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Fallo de la Corte de La Haya en 2012 sobre el litigio entre Colombia y Nicaragua

El Fallo de la Corte de La Haya en 2012 sobre el litigio entre Colombia y Nicaragua fue una sentencia emitida por la Corte Internacional de Justicia el 19 de noviembre de 2012,[1][2]​ mediante la cual se procedió a resolver la cuestión de fondo del caso sobre la disputa territorial y de delimitación marítima entre la República de Nicaragua y la República de Colombia en el mar Caribe sudoccidental, iniciado por la primera en el 2001.

Controversia territorial y delimitación marítima (Nicaragua contra Colombia)

Mapa esquemático de los límites marítimos según el fallo.
Simbología
- - - : Límite oriental aproximado del área relevante
––– : Límite marítimo establecido por la Corte.
––-- : Fallo de la Corte de 8 de octubre de 2007
––– : Tratado bilateral de 1993, entre Colombia y Jamaica
––– : Tratado bilateral de 1976, entre Colombia y Panamá
––– : Tratado bilateral de 1977 (no en vigor), entre Colombia y Costa Rica
––– : Tratado bilateral de 1980, entre Costa Rica y Panamá
Tribunal Corte Internacional de Justicia
Caso Nicaragua v. Colombia
Nombre completo Caso concerniente a la disputa territorial y de delimitación marítima entre la República de Nicaragua y la República de Colombia
Sentencia 19 de noviembre de 2012
Jueces
Historial del caso
Acciones relacionadas Fallo de 2007 de la Corte de La Haya sobre el litigio entre Honduras y Nicaragua
Opiniones del caso
Disenso parcial: Owada
Opiniones: Abraham; Donoghue
Declaraciones: Keith; Xue; Mensah; Cot
Palabras clave
Límite marítimo, tratado internacional, mar territorial.

La sentencia confirmó la soberanía de Colombia sobre las islas de Alburquerque, Bajo Nuevo, Sureste, Quitasueño, Roncador, Serrana y Serranilla y, asimismo, se declaró admisible la petición de Nicaragua en orden a que la Corte decidiera la forma apropiada de delimitación marítima, en el marco geográfico y jurídico constituido por las costas continentales de Nicaragua y Colombia, dividiendo por partes iguales los derechos superpuestos a la plataforma continental de ambas partes; de esa forma, el fallo estableció una línea de frontera marítima única entre ambos países, que delimita la plataforma continental y las zonas económicas exclusivas, según líneas geodésicas que unen los puntos con coordenadas, indicadas detalladamente y, además, determinó una frontera marítima única de enclave alrededor de las islas de Quitasueño y de Serrana.

En consecuencia, la sentencia determinó que el mapa de los territorios que Colombia alegaba como propios cambiara radicalmente, pues el anterior deslinde que ese país —basándose en su interpretación del Tratado de 1928—, había determinado como ubicado sobre el meridiano 82º, fue fijado —en algunos sectores— 531 kilómetros hacia el este, cerca del meridiano 79º, reconociéndole a Nicaragua soberanía y derechos marítimos en dichas aguas hasta las 200 millas náuticas contadas desde sus costas. Como contrapartida, reconoció la soberanía de Colombia sobre las aguas que rodean las islas y cayos en disputa conforme a las 12 millas náuticas. Asimismo, de acuerdo al fallo, Nicaragua pasó a tener fronteras oceánicas en el mar Caribe con Jamaica y Panamá, países con los cuales deberá acordar su frontera marítima. Lo anterior, sin perjuicio de la implementación de la sentencia.

Conforme al Derecho internacional, el fallo es obligatorio para las partes,[3][4]​ las cuales están comprometidas a cumplirlo,[5]​ habiendo quedado sometidas a la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia en virtud del Pacto de Bogotá. No obstante, conforme a los procedimientos ante la Corte, existe la posibilidad de presentar recursos de interpretación o revisión, los cuales Colombia ha expresado que hará uso en su pleno derecho.

Antecedentes

El contencioso en La Haya se inició con la demanda interpuesta por el gobierno nicaragüense en diciembre de 2001. Por la misma, Nicaragua reclamaba un área marítima superior a los 50 000 km², dentro de la cual se encontraban el archipiélago de San Andrés y varios atolones y cayos.

6 años después, en diciembre de 2007, se produjo un antecedente fundamental de este fallo: se dio a conocer la sentencia que concluyó el proceso incidental iniciado por Colombia —al presentar excepciones preliminares a la demanda de Nicaragua—, mediante la cual se reconoció la soberanía de Colombia sobre el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. Al mismo tiempo, estableció que poseía competencia para resolver la disputa sobre la frontera marítima entre ambos países, adelantando que la tesis colombiana, la cual establecía que sobre el meridiano 82º corría el límite internacional Colombia-Nicaragua, era incorrecta, por lo que dispuso que analizaría la soberanía tanto la de las demás islas y cayos, como la de sus aguas adyacentes.

La sentencia

Comunicación

La sentencia fue dada a conocer el lunes 19 de noviembre de 2012 en la ciudad de La Haya, Países Bajos. Fue dictada por 15 jueces del principal organismo judicial de la Organización de las Naciones Unidas, el cual posee jurisdicción universal: la Corte Internacional de Justicia de La Haya, que comenzó a impartir justicia en el año 1946. La sede desde donde opera es el Palacio de la Paz, de la citada ciudad.

El fallo fue leído, en una exposición de dos horas, por el presidente de la Corte, el juez eslovaco Peter Tomka, frente a las delegaciones de ambos países pleiteantes. El lugar fue el auditorio de la Academia de Derecho Internacional; no lo hizo en la habitual Gran Sala del Juzgado de Paz pues esta se encuentra en renovación. Si bien el idioma de ambos países litigantes es el español, este no se utilizó; sólo fue leída la sentencia en inglés y francés, al ser ambos los únicos idiomas oficiales de la Corte Internacional. La lectura comenzó a las 15 horas (hora local, las 9 horas en Colombia y 8 horas en Nicaragua).

Decisión

 
Mapa que muestra los efectos del fallo.
Simbología
██ Mar de Nicaragua.
██ Mar que era administrado por Colombia y que el fallo otorgó a Nicaragua.
██ Área de régimen común entre Colombia y Jamaica.
██ Mar de Colombia.
––– Límites marítimos entre Nicaragua y Colombia según el Fallo de la Corte de 2012.
––– Límites marítimos entre Nicaragua-Honduras según el Fallo de la Corte de 2007.
––– Límites marítimos según el Tratado entre Colombia y Jamaica de 1993.
––– Límites marítimos según el Tratado entre Colombia y Panamá de 1976.
––– Límites marítimos según el Tratado entre Colombia y Costa Rica de 1977 (no en vigor).
––– Límites marítimos según el Tratado entre Costa Rica y Panamá de 1980.
––– Límites marítimos según el Tratado entre Colombia y Honduras de 1986.

