locales ejecutivas son órganos permanentes que se integran por: el vocal ejecutivo y los vocales de Organización Electoral, del Registro Federal de Electores, de Capacitación Electoral y Educación Cívica y el vocal secretario.
  2. el vocal ejecutivo presidirá la Junta y será el responsable de la coordinación con las autoridades electorales de la entidad federativa que corresponda para el acceso a radio y televisión de los partidos políticos en las campañas locales, así como de los institutos electorales, o equivalentes, en los términos establecidos en este Código.
  3. El vocal secretario auxiliará al vocal ejecutivo en las tareas administrativas y sustanciará los recursos de revisión que deban ser resueltos por la Junta.
  4. Las juntas locales ejecutivas estarán integradas invariablemente por funcionarios del Servicio Profesional Electoral.

Las Comisiones Locales de Vigilancia se integran por un Presidente, que es el Vocal del registro Federal de Electores correspondiente, un representante de cada partido político nacional y un Secretario designado por su Presidente, de entre los miembros del Servicio Profesional Electoral

Órganos distritales

En cada distrito electoral uninominal tiene un Consejo Distrital y una Junta Distrital Ejecutiva. Hay 300 Distritos Electorales Federales.

Los Consejos Distritales son órganos temporales que solo funcionan durante el Proceso Electoral Federal y son presididos por el Consejero Presidente, que es a la vez, el Vocal Ejecutivo de la Junta Distrital, el Secretario es el Vocal Secretario, 6 Consejeros Electorales y un representante de los partidos políticos. Solamente el Consejero Presidente y los Consejeros Electorales participan con voz y con voto; concurren con voz pero sin voto el resto de los Vocales de la Junta Distrital correspondiente.

De conformidad con lo preceptuado por el artículo 145 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), las Juntas Distritales Ejecutivas se encuentran integradas de la siguiente manera:

  1. Las Juntas Distritales ejecutivas son los órganos permanentes que se integran por: el vocal ejecutivo, los vocales de Organización Electoral, del Registro Federal de Electores, de Capacitación Electoral y Educación Cívica y un vocal secretario.
  2. El vocal ejecutivo presidirá la Junta.
  3. El vocal secretario auxiliará al vocal ejecutivo en las tareas administrativas de la Junta.
  4. Las Juntas Distritales ejecutivas estarán integradas invariablemente por funcionarios del Servicio Profesional Electoral.

Las Comisiones Distritales de Vigilancia se integran por un Presidente, que es el Vocal del Registro Federal de Electores correspondiente, un representante de cada partido político nacional y un Secretario designado por su Presidente, de entre los miembros del Servicio Profesional Electoral.

Atribuciones

El Instituto Federal Electoral tenía como atribuciones, en forma integral y directa, las actividades relativas a la capacitación electoral y la educación cívica, la geografía electoral, los derechos y prerrogativas de las agrupaciones y partidos políticos, al padrón electoral y la lista de electores, la impresión de materiales electorales, la preparación de la jornada electoral, los cómputos en los términos que señala la ley, la declaración de validez y la entrega de constancias de las elecciones de diputados y senadores, el cómputo de la elección del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos en cada uno de los distritos electorales uninominales, así como la regulación de la observación electoral y de las encuestas o sondeos de opinión con fines electorales. Contaba además de manera exclusiva con atribuciones en materia de propaganda electoral en la radio y televisión tanto en elecciones federales como en elecciones locales, a través de la administración de los tiempos del Estado.

Programa de Resultados Electorales Preliminares

El PREP, más conocido por sus siglas. Es un sistema que provee pero no cuenta votos, los resultados preliminares de las elecciones federales y mediante la captura desde las Juntas Distritales y publicación vía internet de los datos plasmados por los funcionarios de casilla en las actas de Escrutinio y cómputo de casillas que se recibe en Centros de Acopio y Transmisión de Datos(CEDAT) y que desde 1994 ha estado trabajando con tecnología basada en Terminales de Captura Remota. Su precedente es el Sistema de información de Resultados Electorales (SIRE) que operó en 1991 con base en recopilación de actas de escrutinio y cómputo de cada una de las casillas desde las Juntas Distritales y enviadas a través de Fax a Oficinas Centrales del IFE donde se capturó.