En la sentencia los jueces resolvieron que Colombia puede continuar ejerciendo soberanía sobre los territorios insulares, y las aguas inmediatas a ellos, que comprenden las islas de San Andrés, Providencia, y Santa Catalina, y sobre los 7 cayos que le disputaba Nicaragua, que los reclamaba como incluidos dentro de su plataforma continental. De esta manera, reconoció que el Tratado Esguerra-Bárcenas del año 1928 entre ambos países es un tratado limítrofe en lo que respecta a las islas, al cual, el 4 de febrero de 1980, el por entonces presidente de Nicaragua Daniel Ortega había otorgado el carácter jurídico de inválido, nulidad basada en que al momento de firmar dicho acuerdo su país estaba ocupado militarmente por Estados Unidos.

Como contraparte, Colombia perdió el control sobre una importante porción de una zona marítima al oriente del meridiano 82º, los que la corte reconoció como de soberanía nicaragüense, aunque otorga a la jurisdicción de Colombia una «lengua» de jurisdicción a la latitud de las islas de San Andrés y Providencia, del mismo modo que dos enclaves marinos de un radio de 12 millas náuticas alrededor de los cayos de Quitasueño y Serrana, los que estarán encerrados por aguas nicaragüenses, en razón de que, según entiende la corte, cada isla o cayo, por pequeña que sea, debe tener anexado un mar territorial. Estos territorios son ricos en petróleo, gas, y pesca, con abundancia de peces, caracoles, y en especial de langostas.[6]

Según el presidente de la CIJ, Peter Tomka el fallo sólo se relaciona a Colombia y Nicaragua, sin perjuicio de los derechos de terceros países. Esto se vincula al hecho de que Colombia firmó tratados limítrofes marítimos con Costa Rica, Honduras, y Jamaica, los que ahora deberían ser renegociados también con Nicaragua.

Efectos del fallo

Por medio de este fallo se pondría fin a la disputa territorial entre Colombia y Nicaragua en el mar Caribe suroccidental, si bien esto no ha ocurrido todavía. En efecto, la delimitación aún queda abierta y sin definir más allá de las 200 millas náuticas contadas desde las costas continentales, zona sobre la cual los magistrados se abstuvieron de pronunciarse.

Si bien el fallo es de carácter definitivo, uno o ambos países litigantes eventualmente podría interponer un recurso de revisión ante la misma corte, si es que entiende que han aparecido nuevos y determinantes elementos, los que al ser desconocidos no fueron presentados en las fases previas. Si se diera este escenario, la Corte debería evaluarlo, disponiendo para ello de un amplio plazo de 10 años.

Los territorios en disputa

 
Vista satelital del mar Caribe occidental, mostrando en rojo el banco Serranilla.
 
Cayo Serrana; según el fallo de la Corte de La Haya, este cayo y sus aguas envolventes se transformaron en uno de los dos enclaves colombianos insertos en las aguas nicaragüenses.

Los territorios en disputa sobre la plataforma marítima fueron repartidos por la corte de la siguiente manera:

  • Los territorios insulares y una porción marítima quedaron para Colombia
  • Gran parte del área marítima en disputa fue asignada a Nicaragua (hasta el día de la sentencia esas zonas eran explotadas por Colombia).

Los cayos

Los cayos ratificados como colombianos son territorios insulares de muy poca altura, por lo que algunos son también denominados bancos, o atolones, pues se originan por la acumulación natural de sedimentos y especialmente de escombros coralinos de arrecifes de coral, los que aún los rodean periféricamente. En algunos de ellos, en razón de ser lugares de anidamiento de varias especies de aves marinas, hubo explotaciones de sus depósitos de guano. Los 7 cayos son:

Alburquerque o cayos del Sur-suroeste
se sitúa a unos 37 km al suroeste de San Andrés, en las coordenadas 12°10′N 81°51′O / 12.167, -81.850.[7]
Sureste, Sudeste, o Este Sudeste
atolón de 6,4 km de largo y un ancho de 3,5 km. Está compuesto por dos cayos: East Cay, y West Cay o Bolívar, en este hay faro y un puesto militar colombiano. Se sitúa a unos 25 km al sureste de la isla de San Andrés, en las coordenadas 12°24′N 81°28′O / 12.400, -81.467.
Roncador
de 600 m de largo por 300 m de ancho, con un faro y presencia de la Armada Colombiana, en las coordenadas 13°34′N 80°03′O / 13.567, -80.050.
Serranilla
en las coordenadas 15°50′N 79°50′O / 15.833, -79.833. Desde la firma del Tratado de Delimitación Marítima entre Colombia y Honduras del 2 de agosto de 1986, que entró en vigor al ser ratificado por Honduras el 20 de diciembre de 1999, ambos países fijaron una línea limítrofe que excluyó a Honduras de todo reclamo sobre este Banco, excepto por algunos islotes situados a más de 12 millas náuticas del banco, pese a lo cual sigue existiendo en la Constitución de Honduras la mención de su soberanía sobre Serranilla.[8]​ Fue también reclamado por Estados Unidos en el año 1879 en virtud de la Ley de Islas Guaneras —aún vigente en dicho país—, si bien el 8 de septiembre de 1972, en el acuerdo de ese país con Colombia no fue incluida. En el intercambio de notas del 24 de octubre de 1983 Colombia le reconoció derechos de pesca a Estados Unidos en esa zona. Este fallo ha definido a favor de Nicaragua parte de dicha área, dejando de este modo obsoleto al acuerdo EE. UU.-Colombia en lo que atañe a dicho sector. En algunas publicaciones oficiales figura erróneamente como un «territorio no organizado y no incorporado» de los EE. UU.[9]
Bajo Nuevo, Bajonuevo, o islas Petrel
con un faro y presencia de la Armada Colombiana, en las coordenadas 15°53′N 78°38′O / 15.883, -78.633. Fue también reclamado por Estados Unidos en el año 1869 en virtud de la Ley de Islas Guaneras —aún vigente en dicho país—, si bien el 8 de septiembre de 1972, en el acuerdo de ese país con Colombia no fue incluida. En el intercambio de notas del 24 de octubre de 1983 Colombia le reconoció derechos de pesca a Estados Unidos en esa zona. Este fallo ha definido a favor de Nicaragua parte de dicha área, dejandó de este modo obsoleto al acuerdo EE. UU.-Colombia en lo que atañe a dicho sector. En algunas publicaciones oficiales figura erróneamente como un «territorio no organizado y no incorporado» de los EE. UU. El 13 de noviembre de 1993 Colombia y Jamaica firmaron un Tratado de Delimitación Marítima que estableció en torno al Bajo Nuevo (al igual que sobre el banco Serranilla) una zona conjunta de administración, control, exploración, y explotación, tanto de sus recursos vivos como de los no vivos, la cual fue denominada jurídicamente: «Área de Régimen Común».[10]
Quitasueño
situado a 37 km al suroeste de San Andrés, en las coordenadas 12°10′N 81°51′O / 12.167, -81.850.
Serrana
en las coordenadas 14°20′N 80°20′O / 14.333, -80.333, fue también disputado por Estados Unidos, quien hasta el 17 de septiembre de 1981 mantenían una base militar en él. El 8 de septiembre de 1972, por un acuerdo binacional, Estados Unidos lo reconoció como colombiano.