Permite dar a conocer resultados electorales, en tiempo real a través de internet antes del conteo rápido. Este programa no es parte de una división del IFE sino más bien es un mecanismo o instrumento de información electoral contemplados en el COFIPE. Sus resultados electorales, tiene un carácter informativo pero no son definitivos.[1]

El programa de resultados electorales preliminares, es dotado por la secretaría ejecutiva mediante la UNICOM dictado en el Artículo 125 inciso l del COFIPE y de acuerdo al consejo general para la creación de la unidad el 30 de junio de 1998.[2]

Consejo General

Últimos consejeros antes de la disolución del IFE

Consejo General
CARGO NOMBRE PERIODO
Consejero Presidente Lorenzo Córdova Vianello 2008–2013
Secretario Ejecutivo Edmundo Jacobo Molina 2008–actualidad
Consejero Francisco Javier Guerrero Aguirre 2008–2013
Consejero ' 2011-2019
Consejero Marco Antonio Baños Martínez 2008–2016
Consejero Vacante ????-????
Consejero María Macarita Elizondo Gasperin 2008–2013
Consejero Alfredo Figueroa Fernández 2008–2013
Consejero Benito Nacif Hernández 2008–2016
Consejero María Marván Laborde 2011-2019

Representantes del Poder Legislativo

Los representantes del Poder Legislativo en el IFE son:

Representantes de los partidos políticos

Los representantes de los partidos políticos en el Consejo General del IFE son los siguientes:

Remuneraciones

Los ingresos de los Consejeros se encontraban definidas en el artículo 112, párrafo 3 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales vigente que establecía: "La retribución que reciban el Consejero Presidente y los Consejeros Electorales será similar a la que perciban los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación", redacción que viene de la reforma electoral publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de octubre de 1996 cuando se estableció en el artículo 76, párrafo 3 del entonces Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales una redacción igual.

La Cámara de Diputados aprobaba conforme al artículo 75 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos la remuneración de los Consejeros Electorales en el Presupuesto de Egresos de la Federación, donde para 2012 se definió para el Consejero Presidente en una Percepción Bruta Anual de 4,127,880 pesos mexicanos y a los Consejeros Electorales de 3,524,834 pesos mexicanos; las cuales son inferiores a la Percepción Bruta Anual del Presidente de la República que es de 4,207,644 pesos mexicanos conforme a las Bases del artículo 127 de la Constitución; mientras que la Percepción Bruta Anual del Ministro Presidente y los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de los ministros que se apegan al Tercero Tránsitorio del Decreto del 24 de agosto de 2009 por la base de no retroactividad de la ley del 14 Constitucional es de 5,892,778 pesos mexicanos; los Ministros entrantes de la Suprema Corte de Justicia tienen una Percepción Bruta Anual de 3,999,413.

El Artículo 207, párrafo 3 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que "Los miembros del Servicio Profesional Electoral, con motivo de la carga laboral que representa el año electoral, al ser todos los días y horas hábiles, tendrán derecho a recibir una compensación derivada de las labores extraordinarias que realicen, de acuerdo con el presupuesto autorizado"

Instituto Nacional Electoral (INE)

En el acuerdo político denominado “Pacto por México” se propuso: “Crear una autoridad electoral de carácter nacional y una legislación única, que se encargue tanto de las elecciones federales, como de las estatales y municipales” (Punto 5.4). A partir de esta base diversos actores políticos sugirieron crear el Instituto Nacional Electoral (INE), la propuesta fue presentada formalmente en el segundo periodo ordinario de sesiones de 2013 y se aplicó por primera vez en las elecciones estatales que se celebraron a partir de 2014. Esta reforma creó un organismo electoral dotado de autonomía constitucional y facultado para organizar los comicios federales y locales, así como las tareas que en materia de participación ciudadana le confería al IFE la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos (verificación de firmas para la presentación de iniciativas ciudadanas y la celebración de consultas populares, así como la organización de dichas consultas). La transformación orgánica de la autoridad electoral estaría acompañada de la expedición de una Ley Federal de Partidos Políticos y –presumimos- de un Código Electoral General con aplicación en las elecciones federales, estatales y del Distrito Federal (ahora conocida como Ciudad de México).

El 3 de abril de 2014, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó el decreto por el cual se nombran a los nuevos 11 consejeros del Instituto Nacional de Elecciones, indicando con esto, la creación del mismo, por lo que obligaba a la toma de protesta de los consejeros al día siguiente de la aprobación del decreto y así iniciar las actividades formales del nuevo organismo electoral.