Los dos últimos cayos han pasado a ser, mediante este fallo, enclaves colombianos rodeados de una pequeña plataforma de mar colombiano, pero que a su vez, ambas están rodeadas por aguas nicaragüenses.

Repercusiones

En Colombia

Inmediatamente de darse a conocer el resultado del contencioso de límites, el presidente colombiano Juan Manuel Santos convocó a una reunión en la Casa de Nariño, para analizarlo meticulosamente, a la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores. La misma está compuesta, entre otros, por excancilleres y expresidentes colombianos.[11]

Posteriormente, en una alocución que fue transmitida a todo el país, el presidente señaló que su gobierno no descartará:

«...ningún recurso o mecanismo del derecho internacional para defender los derechos de los colombianos.»

También advirtió que:

«Existen claros obstáculos que hacen compleja y difícil la aplicación de algunos aspectos de la delimitación marítima trazada por el fallo de la Corte de La Haya. Equivocadamente, en lugar de limitarse a trazar la línea en el área regulada por el tratado Esguerra-Bárcenas, resolvió extender dicha línea al norte y al sur del archipiélago. No estamos de acuerdo con que la Corte se haya salido del ámbito cobijado por el tratado, que ella misma había declarado válido y vigente».[12]

Expresó que el fallo es:

«...inconsistente y no compatible con la concepción geográfica de lo que es un archipiélago...Todo esto realmente son omisiones, errores, excesos, inconsistencias, que no podemos aceptar. Teniendo en cuenta lo anterior, Colombia -representada por su Jefe de Estado- rechaza enfáticamente ese aspecto del fallo que la Corte ha proferido en el día de hoy. El Gobierno respeta el derecho pero considera que la Corte ha incurrido en este tema en serias equivocaciones. La Corte, al trazar la línea de delimitación marítima, cometió errores graves que debo resaltar, y que nos afectan negativamente».[13]

Juan Lozano, entonces presidente del Partido Social de Unidad Nacional y Senador de la República de Colombia por el periodo 2010-2014, exigió que el país recurra a los caminos que la ley le otorga para hacer frente al fallo, el cual, según él, es adverso a los intereses del país. Para el senador: «los reglamentos contemplan dos figuras que están vivas en el derecho internacional: La primera es una demanda de revisión frente al fallo y la segunda una demanda de aclaración...».[14]

También fue crítica la opinión de la senadora por el Movimiento Independiente de Renovación Absoluta (MIRA), Alexandra Moreno Piraquive, señalando que: «la corte se ha equivocado de cabo a rabo, nos esperábamos otra cosa, hasta un fallo salomónico, pero esto es absurdo, nos atravesó la línea divisoria por la mitad de la casa, nos reconocen los cayos, pero el resto del mar que los rodea es de Nicaragua. ¿Por dónde vamos a pasar? Yo creo que esto es absurdo».

El magistrado Gustavo Gómez Aranguren, presidente del Consejo de Estado, confesó que recibió el fallo «con dolor de patria», e indicó que el alto tribunal le había aconsejado a la comisión negociadora del gobierno nacional no acudir a los tribunales internacionales, adelantándole cómo sería el fallo si lo hacían.[15][16]

El 28 de noviembre, el presidente Santos anunció que Colombia se retiraba del pacto de Bogotá, poniendo término a la jurisdicción de la CIJ en eventuales demandas con otros países.[17]​ Ese mismo día, el secretario general de la OEA, José Miguel Insulza, confirmó el recibo de la denuncia del tratado por parte de Colombia.[18]

En mayo de 2014, la Corte Constitucional conceptuó que los fallos de cortes internacionales no pueden ser usados para definir los límites del país, hasta que no se haya celebrado un tratado firmado por el Congreso y ratificado por el presidente, lo que valida la tesis del gobierno que ha dicho que su Constitución le prohíbe aplicar el fallo de la CIJ. Esto quiere decir que no podrá hacerse efectivo sin que exista un tratado, en este caso con Nicaragua. La decisión de la Corte es la respuesta a una denuncia interpuesta por el propio presidente Juan Manuel Santos en septiembre de 2013, al llamado Pacto de Bogotá suscrito por Colombia en 1968 y con el que se reconocía a la CIJ facultades para resolver litigios marítimos entre países de la región. Al conocer el concepto de la Corte Constitucional, Santos realizó una alocución en la que explicó que los límites entre los dos países siguen siendo los mismos que fueron establecidos por el tratado Esguerra-Bárcenas de 1928.[19]

En las islas

Los principales damnificados por el fallo fueron las comunidades de habitantes de las islas. Arlinton Howard, presidente de la Asamblea de la isla de San Andrés, objetó a los integrantes del ejecutivo nacional.

«Son los responsables de todo. Esto nunca debió pasar. Desconocieron a San Andrés y ahora quien va a padecer esos errores será nuestra población...se perdió cerca del 50 % del mar territorial. Este es un daño patrimonial incalculable. La pérdida económica será enorme pues sólo en el cayo de Quitasueño se producen al año 200 toneladas de langostas, 100 de caracol pala, y 2000 de pescado. Súmele lo demás y verá que hay un daño grave».[15]

Gabriel Arango Bacci, almirante retirado y excomandante en San Andrés, advirtió que el fallo afectará a Colombia en lo que atañe a la seguridad, pues en esa zona marítima suelen operar actividades ilícitas relacionadas al tráfico de personas, de dólares, de drogas, y de armas, las cuales el país las enfrentaba con dureza. «¿Qué va a pasar ahora?, es algo incierto».[15]

En Nicaragua

Daniel Ortega, Presidente de la República de Nicaragua, festejó la sentencia —la que según él resultó una «victoria nacional inapelable»— con un discurso en la «Plaza de la Revolución» de Managua, frente a miles de personas. Estaba acompañado por los expresidentes liberales Arnoldo Alemán y Enrique Bolaños, por el yerno de la exgobernante Violeta Chamorro (Antonio Lacayo), y varios excancilleres, entre los que destacaba un liberal crítico al presidente Ortega Eduardo Montealegre.

En su proclama, por momentos sosegada, además de asegurar que «sus hermanos sanandresanos» podrán desplazarse sin problemas por las aguas nicaragüenses, al mismo tiempo que mostró su alegría, criticó a su par colombiano calificando su alocución de «preocupante» ante la posibilidad de que Colombia no reconozca el fallo:

«Es un acto que muestra irrespeto total al derecho internacional, a la Corte, al pueblo colombiano, al mismo Estado colombiano, y se está irrespetando el mismo presidente, porque él había comprometido la palabra a su propio pueblo. Palabra que se compromete, palabra que se cumple. Esto nos preocupa. Será una falta de seriedad y falta de responsabilidad total. ¿A dónde va a recurrir?, sólo que recurra a la Corte Celestial. Entonces, ¿para qué fueron a la Corte?, ¿para qué admitieron a la Corte?, si no se puede cumplir con lo que manda la Corte porque las leyes internas no lo permiten. La Corte obliga en todo caso a que las leyes internas se ajusten a lo inmediato para que den plena potestad al mandato de la Corte. Con todo respeto al presidente Santos, pero él no es autoridad suprema para venir a juzgar a la Corte en qué se equivocó y en qué no se equivocó. Espero que esto no sea más que un discurso del momento por el impacto que les ha provocado esta resolución, donde sencillamente se le está reconociendo a Nicaragua derechos que les habían usurpado.(...)
Estamos logrando una plataforma continental, un territorio marítimo. Antes, hasta el día de hoy, éramos prisioneros en nuestro propio territorio marítimo. Colombia hizo muchas artimañas. Firmó tratados con Honduras y con Costa Rica para seguirnos atrapando. (...) Allá, en el meridiano 82º trazaron una línea y los colombianos nos mantenían acorralados con su poderío militar. No tenemos fuerzas de mar, fuerzas de aire que se puedan comparar con las fuerzas colombianas como para podernos ir a batallar en el mar. Se impusieron por la fuerza durante años. Colombia debería indemnizarnos por tantos años de explotación de nuestros recursos naturales. (...) Hoy es un día de la patria, hoy es un día de la unidad nacional, hoy es un día de victoria nacional de todos los nicaragüenses y de todas las nicaragüenses. Este fallo se debe a la tenacidad de nuestro pueblo (...) la tenacidad de los nicaragüenses, quienes han logrado recorrer ese largo camino, venciendo escollos salvando obstáculos, enfrentando atropellos y frente a atropellos respondiendo con la lucha y con la ley en la mano»[20][21]

Según lo señaló el embajador de Nicaragua en los Países Bajos, Carlos José Argüello, con el fallo de la Corte, Nicaragua se sintió «satisfecha», pues es un «gran triunfo», una «victoria» para el país, que ha conseguido «espacios marítimos importantísimos».[22]

Similares palabras emitió el equipo nicaragüense: «difícilmente hubiéramos podido salir mejor». El abogado de la delegación nicaragüense, Antonio Remiro, indicó que gracias a esta sentencia, su país: ha salido de la jaula del meridiano 82.[23]

Implementación del fallo

Tras varios meses de efectuado el fallo por la Corte de La Haya, la situación no ha cambiado mucho. Colombia ha reforzado su presencia naval en el área en disputa, y busca vías legales para tratar de revertir los efectos del fallo. Para ello ha contratado a la firma de abogados ingleses Volterra-Fietta.[24]

Véase también

Referencias

  1. Judgment Territorial and Maritime Dispute (Nicaragua v. Colombia) el 2 de diciembre de 2012 en Wayback Machine. (en inglés) y (en francés)
  2. Territorial and Maritime Dispute (Nicaragua v. Colombia) Summary of the Judgment el 2 de marzo de 2014 en Wayback Machine. (en inglés)
  3. Artículo 94.2 del Reglamento de la Corte Internacional de Justicia el 30 de noviembre de 2012 en Wayback Machine..
  4. Art. 59 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia el 2 de febrero de 2014 en Wayback Machine..
  5. Art. 94.1 de la Carta de las Naciones Unidas.
  6. «Corte Internacional de Justicia fijó límites marítimos con Nicaragua». Colombia: El Tiempo. 19 de noviembre de 2012. Consultado el 19 de noviembre de 2012. 
  7. Coralina.gov.co. . Archivado desde el original el 29 de abril de 2014. Consultado el 19 de noviembre de 2012. 
  8. Tratado entre Colombia y Honduras de 1986
  9. U.S. Insular Areas: Application of the U.S. Constitution: Report to the Chairman, Committee on Resources, House of Representatives. Pág. 39. Escrito por United States General Accounting Office, United States Congress. House. Committee on Resources Publicado por DIANE Publishing, 1997. ISBN 1-4289-7935-2, 9781428979352
  10. Tratado entre Colombia y Jamaica de 1993. (en inglés)
  11. «Santos convoca comité asesor tras fallo de Corte Internacional». Colombia: El Tiempo. 19 de noviembre de 2012. Consultado el 19 de noviembre de 2012. 
  12. . Colombia: El Colombiano. 19 de noviembre de 2012. Archivado desde el original el 3 de abril de 2013. Consultado el 19 de noviembre de 2012. 
  13. «Colombia rechazó el fallo de La Haya». Vanguardia Liberal. Bucaramanga: Galvis Ramirez & Cia S.A. 20 de noviembre de 2012. Consultado el 26 de enero de 2020. 
  14. «Colombia tiene caminos jurídicos, según Juan Lozano». Colombia: El Colombiano. 19 de noviembre de 2012. Consultado el 19 de noviembre de 2012. 
  15. Granados Fernández, José (20 de noviembre de 2012). «Colombia tiene los cayos; Nicaragua, el mar». Colombia: El Heraldo. Consultado el 20 de noviembre de 2012. 
  16. «Pérdida marítima produce "dolor de patria": Consejo de Estado». Colombia: El Espectador. 20 de noviembre de 2012. Consultado el 20 de noviembre de 2012. 
  17. «Colombia se retira del pacto que reconoce jurisdicción de La Haya». www.eltiempo.com. 28 de noviembre de 2012. Consultado el 28 de noviembre de 2012. 
  18. EFE (28 de noviembre de 2012). «Insulza confirma recepción de renuncia de Colombia al pacto de Bogotá y dice que "trámite está en marcha"» (SHTML). www.latercera.com. Consultado el 29 de noviembre de 2012. 
  19. Reyes, Elizabeth (3 de mayo de 2014). «Colombia solo definirá límites marinos con Nicaragua con un nuevo tratado». El País. Madrid: Ediciones El País. Consultado el 26 de enero de 2020. 
  20. «Presidente de Nicaragua dice que Colombia 'solo puede acudir a la corte celestial'». Colombia: El Espectador. 20 de noviembre de 2012. Consultado el 20 de noviembre de 2012. 
  21. . Colombia: El País. 20 de noviembre de 2012. Archivado desde el original el 5 de mayo de 2015. Consultado el 20 de noviembre de 2012. 
  22. «Satisfacción en Nicaragua y preocupación en Colombia». Colombia: El Colombiano. 19 de noviembre de 2012. Consultado el 19 de noviembre de 2012. 
  23. «Nicaragua, 'satisfecha' con fallo de la CIJ sobre límite marítimo». Colombia: El Tiempo. 19 de noviembre de 2012. Consultado el 19 de noviembre de 2012. 
  24. http://www.lasillavacia.com/content/fallo-de-la-haya-round-2-45185 el 16 de julio de 2013 en Wayback Machine., por David Chala