El 28 de febrero de 2014, el Instituto Federal Electoral, presentó un informe para presentar las bases para la transición del patrimonio al Instituto Nacional Electoral.[3]

Referencias

  1. [1], ¿Qué es el PREP?.
  2. , Organización de la PREP.
  3. [Informe sobre el resultado obtenido de la implementación de las bases para la transición del IFE al INE en: Instituto Federal Electoral. Consultado el 28-02-2014.

Enlaces externos

  •   Datos: Q622564

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No debe confundirse con Instituto Nacional Electoral actual organismo electoral en Mexico El Instituto Federal Electoral IFE fue el organismo responsable de cumplir con la funcion de organizar las elecciones federales de Mexico es decir las relacionadas con la eleccion del Presidente de Mexico Diputados Federales y Senadores que integran el Congreso de la Union Fue la maxima autoridad administrativa en materia electoral en los Estados Unidos Mexicanos en el periodo 1990 2014 IFEInstituto Federal ElectoralInformacion generalAcronimoIFETipoOrganismo autonomoFundacion11 de octubre de 1990Disolucion4 de abril de 2014PaisMexico MexicoSedeCiudad de MexicoOrganizacionConsejero PresidenteMaria Marvan LabordeEntidad superiorConstitucion Politica de los Estados Unidos MexicanosHistoricoComision Federal Electoral Instituto Federal Electoral Instituto Nacional ElectoralSitio web editar datos en Wikidata Este articulo o seccion tiene referencias pero necesita mas para complementar su verificabilidad Este aviso fue puesto el 8 de enero de 2021 Tecnicamente era un organo constitucional pues al igual que los poderes ejecutivo legislativo y judicial nace directamente de los Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos fraccion V del articulo 41 Inicio sus operaciones el 11 de octubre de 1990 y las finalizo el 4 de abril de 2014 En agosto del 2007 los diputados acordaron remover a los consejeros del IFE consejeros electorales y ampliar las facultades de fiscalizacion asi como nuevas atribuciones en materia de radio y television respecto a la propaganda electoral Tras la reforma politico electoral impulsada por el presidente de Mexico Enrique Pena Nieto se acordo la disolucion del IFE para dar paso a la nueva institucion que se encargara de los asuntos electorales a nivel federal creando asi al nuevo Instituto Nacional Electoral INE que entro en funciones a partir del 4 de abril de 2014 Indice 1 Antecedentes 1 1 El Registro Federal de Electores y el Registro Nacional de Ciudadanos 1 2 Ciudadanizacion y profesionalizacion 1 3 Independencia del Poder Ejecutivo 1 4 Fiscalizacion de los Recursos de los Partidos Politicos 1 5 El TEPJF y FEPADE 2 Conformacion y organizacion 2 1 organos centrales 2 2 organos locales 2 3 organos distritales 3 Atribuciones 4 Programa de Resultados Electorales Preliminares 5 Consejo General 5 1 Ultimos consejeros antes de la disolucion del IFE 5 2 Representantes del Poder Legislativo 5 3 Representantes de los partidos politicos 5 4 Remuneraciones 6 Instituto Nacional Electoral INE 7 Referencias 7 1 Enlaces externosAntecedentes Editar Escaneo del anverso y reverso de una credencial para votar emitida en 1967 y que lleva en el reverso los sellos de los votos emitidos en 1967 1970 1973 y 1976 El Instituto Federal Electoral sustituyo a la Comision Federal Electoral Nacio como resultado de los conflictos postelectorales del ano 1988 que provocaron una serie de reformas a la Constitucion Politica aprobadas el 4 de abril de 1990 publicadas el 6 de abril de 1990 y de la expedicion de una nueva legislacion reglamentaria en materia electoral federal el Codigo Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales COFIPE el 15 de agosto de 1990 Este instituto inicio sus actividades el 11 de octubre de 1990 con la primera sesion de su maximo organo de direccion El Consejo General y su primer presidente fue Fernando Gutierrez Barrios quien fungia como titular de la Secretaria de Gobernacion Desde la fecha de creacion del Instituto Federal Electoral la normatividad constitucional y legal en la materia ha experimentado cuatro importantes procesos de reforma en 1993 1994 1996 y 2007 que han impactado de manera significativa la integracion y atributos del organismo depositario de la autoridad electoral En su primera integracion en 1990 se constituyo como un organo de Estado con una concurrencia de los poderes Ejecutivo en la figura del Secretario de Gobernacion y Legislativo en la de los Consejeros del Poder Legislativo en tanto que al buscar una representacion del Poder Judicial se creo la figura del consejero magistrado en numero de seis cuyos requisitos resultaron ser los mismos que los que permiten elegir al Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nacion razon por la cual se les asigno por disposicion