Enlaces externos

  • Fallo de 2012 de la Corte Internacional de Justicia. «Territorial and maritime dispute (Nicaragua vs Colombia)» (en inglés). Consultado el 23 de noviembre de 2012. 
  • Fallo de 2007 de la Corte Internacional de Justicia. (en inglés/francés). Archivado desde el original el 16 de mayo de 2008. Consultado el 23 de noviembre de 2012. 
  • Galvis, Ricardo Abello Traducción del Fallo de la Corte Internacional de Justicia en el “Diferendo Territorial y Marítimo” (Nicaragua contra Colombia). Excepciones preliminares (del año 2007) ACDI, Bogotá, ISSN [//portal.issn.org/resource/ISSN/2027-1131 2027-1131, Año 1. Nº 1: 205-262, 2008 (traducción no oficial)].
  • LAS FUTURAS GENERACIONES PIDEN DESACATAR FALLO HAYA
  •   Datos: Q5855540

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El Fallo de la Corte de La Haya en 2012 sobre el litigio entre Colombia y Nicaragua fue una sentencia emitida por la Corte Internacional de Justicia el 19 de noviembre de 2012 1 2 mediante la cual se procedio a resolver la cuestion de fondo del caso sobre la disputa territorial y de delimitacion maritima entre la Republica de Nicaragua y la Republica de Colombia en el mar Caribe sudoccidental iniciado por la primera en el 2001 Controversia territorial y delimitacion maritima Nicaragua contra Colombia Mapa esquematico de los limites maritimos segun el fallo Simbologia Limite oriental aproximado del area relevante Limite maritimo establecido por la Corte Fallo de la Corte de 8 de octubre de 2007 Tratado bilateral de 1993 entre Colombia y Jamaica Tratado bilateral de 1976 entre Colombia y Panama Tratado bilateral de 1977 no en vigor entre Colombia y Costa Rica Tratado bilateral de 1980 entre Costa Rica y PanamaTribunalCorte Internacional de JusticiaCasoNicaragua v ColombiaNombre completoCaso concerniente a la disputa territorial y de delimitacion maritima entre la Republica de Nicaragua y la Republica de ColombiaSentencia19 de noviembre de 2012JuecesTomka presidente Sepulveda A vicepresidente Owada Abraham Keith Bennouna Skotnikov Cancado Yusuf Greenwood Xue Donoghue Mensah ad hoc Cot ad hoc Historial del casoAcciones relacionadasFallo de 2007 de la Corte de La Haya sobre el litigio entre Honduras y NicaraguaOpiniones del casoDisenso parcial Owada Opiniones Abraham Donoghue Declaraciones Keith Xue Mensah CotPalabras claveLimite maritimo tratado internacional mar territorial editar datos en Wikidata La sentencia confirmo la soberania de Colombia sobre las islas de Alburquerque Bajo Nuevo Sureste Quitasueno Roncador Serrana y Serranilla y asimismo se declaro admisible la peticion de Nicaragua en orden a que la Corte decidiera la forma apropiada de delimitacion maritima en el marco geografico y juridico constituido por las costas continentales de Nicaragua y Colombia dividiendo por partes iguales los derechos superpuestos a la plataforma continental de ambas partes de esa forma el fallo establecio una linea de frontera maritima unica entre ambos paises que delimita la plataforma continental y las zonas economicas exclusivas segun lineas geodesicas que unen los puntos con coordenadas indicadas detalladamente y ademas determino una frontera maritima unica de enclave alrededor de las islas de Quitasueno y de Serrana En consecuencia la sentencia determino que el mapa de los territorios que Colombia alegaba como propios cambiara radicalmente pues el anterior deslinde que ese pais basandose en su interpretacion del Tratado de 1928 habia determinado como ubicado sobre el meridiano 82º fue fijado en algunos sectores 531 kilometros hacia el este cerca del meridiano 79º reconociendole a Nicaragua soberania y derechos maritimos en dichas aguas hasta las 200 millas nauticas contadas desde sus costas Como contrapartida reconocio la soberania de Colombia sobre las aguas que rodean las islas y cayos en disputa conforme a las 12 millas nauticas Asimismo de acuerdo al fallo Nicaragua paso a tener fronteras oceanicas en el mar Caribe con Jamaica y Panama paises con los cuales debera acordar su frontera maritima Lo anterior sin perjuicio de la implementacion de la sentencia Conforme al Derecho internacional el fallo es obligatorio para las partes 3 4 las cuales estan comprometidas a cumplirlo 5 habiendo quedado sometidas a la jurisdiccion de la Corte Internacional de Justicia en virtud del Pacto de Bogota No obstante conforme a los procedimientos ante la Corte existe la posibilidad de presentar recursos de interpretacion o revision los cuales Colombia ha expresado que hara uso en su pleno derecho Indice 1 Antecedentes 2 La sentencia 2 1 Comunicacion 2 2 Decision 3 Efectos del fallo 3 1 Los territorios en disputa 3 1 1 Los cayos 4 Repercusiones 4 1 En Colombia 4 1 1 En las islas 4 2 En Nicaragua 5 Implementacion del fallo 6 Vease tambien 7 Referencias 8 Enlaces externosAntecedentes Editar Palacio de la Paz sede de la Corte Internacional de Justicia El contencioso en La Haya se inicio con la demanda interpuesta por el gobierno nicaraguense en diciembre de 2001 Por la misma Nicaragua reclamaba un area maritima superior a los 50 000 km dentro de la cual se encontraban el archipielago de San Andres y varios atolones y cayos 6 anos despues en diciembre de 2007 se produjo un antecedente fundamental de este fallo se dio a conocer la sentencia que concluyo el proceso incidental iniciado por Colombia al presentar excepciones preliminares a la demanda de Nicaragua mediante la cual se reconocio la soberania de Colombia sobre el archipielago de San Andres Providencia y Santa Catalina Al mismo tiempo establecio que poseia competencia para resolver la disputa sobre la frontera maritima entre ambos paises adelantando que la tesis colombiana la cual establecia que sobre el meridiano 82º corria el limite internacional Colombia Nicaragua era incorrecta por lo que dispuso que analizaria la soberania tanto la de las demas islas y cayos como la de sus aguas adyacentes La sentencia EditarComunicacion Editar La sentencia fue dada a conocer el lunes 19 de noviembre de 2012 en la ciudad de La Haya Paises Bajos Fue dictada por 15 jueces del principal organismo judicial de la Organizacion de las Naciones Unidas el cual posee jurisdiccion