constitucional una remuneracion equivalente al de dichos Ministros Los Magistrados fundadores fueron los juristas siguientes el licenciado Luis Tirado Ledesma el licenciado Manuel Barquin Alvarez el licenciado Luis Espinosa Gorozpe el licenciado German Perez Fernandez del Castillo la doctora Olga Hernandez Espindola y la licenciada Sonia Alcantara Magos quienes fungieron como tales desde el 11 de octubre de 1990 hasta el 18 de mayo de 1994 y colaboraron ampliamente en el proceso de democratizacion de Mexico El Registro Federal de Electores y el Registro Nacional de Ciudadanos Editar En el decreto de creacion del Cofipe publicado el 15 de agosto de 1990 en su articulo tercero transitorio se establecio Los archivos bienes y recursos de la Comision Federal Electoral y de sus organos tecnicos el Registro Nacional de Electores y la Comision de Radiodifusion pasaran al Instituto Federal Electoral El Registro Nacional de Electores se integrara a la Direccion Ejecutiva del Registro Federal de Electores prevista en los articulos 85 y 92 de este Codigo En tanto se instala el Instituto Federal Electoral el Registro Nacional de Electores seguira realizando las funciones que le atribuye el Codigo Federal Electoral y cumplira los acuerdos tomados por la Comision Federal Electoral Cabe destacar que en la reforma constitucional del articulo 36 publicado el 6 de abril de 1990 se establece entre las obligaciones de los ciudadanos de la Republica la de inscribirse en el Registro Nacional de Ciudadanos Sin embargo en el mismo Decreto se establece en el segundo de sus Transitorios que en tanto no se establezca el Servicio del Registro Nacional Ciudadano los ciudadanos deberan inscribirse en los Padrones Electorales De hecho en las iniciativas de diferentes partidos politicos de Codigo Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales se denomina a una de las Direcciones Ejecutivas del IFE como la Direccion Ejecutiva del Registro Nacional Ciudadano sin embargo el consenso final en el Poder Legislativo fue denominarla como Direccion Ejecutiva del Registro Federal de Electores ello fue debido a que lideres de la oposicion exigian un padron electoral nuevo para elecciones de 1991 y ello no era posible con la Cedula de Identidad Ciudadana que requeria un tiempo importante de transicion para que los registros civiles del pais se homogeneizaran Esta situacion ha quedado en el mismo estado de cosas desde aquella epoca con algunos intentos del Poder Ejecutivo de ejercer esa funcion y hacer convivir dos documentos de identificacion lo cual ha sido fuente de polemicas Ciudadanizacion y profesionalizacion Editar Desde su creacion una de sus caracteristicas fundamentales fue la profesionalizacion de la funcion ejecutiva y tecnica electoral de manera que desde el articulo 41 de la Constitucion del 6 de abril de 1990 se establecio que los organos ejecutivos y tecnicos dispondran del personal calificado necesario para prestar el servicio profesional electoral que se trata del unico servicio civil de carrera reconocido constitucionalmente en Mexico Este elemento fundamental de la composicion del Instituto Federal Electoral le dio un sentido de permanencia y especializacion a la funcion electoral de manera que a diferencia de los modelos de organizacion electoral previas al Instituto Federal Electoral en donde los organos electorales se integraban cada que habia elecciones con personal improvisado y sin la adecuada experiencia lo que podia implicar parcialidad en la funcion electoral fue transformado en un servicio profesional electoral que fortalece la actuacion imparcial mas alla inclusive de los cambios que se puedan dar en el maximo organo de direccion En 1994 se llevo a cabo un proceso de ciudadanizacion de los Consejeros que forman parte del maximo organo de direccion de manera que ya no fuera requisito ser abogado para ser Consejero lo que tuvo como consecuencia el cambio de nombre del cargo de Consejero Magistrado por el de Consejero Ciudadano En 1996 se discutio si los Consejeros representaban a la ciudadania y a cual ciudadania puesto que los partidos politicos son representantes de diversos sectores de la ciudadania por lo que se llego a la conclusion de que se buscaba la profesionalizacion de la funcion directiva electoral de manera que se reemplazo la denominacion de Independencia del Poder Ejecutivo Editar El Instituto Federal Electoral tuvo la funcion constitucional de organizar las elecciones sin embargo la opinion publica mexicana lo considero un arbitro de las elecciones funcion que pudo desempenar de manera tacita mientras el secretario de Gobernacion fue su presidente es decir de 1990 a 1996 Al alcanzar su independencia plena respecto al Poder Ejecutivo y ser el Consejero Presidente un ciudadano elegido por las dos terceras partes de la Camara de Diputados no contaba con los instrumentos para el arbitraje electoral y se limitaba a procedimientos administrativos sancionadores dirigidos a los partidos politicos pero que resultaron ineficaces ante los multiples actores del proceso electoral Por ello en el 2007 se le otorgaron instrumentos para sancionar no solo a los partidos politicos sino tambien a los ciudadanos militantes y candidatos de los partidos politicos asi como a concesionarios y permisionarios de los medios electronicos de comunicacion radio y television Fiscalizacion de los Recursos de los Partidos Politicos Editar El Instituto Federal Electoral tuvo la facultad de atender lo relativo a los derechos y prerrogativas de los partidos politicos En 1993 la recaudacion de fondos pase de charola del Partido Revolucionario Institucional genero discusion en el seno del Consejo General en las sesiones del 12 de marzo y 8 de junio determinandose de que no habia facultades para revisar el asunto y reconociendo las diferentes fuerzas politicas que no habia disposiciones legales en la materia El 27 de enero de 1994 el Presidente del Consejo General Dr Jorge Carpizo dio lectura a un acuerdo suscrito por 8 partidos politicos para contribuir al proceso de paz luego del alzamiento armado del Ejercito Zapatista de Liberacion Nacional el 1 de enero de 1994 En dicho Acuerdo se establecen entre otros el siguiente punto 5 Realizar una vez concluido el proceso electoral en curso una revision del sistema de financiamiento para los partidos politicos a fin de incorporar en su caso las precisiones que se estimen conducentes El 22 de noviembre de 1996 se publican en el Diario Oficial de la Federacion reformas al Codigo Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales en las cuales se establece en el Articulo 80 de ese entonces entre otras la Comision de Fiscalizacion de los Recursos de los Partidos y Agrupaciones Politicas a la cual se le establecen atribuciones en el Articulo 49 del mismo ordenamiento vigente en ese entonces para la revision de los informes de los partidos politicos y agrupaciones politicas sobre el origen y destino de sus recursos anuales y de campana Inmediatamente el 29 de noviembre de 1996 se integro la comision con la Presidencia del Mtro Alonso Lujambio y la integracion de los Consejeros Electorales Jose Barragan Barragan Jaime Cardenas Gracia Mauiricio Merino y Jacqueline Peschard En todo que el secretario Tecnico de la comision seria el director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Politicos El 13 de noviembre de 2007 se publica en el Diario Oficial de la Federacion reformas al 41 Constitucional en donde se establecio que la fiscalizacion de las finanzas de los partidos politicos estara a cargo de un organo tecnico del Consejo general del Instituto Federal Electoral dotado de autonomia de gestion cuyo titular sera designado por el voto de las dos terceras partes del propio Consejo a propuesta del Consejero Presidente El 14 de enero de 2008 fue publicado un nuevo Codigo Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales en donde se define en el articulo 79 la Unidad de Fiscalizacion de los Recursos de los Partidos Politicos y se le definen sus atribuciones en el articulo 81 Tanto en 2006 como en 2012 acentuada en esta ultima eleccion el rebase de topes de gastos de campana han sido motivo de atencion del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federacion en la calificacion de la eleccion de Presidente Electo pero en ambos casos la maxima autoridad judicial electoral ha determinado que de conformidad con la legislacion la revision de los informes de gastos de campana es un paso posterior a la calificacion de la eleccion El TEPJF y FEPADE Editar Aunque el IFE era la maxima autoridad administrativa electoral sus actos y resoluciones podian ser impugnadas ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federacion TEPJF que es el encargado de resolver diferencias en los asuntos electorales del pais tanto en elecciones locales como en federales De igual forma los delitos penales en materia electoral son procesados por la Fiscalia Especializada para la Atencion de los Delitos Electorales Ambas instancias son entidades que no formaban parte del Instituto Federal Electoral Conformacion y organizacion EditarEl Instituto Federal Electoral tenia competencia en toda la federacion por lo que cuenta con organos centrales ubicados en la capital federal organos locales uno en cada entidad federativa y organos distritales uno en cada distrito electoral federal uninominal En cada nivel cuenta con organos de direccion Consejos organos ejecutivos Juntas y los organos de vigilancia Comisiones ademas en el nivel central cuenta con organos tecnicos Adicionalmente formaba parte del Instituto la Contraloria General