universal la Corte Internacional de Justicia de La Haya que comenzo a impartir justicia en el ano 1946 La sede desde donde opera es el Palacio de la Paz de la citada ciudad El fallo fue leido en una exposicion de dos horas por el presidente de la Corte el juez eslovaco Peter Tomka frente a las delegaciones de ambos paises pleiteantes El lugar fue el auditorio de la Academia de Derecho Internacional no lo hizo en la habitual Gran Sala del Juzgado de Paz pues esta se encuentra en renovacion Si bien el idioma de ambos paises litigantes es el espanol este no se utilizo solo fue leida la sentencia en ingles y frances al ser ambos los unicos idiomas oficiales de la Corte Internacional La lectura comenzo a las 15 horas hora local las 9 horas en Colombia y 8 horas en Nicaragua Decision Editar Mapa que muestra los efectos del fallo Simbologia Mar de Nicaragua Mar que era administrado por Colombia y que el fallo otorgo a Nicaragua Area de regimen comun entre Colombia y Jamaica Mar de Colombia Limites maritimos entre Nicaragua y Colombia segun el Fallo de la Corte de 2012 Limites maritimos entre Nicaragua Honduras segun el Fallo de la Corte de 2007 Limites maritimos segun el Tratado entre Colombia y Jamaica de 1993 Limites maritimos segun el Tratado entre Colombia y Panama de 1976 Limites maritimos segun el Tratado entre Colombia y Costa Rica de 1977 no en vigor Limites maritimos segun el Tratado entre Costa Rica y Panama de 1980 Limites maritimos segun el Tratado entre Colombia y Honduras de 1986 En la sentencia los jueces resolvieron que Colombia puede continuar ejerciendo soberania sobre los territorios insulares y las aguas inmediatas a ellos que comprenden las islas de San Andres Providencia y Santa Catalina y sobre los 7 cayos que le disputaba Nicaragua que los reclamaba como incluidos dentro de su plataforma continental De esta manera reconocio que el Tratado Esguerra Barcenas del ano 1928 entre ambos paises es un tratado limitrofe en lo que respecta a las islas al cual el 4 de febrero de 1980 el por entonces presidente de Nicaragua Daniel Ortega habia otorgado el caracter juridico de invalido nulidad basada en que al momento de firmar dicho acuerdo su pais estaba ocupado militarmente por Estados Unidos Como contraparte Colombia perdio el control sobre una importante porcion de una zona maritima al oriente del meridiano 82º los que la corte reconocio como de soberania nicaraguense aunque otorga a la jurisdiccion de Colombia una lengua de jurisdiccion a la latitud de las islas de San Andres y Providencia del mismo modo que dos enclaves marinos de un radio de 12 millas nauticas alrededor de los cayos de Quitasueno y Serrana los que estaran encerrados por aguas nicaraguenses en razon de que segun entiende la corte cada isla o cayo por pequena que sea debe tener anexado un mar territorial Estos territorios son ricos en petroleo gas y pesca con abundancia de peces caracoles y en especial de langostas 6 Segun el presidente de la CIJ Peter Tomka el fallo solo se relaciona a Colombia y Nicaragua sin perjuicio de los derechos de terceros paises Esto se vincula al hecho de que Colombia firmo tratados limitrofes maritimos con Costa Rica Honduras y Jamaica los que ahora deberian ser renegociados tambien con Nicaragua Efectos del fallo EditarPor medio de este fallo se pondria fin a la disputa territorial entre Colombia y Nicaragua en el mar Caribe suroccidental si bien esto no ha ocurrido todavia En efecto la delimitacion aun queda abierta y sin definir mas alla de las 200 millas nauticas contadas desde las costas continentales zona sobre la cual los magistrados se abstuvieron de pronunciarse Si bien el fallo es de caracter definitivo uno o ambos paises litigantes eventualmente podria interponer un recurso de revision ante la misma corte si es que entiende que han aparecido nuevos y determinantes elementos los que al ser desconocidos no fueron presentados en las fases previas Si se diera este escenario la Corte deberia evaluarlo disponiendo para ello de un amplio plazo de 10 anos Los territorios en disputa Editar Cayo Sureste Cayo Roncador Vista satelital del mar Caribe occidental mostrando en rojo el banco Serranilla Cayo Serrana segun el fallo de la Corte de La Haya este cayo y sus aguas envolventes se transformaron en uno de los dos enclaves colombianos insertos en las aguas nicaraguenses Los territorios en disputa sobre la plataforma maritima fueron repartidos por la corte de la siguiente manera Los territorios insulares y una porcion maritima quedaron para Colombia Gran parte del area maritima en disputa fue asignada a Nicaragua hasta el dia de la sentencia esas zonas eran explotadas por Colombia Los cayos Editar Los cayos ratificados como colombianos son territorios insulares de muy poca altura por lo que algunos son tambien denominados bancos o atolones pues se originan por la acumulacion natural de sedimentos y especialmente de escombros coralinos de arrecifes de coral los que aun los rodean perifericamente En algunos de ellos en razon de ser lugares de anidamiento de varias especies de aves marinas hubo explotaciones de sus depositos de guano Los 7 cayos son Alburquerque o cayos del Sur suroeste se situa a unos 37 km al suroeste de San Andres en las coordenadas 12 10 N 81 51 O 12 167 81 850 7 Sureste Sudeste o Este Sudeste atolon de 6 4 km de largo y un ancho de 3 5 km Esta compuesto por dos cayos East Cay y West Cay o Bolivar en este hay faro y un puesto militar colombiano Se situa a unos 25 km al sureste de la isla de San Andres en las coordenadas 12 24 N 81 28 O 12 400 81 467 Roncador de 600 m de largo por 300 m de ancho con un faro y presencia de la Armada Colombiana en las coordenadas 13 34 N 80 03 O 13 567 80 050 Serranilla en las coordenadas 15 50 N 79 50 O 15 833 79 833 Desde la firma del Tratado de Delimitacion Maritima entre Colombia y Honduras del 2 de agosto de 1986 que entro en vigor al ser ratificado por Honduras el 20 de diciembre de 1999 ambos paises fijaron una linea limitrofe que excluyo a Honduras de todo reclamo sobre este Banco excepto por algunos islotes situados a mas de 12 millas nauticas del banco pese a lo cual sigue existiendo en la Constitucion de Honduras