organos centrales Editar Su maximo organo de direccion fue un Consejo General constituido por nueve Consejeros Electorales con voz y voto designados en mayoria calificada por la Camara de Diputados de los cuales uno es nombrado Consejero Presidente Su renovacion era escalonada cada 3 anos y duran en su ejercicio 9 anos salvo el Consejero Presidente que es nombrado por 6 anos pudiendo ser reelegido Tambien lo integraban solo con voz pero sin voto un representante por cada fraccion parlamentaria y uno por cada partido politico nacional con registro Por ultimo el Secretario Ejecutivo era parte integrante del Consejo General como su Secretario General La Junta General Ejecutiva del Instituto de conformidad con el articulo 121 del Codigo Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales era presidida por el Presidente del Consejo y se integraba por un Secretario Ejecutivo y con los Directores Ejecutivos del Registro Federal de Electores de Prerrogativas y Partidos Politicos de Organizacion Electoral del Servicio Profesional Electoral de Capacitacion Electoral y Educacion Civica y de Administracion La Comision Nacional de Vigilancia era el organo de vigilancia conformado por el director Ejecutivo del registro Federal de Electores que la preside los representantes de los partidos politicos nacionales un Secretario designado por el presidente de la Comision de entre los miembros del servicio profesional electoral con funciones en el area registral y un representante del Instituto Nacional de Estadistica Geografia e Informatica Los organos tecnicos fueron los siguientes Coordinacion Nacional de Comunicacion Social Coordinacion de Asuntos Internacionales Unidad de Servicios de Informatica Unicom Direccion Juridica Direccion del Secretariado Centro para el Desarrollo Democratico Unidad Tecnica de Planeacion Unidad de Fiscalizacion de los Recursos de los Partidos Politicos Comite de Radio y Television organo Garante de la Transparencia y el Acceso a la Informacion Comite de Gestion y Publicacion Electronica Unidad Tecnica de Servicios de informacion y Documentacion Unidad de Enlace en materia de transparencia Unidad Editorialorganos locales Editar En cada entidad federativa el Instituto contaba con un consejo local y una junta local ejecutiva Existian en el pais 32 Consejos Distritales y 32 Juntas Distritales Ejecutivas es decir una Junta y Consejo por cada entidad federativa incluida la Ciudad de Mexico Los Consejos Locales son organos temporales que solo funcionaban durante el Proceso Electoral Federal y eran presididos por el Consejero Presidente que era a la vez el Vocal Ejecutivo de la Junta Local el Secretario es el Vocal Secretario 6 Consejeros Electorales y un representante de los partidos politicos Solamente el Consejero Presidente y los Consejeros Electorales participaban con voz y con voto concurren con voz pero sin voto el resto de los Vocales de la Junta Local correspondiente De conformidad con lo preceptuado por el articulo 135 del Codigo Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales Cofipe las Juntas Locales Ejecutivas se encontraban integradas de la siguiente manera Las juntas locales ejecutivas son organos permanentes que se integran por el vocal ejecutivo y los vocales de Organizacion Electoral del Registro Federal de Electores de Capacitacion Electoral y Educacion Civica y el vocal secretario el vocal ejecutivo presidira la Junta y sera el responsable de la coordinacion con las autoridades electorales de la entidad federativa que corresponda para el acceso a radio y television de los partidos politicos en las campanas locales asi como de los institutos electorales o equivalentes en los terminos establecidos en este Codigo El vocal secretario auxiliara al vocal ejecutivo en las tareas administrativas y sustanciara los recursos de revision que deban ser resueltos por la Junta Las juntas locales ejecutivas estaran integradas invariablemente por funcionarios del Servicio Profesional Electoral Las Comisiones Locales de Vigilancia se integran por un Presidente que es el Vocal del registro Federal de Electores correspondiente un representante de cada partido politico nacional y un Secretario designado por su Presidente de entre los miembros del Servicio Profesional Electoral organos distritales Editar En cada distrito electoral uninominal tiene un Consejo Distrital y una Junta Distrital Ejecutiva Hay 300 Distritos Electorales Federales Los Consejos Distritales son organos temporales que solo funcionan durante el Proceso Electoral Federal y son presididos por el Consejero Presidente que es a la vez el Vocal Ejecutivo de la Junta Distrital el Secretario es el Vocal Secretario 6 Consejeros Electorales y un representante de los partidos politicos Solamente el Consejero Presidente y los Consejeros Electorales participan con voz y con voto concurren con voz pero sin voto el resto de los Vocales de la Junta Distrital correspondiente De conformidad con lo preceptuado por el articulo 145 del Codigo Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales Cofipe las Juntas Distritales Ejecutivas se encuentran integradas de la siguiente manera Las Juntas Distritales ejecutivas son los organos permanentes que se integran por el vocal ejecutivo los vocales de Organizacion Electoral del Registro Federal de Electores de Capacitacion Electoral y Educacion Civica y un vocal secretario El vocal ejecutivo presidira la Junta El vocal secretario auxiliara al vocal ejecutivo en las tareas administrativas de la Junta Las Juntas Distritales ejecutivas estaran integradas invariablemente por funcionarios del Servicio Profesional Electoral Las Comisiones Distritales de Vigilancia se integran por un Presidente que es el Vocal del Registro Federal de Electores correspondiente un representante de cada partido politico nacional y un Secretario designado por su Presidente de entre los miembros del Servicio Profesional Electoral Atribuciones EditarEl Instituto Federal Electoral tenia como atribuciones en forma integral y directa las actividades relativas a la capacitacion electoral y la educacion civica la geografia electoral los derechos y prerrogativas de las agrupaciones y partidos politicos al padron electoral y la lista de electores la impresion de materiales electorales la preparacion de la jornada electoral los computos en los terminos que senala la ley la declaracion de validez y la entrega de constancias de las elecciones de diputados y senadores el computo de la eleccion del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos en cada uno de los distritos electorales uninominales asi como la regulacion de la observacion electoral y de las encuestas o sondeos de opinion con fines electorales Contaba ademas de manera exclusiva con atribuciones en materia de propaganda electoral en la radio y television tanto en elecciones federales como en elecciones locales a traves de la administracion de los tiempos del Estado Programa de Resultados Electorales Preliminares EditarArticulo principal Programa de Resultados Electorales Preliminares El PREP mas conocido por sus siglas Es un sistema que provee pero no cuenta votos los resultados preliminares de las elecciones federales y mediante la captura desde las Juntas Distritales y publicacion via internet de los datos plasmados por los funcionarios de casilla en las actas de Escrutinio y computo de casillas que se recibe en Centros de Acopio y Transmision de Datos CEDAT y que desde 1994 ha estado trabajando con tecnologia basada en Terminales de Captura Remota Su precedente es el Sistema de informacion de Resultados Electorales SIRE que opero en 1991 con base en recopilacion de actas de escrutinio y computo de cada una de las casillas desde las Juntas Distritales y enviadas a traves de Fax a Oficinas Centrales del IFE donde se capturo Permite dar a conocer resultados electorales en tiempo real a traves de internet antes del conteo rapido Este programa no es parte de una division del IFE sino mas bien es un mecanismo o instrumento de informacion electoral contemplados en el COFIPE Sus resultados electorales tiene un caracter informativo pero no son definitivos 1 El programa de resultados electorales preliminares es dotado por la secretaria ejecutiva mediante la UNICOM dictado en el Articulo 125 inciso l del COFIPE y de acuerdo al consejo general para la creacion de la unidad el 30 de junio de 1998 2 Consejo General EditarUltimos consejeros antes de la disolucion del IFE Editar Articulo principal Anexo Consejeros Ciudadanos del Instituto Federal Electoral de Mexico Consejo GeneralCARGO NOMBRE PERIODOConsejero Presidente Lorenzo Cordova Vianello 2008 2013Secretario Ejecutivo Edmundo Jacobo Molina 2008 actualidadConsejero Francisco Javier Guerrero Aguirre 2008 2013Consejero 2011 2019Consejero Marco Antonio Banos Martinez 2008 2016Consejero Vacante Consejero Maria Macarita Elizondo Gasperin 2008 2013Consejero Alfredo Figueroa Fernandez 2008 2013Consejero Benito Nacif Hernandez 2008 2016Consejero Maria Marvan Laborde 2011 2019Representantes del Poder Legislativo Editar Los representantes del Poder Legislativo en el IFE son Senador Javier Corral Jurado PAN Propietario Diputado Mauricio Sahui Rivero PRI Propietario Diputado Marcos Rosendo Medina Filigrana PRD Propietario Diputado Hector Hugo Roblero Gordillo PT Propietario Diputado Ricardo Astudillo Suarez PVEM Propietario Diputado Ricardo Mejia Berdeja Movimiento Ciudadano Propietario Diputado Luis Antonio Gonzalez Roldan Nueva Alianza Propietario Representantes de los partidos politicos Editar Los representantes de los partidos politicos en el Consejo General