la mencion de su soberania sobre Serranilla 8 Fue tambien reclamado por Estados Unidos en el ano 1879 en virtud de la Ley de Islas Guaneras aun vigente en dicho pais si bien el 8 de septiembre de 1972 en el acuerdo de ese pais con Colombia no fue incluida En el intercambio de notas del 24 de octubre de 1983 Colombia le reconocio derechos de pesca a Estados Unidos en esa zona Este fallo ha definido a favor de Nicaragua parte de dicha area dejando de este modo obsoleto al acuerdo EE UU Colombia en lo que atane a dicho sector En algunas publicaciones oficiales figura erroneamente como un territorio no organizado y no incorporado de los EE UU 9 Bajo Nuevo Bajonuevo o islas Petrel con un faro y presencia de la Armada Colombiana en las coordenadas 15 53 N 78 38 O 15 883 78 633 Fue tambien reclamado por Estados Unidos en el ano 1869 en virtud de la Ley de Islas Guaneras aun vigente en dicho pais si bien el 8 de septiembre de 1972 en el acuerdo de ese pais con Colombia no fue incluida En el intercambio de notas del 24 de octubre de 1983 Colombia le reconocio derechos de pesca a Estados Unidos en esa zona Este fallo ha definido a favor de Nicaragua parte de dicha area dejando de este modo obsoleto al acuerdo EE UU Colombia en lo que atane a dicho sector En algunas publicaciones oficiales figura erroneamente como un territorio no organizado y no incorporado de los EE UU El 13 de noviembre de 1993 Colombia y Jamaica firmaron un Tratado de Delimitacion Maritima que establecio en torno al Bajo Nuevo al igual que sobre el banco Serranilla una zona conjunta de administracion control exploracion y explotacion tanto de sus recursos vivos como de los no vivos la cual fue denominada juridicamente Area de Regimen Comun 10 Quitasueno situado a 37 km al suroeste de San Andres en las coordenadas 12 10 N 81 51 O 12 167 81 850 Serrana en las coordenadas 14 20 N 80 20 O 14 333 80 333 fue tambien disputado por Estados Unidos quien hasta el 17 de septiembre de 1981 mantenian una base militar en el El 8 de septiembre de 1972 por un acuerdo binacional Estados Unidos lo reconocio como colombiano Los dos ultimos cayos han pasado a ser mediante este fallo enclaves colombianos rodeados de una pequena plataforma de mar colombiano pero que a su vez ambas estan rodeadas por aguas nicaraguenses Repercusiones EditarEn Colombia Editar Inmediatamente de darse a conocer el resultado del contencioso de limites el presidente colombiano Juan Manuel Santos convoco a una reunion en la Casa de Narino para analizarlo meticulosamente a la Comision Asesora de Relaciones Exteriores La misma esta compuesta entre otros por excancilleres y expresidentes colombianos 11 Posteriormente en una alocucion que fue transmitida a todo el pais el presidente senalo que su gobierno no descartara ningun recurso o mecanismo del derecho internacional para defender los derechos de los colombianos Tambien advirtio que Existen claros obstaculos que hacen compleja y dificil la aplicacion de algunos aspectos de la delimitacion maritima trazada por el fallo de la Corte de La Haya Equivocadamente en lugar de limitarse a trazar la linea en el area regulada por el tratado Esguerra Barcenas resolvio extender dicha linea al norte y al sur del archipielago No estamos de acuerdo con que la Corte se haya salido del ambito cobijado por el tratado que ella misma habia declarado valido y vigente 12 Expreso que el fallo es inconsistente y no compatible con la concepcion geografica de lo que es un archipielago Todo esto realmente son omisiones errores excesos inconsistencias que no podemos aceptar Teniendo en cuenta lo anterior Colombia representada por su Jefe de Estado rechaza enfaticamente ese aspecto del fallo que la Corte ha proferido en el dia de hoy El Gobierno respeta el derecho pero considera que la Corte ha incurrido en este tema en serias equivocaciones La Corte al trazar la linea de delimitacion maritima cometio errores graves que debo resaltar y que nos afectan negativamente 13 Juan Lozano entonces presidente del Partido Social de Unidad Nacional y Senador de la Republica de Colombia por el periodo 2010 2014 exigio que el pais recurra a los caminos que la ley le otorga para hacer frente al fallo el cual segun el es adverso a los intereses del pais Para el senador los reglamentos contemplan dos figuras que estan vivas en el derecho internacional La primera es una demanda de revision frente al fallo y la segunda una demanda de aclaracion 14 Tambien fue critica la opinion de la senadora por el Movimiento Independiente de Renovacion Absoluta MIRA Alexandra Moreno Piraquive senalando que la corte se ha equivocado de cabo a rabo nos esperabamos otra cosa hasta un fallo salomonico pero esto es absurdo nos atraveso la linea divisoria por la mitad de la casa nos reconocen los cayos pero el resto del mar que los rodea es de Nicaragua Por donde vamos a pasar Yo creo que esto es absurdo El magistrado Gustavo Gomez Aranguren presidente del Consejo de Estado confeso que recibio el fallo con dolor de patria e indico que el alto tribunal le habia aconsejado a la comision negociadora del gobierno nacional no acudir a los tribunales internacionales adelantandole como seria el fallo si lo hacian 15 16 El 28 de noviembre el presidente Santos anuncio que Colombia se retiraba del pacto de Bogota poniendo termino a la jurisdiccion de la CIJ en eventuales demandas con otros paises 17 Ese mismo dia el secretario general de la OEA Jose Miguel Insulza confirmo el recibo de la denuncia del tratado por parte de Colombia 18 En mayo de 2014 la Corte Constitucional conceptuo que los fallos de cortes internacionales no pueden ser usados para definir los limites del pais hasta que no se haya celebrado un tratado firmado por el Congreso y ratificado por el presidente lo que valida la tesis del gobierno que ha dicho que su Constitucion le prohibe aplicar el fallo de la CIJ Esto quiere decir que no podra hacerse efectivo sin que exista un tratado en este caso con Nicaragua La decision de la Corte es la respuesta a una denuncia interpuesta por el propio presidente Juan Manuel Santos en septiembre de 2013 al llamado Pacto de Bogota suscrito por Colombia en 1968 y con el que se reconocia a la CIJ facultades para resolver litigios maritimos entre paises de la region Al conocer el concepto de la Corte Constitucional Santos realizo una alocucion en la que explico que los limites entre los dos paises siguen siendo los mismos que fueron establecidos por el tratado Esguerra Barcenas de 1928 19 En las islas Editar Los principales damnificados por el fallo fueron las comunidades de habitantes de las islas Arlinton Howard presidente de la Asamblea de la isla de San Andres objeto a los integrantes del ejecutivo nacional Son los responsables de todo Esto nunca debio pasar Desconocieron a San Andres y ahora quien va a padecer esos errores sera nuestra poblacion se perdio cerca del 50 del mar territorial Este es un dano patrimonial incalculable La perdida economica sera enorme pues solo en el cayo de Quitasueno se producen al ano 200 toneladas de langostas 100 de caracol pala y 2000 de pescado Sumele lo demas y vera que hay un dano grave 15 Gabriel Arango Bacci almirante retirado y excomandante en San Andres advirtio que el fallo afectara a Colombia en lo que atane a la seguridad pues en esa zona maritima suelen operar actividades ilicitas relacionadas al trafico de personas de dolares de drogas y de armas las cuales el pais las enfrentaba con dureza Que va a pasar ahora es algo incierto 15 En Nicaragua Editar Daniel Ortega Presidente de la Republica de Nicaragua festejo la sentencia la que segun el resulto una victoria nacional inapelable con un discurso en la Plaza de la Revolucion de Managua frente a miles de personas Estaba acompanado por los expresidentes liberales Arnoldo Aleman y Enrique Bolanos por el yerno de la exgobernante Violeta Chamorro Antonio Lacayo y varios excancilleres entre los que destacaba un liberal critico al presidente Ortega Eduardo Montealegre En su proclama por momentos sosegada ademas de asegurar que sus hermanos sanandresanos podran desplazarse sin problemas por las aguas nicaraguenses al mismo tiempo que mostro su alegria critico a su par colombiano calificando su alocucion de preocupante ante la posibilidad de que Colombia no reconozca el fallo Es un acto que muestra irrespeto total al derecho internacional a la Corte al pueblo colombiano al mismo Estado colombiano y se esta irrespetando el mismo presidente porque el habia comprometido la palabra a su propio pueblo Palabra que se compromete palabra que se cumple Esto nos preocupa Sera una falta de seriedad y falta de responsabilidad total A donde va a recurrir solo que recurra a la Corte Celestial Entonces para que fueron a la Corte para que admitieron a la Corte si no se puede cumplir con lo que manda la Corte porque las leyes internas no lo permiten La Corte obliga en todo caso a que las leyes internas se ajusten a lo inmediato para que den plena potestad al mandato de la Corte Con todo respeto al presidente Santos pero el no es autoridad suprema para venir a juzgar a la Corte en que se equivoco y en que no se equivoco Espero que esto no sea mas que un discurso del momento por el impacto que les ha provocado esta resolucion donde sencillamente se le esta reconociendo a Nicaragua derechos que les habian usurpado Estamos logrando una plataforma continental un territorio maritimo Antes hasta el dia de hoy eramos prisioneros en nuestro propio territorio maritimo Colombia hizo muchas artimanas Firmo tratados con Honduras y con Costa Rica para seguirnos atrapando Alla en el meridiano 82º trazaron una linea y los colombianos nos mantenian acorralados con su poderio militar No tenemos fuerzas de mar fuerzas de aire que se puedan comparar con las fuerzas colombianas como para podernos ir a batallar en el mar Se impusieron por la fuerza durante anos Colombia deberia indemnizarnos por tantos anos de explotacion de nuestros recursos naturales Hoy es un dia de la patria hoy es un dia de la unidad nacional hoy es un dia de victoria nacional de todos los nicaraguenses y de todas las nicaraguenses Este fallo se debe a la tenacidad de nuestro pueblo la tenacidad de los nicaraguenses quienes han logrado recorrer ese largo camino venciendo escollos salvando obstaculos enfrentando atropellos y frente a atropellos respondiendo con la lucha y con la ley en la mano 20 21 Segun lo senalo el embajador de Nicaragua en los Paises Bajos Carlos Jose Arguello con el fallo de la Corte Nicaragua se sintio satisfecha pues es un gran triunfo una victoria para el pais que ha conseguido espacios maritimos importantisimos 22 Similares palabras emitio el equipo nicaraguense dificilmente hubieramos podido salir mejor El abogado de la delegacion nicaraguense Antonio Remiro indico que gracias a esta sentencia su pais ha salido de la jaula del meridiano 82 23 Implementacion del fallo EditarTras varios meses de efectuado el fallo por la Corte de La Haya la situacion no ha cambiado mucho Colombia ha reforzado su presencia naval en el area en disputa y busca vias legales para tratar de revertir los efectos del fallo Para ello ha contratado a la firma de abogados ingleses Volterra Fietta 24 Vease tambien EditarControversia territorial y de delimitacion maritima entre Colombia y Nicaragua Tratado Esguerra Barcenas Disputa del Banco Serranilla y del Bajo Nuevo Archipielago de San Andres Providencia y Santa Catalina Raizal cultura caracteristica propia del Archipielago de San Andres Providencia y Santa Catalina Region Caribe de Colombia Fallo de la Corte de La Haya sobre la delimitacion maritima entre Chile y PeruReferencias Editar Judgment Territorial and Maritime Dispute Nicaragua v Colombia Archivado el 2 de diciembre de 2012 en Wayback Machine en ingles y en frances Territorial and Maritime Dispute Nicaragua v Colombia Summary of the Judgment Archivado el 2 de marzo de 2014 en Wayback Machine en ingles Articulo 94 2 del Reglamento de la Corte Internacional de Justicia Archivado el 30 de noviembre de 2012 en Wayback Machine Art 59 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia Archivado el 2 de febrero de 2014 en Wayback Machine Art 94 1 de la Carta de las Naciones Unidas Corte Internacional de Justicia fijo limites maritimos con Nicaragua Colombia El Tiempo 19 de noviembre de 2012 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