del IFE son los siguientes Partido Accion Nacional Francisco Garate Chapa Partido Revolucionario Institucional Jose Antonio Hernandez Fraguas Partido de la Revolucion Democratica Camerino Eleazar Marquez Madrid Partido del Trabajo Pedro Vazquez Gonzalez Partido Verde Ecologista de Mexico Sara Isabel Castellanos Cortes Movimiento Ciudadano Juan Miguel Castro Rendon Partido Nueva Alianza Roberto Perez de Alva Blanco Remuneraciones Editar Los ingresos de los Consejeros se encontraban definidas en el articulo 112 parrafo 3 del Codigo Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales vigente que establecia La retribucion que reciban el Consejero Presidente y los Consejeros Electorales sera similar a la que perciban los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nacion redaccion que viene de la reforma electoral publicada en el Diario Oficial de la Federacion el 31 de octubre de 1996 cuando se establecio en el articulo 76 parrafo 3 del entonces Codigo Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales una redaccion igual La Camara de Diputados aprobaba conforme al articulo 75 de la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos la remuneracion de los Consejeros Electorales en el Presupuesto de Egresos de la Federacion donde para 2012 se definio para el Consejero Presidente en una Percepcion Bruta Anual de 4 127 880 pesos mexicanos y a los Consejeros Electorales de 3 524 834 pesos mexicanos las cuales son inferiores a la Percepcion Bruta Anual del Presidente de la Republica que es de 4 207 644 pesos mexicanos conforme a las Bases del articulo 127 de la Constitucion mientras que la Percepcion Bruta Anual del Ministro Presidente y los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nacion y de los ministros que se apegan al Tercero Transitorio del Decreto del 24 de agosto de 2009 por la base de no retroactividad de la ley del 14 Constitucional es de 5 892 778 pesos mexicanos los Ministros entrantes de la Suprema Corte de Justicia tienen una Percepcion Bruta Anual de 3 999 413 El Articulo 207 parrafo 3 del Codigo Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que Los miembros del Servicio Profesional Electoral con motivo de la carga laboral que representa el ano electoral al ser todos los dias y horas habiles tendran derecho a recibir una compensacion derivada de las labores extraordinarias que realicen de acuerdo con el presupuesto autorizado Instituto Nacional Electoral INE EditarEn el acuerdo politico denominado Pacto por Mexico se propuso Crear una autoridad electoral de caracter nacional y una legislacion unica que se encargue tanto de las elecciones federales como de las estatales y municipales Punto 5 4 A partir de esta base diversos actores politicos sugirieron crear el Instituto Nacional Electoral INE la propuesta fue presentada formalmente en el segundo periodo ordinario de sesiones de 2013 y se aplico por primera vez en las elecciones estatales que se celebraron a partir de 2014 Esta reforma creo un organismo electoral dotado de autonomia constitucional y facultado para organizar los comicios federales y locales asi como las tareas que en materia de participacion ciudadana le conferia al IFE la Constitucion politica de los Estados Unidos Mexicanos verificacion de firmas para la presentacion de iniciativas ciudadanas y la celebracion de consultas populares asi como la organizacion de dichas consultas La transformacion organica de la autoridad electoral estaria acompanada de la expedicion de una Ley Federal de Partidos Politicos y presumimos de un Codigo Electoral General con aplicacion en las elecciones federales estatales y del Distrito Federal ahora conocida como Ciudad de Mexico El 3 de abril de 2014 el pleno de la Camara de Diputados aprobo el decreto por el cual se nombran a los nuevos 11 consejeros del Instituto Nacional de Elecciones indicando con esto la creacion del mismo por lo que obligaba a la toma de protesta de los consejeros al dia siguiente de la aprobacion del decreto y asi iniciar las actividades formales del nuevo organismo electoral El 28 de febrero de 2014 el Instituto Federal Electoral presento un informe para presentar las bases para la transicion del patrimonio al Instituto Nacional Electoral 3 Referencias Editar 1 Que es el PREP 2 Organizacion de la PREP Informe sobre el resultado obtenido de la implementacion de las bases para la transicion del IFE al INE en Instituto Federal Electoral Consultado el 28 02 2014 Enlaces externos Editar Pagina web oficial del Instituto Federal Electoral Pagina web oficial del TEPJF 3 http www fepade gob mx Datos Q622564Obtenido de https es wikipedia org w index php title Instituto Federal Electoral amp oldid 136188491, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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